PARTICIPANTES |
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado, que:
• No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en:
- Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; y
- Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme al anexo N° 2 de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
Exclusivamente a través del portal de compras www.mercadopublico.cl, por los mecanismos establecidos en estas bases.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
4.1. Los oferentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en la tabla de Etapas y Plazos de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación, las que se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl. Sus respuestas se realizarán por la misma vía, en el plazo establecido en la tabla antes mencionada.
4.2. Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas formales contemplado en esta sección, en el plazo establecido.
4.3 Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio, como también, de oficio, realizar todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases.
4.4 Las aclaraciones que, de oficio, ChileValora estime necesario realizar, también se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del portal del Mercado Público. En ese sentido, ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del servicio a contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta el día anterior a aquél en que vence el plazo de cierre de recepción de ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante resolución publicada a través del portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Al efecto, se concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Para el análisis y preparación de sus ofertas, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes y reglas:
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas.
b. Bases Técnicas.
c. Anexos.
d. Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
Soporte de documentos
Soporte digital obligatorio a través del portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley N° 19.886 y su reglamento.
Indisponibilidad técnica del portal: Conforme a lo antes señalado, esta circunstancia contemplada en el reglamento de compras, debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Plazo de recepción de ofertas Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases.
Vigencia de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas. Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.
Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio.
No se aceptarán ofertas condicionadas, debiendo ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases. Las ofertas condicionadas serán declaradas inadmisibles.
CONTENIDO DE LA OFERTA
Deben incluirse en formato digital, en el campo correspondiente que para cada caso dispone el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, los siguientes anexos:
Anexos Administrativos - Anexo N° 1 “Formulario de identificación del oferente”.
- Anexo N° 2 “Declaración Jurada Simple”.
Los anexos deben ser ingresados al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como parte de la oferta, en anexos administrativos.
En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), los anexos administrativos deben ser completados por cada uno de los integrantes de la misma.
En caso de detectarse alguna omisión o error de forma respecto de los anexos antes mencionados, la comisión evaluadora podrá solicitar su subsanación en la forma dispuesta en la sección 8.2 de las bases administrativas, reflejándose lo anterior, en el puntaje del criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta”, según lo establecido en la sección 8.3.2.1.
En caso que no se efectúe la subsanación en el plazo otorgado, dicha oferta será declarada inadmisible.
Anexos Técnicos - Anexo N° 3 “Experiencia del Proponente”. Considera la experiencia del oferente propiamente tal, y, en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, la experiencia de sus integrantes.
- Anexo N° 4 “Formato CV Equipo Consultor”.
- Anexo N° 5 “Propuesta Técnica”.
- Anexo N° 7 “Encuesta a empleadores participantes del Sistema de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales”.
Los anexos mencionados deben ser ingresados al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl ), como parte de la oferta, en anexos técnicos.
La no presentación de uno o más de estos anexos técnicos, será causal de inadmisibilidad de la propuesta, salvo en el caso del Anexo N° 7, cuyo fin es meramente informativo.
Anexo Económico - Anexo N° 6 “Oferta Económica”.
La Oferta Económica deberá ser ingresada al sistema en pesos chilenos, especificando el valor neto, e indicando expresamente los impuestos a que se encuentra afecto.
En caso de diferencia entre el valor total consignado en el Anexo Nº 6 y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último. Asimismo, en el caso eventual que no se acompañe el Anexo Nº 6 o este se encuentre incompleto, se considerará como oferta económica, el monto ingresado en el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. ChileValora no pagará ninguna suma adicional a la que sea indicada en la oferta económica.
Asimismo, el postulante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo que ChileValora no será responsable en caso alguno de ellos.
El monto de la oferta económica no estará afecto a reajuste.
Observaciones Los anexos antes mencionados contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores.
El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.8 de estas bases administrativas.
En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato.
Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
6.1 Antecedentes legales para la presentación de ofertas:
Los oferentes deberán presentar los siguientes documentos legales junto con su oferta:
6.1.1 Oferente no inscrito en Chile Proveedores
Si el oferente NO ESTÁ INSCRITO en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Chile Proveedores- www.chileproveedores.cl, deberá ingresar al portal de Mercado Público -www.mercadopublico.cl-, como parte de los antecedentes administrativos, los siguientes documentos:
• Personas jurídicas:
- Copia simple del RUT institucional;
- Copia autorizada ante notario de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubieren;
- Certificado de vigencia en el Registro de Comercio correspondiente, de una antigüedad no superior a los tres meses contados desde que fue emitido; y
- Copia autorizada ante notario del instrumento en que conste la personería de la persona con facultades para obligarla en la propuesta.
- Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia, vigencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a tres meses.
• Personas naturales:
- Copia simple de su cédula nacional de identidad; y
- Comprobante de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII.
En el caso de que un oferente no inscrito en Chile Proveedores, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste deberá inscribirse en dicho registro en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
6.1.2 Oferentes inscritos en Chile Proveedores:
Para los oferentes INSCRITOS en el Registro de Proveedores del Estado -Chile Proveedores- y cuyo estado de inscripción se encuentre HÁBIL, no será necesario acompañar la documentación referida en la sección 6.1.1. de estas bases administrativas. Sin embargo, de resultar favorecido con la adjudicación, ésta deberá estar disponible y vigente en la sección “Documentos Acreditados” del portal, a más tardar al momento de celebrar el contrato.
Si el oferente está inscrito en el Registro de Proveedores del Estado - Chile Proveedores, pero presenta estado INHÁBIL, se verificará la causal y conforme a ello, se determinará la procedencia de su inadmisibilidad, declarándolo mediante resolución, una vez concluido el periodo de evaluación.
ChileValora se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, la documentación legal en soporte material, en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento.
En todo caso, se hace presente que el estado de Hábil en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato en lo referido a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° de la Ley N° 19.886, conforme a lo indicado en la sección 10.10 de estas bases administrativas.
6.1.3 Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Si dos o más oferentes participan como una Unión Temporal de Proveedores, su representante deberá cumplir con lo dispuesto en la sección 6 de estas bases administrativas, en cuanto a los anexos administrativos que cada integrante debe presentar, así como cumplir con lo indicado en los números 6.1.1. y 6.1.2 en cuanto a la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado - Chile Proveedores.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes designado en documento público o privado, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. Esta Unión será considerada como el oferente y todos sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante ChileValora y de todas las obligaciones que se generen con la Entidad.
Al momento de ofertar, deberá adjuntarse la siguiente información en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl: documento público o privado que formaliza la Unión, dando cuenta del acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores y de su designación como representante con poderes suficientes, como también de la constitución de la responsabilidad solidaria de cada uno de los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con ChileValora, y que esa Unión tendrá una vigencia que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación, en caso que se contemple.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, en el evento de resultar adjudicado, para la suscripción del contrato, deberá entregarse materialmente a esta Comisión, una escritura pública en la que conste el cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior.
Las causales de inhabilidades, establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, afectarán a cada uno de los integrantes de la UTP individualmente considerados. De detectarse por ChileValora, la concurrencia de alguna inhabilidad que afecte a alguno de los participantes, se notificará de tal concurrencia a través del portal Mercado Público, y en dicho caso, la Unión deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desistirá de su participación en el proceso, dentro del plazo de 48 horas, contado desde la publicación de la aclaración en el portal. En ese sentido, el anexo N° 2 “Declaración Jurada Simple”, se deberá presentar uno por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, suscrito por el respectivo representante legal del integrante de dicha UTP o por el apoderado común designado por la UTP.
Se deja constancia que para la suscripción del contrato cada proveedor participante de la UTP deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
6.2 Garantía de seriedad de la oferta
Atendida la contingencia que se vive a nivel nacional desde el mes de marzo del presente año, generada por el brote de Coronavirus (COVID-19), y debidamente ponderado el riesgo involucrado en la contratación a que darán origen las presentes bases de licitación, no se solicitará la presentación de garantía de seriedad de la oferta a los oferentes interesados en participar en el proceso.
Sin perjuicio de ello, una vez adjudicada la licitación, se solicitará al adjudicatario una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, establecida en el punto 10.2 de estas bases.
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APERTURA DE LAS POSTULACIONES |
La apertura de las ofertas se efectuará electrónicamente, en el Portal del Mercado Público www.mercadopublico.cl, en una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl.
Esta apertura se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, la que no podrá exceder de los dos (2) días hábiles siguientes, contados desde el cese de la respectiva fuerza mayor o caso fortuito, todo lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del portal Mercado Público, dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
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DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por los siguientes tres profesionales de ChileValora:
Nombre Organización Cargo
Sergio Ibáñez Schuda ChileValora Jefe de Estudios, Área de Prospección Laboral y Estudios
Daniel Cataldo Veloso ChileValora Abogado, Área de Fiscalía
Lautaro Elgueta Rodríguez ChileValora Profesional Área de Prospección Laboral y Estudios
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada.
La Comisión Evaluadora verificará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora, no se requerirá mención de una persona específica, sólo el periodo que se realizó y el área específica, cuando corresponda.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de consultas fijado en estas bases de licitación.
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DE LOS ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y ACLARACIONES |
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal, que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles, contados desde el requerimiento:
a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.
En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas.
La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
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ANTECEDENTES PRELIMINARES. |
- Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles.
- La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica).
- La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente:
o En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases.
o En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio y subcriterio en función de la pauta de evaluación indicada en la Tabla N° 3 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y se ponderará cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio y subcriterio señalado en la sección 8.3.2.2 de las bases administrativas.
o A su turno, la evaluación económica se realizará asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio, conforme a la fórmula que se indica en estas bases administrativas.
o Finalmente, se sumarán cada uno de los puntajes obtenidos, generando un puntaje final.
- Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 70 puntos de un máximo de 100. A su vez, un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos.
- La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicando la regla del redondeo.
- En caso de diferencia entre el valor total consignado en el formulario de oferta económica (Anexo N° 6) y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último.
- Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados.
- El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos del servicio que es objeto de la presente licitación.
- Empates: En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N° 38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Técnica”.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido un mayor puntaje en la suma de los factores 3,4,6,7, 8 de la Tabla N° 3.
c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, primará la oferta de menor valor económico.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones:
TABLA N° 1
Criterios a considerar en la evaluación de las propuestas
Criterios Ponderación
Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
Propuesta Técnica 85%
Propuesta Económica 10%
TOTAL 100%
Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (5%)
En cuanto a la evaluación del cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases, serán evaluados de acuerdo a lo exigido en las presentes bases. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes administrativos requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta.
La ponderación de este criterio será de un 5% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo:
TABLA N° 2
Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de requisitos formales de la propuesta
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación
5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes administrativos requeridos en las Bases Administrativas
0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma
Evaluación técnica (85%)
La propuesta técnica tiene una ponderación del 85% del puntaje total, siendo evaluada en base a ocho subcriterios, los cuales podrán sumar hasta un máximo de 100 puntos.
Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos, aplicando las pautas conforme a las tablas de esta sección.
TABLA N° 3
Subcriterios técnicos a considerar en la evaluación de las propuestas
Subcriterios Técnicos Ponderador
Experiencia de los oferentes 5%
Perfil y Experiencia del equipo de dirección del proyecto 10%
Diseño del Estudio 20%
Estrategia de recolección de la Información 10%
Perfil de encuestadores, plan de capacitación y supervisión de trabajo de campo 10%
Descripción del organigrama y del equipo de trabajo 10%
Coherencia plan de trabajo de la propuesta 10%
Plazo Ofertado 10%
Total 85%
8.3.2.2.1. Experiencia de los oferentes (5%)
Comprende la experiencia del oferente como consultor de proyectos en el sector público y privado relacionados con el presente estudio, que implique el levantamiento de encuestas presenciales o no presenciales. También se considerará la experiencia de alguno(s) de los integrantes de una unión temporal de proveedores, en caso que la indique en el Anexo 3.
Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada, conforme a los datos de contacto indicados en el anexo, y que corresponda a referencias positivas.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Experiencia del oferente 5% 100 El proponente ha realizado 7 o más levantamientos de encuestas presenciales o no presenciales en los últimos 5 años Anexo 3
50 El proponente ha realizado entre 4 a 6 levantamientos de encuestas presenciales o no presenciales en los últimos 5 años
0 El proponente ha realizado 3 o menos levantamientos de encuestas presenciales o no presenciales en los últimos 5 años o no tiene experiencia.
8.3.2.2.2. Perfil y Experiencia del equipo de dirección del proyecto (10%)
Comprende el perfil y experiencia del equipo de dirección del proyecto. Se considera que el equipo de dirección deberá contar con al menos dos profesionales: un jefe de proyecto y un profesional responsable de la supervisión del trabajo de campo. Se evaluará el que cada uno de éstos cuente con un perfil profesional específico y con experiencia en estudios similares. El detalle del perfil y las funciones pueden revisarse en las bases técnicas.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Perfil y Experiencia del equipo de dirección del proyecto
6%
100 El Jefe de Proyecto cumple con las siguientes dos condiciones:
Ha ejercido el rol de jefe de proyecto en 7 o más estudios cuantitativos con cobertura similar o superior en los últimos 5 años
Cuenta con un título profesional o grado académico que se ajusta al perfil solicitado en las bases técnicas Anexo 4
50 El Jefe de Proyecto cumple con sólo una de las dos condiciones arriba mencionadas.
0 El Jefe de Proyecto no cumple con ninguna de las dos condiciones arriba mencionadas.
4%
100 El Responsable del Trabajo de Campo cumple con las siguientes dos condiciones:
Ha ejercido el rol de supervisión de la estrategia de recolección de información en 7 o más estudios cuantitativos con cobertura similar o superior.
Cuenta con un título profesional o grado académico que se ajusta al perfil solicitado en las bases técnicas.
50 El Responsable del Trabajo de Campo cumple con sólo una de las condiciones descritas arriba.
0 El Responsable del Trabajo de Campo no cumple con ninguna de las condiciones descritas arriba.
8.3.2.2.3. Diseño del Estudio (20%)
Considera la calidad y consistencia del diseño propuesto y la propuesta de valor que realiza el proponente y que van más allá de los mínimos establecidos en las bases técnicas, tal como se describe en el punto 3 de dichas bases.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Diseño del Estudio 20% 100 El proponente describe detalladamente el diseño del estudio y cómo éste debiese permitir alcanzar todos y cada uno de los objetivos del estudio. Además, su oferta técnica cuenta con elementos adicionales, de acuerdo a lo establecido en el punto 3 de las bases técnicas, que agregan valor a su propuesta, superando los requisitos mínimos establecidos en el diseño definido en las presentes bases de licitación.
Anexo 5
50 El proponente describe detalladamente el diseño del estudio y cómo éste debiese permitir alcanzar todos y cada uno de los objetivos del estudio. Sin embargo, su oferta técnica no presenta elementos adicionales que permitan agregar valor a su propuesta.
0 La estrategia de aplicación de la metodología no presenta suficiente información.
8.3.2.2.4. Estrategia de recolección de la información (10%)
Tal como se señala en el punto 3.1 de las bases técnicas el oferente deberá proponer una estrategia de recolección de la información que, maximice la cobertura en la aplicación del instrumento de forma tal que, en lo posible, se alcance la cobertura deseada según el cronograma establecido y los plazos de ejecución ofertados, considerando, además, estrategias para aumentar la tasa de respuesta, todo ello en el marco del actual contexto sanitario.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Estrategia de recolección de la información 10% 100 La propuesta cumple con las siguientes condiciones:
Propone y fundamenta una estrategia de recolección de la información no presencial, como a su vez, estrategias alternativas para resolver contingencias que permitan cumplir con la cobertura comprometida en el tiempo programado.
Define a partir de un conjunto de variables (cobertura, tasa de respuesta, número de intentos por contacto efectivo, incentivos, etc.) un tamaño óptimo del equipo de encuestadores que permita ejecutar el estudio en el plazo propuesto o en un tiempo menor.
Además, se define un protocolo de confidencialidad para los encuestados y se explicita un mecanismo de respaldo de la información. Anexo 5
50 La propuesta sólo cumple satisfactoriamente con una de las dos condiciones arriba mencionadas.
0 La propuesta no cumple con ninguna de las condiciones arriba mencionadas.
8.3.2.2.5. Perfil de encuestadores, plan de capacitación y supervisión del trabajo de campo (10%)
Evalúa el perfil del equipo de encuestadores y la forma de trabajo que propone utilizar para la supervisión del trabajo de campo de manera de asegurar la calidad de la aplicación de encuestas y de evitar al máximo posible la presencia de fraude o errores en la aplicación., tal como se describe en el punto 3.2 de las bases técnicas.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Perfil de Encuestadores, plan de capacitación y supervisión del trabajo de campo 10% 100 La propuesta incluye una descripción detallada de:
El perfil del equipo de encuestadores y la forma en que se seleccionaron.
Un plan de capacitación detallado y completo de dicho equipo.
Estrategias para hacer frente a contingencias que generen mermas en el equipo de encuestadores y que eventualmente puedan afectar la calidad del estudio
Una propuesta detallada de mecanismos de aseguramiento de la calidad de la información recabada. Anexo 5
50 La propuesta cumple con tres a dos de las condiciones arriba descritas
0 La propuesta cumple con una de las condiciones o no cumple con ninguna.
8.3.2.2.6. Organigrama y Equipo de trabajo (10%)
Evalúa la composición, organización y coherencia en la distribución de los recursos humanos en cada una de las etapas del proyecto y en cada una de sus tareas específicas. Todo ello deberá venir presentado con un organigrama claro. El jefe de proyecto puede ocupar únicamente ese cargo en el proyecto. La misma condición aplica para el responsable del trabajo de campo. La no presentación del equipo mínimo exigido hará inadmisible la propuesta.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Organigrama y Equipo de trabajo 10% 100 La propuesta incluye una descripción del equipo a cargo en la cual se especifican claramente:
Roles, funciones y responsabilidades
Horas de dedicación en las distintas etapas del proyecto.
Una vinculación clara entre los recursos humanos destinados a cada actividad y el costo o valor económico de la propuesta.
Estrategias para hacer frente a contingencias que generen mermas en el equipo de dirección y que eventualmente puedan afectar la calidad del estudio. Anexo 5
50 La propuesta sólo cumple con tres de las condiciones arriba mencionadas
0 La propuesta sólo cumple con dos o menos de las condiciones arriba mencionadas.
8.3.2.2.7. Coherencia del plan de trabajo (10%)
Evalúa la coherencia del diseño, la estrategia de recolección de la información, los recursos humanos dispuestos, incluyendo el equipo de encuestadores y el cronograma de trabajo, a través de la presentación de una carta Gantt.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Coherencia del plan de trabajo 10% 100 El proponente presenta una carta Gantt detallada en la que es posible advertir coherencia entre el diseño del estudio, incluyendo la estrategia de recolección de la información, roles y funciones del equipo, el equipo de encuestadores y el cronograma de trabajo
Anexo 5
50 El proponente presenta un carta Gantt, sin embargo, no se encuentra suficientemente detallada como para advertir coherencia entre el diseño del estudio, la estrategia de recolección de la información, roles y funciones del equipo, el equipo de encuestadores y el cronograma de trabajo.
0 El proponente no presenta una carta Gantt.
8.3.2.2.8. Plazo Ofertado (10%)
Evalúa el plazo de ejecución del contrato. Este plazo no puede superar las 20 semanas, de conformidad a lo señalado en la sección 10.3 de las presentes bases administrativas.
Subcriterio Ponderación Pauta Evaluación Anexo
Plazo ofertado 10% Forma de evaluar:
El Puntaje del Plazo de Entrega (PPE) se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) empresa(s) con el menor tiempo de entrega se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
PPE=100*(Menor plazo entre todas las ofertas)/█(plazo de duración a evaluar@ )
Al resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,10 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 5
Propuesta económica (10%)
Comprende la valoración del costo relativo de la oferta respecto de todos los oferentes, la que se calcula del modo en que se describe a continuación.
Criterio Ponderación Pauta Evaluación Anexo
Costo del proyecto 10% El Puntaje Económico se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el menor precio entre todas las Ofertas, se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
POE=100*(Menor valor entre todas las ofertas)/█(VOE@ )
Donde:
POE = Puntaje de la Oferta Económica
VOE= Valor oferta evaluada
PMP= Presupuesto máximo del Proyecto
Al resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,10 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 6
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ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
El Secretario Ejecutivo de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, en base a la propuesta que aportará la Comisión de Evaluación. El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos.
ChileValora declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las propuestas en que el oferente no presente toda la información requerida en los anexos de estas bases, documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, conforme a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente.
- Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado.
- Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta.
- Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error.
- Las propuestas, cuya oferta económica supere el presupuesto máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica.
- Las propuestas cuya oferta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos y máximos establecidos en estas bases de licitación.
Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
El Secretario Ejecutivo de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del servicio adjudicado, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en Chile Proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases o es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso.
Si por causas justificadas, la Comisión no puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
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RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de informada ésta en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra, www.mercadopublico.cl. Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
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READJUDICACIÓN |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, no se inscribe en ChileProveedores, o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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CONDICIONES CONTRACTUALES |
Firma del Contrato
Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo:
a) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30), emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las imposiciones de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
b) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República.
c) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en Chile Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible en el portal al momento de postular.
d) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
No es necesario adjuntar los documentos antes señalados si se encuentran acreditados en el portal de Chile Proveedores, exceptuando el señalado en la letra d), en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de ChileProveedores dentro de los diez días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
En el caso de que un oferente no inscrito en Chile Proveedores, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste deberá inscribirse en dicho registro en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado.
Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 14, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 6.1.3 de estas bases administrativas.
Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponible en ChileProveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar.
El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
c) Oferta Técnica y Económica presentada por el Adjudicatario.
d) Contrato.
e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere.
Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
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PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. |
El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una vigencia no superior a 140 días contados desde el inicio efectivo de la prestación del servicio. Para estos efectos, las partes levantarán un acta en la que se consignará la fecha exacta del inicio de la prestación del servicio, fecha que será fijada de común acuerdo. Con todo, la fecha de inicio no podrá exceder los 15 (quince) días corridos siguientes a la fecha de suscripción del contrato a que dé origen la presente licitación.
No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
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MONTO Y MODALIDAD DE PAGO DE LOS SERVICIOS |
ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $10.000.000.- (diez millones de pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en 3 (tres) cuotas, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:
CUOTA PORCENTAJE HITO
1ª 25% Aprobado el informe de instalación o informe 1
2ª 35% Aprobado el segundo informe
3ª 40% Aprobado el tercer informe o informe final y efectuada la presentación de resultados, conforme a lo indicado en el punto 5 de las bases técnicas.
Cada cuota será pagada dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la presentación de la factura, previa recepción conforme del respectivo informe por parte de la contraparte técnica. La factura mencionada, sólo debe ser presentada en las dependencias de ChileValora una vez que la contraparte técnica haya recepcionado y aprobado el informe respectivo. La factura debe ser extendida a nombre de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, RUT Nº 61.979.610-1, domiciliada en calle Miraflores N° 130, piso 14, Santiago.
Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refieren las presentes bases, serán de cargo exclusivo de la adjudicataria.
Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos.
Para tramitar el pago de la prestación del servicio, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
a. Declaración jurada con la nómina de trabajadores dependientes, asignados para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios, con indicación de la remuneración bruta y líquida asignada a cada uno y acompañando copia del contrato de trabajo correspondiente. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio;
b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” (F30-1), de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata; y
c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores.
No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
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RESPETO POR LA NORMATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL |
Será obligación de la empresa dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del servicio objeto de esta licitación.
Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
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CESIÓN DEL CONTRATO |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión.
Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
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ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
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MULTAS |
En caso que la adjudicataria incurra en alguna de las acciones descritas a continuación, sin causa justificada, ChileValora se reserva el derecho a aplicar a título de multa, los siguientes montos:
MULTAS
Tipo Descripción Monto Unidad Aplica fuerza mayor
1 Información falseada o falso no logrado 10% del monto del contrato Individuo No
2 Atraso en las actividades propuestas en el cronograma 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí
3 Atraso en la entrega de informes, ya sea en primera entrega o en las siguientes versiones, en caso que hubieran existido observaciones.
0,5% del monto del contrato Día de atraso
Sí
4 No incorporación de observaciones y/o correcciones solicitadas a los informes. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí
5 Cambio unilateral en el equipo de trabajo o demora en el reemplazo con el mismo perfil profesional y nivel de experiencia de la persona que deja el cargo. 1 (una) UTM por cada día que haya reemplazado a la persona inscrita en el equipo ejecutor del estudio Integrante del equipo
Sí
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El adjudicatario podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al proveedor personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el proveedor mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
ChileValora podrá determinar y hacer efectivas las multas precedentemente expuestas, las que podrá aplicar deduciéndolas de la parte impaga del precio y haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
Con todo, si las multas alcanzan el 15% del monto total del contrato, la Comisión podrá proceder a poner término anticipado al mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada.
En caso que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte de la adjudicataria ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
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TÉRMINO ANTICIPADO |
La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes
b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.
e. Si el adjudicatario que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial.
f. Si el adjudicatario que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión.
g. Si el adjudicatario que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión.
h. Si el adjudicatario que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones.
i. En caso que las multas que deban imponerse al adjudicatario que suscriba el contrato superen los topes máximos establecidos en la sección 10.10 de estas Bases Administrativas.
j. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886.
k. En caso que el adjudicatario que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse.
l. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
m. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses.
ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error.
iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
n. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección 10.12 de las presentes bases.
Si durante la vigencia de este contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, pondrá término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en este instrumento.
En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes, conforme a lo indicado en el presente numeral de estas bases administrativas.
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PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD |
La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El adjudicatario se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados.
Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad.
El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los productos que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo.
La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste.
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RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DOMICILIO Y CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD |
Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia.
Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
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BASES TÉCNICAS |
ANTECEDENTES
El Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
El Sistema de Certificación de Competencias Laborales es una política pública establecida mediante la Ley N° 20.267 del año 2008. Se crea así la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, servicio público, funcionalmente descentralizado, que se relaciona con la Presidencia de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Su función principal, según lo establece dicha ley, es “el reconocimiento formal de las competencias laborales de las personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por la enseñanza formal de conformidad a las disposiciones de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; así como favorecer las oportunidades de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización, mediante procesos de evaluación y certificación de las mismas, basados en estándares definidos y validados por los sectores productivos”.
La certificación de competencias laborales que desarrolla ChileValora busca contribuir a mejorar la situación del trabajador y los empleadores. En el caso de los trabajadores, les permite acreditar ante el mercado que cumplen con el estándar que se exige para el ejercicio de una determinada ocupación, mejorando con ello, las oportunidades de encontrar un trabajo (en el caso que se encuentren cesantes) o de promoción (en el caso de que se encuentren trabajando), entre otras. En el caso de los empleadores, contratar a un trabajador certificado disminuye los costos de transacción, entendido como el costo de búsqueda de mano de obra calificada. En segundo lugar, al evaluar a sus trabajadores, es posible conocer si realmente cumplen con el estándar de desempeño que exige el mercado y si no lo cumple, qué es aquello que necesita para mejorar sus conocimientos y, por tanto, orienta en la adquisición de capacitación. Con ello puede -en el mediano plazo- mejorar la productividad y con ello su competitividad. Por último, muchos empleadores que se enfrentan a mercados altamente competitivos afrontan exigencias de trazabilidad, por lo que contar con trabajadores certificados puede ser, sin lugar a dudas, una ventaja competitiva.
Desde el punto de vista de su estructura, ChileValora, está compuesto por un órgano colegiado que ejerce la dirección superior, y por una secretaría ejecutiva, a cargo de un Secretario Ejecutivo que detenta la jefatura del servicio y tiene la calidad de ministro de fe respecto de las actuaciones, deliberaciones y acuerdos, y la representa judicial y extrajudicialmente. El órgano colegiado está integrado por nueve miembros de reconocida calidad técnica en el ámbito de las competencias laborales, los que son designados de conformidad a lo establecido en el reglamento, de la siguiente forma:
Un miembro designado por el Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Un miembro designado por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Un miembro designado por el Ministro de Educación.
Tres miembros designados por las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país entre los representantes de los sectores productivos participantes del Sistema.
Tres miembros designados por las centrales de trabajadores de mayor representatividad
La ley que creó ChileValora no le otorgó la posibilidad de financiar directamente las acciones de certificación, sino que éstas se financian a través de:
Recursos propios de la persona que solicita el servicio.
Con recursos provenientes de la empresa en la que el trabajador se desempeña, los que podrán gozar de la franquicia tributaria según lo establecido en ley N° 19.518 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). En este caso, es SENCE quien determina el monto de los gastos de las acciones de evaluación y certificación de competencias laborales que se podrán imputar a la franquicia tributaria. Así, las empresas deben financiar parte del servicio, donde el monto se determina en función de la remuneración del trabajador.
“Programa de Becas de SENCE” el que se financia con recursos provenientes de los Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación . Estos recursos son destinados a trabajadores de menor calificación y remuneración que se desempeñen para empresas que no sean afiliadas a los organismos técnicos intermedios para capacitación (OTIC), así como a jóvenes y a personas de escasos recursos que se encuentren cesantes o buscando trabajo por primera vez, entre otros, con el objeto de validar sus conocimientos a través de la certificación de las competencias que han adquirido a lo largo de su trayectoria laboral.
Con recursos contemplados en el “Programa de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales” de SENCE. Este mecanismo funciona a través de procesos de licitación pública, donde se convoca a los Centros de Evaluación y Certificación acreditados por ChileValora a postular en función de la demanda sectorial identificada por SENCE y ChileValora y de los criterios y focos estratégicos previamente establecidos. Los beneficiarios de este programa son todas las personas que deseen reconocer sus competencias laborales, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por la enseñanza formal.
A través de los respectivos presupuestos destinados a capacitación en las entidades pertenecientes al sector público.
Funciones del Sistema y responsabilidades institucionales
El Sistema está integrado por tres componentes principales: ChileValora, los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) y los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.
La Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, ya descrita en los párrafos anteriores, es el órgano regulador de la política pública y debe velar por el correcto funcionamiento tanto de los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales como de los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, correspondiéndole fiscalizar a estos últimos en su funcionamiento y, a su vez, entregar orientaciones técnicas.
Los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) están a cargo del proceso de levantamiento, adquisición y actualización de las unidades de competencias laborales y los perfiles de competencias laborales. Funcionan como una instancia estratégica de coordinación y consenso, conformada por los actores más representativos de un sector productivo -con representantes de la Administración Central del Estado, del sector Productivo y de los Trabajadores-, cuyo objetivo es definir y proyectar la participación del sector en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, identificar los perfiles ocupacionales prioritarios para dicho sector, validarlos, solicitar a ChileValora su acreditación y velar por la vigencia y actualización de los mismos, cuando corresponda, a través de un proyecto de levantamiento o actualización de perfiles de competencias laborales. Este proceso culmina con la publicación de los perfiles de competencias laborales en un registro público o catálogo de competencias laborales.
Este Catálogo contiene todos los perfiles ocupacionales vigentes, organizados en sectores y subsectores de la economía, contra los cuales las personas son evaluadas y certificadas. Pero no sólo eso, como lo establece la ley, la información contenida en dicho catálogo debe ponerse a disposición de las personas e instituciones usuarios del Sistema, especialmente del Sistema de Capacitación y las instituciones educacionales, a fin de incorporar las competencias en el diseño de planes formativos que sean útiles para el desarrollo de cursos de capacitación financiados con recursos de SENCE, como asimismo, contribuir al desarrollo de una oferta curricular de Formación Técnica más pertinente y que sea capaz de relacionar las competencias levantadas con los diferentes niveles educacionales y programas de estudio, de forma de facilitar el reconocimiento de aprendizajes previos en los procesos formales de educación.
Por ello, a contar del año 2014, ChileValora realiza un ajuste metodológico y amplía los objetivos iniciales a un conjunto de productos que buscan aportar mayor valor al trabajo en torno a la certificación de competencias laborales, a saber:
Levantar mapas de proceso de un sector productivo con el propósito de identificar los perfiles ocupacionales de la cadena de valor de un sector productivo.
Realizar el poblamiento del Marco de Cualificaciones para la Formación y Certificación Laboral a partir de los perfiles ocupacionales y elaborar rutas formativo laborales que faciliten a los trabajadores y trabajadoras construir trayectorias y acceder a procesos de evaluación y certificación de sus competencias.
Desarrollar procesos de levantamiento o actualización de perfiles ocupacionales y sus Unidades de Competencia Laboral de un sector productivo, con el propósito de acreditarlos ante ChileValora y pasen a formar parte del Registro Nacional de Unidades de Competencias Laborales.
Realizar la traducción formativa de los perfiles ocupacionales, con el propósito de ponerlos disposición de las entidades de formación y capacitación para la implementación de acciones de capacitación laboral para el desarrollo y/o cierre de brechas de competencias de los trabajadores y trabajadoras.
Finalmente, los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales son personas jurídicas, que son previamente acreditadas por ChileValora, cuya función es evaluar y certificar a las personas que lo solicitan, en base a los perfiles ocupacionales existentes en el Catálogo y según los marcos metodológicos y estándares de calidad que establece ChileValora. Las personas que obtienen la certificación pasan a formar parte del Registro Público de Personas Certificadas, en tanto que las personas que no lo consiguen, pueden volver a intentarlo, buscando alternativas en el sistema de capacitación que les permitan el cierre de las brechas detectadas. Para el desarrollo de su labor, los Centros deben contratar evaluadores de competencias laborales que son personas naturales, previamente habilitadas por ChileValora, cuya función es ejecutar el proceso de evaluación de las personas bajo la supervisión de los Centros.
PROPÓSITO Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE CONSULTORÍA
Para abril del año 2020, se habían ejecutado 143.328 procesos de evaluación y certificación y se habían otorgado 129.864 certificaciones. El número de procesos ejecutados durante el año 2019 y primer cuatrimestre de 2020 alcanzó a 19.321. Las certificaciones otorgadas llegaron a 17.412. Durante dicho periodo, el número de entidades que envió sus trabajadores a evaluarse fue de 1.279. Ello, contemplando empresas, empresas individuales, municipios, entidades de gobierno, entre otros.
A partir del año 2016, ChileValora realiza mediciones periódicas con el propósito de recoger la percepción que tienen los empleadores de su participación en los procesos de Evaluación y Certificación. La presente consultoría tiene como propósito realizar el levantamiento correspondiente a los procesos del año 2019 y primer cuatrimestre de 2020, de forma de recoger dicha percepción para una muestra de empleadores que participaron en dicho año, a través de encuestas telefónicas.
Objetivo General
Conocer la percepción de los empleadores del proceso de Evaluación y Certificación de competencias laborales.
Objetivos Específicos
Medir el nivel de satisfacción de los empleadores participantes con el proceso de Evaluación y Certificación de competencias laborales.
Indagar respecto de cómo los empleadores conocen y se integran al sistema de certificación de Evaluación y Certificación de competencias laborales.
Conocer el valor que los empleadores le asignan a su participación en el proceso de Evaluación y Certificación de competencias laborales.
Conocer cuáles son los efectos o beneficios que los empleadores perciben en sus trabajadores, como consecuencia del proceso de evaluación y certificación de competencias laborales.
ALCANCES DE LA PRESENTE CONSULTORÍA Y DISEÑO DEL ESTUDIO
El estudio tiene un carácter no experimental. La entidad que se lo adjudique deberá aplicar un cuestionario de aproximadamente 15 ítems, orientados a medir la percepción que tienen los empleadores participantes del proceso de evaluación y certificación de competencias laborales del año 2019, considerando además el primer cuatrimestre de 2020. El universo estimado de entidades participantes durante el año 2019 más el primer cuatrimestre de 2020 es de 1.279.
Por otro lado, la entidad ejecutora de la consultoría deberá entregar un informe que analice los resultados de la encuesta. Sobre ello, la Unidad de Estudios del Área de Estudios y Prospección Laboral, facilitará información de versiones anteriores del estudio, para que se puedan efectuar comparaciones con la aplicación de la presente consultoría.
Respecto de ello, un elemento clave para el estudio es el “Índice de Satisfacción Neta”. A partir del ítem: “¿Qué nota de una a siete – donde 1 es la peor y 7 es la mejor- le otorgaría al sistema de certificación de ChileValora?” contenido en el cuestionario de versiones anteriores del estudio, se calcula el índice de satisfacción neta.
Se construye como una resta entre dos proporciones. A la proporción de encuestados que calificaron con nota 6 y 7, se le resta la proporción de aquellos que calificaron dicho ítem con valores iguales o menores a 4. El valor 5 no se contabiliza. La expresión corresponde a:
ÍNDICE DE SATISFACCIÓN NETA =( % nota 7+% nota 6)-(% nota 4 o menos)
Los aspectos que se describen en la presente sección deben ser considerados los mínimos a garantizar por el oferente. Por ello, la comisión evaluadora tendrá en consideración la propuesta de valor que realizará el proponente. Con ello se refiere a aspectos relacionados con el diseño del estudio que van más allá de los requerimientos mínimos. Por ejemplo, proponer una metodología de análisis adicional a los ítems de corte cualitativo, más allá de la elaboración de las tablas de frecuencia correspondientes. Por otro lado, se da como ejemplo la inclusión de preguntas adicionales en el cuestionario base, que complementen los resultados con nueva información. También, podría proponerse algún tipo de análisis estadístico que permita clasificar por ejemplo el peso de determinadas variables respecto de la satisfacción de las empresas para con el proceso. Identificar si es que existen diferencias significativas entre las empresas en función de características como: sector, tamaño o región.
Diseño de la Estrategia de Recolección de Datos
El presente estudio no exigirá un muestreo probabilístico, sino por conveniencia. Para abril de 2020, se contaba con información telefónica de 1.190 empresas y entidades, correspondiente al 93% de las empresas/entidades participantes (2019-primer cuatrimestre 2020) Se espera que el proponente alcance las 300 encuestas telefónicas exitosas. Para ello, deberá especificar en su propuesta la estrategia de recolección de información que permita cumplir de dicha meta.
Dado el porcentaje de fonos de contacto disponibles y, por otra parte, la exitosa experiencia de aplicación del mismo cuestionario realizado por vía telefónica durante el año anterior, se mantiene la estrategia de encuesta telefónica, reservándose otras alternativas de recolección de información como métodos complementarios a aplicar en caso que sea necesario para alcanzar la cobertura en el menor tiempo posible.
Si bien ChileValora cuenta con información de contacto de la mayor parte de los empleadores participantes, la principal dificultad del estudio radicará en encontrar a la persona adecuada para que responda la encuesta, pues no siempre la persona que oficia de contacto en la base de datos se mantiene un año después. En efecto, a veces por dinámicas propias de los empleadores, la persona a cargo del proceso ya no se encuentra en la entidad o ha sido cambiada de puesto u oficina. Por otro lado, por razones de tiempo, la persona indicada para responder la encuesta no tiene la disponibilidad de tiempo necesaria y ofrece al encuestador/a acordar el día y hora de aplicación de la encuesta telefónica.
Dada la actual situación sanitaria, la estrategia de recolección de la información deberá tener un carácter no presencial. Con todo, si bien la estrategia principal de recolección de la información debiera ser el uso de encuestas telefónicas, de ser necesario el proponente podrá considerar el uso de encuestas en línea. El uso de esta alternativa deberá fundamentarse en el diseño del proceso de recogida de datos, por ejemplo, como estrategia de refuerzo para alcanzar las coberturas necesarias en cada una de los estratos definidos o como estrategia para enfrentar contingencias que puedan limitar la tasa de respuesta durante la aplicación de la encuesta telefónica, señalando el momento en el cual se comenzará a utilizar.
En línea con lo anterior, debe explicitarse en la propuesta el software de gestión de encuestas, por ejemplo, survey monkey, survey gyzmo u otro similar. Sobre esto mismo, explicitar también los mecanismos de respaldo de la información mientras se ejecuta el estudio. Ello, con el propósito de resguardar la información ante alguna eventualidad.
Por último, otro elemento que será considerado en la evaluación de las propuestas y que el proponente deberá incluir en su Propuesta Técnica, son estrategias para maximizar la cobertura efectiva de la encuesta en el menor tiempo posible, como, asimismo, las estrategias para enfrentar contingencias que puedan limitar la tasa de respuesta. En este sentido, un aspecto clave a considerar será el número de intentos por fono antes de desistir del contacto, ya que las particularidades de este tipo población hacen aconsejable un número entre 5 a 10 intentos por fono antes de abandonar dicho contacto. Por otro lado, ejemplos para maximizar la cobertura efectiva podrían ser, rescate de números que ya no se encuentren operativos, o indagaciones con personeros de la empresa para identificar al respondente “idóneo” de la encuesta a empleadores. Asimismo, se deberá especificar los protocolos de confidencialidad y comunicación entre las partes.
Supervisión del trabajo en terreno
En su Propuesta Técnica, el proponente deberá describir claramente el perfil del equipo de encuestadores y la forma de trabajo que propone utilizar para la supervisión del trabajo de campo.
Una de las amenazas a la confiabilidad de los resultados de una encuesta es conseguir una baja tasa de participación de los seleccionados. En su Propuesta Técnica, el proponente deberá indicar en forma clara las estrategias que planea utilizar para maximizar el nivel de logro y la realización de encuestas efectivamente logradas. Por ello, se espera que el proponente en su propuesta aborde:
Modalidad de capacitación realizada a los encuestadores.
Mecanismos de análisis del desempeño y rendimiento de las encuestas, en especial de la tasa de respuesta o encuesta efectiva (por encuestador, por turno de trabajo, por carga de trabajo, por día de la semana, etc.).
Mecanismos de aseguramiento de un mejor desempeño (ejemplo: uso de diferentes estrategias de búsqueda, incentivos a la respuesta a los encuestadores, etc.).
Mecanismos de supervisión que eviten una errónea aplicación y/o la existencia de fraudes o falseamiento de la información (como, por ejemplo, acceso a grabaciones).
Propuesta de análisis a ítems de tipo cualitativo:
Dentro de la encuesta que se aplicará a los empleadores, se encuentran contenidas dos preguntas de respuesta abierta (cualitativas). En la propuesta técnica, el proponente debe señalar la estrategia de análisis que espera aplicar para estos ítems.
Gestión del Proyecto
El proponente adjudicado deberá manejar la administración del proyecto de manera de facilitar la comunicación con ChileValora. Para estos efectos, se deberá contar con un claro Plan de Trabajo y Carta Gantt actualizada del proyecto que identifique claramente los hitos del proyecto de acuerdo a las fechas de entrega de los informes. En atención a potenciales retrasos del proceso de licitación, y a ajustes que se determinen en conjunto con ChileValora, el adjudicatario deberá presentar una versión actualizada del plan de trabajo y de la carta Gantt del proyecto durante las dos primeras semanas de ejecución del mismo, en el informe de instalación.
Equipo de Dirección
ChileValora considera que la experiencia y calidad del equipo de dirección del proponente será particularmente importante para alcanzar exitosamente los objetivos de la consultoría, dada la naturaleza de las tareas que será necesario desarrollar.
En su Propuesta Técnica, el proponente deberá entregar una nómina con el equipo de profesionales y técnicos que estarán a cargo de la dirección y coordinación del proyecto. Ese equipo, que tendrá la responsabilidad de la ejecución adecuada del estudio, será el encargado de darle credibilidad a los datos y será el encargado de coordinar a todos los otros equipos que participen en el levantamiento, sistematización y análisis de la información obtenida. Por ello, deberá indicar claramente las horas dedicadas de cada profesional al proyecto y documentar la experiencia de su equipo utilizando exclusivamente los formatos de currículum vitae (CV) que se adjuntan en el Anexo N°4. El proponente deberá también documentar la experiencia corporativa en encuestas de este tipo, utilizando el formato de CV corporativo (ver anexos de las presentes bases).
Adicionalmente, en la Propuesta Técnica se deberá presentar una descripción acerca de cómo el equipo de dirección va a coordinar todas las tareas necesarias para la realización del proyecto.
Para una adecuada comunicación con la Contraparte de ChileValora, el proponente deberá identificar claramente en su propuesta a las personas que cumplirán los siguientes roles:
Jefe de Proyecto: es el responsable final de la dirección del proyecto por parte de la institución o firma que se adjudique la consultoría y debe velar por el cumplimiento de los objetivos y los estándares de calidad de los productos comprometidos. El Jefe de Proyecto es la contraparte técnica de ChileValora.
Responsable del Trabajo de Campo: es el corresponsable, junto con el jefe de proyecto, de definir y supervisar la aplicación de la estrategia de recolección de la información y de ofrecer respuestas a las contingencias que en dicha materia pueda ofrecer el trabajo de campo. Por último, es quien lidera la capacitación de encuestadores y la recolección de datos del proyecto y es corresponsable de coordinar los procesos vinculados con la administración y seguimiento en la medida que avanza el estudio. Supervisa la correcta ejecución de las encuestas y aplica acciones correctivas frente a la detección de aplicaciones incorrectas del instrumento o la existencia de fraude.
El oferente se encontrará especialmente obligado a que el equipo de trabajo incluido en su propuesta sea el que efectivamente ejecute las funciones y tareas comprometidas en aquella. No se aceptará el reemplazo de ninguno de los integrantes del equipo propuesto, excepto por causas de fuerza mayor, renuncia, despido o traslado, las que deberán ser debidamente informadas y justificadas por escrito por el jefe de proyecto, y autorizadas por escrito por la contraparte técnica designada por ChileValora. En estos casos el nuevo integrante del equipo deberá ser también aprobado por escrito por la contraparte técnica.
ChileValora podrá solicitar el reemplazo de integrantes del equipo de trabajo, por otra persona que responda a los criterios definidos para el rol a desempeñar en el proyecto.
CUADRO N° 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA PROFESIONALES CLAVE DEL PROYECTO (se evaluará conforme a la pauta de evaluación de la sección 8.3.2.2.2 de las Bases Administrativas)
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Cargo Descripción Profesión / grado
Jefe de Proyecto (JP) Profesional con amplia experiencia dirigiendo equipos a cargo de estudios de características similares o dirigiendo el levantamiento de encuestas presenciales o no presenciales a gran escala. Profesional universitario con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: psicología, sociología, antropología. Asimismo, también serán admisibles títulos o grados académicos en las siguientes disciplinas: trabajo social, ingeniería comercial, administración pública, estadística, ingeniería civil industrial.
Responsable del Trabajo de Campo
Profesional con experiencia en la supervisión de la aplicación de estrategias de recolección de información cuantitativa, sean éstas presenciales o no presenciales. Profesional universitario con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: psicología, sociología, antropología. Asimismo, también serán admisibles títulos o grados académicos en las siguientes disciplinas: trabajo social, ingeniería comercial, administración pública, estadística, ingeniería civil industrial.
Se hace presente que, en lo referido a la experiencia del proponente y del equipo de dirección del proyecto, sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada y que corresponda a referencias positivas, que puedan ser debidamente comprobadas, de acuerdo a los datos de contacto que se solicitan en el Anexo N° 3.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario deberá presentar una propuesta que explique, mediante protocolos de confidencialidad, cómo se garantizará la reserva de los datos y evitar cualquier potencial abuso de ellos o cualquier transgresión a lo establecido en la sección 10.12 Propiedad Intelectual y Confidencialidad, de las Bases Administrativas.
DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
Duración de los servicios
El plazo máximo de ejecución de la consultoría es de 20 semanas, contadas desde el inicio efectivo de la prestación de los servicios. No obstante, se valorará positivamente si el proponente está en condiciones de ofrecer un plazo de ejecución menor que permita contar antes con la información, conforme se indica en la pauta de evaluación de las bases administrativas. En concordancia con ello, serán rechazadas aquellas propuestas cuyo plazo de ejecución supere el plazo máximo señalado.
Serán declaradas inadmisibles las ofertas cuyo plazo de ejecución supere el plazo máximo señalado.
Contraparte técnica del proponente
Corresponderá al Jefe de Proyecto, quien deberá participar en todas las reuniones que la Contraparte Técnica de ChileValora considere necesarias.
La Propuesta Técnica deberá incluir un calendario tentativo de reuniones periódicas con la Contraparte de ChileValora.
Contraparte técnica de ChileValora
El desarrollo de las actividades relacionadas con los servicios solicitados requiere una relación de trabajo coordinada y fluida entre ambas contrapartes. En función de esto, la Contraparte Técnica de ChileValora radicará en el Jefe de la Unidad de Estudios del Área de Estudios y Prospección del Mercado Laboral, o quien lo subrogue o reemplace en caso de ausencia o impedimento.
Para todos los efectos, la comunicación entre ChileValora y la proponente adjudicada se realizará a través de sus respectivas contrapartes técnicas: la “Contraparte Técnica” (por parte de ChileValora) y el “Jefe de Proyecto” (por parte de la proponente adjudicada).
SOBRE LOS INFORMES Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS; PLAZOS DE ENTREGA Y REALIZACIÓN; Y PAGOS
Se solicitará la presentación de 3 informes y la presentación de resultados, cuya entrega y aprobación condiciona el pago de las cuotas establecidas en el punto 10.4 de las Bases Administrativas. Para aprobar el tercer pago, se solicitará junto con el tercer informe, una presentación de resultados para el personal de ChileValora. Los siguientes son los contenidos mínimos solicitados por el Mandante, para cada uno de los informes:
Informe de Instalación o Informe 1
El objetivo de este informe será presentar la propuesta en su totalidad, una vez que se han recogido las sugerencias de la contraparte técnica de ChileValora.
Lo anterior incluye:
Manual de trabajo de campo definitivo para cada cuestionario.
Manual del Encuestador definitivo para cada cuestionario.
Análisis de la calidad de los datos de contacto.
Plan de Trabajo actualizado.
Carta Gantt actualizada del Proyecto, con los tiempos finales contemplados para cada una de las actividades.
Propuesta Técnica con los eventuales ajustes.
El plazo máximo de entrega para el primer informe será de 2 semanas (o el 10% del período de ejecución ofertado por el proponente), contadas desde la fecha del inicio efectivo de la prestación de servicios. Una vez aprobado el informe de instalación por la contraparte de ChileValora, se procederá al pago de la primera cuota del estudio, correspondiente al 25% del monto total adjudicado.
Informe 2: Informe de Avance de Terreno
Este es un informe que consiste en un reporte de los resultados que tiene el trabajo en terreno. Así dicho informe deberá contener al menos los siguientes aspectos:
Tasa de logro de la muestra.
Desempeño y rendimiento de las encuestas, en especial de la tasa de respuesta o encuesta efectiva como también los principales indicadores asociados a la tasa de respuesta.
Estadísticas acerca de la duración de las entrevistas, por sector, así como también un análisis de las razones de rechazo. En esta línea, se entregará a ChileValora, archivos de registro de los llamados efectuados (empleadores contactados, fecha de llamados, duración de conversación, registro de llamados exitosos, etc.) en formato Excel. También, registro de encuestas por: encuestador, turno de trabajo, por carga de trabajo, por día de la semana, etc.). Dicha información, puede ser entregada de forma anexa al informe de avance de terreno.
Reportar información cualitativa y cuantitativa acerca de las dificultades en la aplicación de los instrumentos.
Resultados preliminares de la encuesta. Ello, considerando las encuestas que se hayan logrado efectuar previo a la entrega del informe de avance de terreno. Según ello, la contraparte técnica de ChileValora podría solicitar algunos análisis específicos complementarios: univariados o bivariados. Esto, con miras a la entrega del informe final.
El plazo máximo de entrega para este informe será de 10 semanas, contadas desde el inicio efectivo de la prestación de servicios. Si el plazo ofertado es menor a veinte semanas, el plazo para la entrega del segundo informe corresponderá a la mitad de las semanas totales para el estudio. Por ejemplo, si el plazo ofertado es de 18 semanas, el informe de avance de terreno debe ser entregado al finalizar la semana número 9 de la ejecución. En esta línea, si la cantidad de semanas totales para la ejecución del estudio es impar, se redondeará la mitad de semanas “hacia arriba”. Es decir, si el plazo ofertado es de 17 semanas, el informe de avance de terreno debe ser entregado al terminar la semana número 9.
Una vez aprobado el informe por la contraparte de ChileValora, se procederá al pago de la segunda cuota del estudio, correspondiente al 35% del monto total adjudicado.
Informe 3: Informe Final y Presentación de Resultados
Debe dar cuenta de la finalización de las actividades de terreno. Además, deberá contemplar:
Análisis de resultados de la aplicación del cuestionario con un análisis univariado y bivariado de los principales indicadores de resultados. Para efectuar esta tarea, el oferente puede tomar como referencia el informe del estudio a empresas efectuado en 2019, que será facilitado por la contraparte ChileValora.
Una única base de datos que contenga la información de la aplicación del cuestionario, en formato STATA (11 o superior), o Excel.
Informe final del resultado del trabajo de campo. Dicho informe, puede estar indexado en el informe final.
El plazo máximo de entrega para el informe final (tercer informe) será de 18 semanas, contadas desde el inicio efectivo de prestación de servicios. Esto, considerando que la prestación del servicio haya sido comprometida para 20 semanas. En caso que el oferente haya comprometido un plazo menor a 20 semanas, corresponderá al 90% del período de ejecución ofertado por el proponente. Dicho lapso de tiempo será contabilizado desde la fecha del inicio efectivo de la prestación de servicios.
Entregado el mencionado informe y antes del cierre del plazo de ejecución del estudio, el proponente deberá realizar la presentación de los resultados del estudio a los funcionarios de ChileValora (aproximadamente 60 personas), la que tendrá lugar en dependencias de la institución. El plazo de tope para la presentación de resultados es la semana siguiente de la entrega del informe final. Por ejemplo, si el informe final fue entregado en la semana 18 -contadas desde el inicio efectivo de prestación de servicios – la presentación debe hacerse a más tardar durante la semana 19.
Una vez realizada la presentación de resultados y aprobado el informe final por la contraparte de ChileValora, se procederá a ejecutar el pago de la última cuota del estudio, correspondiente al 40% del monto total adjudicado.
SOBRE LA APROBACIÓN DE LOS INFORMES
Los informes deberán presentarse en las fechas estipuladas en las presentes Bases. A objeto de garantizar el adecuado cumplimiento del estudio licitado, se podrá modificar la propuesta de calendario de actividades previo acuerdo de las partes, a través de acta suscrita por las contrapartes técnicas, respetando el plazo total de vigencia del contrato.
La entrega de los Informes deberá contemplar la presentación de dos copias impresas en papel tamaño carta, encuadernadas mediante anillo o espiral, y dos ejemplares en versión magnética (CD). Dicha entrega se deberá realizar en la oficina de partes de ChileValora, de lunes a viernes entre 9:00 y 13:00 horas.
La oficina de partes de ChileValora está ubicada en calle Miraflores 130, piso 8, comuna de Santiago. Se considerará como fecha y hora de recepción aquella establecida en el timbre estampado por la oficina de partes de ChileValora.
La contraparte técnica notificará por escrito al consultor la aprobación de los informes y las respectivas bases de datos. En caso de existir observaciones a los productos presentados por parte de la contraparte técnica, éstas serán comunicadas al consultor. Una vez notificado, el consultor dispondrá de cinco días hábiles para presentar un nuevo informe que corrija y atienda las observaciones planteadas. En caso de ser nuevamente objetado, se aplicará el sistema de multas descrito en las bases administrativas, dándosele un plazo de tres días hábiles a la proponente adjudicada para entregar un nuevo informe. Si este último es nuevamente rechazado, se notificará de incumplimiento de obligaciones, por lo que procede el término anticipado del contrato.
Los pagos correspondientes a cada cuota se efectuarán una vez recibido el respectivo informe y base de datos si corresponde, y éste haya sido aprobado por ChileValora; y previa entrega de la factura o boleta, correctamente emitida a posterior de la aprobación del informe por parte de la contraparte técnica. En el caso de la última cuota, debe encontrarse aprobado el Informe Final y ejecutada la presentación de resultados.
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