6. DERECHO A SOLICITAR ACLARACIONES Y ANTECEDENTES
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión podrá solicitar por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 40 del D.S. Hda. Nº 250/04.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados y en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, solo FORMULARIOS N° 3, 4 y 5 señalados en el punto 3.2 de estas BA, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas (punto 1.4, letra (e)) y el periodo de evaluación.
El plazo para corregir las omisiones requeridas será de 2 días hábiles, los que se contarán desde el requerimiento que se efectúe mediante el Portal.