Licitación ID: 833-3-LQ17
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Responsable de esta licitación: COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO, SVS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 36 Mes
Cod: 92101501
Valor neto mensual del servicio de vigilancia y seguridad, sin impuesto incluido, en pesos chilenos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Superintendencia llama a presentar ofertas en la licitación pública para contratar el servicio de vigilancia y seguridad, a fin de tomar las medidas necesarias para salvaguardar sus dependencias, equipos, bienes muebles y la información producto de su labor de fiscalización, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
Unidad de compra:
SVS
R.U.T.:
60.810.000-8
Dirección:
AVDA. L . B. O´HIGGINS 1449 PISO 2° Torre 2
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-02-2017 16:00:00
Fecha de Publicación: 02-02-2017 18:52:18
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2017 9:00:00
Fecha final de preguntas: 13-02-2017 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-02-2017 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-02-2017 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-02-2017 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2017 10:04:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita técnica obligatoria a las instalaciones 09-02-2017 10:00:00
Visita técnica obligatoria a las instalaciones 10-02-2017 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1-A O 1-B DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
2.- ANEXO N° 2 FORMULARIO IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 FORMULARIO OFERTA TÉCNICA
 
2.- ANEXO N° 5 FORMULARIO EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
3.- ANEXO N° 6 CARTA RECOMENDACIÓN
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Bonos o beneficios económicos del personal Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 8%
2 Remuneración bruta minima mensual del personal Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 20%
3 Cantidad de servicios de vigilancia y seguridad re Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 15%
4 Recomendaciones de instituciones públicas y/o priv Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 15%
5 Especificaciones técnicas adicionales Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 10%
6 Valor mensual neto promedio de guardia adicional Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 5%
7 Valor mensual neto del servicio de vigilancia y se Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 25%
8 Completitud de la oferta. Según lo establecido en el punto 7.1.- Proceso de evaluación del Artículo 7.- De la evaluación de las bases administrativas de la licitación. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto General de la Nación
Monto Total Estimado: 167954000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jefe División de Finanzas
e-mail de responsable de pago: abastecimiento@svs.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefe Departamento de Servicios Generales
e-mail de responsable de contrato: abastecimiento@svs.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26174124-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No está permitida.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Superintendencia de Valores y Seguros
Fecha de vencimiento: 23-05-2017
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: 4.1.3.- Garantía de Seriedad de la Oferta La seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $1.000.000.- (un millón de pesos). La caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista, (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, nominativa a nombre de la Superintendencia de Valores y Seguros, RUT N° 60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-___-LQ17” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”). En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”. La vigencia del documento no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación y se mantendrá a resguardo en las oficinas del Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, hasta su devolución de conformidad con lo dispuesto en este numeral. Si dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la Superintendencia solicitará al proponente adjudicado, antes de la fecha de su expiración, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, la adjudicación podrá no ser considerada y se le devolverá la garantía de seriedad de la oferta. Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente: a) Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación. b) Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la Superintendencia para hacerlo. c) No entregare en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. d) Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles. e) En los demás casos que las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan. Dicho documento deberá ser entregado en forma física o electrónica. En caso que la caución sea remitida de forma física, se deberá entregar en el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, que se encuentra ubicado en el domicilio del mandante, antes del término del plazo y hora señalados para el cierre de recepción de las ofertas, conforme al cronograma de licitación. El Departamento de Abastecimiento otorgará un formulario de recepción donde conste la fecha y hora de entrega de la caución, debiendo conservar un ejemplar. El horario de entrega de la Garantía de Seriedad de Oferta, para los días anteriores al día de cierre de recepción de ofertas será de 09:00 a 13:30 horas y de 14:30 a 17:00 horas. El horario de entrega de la caución señalada durante el día de cierre de recepción de ofertas, corresponderá al horario estipulado en el cronograma como cierre de recepción de ofertas. La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo previamente señalado es obligatoria, por tanto, la no entrega de ella implicará la exclusión del oferente respectivo. En los casos que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser ingresada por los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas en el ID asociado a este proceso licitatorio. Si la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero, segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, y a los que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente adjudicado. En caso que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación. Será de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la oferta. Para el retiro de las garantías los oferentes deberán dirigirse al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, en horario de 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 horas, acreditando la persona que retira tener poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.
Glosa: Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-3-LQ17
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente: a) Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación. b) Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la Superintendencia para hacerlo. c) No entregare en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. d) Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles. e) En los demás casos que las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Valores y Seguros
Fecha de vencimiento: 22-06-2020
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante un instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomada en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, por un monto de 5% del valor total máximo disponible para el contrato, con impuesto incluido, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Superintendencia de Valores y Seguros. Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del oferente adjudicado. El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días hábiles. Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario. En los casos que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento@svs.cl, dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación. En caso de modificarse el contrato incrementando la dotación de guardias, el adjudicatario deberá otorgar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento por un monto de 5% del valor del aumento, en los mismos términos establecidos en estas bases, garantía que deberá entregarse dentro de un plazo no superior a 10 días corridos, contados desde la suscripción de la modificación del contrato. La Superintendencia estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna. La garantía será devuelta por la Superintendencia una vez cumplida su vigencia. La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-____-LQ17 (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”). Si la garantía consiste en un vale o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características el documento deberá indicar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”. El plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se debe verificar dentro de los diez (10) días corridos siguientes, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación efectuada a través del Portal Mercado Público. De proceder el cobro de esta garantía por las causales establecidas en estas bases de licitación, el proveedor deberá entregar una nueva, de igual monto y características, antes de su cobro efectivo. En caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el párrafo que precede, la Superintendencia estará facultada para dar por terminado el contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo el Superintendente readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación. La Superintendencia se encontrará facultada en el supuesto de incumplimiento establecido en estas bases por parte del proveedor adjudicado para proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta. El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Glosa: Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-3-LQ17
Forma y oportunidad de restitución: Según lo establecido en las bases de la licitación
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según el Artículo 10.- Readjudicación de las bases administrativas de la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

Artículo 1.- Objeto de la licitación

 

La Superintendencia llama a presentar ofertas en la licitación pública para contratar el servicio de vigilancia y seguridad, a fin de tomar las medidas necesarias para salvaguardar sus dependencias, equipos, bienes muebles y la información producto de su labor de fiscalización, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

 

Artículo 2.- Mandante de la licitación

 

El mandante de la licitación es la Superintendencia de Valores y Seguros, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, representada por su Superintendente.

 

Artículo 3.- Datos básicos de la licitación

 

Etapas

Una (Apertura de oferta técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Presupuesto

El presupuesto disponible total para esta contratación es de hasta $ 167.954.000.- (ciento sesenta y siete millones novecientos cincuenta y cuatro mil pesos) IVA incluido, por un período de contrato de 36 meses.

 

Durante la vigencia del contrato el presupuesto disponible total de la contratación, se incrementará en la medida que exista disponibilidad presupuestaria para cubrir los siguientes conceptos:

 

1.- Contratación de dotación de guardias adicionales (De requerirse).

 

2.- Reajuste IPC sobre el valor mensual del servicio adjudicado: La variación del IPC considera el acumulado en el periodo de 12 meses, contabilizados desde el mes correspondiente a la aprobación de la resolución que aprueba el contrato.

 

El incremento por los conceptos antes señalados no podrá exceder en su conjunto del 10% del presupuesto total disponible para esta contratación.

 

Participantes

Personas naturales o jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Superintendencia de Valores y Seguros y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

 

Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

 

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.     

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

 

Se consideran días hábiles de lunes a viernes, salvo los días sábados, domingos y festivos.

Idioma

Castellano.

Comunicación con la Superintendencia

Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl.

Soporte de documentos

Soporte digital.

Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Funcionario encargado del contrato

Jefe Departamento de Servicios Generales

Funcionario responsable del pago

Jefe División de Finanzas

 

3.1.- Gastos

 

Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la Superintendencia.

 

3.2.- Documentación que rige esta licitación

 

Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:

 

  1. Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;

  2. Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la Superintendencia, a través de la resolución correspondiente;

  3. Respuestas a las preguntas de los oferentes; y

  4. Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Superintendencia.

     

    Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.

     

     

     

     

    3.3.- Modificaciones a las bases

     

    La Superintendencia podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

     

    3.4.- Cronograma de la licitación

     

    El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl.

     

Etapa

Plazos (Días corridos)

1

Fecha de publicación de las bases

Día uno. Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.

2

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Veinte (20) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.

3

Fecha de recepción garantía de seriedad de la oferta

Dentro de los veinte (20) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.

4

Visita técnica obligatoria a las instalaciones.

Séptimo (7) día después de haberse publicado las bases, a las 10:00 horas.

 

Octavo (8) día después de haberse publicado las bases, a las 10:00 horas.

5

Fecha de inicio de preguntas

Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde la 09:00 horas.

6

Fecha final de preguntas

Décimo (10) día posterior al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

7

Fecha publicación de respuestas

Hasta el cuarto (4) día posterior a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

8

Fecha de acto de apertura técnica y económica

El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.

9

Fecha de evaluación de ofertas

Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

10

Fecha de adjudicación

Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal  www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas.

11

Suscripción de contrato y entrega de garantía de fiel y oportuno cumplimiento

Dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.

 

Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique lo contrario.

 

Si el día fijado como término de alguno de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivos, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.

 

Con todo, el plazo de cierre para la recepción  de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

 

3.4.1.- Visita técnica obligatoria

 

Los interesados en participar en la licitación deberán asistir a lo menos a una de las dos visitas técnicas programadas, las que serán guiadas por un funcionario del Departamento de Servicios Generales, en día(s) y hora(s) indicada(s) en cronograma de licitación.

 

Las visitas señaladas en el cronograma de licitación, se llevarán a cabo en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, torre I, piso 9, Santiago. Se levantará un acta en que se registrará el día y hora de cada visita, el nombre del oferente y su RUT, además del nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asista a la visita en su representación. El acta de cada visita será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma. El oferente que no se presente a la hora ya señalada en el cronograma de estas bases, no podrá incorporarse a ella.

 

3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas

Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la Superintendencia a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.

 

Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.

 

Por su parte, la Superintendencia podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.

 

Artículo 4.- Contenido de la oferta

 

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.

 

La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3 respectivamente.

 

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

 

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

 

4.1.- Antecedentes administrativos

 

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:

 

4.1.1.-  Declaración jurada firmada por el representante legal, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o N° 1-B, según si se trata de una persona jurídica o de una persona natural, respectivamente; en caso que el oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda a su tipo de persona (jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es necesario que sea firmada ante Notario Público.

 

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración. 

 

4.1.2.-  Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N°2

 

Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de Directorio u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) de la sociedad. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses. 

 

Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y  la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Superintendencia, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.

 

Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la Superintendencia.

 

Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.

 

El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.

 

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la Superintendencia, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

 

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.

 

Asimismo, al momento de contratar, deberán presentar un certificado de vigencia de la persona jurídica de no más de tres meses de antigüedad (otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo o el Ministerio de Economía, en el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659), el que será exigido en caso de ser adjudicado. Este certificado no se requerirá en caso de encontrarse disponible con la antigüedad indicada en www.chileproveedores.cl.

 

En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en el párrafo que precede correspondiente a cada una de las personas jurídicas. Junto a lo anterior deberá acompañar una escritura pública como documento para contratar donde conste la unión temporal de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 67 bis, del DS. N°250 del Ministerio de Hacienda.

 

4.1.3.- Garantía de Seriedad de la Oferta

 

La seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $1.000.000.- (un millón de pesos).

 

La caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista, (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, nominativa a nombre de la Superintendencia de Valores y Seguros, RUT N° 60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-___-LQ17” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).

 

En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”.

 

La vigencia del documento no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación y se mantendrá a resguardo en las oficinas del Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, hasta su devolución de conformidad con lo dispuesto en este numeral.

 

Si dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la Superintendencia solicitará al proponente adjudicado, antes de la fecha de su expiración, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, la adjudicación podrá no ser considerada y se le devolverá la garantía de seriedad de la oferta.

 

Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:

 

  1. Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación.

  2. Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la Superintendencia para hacerlo.

  3. No entregare en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

  4. Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles.

  5. En los demás casos que las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.

 

Dicho documento deberá ser entregado en forma física o electrónica. En caso que la caución sea remitida de forma física, se deberá entregar en el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, que se encuentra ubicado en el domicilio del mandante, antes del término del plazo y hora señalados para el cierre de recepción de las ofertas, conforme al cronograma de licitación. El Departamento de Abastecimiento otorgará un formulario de recepción donde conste la fecha y hora de entrega de la caución, debiendo conservar un ejemplar. 

 

El horario de entrega de la Garantía de Seriedad de Oferta, para los días anteriores al día de cierre de recepción de ofertas será de 09:00 a 13:30 horas y de 14:30 a 17:00 horas. El horario de entrega de la caución señalada durante el día de cierre de recepción de ofertas, corresponderá al horario estipulado en el cronograma como cierre de recepción de ofertas.

 

La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo previamente señalado es obligatoria, por tanto, la no entrega de ella implicará la exclusión del oferente respectivo.

 

En los casos que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser ingresada por los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas en el ID asociado a este proceso licitatorio.

 

Si la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero, segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, y a los que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente adjudicado.

 

En caso que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.

 

Será de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la oferta.

 

Para el retiro de las garantías los oferentes deberán dirigirse al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, en horario de 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 horas, acreditando la persona que retira tener poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.

 

4.2.- Oferta Técnica

 

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en el siguiente documento:

 

  • Anexo N° 3 “Oferta Técnica”.

 

4.3.- Oferta Económica

 

Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor neto mensual del servicio de vigilancia y seguridad, sin impuesto incluido, en pesos chilenos.

 

El oferente deberá presentar la información que comprende el Anexo N° 4, “Oferta Económica” como documento adjunto a su oferta, en formato Excel u otro, el que deberá ser completado obligatoriamente con el valor de todos los ítems (excepto el punto 5 del anexo 4 que es facultativo completar). En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.

 

En caso de producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente al formulario del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 4 de estas bases, se dará preeminencia a los valores que consigne el anexo citado.

 

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.

 

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

 

4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas

 

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de la apertura de las ofertas dispuesta en el cronograma. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Superintendencia solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas y el reemplazo o ampliación de la vigencia de sus garantías de seriedad de oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.

 

 

4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas

 

Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:

 

  1. No presenten cualquiera de los antecedentes indicados en los puntos 4.2 y 4.3.

  2. Cuando no presenten la garantía de seriedad de la oferta, debidamente completada de acuerdo a lo requerido en el numeral 4.1.3 de estas bases.

  3. No informe o no cumplan con los requisitos técnicos mínimos señalados en el punto N° 3 del Anexo N° 3 “Oferta Técnica”.

  4. No presenten el valor de todos los ítems descritos en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”.

  1. No se presenten a lo menos a una de las visitas a terreno, según lo indicado en el punto 3.4.1 de estas bases de licitación.

  2. Sobrepasen el presupuesto disponible de la contratación.

  3. Presenten un “valor de la remuneración mínima mensual del personal” ofertado en el punto N° 3 del Anexo N° 4, inferior a un monto de $400.000.- bruto.

  4. La Superintendencia solicite de acuerdo a bases a través del portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.

  5. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.

     

Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes que no presenten en sus ofertas:

 

  • Información contenida en  el Anexos Nos 5, 6 y punto N° 5 del Anexo 4.

                        

La no presentación de la información antes señalada será evaluada con “0” puntos.

Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.

 

Artículo 5.- De la apertura de las ofertas

 

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de la licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

 

Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

 

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.

 

Esta Superintendencia podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.

 

Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación

                                                                                                                        

La Superintendencia podrá solicitar a través del Portal Mercado Público que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.

 

La Superintendencia podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 48 horas corridas desde la notificación de la Superintendencia para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.

 

Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

 

Artículo 7.- De la evaluación

 

Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto (“Comisión Evaluadora”), analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Superintendente la adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la institución o bien, la comisión podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello. 

 

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros:

 

 

  1. Isabel Alvarado Avendaño, Jefe de Departamento de Abastecimiento;

  2. Francisco Gonzalez Vásquez, Jefe de Departamento de Servicios Generales;

  3. Christian Rojas Cortes, Analista Departamento de Abastecimiento.

     

    En caso que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.

     

    Durante la etapa de evaluación, la Superintendencia podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.

     

    Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.

     

    7.1.- Proceso de evaluación

     

    El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y condiciones laborales de los trabajadores, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.

     

    En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, administrativas, y condiciones laborales, se utilizarán dos decimales.

     

    En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la Superintendencia el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.

     

    Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.

     

    La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:

     

     

     

     

Criterio

Ponderador por criterio

I.- Requisitos formales de la oferta:

Completitud de la oferta.

2%

 

II.- Aspecto Económico de la oferta:

 

1.

Valor mensual neto del servicio de vigilancia y seguridad

25%

2.

Valor mensual neto promedio de guardia adicional

5%

III.- Aspecto Técnico de la oferta:

A.

Especificaciones técnicas adicionales

10%

B.

Recomendaciones de instituciones públicas y/o privadas

15%

C.

Cantidad de servicios de vigilancia y seguridad realizados

15%

IV.- Condiciones Laborales de los Trabajadores:

1.

Remuneración bruta minima mensual del personal

20%

2.

Bonos o beneficios económicos del personal

8%

 

I.- Evaluación Requisitos Formales

 

Completitud de la oferta.

Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la Superintendencia.

 

La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:

 

Tramos

Puntaje

Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos

100

Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido

50

 

Si la Superintendencia requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera de bases.

 

En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, condiciones laborales de los trabajadores o garantía de seriedad de la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

 

 

 

II.- Evaluación Oferta Económica

 

Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total disponible para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad, serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación.

 

Para las ofertas que no sobrepasen el presupuesto, este criterio se evaluará de la siguiente forma:

 

1.- Valor  mensual neto del servicio de vigilancia y seguridad

 

Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación (Anexo N° 4):

 

Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]

 

Dónde:

 

Puntaje oferta (i)        :           Puntaje asignado a la oferta económica.

P (i)                             :           Precio ofertado por el oferente evaluado.

P (m)                          :           El menor precio ofertado por los oferentes.

 

 

2.- Valor mensual neto promedio de guardia adicional

 

Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor promedio. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación (Anexo N° 4):

 

Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]

 

Dónde:

 

Puntaje oferta (i)        :           Puntaje asignado a la oferta económica.

P (i)                             :           Precio ofertado por el oferente evaluado.

P (m)                          :           El menor precio ofertado por los oferentes.

 

(Se promedia el precio mensual neto unitario informado por cada oferente en el punto 2 del Anexo N° 4)

 

III.- Evaluación Oferta Técnica

 

La oferta técnica se realizará completando la información solicitada en el Anexo N° 3, punto 3 “Requisitos técnicos mínimos”.

 

Las ofertas que no informen o no cumplan con los requisitos técnicos mínimos señalados en el punto 3 del Anexo N° 3, previamente citado, serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.

 

Las propuestas que cumplan con los requisitos mínimos solicitados, continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:

 

A.- Especificaciones técnicas adicionales

 

Para evaluar este criterio, se considerará, de acuerdo a la siguiente tabla de puntaje:

 

Tramos

Puntaje

Presenta más de tres especificaciones técnicas adicionales

100

Presenta tres especificaciones técnicas adicionales

80

Presenta dos especificaciones técnicas adicionales

50

Presenta una especificación técnica adicional

30

No presenta o no informa.

0

 

Especificaciones técnicas adicionales: Cada oferente deberá presentar las especificaciones técnicas adicionales en el punto N° 4 del anexo N° 3 de estas bases. Se entiende como especificaciones técnicas  adicionales, aquellos elementos que sean relevantes, esto quiere decir que entreguen valor al servicio ofertado, a modo de ejemplo: oferte sobre 4 supervisiones mensuales, bastón de rondas, sistema informático de control de acceso, alarma con botón de pánico, guardias con capacitaciones especiales adicionales (que cumplan los deseables de las bases), etc.

 

B.- Recomendaciones de instituciones públicas y/o privadas

 

Se asignará puntaje por la cantidad de cartas de recomendación referidas a la prestación de servicios de vigilancia y seguridad que cada oferente presente, de acuerdo a los siguientes tramos de evaluación:

 

Tramos

Puntaje

Más de 10 cartas de recomendación de instituciones públicas y/o privadas.

100

Entre 6 y 10 cartas de recomendación de instituciones públicas y/o privadas.

80

Entre 3 y 5 cartas de recomendación de instituciones públicas y/o privadas.

40

No informa o menos de 3 cartas de recomendación de instituciones públicas y/o privadas.

0

 

Cada oferente debe presentar adjunta a su oferta las cartas de recomendaciones del servicio de vigilancia y seguridad firmada por el Representante legal y/o encargado de contrato (lo que deberá estar debidamente acreditado) correspondiente, de la respectiva institución a la cual se prestó el servicio. Cada oferente deberá acompañar la respectiva ID de licitación u orden de compra, copia del contrato o copia de la última factura emitida por la institución pública y/o privada a la cual corresponde la carta de recomendación. En caso de no presentar la carta con los respaldos señalados, no será considerado ese antecedente en la evaluación de este criterio.

 

El formato que se deberá utilizar para la entrega de cartas deberá contener la información consignada en el Anexo N° 6. No se consideran como válidas las cartas emitidas por el mismo proveedor que está ofertando o por un proveedor que es parte de una UTP al momento de ofertar.

 

C.- Cantidad de servicios de vigilancia y seguridad realizados

 

Se considerarán la cantidad de servicios ejecutados por el oferente. Para ello el oferente deberá entregar un resumen con dichos trabajos y/o servicios completando la información solicitada en el Anexo N° 5, lo que deberá ser debidamente respaldado o acreditado. Se evaluaran los servicios de Seguridad y Vigilancia a contar del año 2010 y que cuenten con más de 4 guardias permanentes.

 

La cantidad de servicios informados por cada oferente serán evaluados de acuerdo a los siguientes tramos de evaluación.

 

Tramos

Puntaje

Más de 10 servicios prestados.

100

Entre 6 y 10 servicios prestados

80

Entre 3 y 5 servicios prestados

40

No informa o menos de 3 servicios prestados

0

 

Para la verificación de servicios prestados, cada oferente deberá acompañar alguno de los siguientes documentos:

 

- Orden de compra, detallando el tipo de servicio.

- Contratos (firmados).

- Facturas, detallando el tipo de servicio realizado.

- Otro antecedente o documento que acredite la efectividad del trabajo realizado.

 

No se consideran como válidos certificados o respaldos emitidos por el mismo proveedor que está ofertando o por un proveedor que es parte de una UTP al momento de ofertar.

 

IV.- Condiciones Laborales de los Trabajadores

 

1.- Remuneración bruta mínima mensual del personal (del personal que estará encargado de prestar servicios de vigilancia y seguridad en la SVS).

 

Se asignará 100 puntos a la oferta de mayor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:

 

Puntaje oferta (i) = 100 x [E (i) / E (m)]

 

Dónde:

Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta.

E (i): Valor de la remuneración del personal del oferente (i).

E (m): Máximo valor de la remuneración del personal ofertado por los oferentes.

 

Los oferentes deberán presentar la remuneración del personal ofertado en el punto N° 3 del Anexo N° 4 de estas bases, y este valor no podrá ser inferior a un monto de $400.000.- mensual bruto.

 

2.- Bonos o beneficios económicos del personal

 

Se asignará 100 puntos a la oferta de mayor valor total. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:

 

Puntaje oferta (i) = 100 x [E (i) / E (m)]

 

Dónde:

Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta.

E (i): Valor total de bonos o beneficios económicos del personal del oferente (i).

E (m): Máximo Valor total de bonos o beneficios económicos del personal ofertado por los oferentes.

 

Bonos o beneficios económicos brutos del personal: Cada oferente deberá presentar el detalle y valor de los bonos y/o beneficios en el punto N° 5 del Anexo N° 4. Se entenderá por estos, la asignación en dineros adicionales a la renta bruta mensual que sean entregados durante el periodo de un año calendario al personal asignado a la entrega del servicio objeto de esta licitación, como por ejemplo: aguinaldo de fiestas patrias, aguinaldo de navidad, bono de vacaciones, etc.

 

Nota: Se consideran como bonos la asignación de dineros extras a la renta bruta recibida por cada trabajador. No se consideran como bonos, los beneficios que estén asociados al cumplimiento de indicadores, conductas o metas.

 

Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora

 

La Comisión Evaluadora emitirá un informe en el plazo establecido en el  cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el  puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo en detalle los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación, dará cuenta de la revisión y resultado de toda la documentación provista por el oferente, con indicación de los sitios web y  portales que pudieron haber sido consultados.

 

En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:

 

 

  1. Mayor puntaje en el criterio “Valor mensual neto del servicio de vigilancia y seguridad”.

  2. Mayor puntaje en el criterio “Remuneración bruta mínima mensual del personal”.

  3. Mayor puntaje en el criterio “Recomendaciones de instituciones públicas y/o privadas”.

 

Artículo 9.- De la adjudicación

 

La Superintendencia adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en el que se especificarán los aludidos criterios.

 

La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso. 

 

En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la Superintendencia señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 10 días hábiles para la adjudicación.

 

En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@svs.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.

 

Artículo 10.- Readjudicación

 

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886.

 

La Superintendencia podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.

 

Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo definido en el cronograma de licitación o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

 

Asimismo procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación podrá ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

 

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

 

De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

 

Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación

 

La Superintendencia, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases. 

 

La Superintendencia, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.

 

Artículo 12.- Del contrato

 

De la licitación pública derivará el contrato “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS". El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes; y la oferta del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.

 

Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

 

Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado. 

 

 

 

 

12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores

 

Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

 

En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.

 

Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien o podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.

 

Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

 

Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente para estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

 

Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 5 días hábiles.

 

En virtud del artículo 67 bis del Reglamento de la ley 19.886, si el oferente adjudicado es una UTP será necesario que esté constituida por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad.

 

12.2.- Condiciones básicas del contrato

 

Domicilio de la Superintendencia

Comuna de Santiago.

Subcontratación

No está permitida.

Cesión de derechos

No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.

Vigencia del contrato

36 meses, contados desde el 2 de mayo de 2017 y previa total tramitación de la resolución que lo apruebe.

 

No obstante lo anterior, por razones de buen servicio, la Superintendencia podrá solicitar el inicio de los servicios una vez suscrito el contrato, previa formalización de la resolución que lo apruebe; sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.

Plazo para ejecución del contrato

36 meses.

Precio, forma de pago y condiciones de  servicio.

El presupuesto disponible total para esta contratación es de hasta $ 167.954.000.- (ciento sesenta y siete millones novecientos cincuenta y cuatro mil pesos) IVA incluido.

 

Durante la vigencia del contrato el presupuesto disponible total de la contratación, se incrementará en la medida que exista disponibilidad presupuestaria para cubrir los siguientes conceptos:

 

1.- Contratación de dotación de guardias adicionales (De requerirse).

 

2.-  Reajuste IPC sobre el valor mensual del servicio adjudicado: La variación del IPC considera el acumulado en el periodo de 12 meses,  contabilizados desde el mes correspondiente a la aprobación de la resolución que aprueba el contrato.

 

El incremento por los conceptos antes señalados no podrá exceder en su conjunto del 10% del presupuesto total disponible para esta contratación.

 

Del mismo modo durante la vigencia del contrato la Superintendencia podrá disminuir la dotación de guardias asignados a puntos de recepción en un máximo de hasta 2 guardias.

 

En la eventualidad de disminuir la dotación de guardias, el valor del servicio mensual que paga la Superintendencia, será rebajado en la factura correspondiente al mes en que se produce la disminución, descontando de dicho valor la cifra señalada por el oferente en el punto 4 del Anexo N° 4, por guardia.

 

El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.

 

La condición de pago de los servicios adjudicados será en 36 cuotas mensuales, en pesos chilenos, pagados dentro de los 30 días corridos, contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento de cobro; previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada del Jefe del Departamento de Servicios Generales, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor. En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.

 

El proveedor deberá aceptar la orden de compra a través del Portal Mercado Público para poder proceder a la facturación.

 

Los precios y las remuneraciones del personal ofertados tendrán una vigencia igual a la vigencia del contrato.

 

En la medida que exista disponibilidad presupuestaria, la Superintendencia cada 12 meses, aplicará, un reajuste al valor mensual del servicio, de acuerdo a la variación de IPC de dicho período[1].

 

Para hacer efectivo el reajuste, a partir del mes N° 13 se considerara la variación del IPC acumulado en los 12 meses inmediatamente anteriores. De igual modo, para hacer efectivo el reajuste a partir del mes N° 25 se considerara la variación del IPC acumulado en los 12 meses inmediatamente anteriores.

 

 A partir del mes en que corresponda reajustar el valor del contrato, el adjudicatario deberá reajustar a lo menos en el mismo porcentaje las remuneraciones de los guardias que prestan servicios en la Superintendencia.

 

Conforme al párrafo anterior, el adjudicatario para acreditar el reajuste aplicado, deberá entregar a la Superintendencia las liquidaciones de remuneraciones que den cuenta de ello.

 

Tales antecedentes deberán ser verificados por la Superintendencia con motivo de la presentación de la respectiva factura y previo al pago.

 

La Superintendencia durante el mes 12 y 24 de la vigencia del contrato, a través de comunicación escrita remitida por el Departamento de Abastecimiento, informará si se procederá a reajustar su valor mensual.

 

Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.

 

Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.

 

El proveedor deberá facturar electrónicamente de conformidad al calendario de incorporación a que se refiere la Ley N° 20.727, en cuyo caso deberá, además, remitir dicho documento al correo electrónico abastecimiento@svs.cl.

 

En los demás casos, el proveedor podrá entregar el respectivo documento tributario de cobro en soporte papel, en la Oficina de Partes de la SVS ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, entre las 09:00 y las 13:00 horas, dirigida al Departamento de Abastecimiento.

 

La Superintendencia tendrá un plazo de 15 días corridos para rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura. En caso de vencer el plazo en día inhábil o festivo, se extenderá hasta el siguiente día hábil (de lunes a viernes).

 

En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

Normativa, antecedentes y documentos aplicables

El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:





1
. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

 

2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.   

 

3. Aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes.

 

4.   La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado –Incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.

 

5. La Resolución que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.

Solución de controversias y legislación aplicables

El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago

Suscripción del contrato

El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el oferente o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.

 

Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la Superintendencia quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva y cobrar la garantía de seriedad de la oferta.

 

En este caso, la Superintendencia deberá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.

En este caso, la Superintendencia procederá a la readjudicación de conformidad con las normas establecidas en estas bases.

 

Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl

 

Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.

Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato

El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante un instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomada en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, por un monto de 5% del valor total máximo disponible para el contrato, con impuesto incluido, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Superintendencia de Valores y Seguros.

 

Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del oferente adjudicado. 

 

El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días hábiles.

 

Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario.

 

En los casos que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento@svs.cl, dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.

 

En caso de modificarse el contrato incrementando la dotación de guardias, el adjudicatario deberá otorgar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento por un monto de 5% del valor del aumento, en los mismos términos establecidos en estas bases, garantía que deberá entregarse dentro de un plazo no superior a 10 días corridos, contados desde la suscripción de la modificación del contrato.

 

La Superintendencia estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna.

 

La garantía será devuelta por la Superintendencia una vez cumplida su vigencia.

 

La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-____-LQ17 (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).

 

Si la garantía consiste en un vale o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características el documento deberá indicar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”. El plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se debe verificar dentro de los diez (10) días corridos siguientes, contados desde la fecha de notificación  de la adjudicación efectuada a través del Portal Mercado Público. 

 

De proceder el cobro de esta garantía  por las causales establecidas en estas bases de licitación, el proveedor deberá entregar una nueva, de igual monto y características, antes de su cobro efectivo.

 

En caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el párrafo que precede, la Superintendencia estará facultada para dar por terminado el contrato.

 

Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo el Superintendente readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación. La Superintendencia se encontrará facultada en el supuesto de incumplimiento establecido en estas bases por parte del proveedor adjudicado para proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.

 

El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

 

12.3.- Obligaciones y prohibiciones del contratado

 

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratista deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:

 

  1. Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.

  2. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.

  3. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.

  4. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La Superintendencia podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Inspección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la Superintendencia, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.

  5. Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la Superintendencia.

 

12.4.- Responsabilidad

 

El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases.

 

Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del proyecto materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

 

En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.

 

12.5.- Multas

 

La Superintendencia aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente acreditados por el proveedor.

 

12.5.1.- Causales y monto de la multa

 

1) Por inasistencia: Se aplicarán multas por inasistencia del personal de vigilancia y seguridad acorde a los horarios definidos en el punto 2.6. “Horario y Control” de las bases técnicas de la licitación, de acuerdo a lo siguiente:

 

 

Tramos

Multas

a) Una a dos inasistencias mensuales

1% del valor mensual del contrato IVA incluido

b) Tres a cuatro inasistencias mensuales

2% del valor mensual del contrato IVA incluido

c) Cinco a diez inasistencias mensuales

5% del valor mensual del contrato IVA incluido

d) Once o más inasistencias mensuales

10% del valor mensual del contrato IVA incluido

 

Se entenderá por inasistencia, cuando el adjudicatario no reemplace dentro de 3 horas de retraso al personal de vigilancia y seguridad que no llegue a su puesto de trabajo en los horarios definidos en el punto 2.6. “Horario y Control” de las bases técnicas de la licitación. Trascurrido las 3 horas de retraso sin reemplazo del personal, el Jefe del Departamento de Servicios Generales o Coordinador de Mantención y Seguridad notificará por correo electrónico al adjudicatario el retraso del personal, configurando con este hecho la causal de aplicación de multa.

 

2) Por rotación de personal: Se aplicará multas por rotación de personal de vigilancia y seguridad, de acuerdo a lo siguiente:

 

 

 

 

Tramos

Multas

a) Dos a tres guardias mensuales

 2% del valor mensual del contrato IVA incluido

b) Cuatro o más guardias mensuales

 10 % del valor mensual del contrato IVA incluido

 

Se entenderá por rotación, cuando el adjudicatario cambia al personal de vigilancia y seguridad ofertado y definido en el punto 2.8 “Inicio del servicio” de las bases técnicas, para prestar dicho servicio durante la vigencia del contrato. En este punto no se consideraran los cambios de personal requeridos por el Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia, en caso de ser necesarios.

 

Los cambios señalados deben ser realizados acorde a lo definido en el punto 2.2. “Requisitos del Personal” de las bases técnicas de la licitación.

 

Realizada y verificada la rotación del personal de vigilancia y seguridad, el Jefe del Departamento de Servicios Generales o Coordinador de Mantención y Seguridad notificará por correo electrónico al adjudicatario la rotación del personal, configurando con este hecho la causal de aplicación de multa.

 

3) Por rondas no realizadas: Se aplicará multas por rondas no realizadas del personal de vigilancia y seguridad acorde a lo establecido en el punto N° 2.3 de las bases técnicas de la licitación, de acuerdo a lo siguiente:

 

Tramos

Multas

a) Tres a cuatro rondas mensuales no realizadas

2% del valor mensual del contrato IVA incluido

b) Cinco a diez rondas mensuales no realizadas

4% del valor mensual del contrato IVA incluido

c) Once o más rondas mensuales no realizadas

10% del valor mensual del contrato IVA incluido

 

Se entenderá por rondas no realizadas, cuando el personal de vigilancia y seguridad no realice los recorridos en las dependencias de la Superintendencia, definidos en el punto 2.3 “Detalle de labores requeridas” de las bases técnicas de la licitación.

                                         

La verificación de la aplicación de esta multa será realizada a través del Libro de Novedades y las cámaras de vigilancia que se encuentran en la Superintendencia u otro medio de verificación y control de rondas que el proveedor adjudicatario presente en su oferta, previa validación del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia.

 

4) Por reclamo u observaciones: Se aplicará multas por reclamo u observaciones realizadas al servicio de vigilancia y seguridad contratado, de acuerdo a lo siguiente:

 

 

 

Tramos

Multas

a) Cuatro a seis reclamos u observaciones mensuales

 2% del valor mensual del contrato IVA incluido

b) Siete a diez reclamos u observaciones mensuales

 4 % del valor mensual del contrato IVA incluido

c) Once o más reclamos u observaciones mensuales

 10 % del valor mensual del contrato IVA incluido

 

Se entenderá por reclamos u observaciones, cuando el servicio contratado presente faltas reiteradas a lo establecido en las bases técnicas de la presente licitación, como por ejemplo: guardia desaseado, mala atención de público interno y externo de la Superintendencia, poco interés en el servicio de vigilancia y seguridad, etc.

 

El Jefe del Departamento de Servicios Generales o Coordinador de Mantención y Seguridad notificará por correo electrónico al Supervisor del adjudicatario el reclamo y observaciones realizadas, configurando con este hecho la causal de aplicación de multa.

 

El tope mensual de aplicación de las multas será de un 25% del valor total mensual del contrato (impuestos incluidos) y el tope anual de aplicación de las multas será de un 10% del valor total del contrato (impuesto incluido), sin perjuicio de la facultad de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y solicitar el término anticipado del contrato.

 

12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas

 

En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el Jefe del Departamento de Servicios Generales, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:

 

1.- Identificación del adjudicatario;

2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;

3.- Responsable por parte del adjudicatario;

4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;

5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;

6.- Monto de la multa; y

7.- Firma del Jefe del Departamento de Servicios Generales

 

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

 

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 13:30 horas.

 

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de aplicación de multas.

 

La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará al proveedor en su domicilio indicado en el contrato, personalmente o por carta certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en  horario de 9:00 a 13:30 horas.

 

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

 

12.5.3.- Pago de las multas

 

El monto de la multa será rebajado del pago más próximo que se deba efectuar al adjudicatario o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.

 

Artículo 13.- Modificación del contrato

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

 

Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

 

En este sentido, durante la vigencia del contrato, este podrá modificarse en caso de ser necesario aumentar la dotación del personal de vigilancia y seguridad para la Superintendencia, aumentando su monto con cargo al 10% originalmente pactado (impuesto incluido).

 

Las modificaciones no podrán afectar el precio de la oferta.

 

La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.

 

 

Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad

 

El adjudicatario y su personal, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia o de la propia Superintendencia, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

 

Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos y contratistas del adjudicatario, quien deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.

 

Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la Superintendencia, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos se le entregará al adjudicatario un ejemplar de dicha política, en lo que sea pertinente, al momento de suscribir el contrato.

 

Artículo 15.- Imposiciones Legales y Previsionales

 

El proveedor adjudicado deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre remuneraciones, imposiciones y seguros, en relación con el personal asignado a la entrega de los servicios contratados.

 

Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20.935, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que Reajusta el Monto del Ingreso Mínimo Mensual, así como de la asignación familiar y Maternal y del Subsidio Familiar, o la que la reemplace en su oportunidad durante la vigencia del contrato.

 

Asimismo, estará obligado a entregar a la Superintendencia, todos los antecedentes que ésta le requiera en cumplimiento del mandato impuesto en los puntos anteriores. Este requisito será exigible a la presentación de cada factura.

 

El proveedor adjudicado será el único responsable de su personal, por toda obligación de orden contractual, laboral y previsional, incluyendo las retenciones establecidas en la Ley de Impuesto a la Renta, sobre remuneraciones.

 

Para todos los efectos legales, incluso seguros de accidentes o de cualquier otra clase, el proveedor adjudicado deberá declarar ser exclusivo empleador del personal que destine directa o indirectamente al cumplimiento de las obligaciones que le impone la ejecución del servicio, sin intervención ni responsabilidad alguna para la Superintendencia, puesta que ésta no habrá de tener, ni tendrá, vínculo laboral ni jurídico alguno con tales trabajadores.

En caso de hacerse efectiva sobre la Superintendencia, por sentencia judicial firme, cualquier responsabilidad laboral o previsional del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, este deberá reembolsarle a la Superintendencia las sumas que se hubiesen pagado, sea judicial o extrajudicialmente, quedando facultada desde ya la Superintendencia, para deducir dicho reembolso de cualquier suma que deba pagar o restituir el proveedor adjudicado.

 

El proveedor adjudicado estará especialmente obligado a cumplir fielmente las disposiciones de la Inspección del Trabajo, de las Leyes sobre Medicina Preventiva y Curativa, sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y, en general, toda Legislación Laboral, Social y Previsional vigente o que se dicte en el futuro sobre esas materias.

 

Cualquier responsabilidad del proveedor adjudicado que tenga como causa la infracción de los citados cuerpos legales, podrá ser cubierta con la garantía de fiel cumplimiento.

 

La Superintendencia no tendrá responsabilidad legal respecto a estas posibles infracciones por parte del proveedor adjudicado. No obstante lo anterior, si la Superintendencia se ve obligada a pagar alguna suma en razón de lo antes expresado, el proveedor adjudicado se obliga a reembolsársela de inmediato, sin perjuicio de lo cual autoriza desde ya a la Superintendencia para descontar el valor de lo pagado de cualquier suma de dinero a cuyo pago tenga derecho el proveedor adjudicado en virtud del contrato.   

 

Artículo 16.- Término del contrato

 

16.1.- Término normal

 

El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en este.

 

16.2.- Término anticipado del contrato

 

El contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:

 

  1. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.

  2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

  3. Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso.

  4. Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra.

  5. Por causa de interés público.

  6. Por exigirlo la seguridad nacional.

  7. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;

  8. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;

  9. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;

  10. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;

  11. Disolución de la UTP; y

  12. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

     

    Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la Superintendencia podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.

     

    Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratista las siguientes, que serán certificadas por el Jefe del Departamento de Servicios Generales.

     

  1. Si a juicio de la Superintendencia, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.

  2. Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.

  3. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases.

  4. Por exceder el tope de multa establecido en el punto 12.5 de estas bases.

  5. La cesión del contrato en los casos no autorizados expresamente por una ley.

  6. La subcontratación.

  7. El incumplimiento al artículo 14 de estas bases.

     

    El término anticipado del contrato será dispuesto por la Superintendencia a través de una resolución fundada, previo informe del Jefe del Departamento de Servicios Generales, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

     

    La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el contratado.

     

    En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.

     

    En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el Jefe del Departamento de Servicios Generales, deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:

     

    1.- Identificación del adjudicatario.

    2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato. 

    3.- Responsable por parte del adjudicatario.

    4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario.

    5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda.

    6.- Firma del Jefe del Departamento de Servicios Generales.

     

    Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

     

    Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

     

    Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada.

     

    Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de término de contrato.

     

    La Resolución que disponga el término de contrato se notificará en el domicilio indicado por el proveedor en el contrato, personalmente o por carta certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

     

    Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

     

    La Superintendencia hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en caso de término anticipado del mismo y que sea imputable al adjudicatario, de acuerdo a los casos señalados en este numeral.






[1] En caso que el IPC del periodo sea negativo, los precios se mantendrán sin modificación, positiva ni negativa.

BASES TÉCNICAS
1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO La Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la “Superintendencia”, requiere contratar el servicio de seguridad y vigilancia, a fin de tomar las medidas necesaria para salvaguardar sus dependencias, equipos, bienes muebles y la información producto de su labor de fiscalización. 2. ASPECTOS ESPECÍFICOS 2.1. REQUISITOS DEL OFERENTE Los proponentes deberán acreditar que se encuentran legalmente autorizados para la prestación del servicio requerido, conforme a lo establecido en el D.L. N° 3.607/1981, del Ministerio del Interior, que establece Normas sobre Funcionamiento de Vigilantes Privados. Para dichos efectos deberá acreditar fehacientemente que cumple en la actualidad con lo dispuesto en el artículo 5° bis del mencionado Decreto y adjuntar el documento vigente que autoriza la Prefectura de Carabineros para prestar el servicio a contratar. El oferente que prestará el servicio deberá ser especializado en el rubro de la seguridad y vigilancia. Para lo anterior deberá presentar la certificación entregada por la autoridad competente. El oferente deberá proporcionar la información relativa a las condiciones laborales bajo las cuales se encuentran contratados sus trabajadores, en lo referente a renta percibida y la entrega de beneficios monetarios como bonos; fiestas patrias, aguinaldos de navidad, vacaciones, etc. 2.2. REQUISITOS DEL PERSONAL El servicio de seguridad y vigilancia deberá ser entregado por personal especializado y capacitado para tal efecto, con características físicas y de salud compatible. El oferente deberá acreditar que el personal de su dependencia cumple al menos con los siguientes requisitos: a. Nivel de estudios: Al menos educación media completa. b. Antecedentes intachables: Es un requisito obligatorio para el personal que ejecute las labores de guardia, el cual se verificará con su correspondiente certificado de antecedentes y curriculum. c. Deseable poseer curso de atención a clientes. d. Experiencia demostrada en control de acceso de instalaciones similares a la Superintendencia e. Certificado de curso OS-10 acreditado por Carabineros de Chile. f. Credencial entregada por el OS-10 de Carabineros de Chile. g. Seguro de accidentes de trabajo. h. Uniforme: El personal deberá siempre usar el uniforme del oferente, junto con una credencial con fotografía tamaño carnet en lugar visible que los identifique. i. Su presentación personal debe ser la óptima y será verificada e informada su incumplimiento. j. Deseable curso en uso y manejo de extintores. k. Deseable curso de primeros auxilios o emergencias. l. Deseable conocimientos de uso de computador y de planillas electrónica, para ingreso de información. El oferente adjudicado, al momento de firmar el contrato, deberá presentar los antecedentes curriculares de todo el personal que prestará el servicio y antecedentes que corroboren los requisitos solicitados para el personal contratado. Durante la jornada de trabajo, el personal que preste el servicio de vigilancia deberá mantener una presentación que refleje cuidado personal, una actitud adecuada respecto a sus funciones y uniformes apropiados para la actividad a desarrollar, así como una presentación acorde a las características de la Institución. Además, deberán contar con radio de comunicación proporcionada por la empresa, la cual debe ser compatible con las utilizadas por la Superintendencia. Cualquier cambio de personal realizado por el adjudicado, deberá seguir el siguiente procedimiento: el Jefe de Operaciones o Supervisor de la empresa adjudicada, deberá entregar al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, los antecedentes del guardia de reemplazo. El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina, informará a través de correo electrónico si acepta el candidato sugerido por el adjudicado. Si el candidato presentado no cumple con los requisitos señalados en las presentes bases técnicas, el adjudicatario deberá realizar el mismo procedimiento hasta que se apruebe el guardia de reemplazo. 2.3. DETALLE DE LABORES REQUERIDAS Se requiere el servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias de la Superintendencia, labores que serán ejecutadas diariamente, de acuerdo a la jornada de trabajo que se detalla en el punto 2.6. El oferente deberá proporcionar los equipos y materiales necesarios para una correcta prestación de los servicios. La labor fundamental del guardia de seguridad será prevenir y evitar que durante su servicio se produzcan daños a las personas y sus bienes, así como a los bienes materiales de la Institución. Para dicho fin, el guardia debe controlar, vigilar y estar siempre atento de lo que suceda durante su turno, informando oportunamente a personal del Departamento de Servicios Generales de cualquier novedad que ocurra en nuestras dependencias o su entorno. Por consiguiente, el guardia de seguridad desempeñará tres roles fundamentales que se complementan entre sí: “Control de Acceso”, “Seguridad” y “Emergencias”. Se entenderá por “Rol de Control de Acceso”, en la cual el guardia impedirá el ingreso de personal no autorizado por la Superintendencia y registrará tanto en el ingreso como la salida de las personas autorizadas para hacerlo. Además, tomará contacto con los funcionarios que reciban visitas y solicitará la autorización de ingreso, registrándolo donde corresponda. Se entenderá por “Rol de Seguridad”, las actividades destinadas a garantizar la protección de las personas, de sus bienes y de los recursos de la Institución, entregando la información oportunamente al Coordinador y Jefatura del Departamento de Servicios Generales. Se entenderá por “Rol de Emergencias”, la resolución de situaciones coyunturales no previstas y poner en alerta a los organismos internos y externos en relación a la situación que se produzca, además, de las funciones que se le designen con este rol. Los roles señalados, deben ser concordantes con los Protocolos de Seguridad que establece la Superintendencia a través del Departamento de Servicios Generales. Las funciones mínimas que debe realizar el personal de seguridad son las siguientes: a. Control de acceso a las visitas que ingresan y salen de las dependencias de la Superintendencia, verificando su identidad a través de la cédula de identidad u otro medio de identificación y realizar el registro correspondiente en planilla computacional tipo Excel o sistema similar, que estarán disponible en cada recepción. Además, debe comprobar que cuente con la autorización pertinente para tal ingreso. b. Realizar rondas permanentes por la Superintendencia, vigilancia a personal externo y empresas contratistas y acompañar al personal de portería a la apertura y cierre de la Superintendencia. c. Ejercer vigilancia preventiva y disuasiva sobre los bienes muebles e inmuebles de la Superintendencia, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 1449, pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la torre I y 2 de la torre II. d. Control de bienes de propiedad del servicio: Considera el control del trámite de salida de mobiliarios, equipos electrónicos y similares, lo que incluye verificar si las personas que retiran bienes desde las dependencias de la Superintendencia lo hacen con la respectiva autorización del El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina, debiendo quedar por escrito. e. Disponer de seguridad y protección para los funcionarios que trabajen en las distintas dependencias e instalaciones de la institución. f. Ejercer todas las funciones establecidas en las normas del puesto que indique el proveedor en su propuesta, así como los procedimientos definidos por la organización. g. Poner inmediatamente en conocimiento de la Superintendencia cualquier incidente relacionado con las funciones encomendadas, y en caso de ser pertinente a Carabineros de Chile. h. Colaborar con las fuerzas del orden y seguridad en la identificación y posible aprehensión de los delincuentes en conformidad a la ley. i. Ser corteses con las visitas y trabajadores en general, teniendo un trato cordial y amable. j. Vigilar que no haya personal en actitud sospechosa en lugares dentro de las instalaciones de la Superintendencia, especialmente en lugares poco transitados. k. No permitir la permanencia dentro de las recepciones o lugares comunes a personas ajenas a ellas. l. No permitir que personas ajenas a la vigilancia vean, reproduzcan o copien anotaciones de los libros de vigilancia. m. Conducir al público general a las oficinas a las cuales se dirigen, previa identificación. n. Efectuar las rondas ordenadas y señaladas con anterioridad, registrando e informando las novedades encontradas. o. Revisar de manera permanente las bolsas y cajas que son eliminadas por el personal de aseo, corroborando que sólo se contengan desperdicios. Rondas de vigilancia: Entendiéndose por tales, las de control exhaustivo al interior y perímetros de la Institución con el objeto de prevenir acciones que afecten el normal desempeño y seguridad de la Institución. Estas pueden ser: • Control de accesos. • Control de áreas perimetrales a los accesos. • Control de depósitos de basura y desechos de manera permanente. • Control baños, cafeterías, salas de reuniones y áreas comunes. • Control de Estacionamientos con reporte diario. Rondas de seguridad de instalaciones: Entendiéndose por tales, aquellas destinadas a la protección del personal y de la Institución de agentes internos, los que puedan traer como consecuencia incendios, inundaciones, descargas eléctricas y otras. Estas rondas deben ser coordinadas por el Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina. • Control de extintores. • Control de pasillos y escaleras. • Control de salidas de emergencia • Control sistema hidráulico (filtraciones, pérdidas de agua, etc.) • Control de luces, sistema de control centralizado y posibles anomalías en tableros eléctricos. • Control de sistema de climatización. Rondas de control de pérdidas y derroches: Entendiéndose las destinadas a evitar pérdidas de recursos como agua y energía. • Control de Baños. • Control de Luces. • Control de Máquinas. • Control de Derrames. El personal del oferente adjudicado tendrá prohibición absoluta de hacer uso de máquinas o equipos de la Superintendencia (impresoras, computadores, fotocopiadoras, etc.). El no cumplimiento de estas disposiciones será motivo de solicitud de reemplazo del guardia. Lo anterior salvo indicación contraria y previa autorización del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos. El oferente y el personal del adjudicatario serán responsables de la reparación o reposición de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan afectar los bienes de la Superintendencia con motivo de la ejecución del servicio. El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos en conjunto con el adjudicatario, definirá las rondas de seguridad que el personal de vigilancia y seguridad realizará durante la vigencia del contrato, la cual deberá ser reportada semanalmente a dicho Departamento, por el jefe de grupo del adjudicatario. 2.4. PROHIBICIONES DE LOS GUARDIAS Queda estrictamente prohibido, entre otros, lo siguiente: a. Entregar en forma personal, por escrito o telefónica cualquier información o documentación sobre las materias propias y confidenciales de la Superintendencia y/o su personal. b. Consumir y/o ingresar bebidas alcohólicas, drogas o similares, como asimismo permitir ingresar personal bajo influencia de estos elementos. c. Usar televisores, asimismo escuchar radio a volumen excesivo o música estridente que interfiera la atención del teléfono o de personas. d. Portar armas de fuego de cualquier tipo, en horas y lugares de trabajo. e. Dormir en horas de trabajo. f. Mantener y jugar juegos de azar en horas y lugar de trabajo. g. Discutir con los trabajadores y/o funcionarios por motivos de controles, debiendo el guardia limitarse a anotar al trabajador y/o funcionario y circunstancias de los hechos y hora, informando al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos. h. Ingresar o permitir el ingreso de artefactos, materiales, piezas u otro tipo particular para su reparación, medición, cambio, etc., salvo autorización expresa y directa de quien corresponda. i. Alternar con personal ajeno a la entidad en que se presta servicios. j. Permitir el ingreso de vendedores ambulantes. k. Permitir el ingreso de promotores o funcionarios de: Isapres, AFP, seguros, tiendas, cooperativas, etc., sin la autorización del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos. l. Hablar por celular dentro del horario de trabajo, exceptuando las llamadas de emergencias o de comunicación con la empresa contratada. m. Llamar a personal de la entidad a solicitud de acreedores de éstos. n. Permitir el ingreso de personas de la entidad fuera del horario normal de trabajo, salvo que presente una autorización escrita del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos. o. Ocultar inasistencia o atrasos propios o de algún compañero o marcar tarjetas de control ajenas. p. Salir de la institución sin autorización del Jefe de Grupo o Supervisor respectivo, lo que se considerará abandono intempestivo de trabajo. q. Fumar durante la jornada y lugar de trabajo. r. Correr listas o suscripciones de cualquier naturaleza durante la jornada de trabajo, salvo autorización expresa de la institución. s. Comerciar con mercadería de cualquier especie, dentro del recinto de trabajo cualquiera sea la hora. t. Permanecer en el lugar de trabajo fuera de las horas ordinarias de trabajo, salvo en el caso de estar autorizado para trabajar extraordinariamente. u. Jugar, correr, reñir o discutir en horas y lugares de trabajo. 2.5. EJECUCIÓN DEL SERVICIO El proveedor será el único responsable del suministro del servicio contratado y de la calidad de los equipos e insumos utilizados para la correcta prestación de éste. El proveedor ejecutará los servicios requeridos cumpliendo con las Ordenanzas, Reglamentos, Leyes y demás normas chilenas que rijan esta materia. El proveedor deberá implementar un “Libro de Novedades”, donde se registrarán todos los eventos y observaciones de importancia que se produzcan durante el desarrollo de las actividades diarias de vigilancia. El Jefe de Grupo o Supervisor designado por el oferente contratado, deberá presentar el libro periódicamente al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, para su lectura y consulta. El Proveedor deberá contar con planillas de control de acceso, control de herramientas, salida y entrada de bienes o sistema similar. No existirá vínculo laboral alguno entre los guardias y la Superintendencia durante todo el período de ejecución del servicio contratado. 2.6. HORARIO Y CONTROL a) Para el control de horario, el proveedor deberá implementar un libro de asistencia o un sistema similar, el cual podrá ser revisado por la Jefe del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia o quien él defina a fin de verificar el cumplimiento del horario establecido para la ejecución de las labores. b) El Jefe de Grupo o Supervisor (ver funciones en punto 2.7 “Deberes del Jefe de Grupo”) deberá remitir semanalmente al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, el “Formulario de Control de Asistencia y Rondas” El oferente contratado deberá implementar las medidas necesarias para supervigilar que las funciones se ejecuten de acuerdo a lo estipulado en el contrato, para lo cual deberá existir un supervisor del personal en terreno. El nombre del encargado, su teléfono, correo u otra información requerida para estos efectos serán dados a conocer al Departamento de Servicios Generales. c) Coberturas requeridas: Se deben considerar los siguientes turnos en los cuales se prestarán los servicios: LUNES A VIERNES: Cantidad de Guardias Horario Ubicación y Rol 2 De lunes a viernes de 07:00 a 15:00 horas .-Sábado de 09:00 a 14:00 Revisión de pisos Piso 1 (Atención público) 1 De lunes a viernes 09:00 a 18:00 horas Piso 2 (Portería) Piso 12 (Portería) 2 De lunes a viernes 12:00 a 21:00 horas Piso 11 (Portería) Piso 12 (Portería) 1 De lunes a viernes 09:00 a 18:00 horas Jefe de Grupo Piso 11 y 9 DOTACIÓN ADICIONAL: (Se debe cotizar por separado) ÍTEM Cantidad de Guardias Horario Ubicación A 1 07:00 a 15:00 horas. De lunes a viernes 09:00 a 14:00 horas. Día sábado Rondas torre 1 y 2 B 1 09:00 a 18:00 horas De lunes a viernes Volante C 1 12:00 a 21:00 horas De lunes a viernes Volante Las labores del día sábado consistirán en vigilancia a personal externo y empresas contratistas principalmente, además, deberán acompañar al personal de la Superintendencia a abrir y cerrar las dependencias, debiendo ser ejecutado por cualquiera de los guardias contratados. La ubicación de los guardias será definida por el Departamento de Servicios Generales y podrán variar de acuerdo a las necesidades del Servicio. Asimismo, los horarios podrán ser modificados por el Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia durante la vigencia del contrato, cumpliendo con la normativa legal vigente. En cada turno, el tiempo de descanso del guardia de servicio será aquel consignado en la legislación laboral vigente, debiendo regirse por los estatutos internos del oferente que reglamente esta actividad, por lo tanto el oferente deberá tomar las providencias necesarias para que se releve el personal que hace uso de su horario determinado de colación. 2.7. DEBERES DEL JEFE DE GRUPO O SUPERVISOR El grupo de servicio estará bajo las órdenes del Jefe de Grupo o Supervisor, quien a su vez dependerá de uno o más Inspectores o Supervisores de la empresa contratada. El Jefe de Grupo o Supervisor deberá supervisar y coordinar la función del trabajo de los guardias para velar por un servicio de calidad. Entre las funciones se deberá considerar al menos las siguientes: a. Cumplir y hacer cumplir al personal bajo su mando las normas de trabajo y las tareas encomendadas y disposiciones emanadas por la contratante. b. Organizar el trabajo de manera que los controles y vigilancias se cumplan tal como se programaron. c. Informar al Jefe de Departamento de Servicios Generales o quien él defina para estos efectos, si hay personal trabajando o que haya trabajado fuera de su horario normal sin autorización. d. Ordenar dependencias diariamente, consignar por escrito las novedades ocurridas e informarlas. Efectuar los relevos de turno de los respectivos puestos. e. Mantener la coordinación radial con el personal de vigilancia y seguridad respectivo, es decir, conocer sus posiciones y resultados anticipados en las gestiones encomendadas e informar acciones a seguir. f. Remitir semanalmente al Jefe del Departamento de Servicios Generales el “Formulario de Control de Asistencia y Rondas” completo con su respectiva firma. 2.8. INICIO DEL SERVICIO El adjudicatario previo al inicio del servicio de vigilancia y seguridad, deberá remitir a través de correo electrónico al Jefe del Departamento de Servicios Generales, una nómina con el personal que realizará las funciones de guardias y jefe de grupo, o supervisor adjuntando en este correo el curriculum y el certificado de antecedentes y curso OS10 al día, de cada uno de las personas señaladas en la nómina. El Jefe de Departamento de Servicios Generales o quien él defina para estos efectos, fijarán un día de entrevista del personal propuesto por el adjudicatario, en el cual se evaluarán las competencias del personal que prestará el servicio acorde a lo definido en las presentes bases técnicas. Si alguna de las personas no cumple con lo establecido el Jefe del Departamento de Servicios Generales solicitará una nueva propuesta y se realizará el mismo procedimiento hasta que se apruebe el personal acorde a las bases técnicas. Finalmente para dar inicio del servicio de vigilancia y seguridad, una vez firmado el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de la “Directiva de Funcionamiento”, con la dotación que iniciará el servicio. Para efectuar lo anterior, el adjudicatario contará con un plazo de 10 días hábiles, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, debiendo entregar una copia de este documento al Jefe del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia.
BASES TÉCNICAS

 

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

     

    La Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la “Superintendencia”, requiere contratar el servicio de seguridad y vigilancia, a fin de tomar las medidas necesaria para salvaguardar sus dependencias, equipos, bienes muebles y la información producto de su labor de fiscalización.

     

  2. ASPECTOS ESPECÍFICOS

     

    2.1. REQUISITOS DEL OFERENTE

     

    Los proponentes deberán acreditar que se encuentran legalmente autorizados para la prestación del servicio requerido, conforme a lo establecido en el D.L. N° 3.607/1981, del Ministerio del Interior, que establece Normas sobre Funcionamiento de Vigilantes Privados. Para dichos efectos deberá acreditar fehacientemente que cumple en la actualidad con lo dispuesto en el artículo 5° bis del mencionado Decreto y adjuntar el documento vigente que autoriza la Prefectura de Carabineros para prestar el servicio a contratar.

     

    El oferente que prestará el servicio deberá ser especializado en el rubro de la seguridad y vigilancia. Para lo anterior deberá presentar la certificación entregada por la autoridad competente.

     

    El oferente deberá proporcionar la información relativa a las condiciones laborales bajo las cuales se encuentran contratados sus trabajadores, en lo referente a renta percibida y la entrega de beneficios monetarios como bonos; fiestas patrias, aguinaldos de navidad, vacaciones, etc.

     

    2.2. REQUISITOS DEL PERSONAL

     

    El servicio de seguridad y vigilancia deberá ser entregado por personal especializado y capacitado para tal efecto, con características físicas y de salud compatible.

     

    El oferente deberá acreditar que el personal de su dependencia cumple al menos con los siguientes requisitos:

     

  1. Nivel de estudios: Al menos educación media completa.
  2. Antecedentes intachables: Es un requisito obligatorio para el personal que ejecute las labores de guardia, el cual se verificará con su correspondiente certificado de antecedentes y curriculum.
  3. Deseable poseer curso de atención a clientes.
  4. Experiencia demostrada en control de acceso de instalaciones similares a la Superintendencia
  5. Certificado de curso OS-10 acreditado por Carabineros de Chile.
  6. Credencial entregada por el OS-10 de Carabineros de Chile.
  7. Seguro de accidentes de trabajo.
  8. Uniforme: El personal deberá siempre usar el uniforme del oferente, junto con una credencial con fotografía tamaño carnet en lugar visible que los identifique.
  9. Su presentación personal debe ser la óptima y será verificada e informada su incumplimiento.
  10. Deseable curso en uso y manejo de extintores.
  11. Deseable curso de primeros auxilios o emergencias.
  12. Deseable conocimientos de uso de computador y de planillas electrónica, para ingreso de información.

 

El oferente adjudicado, al momento de firmar el contrato, deberá presentar los antecedentes curriculares de todo el personal que prestará el servicio  y antecedentes que corroboren los requisitos solicitados para el personal contratado.

 

Durante la jornada de trabajo, el personal que preste el servicio de vigilancia deberá mantener una presentación que refleje cuidado personal, una actitud adecuada respecto a sus funciones y uniformes apropiados para la actividad a desarrollar, así como una presentación acorde a las características de la Institución. Además, deberán contar con  radio de comunicación proporcionada por la empresa, la cual debe ser compatible con las utilizadas por la Superintendencia. 

 

Cualquier cambio de personal realizado por el adjudicado, deberá seguir el siguiente procedimiento: el Jefe de Operaciones o Supervisor de la empresa adjudicada, deberá entregar al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, los antecedentes del guardia de reemplazo. El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina, informará a través de correo electrónico si acepta el candidato sugerido por el adjudicado. Si el candidato presentado no cumple con los requisitos señalados en las presentes bases técnicas, el adjudicatario deberá realizar el mismo procedimiento hasta que se apruebe el guardia de reemplazo.

 

2.3. DETALLE DE LABORES REQUERIDAS

 

Se requiere el servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias de la Superintendencia, labores que serán ejecutadas diariamente, de acuerdo a la jornada de trabajo que se detalla en el punto 2.6. El oferente deberá proporcionar los equipos y materiales necesarios para una correcta prestación de los servicios.

 

La labor fundamental del guardia de seguridad será prevenir y evitar que durante su servicio se produzcan daños a las personas y sus bienes, así como a los bienes materiales de la Institución. Para dicho fin, el guardia debe controlar, vigilar y estar siempre atento de lo que suceda durante su turno, informando oportunamente a personal del Departamento de Servicios Generales de cualquier novedad que ocurra en nuestras dependencias o su entorno.

 

Por consiguiente, el guardia de seguridad desempeñará tres roles fundamentales que se complementan entre sí: “Control de Acceso”, “Seguridad” y “Emergencias”.

 

Se entenderá por “Rol de Control de Acceso”, en la cual el guardia impedirá el ingreso de personal no autorizado por la Superintendencia y registrará tanto en el ingreso como la salida de las personas autorizadas para hacerlo. Además, tomará contacto con los funcionarios que reciban visitas y solicitará la autorización de ingreso, registrándolo donde corresponda.

 

Se entenderá por “Rol de Seguridad”, las actividades destinadas a garantizar la protección de las personas, de sus bienes y de los recursos de la Institución, entregando la información oportunamente al Coordinador y Jefatura del Departamento de Servicios Generales.

 

Se entenderá por “Rol de Emergencias”, la resolución de situaciones coyunturales no previstas y poner en alerta a los organismos internos y externos en relación a la situación que se produzca, además, de las funciones que se le designen con este rol.

 

Los roles señalados, deben ser concordantes con los Protocolos de Seguridad que establece la Superintendencia a través del Departamento de Servicios Generales.

 

Las funciones mínimas que debe realizar el personal de seguridad son las siguientes:

 

  1. Control de acceso a las visitas que ingresan y salen de las dependencias de la Superintendencia, verificando su identidad a través de la cédula de identidad  u otro medio de identificación y realizar el registro correspondiente en planilla computacional tipo Excel o sistema similar, que estarán disponible en cada recepción. Además, debe comprobar que cuente con la autorización pertinente para tal ingreso.
  2. Realizar rondas permanentes por la Superintendencia, vigilancia a personal externo y empresas contratistas y acompañar al personal de portería a la apertura y cierre de la Superintendencia.
  3. Ejercer vigilancia preventiva y disuasiva sobre los bienes muebles e inmuebles de la Superintendencia, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 1449, pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la torre I y 2 de la torre II.
  4. Control de bienes de propiedad del servicio: Considera el control del trámite de salida de mobiliarios, equipos electrónicos y similares, lo que incluye verificar si las personas que retiran bienes desde las dependencias de la Superintendencia lo hacen con la respectiva autorización del El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina, debiendo quedar por escrito.
  5. Disponer de seguridad y protección para los funcionarios que trabajen en las distintas dependencias e instalaciones de la institución.
  6. Ejercer todas las funciones establecidas en las normas del puesto que indique el proveedor en su propuesta, así como los procedimientos definidos por la organización.
  7. Poner inmediatamente en conocimiento de la Superintendencia cualquier incidente relacionado con las funciones encomendadas, y en caso de ser pertinente a Carabineros de Chile.
  8. Colaborar con las fuerzas del orden y seguridad en la identificación y posible aprehensión de los delincuentes en conformidad a la ley.
  9. Ser corteses con las visitas y trabajadores en general, teniendo un trato cordial y amable.
  10. Vigilar que no haya personal en actitud sospechosa en lugares dentro de las instalaciones de la Superintendencia, especialmente en lugares poco transitados.
  11. No permitir la permanencia dentro de las recepciones o lugares comunes a personas ajenas a ellas.
  12. No permitir que personas ajenas a la vigilancia vean, reproduzcan o copien anotaciones de los libros de vigilancia.
  13. Conducir al público general a las oficinas a las cuales se dirigen, previa identificación.
  14. Efectuar las rondas ordenadas y señaladas con anterioridad, registrando e informando las novedades encontradas.
  15. Revisar de manera permanente las bolsas y cajas que son eliminadas por el personal de aseo, corroborando que sólo se contengan desperdicios.

 

Rondas de vigilancia: Entendiéndose por tales, las de control exhaustivo al interior y perímetros de la Institución con el objeto de prevenir acciones que afecten el normal desempeño y seguridad de la Institución. Estas pueden ser:

 

  • Control de accesos.

  • Control de áreas perimetrales a los accesos.

  • Control de depósitos de basura y desechos de manera permanente.

  • Control baños, cafeterías, salas de reuniones y áreas comunes.

  • Control de Estacionamientos con reporte diario.

 

Rondas de seguridad de instalaciones: Entendiéndose por tales, aquellas destinadas a la protección del personal y de la Institución de agentes internos, los que puedan traer como consecuencia incendios, inundaciones, descargas eléctricas y otras. Estas rondas deben ser coordinadas por el Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina.

 

  • Control de extintores.

  • Control de pasillos y escaleras.

  • Control de salidas de emergencia

  • Control sistema hidráulico (filtraciones, pérdidas de agua, etc.)

  • Control de luces, sistema de control centralizado y posibles anomalías en tableros eléctricos.

  • Control de sistema de climatización.

 

Rondas de control de pérdidas y derroches: Entendiéndose las destinadas a evitar pérdidas de recursos como agua y energía.

 

  • Control de Baños.

  • Control de Luces.

  • Control de Máquinas.

  • Control de Derrames.

 

El personal del oferente adjudicado tendrá prohibición absoluta de hacer uso de máquinas o equipos de la Superintendencia (impresoras, computadores, fotocopiadoras, etc.). El no cumplimiento de estas disposiciones será motivo de solicitud de reemplazo del guardia. Lo anterior salvo indicación contraria y previa autorización del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos.

 

El oferente y el personal del adjudicatario serán responsables de la reparación o reposición de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan afectar los bienes de la Superintendencia con motivo de la ejecución del servicio.

 

El Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos en conjunto con el adjudicatario, definirá las rondas de seguridad que el personal de vigilancia y seguridad realizará durante la vigencia del contrato, la cual deberá ser reportada semanalmente a dicho Departamento, por el jefe de grupo del adjudicatario.

 

2.4. PROHIBICIONES DE LOS GUARDIAS

 

Queda estrictamente prohibido, entre otros, lo siguiente:

 

  1. Entregar en forma personal, por escrito o telefónica cualquier información o documentación sobre las materias propias y confidenciales de la Superintendencia y/o su personal.
  2. Consumir y/o ingresar bebidas alcohólicas, drogas o similares, como asimismo permitir ingresar personal bajo influencia de estos elementos.
  3. Usar televisores, asimismo escuchar radio a volumen excesivo o música estridente que interfiera la atención del teléfono o de personas.
  4. Portar armas de fuego de cualquier tipo, en horas y lugares de trabajo.
  5. Dormir en horas de trabajo.
  6. Mantener y jugar juegos de azar en horas y lugar de trabajo.
  7. Discutir con los trabajadores y/o funcionarios por motivos de controles, debiendo el guardia limitarse a anotar al trabajador y/o funcionario y circunstancias de los hechos y hora, informando al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos.
  8. Ingresar o permitir el ingreso de artefactos, materiales, piezas u otro tipo particular para su reparación, medición, cambio, etc., salvo autorización expresa y directa de quien corresponda.
  9. Alternar con personal ajeno a la entidad en que se presta servicios.
  10. Permitir el ingreso de vendedores ambulantes.
  11. Permitir el ingreso de promotores o funcionarios de: Isapres, AFP, seguros, tiendas, cooperativas, etc., sin la autorización del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos.
  12. Hablar por celular dentro del horario de trabajo, exceptuando las llamadas de emergencias o de comunicación con la empresa contratada.
  13. Llamar a personal de la entidad a solicitud de acreedores de éstos.
  14. Permitir el ingreso de personas de la entidad fuera del horario normal de trabajo, salvo que presente una autorización escrita del Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos.
  15. Ocultar inasistencia o atrasos propios o de algún compañero o marcar tarjetas de control ajenas.
  16. Salir de la institución sin autorización del Jefe de Grupo o Supervisor respectivo, lo que se considerará abandono intempestivo de trabajo.
  17. Fumar durante la jornada y lugar de trabajo.
  18. Correr listas o suscripciones de cualquier naturaleza durante la jornada de trabajo, salvo autorización expresa de la institución.
  19. Comerciar con mercadería de cualquier especie, dentro del recinto de trabajo cualquiera sea la hora.
  20. Permanecer en el lugar de trabajo fuera de las horas ordinarias de trabajo, salvo en el caso de estar autorizado para trabajar extraordinariamente.
  21. Jugar, correr, reñir o discutir en horas y lugares de trabajo.

 

2.5. EJECUCIÓN DEL SERVICIO

 

El proveedor será el único responsable del suministro del servicio contratado y de la calidad de los equipos e insumos utilizados para la correcta prestación de éste.

 

El proveedor ejecutará los servicios requeridos cumpliendo con las Ordenanzas, Reglamentos, Leyes y demás normas chilenas que rijan esta materia.

 

El proveedor deberá implementar un “Libro de Novedades”, donde se registrarán todos los eventos y observaciones de importancia que se produzcan durante el desarrollo de las actividades diarias de vigilancia. El Jefe de Grupo o Supervisor designado por el oferente contratado, deberá presentar el libro periódicamente al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, para su lectura y consulta.

 

El Proveedor deberá contar con planillas de control de acceso, control de herramientas, salida y entrada de bienes o sistema similar.

 

No existirá vínculo laboral alguno entre los guardias y la Superintendencia durante todo el período de ejecución del servicio contratado.

 

2.6. HORARIO Y CONTROL

 

  1. Para el control de horario, el proveedor deberá implementar un libro de asistencia o un sistema similar, el cual podrá ser revisado por la Jefe del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia o quien él defina a fin de verificar el cumplimiento del horario establecido para la ejecución de las labores.

  2. El Jefe de Grupo o Supervisor (ver funciones en punto 2.7 “Deberes del Jefe de Grupo”) deberá remitir semanalmente al Jefe de Departamento de Servicios Generales o a quien él defina para estos efectos, el “Formulario de Control de Asistencia y Rondas”  El oferente contratado deberá implementar las medidas necesarias para supervigilar que las funciones se ejecuten de acuerdo a lo estipulado en el contrato, para lo cual deberá existir un supervisor del personal en terreno. El nombre del encargado, su teléfono, correo u otra información requerida para estos efectos serán dados a conocer al Departamento de Servicios Generales.

  3. Coberturas requeridas: Se deben considerar los siguientes turnos en los cuales se prestarán los servicios:

     

    LUNES A VIERNES:

     

Cantidad de Guardias

Horario

Ubicación y Rol

2

De lunes a viernes de 07:00 a 15:00 horas

.-Sábado de 09:00 a 14:00

 

Revisión de pisos

Piso 1 (Atención público)

 

1

De lunes a viernes 09:00 a 18:00 horas

 

Piso 2 (Portería)

Piso 12 (Portería)

 

2

De lunes a viernes 12:00 a 21:00 horas

 

Piso 11 (Portería)

Piso 12 (Portería)

 

1

De lunes a viernes 09:00 a 18:00 horas

 

Jefe de Grupo Piso 11 y 9

 

 

DOTACIÓN ADICIONAL: (Se debe cotizar por separado)

 

ÍTEM

Cantidad de Guardias

Horario

Ubicación

A

1

07:00 a 15:00 horas. De lunes a viernes

 

09:00 a 14:00 horas. Día sábado

 

 

Rondas torre 1 y 2

B

1

09:00 a 18:00 horas

De lunes a viernes

 

Volante

 

C

1

12:00 a 21:00 horas

De lunes a viernes

 

Volante

 

 

Las labores del día sábado consistirán en vigilancia a personal externo y empresas contratistas principalmente, además, deberán acompañar al personal de la Superintendencia a abrir y cerrar las dependencias, debiendo ser ejecutado por cualquiera de los guardias contratados.

 

La ubicación de los guardias será definida por el Departamento de Servicios Generales y podrán variar de acuerdo a las necesidades del Servicio. Asimismo, los horarios podrán ser modificados por el Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia durante la vigencia del contrato, cumpliendo con la normativa legal vigente.

 

En cada turno, el tiempo de descanso del guardia de servicio será aquel consignado en la legislación laboral vigente, debiendo regirse por los estatutos internos del oferente que reglamente esta actividad, por lo tanto el oferente deberá tomar las providencias necesarias para que se releve el personal que hace uso de su horario determinado de colación.

 

2.7. DEBERES DEL JEFE DE GRUPO O SUPERVISOR

 

El grupo de servicio estará bajo las órdenes del Jefe de Grupo o Supervisor, quien a su vez dependerá de uno o más Inspectores o Supervisores de la empresa contratada.

 

El Jefe de Grupo o Supervisor deberá supervisar y coordinar la función del trabajo de los guardias para velar por un servicio de calidad. Entre las funciones se deberá considerar al menos las siguientes:

 

  1. Cumplir y hacer cumplir al personal bajo su mando las normas de trabajo y las tareas encomendadas y disposiciones emanadas por la contratante.
  2. Organizar el trabajo de manera que los controles y vigilancias se cumplan tal como se programaron.
  3. Informar al Jefe de Departamento de Servicios Generales o quien él defina para estos efectos, si hay personal trabajando o que haya trabajado fuera de su horario normal sin autorización.
  4. Ordenar dependencias diariamente, consignar por escrito las novedades ocurridas e informarlas. Efectuar los relevos de turno de los respectivos puestos. 
  5. Mantener la coordinación radial con el personal de vigilancia y seguridad respectivo, es decir, conocer sus posiciones y resultados anticipados en las gestiones encomendadas e informar acciones a seguir.
  6. Remitir semanalmente al Jefe del Departamento de Servicios Generales el “Formulario de Control de Asistencia y Rondas” completo con su respectiva firma.

 

2.8. INICIO DEL SERVICIO

 

El adjudicatario previo al inicio del servicio de vigilancia y seguridad, deberá remitir a través de correo electrónico al Jefe del Departamento de Servicios Generales, una nómina con el personal que realizará las funciones de guardias y jefe de grupo, o supervisor adjuntando en este correo el curriculum y el certificado de antecedentes y curso OS10 al día, de cada uno de las personas señaladas en la nómina.

 

El Jefe de Departamento de Servicios Generales o quien él defina para estos efectos, fijarán un día de entrevista del personal propuesto por el adjudicatario, en el cual se evaluarán las competencias del personal que prestará el servicio acorde a lo definido en las presentes bases técnicas. Si alguna de las personas no cumple con lo establecido el Jefe del Departamento de Servicios Generales solicitará una nueva propuesta y se realizará el mismo procedimiento hasta que se apruebe el personal acorde a las bases técnicas.

 

Finalmente para dar inicio del servicio de vigilancia y seguridad, una vez firmado el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de la “Directiva de Funcionamiento”, con la dotación que iniciará el servicio.

 

Para efectuar lo anterior, el adjudicatario contará con un plazo de 10 días hábiles, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, debiendo entregar una copia de este documento al Jefe del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia.