Licitación ID: 1005498-15-LE19
SEGUROS BIENES MUEBLES Y VEHICULOS
Responsable de esta licitación: COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO, COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguros de edificios o de su contenido 1 Unidad
Cod: 84131501
Valor total en UF por Seguros Bienes Muebles e Inmuebles, Sede Moneda  

2
Seguros de edificios o de su contenido 1 Unidad
Cod: 84131501
Valor total en UF por Seguros Bienes Muebles e Inmuebles, Sede Alameda  

3
Seguro de automóviles o camiones 1 Unidad
Cod: 84131503
Valor total en UF por Seguros de Vehículos, Sede Alameda  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SEGUROS BIENES MUEBLES Y VEHICULOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La CMF llama a presentar ofertas en la licitación pública para la contratación de los seguros generales de bienes muebles e inmuebles y seguro de vehículos institucional, conforme a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
Unidad de compra:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
R.U.T.:
60.810.000-8
Dirección:
Av. Lib. Bernardo O'higgins 1449, piso 2, torre II
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-12-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 05-12-2019 18:50:38
Fecha inicio de preguntas: 06-12-2019 9:00:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2019 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-12-2019 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-12-2019 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-12-2019 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 27-12-2019 18:19:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1-A o 1-B DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
2.- ANEXO N° 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
3.- ANEXO N° 6 CONDICIONES SUSTENTABLES
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 3 OFERTA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Coberturas adicionales Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 25%
2 Completitud de la oferta Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 4%
3 Valor total de la prima con todos los impuestos in Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 50%
4 Clasificación de riesgo de la compañía Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 15%
5 Condiciones inclusivas. Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 3%
6 Equidad de género Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas de licitación. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 1180
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Hector Paredes
e-mail de responsable de pago: hparedes@cmfchile.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefatura de Departamento de Servicios Generales
e-mail de responsable de contrato: abastecimiento@cmfchile.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26174124-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Según punto 12.2.- Condiciones básicas del contrato de bases administrativas
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según Artículo 10.- Readjudicación de bases de licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

Artículo 1.- Objeto de la licitación:

La CMF llama a presentar ofertas en la licitación pública para la contratación de los seguros generales de bienes muebles e inmuebles y seguro de vehículos institucional, conforme a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos.

Artículo 2.- Mandante de la licitación:

El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1.449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Presidente. 

Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:

Etapas

Una (Apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Presupuesto

El presupuesto disponible total para Sede Moneda en esta contratación es de UF 530.- (quinientas treinta Unidades de Fomento) IVA incluido.

El presupuesto disponible total para Sede Alameda en esta contratación es de UF 650.- (seiscientas cincuenta Unidades de Fomento), de acuerdo al siguiente desglose:

  • Seguros bienes muebles e inmuebles: presupuesto máximo disponible de UF 600.

  • Seguros vehículos: presupuesto máximo disponible de UF 50.

El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.

Participantes

Personas naturales o jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.

Las compañías que presenten sus ofertas representadas por un corredor de seguros debidamente inscrito en el Registro de Corredores de Seguros, deberán presentar una copia simple del mandato vigente, escritura pública u otro instrumento legal privado o público que avale dicha representación.                    

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

Se consideran días hábiles de lunes a viernes, e inhábiles los días sábados, domingos y festivos.

Idioma

Castellano.

Comunicación con la CMF

Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl

Soporte de documentos

Soporte digital.

Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Funcionario encargado del contrato

  • Jefatura Departamento de Servicios Generales, Sede Alameda.
  • Jefe Unidad de Administración, Sede Moneda.

Funcionario responsable del pago

  • Jefe División de Finanzas, Sede Alameda.
  • Jefe Unidad de Finanzas, Sede Moneda.

3.1.- Gastos:

Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.

3.2.- Documentación que rige esta licitación:

Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que, en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:

a)    Bases administrativas, técnicas, y anexos de la licitación.

b)    Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente.

c)    Respuestas a las preguntas de los oferentes.

d)    Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.

3.3.- Modificaciones a las bases:

La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada que será publicada en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

3.4.- Cronograma de la licitación:

El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl

Etapa

Plazos (días corridos)

1

Fecha de Publicación de las Bases

Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases, sus anexos y el llamado.

2

Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas

Diez (10) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.

3

Fecha de Inicio de Preguntas

Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde la 09:00 horas.

4

Fecha Final de Preguntas

Dos (2) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

5

Fecha Publicación de Respuestas

Hasta el dos (2) día posterior a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

6

Fecha de Acto de Apertura Técnica y Económica

El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.

7

Fecha de Evaluación de Ofertas

Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl.

9

Formalización del contratación

La contratación será formalizada a través de la emisión de una orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl que será enviada dentro de los dos (2) días posteriores a la fecha de adjudicación.

10

Aceptación de orden de compra

Dentro del dos (2) día posterior a la fecha de envío de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl.

11

Entrega de la póliza

Hasta cinco (5) día posterior a la fecha de la notificación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl

Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique lo contrario.

Si el día fijado como término de algunos de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.

Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

3.5.- Periodo de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:

Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.

Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.

Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.

Artículo 4.- Contenido de la oferta:

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de licitación.

La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3, respectivamente.

Las ofertas deberán presentar la información solicitada en los anexos de las presentes bases, según corresponda, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en el Portal Mercado Público. En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

4.1.- Antecedentes administrativos:

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:

4.1.1.-  Declaración jurada firmada por el representante legal, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o N° 1-B, según si se trata de una persona jurídica o de una persona natural, respectivamente. En caso que el oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda a su tipo de persona (jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es necesario que sea firmada ante Notario Público.

                                                                                                                   

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración. 

4.1.2.-  Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N° 2.

Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) de la sociedad y las facultades que tienen para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.

 

Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.

Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF.

Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en el que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.

El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como a las respectivas bases de licitación y el contrato.

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.

Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de contratar, el adjudicatario deberá presentar una Copia de Inscripción con Vigencia de la persona jurídica, otorgada por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberán presentar el Certificado de Vigencia y el Certificado de Estatuto Actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los certificados señalados en el párrafo anterior no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses y no se requerirán en caso de encontrarse disponibles con la antigüedad indicada en el Portal www.chileproveedores.cl.

En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en este punto correspondiente a cada una de las personas jurídicas. 

4.2.- Oferta Técnica:

Los oferentes, en conformidad a las bases técnicas que se establecen en la presente resolución, deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información requerida en el Anexo N° 3 “Oferta Técnica”.

Cada oferente deberá presentar una oferta técnica por cada línea de producto, que se detalla a continuación:

  • Seguros bienes muebles e inmuebles – Sede Alameda. (numeral I, punto 3 “Coberturas requeridas”, de las bases técnicas).  
  • Seguros vehículos – Sede Alameda (numeral II, punto 3 “Coberturas requeridas”, de las bases técnicas). 
  • Seguros bienes muebles e inmuebles - Sede Moneda. (numeral III, punto 3 “Coberturas requeridas”, de las bases técnicas).  

En las líneas de productos en que el proveedor presente su oferta, deberá considerar todas las coberturas y exigencias establecidas en las bases técnicas de la licitación, para la línea respectiva.

De no presentarse las ofertas en la forma indicada, serán excluidas del proceso de licitación.

4.3.- Oferta Económica:

Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la oferta económica conforme a lo que se detalla a continuación, en Unidades de Fomento, con todos los impuestos que pudieran corresponder.

-       Valor total en UF por Seguros Bienes Muebles e Inmuebles, Sede Moneda

-       Valor total en UF por Seguros Bienes Muebles e Inmuebles, Sede Alameda

-       Valor total en UF por Seguros de Vehículos, Sede Alameda

El oferente deberá presentar la información que se solicita en el Anexo N° 4, como documento adjunto a su oferta, en formato Excel u otro, que deberá ser completada obligatoriamente con los precios unitarios ofertados. En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.

De producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente en los formularios del Portal Mercado Público y la información proporcionada en el Anexo N° 4 de estas bases, para todos los efectos, se dará preeminencia a lo establecido en el anexo citado.

En relación con lo expuesto, se evaluarán sólo las ofertas por línea de producto que cumplan con lo requerido por las bases de licitación.

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas:

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el cronograma de licitación de estas bases administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.

4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas:

Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:

  1. No presenten cualquiera de los antecedentes indicados como obligatorios en los puntos 4.2 y 4.3. Lo anterior en concordancia con el párrafo dos del artículo 4 de estas bases administrativas y sin perjuicio de la solicitud de información del ítem B.- “Coberturas adicionales de los seguros ofrecidos” de la letra B del Anexo N° 3, cuya presentación no resulta obligatoria.
  2. No cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas de la licitación, los cuales serán contrastados, en lo que corresponda, con la oferta técnica del oferente.
  3. Sobrepasen el presupuesto total disponible para la contratación de cada uno de los seguros.
  4. No acepta la condición de pago establecida en las bases de la licitación.
  5. La CMF solicite de acuerdo a bases a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
  6. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.

Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes que no presenten en sus ofertas:

  • Información requerida en la letra B, del Anexo N° 3.
  • Información requerida en el Anexo N° 6.

La no presentación de la información antes señalada será evaluada con “0” puntos.

Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.

Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:

La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma de licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.

La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.

Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación:

                                                                                                                        

La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.

La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 72 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.

Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

Artículo 7.- De la evaluación:

Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto (“Comisión Evaluadora”), analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Presidente de la CMF la adjudicación de la licitación por línea de producto, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello. 

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la CMF:

  1. Carlos Álvarez Quiñinao, Jefe Departamento de Servicios Generales.
  2. Mario López Santander, Analista Departamento de Abastecimiento.
  3. Yuri Cardenas Alvarado, Jefe Unidad de Administración.

En caso que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.

Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.

7.1.- Proceso de evaluación:

El proceso de evaluación contempla la revisión de las ofertas técnicas, económicas, los requisitos administrativos formales, y condiciones sustentables, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, requisitos formales y condiciones sustentables, se utilizarán dos decimales.

En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.

La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:

Criterio

Ponderador por Criterio

I.- Requisitos formales de la oferta:

Completitud de la oferta.

4%

 

II.- Aspecto Económico de la oferta:

Valor total de la prima con todos los impuestos incluidos

50%

 

III.- Aspecto Técnico de la oferta:

A.

Clasificación de riesgo de la compañía

15%

B.

Coberturas adicionales

25%

 

IV.- Condiciones sustentables:

1.

Condiciones inclusivas.

3%

2.

Equidad de género.

3%

I.- Evaluación requisitos formales de la oferta:

Completitud de la oferta.

 

Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF.

La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:

Tramos

Puntaje

Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.

100

Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.

50

Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera de bases.

En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, o condiciones sustentables, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

II.- Evaluación Oferta Económica:

Valor total de la prima con todos los impuestos incluidos.

Para evaluar este criterio, se considerará el valor total de la prima con todos los impuestos incluidos (seguros generales de bienes muebles e inmuebles y de vehículos, respectivamente).

Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:

Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]

Dónde:

Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.

P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.

P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.

Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación de cada línea de producto (seguros generales bienes muebles e inmuebles y de vehículos) serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación de ofertas.

III.- Evaluación Oferta Técnica:

La oferta técnica deberá efectuarse completando la información requerida en el Anexo N° 3 “Oferta Técnica”.

Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos de los seguros exigidos en el punto 3 “coberturas requeridas” de las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles en la línea respectiva y no continuarán en el proceso de evaluación.

Las propuestas que cumplan con los requisitos mínimos solicitados por cada línea de producto, continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:

A. Clasificación de riesgo de la compañía.

Este criterio considera la clasificación de riesgo en la que se encuentre la compañía de seguros. Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:

Tramos

Puntaje

Clasifica al Oferente en Categoría AAA, AA o A

100

Clasifica al Oferente en Categoría BBB, BB o B

50

Clasifica al Oferente en Categoría C, D o E

0

Para verificar la clasificación de riesgo del oferente, esta CMF revisará las nóminas de Clasificación de Riesgo que se encuentran publicadas en la página http://www.cmfchile.cl/institucional/estadisticas/seg_rgcri.php, del mes anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas o último mes que se encuentre disponible. En esta revisión se tomará la mayor clasificación entregada por las Sociedades Clasificadoras de Riesgo.

B.- Coberturas adicionales.

En este criterio se evaluarán las coberturas adicionales, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.

Tramos

Puntaje

La oferta agrega más de cinco coberturas adicionales.

100

La oferta agrega cinco coberturas adicionales.

80

La oferta agrega cuatro coberturas adicionales.

60

La oferta agrega tres coberturas adicionales.

40

La oferta agrega dos coberturas adicionales.

20

La oferta agrega una cobertura adicional.

10

La oferta no agrega coberturas adicionales o no informa.

0

Para estos efectos el oferente podrá completar el ítem B “Coberturas adicionales de los seguros ofrecidos” de la letra B del Anexo N° 3. En caso de no presentar la información requerida en dicho anexo se le asignará 0 puntos en este criterio.

Se entiende como coberturas adicionales, aquellas coberturas que no se encuentren incluidas en las bases técnicas, que agreguen valor a la póliza ofertada y sean sin costo adicional para la CMF, por ejemplo: coberturas sin deducible, daños materiales causados por vehículos motorizados, aumento del monto asegurado de las coberturas, etc.

IV.- Condiciones sustentables:

1. Condiciones inclusivas:

En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o cuenta con Sello Chile Inclusivo, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.

Tramos

Puntaje

Cuenta con tres o más trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o cuenta con Sello Chile Inclusivo.

100

Cuenta con dos trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas.

80

Cuenta con un trabajador en situación de discapacidad, joven entre 18 y 25 años cumplidos o perteneciente a pueblos indígenas.

50

El oferente no tiene contratado trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o no informa.

0

Para efectos de acreditar la contratación de personal en situación de discapacidad, joven, perteneciente a pueblos indígenas o que cuenta con Sello Chile Inclusivo, se requerirá acompañar los siguientes documentos:

Personal en situación de discapacidad:

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
  • Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

Personal joven entre 18 y 25 años cumplidos:

 

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
  • Acreditación beneficiaria(o) de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

Personal perteneciente a pueblos indígenas:

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
  • Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.
  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

Sello Chile Inclusivo[1]:

  • Adjuntar documento donde conste la obtención y vigencia del Sello Chile Inclusivo del Servicio Nacional de la Discapacidad.

Si el oferente no adjuntare en el Portal de Mercado Público la información requerida en el Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará “0” puntos en este criterio.

2. Equidad de género:

En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la equidad de género, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.

Tramos

Puntaje

Cuenta con Certificado Empresa Mujer.

100

El oferente no cuenta con Certificado de Empresa Mujer o no informa.

0

Para efectos de acreditar el certificado empresa mujer, se requerirá acompañar los siguientes documentos:

El oferente es una persona natural de sexo femenino.

  • No inscrita en el Registro de Proveedores: copia de cédula de identidad.
  • Inscrita en el Registro de Proveedores: acreditar Certificado Empresa Mujer.

El oferente es una persona jurídica liderada por mujer (es).

  • No inscrita en el Registro de Proveedores: Instrumento público (escritura de constitución, certificado de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, copia de estatutos vigentes) donde se identifique que más del 50% de la propiedad de la empresa sea de una o más mujeres y su representante legal o gerente general sea mujer.
  • Inscrita: acreditar Certificado Empresa Mujer.

Si el oferente no adjuntare en el Portal de Mercado Público la información requerida en el Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará “0” puntos en este criterio.

Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:

La Comisión Evaluadora emitirá un informe (Informe de Evaluación), el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes, en la oportunidad establecida en el cronograma de licitación, el que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, describiendo en detalle los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado.

En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:

  1. Mayor puntaje en el criterio “Valor total de la prima con todos los impuestos incluidos”.
  2. Mayor puntaje en el criterio “Coberturas adicionales”.
  3. Mayor puntaje en el criterio “Clasificación de riesgo de la compañía”.

Artículo 9.- De la adjudicación:

La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.

La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso. 

En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 15 días hábiles para la adjudicación.

En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.

Artículo 10.- Readjudicación:                                                                                           

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.

Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no entregue la póliza dentro del plazo definido en el cronograma de licitación o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato.

En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles inmediatamente que tenga conocimiento de esa situación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, mediante una resolución fundada, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación:

 

La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases. 

La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.

Artículo 12.- Del contrato:

La contratación será formalizada a través de la emisión de una orden de compra a través del Portal y la aceptación de ésta por parte de la compañía adjudicataria.

Lo anterior debido a que los seguros a contratar constituyen servicios con especificaciones técnicas, con formatos preestablecidos y normados por la CMF, a través de las condiciones generales previamente inscritas por las compañías de seguros, que se identifican a través de la nomenclatura “POL” y las condiciones adicionales que se identifican a través de la nomenclatura “CAD”. Esto conforme a la Norma de Carácter General N° 349, de 2013, que “Establece Normas Relativas al Depósito de Pólizas y Disposiciones Mínimas de las Pólizas de Seguros”, por lo que se trata de un servicio estándar, de simple y objetiva especificación.

Unido a lo anterior, debe considerarse que el monto total no es superior a las 1.000 UTM.

El contrato se regirá por las normas previamente señaladas; por la Ley N° 19.886; su reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes; y las ofertas del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.

En caso que la adjudicación sea realizada a una compañía de seguros representada a través del Portal Mercado Público por un corredor de seguros debidamente inscrito en el Registro de Corredores de Seguros y que acredite la representación de la compañía de seguros, la orden de compra deberá ser emitida a dicha compañía quien deberá proceder a la facturación.

Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso 6° del artículo 4, de la Ley N° 19.886, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado. 

12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores:

Para la formalización de la adquisición, el adjudicatario deberá estar inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.

Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.

Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.

Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.

Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días corridos.

12.2.- Condiciones básicas del contrato:

Domicilio de la CMF

Comuna de Santiago, Región Metropolitana.

Subcontratación

No se permite.

Cesión de derechos

No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.

Vigencia del contrato

Sede Alameda:

El contrato comenzará a regir a contar de las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2019 hasta las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2020.

Sede Moneda:

El contrato comenzará a regir a contar de las 12:00 horas del 7 de enero de 2020 hasta las 12:00 hrs. del 7 de enero de 2021

No obstante, lo anterior, por razones de buen servicio, la CMF podrá solicitar el inicio de los servicios una vez enviada las pólizas, antes de la resolución que las apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno si no una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.

Plazo para ejecución del contrato

12 meses.

Precio y forma de pago

Los pagos de los servicios, será en pesos chilenos y realizado de forma independiente por cada una de las Sedes (Moneda y Alameda).

El presupuesto disponible total para Sede Moneda en esta contratación es de UF 530.- (quinientas treinta Unidades de Fomento) IVA incluido.

El presupuesto disponible total para la Sede Alameda en esta contratación es de UF 650.- (seiscientas cincuenta Unidades de Fomento), de acuerdo al siguiente desglose:

  • Seguros bienes muebles e inmuebles: presupuesto máximo disponible de UF 600.
  • Seguros vehículos: presupuesto máximo disponible de UF 50.

El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.

Los precios ofertados tendrán una vigencia igual a la de la contratación.

La condición de pago de los servicios adjudicados será en cuatro cuotas trimestrales, iguales, por trimestre vencido, pagadera en moneda nacional considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento (UF) al día de emisión de la factura o instrumento tributario de cobro, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la respectiva factura o boleta; previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada de los funcionarios encargados del contrato de la respectiva Sede, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor respecto de su personal directo o subcontratado. En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.

Una vez formalizada la resolución que apruebe el contrato, se emitirán las órdenes de compra correspondientes.

El proveedor deberá aceptar la orden de compra emitida a través del Portal Mercado Público, para poder proceder a la facturación, que así corresponda.

En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.

Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.

Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.

El proveedor deberá entregar el documento tributario de cobro en soporte digital y, enviarlas por correo electrónico, dirigidas a las siguientes casillas de correo: cliente_dte@cmfchile.cl

La CMF podrá rechazar las facturas, para lo cual deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.

En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Normativa, antecedentes y documentos aplicables

La relación contractual con el proveedor adjudicado se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:


1
. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl  

3. Aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes.

4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado –incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.

5. La Resolución Exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.

6. La Resolución Exenta que aprueba la póliza.

Solución de controversias y legislación aplicables

La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago.

Notificaciones

Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato.

Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.

Bajas o incorporaciones

Durante la vigencia de la relación contractual, la CMF podrá solicitar las bajas o incorporaciones que estime pertinente, y el proveedor reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas según el bien que se trate.

Emisión de la póliza de seguro

El proveedor adjudicado, deberá remitir la póliza firmada por el representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.

Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se acepta la orden de compra dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva.

En este caso, la CMF deberá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.

En este caso, la CMF procederá a la readjudicación en conformidad a las normas establecidas en estas bases.

Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización de la contratación, serán de cargo del adjudicatario.

12.3.- Obligaciones y prohibiciones del proveedor:

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:

a)    Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.

b)    Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.

c)    Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.

d)    Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF podrá pedir, en cualquier momento, informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Dirección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.

e)    Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.

12.4.- Responsabilidad:

 

El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases.

Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del servicio materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.

12.5.- Multas:

La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser acreditados debidamente el proveedor.

12.5.1.- Causal y monto de la multa:

1) Días hábiles de atraso: Son multas acumulativas por días hábiles de atraso en la entrega de las pólizas contratadas, de acuerdo a lo siguiente:

Tramos

Multas

a) Entre 1 y 4 días

0,5 UF por cada día hábil de atraso.

b) Entre 5 y 8 días

1,5 UF por cada día hábil de atraso.

c) Más de 8 días

3 UF por cada día hábil de atraso.

2) Incumplimiento en el plazo de liquidación de siniestro: Son multas acumulativas por días hábiles de incumplimiento del plazo de liquidación de siniestro, de acuerdo a lo siguiente:

Causa

Multas

Incumplimiento en el plazo de liquidación de siniestro, según lo establecido por la CMF.

0,5 UF por cada día hábil de atraso.

El tope de aplicación de estas multas (numerales 1 y 2), será de un 10 % del valor total bruto de la contratación.

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de emisión del informe de multa señalado en el punto 12.5.2.- de estas bases administrativas.

12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:

En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede, deberán elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:

a)    Identificación del adjudicatario.

b)    Identificación de la resolución que aprueba la póliza. 

c)    Responsable por parte del adjudicatario.

d)    Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario.

e)    Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda.

f)     Monto de la multa.

g)    Firma del funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede.

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la CMF lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando el incumplimiento, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 13:30 horas.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.

La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la CMF, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

12.5.3.- Pago de las multas:

El monto de la multa será rebajado del pago que se deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.

Artículo 13.- Modificación del contrato:

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones no podrán afectar los precios establecidos en la oferta.

Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad:

El adjudicatario y su personal, ya sea directo o subcontratado, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

                             

Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos y contratistas del adjudicatario, quien deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminada el contrato.

Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, que se encuentre vigente a la fecha de la aceptación de la orden de compra. Para estos efectos, la CMF adjuntará en la orden de compra, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.

Artículo 15.- Término del contrato:

15.1.- Término normal:

El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.

15.2.- Término anticipado del contrato:

De acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, entre otras, por las siguientes causales:

a)    Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.

b)    Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c)    El estado de notoria insolvencia del contratante.

d)    Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso.

e)    Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra.

f)     Por causa de interés público.

g)    Por exigirlo la seguridad nacional.

h)    La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

i)      Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

j)      Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros.

k)    Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

l)      Disolución de la UTP.

m)   Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, directos o subcontratados, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Dirección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.

Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario las siguientes, que serán certificadas por el funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede:

a)     Si a juicio de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.

b)     Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.

c)      Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.

d)     El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases.

e)     Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de las bases.

f)       La cesión del contrato en los casos no autorizados expresamente por una ley.

g)     La subcontratación.

h)     El incumplimiento al artículo 14 de estas bases “Confidencialidad y políticas de seguridad”.

El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe del funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el contratado.

En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.

En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:

a)    Identificación del adjudicatario.

b)    Identificación de la orden de compra y resolución aprobatoria de la póliza.

c)    Responsable por parte del adjudicatario.

d)    Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario.

e)    Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda.

f)     Firma del funcionario encargado del contrato de la respectiva Sede.

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la CMF lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando la causal de término anticipado y los hechos que la constituyen. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.

La resolución que disponga el término de contrato se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la CMF, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.



[1] Fuente: http://www.sellochileinclusivo.cl/

BASES TÉCNICAS

BASES TÉCNICAS

1.- Generalidades:

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), en su condición de organismo público descentralizado dependiente del Ministerio de Hacienda, según consta en la Ley N° 21.000, requiere contratar los seguros generales de bienes muebles e inmuebles y seguros de vehículos.

Las pólizas a contratar deben ser las depositadas en cumplimiento de la Norma Carácter General N° 349, de 2013.

2.- De las condiciones para todas las pólizas de la materia asegurada:

  1. Incorporaciones y disminuciones:

Durante la vigencia del contrato, la CMF podrá solicitar bajas o incorporaciones que estime pertinentes, y el contratista reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas, según el bien de que se trate, emitiéndose la orden de compra respectiva.

  1. Indemnizaciones:

Se efectuarán dentro de lo exigido en las normas de liquidación contenidas en el Decreto Supremo N° 1055, de 2012, Reglamento de Auxiliares de Comercio de Seguros y Procedimiento de Liquidación de Siniestros.

Los vehículos deberán ser reparados necesariamente en garajes y/o servicios técnicos de representantes oficiales de la marca.

3.- Coberturas requeridas:

  1. Seguros Bienes Muebles e Inmuebles – Sede Alameda:

Los oferentes en este ítem pueden presentar una o varias pólizas que cumplan con las especificaciones técnicas señaladas en los siguientes literales.

  1. Incendio, sismo y otros adicionales
  2. Robo con fuerza
  3. Instalaciones electrónicas (equipamiento computacional)

El monto y condiciones de los deducibles serán los señalados en la oferta del proveedor adjudicado.

A.  Incendio, sismo y otros.

  1. Coberturas requeridas:

 

Daños que sufra la materia asegurada a causa de:

 

a)    Incendio, incluido a causa de rayo.

b)    Incendio y daños materiales causados por sismo.

c)    Incendio y daños causados por riesgos de la naturaleza.

d)    Daños materiales causados por explosión.

e)    Daños materiales por incendio y explosión a consecuencia directa de huelga, desorden popular o actos terroristas.

f)     Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular.

g)    Daños materiales causados por acto culpable o doloso de un tercero.

h)    Saqueo y daños materiales por saqueo durante huelga o desorden popular. 

i)      Daños materiales causados por rotura de cañerías o por desbordamiento de estanque de matrices.

j)      Daños materiales causados por aeronaves.

k)    Robo con fuerza en las cosas, robo con violencia en personas incluir deterioro y dinero en caja de seguros.

l)      Daño eléctrico.

m)   Combustión espontánea.

n)    Colapso por edificio.

  • o)    Rotura de cristales (se debe agregar rotura espontánea).

p)    Remoción de escombros y costos de limpieza.

 

  1. Materia Asegurada:

 

Edificios: Incluyen bodegas, oficinas, subterráneos, estacionamientos, sala de servidores, Sistema de monitoreo (cctv), sistemas biométricos, sistemas de calefacción, aire acondicionado y sistemas de detección y extinción de incendio, pavimentos, medianeras, caminos, jardines con sus instalaciones y equipos, muros de contención, conexión a la red de servicios públicos y otros de similar naturaleza.

Se considera también como edificio la unidad sometida al régimen de copropiedad inmobiliaria, incluyendo en ella la proporción que le corresponde en los bienes comunes.

Se entiende por bienes comunes:

i)              Los cimientos, fachadas, muros exteriores y soportantes, estructuras, instalaciones generales y ductos de calefacción, de aire, gas, agua, energía eléctrica, alcantarillado, de sistemas de comunicaciones, calderas, estanques y grupos electrógenos.

ii)             Circulaciones horizontales o verticales, terrazas comunes y aquellas que en todo o parte sirvan de techo a la unidad del piso inferior, dependencias de servicios comunes, oficinas o dependencias destinadas al funcionamiento de la administración y habitación del personal.

iii)           Los terrenos y espacios de dominio común colindantes con una unidad del condominio distinto a los incluidos en los literales i) y ii) anterior.

iv)           Los bienes muebles e inmuebles destinados permanentemente al servicio, recreación y el esparcimiento comunes de los copropietarios.

v)            Aquellos a los que se le otorgue tal carácter en el reglamento de copropiedad o que los copropietarios determinen en conformidad a la Ley.

Contenidos: Consistentes en instalaciones, útiles, enseres, muebles y equipamiento completo de oficina o bodega, sistemas telefónicos y/o computación, sala de servidores, sistemas de calefacción o aire acondicionado si los hubiere, además las mejoras, instalaciones eléctricas, cristales y análogos, máquinas y herramientas y otros de uso de la Institución.

  1. Ubicación de la Materia Asegurada:

 

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Torre I.

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Piso 2 de la Torre II.

Estacionamientos y Bodegas según numeral 1 del Anexo 5.

 

  1. Monto Asegurado:

 

Materia asegurada

Monto asegurado edifico e instalaciones UF

Monto asegurado contenidos propios de oficina UF

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Torre I.

160000

141000

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Piso 2 de la Torre II.

0

34000

Estacionamientos y Bodegas según numeral 1 del Anexo 5

1900

0

TOTALES UF

161900

175000

  1. Límite máximo de indemnización:

 

Valor total.

Demolición, remoción de escombros y costos de limpieza = 10% del monto asegurado hasta 500 UF.

B.  Robo con fuerza a las cosas.

  1. Coberturas requeridas:

 

a)    El robo con fuerza a los objetos asegurados desde los edificios singularizados. Se entiende robo con fuerza el delito definido en el Código Penal.

b)    El daño que resulte por destrucción o deterioro de los objetos asegurados o de los recintos e instalaciones en que se encuentren, ocurrido durante cualquier etapa de ejecución del robo con fuerza en las cosas.

c)    Pérdida y daños causados a los objetos asegurados por medio de robo con violencia en las personas.

  1. Materia Asegurada:

 

Contenidos: Consistentes en instalaciones, útiles, enseres, muebles y equipamiento completo de oficina o bodega, sistemas telefónicos y/o computación, sala de servidores, sistemas de calefacción o aire acondicionado si los hubiere, además las mejoras, instalaciones eléctricas, cristales y análogos, máquinas y herramientas, bienes de terceros en dependencias institucionales y otros de uso de la institución. Todo esto depositado en las direcciones indicadas. Incluye el equipamiento computacional de propiedad de la CMF.

  1. Ubicación del Riesgo:

 

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Torre I.

Edificio Corporativo Santiago Downtown, Piso 2 de la Torre II.

 

  1. Monto Asegurado:

 

UF 15.000 total

  1. Límite Máximo de Indemnización:

 

UF 15.000 total

C.  Instalaciones electrónicas y electrónicas.

  1. Coberturas requeridas:

 

Cualquier daño o pérdida a la materia asegurada, como consecuencia de un accidente imprevisto y repentino, que haga necesaria una reparación o reemplazo, y cuyo origen sea alguna de las siguientes causas:

a)    Falta de cuidado, manejo defectuoso o negligencia del respectivo operador.

b)    Acto culpable o doloso de terceros.

c)    Incendio, rayo y explosión, incluyendo los daños que se originen en operaciones de extinción y salvamento.

d)    Chamuscamiento, humo, hollín y calcinación de la red de cables siempre que esta forme parte de la suma asegurada.

e)    Cualquier influencia del agua y de humedad, así como la corrosión resultante, siempre que no provenga de condiciones atmosféricas normales.

f)     Cortocircuitos, sobretensión e inducción.

g)    Cualquier influencia de gases, líquidos y polvos corrosivos siempre que no se trate de deterioros graduales.

h)    Robo, y los daños causados por la perpetración de dicho delito, en cualquiera de sus grados de consumado, frustrado o tentativa.

i)      Gastos incurridos para reponer portadores de datos y reproducir los datos mismos, así como para registrarlos en los portadores de datos, en los lugares previstos por el seguro y durante el transporte entre estos lugares.

j)      Daños o pérdidas que sufran los equipos electrónicos móviles especificados en las Condiciones Particulares, mientras estén operando o sean transportados dentro de los límites del territorio de Chile.

 

  1. Materia Asegurada:

 

Equipamiento computacional y periféricos de propiedad de la CMF.

 

  1. Monto asegurado:

UF 3.000

 

  1. Seguros de Vehículos – Sede Alameda:

D.  Daños, responsabilidad civil, asistencia para vehículos.

  1. Coberturas requeridas:

 

a)    Daños materiales, robo, hurto o uso no autorizado (100% del valor comercial del vehículo, en caso de pérdida total).

b)    Daños materiales por riesgos de la naturaleza, incluyendo granizo.

c)    Daños materiales a causa sismo.

d)    Daños materiales a causa de huelga y terrorismo.

e)    Daños materiales a causa de actos maliciosos.

f)     Robo de Accesorios (UF 50 por cada vehículo, en cada siniestro).

g)    Daños a terceros causados por conductores dependientes hasta UF 500.

h)    Daños materiales causados por conductores dependientes hasta UF 500.

i)      Talleres concesionados de la marca para la reparación de vehículos asegurados.

j)      Defensa penal ocasionada por conductores dependientes de la CMF, hasta UF 100.

k)    Constitución de fianza ocasionada por conductores dependientes de la CMF, hasta UF 100.

l)      Responsabilidad civil daño emergente, hasta UF 500.

m)   Responsabilidad civil daño moral, hasta UF 500.

n)    Responsabilidad civil lucro cesante, hasta UF 500.

  • o)    Asistencia:

              I.        Para el vehículo: remolque del vehículo; transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado,

            II.        Por falla mecánica o eléctrica menor que inmovilice el vehículo.

           III.        Para las personas: trasporte de las personas lesionadas o fallecidas que viajan en el vehículo, en caso de un accidente de tránsito; estancia y desplazamiento por inmovilización o robo del vehículo.

  1. Materia Asegurada:

 

Dos vehículos institucionales descritos en Anexo 5.

  1. Monto asegurado:

 

Valor comercial de los vehículos.

  1. Deducibles:

 

Sin deducible.

  1. Seguros Bienes Muebles e Inmuebles – Sede Moneda:

Se requiere contratar las siguientes coberturas para los bienes muebles e inmuebles de la Institución.

Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando cada una de las coberturas requeridas. No podrán ofertar coberturas parciales, por tanto, sólo se considerarán aquellas ofertas que contengan todas las coberturas requeridas en las presentes bases de licitación.

3.1 Responsabilidad Civil

3.1.1     Responsabilidad Civil de la CMF (CAD 12013802):

a)    Incluye incendio y explosión de sustancias que no sean dinamita, explosivos y similares.

b)    Debe ampliar la responsabilidad Civil derivada de la venta en locales, tiendas y almacenes a los cuales el público tiene libre acceso.

c)    La Responsabilidad Civil de la CMF por el actuar de guardias de seguridad, aplicable si los guardias se encuentran bajo la responsabilidad de la CMF, actuando dentro de sus funciones, esto es, labores de vigilancia y protección de las instalaciones y bienes de los asegurados, excluyendo el uso de armas de fuego y animales.

3.1.2     Responsabilidad Civil Patronal (CAD 120131765):

a)   La cobertura debe extenderse a reclamaciones por accidentes que no hayan sido cubiertos por un seguro de accidentes del trabajo, cuando esto se ha debido a un error u omisión en la tramitación de dicho seguro.

b)   Se deben incluir expresamente las reclamaciones de trabajadores a honorarios, estudiantes en práctica y, en general, cualquier persona que preste servicios al asegurado y cuente con un vínculo funcionario demostrable con la CMF.

c)    Se debe incluir los trabajadores de proveedores y subproveedores bajo las mismas condiciones de cobertura, sublímites y deducibles aplicados a esta cláusula.

d)   La cobertura requerida se amplía a cubrir:

  • Los trabajos en altura.
  • Los trabajos subterráneos, salvo para trabajos mineros y túneles.

3.1.3     Responsabilidad Civil de Empresas de la Construcción (CAD 120150788):

a)   Se debe dar cobertura al Artículo 2° de la CAD indicada, amparando los daños a la persona o propiedad de terceros y clientes causados con motivo o durante trabajos de mantenimiento, remodelación, reparación o ampliación de los recintos de la CMF, incluyendo bienes adyacentes o transeúntes cercanos al lugar dónde se ejecute el trabajo.

b)   Se deben cubrir obras cuyo monto total de contrato no supere las UF 1.000.-

3.1.4     Responsabilidad Civil Propietarios de Inmuebles (CAD 120131803):

a)    Se debe incluir los daños y/o lesiones causados por el uso o posesión de ascensores, escaleras mecánicas, montacargas, rótulos, carteles, piscinas privadas, estanques y depósitos de carburantes y aceites de quemar.

b)    Se amplía a cubrir la responsabilidad civil emanada de los bienes de propiedad de la CMF o bajo su responsabilidad, ubicados dentro de sus recintos o de terceros o en la vía pública (letreros, publicidad y otros). Durante su instalación, reparación, mantenimiento, modificación, remoción o cualquier otra actividad similar.

c)    Responsabilidad Civil por Daño Moral y/o Lucro Cesante: a consecuencia de un daño material y/o lesión corporal imputable al asegurado y de acuerdo a las condiciones generales de la póliza.

d)    Gastos de defensa Penal: siempre que de acuerdo a las coberturas señaladas en la póliza se vea comprometida la Responsabilidad Civil de la CMF.

3.1.5     Límite mínimo de Indemnización:

UF 1.000.- (mil unidades de fomento) por evento y agregado periodo de vigencia.

Este límite es único, combinado y máximo para la totalidad de las indemnizaciones y gastos acumulados cubiertos por la póliza.

3.1.6     Sublímites (incluidos en el límite señalado en el punto anterior)

COBERTURA

MONTO

RC PATRONAL

UF 250 POR TRABAJADOR

UF 500 POR EVENTO Y AGREGADO PARA LA VIGENCIA

GASTO DE DEFENSA PENAL

UF 500 POR EVENTO Y AGREGADO PARA LA VIGENCIA

3.1.7     Excesos Aplicables

COBERTURA

EXCESO

RC PATRONAL

En exceso de la ley de accidentes del trabajo y del deducible específico establecido para esta cobertura o deducible general de la póliza en caso de que ni se otorgue uno específico.

3.1.8     Deducibles Aplicables

COBERTURA

MONTO

Otras coberturas

10% de la pérdida con un mínimo de UF 50

  • Todos los deducibles antes señalados se deben aplicar a toda y cada pérdida.

3.1.9     Actividad Asegurada

Daños materiales y/o corporales de la CMF pueda ocasionar a terceros derivados, en el interior de la ubicación dónde esta realiza su actividad.

3.1.10   Ubicación del Riesgo

Moneda N°1123 (del piso 3 al 13) y estacionamientos N° 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 38 y 39, y calle Bandera N°92 (pisos 1 y -1), ambas dependencias de la comuna y ciudad de Santiago.

3.1.11   Exclusiones

Sin perjuicio de las exclusiones señaladas en el Artículo 8, Titulo III de la Póliza General N° 120131531 y en las Cláusulas Adicionales (CAD), el proponente deberá establecer claramente cuáles serán las exclusiones consideradas.

3.1.12   Condiciones Particulares y Garantías de Suscripción

Se debe incorporar Anexo Circular N°2131 de la CMF respecto de información sobre atención de clientes y presentación de consultas y reclamos, la cual será parte integral de las propuestas.

3.1.13   Pago de Siniestros

La compañía contará con un plazo de 45 días para el pago de las indemnizaciones de los eventuales siniestros que ocurran, conforme lo establecido en Decreto Supremo N° 1.055 del año 2012.

3.2          INCENDIO Y ADICIONALES

3.2.1     Ubicación del Riesgo

Moneda N°1123 (del piso 3 al 13) y estacionamientos N° 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 38 y 39, y calle Bandera N°92 (pisos 1 y -1), ambas dependencias de la comuna y ciudad de Santiago.

3.2.2     Materia Asegurada

Daños materiales, gastos, costos, perjuicios financieros amparados por la correspondiente cláusula de cobertura contratada expresamente por la CMF según Póliza de Seguro de Incendio para Riesgos Comerciales registrada en la CMF bajo el código POL 120150522, según el siguiente detalle:

EDIFICIO UF 233.710.-

INSTALACIONES UF 21.800.-

MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA UF 26.240.-

MUEBLES Y ENSERES UF 28.332.-

EQUIPOS COMPUTACIONALES Y PERIFÉRICOS UF 578.-

TOTAL: UF 310.660.-

3.2.3     Riesgos Cubiertos

a)    Póliza (POL 120150522): Póliza de Seguros de Incendio para Riesgos Comerciales

  • Cláusula (CAD 120150551): Cláusula de incendio y daños materiales causados por colapso de edificio.
  • Cláusula (CAD 120150554): Cláusula de incendio y daños materiales causados por combustión espontánea.
  • Cláusula (CAD 120150555): Cláusula de incendio y daños materiales causados por construcción o demolición de edificios colindantes.
  • Cláusula (CAD 120150556): Cláusula de incendio y daños materiales causados por erupción volcánica.
  • Cláusula (CAD 120150548): Cláusula de incendio y daños materiales a consecuencia de directa de huelga, cierre o paro patronal, actos de autoridad, saqueo y desorden popular.
  • Cláusula (CAD 120150560): Cláusula de Inhabitabilidad de inmueble (Periodo indemnizable de 6 meses, hasta 2% del monto asegurado en edificio por mes).
  • Cláusula (CAD 120150557): Cláusula de incendio y daños materiales causados por maremoto, tsunami y marejada.
  • Cláusula (CAD 120150552): Cláusula de incendio y daños materiales causados por colisión de objetos flotantes.
  • Cláusula (CAD 120150561): Cláusula de pérdida de ingresos por arriendo (Periodo indemnizable de 6 meses, hasta 2% del monto asegurado en edificio por mes).
  • Cláusula (CAD 120150546): Cláusula de incendio y daños materiales causados por peso de nieve o hielo.
  • Cláusula (CAD 120150547): Cláusula de incendio y daños materiales causados por rotura de cañerías, desagües y por desbordamiento de estanques matrices.
  • Cláusula (CAD 120150559): Cláusula de incendio y daños materiales causados por sismo.
  • Cláusula (CAD 120150553): Cláusula de incendio y daños materiales causados por colisión de vehículos.
  • Cláusula (CAD 120150558): Cláusula de incendio y daños materiales causados por viento, inundación y desbordamiento de cauces.
  • Cláusula (CAD 120150550): Cláusula de incendio y daños materiales causados por caída y colisión de aeronaves.
  • Cláusula (CAD 120150549): Cláusula de daños materiales causados por avalancha, aluvión y deslizamientos.
  • Cláusula (CAD 120150545): Cláusula de daños materiales causados por explosión.
  • Cláusula (CAD 120150531): Cláusula adicional de robo con violencia en las personas.
  • Póliza (POL 120150519) Póliza de Robo con Fuerza en las cosas.

b)    Cláusula (CAD 120150520): Póliza de Seguros de Cristales

c)    Póliza (POL 120150526): Póliza de Seguro de Equipos Electrónicos.

  • Cláusula (CAD 120150537): Cláusula de gastos por salvamento y remoción de escombros.
  • Cláusula (CAD 120150540): Cláusula de daños materiales a consecuencia de huelga y motín. Cláusula (CAD 120150544): Cláusula de gastos extras por trabajos efectuados fuera del horario normal y por transportes expresos.
  • Cláusula (CAD 120150541): Cláusula de equipos electrónicos móviles que operan fuera de los predios de la CMF.
  • Cláusula (CAD 120150538): Cláusula de incremento del costo operacional.
  • Cláusula (CAD 120150539): Cláusula de pérdida de portadores de datos.
  • Cláusula (CAD 120150532): Cláusula de flete aéreo.

d)    Póliza (POL 120150525) Póliza de Avería de Maquinaria.

e)    Póliza (POL 120150521) Póliza de Seguros de Remesa de Valores.

f)     Póliza (POL 120150812) Seguro de Pérdida o Daño Material por Actos de Terrorismo.

3.2.4     Montos Asegurados UF

Incendio y Adicionales Edificio

237.806

Incendio y Adicionales Contenidos

72.854

Robo Contenidos *

5.000

Rotura de Cristales *

5.000

Equipos Electrónicos *

3.000

Avería de Maquinaria *

3.000

Remesa de Valores *

500

Terrorismo *

10.000

Robo Dinero, Valores y Cheques **

500

  • Las coberturas marcadas con asteriscos (*) y (**) corresponden a sublímites de indemnización incluidos en el monto total asegurado. Además, corresponden a sublímites por evento y en el agregado para la póliza.

3.2.5     Cláusulas especiales y sublímites de indemnización

En relación con este punto, los sublímites de indemnización deben ser:

  • Incluidos en el monto total asegurado.
  • Por evento y en el agregado para la Póliza.
  • En caso de infraseguro, se reducen en la misma proporción.

3.2.6     Cláusulas estándar

La póliza deberá contemplar las siguientes cláusulas:

a)    72 horas en el evento que ocurra daño.

b)    Nuevas adquisiciones, se requiere poder incorporar a la póliza las nuevas adquisiciones que genere esta CMF.

c)    Gastos de remoción de escombros, por gastos incurridos en desmantelar y demoler, apuntalar, acodalar, remover y deshacerse de escombros de cualquier propiedad asegurada.

d)    Honorarios profesionales, por gastos de honorarios profesionales, viáticos, viajes, estadía de ingenieros, arquitectos, asesores legales y/o consultores en los que se deba incurrir amparados en la póliza.

e)    Gastos de reconstrucción de archivos y documentación, por gastos en reconstrucción de documentos, archivos, planos y registros de todas naturalezas manuales y/o electrónicas, programas, aplicaciones computacionales y datos, producto de un evento amparado por póliza.

f)     Bienes de la CMF en recintos de terceros, por los daños materiales directos a bienes que se hallen en recintos de terceros por los cuales la CMF sea responsable.

g)    Bienes de terceros en recintos de la CMF, se extiende a incluir daño físico, a la propiedad de terceros que se encuentren bajo el cuidado, custodia y control de la CMF o por la cual la CMF tenga responsabilidad.

h)    Bienes en construcción, se requiere contar con cobertura para los bienes en curso de construcción, montaje, instalación, transformación, reparación, remodelación, renovación para obras.

i)     Costos de obtención de permisos y/o licencias para la construcción de la propiedad dañada, se requiere cobertura en los gastos en que deba incurrir la CMF para la obtención de permisos de reconstrucción en caso de un siniestro cubierto por la póliza.

j)     Gastos de alivio de pérdidas, por los costos y gastos incurridos por la CMF con el propósito de impedir o disminuir la pérdida física, destrucción o daño causados ante la ocurrencia de un evento amparado por la póliza.

k)    Reparaciones provisorias, por empleado para efectos personales dineros, vehículos, documentos bancarios y valores en general, mientras estén al servicio de la CMF y dentro de sus recintos.

l)     Gastos de aceleración o reinstalación acelerada, por los costos extras y gastos de sobre tiempo, trabajo nocturno, trabajo en fines de semana y días festivos públicos, flete expreso (excluyendo flete aéreo), alquiler de otra propiedad o instalaciones de terceros u otros gastos de instalaciones de terceros u otros gastos de emergencia.

m)  Daño eléctrico, por pérdidas o daños a consecuencia de accidente eléctrico.

n)    Árboles, arbustos, plantas y prados ornamentales, para cubrir las pérdidas o daños a árboles, plantas, césped, bancas y en general todo tipo de bienes y obras de ornamentación dentro de los recintos en donde opere la CMF.

  • o)    Gastos de extinción y daños causados por las brigadas de incendio y cuerpo de bomberos durante un siniestro, por gastos de extinción de incendio necesaria incurridos por la CMF para prevenir y minimizar la extensión de cualquier destrucción o daño a la propiedad asegurada, incluyendo el costo de materiales usados, daños causados por las brigadas o cuerpo de bomberos, pero excluyendo salarios, jornales y pagos similares al propio personal o personal contratado o personal de apoyo a la CMF.

3.2.7     Deducibles Aplicables

Sismo, Erupción Volcánica, Tsunami y/o Maremoto para riesgos comerciales

2% del monto asegurado con mínimo de UF 50

Sismo, Erupción Volcánica, Tsunami y/o Maremoto para riesgos comerciales

1% del monto asegurado con mínimo de UF 25

Rotura de Cañerías

UF 5

Riesgos de la Naturaleza

UF 5

Equipos Electrónicos

10% de la pérdida con mínimo de UF 10

Robo con Fuerza en las cosas

5% de la pérdida con mínimo de UF 5

Rotura de Cristales

UF 1,5 a partir del segundo siniestro UF3

Avería de Maquinaria

10% de la pérdida con mínimo de UF 25

Incendio y Otros Riesgos

10% de la pérdida con mínimo de UF 10

Remesa de Valores

10% de la pérdida con mínimo de UF 15

Terrorismo

10% de la pérdida con mínimo de UF 50

Robo de Dinero, Valores y Cheques

10% de la pérdida con mínimo de UF 10

Huelga, cierre o paro patronal, actos de autoridad, saqueo y desorden popular

5% de la pérdida con mínimo de UF 5

3.2.8     Condiciones Particulares y Garantía de Suscripción

  • Cláusula de gastos: todos los costos, los gastos de honorarios y otros gastos que sean de cargo del asegurador deberán estar incluidos en el límite de indemnización y sujetos a la aplicación de deducibles.
  • Valor de reposición a nuevo: las indemnizaciones a que haya lugar en caso de siniestros estarán basadas en el costo de reemplazo de los bienes inmuebles afectados, por bienes nuevos de características y calidad similar o equivalente a los existentes al momento del siniestro. En caso de reparaciones parciales se utilizarán materiales de la misma calidad o equivalente, al de los afectados. Para la reconstrucción de obras civiles y edificios, se considerarán los costos de mano de obra a la fecha de ejecución de los trabajos, materiales y componentes similares a los de las construcciones originales. En ninguno de los casos anteriores se considera descuento alguno por concepto de depreciación, el cual solo será aplicado en el caso de que el asegurado resuelva no reemplazar, reconstruir o reparar los bienes siniestrados, situación en la cual, la compañía indemnizará pérdidas sobre la base del valor de reposición a nuevo de los bienes al momento del siniestro, descontando su depreciación técnica. Es condición para la aplicación de esta cláusula, que cada bien asegurado al que se aplique, esté valorado de acuerdo a su costo de reemplazo por un bien nuevo de similares características, sin deducción por depreciación. Si ello no fuera así, se aplicará la cláusula de prorrateo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 532 del Código de Comercio. Con todo, para que esta cláusula tenga aplicación es requisito que la materia asegurada no tenga más de 10 años de antigüedad, a menos que se indique algo distinto en las partidas específicas. Los bienes cuya antigüedad sea superior a 10 años, se aseguran sobre la base de la cláusula de “Valor Actual”, como se define a continuación:

Valor Actual: se entiende el valor real actual que tiene un bien al momento del siniestro, es decir, depreciado técnicamente conforme al uso, estado de conservación, antigüedad y grado de obsolescencia y, considerando también sus características y materiales de construcción. En caso de pérdida total, la indemnización se determinará aplicando el mismo criterio señalada en el punto anterior pero aplicando el valor actual. Cuando el daño sea parcial, la indemnización corresponderá al monto necesario para dejar los bienes físicos en condiciones de operación similares a las existentes antes del siniestro, la que no podrá exceder el monto que se pagaría en caso de destrucción total de los bienes afectados.

  • El limite indemnizable en caso de existir cobertura de daños consecuenciales o perjuicios por paralización se entiende que es único y combinado en el agregado vigencia hasta el límite indicado en las condiciones particulares de la póliza.
  • Cláusula de Rehabilitación Automática: en caso de siniestro la Compañía aseguradora, rehabilitará automáticamente el monto asegurado en una suma equivalente a la indemnización. La rehabilitación estará sujeta a cobro de prima a prorrata diaria por el periodo que falta para el vencimiento de la Póliza, dicho monto debe ser pagado a la compañía dentro de 45 días corridos ocurrida la reinstalación.

4.- Información sobre atención de clientes y presentación de consultas y reclamos

En virtud de la Circular N°2131 de la CMF del 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios legítimos interesados o sus mandatarios.

Las presentaciones podrán ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención.

Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción.

El interesado, en todo caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión Para el Mercado Financiero, área de protección al inversionista y asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av., Libertador Bernardo O´Higgins 1449, Piso 1, Santiago, o a través del sitio web www.CMF.cl

5.- Procedimiento de liquidación de siniestros

Circular N° 2106 de 31 de mayo de 2013, Comisión para el Mercado Financiero.

a)    Objeto de la Liquidación

La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar.

El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso.

b)    Forma de Efectuar la Liquidación

La liquidación se podrá efectuar directamente en la compañía o encomendarla a un liquidador de seguros. La decisión se deberá comunicar a la CMF, dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro.

c)    Derecho de Oposición a la Liquidación Directa

En caso de liquidación directa por la compañía, el asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar un liquidador en el plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde dicha oposición.

d)    Información al Asegurado de Gestiones a Realizar y Petición de Antecedentes

El liquidador o la Compañía deberán informar a la CMF, por escrito, en forma suficiente y oportuna. Al correo electrónico informado en la denuncia del siniestro, de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro.

e)    Pre-Informe de Liquidación

En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el liquidador, actuando de oficio o a petición de la CMF, emitir un pre-informe de liquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El asegurado o la compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre-informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento.

f)     Plazo de Liquidación

Dentro del más breve plazo no pudiendo exceder de los 45 días corridos desde la fecha del denuncio, a excepción de:

Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgo del Primer Grupo cuya prima anual seas superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha de denuncio; Siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde la fecha del denuncio.

g)    Prórroga del Plazo de Liquidación

Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse por única vez por igual periodo, informando los motivos que la fundamentan e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse a la CMF y a la Comisión Para el Mercado Financiero, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo.

h)    Informe Final de Liquidación

El informe final de liquidación deberá remitirse a la CMF y simultáneamente al asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la trascripción íntegra de los artículos 25 al 28 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda N°1.055, de 2012 Diario Oficial del 29 de diciembre de 2012).

i)     Impugnación Informe de Liquidación

Recibido el informe de liquidación, la Compañía y la CMF dispondrán de un plazo de 10 (diez) días hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá la CMF. Impugnado el informe, el liquidador dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación.