Artículo 1.- Objeto de la licitación:
La CMF llama a presentar ofertas en la licitación pública, para contar con un servicio de seguimiento y monitoreo de noticias, a fin de disponer de un boletín diario que contenga la información de prensa, radio, televisión y medios digitales relativa a la Institución y temas relacionados con sus funciones, según las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación:
El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’ Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, representada por su Presidente.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:
Etapas
|
Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
|
Presupuesto
|
El presupuesto total disponible para el servicio a contratar es de $ 24.000.000.- (veinticuatro millones de pesos), IVA incluido, por un período de contratación de 24 meses.
El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.
|
Participantes
|
Personas naturales o jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
|
Cómputo de los plazos
|
Los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
Se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos.
|
Idioma
|
Castellano.
|
Comunicación con la CMF
|
Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl
|
Soporte de documentos
|
Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
|
Funcionario encargado del contrato
|
Jefe del Área de Comunicación, Educación e Imagen.
|
Funcionario responsable del pago
|
Jefe División de Finanzas.
|
3.1.- Gastos:
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.
3.2.- Documentación que rige esta licitación:
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;
b) Modificaciones a las bases que, eventualmente podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente;
c) Respuestas a las preguntas de los oferentes, y
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
3.3.- Modificaciones a las bases:
La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación:
El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
N°
|
Etapa
|
Plazos (días corridos)
|
1
|
Fecha de Publicación de las Bases
|
Día uno (1) una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.
|
2
|
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
|
Diez (15) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
|
3
|
Fecha de Inicio de Preguntas
|
Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde la 09:00 horas.
|
4
|
Fecha Reunión Informativa 1
|
Cuatro (4) días después de haberse publicado las bases, a las 15:00 horas.
|
5
|
Fecha Reunión Informativa 2
|
Cinco (5) días después de haberse publicado las bases, a las 15:00 horas.
|
6
|
Fecha Final de Preguntas
|
Ocho (8) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 19:00 horas.
|
7
|
Fecha Publicación de Respuestas
|
Un (1) día posterior a la recepción final de las preguntas, hasta las 19:00 horas.
|
8
|
Fecha de Acto de Apertura Técnica y Económica
|
El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a partir de las 16:05 horas.
|
9
|
Fecha de Evaluación de Ofertas
|
Dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
|
10
|
Fecha de Adjudicación
|
Dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl., hasta las 19:00 horas.
|
11
|
Suscripción del contrato y entrega de garantía de fiel y oportuno cumplimiento
|
Dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
|
Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique lo contrario.
Si el día fijado como término de alguno de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.4.1.- Reunión informativa (una obligatoria):
Los interesados en participar en la licitación, deberán asistir obligatoriamente a una de las reuniones señaladas, las cuales serán realizadas por un funcionario (a) del Área de Comunicación, Educación e Imagen, los días y horas indicados en el Cronograma de Licitación. Lo anterior, con la finalidad de conocer las instalaciones e infraestructura de la CMF.
La visita a terreno en el Cronograma de Licitación, se iniciarán en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre I, piso 12, Santiago. Se levantará un acta en que se registrará el día y hora de la visita, el nombre del oferente y su RUT, además del nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asista a la visita en su representación. El acta de la visita a terreno será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma. El oferente que no se presente a la hora señalada en el cronograma de estas bases, no podrá incorporarse a ella.
Todas las consultas e inquietudes que tengan los oferentes deben ser formuladas a través del Portal en la etapa de consultas indicadas en el cronograma de licitación. Las consultas serán respondidas a través del mismo sistema de información, en la fecha allí señalada.
Es importante resaltar que cada oferente podrá optar por asistir a las dos visitas programadas o solo a una, según estime conveniente, siendo obligatoria su participación en al menos una. La inasistencia será causal de inadmisibilidad de la oferta.
3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta:
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3, respectivamente.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes administrativos:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada firmada por el representante legal, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o N° 1-B, según si se trata de una persona jurídica o de una persona natural, respectivamente. En caso que el oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda a su tipo de persona (jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es necesario que sea firmada ante Notario Público.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
4.1.2.- Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N°2.
Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF.
Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
Asimismo, al momento de contratar, deberán presentar un certificado de vigencia de la persona jurídica de no más de tres meses de antigüedad (otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo o el Ministerio de Economía, en el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659), el que será exigido en caso de ser adjudicado. Este certificado no se requerirá en caso de encontrarse disponible con la antigüedad indicada en www.chileproveedores.cl.
4.2.- Oferta Técnica:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
a) Información requerida en el Anexo N° 3 “Oferta Técnica” (obligatoria).
b) “Propuesta Técnica” de los servicios ofertados (obligatoria), la que deberá incluir en su descripción, la forma de cumplimiento de los numerales descritos en las bases técnicas; y
c) Información requerida en el Anexo N° 4 “Experiencia del Oferente” (no obligatoria).
4.3.- Oferta Económica:
Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor neto total del servicio de seguimiento y monitoreo de noticias por los 24 meses del contrato (sin impuesto incluido), en pesos chilenos.
Además de ingresar la oferta en el Portal de acuerdo al párrafo anterior, el oferente deberá proporcionar la información requerida en el Anexo N° 5 (Oferta Económica) de estas bases. La completitud de la información solicitada en el Anexo, es de carácter obligatoria, en caso de no presentar toda esta información requerida en el número 3 de dicho Anexo, será causal de inadmisibilidad de la oferta.
En caso de producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente en el Formulario del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 5 (Oferta Económica) de estas bases, prevalecerán los valores que se consignen en el anexo citado.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de la apertura de las ofertas dispuesta en el Cronograma de Licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.
4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas:
Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:
1. No presenten cualquiera de los antecedentes indicados en los puntos 4.2 y 4.3, salvo lo relativo a la información de los puntos 1 y 2 del anexo N° 3 y a lo que se refiere el Anexo N° 4.
2. No cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas de la licitación.
3. No proporcione la totalidad de la información requerida en el punto 3 del Anexo N° 5 “Oferta Económica”.
4. Sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación del servicio requerido por el período de los 24 meses.
5. No se presente a ninguna de las dos reuniones informativas, según lo indicado en el punto 3.4.1 de estas bases de licitación.
6. La CMF solicite de acuerdo a bases, a través del Portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
7. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes que no presenten en sus ofertas:
- Información requerida en los puntos 1 y 2 del Anexo N° 3 (Oferta Técnica).
- Información a que se refiere el Anexo N° 4 (Experiencia del Oferente).
- Información contenida en el Anexo N° 6 (Condiciones Sustentables).
- Información requerida en los puntos 1 y 2 del Anexo N° 5 (Oferta Económica).
La no presentación de la información antes señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se actuará lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de la licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación
La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 48 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación
Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto (“Comisión Evaluadora”), analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Presidente de la CMF la adjudicación de la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos técnicos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la CMF:
a) Nicolás Cáceres Estefane, Jefe Área de Comunicación, Educación e Imagen;
b) Ignacia Méndez Rodríguez, Analista Área de Comunicación, Educación e Imagen;
c) Isabel Alvarado Avendaño, Jefa del Departamento de Abastecimiento.
En caso que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.
Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
7.1.- Proceso de evaluación
El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, administrativas y condiciones laborales, debiendo cada uno de estos criterios ser evaluados en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro criterios corresponderá al puntaje final de cada oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúe durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, administrativas, y condiciones laborales, se utilizará dos decimales.
En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Nº
|
Criterio
|
Ponderador por Criterio
|
I.- Requisitos formales de la oferta:
|
|
Completitud de la oferta
|
8%
|
|
II.- Aspecto económico de la oferta:
|
|
1.-
|
Valor neto total del servicio de seguimiento y monitoreo de noticias, por un período de contratación de 24 meses.
|
20%
|
|
III.- Aspecto técnico de la oferta:
|
|
1.-
|
Maqueta y funcionalidad de la propuesta del Newsletter
|
35%
|
2.-
|
Servicios adicionales sin costos
|
25%
|
3.-
|
Años de experiencia del oferente
|
10%
|
|
IV.- Condiciones Sustentables:
|
|
1.-
|
Existencia de convenios colectivos
|
1%
|
2.-
|
Contratación de personas en situación de discapacidad
|
1%
|
I.- Evaluación Requisitos Formales:
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF.
La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
Tramos
|
Puntaje
|
Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario información ni documentos omitidos.
|
100
|
Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido
|
75
|
Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera de bases.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica o económica, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
II.- Evaluación Oferta Económica:
1.- Valor neto total del servicio de seguimiento y monitoreo de noticias, por un período de contratación de 24 meses.
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación del servicio de seguimiento y monitoreo de noticias, para el periodo de contratación de 24 meses, serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación. Para las ofertas que no sobrepasen dicho presupuesto, este criterio se evaluará de la siguiente forma:
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): Precio menor ofertado por los oferentes.
III.- Evaluación Oferta Técnica:
Las ofertas que no incorporen la información solicitada en el punto N° 3 del Anexo N° 3 “Oferta Técnica”, serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
Las propuestas que cumplan con los requisitos mínimos solicitados, continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:
1.- Maqueta y funcionalidad de la propuesta de Newsletter:
Para evaluar este criterio, se considerará, de acuerdo a la siguiente tabla de puntaje:
Criterios
|
Puntaje
|
Agrega los elementos adicionales a los requeridos en las Bases Técnicas
|
100
|
No agrega elementos adicionales a los requeridos en las Bases Técnicas
|
0
|
Se entenderá por elemento adicional, aquellos servicios y coberturas adicionales que el oferente quiera ofrecer a la CMF, y que constituyan valor agregado a este llamado a licitación, sin costo adicional para la CMF.
Para la obtención del puntaje de este criterio, el oferente deberá considerar lo descrito en los puntos 2 y 3 de las bases técnicas.
Cada oferente deberá en el apartado B) del número 3 del Anexo N° 3 de las presentes bases, señalar si cumple con los requisitos técnicos del servicio.
2.- Servicios adicionales.
Para evaluar este criterio, se considerará el cumplimiento de la entrega de los siguientes servicios adicionales:
1. Recopilación de noticias por un período de tiempo.
2. Recopilar noticias del medio electrónico Valor Futuro y de las agencias. Reuters, UPI, Bloomberg y Dow Jones.
3. Más de 30 medios online regionales.
4. Entregar el newsletter los días sábados, domingos y/o festivos.
5. Otros servicios adicionales ofrecidos por el oferente vinculados al servicio de seguimiento y monitoreo de noticias.
La asignación de puntaje se realizará de acuerdo a la siguiente tabla de puntaje:
Servicio adicional ofrecido
|
Puntaje
|
Cuenta con tres o más servicios adicionales
|
100
|
Cuenta con dos servicios adicionales
|
70
|
Cuenta con un servicio adicional
|
30
|
No cuenta con servicio adicional o no informa
|
0
|
Los productos o servicios adicionales ofrecidos no tendrán costo alguno a la CMF, durante el transcurso del contrato.
Cada oferente deberá en el apartado C) del número 3 del Anexo N° 3 de las presentes bases, señalar si cumple con los requisitos técnicos del servicio.
3.- Años de experiencia del oferente.
Los oferentes que dispongan de mayor experiencia en el rubro de servicio de seguimiento y monitoreo de noticias en Chile, tendrán el mayor puntaje. Las ofertas serán evaluadas conforme a la siguiente tabla:
Tramos
|
Puntaje
|
Más de 15 años
|
100
|
De 10 a 15 años
|
80
|
De 5 a menos de 10 años
|
50
|
De 2 a menos de 5 años
|
20
|
No informa o menos de 2 años
|
0
|
Para la verificación de los años de experiencia en Chile del oferente, se utilizará la información entregada por éste en el punto 3 del Anexo N° 4. Esta información será verificada utilizando el comprobante de consulta del SII a través de su sitio web.
En caso de haber discrepancia entre los años de experiencia en el rubro presentado por el oferente en el punto 3 del Anexo N° 4, y el comprobante del SII, prevalecerá este último para los efectos de la ponderación obtenida en el criterio de evaluación.
Las fracciones de meses no serán consideradas como años de experiencia (Si tiene 5 años y 8 meses, se considerará como 5 años de experiencia).
IV.- Condiciones Sustentables:
1.- Existencia de convenios colectivos.
En este criterio se evaluará si el oferente mantiene vigentes convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o si les hace aplicables convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscrito de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
Si el oferente no proporciona dicha información, requerida en la letra a) del punto N° 2 del Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará 0 puntos en este criterio.
Para efectos de acreditar dicha información, el oferente deberá acompañar copia simple del o los convenios colectivos.
El oferente que mantenga vigentes convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o les haga aplicables convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscrito de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo obtendrá 100 puntos. En el evento que no informe o no acompañe los documentos que permitan acreditar el cumplimiento de este criterio se le asignará 0 puntos.
2.- Contratación de personas en situación de discapacidad.
En este criterio se evaluará si el oferente tiene contratado trabajadores en situación de discapacidad.
El oferente, ¿tiene contratado algún trabajador en situación de discapacidad?
SÍ: 100 ptos.
NO: 0 pto.
Para efectos de acreditar la contratación de personal en situación de discapacidad, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses.
- Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Si el oferente no adjuntare en el Portal Mercado Público la información requerida en la letra b) del punto N° 2 del Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará 0 puntos en este criterio.
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora emitirá un informe (Informe de Evaluación), en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo en detalle los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación, dará cuenta de la revisión y resultado de toda la documentación provista por el oferente, con indicación de los sitios web y portales que pudieron haber sido consultados.
En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
1. Mayor puntaje en el criterio “Maqueta y funcionalidad de la propuesta del Newsletter”.
2. Mayor puntaje en el criterio “Servicios adicionales sin costos”.
3. Mayor puntaje en el criterio “Valor neto total del servicio de seguimiento y monitoreo de noticias, por un período de contratación de 24 meses”.
4. Mayor puntaje en el criterio “Años de experiencia del oferente”.
Artículo 9.- De la adjudicación:
La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en al que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma de licitación.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 7 días hábiles para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación:
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no acepte la orden de compra de acuerdo a lo establecidos en estas bases o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que tuviere conocimiento de la inhabilidad, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación:
La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases.
La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
Artículo 12.- Del contrato:
De la presente licitación pública derivará el contrato “SERVICIO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE NOTICIAS PARA LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO”. El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes; y la oferta del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4, de la Ley N° 19.886, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).
Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores:
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.
Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 5 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato:
Domicilio de la CMF
|
Comuna de Santiago.
|
Subcontratación
|
No se permite.
|
Cesión de derechos
|
No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.
|
Vigencia del contrato
|
El contrato tendrá una vigencia de 24 meses contados desde el día 2 de octubre de 2018, previa total tramitación de la resolución que lo apruebe.
No obstante, lo anterior, por razones de buen servicio, la CMF podrá solicitar el inicio de los servicios una vez suscrito el contrato, sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno si no una vez esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
|
Plazo para ejecución del contrato
|
El servicio deberá comenzar a ser prestado a partir del 2 de octubre de 2018, por un periodo de 24 meses, previa total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
|
Precio y forma de pago
|
El presupuesto total disponible para el servicio a contratar es de $ 24.000.000.- (veinticuatro millones de pesos), IVA incluido.
El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
Los precios ofertados tendrán una vigencia igual a la de la contratación.
La CMF pagará el servicio adjudicado, en veinticuatro cuotas, mensuales e iguales, por mes vencido, dentro de 30 días corridos contados desde la fecha de la recepción conforme de la factura o instrumento tributario de cobro, previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada del Jefe (a) del Área de Comunicación, Educación e Imagen y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor respecto de su personal directo y subcontratado.
En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra a través del Portal Mercado Público para poder proceder a la facturación.
La factura o instrumento tributario de cobro correspondiente, deberá ser enviada por el proveedor a la casilla de correo electrónico abastecimiento@cmfchile.cl y cliente_dte@cmfchile.cl
La CMF podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.
Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.
|
Normativa, antecedentes y documentos aplicables
|
La relación contractual con el proveedor adjudicado se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
3. Aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes.
4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado –incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.
5. La Resolución Exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.
6. La Resolución Exenta que aprueba el contrato.
|
Solución de controversias y legislación aplicables
|
La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago.
|
Notificaciones
|
Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato. Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.
|
Suscripción del contrato
|
El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el oferente o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.
Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva
En este caso, la CMF podrá dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.
En este caso, la CMF procederá a la readjudicación de conformidad con las normas establecidas en estas bases.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
|
Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato
|
El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante un instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), por un monto de 5% del valor total bruto del contrato adjudicado, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Comisión para el Mercado Financiero.
Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del oferente adjudicado, respecto de su personal directo y subcontratado.
El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días hábiles.
Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario.
En los casos que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl, dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.
La CMF estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna.
La garantía será devuelta por la CMF una vez cumplida su vigencia, previa recepción conforme de la totalidad del servicio contratado.
La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 1005498-____-LE18 (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).
En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Comisión para el Mercado Financiero”, y consignar la glosa señalada en el párrafo que precede en el reverso del documento.
La entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se debe verificar dentro del plazo definido en el cronograma de licitación.
De proceder el cobro de esta garantía por las causales establecidas en estas bases de licitación, ésta deberá sustituirse por el proveedor por otra garantía de las mismas características, antes de su cobro en el Banco o Institución correspondiente, de forma que el contrato siempre permanezca garantizado.
En caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el párrafo que precede, la CMF estará facultada para dar por terminado el contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo la CMF readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación.
El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl
|
12.3.- Obligaciones y prohibiciones:
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Dirección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.
e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.
12.4.- Responsabilidad:
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en este contrato y demás documentos y antecedentes que se entienden formar parte de él.
Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del proyecto materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas:
La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente acreditados por el proveedor.
12.5.1.- Causal y monto de la multa:
1) Multa por retraso en la entrega del boletín de noticias:
Tramos
|
Multas
|
a) 3 a 6 horas de retraso
|
2% del valor mensual bruto del contrato.
|
b) 7 a 24 Horas de retraso
|
4% del valor mensual bruto del contrato.
|
c) Más de 24 horas de retraso
|
6% del valor mensual bruto del contrato.
|
El retraso en la entrega del boletín diario será comunicado por la CMF al proveedor mediante correo electrónico, a fin de que subsane la situación a la brevedad.
2) Multa por omisión de noticias referidas a la CMF:
Si durante la ejecución del servicio se produjeran omisiones de noticias que estén dentro de los medios, comprendidas dentro de las temáticas de monitoreo contratadas.
Estas multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
Tramos
|
Multas
|
a) 3 a 6 noticias mensuales no incluidas
|
2% del valor mensual bruto del contrato.
|
b) Más de 6 noticias mensuales no incluidas
|
4 % del valor mensual bruto del contrato.
|
En caso de encontrar noticias pertinentes al servicio contratado no incluidas en el boletín diario, la CMF informará al proveedor del hecho mediante correo electrónico, indicando la fuente y fecha de la noticia no informada.
3) Multa por retraso en la entrega del servicio de alerta de noticias:
Si durante la ejecución del servicio se produjeran retraso en la entrega de las alertas, conforme al plazo señalado en el punto 4 de las bases técnicas. Estas multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
Tramos
|
Multas
|
a) 3 a 6 alertas entregadas con retraso
|
2% del valor mensual bruto del contrato.
|
b) Más de 6 alertas entregadas con retraso
|
4 % del valor mensual bruto del contrato.
|
El tope de aplicación de las multas acumuladas de los puntos 1), 2) y 3) que anteceden, será de un 10% del valor total bruto del contrato, durante la vigencia del mismo, sin perjuicio de la facultad de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:
1.- Identificación del adjudicatario.
2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato.
3.- Responsable por parte del adjudicatario.
4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario.
5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda.
6.- Monto de la multa.
7.- Firma de la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la CMF lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al domicilio del proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la CMF, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.- Pago de las multas:
El monto de la multa será rebajado del pago más próximo que se deba efectuar al proveedor o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.
Artículo 13.- Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones no podrán afectar los precios ofertados por el proveedor.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 14.- Independencia:
El personal del adjudicatario que intervenga en la prestación de los servicios, no tendrá vinculación alguna con la CMF, ni tendrá derecho a beneficio de cualquier clase que la institución pueda otorgar a sus trabajadores.
Artículo 15.- Confidencialidad y políticas de seguridad:
El adjudicatario y su personal, ya sea directa o subcontratado, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos, contratistas y subcontratistas del adjudicatario, que deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.
Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos se le entregará al proveedor un ejemplar de dicha política, en lo que sea pertinente, al momento de suscribir el contrato.
Artículo 16.- Término del contrato:
16.1.- Término normal:
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
16.2.- Término anticipado del contrato:
De acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, entre otras, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso.
e) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra.
f) Por causa de interés público.
g) Por exigirlo la seguridad nacional.
h) Por razones de buen servicio.
i) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
j) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
k) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros.
l) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
m) Disolución de la UTP.
n) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, directos o subcontratados, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Dirección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.
Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario las siguientes, que serán certificadas por la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen:
a) Si a juicio de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
b) Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.
c) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.
d) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases “Obligaciones y prohibiciones”.
e) Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de las bases administrativas.
f) La cesión del contrato en los casos no autorizados expresamente por una ley.
g) La subcontratación.
h) El incumplimiento al artículo 15 de estas bases “Confidencialidad y políticas de seguridad”.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe de la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el contratado.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.
En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario.
b) Identificación de orden de compra y resolución aprobatoria de contrato.
c) Responsable por parte del adjudicatario.
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario.
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda.
f) Firma de la Jefatura del Área de Comunicación, Educación e Imagen.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la CMF lo remitirá al domicilio del proveedor identificado en el Anexo N° 2, a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los mismos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.
La resolución que disponga el término de contrato se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la CMF, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.