6.4. DE LA SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
Concluida la evaluación técnica y económica se elaborará un listado de las ofertas ordenadas por sus puntajes finales decrecientes, incluyendo todos los proponentes evaluados en el mismo proceso licitatorio.
Se seleccionará al o los oferentes mejor evaluados, esto es, la o las propuestas que hayan obtenido el mayor puntaje final conforme al punto 6.2. de las presentes bases, para hacerse cargo del porcentaje propuesto por ellos, considerándose para todos los efectos como adjudicado respecto de dicho porcentaje.
Si en propuestas de un mismo oferente, para una o diferentes zonas de determinada región, figuren uno o más abogados que se repiten en las correspondientes nóminas, dichos abogados serán considerados en una única propuesta para su adjudicación y la mejor evaluada, conforme al listado elaborado en el inciso primero de este numeral; y se disminuirá, por tanto, el porcentaje de las restantes ofertas donde figuraren en lo que correspondiere a dicho o dichos abogados, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 6.3., letra c), anterior.
Si el porcentaje propuesto en la primera oferta seleccionada no alcanza a cubrir el total del porcentaje licitado, se pasará a la oferta ubicada inmediatamente después en el listado, para proceder a seleccionarla respecto a la diferencia no cubierta por la primera propuesta.
Esta operación se repetirá las veces que sea necesaria hasta completar el porcentaje del universo licitado.
En el evento que la selección de la última de las propuestas necesarias para cubrir el porcentaje licitado faltante exceda el mismo, el Comité de Adjudicación Regional ofrecerá al proponente que la haya presentado la posibilidad de ajustar su oferta al porcentaje remanente sin adjudicar, bajo la condición de mantener los demás términos y proporcionalidad de la misma. La propuesta ajustada a la baja debe mantener el ranking en la evaluación inicial, de otro modo el porcentaje licitado faltante deberá ser ofrecido al siguiente oferente que le sigue en puntaje en el ranking de evaluación. De todo lo obrado se dejará constancia escrita en el acta de adjudicación.
De no responderse formalmente por el proponente al que se le hace la contraoferta señalada, dentro del plazo que al efecto se le señale, se tendrá por rechazado el ofrecimiento. De ser positiva la respuesta, se seleccionará tal propuesta con la modificación del porcentaje ofertado originalmente, consignándose este acuerdo en un acta escrita.
Si el proponente al que se le hubiere hecho el ofrecimiento a que se refieren los párrafos precedentes no lo aceptare, se procederá a realizar la oferta del remanente sin adjudicar a los siguientes proponentes mejor evaluados, en orden de puntaje decreciente, hasta cubrir el porcentaje faltante.
Si con todo, no fuera posible cubrir la totalidad de lo licitado, se procederá conforme al punto 6.8 de las Bases Administrativas.
En caso de producirse empate en los puntajes totales, éste será resuelto por el Comité de Adjudicación Regional, conforme a los siguientes criterios: Se preferirá la oferta que incluya como parte de los integrantes de su equipo de defensa a personas con discapacidad (tal situación se calificará, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, al momento de discernir el desempate); de continuar la paridad, se preferirá la oferta con mayor puntaje en la Evaluación Técnica; y, si aun así subsiste la igualdad, se preferirá la oferta en que el puntaje del subfactor experiencia sea mayor, considerando a todos los abogados que integren la nómina. En última instancia, se preferirá la oferta que se haya subido primero al portal de ChileCompra, www.mercadopublico.cl.