Envio de Muestras |
El envío de muestras de los insumos tendrá carácter de obligatorio y deberá enviar 01 muestras por cada línea postulada, las cuáles serán solicitadas una vez realizada la apertura electrónica y administrativa, a través del Foro del portal www.mercadopublico.cl, sólo a los oferentes que hayan aprobado la apertura electrónica y administrativa, las cuales deberán enviarse al CR de Abastecimiento, Calle El Litre 1012, 3º piso oficina Nº15 del Edificio Otorrino-Oftalmología del Hospital Carlos Van Buren, Valparaíso, con atención al Supervisor de compras de Insumos Clínicos y Reactivos de Laboratorio del CR Abastecimiento, por lo que se deja expresa constancia que aquel Oferente que no cumpla con este requisito en la línea respectiva, será declarado fuera de la Evaluación Técnica-Económica y no podrá seguir participando de la propuesta pública que trata el presente instrumento.
|
|
|
Adjudicación |
La adjudicación de la propuesta será resuelta por el Director del Hospital Carlos Van Buren o quien lo subrogue, según corresponda, quien adjudicará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión de Adjudicación. Sin embargo, el Hospital podrá aceptar cualquiera de las propuestas presentadas, aunque no sea la más barata, o de rechazarlas todas y declararla desierta, de acuerdo a la propia conveniencia del Hospital. Durante este proceso de adjudicación, la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas o los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión podrá rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación.
Además el Hospital podrá rechazar una oferta que técnicamente cumple con todo lo solicitado pero que su oferta este fuera del presupuesto que se tiene designado para tal convenio de suministro. De esta forma el Hospital podría adjudicar a un oferente que permita mantener los presupuestos establecidos.
La licitación se entenderá oficialmente adjudicada, una vez que se realice el control previo de legalidad y que el Hospital Carlos Van Buren así lo dictamine a través de la emisión de una Resolución Exenta, en el cual, entre otras cosas, se deberá consignar el nombre del Proponente favorecido (persona natural y/o jurídica) denominada de ahora en adelante adjudicatario, el monto ofertado (IVA incluido o 10% Impuesto de Retención) y el plazo de ejecución en días hábiles.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso, el cuál no podrá exceder de 20 días hábiles.
El tipo de Adjudicación será simple sin emisión automática de orden de compra por cada una de las líneas de producto o servicio licitado para adjudicar solicitada y visualizada en el Portal de Mercado Público.
|
|
|
Del Empate |
El Director del Hospital Carlos Van Buren, adjudicará la licitación a la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en el Artículo Nº 15.1 de las Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión técnica de Adjudicación.
La puntuación de los criterios individuales serán números enteros de 1 a 10 más dos decimales. Para la asignación de puntajes finales de los criterios de evaluación como producto de la sumatoria total de éstos, se considerará en la nota final el número entero más un decimal. La centésimas menores a 0,5 se ajustan al decimal menor y las centésimas de 0,5 hacia arriba se ajustan al decimal mayor. Ej.: 1) 4,23 = 4,2 2) 4,25 = 4,3.
Durante este proceso la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas, o los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión se reserva el derecho de rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación.
En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio con mayor ponderación, y así sucesivamente hasta el último criterio indicado en las bases.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación referida a lo dispuesto en el Artículo 11 de las Bases Administrativas de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
En el caso de que el oferente adjudicado desista de la adjudicación, la licitación podrá ser readjudicada al oferente con la segunda mejor calificación.
El Acta de Adjudicación se publicará a través de una Resolución Exenta, documentos que estarán disponibles a todos los oferentes en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Del Contrato |
Como requisito para contratar, el Hospital Carlos Van Buren, solicitará lo siguiente:
Las Entidades y Proveedores deben acreditar su situación financiera y técnica conforme lo dispuesto en la ley de Compra y reglamento:
• La situación financiera y técnica, se acreditará a través de su inscripción en el registro de ChileProveedores.
• La situación de saldos insolutos de Remuneraciones o Cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, se acreditará al momento de contratar enviando el certificado que acredite no tener saldos insolutos en los últimos 2 años.
Por lo tanto, para firma del contrato el Oferente adjudicado deberá estar inscrito y hábil en Chileproveedores.
El Hospital Carlos Van Buren no podrá suscribir contratos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos de la misma institución, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del Artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
En caso de incumplimiento de algunas de las razones mencionadas en el párrafo anterior el Hospital Carlos Van Buren podrá proponer readjudicar la licitación a los otros Proponentes participantes en el orden en que hubiesen sido evaluados siempre limitado a lo estipulado en el Artículo 20 de las presentes Bases Administrativas.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|