Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Aclaraciones |
El hospital podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las preguntas, antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas de la licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los proponentes contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los proponentes en la preparación de sus ofertas.
En caso de ser necesarias las aclaraciones o modificaciones a las Bases, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo de cierre de recepción de ofertas, de manera de permitir que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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Adjudicación y Resolución de Empate |
ARTÍCULO Nº 21 ADJUDICACIÓN Y RESOLUCION DE EMPATE
El Director del Hospital Carlos Van Buren, adjudicará la licitación a la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en los Artículos Nº 17 y 18 de las presentes bases, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión técnica de Adjudicación.
La puntuación de los criterios individuales serán números enteros de 1 a 7 más dos decimales. Para la asignación de puntajes finales de los criterios de evaluación como producto de la sumatoria total de éstos, se considerará en la nota final el número entero más un decimal. La centésimas menores a 0,5 se ajustan al decimal menor y las centésimas de 0,5 hacia arriba se ajustan al decimal mayor. Ej.: 1) 4,23 = 4,2; 2) 4,25 = 4,3.
Durante este proceso la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas, ó los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión se reserva el derecho de rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación.
En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor relevancia de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio con mayor ponderación, de proseguir la situación se continuará el mismo análisis con el siguiente criterio y de persistir el empate en todos los criterios de evaluación, se adjudicará a la empresa que haya presentado su oferta primero en el portal www.mercadopublico.cl.
La licitación podrá ser readjudicada al oferente con la segunda mejor calificación, en los siguientes casos:
a) Que el oferente adjudicado desista de la firma del contrato.
b) No presente Garantía de Fiel Cumplimiento
El Acta de Adjudicación se publicará a través de una Resolución Exenta del Director de Hospital Carlos Van Buren, documentos que estarán disponible a todos los oferentes en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl
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