Licitación ID: 1234-2-L118
COMPRA 60 METROS CUBICOS DE LEÑA PARA EL PASO CO
Responsable de esta licitación: DIRECCIÓN REGIONAL ADUANA DE COYHAIQUE, Dirección Regional Aduana de Coyhaique
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Recursos de madera combustible 60 Metro Cúbico
Cod: 70151903
60 METROS CÚBICOS DE MEDIERA PARA CALEFACCIÓN, PASOCOYHAIOQUE ALTO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COMPRA 60 METROS CUBICOS DE LEÑA PARA EL PASO CO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
LEÑA PARA CALEFACCIÓN OFICINAS Y CASA HABITACIÓN PASO COYHAIQUE ALTO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCIÓN REGIONAL ADUANA DE COYHAIQUE
Unidad de compra:
Dirección Regional Aduana de Coyhaique
R.U.T.:
60.804.019-6
Dirección:
Franciso Bilbao Nº327
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-02-2018 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-02-2018 8:55:20
Fecha inicio de preguntas: 06-02-2018 11:00:00
Fecha final de preguntas: 09-02-2018 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-02-2018 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-02-2018 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-02-2018 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 02-03-2018 15:18:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ver resolución 117 de 05/02/2018
Documentos Técnicos
1.- ver resolución 117 de 05/02/2018
 
Documentos Económicos
1.- ver resolución 117 de 05/02/2018
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos ver resolución 117 de 05.02.2018 10%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 55%
3 calidad de la leña - CALIDAD DE LA LEÑA (Caleña) Ponderación 25% 50% ÑIRRE 50% LENGA = 100 100% ÑIRRE = 70 100% LENGA= 50 No indica tipo de leña a entregar 25%
4 PLAZO ENTREGA 1 a 10 días 100 puntos 11 a 20 días 50 puntos 21 a 30 días 25 puntos No indica cantidad 0 puntos de días en que entregará la leña 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DIRECCION REGIONAL ADUANA COYHAIQUE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ERWIN SALAS ICARTE
e-mail de responsable de pago: esalas@aduana.cl
Nombre de responsable de contrato: VÍCTOR VALEN ZUELA MILLAN
e-mail de responsable de contrato: vvalenzuela@aduana.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2673220-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso que dos o más oferente igualaran en puntaje en el resultado final de la evaluación, el Servicio adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente la oferta con mejor evaluación en el factor oferta técnica. En el caso eventual que dos o más proponentes presenten el mismo valor en el factor oferta técnica, la licitación se adjudicará a aquél participante que haya obtenido la mejor calificación en el elemento Plazo entrega. Por último deDe persistir el empate en estas condiciones, se adjudicará el proceso, a quien haya obtenido la mejor calificación en el factor de oferta económica. Por último, de persistir el empate en estas condiciones, se seleccionará la oferta que obtuviere mejor puntaje en el factor “Cumplimiento de los requisitos formales”.

 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

 

Las consultas del contratista respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del portal web www.mercadopublico.cl,  La respuesta será a través del mismo portal, dentro de 10 días corridos, contados desde la fecha de término del plazo para realizar las consultas.

 

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El adjudicatario deberá acreditar el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, incluidas, en su caso, las de su subcontratista, mediante certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente o por otros medios idóneos que garanticen la veracidad del estado de cumplimiento.

 

En caso de no acreditarse oportunamente el cumplimiento de estas obligaciones, el Servicio podrá retener el monto que corresponda, de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886 y el artículo 183-C del Código del Trabajo, para los fines que en dicha norma se señalan.

 


 

VII.6    Vigencia del contrato

 

La contratación entrará en vigencia a contar de la emisión de la orden de compra.

 

VII.7 Resciliación, modificación o terminación anticipada del contrato

 

Sin perjuicio de los derechos y acciones legales que puedan ejercer las partes en el evento de un incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, el Servicio, podrá además, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y en el artículo 77 de su Reglamento, modificar o terminar anticipadamente el contrato, en el evento en que ocurra alguno de los siguientes casos:

 

-                                    Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-   Si la adjudicataria fuere declarada en quiebra o tuviere la calidad de deudora en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso.

-                                    Si la adjudicataria cayere en insolvencia notoria, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato;

-                                    Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional;

-                                    Si la adjudicataria se disolviere;

-                                    Si la adjudicataria se transformare o fusionare con otra sin asumir las obligaciones de la primera;

-                                    Si la adjudicataria incurriera en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales;

-                                    Si la adjudicataria no respetare las condiciones y los precios contenidos en su oferta;

 

En especial, constituirá incumplimiento grave de las obligaciones contractuales:

 

 

 

-           La subcontratación. 

-           El incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o de los de su subcontratista en su caso.

-                                    El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el numeral VII.12 de estas bases.

-                                    El incumplimiento de las especificaciones técnicas y demás condiciones y obligaciones contenidas en la oferta del proveedor.

 

Verificada la ocurrencia de cualquiera de las situaciones enunciadas, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada, previo aviso notificado al adjudicatario, por carta certificada remitida al domicilio registrado en el contrato. La misma resolución indicará la fecha a partir de la cual se entenderá terminado el contrato.

 

En caso de terminarse el contrato en forma anticipada por cualquier causa, no habrá lugar a indemnización alguna por parte del Servicio al adjudicatario. 

 

La contratación podrá modificarse, por acuerdo escrito entre las partes, mientras el contrato se encuentre vigente, siempre que ello no conlleve una infracción al principio de estricta sujeción a las bases ni de igualdad de los oferentes.  En caso de aumentarse el monto de la contratación, éste no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado. Toda modificación deberá contar con la aceptación previa del proveedor
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Será responsabilidad de cada oferente proporcionar toda la información necesaria para la evaluación de su oferta de acuerdo a los criterios de evaluación que se detallan en los numerales siguientes y los requerimientos de las Bases Técnicas.

 

Sin perjuicio de lo señalado, el Servicio se reserva el derecho de utilizar las funcionalidades del Portal Mercado Público, para aclarar un error u omisión detectado en esta etapa, conforme lo señalado en el artículo 40, del Reglamento de la Ley N° 19.886. Estos antecedentes serán todos los requeridos en las bases que regulan esta licitación que no correspondan a la oferta técnica y económica y a aquellos que contengan información relacionada con la evaluación de las mismas (ofertas técnica propiamente tal y la económica).

 

En relación con lo señalado en el párrafo precedente, a solicitud del Servicio, los oferentes deberán presentar los antecedentes que hayan omitido al momento de presentación de las ofertas, siempre que esos antecedentes se hayan producido con anterioridad al vencimiento del plazo para efectuar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, y/o deberán subsanar los errores o vicios formales en ellos contenidos, todo dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde el día siguiente de la respectiva notificación, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.  Tratándose de UTP, la omisión del documento que acredite su constitución no podrá ser subsanada por esta vía.

 

Dichos documentos, deberán subirse a la página web, foro inverso del mercado público.  De no cumplir con la presentación de los antecedentes requeridos en el