BASES ADMISTRATIVAS Y TECNICAS |
9. Otras Cláusulas Administrativas
9.1 Normativa aplicable
La presente convocatoria se ceñirá a las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, la Ley de Compra y
Contrataciones Públicas Ley Nº 19.886/2003 y sus modificaciones, el Decreto Hacienda Nº 250/2004 y sus
modificaciones, el Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el
Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de
Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda.
Se hace presente que los oferentes deberán cumplir con la toda la normativa ambiental aplicable para la
actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u
otro instrumento normativo
9.2 Evaluación de Licitación Pública
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en
adelante Comisión), según sea el caso, compuesta por tres integrantes. Estos últimos deberán ser funcionarios
públicos (profesionales o técnicos calificados) y/o agentes públicos de la Dirección de Vialidad, designados
por acto administrativo de la Autoridad competente dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 37 del
D.S. de Hda. 250/2004.
Estos podrán requerir asesorías y antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de su labor.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación.
Tanto la verificación del cumplimiento de los antecedentes exigidos por Bases, como la evaluación de las
Ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo
establecido en el artículo 40 del D.S. de Hda. 250/2004.
9.3 Derecho a Desestimar las Ofertas
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aceptar o desestimar cualquiera de las ofertas, independiente
de sus montos y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán
en el Informe o Acta de Evaluación correspondiente y declarase mediante Resolución fundada. En tales casos
los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá declarar INADMISIBLE las Ofertas o dejar DESIERTA la Licitación
conforme a lo dispuesto en el Art. N° 9 de la Ley de Compras Públicas N° 19.886.
9.4 Contacto con los Oferentes
Una vez realizada la apertura de las ofertas y antes de la Adjudicación, el Servicio, podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proveedores, esto es, en tanto
no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha
solicitud al resto de los proveedores a través del sistema de información. Estas consultas serán realizadas a
través de la modalidad del “FORO INVERSO” del portal www.mercadopublico.cl
Queda absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto por parte de los Revisores o Comisión.
Asimismo, no podrán tener contacto con terceros relacionados con esta licitación, ni recibir donativos.
9.5 Criterios de Evaluación
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores y sus respectivos puntajes máximos:
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9.5.1 Precio 70%
La evaluación del precio ofertado tendrá una ponderación del 70%.
La Comisión analizará el precio que presenten los oferentes, otorgándole mayor puntaje al oferente que
entregue el valor más conveniente:
70 Puntos. Para asignar este puntaje se aplicará la siguiente fórmula: I = (P mín. x I máx.) / P Donde: I = Puntaje
a asignar P mín. =Oferta de menor costo P = Precio de la oferta en análisis I máx. = Puntaje máximo
correspondiente a este criterio, 70 puntos.
9.5.2 Calificación de desempeño 10%
Para asignar este puntaje se tomará el promedio de notas obtenidas por calificaciones en adquisiciones de
material pétreo, efectuadas por la Dirección de Vialidad Región de Los Lagos durante el periodo 2022.
Aquellas empresas que no registren compras de material pétreo durante este período y/o que no tengan
calificaciones previas, se le otorgará el puntaje máximo de este factor.
9.5.3 Plazo de entrega del suministro 15%
Plazos de Entrega para el Suministro de Material Pétreo, será en días corridos y contados desde las 24 horas
siguientes al envío de la primera Orden de Compra:
Entrega entre 01 y 15 días = 15puntos;
Entrega entre 16 y 25 días = 05 puntos;
Entrega entre 26 y 35 días = 0 puntos;
La entrega del suministro con plazos superiores a 36 días o en formatos distintos al solicitado se considerará
fuera de bases.
9.5.4 Cumplimiento requisitos formales 5%
Para asignar este puntaje los Oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos formales y presentar todos
los documentos dentro del plazo para ofertar.
El oferente que haya incumplido los requisitos formales o hayan omitido antecedentes o certificaciones al
momento de presentar su oferta, y sean acompañados con posterioridad a solicitud del Servicio de
conformidad con el artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la Ley N° 19.886., obtendrá 0 puntos en este
criterio.
Se exceptúan de lo anterior, los documentos señalados en el punto 4.3. Antecedentes Oferta Técnica” y
4.4. Oferta Económica, los que en caso de no presentarse dentro del plazo para presentar la oferta o a
solicitud del Servicio al momento de evaluar las ofertas, se consideraran fuera de Bases.
9.6 Resolución de Empates
En caso de empate de las Ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes Reglas de solución de empates:
CONDICIÓN ADJUDICACIÓN
Igual Puntaje. Se adjudica a empresa que presente el menor valor en la
oferta económica.
Igual Puntaje e igual valor en la Oferta
Económica.
Se adjudica a empresa con menor tiempo de entrega.
Igual Puntaje e igual valor en la Oferta
Económica e igual plazo de entrega
Se adjudica a empresa con mejor calificación por
desempeño.
En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que haya dado cumplimiento a la entrega de la totalidad
de documentación solicitada dentro del plazo para presentar Ofertas. Y en último caso, de acuerdo a la fecha y
hora que ingreso la oferta al portal www.mercadopublico.cl. Este hecho quedará consignado en el Acta
de Evaluación de Ofertas correspondiente, donde se indicará el método que se utilizó para tal efecto.
9.7 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
El Servicio podrá solicitar información omitida o adicional a las empresas, con posterioridad al cierre de la licitación, siempre
que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Estos antecedentes no tendrán ponderación.
9.8 Validez de la Oferta
Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 30 días corridos, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.
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9.9 Fecha de Cierre
La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada según las necesidades del Servicio, para asegurar una mayor
participación por parte de los oferentes.
9.10. De la Adjudicación
La adjudicación deberá realizarse en el plazo señalado en las presentes Bases y publicarse oportunamente en Portal. La fecha
de adjudicación podrá ser modificada según las necesidades del servicio, informando en el Sistema de Información Portal
Mercado Público, las razones que justifican el incumplimiento y el nuevo plazo de adjudicación.
La Adjudicación de la propuesta se materializará mediante Resolución de la autoridad competente y se efectuará al proveedor
que cumpla con los antecedentes requeridos y presente la mejor oferta del suministro solicitado, a proposición del Revisor o
Comisión Evaluadora, propuesta que podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente por resolución fundada.
Formarán parte integrante de esta Resolución las Bases Administrativas, las Bases Técnicas, la Oferta debidamente aceptada,
las Garantías exigidas y el Informe o Acta de Evaluación.
9.11. Precios Monedas
Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), incluyendo el valor de traslado o
flete y cualquier otro gasto que sea requerido para cumplir con la compra en las condiciones exigidas en las presentes Bases
de Licitación.
9.12. Notificación
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, una vez tramitada la
Resolución de Adjudicación.
9.13. Suscripción de Contrato y Emisión de la Orden de Compra
Por tratarse la presente adquisición de bienes y servicios de simple y objetiva identificación, no requerirá la suscripción de
contrato, salvo para compras que superen los 1.000 UTM en cuyo caso, la Orden de Compra será emitida una vez tramitada
la Resolución que aprueba el mismo.
En los demás casos, la adquisición se formalizara mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por el
Proveedor.
El plazo para suscribir el contrato en caso que proceda, será de 5 días hábiles contados desde la notificación de la
Adjudicación.
9.14. Inspección Fiscal o Contraparte Técnica
La Dirección de Vialidad designará a un funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte Técnica del
suministro, quien deberá velar por el cumplimiento de lo establecido en las Bases de Licitación, Oferta debidamente aceptada,
normativa aplicable y de las obligaciones del contrato en caso de requerir.
9.15. Traspaso del Contrato
El adjudicatario No podrá en caso alguno traspasar a terceros el contrato objeto de la presente Licitación.
9.16. Servicio requerido
El Suministro del material pétreo contratado, deberá ser entregado y acopiado por el proveedor dentro del radio definido
en el Croquis de Ubicación contemplado en las Bases Técnicas, en la forma y dentro de los plazos contemplados en las
presentes Bases y la Oferta debidamente aceptada.
9.17. Plazo de Entrega
El plazo de entrega del material comenzará segundo día hábil siguiente al de envío de la respectiva Orden de Compra por
el portal www.mercadopublico.cl, la cual deberá ser aceptada, en caso contrario se solicitará su rechazo.
Las empresas proveedoras podrán ofrecer un plazo menor al plazo máximo de entrega aceptado, lo que será evaluado de
acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Se deja establecido que no se otorgará ampliación de plazos, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados. Ante
esta situación el proveedor deberá presentar una solicitud a la Dirección de Vialidad antes del término del plazo original
ofertado, la que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección de Vialidad por resolución fundada.
Si el plazo venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
9.18. Del Acopio del Material
El acopio deberá ubicarse en un recinto que reúna las condiciones de seguridad y resguardo necesarios para la debida
custodia del material, lugar que debe ser autorizado por el Inspector Fiscal y dejarse constancia en un Acta de Entrega de
Terreno que se levantará dentro segundo día hábil siguiente al de envío de la respectiva Orden de Compra.
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El adjudicatario deberá preparar el lugar de acopio, dejando una superficie firme y plana, para que personal de topografía de
la Dirección de Vialidad, tome línea de tierra antes de la entrega y acopio del material.
En caso que el lugar de acopio se encuentre en un predio particular, la empresa proveedora deberá asumir todo costo que
por esta razón se genere y remitir a la Dirección Regional de Vialidad, a través del Inspector Fiscal, una declaración jurada
ante notario, donde el dueño del terreno (calidad que debe ser acreditada mediante copia inscripción de dominio vigente),
declare lo siguiente:
a) Que el material acopiado en su predio es de propiedad de la Dirección de Vialidad.
b) Que, se compromete a mantenerlo a buen resguardo por un período de 12 (doce) meses en un recinto cerrado y a
denunciar cualquier daño que pueda sufrir el material.
c) Que, esta custodia no tendrá ningún costo para la Dirección de Vialidad y pueda ser retirado por la Dirección durante el
período antes mencionado.
9.19. Prevención de Riesgos y Seguridad Vial
Será responsabilidad del proveedor adoptar todos los medios de seguridad necesarios, durante la faena de extracción del
material.
Asimismo ante un eventual tránsito por caminos públicos durante el proceso de entrega del material, el proveedor estará
obligado a mantener el buenas condiciones de tránsito, asegurando la fluidez del mismo y procurando la mayor seguridad
para los usuarios del camino, debiendo instalar los letreros y señales de peligro diurnos y nocturnos, conforme a lo establecido
en la sección 7.205 del MC-V7, durante todo el periodo que duren las faenas. Esta señalización deberá ser retirada
inmediatamente al término de las obras.
El proveedor deberá tomar todas las medidas de seguridad exigidas por el Ministerio de Transportes, e implementar a su
personal con los elementos de protección que exigen las disposiciones vigentes. Se deja establecido que ante la ocurrencia
de cualquier daño o Accidente que se pudiera afectar a la maquinaria, operadores o terceros durante el traslado u operación,
esta será de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria.
9.20. Control de las ET del Material
El adjudicatario deberá contar con Ensayes de Autocontrol, para lo cual deberá contar con los servicios de un laboratorio
particular reconocido por la Dirección de Vialidad, que efectúe los ensayes y certifique que el material adquirido cumpla con
las especificaciones solicitadas. Este certificado debe hacerlo llegar a la Inspección Fiscal durante la provisión del suministro.
No obstante lo anterior, se deja establecido que el Laboratorio de Vialidad, efectuará un muestreo del material una vez
terminado y cubicado el acopio, para lo cual se establece lo siguiente:
a) Se deberá informar oportunamente por parte de la Empresa al Inspector Fiscal y al Jefe de Laboratorio que corresponda,
vía correo electrónico, indicando fecha de término del suministro.
b) El Inspector del Suministro deberá coordinar con el Topógrafo, con el Jefe de Laboratorio que corresponda y con la Empresa
Proveedora, para que realice la medición topográfica y la toma de muestras correspondientes, todo dentro de los siete días
corridos siguientes a la fecha de término del suministro. Para este efecto, y en la fecha acordada, la Empresa Proveedora
deberá tener disponible una máquina excavadora en el lugar del acopio, a objeto de mover el material según lo indique el
personal de Laboratorio, para que ellos tomen muestras desde donde estimen conveniente.
c) El Certificado que emitirá Laboratorio de Vialidad será el documento oficial para la recepción en cuanto al cumplimiento
de las Especificaciones Técnicas del material. d) Este certificado, además de los resultados de los ensayes, deberá establecer
la fecha de emisión, número y fecha de la Resolución de Adjudicación, el ID de la Licitación, fecha de la toma de muestras en
terreno, el nombre y tipo de licencia del laboratorio responsable y nombre y cargo de quien firma dicho Certificado.
e) En caso de incumplimiento de las especificaciones técnicas del material suministrado, según informe del Laboratorio de la
Dirección de Vialidad a la Empresa, se procederá al rechazo del material, lo que será comunicado vía oficio por el Inspector
Fiscal. En este caso, el Proveedor deberá corregir el suministro, para dar cumplimiento a las Especificaciones Técnicas,
estableciéndose para estos efectos un plazo de 10 días corridos desde el oficio de comunicación dado por el Inspector Fiscal,
este plazo será prorrogable por el Inspector Fiscal, en las medidas y por el número de días que la situación lo requiera. Una
vez concluida esta tarea, la empresa deberá presentar la certificación de autocontrol externo correspondiente, informando al
Inspector Fiscal. Esta Certificación será contrastada con nuevos análisis por una única vez que al efecto practique el
Laboratorio de Vialidad.
f) Una vez realizado el Re-Muestreo y si el material granular acopiado no cumple con las Especificaciones Técnicas, la Dirección
de Vialidad se reserva el derecho de ACEPTAR o RECHAZAR la totalidad del material acopiado. En caso de RECHAZO del
material acopiado, el Proveedor deberá retirarlo a su costa. En este caso se harán efectivas las multas descritas en el acápite
“Multas por Incumplimiento de Especificación Técnica” las presentes bases
9.21. Del Control de Cantidad
La unidad de medida será en m3 del material suministrado y acopiado de acuerdo a especificaciones. El sistema de control y
recepción del material pétreo será por medición topográfica, para lo cual la Dirección de Vialidad designará un funcionario
topógrafo, quien para estos efectos deberá realizar lo siguiente:
- Efectuar un levantamiento de la cancha, previo al acopio del material, dejando puntos de referencia para que el proveedor
deposite el material.
- Solicitar a la empresa entregar el acopio en forma de prisma geométrico a objeto de facilitar su medición.
- Una vez informado el término del acopio, procederá a efectuar un nuevo levantamiento para establecer cantidad de material
entregado.
- Entregar al Inspector Fiscal el Informe de cubicación, el que debe contener fecha de emisión, número y fecha de Resolución
de Adjudicación, el ID Licitación, Proveedor, fecha de levantamiento de terreno, dibujos de perfiles o planta de acopio,
volumen obtenido, nombres, profesión y firma del topógrafo y otros antecedentes que consideren relevantes.
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Los controles antes indicados, son independiente de los autocontroles de cantidad que pueda realizar la empresa
proveedora.
9.22. Respaldo Fotográfico
La empresa que se adjudique la adquisición del suministro y acopio de material pétreo, deberá tomar fotografías de remoción
de la cancha de acopio, antes, durante y al término de éste. Se exigirá como mínimo 6 fotografías a color de 12x15 cm., en
tres hojas de papel tamaño oficio, estableciendo el N° de licitación, N° resolución, ubicación del acopio y fecha de la toma
fotográfica. Estos antecedentes deben ser presentados al Inspector, junto al comunicado de término del suministro.
9.23. Facturación Electrónica y Forma de Pago
El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles a contar de la presentación de
la factura, previa recepción conforme de los servicios y/o trabajos solicitados por parte del Inspector Fiscal
y firma de la factura por quien corresponda. Conforme a la Ley N° 20.727, que obliga a los Contribuyentes
a emitir documentos electrónicos, el Ministerio de Obras Públicas está incorporado en la modalidad de
contribuyente electrónico, a contar del 01 de marzo de 2017, operando Bajo esta modalidad como receptor
de Facturas Electrónicas. En Los proveedores en su calidad de emisores de facturas electrónicas al
Ministerio de Obras Públicas, deberán realizar ciertos ajustes en el XML de la Factura, de manera que ésta
refleje el lugar del País donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios. En efecto, las Facturas emitidas
deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago, en donde se
produjo la compra, para una identificación rápida y que el documento se derive automáticamente a los
correos electrónicos que se diseñarán para tal efecto, y contener los siguientes datos:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: O´Higgins s/n Edif. Gob. Provincial Chiloé Comuna: Castro
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CÓDIGO FACTURACIÓN: 1290
9.24 Autorización de Pago a través de Bancos
Los proveedores adjudicados podrán optar digitalmente al trámite “Autorización de pagos a través de Bancos” lo que
permitirá a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, para abonar
a la cuenta bancaria que indiquen, los valores presentados a cobro como proveedor.
Para acceder al trámite los Proveedores deberán dirigirse al siguiente enlace:
https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio
Para lo anterior, deberán identificarse mediante clave única y completar el formulario web.
El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento adjunto a las presentes Bases, ORD. N° 708
de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas, instruye sobre la sobre modalidad de pago
electrónico para pagos a contar del año 2022.
9.25. Recepción Definitiva
Para la Recepción Final de este suministro se designara una comisión de Recepción integrada por el Coordinador Regional
de Suministros o un representante y un funcionario de la provincia), quienes junto al Inspector Fiscal supervisaran en terreno
el trabajo realizado, cumplimiento de Bases Administrativas y Especificaciones y Bases Técnicas; y evaluaran el desempeño
del proveedor asignado una nota dentro de una escala de 1 a 10. Esta Nota quedara estampada en el Informe de Calificación
y en la Hoja de Vida de La respectiva empresa. La Comisión de Recepción será designada en la Resolución de Adjudicación
del suministro.
9.26. Documentos de Respaldo para Pago
El Inspector Fiscal podrá dar Visto Bueno al pago la cancelación del suministro, una vez terminado y recibido por parte de la
Comisión de Recepción, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
- Informe de Término de Suministro.
- Acta de Recepción Definitiva.
- Informe de Calificación del Proveedor.
- Registro Fotográfico.
- Autorización para resguardo del acopio de material desde la fecha de entrega, con autorización Notarial del propietario del
predio debidamente acreditado, señalando expresamente lo siguiente: Que el material pétreo acopiado en su predio es de
propiedad de la Dirección de Vialidad; que se compromete a mantenerlo a buen resguardo por un período de 12 meses en
un sector cerrado; a denunciar cualquier daño que pueda sufrir el material; que la custodia no tendrá ningún costo para la
Dirección de Vialidad; y que puede ser retirado por la Dirección durante el período antes mencionado (numeral 9.18 Del
Acopio de Material).
9.27. Derecho a Variar las Cantidades
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas, de
acuerdo a las necesidades de orden técnico y/o administrativo, sin que esto afecte los precios ofrecidos. En caso de aumento
de plazo, se otorgará aumento proporcional del mismo en caso de proceder.
9.28. Multas por Atrasos
El incumplimiento de los plazos de entrega, se multará con un 2% sobre el valor total del suministro por cada día de atraso,
con un tope del 20% del total del monto ofertado.
9.29. Multas por Incumplimiento de Especificaciones Técnicas
Si el Proveedor no cumple con el plazo establecido en la letra e) del numeral 9.20 (Control de ET del Material) se multará con
un 2 % del valor total del suministro por cada día de atraso, una vez superados los 5 días de multa, contados desde el
vencimiento del plazo de 10 días corridos desde el oficio de comunicación dado por el Inspector Fiscal a que se refiere la
letra e) antes referida, se podrá poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
9.30. Incumplimiento del Contrato
Si el incumplimiento de los plazos de entrega supera los 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento, sin que
exista una fuerza mayor calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se pondrá término al Contrato, haciendo
efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento. Lo mismo procede en caso de incurrir en las causales señaladas en el artículo 77° del
Dto. Hda. N°250 de 2003.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir indemnización por los daños y
perjuicios ocasionados por el incumplimiento imputable al proveedor.
9.31. Solución de Controversias
Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y la Empresa adjudicataria, durante el desarrollo del contrato, será sometida
a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que
correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Sr. Contralor General de la República.
9.32. Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases
de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni
intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen
influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación,
que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar
su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso
licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta
asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que
fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen
directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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2. COMUNÍQUESE, la presente Resolución de acuerdo a lo indicado en distribución y publíquese en
Sistema de Información de Compras Públicas.
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