SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: |
Los eventuales conflictos que se puedan producir entre INAPI y el adjudicatario serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad y comuna de Santiago.
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MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN |
El INAPI podrá, por cualquier causa y hasta antes del vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas, modificar estas bases y/o las técnicas mediante enmienda contenida en una resolución fundada, que será notificada a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl y serán obligatorias para ellos. Si la magnitud de estas enmiendas así lo amerita, dicha resolución procederá a prorrogar el plazo de presentación de las ofertas
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PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
Los proponentes deberán ingresar su propuesta técnica y oferta económica, en el portal www.mercadopublico.cl, según plazo y hora indicada en Anexo N°1.
Los proponentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Si el proponente no ingresara sus ofertas en el portal señalado, INAPI no considerará y/o evaluará la oferta que hubiese presentado por otros medios.
Las propuestas deberán ser presentadas en idioma español.
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD: las ofertas de los proponentes que puedan participar, según el punto 2 de estas Bases, serán declaradas inadmisibles, según el análisisy revisión que efectúe la Comisión Evaluadora establecida en el punto 9 de estas Bases, conforme las causales contempladas en estas Bases, que se resumen a continuación:
1. Por exceder el presupuesto máximo estimado para el período de duración completo, según párrafo cuarto del punto 5.2. de las Bases Administrativas.
2. Por omitir acompañar a su oferta la información sobre experiencia, la oferta económica (anexos Nos. 6 y 7), además de la propuesta técnica, incluyendo la dotación (Anexo Nº 8) o acompañándolas, éstas no cumplen con lo dispuesto en el punto 5 de las bases administrativas, sin perjuicio de la facultad de ser admitidos por errores formales, según se indica en el párrafo cuarto del punto 9.1 y en el punto 11.
3. Por no acompañar la declaración jurada simple, efectuada por el proponente, si es una persona natural (Anexo N° 2) o por el representante legal, si es una persona jurídica, (Anexo N° 3), contemplada en la letra c) del punto 2 de estas Bases.
4. Por ofrecer menos de 3 (tres) técnicos con jornada completa conforme al punto 7 de las Bases Técnicas (Anexo Nº 8).
5. Por no acompañar la garantía de seriedad de la oferta.
6. Cualquier otra causal contemplada en las Bases.
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Visita Técnica |
Se establecen dos días para que se realice una visita técnica voluntaria, en las dependencias del Inapi dado que atendida la naturaleza del servicio que se debe contratar, la asistencia a ésta de los posibles proponentes les permite realizar la formulación de sus ofertas de manera informada, con la finalidad que los posibles oferentes efectúen consultas pertinentes dentro del proceso (a través del foro de la licitación) y puedan preparar su oferta adecuadamente.
A dichas visitas podrá asistirse según el plazo y horas señaladas en el Anexo N° 1
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ACLARACIONES A LOS ANTECEDENTES DEL PROCESO |
Cualquier proponente puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la propuesta, ingresando la consulta al portal www.mercadopublico.cl, desde la fecha de la publicación del presente llamado hasta el plazo y hora indicados en el Anexo N°1.
Todas las consultas generarán respuesta única por parte del Inapi, las que estarán disponibles en el portal, a más tardar en el plazo y hora indicados en el Anexo N°1 incluyendo la descripción de las consultas realizadas sin identificar la fuente.
INAPI podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de las propuestas, modificar los documentos (bases administrativas y técnicas) mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un proponente. Las enmiendas serán notificadas a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl y serán obligatorias para ellos. Si la magnitud de estas enmiendas así lo amerita, se procederá a prorrogar el plazo de presentación de las ofertas.
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ACLARACIONES SOLICITADAS A LOS PROPONENTES |
INAPI podrá solicitar a los oferentes, después de la recepción de las propuestas técnicas, aclaraciones por escrito en el foro provisto para estos efectos sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos, siempre que no alteren el principio de igualdad de los proponentes y de estricta sujeción a las bases. Una vez publicada la consulta el oferente contará con 24 horas corridas para responder. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la licitación pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.
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CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
Los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante a través del Sistema de Información de Compras Públicas, y para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras, o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que sean previstas en las presentes bases, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, durante el curso del proceso
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Conforme lo indicado en el párrafo anterior, Inapi podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal para la presentación de las certificaciones, antecedentes o documentos faltantes será de 24 horas, contados desde el requerimiento informado a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante la aplicación “Solicitud de aclaraciones”, la cual también tendrá por objeto la recepción electrónica de los mismos, salvo que por su naturaleza deba entregarse en papel en cuyo caso deberá entregarse en la forma y lugar que se indique en el requerimiento. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 ya citado.
En estas circunstancias, la entrega de los antecedentes, certificaciones o documentos será calificada según los criterios de evaluación definidos en el numeral 9.2. de las bases
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PUBLICIDAD Y CONFIDENCIALIDAD |
Sin el previo consentimiento de INAPI, el adjudicatario no podrá realizar ninguna publicidad, despacho noticioso, realizar conferencias o charlas de esas materias utilizando el nombre de INAPI, o que su contenido se relacione en cualquier forma con el contrato o con cualquier información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del mismo.
Toda la información y/o cualquier antecedente en general que INAPI entregue o facilite al oferente son de propiedad exclusiva de esta Institución y no podrán ser usados para ningún otro fin que no sea contemplado en el contrato.
La infracción a estas disposiciones podrá significar para el proveedor el término anticipado del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que decida iniciar INAPI
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
En forma previa a la evaluación de las propuestas, una Comisión Evaluadora cuya integración se señala en el párrafo siguiente, efectuará un análisis de admisibilidad de las ofertas, conforme lo establecido en estas Bases y considerando el resumen establecido en el punto 4.1, anterior, mediante el cual comprobará que los postulantes hayan cumplido con los requerimientos formales solicitados en las bases, incluida aquella información que los proveedores deberán considerar como obligatorias, las que corresponden para todos los criterios de evaluación, detallados en el punto 9.2., con el objeto de poder efectuar la evaluación con todos los antecedentes. Por lo tanto, los proponentes serán responsables de suministrar toda la información solicitada y la que estimen pertinente para su adecuada evaluación.
La Comisión Evaluadora será integrada por las Jefaturas, quienes legalmente los subrogue o reemplace y Encargados de las siguientes unidades del Servicio: Subdepartamento de Abastecimiento y Servicios Generales, Subdirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones; un profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones designado por Encargado de la Subdirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones y, un profesional de la Subdirección Jurídica, designado por el Subdirector Jurídico.
La Comisión Evaluadora podrá ser modificada a través de memorando del Jefe de la División de Administración y Finanzas.
La Comisión Evaluadora podrá, a su sólo criterio, admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad de los proponentes.
El resultado del análisis de admisibilidad será comunicado a través del portal www.mercadopublico.cl y se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 33 del Reglamento.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
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