Licitación ID: 833-18-LE17
Adquisición e instalación de un grupo electrógeno
Responsable de esta licitación: COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO, SVS
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
Adquisición e instalación de un grupo electrógeno  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición e instalación de un grupo electrógeno
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Superintendencia llama a presentar ofertas en la licitación pública, para la adquisición e instalación de un grupo electrógeno, que permita entregar continuidad de los servicios eléctricos, para las dependencias de la Institución, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
Unidad de compra:
SVS
R.U.T.:
60.810.000-8
Dirección:
AVDA. L . B. O´HIGGINS 1449 PISO 2° Torre 2
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-10-2017 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-10-2017 10:14:16
Fecha inicio de preguntas: 11-10-2017 9:00:00
Fecha final de preguntas: 16-10-2017 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-10-2017 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-10-2017 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-10-2017 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 14-11-2017 18:43:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Primera Visita técnica obligatoria a las instalaciones 16-10-2017 15:00:00
Segunda Visita técnica obligatoria a las instalaciones 18-10-2017 15:00:00
Recepción Garantía de Seriedad de la Oferta 25-10-2017 16:00:00
Suscripción del contrato y entrega de garantía de fiel y oportuno cumplimiento. 10-11-2017 19:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1-A
2.- Anexo 1-B
3.- Anexo N° 2
4.- Anexo N° 7
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 4
 
2.- Anexo N° 5
 
3.- Anexo N° 6
 
4.- Anexo N° 8
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Valor neto total por la adquisición e instalación Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 35%
2 Certificaciones del grupo electrógeno Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 28%
3 Experiencia del oferente en servicios de instalaci Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 25%
4 Condiciones inclusivas Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 2%
5 Completitud de la oferta Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 5%
6 Plazo de entrega e instalación del grupo electróge Según punto 7.1 Articulo 7 de las Bases Administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto general de la nación
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Nelson Torres Morgado
e-mail de responsable de pago: ntorres@svs.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefe Departamento de Servicios Generales
e-mail de responsable de contrato: caalvarez@svs.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2617-4170
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Superintendencia de Valores y Seguros
Fecha de vencimiento: 20-01-2018
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Según lo descrito en el punto 4.1.3.- Garantía de seriedad de la oferta, del artículo 4.- Contenido de la oferta
Glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-18-LE17”
Forma y oportunidad de restitución: Según lo descrito en el punto 4.1.3.- Garantía de seriedad de la oferta, del artículo 4.- Contenido de la oferta
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Valores y Seguros
Fecha de vencimiento: 16-03-2018
Monto: 5 %
Descripción: Según lo descrito en el apartado "Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato" del punto 12.2.- Condiciones básicas del contrato, del artículo 12.- Del contrato
Glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-18-LE17"
Forma y oportunidad de restitución: Según lo descrito en el apartado "Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato" del punto 12.2.- Condiciones básicas del contrato, del artículo 12.- Del contrato
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según Artículo 10 de las Bases Administrativas
BASES ADMINISTRATIVAS

 

Artículo 1.- Objeto de la licitación

 

La Superintendencia llama a presentar ofertas en la licitación pública, para la adquisición e instalación de un grupo electrógeno, que permita entregar continuidad de los servicios eléctricos, para las dependencias de la Institución, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos.

 

Artículo 2.- Mandante de la licitación

 

El mandante de la licitación es la Superintendencia de Valores y Seguros, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’ Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, representada por su Superintendente.

 

Artículo 3.- Datos básicos de la licitación

 

Etapas

Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Presupuesto

El presupuesto disponible total para la adquisición e instalación es de $ 40.509.265.- (cuarenta millones quinientos nueve mil doscientos sesenta y cinco pesos) incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder.

Participantes

Personas naturales, jurídicas, o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con esta Superintendencia y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

 

Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

 

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

Idioma

Castellano.

Comunicación con la Superintendencia

Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl 

Soporte de documentos

Soporte digital.

Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Funcionario encargado del contrato

Jefe Departamento de Servicios Generales

Funcionario responsable del pago

Jefe División de Finanzas

 

3.1.- Gastos

 

Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la Superintendencia.

 

3.2.- Documentación que rige esta licitación

 

Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:

 

  1. Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;

  2. Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la Superintendencia, a través de la resolución correspondiente;

  3. Respuestas a las preguntas de los oferentes; y

  4. Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Superintendencia.

     

    Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.

     

    3.3.- Modificaciones a las bases

     

    La Superintendencia podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

     

    3.4.- Cronograma de la licitación

     

    El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl

     

N°

Etapa

Plazos (días corridos)

1

Fecha de Publicación de las Bases

Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.

2

Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas

Quince (15) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.

3

Fecha de Recepción Garantía de Seriedad de la Oferta

Dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.

4

Visita técnica obligatoria a las instalaciones

Cuatro (4) días después de haberse publicado las bases, a las 15:00 horas.

Seis (6) días después de haberse publicado las bases, a las 15:00 horas.

5

Fecha de Inicio de Preguntas

Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde la 09:00 horas.

6

Fecha Final de Preguntas

Cinco (5) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 19:00 horas.

7

Fecha Publicación de Respuestas.

Dos (2) días posteriores a la recepción final de las preguntas, hasta las 19:00 horas.

8

Fecha de Acto de Apertura Técnica y Económica.

El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a partir de las 16:05 horas.

9

Fecha de Evaluación de Ofertas.

Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl

10

Fecha de Adjudicación.

Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 19:00 horas.

11

Suscripción del contrato y entrega de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

Dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.

 

Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique lo contrario.

 

Si el día fijado como término de alguno de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.

 

Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

 

3.4.1.- Visitas en terreno (una obligatoria)

 

La Superintendencia con el objeto de otorgar todas las facilidades correspondientes para ofertar y participar de este proceso de licitación, cita a todos los oferentes interesados a dos visitas en terreno para los días y horas fijados en el cronograma de esta licitación.

 

Las visitas serán guiadas por un funcionario del Departamento de Servicios Generales o quien lo reemplace en su oportunidad.

 

Las visitas se iniciarán en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre I, piso 9, Santiago. Se levantará un acta que registrará la fecha y hora de la visita, el nombre del oferente y su RUT, además del nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asista a la visita en su representación. El acta de la visita a terreno será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma. Una vez iniciada la visita, quien no se presente a la hora ya señalada en el cronograma de estas bases, no podrá incorporarse a ella.

 

Todas las consultas e inquietudes que se desprendan de las visitas deberán ser formuladas a través del Portal en la etapa de preguntas indicada en el cronograma de licitación. Las consultas serán respondidas a través del mismo Sistema de Información, en la fecha allí señalada.

 

Cada oferente podrá optar por asistir a las dos visitas programadas o solo a una, según estime conveniente, siendo obligatoria su participación en al menos una. La inasistencia será causal de inadmisibilidad de la oferta.

 

3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas

 

Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la Superintendencia a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.

 

Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.

 

Por su parte, la Superintendencia podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.

 

Artículo 4.- Contenido de la oferta

 

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.

 

La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3 respectivamente.

 

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

 

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

 

4.1.- Antecedentes administrativos

 

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:

 

4.1.1.-  Declaración jurada firmada por el representante legal, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o N° 1-B, según si se trata de una persona jurídica o de una persona natural, respectivamente. En caso que el oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda (persona jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es necesario que sea firmada ante Notario Público.

 

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración. 

 

 

 

4.1.2.-  Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N°2

 

Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de Directorio u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) de la sociedad. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses. 

 

Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Superintendencia, por lo que todos y cada uno de los integrantes de la UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.

 

Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la Superintendencia.

 

Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.

 

El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la misma, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como a las respectivas bases de licitación y el contrato.

 

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la Superintendencia, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

 

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.

 

Asimismo, al momento de contratar, deberán presentar un certificado de vigencia de la persona jurídica de no más de tres meses de antigüedad (otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo o el Ministerio de Economía, en el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659), el que será exigido en caso de ser adjudicado. Este certificado no se requerirá en caso de encontrarse disponible con la antigüedad indicada en www.chileproveedores.cl.

 

En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en el párrafo que precede correspondiente a cada una de las personas jurídicas; junto con lo anterior, para contratar deberán acompañar, el acuerdo en que conste la UTP materializado por escritura pública o privada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

4.1.3.- Garantía de seriedad de la oferta

 

La seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $1.000.000.- (un millón de pesos).

 

La caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista, (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, nominativo a nombre de la Superintendencia de Valores y Seguros, RUT N° 60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-___-LE17” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).

           

En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”.

 

La vigencia del documento no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación y se mantendrá a resguardo en las oficinas del Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, hasta su devolución de conformidad con lo dispuesto en este numeral.

 

Si dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la Superintendencia solicitará al proponente adjudicado, antes de la fecha de su expiración, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, la adjudicación podrá no ser considerada y se le devolverá la garantía de seriedad de la oferta.

 

Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:

 

  1. Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación.

  2. Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la Superintendencia para hacerlo.

  3. No entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo dispuesto en el punto 11 del artículo 3.4 “Cronograma de la licitación”.

  4. Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles.

  5. En los demás casos que las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.

     

    Dicho documento podrá ser entregado en forma física y electrónica. En caso que la caución sea remitida de forma física, se deberá entregar en el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, que se encuentra ubicado en el domicilio del mandante, dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación. El Departamento de Abastecimiento otorgará un recibo donde conste la fecha y hora de entrega de la caución. 

     

    El horario de entrega de la Garantía de Seriedad de Oferta, para los días anteriores al día de cierre de recepción de ofertas será de 09:00 a 13:30 horas y de 14:30 a 17:30 horas. El horario de entrega de la caución señalada durante el día de cierre de la recepción de ofertas, corresponderá al horario estipulado en el cronograma como cierre de recepción de ofertas.

     

    En los casos que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser ingresada por los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas en el ID asociado a este proceso licitatorio.

     

    La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo establecido en el punto 3.4 del numeral 3 de estas Bases Administrativas es obligatoria, por tanto, su no entrega o entrega fuera del plazo señalado implicará la exclusión del oferente respectivo.

     

    Una vez cerrado el período de recepción de ofertas, se revisará que las garantías de seriedad cumplan con lo requerido en las bases administrativas. En caso que un oferente entregue dentro de plazo una garantía que contenga un error en la fecha de vigencia, glosa o en la individualización del beneficiario o tomador, la Superintendencia solicitará que esta sea enmendada en un plazo no superior a 72 horas corridas contadas desde la formulación del reparo a través del Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.

     

    Si la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero, segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, y a los que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente adjudicado.

     

    En caso que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.

    Será de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la oferta.

     

    Para el retiro de las garantías los oferentes deberán dirigirse al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, en horario de 09:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:30 horas, acreditando la persona que retira tener poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.

     

    4.2.- Oferta Técnica

     

    Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:

     

Anexo N° 4

Formulario Oferta Técnica.

Anexo N° 5

Formulario Plazo de entrega (días corridos) e instalación del grupo electrógeno

Anexo N° 6

Formulario Experiencia del oferente

Presentación de propuesta técnica de los servicios

El oferente deberá presentar una propuesta que incluya la descripción del producto y servicio ofertado, cumpliendo con las exigencias de los numerales de las Bases Técnicas de licitación.

Carta Gantt

Presentación de Carta Gantt, que incluya la descripción de etapas y los tiempos asociados, para el cumplimiento en la entrega del producto y su instalación en las dependencias de la SVS.

           

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

 

4.3.- Oferta Económica

 

Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor neto total por la adquisición e instalación de un grupo electrógeno, sin impuesto incluido, en pesos chilenos, que deberá ser ingresada en los formularios definidos en la plataforma de licitaciones de Chilecompra.

 

Además de ingresar la oferta en el Portal de acuerdo al párrafo anterior, el oferente deberá proporcionar la información requerida en el Anexo N° 3 (Oferta Económica) de estas bases, correspondiente a su oferta económica, donde deberá obligatoriamente llenar el campo por el precio total. La completitud del Anexo es de carácter obligatoria, en caso de no presentar toda la información descrita, será causal de inadmisibilidad de la oferta.

 

En caso de producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente al formulario del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 3 de estas bases, se dará preeminencia a los valores que consigne el anexo citado.

 

Se considerarán incluidos en la oferta todos los gastos, incluidos, los de equipamiento, personal, materiales, servicios, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.

 

En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

 

4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas

 

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el punto 3.4 del numeral 2 “Cronograma de la licitación”. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Superintendencia solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas y el reemplazo o ampliación de la vigencia de sus garantías de seriedad de oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.

 

4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas

Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:

 

  1. No presenten cualquiera de los antecedentes indicados en los puntos 4.2 y 4.3, artículo 4.- “Contenido de la oferta”, de estas bases. Exceptuando la presentación de la información del Anexo N° 6.

  2. No completen en su totalidad el Anexo N° 4 “Formulario Oferta Técnica”.  Exceptuando los recuadros de “Observaciones del proveedor” y el numeral 4 “Certificaciones del grupo electrógeno”.

  3. No completen el Anexo N°5 “Formulario Plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno”.

  4. Sobrepasen el presupuesto disponible para la adquisición e instalación del grupo electrógeno.

  5. No se presenten a lo menos a una de las visitas a terreno, según lo indicado en el punto 3.4.1 de estas bases de licitación.

  6. No presenten la garantía de seriedad de la oferta, debidamente completada de acuerdo a lo requerido en el numeral 4.1.3 de estas bases.

  7. La Superintendencia solicite de acuerdo a bases a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.

  8. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.

 

Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes que no presenten en sus ofertas:

 

  • Información contenida en el Anexo N° 6.
  • Información contenida en el Anexo N° 7.
  • Información contenida en el Anexo N° 8.

 

La no presentación de la información antes señalada será evaluada con “0” puntos.

Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.

 

Artículo 5.- De la apertura de las ofertas

 

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de  licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

 

Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

 

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.

 

Esta Superintendencia podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.

 

Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación

                                                                                                                        

La Superintendencia podrá solicitar a través del Portal Mercado Público que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.

 

La Superintendencia podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 48 horas corridas desde la notificación de la Superintendencia para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.

 

Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

Artículo 7.- De la evaluación

 

Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto “Comisión Evaluadora”, analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Superintendente la adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la institución o bien, la comisión podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello. 

 

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros:

 

  1. Carlos Álvarez Quiñinao, Jefe Departamento de Servicios Generales.

  2. Francisco Aliaga Calderón, Coordinador División Tecnologías de Información y Documentación.

  3. Mauricio Letelier Jara, Coordinador de Mantención del Departamento de Servicios Generales.

  4. Isabel Alvarado Avendaño, Jefa Departamento de Abastecimiento.

  5. Iván Garavito Neira, Analista del Departamento de Abastecimiento.

     

    En caso que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución fundada a su reemplazante.

     

    Durante la etapa de evaluación, la Superintendencia podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.

     

    Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.

     

    7.1.- Proceso de evaluación

     

    El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y condiciones sustentables, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.

     

    En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, administrativas, y condiciones sustentables, se utilizarán dos decimales.

     

    En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la Superintendencia el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.

     

    Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.

     

    La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:

     

Criterio

Ponderador por Criterio

I.- Requisitos formales de la oferta:

Completitud de la oferta.

5%

 

II.- Aspecto Económico de la oferta:

 

Valor neto total por la adquisición e instalación del grupo electrógeno.

35%

 

III.- Aspecto Técnico de la oferta:

 

A.

Certificaciones del grupo electrógeno  

28%

B.

Experiencia del oferente en servicios de instalación de grupos electrógenos con potencia superior a 300 KVA

25%

C.

Plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno

5%

IV.- Condiciones inclusivas:

 

Condiciones inclusivas

2%

 

I.- Evaluación Requisitos Formales

                                                                                                                     

Completitud de la oferta.

Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la Superintendencia.

 

La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:

 

Tramos

Puntaje

Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.

100

Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.

75

 

Si la Superintendencia requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera de bases.

En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, condiciones inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

 

II.- Evaluación Oferta Económica

 

Para evaluar este criterio, se utilizará el método de la oferta de menor valor, respecto del valor total bruto por la adquisición e instalación del grupo electrógeno. (Incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder).

 

Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:

 

Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]

 

Dónde:

 

Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.

P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.

P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.

 

Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total disponible para la adquisición e instalación del grupo electrógeno serán declaradas inadmisibles y no continuarán con el proceso de evaluación.

 

III.- Evaluación Oferta Técnica

 

La oferta técnica tendrá que cumplir con los requisitos mínimos señalados en el Anexo N° 4, punto 3.1 “Requisitos mínimos exigidos”.     

 

Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos, detallados en el punto 3.1 del Anexo N° 4, previamente citado, serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.

 

Las propuestas que cumplan con lo solicitado, continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:

 

A.- Certificaciones del grupo electrógeno

 

Para evaluar este criterio, se considerarán para ponderar las ofertas presentadas, algunas de las siguientes certificaciones de tipo medioambiental:

 

  1. BS5000

  2. ISO 8258

  3. ISO 3046

  4. IEC 60034

  5. NEMA MG-1.22

 

Siendo los puntajes por la cantidad de certificaciones válidamente respaldas, los que se indican en la siguiente tabla:

 

Tramos

Puntaje

El grupo electrógeno ofertado cuenta con 5 certificados.

100

El grupo electrógeno ofertado cuenta entre 3 y 4 certificados.

30

El grupo electrógeno ofertado cuenta entre 1 y 2 certificados.

20

El grupo electrógeno ofertado no cuenta con certificados.

0

 

La información deberá ser entregada por cada oferente en el punto 4 del Anexo N° 4. Para efectos de acreditación y otorgamiento de puntaje por cada certificación informada, el oferente deberá adjuntar algún documento o certificado donde conste el cumplimiento de la certificación señalada.

 

En caso de no presentar la información requerida en el punto anterior, se le asignará 0 puntos en este criterio a la oferta del proveedor.

 

B.- Experiencia del oferente en servicios de instalación de grupos electrógenos con potencia superior a 300 KVA

 

Se evaluará de acuerdo a la información requerida en el punto 3 del Anexo N° 6 de estas bases, la cantidad de contratos en servicios de instalación de grupos electrógenos con potencia superior a 300 KVA, correspondiendo presentar la documentación de verificación o comprobación que acredite lo informado.   

 

La verificación se efectuará solo con alguno de los siguientes documentos o antecedentes y deberá estar firmado con no más de 12 años atrás contados desde la fecha de llamado de licitación por medio sistema:

 

-Certificados emanados del cliente a quien se le prestó el respectivo servicio de instalación del grupo electrógeno que en potencia sean superiores a 300 KVA).

-Copia simple del contrato firmado por ambas partes (El contrato debe identificar el tipo de servicio de instalación del grupo electrógeno o mantención de grupos que en potencia sean superiores a 300 KVA).

-Orden de compra (La orden de compra debe identificar el tipo de servicio de instalación del grupo electrógeno).

-Factura por prestación de servicios de instalación de grupo electrógeno (el documento presentado debe describir el servicio realizado).

 

Nota: Para la presentación de Certificados emanados del cliente, el oferente podrá considerar como formato de referencia a utilizar, el Anexo N° 8 de estas bases.

 

En el caso, que el proveedor utilice algún otro formato, este certificado o documento, deberá presentar obligatoriamente descrito los siguientes datos:

 

  1.  Fecha de emisión

  2.  Nombre, RUT y cargo del suscriptor del certificado

  3.  Nombre y RUT de la empresa que representa.

  4.  Nombre y RUT del oferente

  5.  Descripción del servicio de instalación entregado y explicitar que se prestó en forma satisfactoria el servicio prestado.

  6. Fecha de inicio y término de la prestación del servicio.

  7.  Firma del suscriptor del certificado

 

En el caso, que el proveedor presente Certificados emanados del cliente, que no contengan o describan la información, señalada en el punto anterior no serán considerados válidos para los efectos de acreditar y ponderar en este criterio de evaluación, asignándose 0 puntos.

 

La experiencia en el rubro de servicios de instalación de grupo electrógeno se evaluará conforme a la siguiente tabla:

 

Tramos

Puntaje

Más de 10 servicios prestados

100

Entre 6 y 10 servicios prestados

70

Entre 3 y 5 servicios prestados

30

No informa o posee menos de 3 servicios prestados

0

 

Si el oferente presenta otro tipo de experiencia que no esté relacionada a lo descrito en el criterio de evaluación, no se considerará para efectos de evaluación y se le asignará 0 puntos.

 

Finalmente la no presentación de documentos o antecedentes que permitan acreditar la veracidad de lo informado, significará la asignación de 0 puntos en el respectivo criterio.

 

En el caso que el oferente sea una unión temporal de proveedores, los integrantes de dicha unión podrán sumar sus experiencias individuales de acuerdo a la materia exigida para este criterio de evaluación.

C.- Plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno

 

Los oferentes deberán presentar su oferta del plazo de instalación del grupo electrógeno, por medio del Anexo N° 5.

Los rangos serán los siguientes:

 

Tramos

Puntaje

El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno ofertado es menor o igual a 35 días corridos, desde la fecha en la que se suscriba el contrato.

100

El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno es mayor a 35 y menor o igual a 40 días corridos, desde la fecha en la que se suscriba el contrato.

50

El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno es mayor a 40 y menor o igual a 45 días corridos, desde la fecha en la que se suscriba el contrato.

0

 

Cada oferente debe obligatoriamente señalar el plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno en días corridos en el Anexo Nº 5 de estas bases.

El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno será el que haya estipulado en su oferta el proveedor. En caso que el tiempo de entrega no fuese informado, o fuese mayor a 45 días corridos, se declarará inadmisible la oferta del proveedor.

 

El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno, se contará desde la fecha de suscripción del contrato por la Superintendencia y el proveedor adjudicado, y en días corridos.

 

IV.- Evaluación condiciones inclusivas

El proveedor deberá presentar obligatoriamente para validar lo informado en el Anexo N° 7, los antecedentes o documentos, que validen el cumplimiento sobre alguna de las siguientes medidas sustentables presentadas:

  1. Condiciones inclusivas

En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando trabajadores con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas, o contar con el certificado empresa mujer (chileproveedores), de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación:

 

Tramos

Puntaje

Cuenta con tres o más trabajadores con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas, o cuenta con el Certificado Empresa Mujer (Chileproveedores)

100

Cuenta con dos trabajadores con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas.

80

Cuenta con un trabajador con discapacidad, jóven o perteneciente a pueblos indígenas.

50

El oferente no tiene contratado trabajadores discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas, o no informa

0

 

Para efectos de acreditar la contratación de personal con discapacidad, joven o pertenecientes a pueblos indígenas, o Certificado Empresa Mujer (ChileProveedores), se requerirá acompañar los siguientes documentos:

 

Personal con discapacidad:

 

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.

  • Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.

  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

     

    Personal joven:

     

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.

  • Acreditación beneficiario de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.

  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

     

    Personas perteneciente a pueblos indígenas:

     

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.

  • Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.

  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

     

    Certificado Empresa Mujer (ChileProveedores)

     

  • El proveedor debe acompañar el Certificado del Registro de Chileproveedores, donde se comprueba el Certificado Empresa Mujer.

     

    Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información contenida en el Anexo N° 7, se le asignará “0” puntos en este criterio.

     

    Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora

     

    La Comisión Evaluadora emitirá un informe en el plazo establecido en el  cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo en detalle los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación, dará cuenta de la revisión y resultado de toda la documentación provista por el oferente, con indicación de los sitios web y portales que pudieron haber sido consultados.

     

    En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:

                              

  1. Mayor puntaje en el criterio “Valor neto total por la adquisición e instalación del grupo electrógeno”.

  2. Mayor puntaje en el criterio “Certificaciones del grupo electrógeno.

  3. Mayor puntaje en el criterio Experiencia del oferente en servicios de instalación de grupos electrógenos con potencia superior a 300 KVA”.

     

    Artículo 9.- De la adjudicación

     

    La Superintendencia adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.

     

    La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso. 

     

    En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la Superintendencia señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 10 días hábiles para la adjudicación.

     

    En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@svs.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.

     

    Artículo 10.- Readjudicación

     

    La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

     

    La Superintendencia podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.

     

    Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo definido en el cronograma de licitación o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

     

     

    Asimismo procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

     

    Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

     

    De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

     

    Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación

     

    La Superintendencia, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases. 

     

    La Superintendencia, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.

     

    Artículo 12.- Del contrato

     

    De la licitación pública derivará el contratoSERVICIO DE ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE GRUPO ELECTRÓGENO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SVS". El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes; y las ofertas del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.

    Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).

     

    Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.

     

    12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores

     

    Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

     

    En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.

     

    Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien o podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.

     

    Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características esenciales para haber adjudicado la oferta.

     

    Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente para estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

     

    Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.

     

    12.2.- Condiciones básicas del contrato

     

Domicilio de la SVS

Comuna de Santiago.

Subcontratación

Se permite parcialmente.

 

Si el proveedor adjudicado subcontratare parcialmente algunas labores del servicio licitado, deberá informarlo al Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia o indicarlo en su oferta, si correspondiera, con especificación del subcontratista y de la parte de los servicios que se subcontratarán.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 19.886, sin perjuicio de la subcontratación, la responsabilidad del cumplimiento del contrato permanecerá en el proveedor adjudicado.

En este caso, el adjudicatario deberá presentar respecto de su subcontratista las declaraciones juradas en los términos señalados en el artículo 4 de estas bases administrativas y acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de su personal directo como subcontratado.

Cesión de derechos

No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.

Vigencia del contrato

Desde la fecha de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, hasta la recepción conforme de la instalación y uso del grupo electrógeno por parte de la Superintendencia, siendo como fecha máxima para su instalación el día 20 de diciembre del año 2017. 

 

No obstante lo anterior, por razones de buen servicio, la Superintendencia podrá solicitar el inicio del proceso de entrega e instalación del grupo electrógeno, desde la fecha en la que se suscriba el contrato, antes de la formalización de la resolución que apruebe el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.

Plazo para ejecución del contrato

Plazo para la ejecución de esta contratación es de un máximo de 45 días corridos o el plazo menor ofertado por el oferente, contados desde la fecha en que se suscriba el contrato. Con tope el 20 de diciembre del año 2017.

Precio, forma de pago y condiciones de servicio.

El presupuesto disponible total para adquisición e instalación es de $ 40.509.265.- (cuarenta millones quinientos nueve mil doscientos sesenta y cinco pesos) incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder.

 

El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.

 

El precio ofertado tendrá una vigencia igual a la vigencia del contrato.

 

La Superintendencia pagará los servicios adjudicados en una cuota, en pesos chilenos, dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento de cobro; previa certificación de conformidad del servicio prestado emanada del Jefe del Departamento de Servicios Generales, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor adjudicado respecto de su personal directo y subcontratado.

 

En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.

 

 

El proveedor deberá aceptar la orden de compra a través del Portal Mercado Público para poder proceder a la facturación.

 

Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.

 

Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.

 

El proveedor deberá facturar electrónicamente de conformidad al calendario de incorporación a que se refiere la Ley N° 20.727, en cuyo caso deberá, además, remitir dicho documento al correo electrónico abastecimiento@svs.cl.

 

En los demás casos el proveedor adjudicado deberá entregar la factura respectiva, con su correspondiente orden de compra, en la Oficina de Partes dirigida al Departamento de Abastecimiento, de esta Superintendencia, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, horario de 9:00 a 13:30 horas.

 

La Superintendencia podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.

 

En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Normativa, antecedentes y documentos aplicables

El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:



1
. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

 

2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.   

 

3. Aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes.

 

 

4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado –incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.

 

5. La Resolución que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.

Solución de controversias y legislación aplicables

El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago.

Suscripción del contrato

El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el oferente o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.

 

Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la Superintendencia quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva.

 

En este caso, la Superintendencia podrá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.

En este caso, la Superintendencia procederá a la readjudicación de conformidad con las normas establecidas en estas bases.

 

Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl

 

Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.

Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato

El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante un instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), por un monto de 5% del valor total de su oferta y por el que se le adjudique el contrato, con impuesto incluido, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Superintendencia de Valores y Seguros. El documento debe ser tomado en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

 

Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del oferente adjudicado, respecto de su personal directo y subcontratado. 

 

El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días hábiles.

 

Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario.

 

En los casos que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento@svs.cl, dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.

 

La Superintendencia estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna.

 

La garantía será devuelta por la Superintendencia una vez cumplida su vigencia.

 

 

 

 

 

La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-____-LE17 (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).

 

En caso de presentar un vale o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el documento deberá indicar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores y Seguros”. La entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se debe verificar dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación. 

 

De proceder el cobro de esta garantía por las causales establecidas en estas bases de licitación, ésta deberá sustituirse por el proveedor por otra garantía de las mismas características antes de producido el cobro en el Banco o Institución correspondiente.

 

En caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el párrafo que precede, la Superintendencia estará facultada para dar por terminado el contrato.

 

Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo la Superintendencia readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación.

 

El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

Garantía exigida

El Adjudicatario está obligado a entregar un cheque en garantía por un monto equivalente a 300 UF. Este cheque tiene como objetivo cubrir reparaciones en la cabina del ascensor utilizado para el transporte de materiales.

 

Cuando se utilice el ascensor para el transporte de materiales, se verificará por un representante de la Superintendencia, un representante de la comunidad y un representante del adjudicatario su estado antes de proceder al transporte; igual diligencia se realizará una vez que se deje de utilizar, con la finalidad de verificar si se ha producido algún deterioro. Cualquier observación  de la inspección quedara registrada en el libro de obra correspondiente.

 

El cheque en garantía deberá ser extendido nominativo a nombre de la Comunidad StgoDowntown y entregado antes del inicio de los trabajos de instalación del grupo eletrógeno, en el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en el piso 2 torre II, Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449 comuna y ciudad de Santiago.

 

12.3.- Obligaciones y prohibiciones del contratado.

 

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratado deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:

 

  1. Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.

  2. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.

  3. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.

  4. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La Superintendencia podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Inspección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la Superintendencia, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.

  5. Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la Superintendencia.

  6. El adjudicatario, una vez se encuentre notificada la resolución que aprueba el contrato a través del Sistema de Mercado Público, deberá entregar la nómina de sus trabajadores, directos o subcontratados, que participarán en la ejecución del servicio contratado conforme  a los puntos 2 y 3 de las bases técnicas, la cual deberá ser actualizada cuando se desvincule o se incorpore un trabajador, ya sea directo o subcontratado.

     

    12.4.- Responsabilidad

     

    El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases.

     

    Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del proyecto materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

     

    En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.

     

    12.5.- Multas

     

    La Superintendencia aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente acreditados por el proveedor.

     

    12.5.1.- Causales y monto de la multa

     

    1) Días corridos de atraso: Son multas por días corridos de atraso en la entrega e instalación del grupo electrógeno conforme a 45 días corridos de emitida orden de compra. La fecha de entrega, será conforme a la oferta, en caso de no indicarse será de 45 días corridos de la suscripción de contrato. Esta se hará programada y coordinada entre el Departamento de Servicios Generales y el proveedor, considerando lo descrito en el punto 3.1 de las bases técnicas, de acuerdo a lo siguiente:

     

Tramos

Multas

a) Entre 1 a 10 días corridos

0,5 % diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.

b) Entre 11 a 15 días corridos

1 % diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.

c) Más 15 días corridos

2 % diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.

 

Esta multa se aplicará por día de retraso, es decir si el adjudicatario demora 11 días corridos, se aplicará una multa del 5% correspondiente al primer tramo (0,5% por día) más un 1% por el segundo tramo, dando un total de 6% del valor total del proyecto requerido IVA incluido.

 

El tope de multas, será de un 10 % del valor total del contrato (impuesto incluido), sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en caso que el adjudicatario sobrepase el tope de multa establecido durante el período estipulado para la ejecución total de los servicios objeto de esta contratación.

 

 

12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas

 

En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el Jefe del Departamento de Servicios Generales deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:

 

1.- Identificación del adjudicatario;

2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;

3.- Responsable por parte del adjudicatario;

4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;

5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;

6.- Monto de la multa; y

7.- Firma del Jefe del Departamento de Servicios Generales.

 

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando el incumplimiento verificado, los hechos que lo constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

 

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 13:30 horas.

 

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de aplicación de multas.

 

La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en  horario de 9:00 a 13:30 horas.

 

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

 

12.5.3.- Pago de las multas

 

El monto de la multa será rebajado del pago más próximo que se deba efectuar al adjudicatario o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.

 

Artículo 13.- Modificación del contrato

 

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

 

Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

 

Las modificaciones no podrán afectar el precio ofertado por el proveedor.

 

La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.

 

Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad

 

El adjudicatario y su personal, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia o de la propia Superintendencia, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

 

Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos,  contratistas y subcontratistas del adjudicatario, que deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.

 

Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la Superintendencia, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos se le entregará al adjudicatario un ejemplar de dicha política, en lo que sea pertinente, al momento de suscribir el contrato.

 

Artículo 15.- Imposiciones Legales y Previsionales

 

El proveedor adjudicado deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre remuneraciones, imposiciones y seguros, en relación con el personal asignado a la entrega de los servicios contratados.

 

Asimismo, estará obligado a entregar a la Superintendencia, todos los antecedentes que ésta le requiera en cumplimiento del mandato impuesto en el punto anterior. Este requisito podrá ser exigible a la presentación de cada factura.

 

El proveedor adjudicado será el único responsable de su personal, por toda obligación de orden contractual, laboral y previsional, incluyendo las retenciones establecidas en la Ley de Impuesto a la Renta, sobre remuneraciones.

 

Para todos los efectos legales, incluso seguros de accidentes o de cualquier otra clase, el proveedor adjudicado deberá declarar ser exclusivo empleador del personal que destine directa o indirectamente al cumplimiento de las obligaciones que le impone la ejecución del servicio, sin intervención ni responsabilidad alguna para la Superintendencia, puesta que ésta no habrá de tener, ni tendrá, vínculo laboral ni jurídico alguno con tales trabajadores.

 

En caso de hacerse efectiva sobre la Superintendencia, por sentencia judicial firme, cualquier responsabilidad laboral o previsional del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, este deberá reembolsarle a la Superintendencia las sumas que se hubiesen pagado, sea judicial o extrajudicialmente, quedando facultada desde ya la Superintendencia, para deducir dicho reembolso de cualquier suma que deba pagar o restituir el proveedor adjudicado.

 

El proveedor adjudicado estará especialmente obligado a cumplir fielmente las disposiciones de la Inspección del Trabajo, de las Leyes sobre Medicina Preventiva y Curativa, sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y, en general, toda Legislación Laboral, Social y Previsional vigente o que se dicte en el futuro sobre esas materias.

 

Cualquier responsabilidad del proveedor adjudicado que tenga como causa la infracción de los citados cuerpos legales, podrá ser cubierta con la garantía de fiel cumplimiento.

 

La Superintendencia no tendrá responsabilidad legal respecto a estas posibles infracciones por parte del proveedor adjudicado. No obstante lo anterior, si la Superintendencia se ve obligada a pagar alguna suma en razón de lo antes expresado, el proveedor adjudicado se obliga a reembolsársela de inmediato, sin perjuicio de lo cual autoriza desde ya a la Superintendencia para descontar el valor de lo pagado de cualquier suma de dinero a cuyo pago tenga derecho el proveedor adjudicado en virtud del contrato. 

 

Artículo 16.- Término del contrato

 

16.1.- Término normal

 

El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.

 

16.2.- Término anticipado del contrato

 

De acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, entre otras, por las siguientes causales:

 

  1. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes;

  2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante;

  3. Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso;

  4. Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra;

  5. Por causa de interés público;

  6. Por exigirlo la seguridad nacional;

  7. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;

  8. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;

  9. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;

  10. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;

  11. Disolución de la UTP; y

  12. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

     

    Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la Superintendencia podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.

     

    Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratista las siguientes, que serán certificadas por el Jefe del Departamento de Servicios Generales.

     

  1. Si a juicio de la Superintendencia, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.

  2. Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.

  3. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases.

  4. Por exceder el tope de multa establecido en el punto 12.5.1.- de estas bases.

  5. La cesión del contrato en los casos no autorizados expresamente por una ley.

  6. El incumplimiento de la obligación contenida en el artículo 14 de estas bases, referente a la confidencialidad y políticas de seguridad.

     

    El término anticipado del contrato será dispuesto por la Superintendencia a través de una resolución fundada, previo informe del Jefe del Departamento de Servicios Generales, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

     

    La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el contratado.

     

    En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.

     

    En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el Jefe del Departamento de Servicios Generales, deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:

     

    1.- Identificación del adjudicatario;

    2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato; 

    3.- Responsable por parte del adjudicatario;

    4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;

    5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y

    6.- Firma del Jefe del Departamento de Servicios Generales.

     

    Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

     

    Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

     

    Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

     

    Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de término de contrato.

     

    La Resolución que disponga el término de contrato se notificará en el domicilio indicado por el proveedor en el contrato, personalmente o por carta certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.

     

    Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

     

     

BASES TÉCNICAS
1.- Introducción Las dependencias de la Superintendencia de Valores y Seguros se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, pisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Torre I y piso 2 de la Torre II, comuna y ciudad de Santiago. En razón de su crecimiento en las instalaciones eléctricas, bajo la habilitación de nuevos puntos de trabajo por la entrada en vigencia de la Comisión para el Mercado Financiero, y con la finalidad de asegurar el suministro eléctrico, ante eventos de urgencia o cortes, se ha determinado la necesidad, de optimizar el consumo y uso de la energía eléctrica. Sobre la descripción entregada, la Superintendencia se ha visto en la necesidad de adquirir e instalar un grupo electrógeno, que permita entregar mayor autonomía a los servicios que soporta. 2.- Descripción del producto a adquirirse y servicios de instalación a contratarse 2.1.- Producto a adquirirse Grupo electrógeno de 100KVA Prime – 400V, 50 HZ, el que deberá incluir un mantenedor de batería, calefactor de refrigerante, silenciador en el interior de la cabina, flexible acople silenciador motor, con gabinete insonorizado, con estanque en la base. A continuación se presenta de manera ilustrativa el generador eléctrico requerido por la SVS: 2.1.1.- Características técnicas del producto El producto ofertado, deberá cumplir obligatoriamente las siguientes especificaciones técnicas: A) Grupo electrógeno diésel Valores de salida Modelo de grupo electrógeno - Trifásico Continua Emergencia 380/220 V, 50 Hz 100,0 kVA 80,0 kW 110,0 kVA 88,0 kW 220/127V, 60 Hz 113,0 kVA 90,4 kW 125,0 kVA 100,0 kW Datos técnicos Marca y modelo del motor referencial: Perkins 1104C-44TAG2* Modelo de alternador referencial: GTA 202AS36 Panel de control referencial: PowerWizard 1.1 Bancada: Acero fabricado de gran resistencia Tipo de interruptor: 3 polos MCCB Frecuencia: 50 Hz 60 Hz Velocidad del motor: RPM 1500 1800 Capacidad del depósito de combustible: l (US gal) 218 (57,6) Consumo de combustible, Continua: l/h (US gal/h) (carga 100%) 22,2 (5,9) 26,1 (6,9) Consumo de combustible, Emergencia: l/h (US gal/h) (carga 100%) 24,5 (6,5) 29,3 (7,7) * Solo corresponde a la referencia de modelo, en relación, a las especificaciones técnicas del producto requerido. Nota: Las características técnicas son referenciales y se aceptará equivalente técnico o superior a lo especificado B) Motor Datos físicos Fabricante referencial o equivalente técnico: Perkins Modelo: 1104C-44TAG2 N.º de cilindros/alineación: 4 / En línea Ciclo: 4 tiempo Inducción: Turbocargado y refrigerado aire/aire Método de enfriamiento: Agua Tipo de regulador: Electrónic Clase de regulador: ISO 8528 G2 Relación de compresión: 18,3:1 Cilindrada: l (cu.in) 4,4 (268,5) Diámetro/carrera: mm (in) 105,0 (4,1)/127,0 (5,0) Momento de inercia: kg m² (lb. in²) 1,51 (5160) Sistema eléctrico del motor: - Tensión/tierra: 12/ Negativo - Amperios del cargador de baterías: 65 Peso kg (lb) - En seco: 500 (1102) - En húmedo: 520 (1146) Sistema de lubricación Tipo de filtro de aceite: De giro, flujo total Capacidad total de aceite: l (US gal) 8,0 (2,1) Capacidad del cárter: l (US gal) 7,0 (1,8) Tipo de aceite: API CC/SE Método de refrigeración del aceite: Agua Rendimiento 50 Hz Velocidad del motor: rpm 1500 Potencia bruta del motor: kW (CV) - Emergencia: 103,0 (138,0) - Continua: 93,6 (126,0) BMEP (presión efectiva media al freno): kPa (psi) - Emergencia: 1873,0 (271,7) - Continua: 1702,0 (246,9) Potencia de regeneración: kW 8,2 Sistema de aire 50 Hz Tipo de filtro de aire: Elemento sustituible Flujo de aire de combustión m³/min (cfm) - Emergencia: 6,3 (221) - Continua: 6,0 (212) Restricción máx. en admisión del aire de combustión: kPa (en H2O) 8,0 (32,1) Flujo del aire de refrigeración del radiador: m³/min (cfm) 187,8 (6632) Restricción externa en el caudal del aire de refrigeración Pa (en H2O) 125 (0,5) Sistema de combustible Tipo de filtro de combustible: Elemento sustituible Combustible Diésel clase A2 o BSEN590 recomendado: Consumo de combustible l/h (US gal/h) Continua: 110% Carga 100% Carga 75% Carga 50% Carga 50 Hz 24,5 (6,5) 22,2 (5,9) 16,8 (4,4) 11,9 (3,1) Emergencia: 50 Hz 24,5 (6,5) 18,4 (4,9) 12,9 (3,4) (basado en combustible diésel con un peso específico de 0,85 y conforme a BS2869, clase A2) Sistema de refrigeración 50 Hz Capacidad del sistema de refrigeración: l (US gal) 17,5 (4,6) Tipo de bomba de agua: Centrífugo Calor disipado en el agua y aceite lubricante: kW (Btu/min) - Emergencia: 50,7 (2883) - Continua: 46,1 (2622) Radiación de calor a la sala: Radiación de calor desde el motor y el alternador kW (Btu/min) - Emergencia: 18,2 (1035) - Continua: 15,7 Consumo del ventilador del radiador: kW (CV) 2,8 (3,8) Sistema de refrigeración diseñado para funcionar en condiciones ambientales de hasta 50 °C (122 °F). Sistema de escape 50 Hz Tipo de silenciador: Industrial Modelo y cantidad de silenciadores: EXSY1 (1) Caída de presión en el sistema silenciador: kPa (en Hg) 0,22 (0,066) Nivel de reducción de ruido del silenciador: dB 15 Máxima contrapresión permitida: kPa (in. Hg) 18,0 (5,3) Caudal de gases de escape: m³/min (cfm) - Emergencia: 16,3 (576) - Continua: 15,2 (537) Temperatura de gases de escape: °C (°F) -Emergencia: 543 (1009) - Continua: 514 (957) C) Alternador Prestaciones del alternador Datos 50 Hz 380/220V Capacidad de arranque del motor* kVA - - 317 - Capacidad de cortocircuito % - - 300 - Reactancias: Por unidad Xd - - 2,230 - X'd - - 0,117 - X''d - - 0,093 - Las reactancias mostradas se aplican a valores de potencia continua. * Basado en un 30% de caída de tensión con factor de potencia del 0,6. Datos técnicos del alternador Datos físicos del alternador Fabricado para Olympian equivalente técnico o superior: OLYMPIAN Modelo: GTA 202AS36 N.º de cojinetes: 1 Clase de aislamiento: H Código de paso del devanado: 2/3 - NA Cables: 12 Índice de protección contra entrada de elementos: IP21 Sistema de excitación: AUX COIL Modelo de AVR: WRGA-01 Datos de funcionamiento del alternador Sobrevelocidad: rpm 2250 Regulación de la tensión: (estado estable) +/- 0,5% Forma de onda NEMA = TIF: 50 Forma de onda IEC = THF: 2,0% Contenido total de armónicos LL/LN: 5,0% Radiointerferencia: Supresión conforme a la norma europea EN61000-6 Calor radiado: kW (Btu/min) - 50 Hz: 10,7 (608) Datos técnicos de tensión 50 Hz Continua Emergencia kVA kW kVA kW 380/220V 100,0 80,0 110,0 88,0 Dimensiones y pesos Pesos: kg (lb) En seco = con aceite lubricante 1065 (2348) Con líquidos=con aceite lubricante y refrigerante 1083 (2388) Combustible, aceite lubricante y refrigerante 1268 (2795) Dimensiones: mm (in) Longitud 1980 (78,0) Anchura 890 (35,0) Altura 1376 (54,2) *Imagen ilustrativa de dimensiones D) Transferencia automática CTG La transferencia automática deberá reunir las siguientes características: El interruptor de transferencia será equivalente técnico o superior al de la serie CTG de Caterpillar y deberá está pre configurado para aplicaciones que requieren la confiabilidad y facilidad de operación que se encuentran en un conmutador de transferencia de tipo de contactor de potencia. Los conmutadores CTG están equipados con el panel de microprocesador mx150 de próxima generación que controla el funcionamiento y muestra el estado de los temporizadores de posición del conmutador de transferencia y las fuentes disponibles como un controlador digital incorporado, el mx150 ofrece gran fiabilidad y facilidad de operación desatendida en una amplia gama de aplicaciones. CARACTERISTICAS ● Calibraciones de 40 a 3000 amperios (2, 3 ó 4 polos) ● UL 1008 enumerado en 480 VAC ● Certificado CSA a 600 VCA (200-225 amp - 480 V) ● IEC listado a 480 V ● Mecanismo de contacto doblemente enclavado mecánicamente ● Accionamiento eléctrico, mecánico ● Diseñado para aplicaciones de emergencia y en espera ● Disponible en modelos de transición abierta estándar (CTG) ● Inmunidad de onda de timbre según IEEE 472 (ANSI C37.90A) ● Emisiones conducidas y radiadas por EN55022 Clase B (CISPR 11) (Supera la norma EN55011 & MILSTD 461 Clase 3) ● Prueba de inmunidad ESD según EN61000-4-2 (Nivel 4) ● Prueba de inmunidad de campo electromagnético, RF RF, según EN61000-4-3 (ENV50140) 10v / m ● Ensayo de inmunidad eléctrica rápida / burst Según EN61000-4-4 ● Prueba de inmunidad a las sobretensiones según EN61000-4-5 IEEE C62.41 (1.2 X 50 ms, 5 y 8 kV) ● Prueba de inmunidad conducida según EN61000-4-6 (ENV50141) ● Dips de tensión e inmunidad de interrupción EN61000-4-11 ● Conformidad sísmica con IEEE-693-2005 Y IBC-2003 E) Información monitoreo. El sistema de monitoreo que incluirá el grupo generador estará compuesto por: COMPONENTES / DESCRIPCIÓN Transmisión de datos GPRS Red Celular (Entel, Movistar)/Renovación Anual Plataforma de visualización Plweb Soporte Nivel 3 /Soporte EMS / Plan Not Ready To Run(NRTR) El PL 641 es un sistema que incluirá una radio para transmisión de datos a través de red GPRS. La plataforma que se usará será visualización en PLweb. El acceso no tendrá límite de usuarios y a través de este se podrán revisar todos los códigos eléctricos del equipo (falla, evento), estado del equipo (funcionando, detenido, no listo para arrancar). Será posible programar alertas de aviso que llegan a la cuenta de correo deseada. La plataforma está disponible 24/7. Deberá existir la posibilidad de un soporte, con el cual la empresa se comunicará con el usuario, enviando avisos oportunos ante anomalías que requieran atención. Además será necesario se considere la comunicación vía correo para entregar reporte “Not Ready to Run” donde se informará que le ocurre con el equipo junto a recomendaciones básicas para evaluar y solucionar el problema. Este servicio estará disponible de lunes a viernes en horario de oficina. F) Capsula insonorizada Deberá proveerse una solución insonorizada, que sea compatible con el modelo y las características del grupo electrógeno ofertado, permitiendo asegurar el cumplimiento de 50 dBA a un metro de distancia. Para lo cual se presenta la siguiente tabla de características técnicas: 50 Hz 15 m (49 ft) 7 m (23 ft) 1 m (3.3 ft) 75% carga 100% carga 75% carga 100% carga 75% carga 100% carga Principal 65 65 71 72 81 82 Standby 66 66 72 72 81 82 DEFINICIONES Valores de potencia del modelo de emergencia Estos valores se deben aplicar para el suministro de energía eléctrica continua (a potencia variable) en caso de un fallo de la compañía eléctrica. No se permite una sobrecarga sobre estos valores. El alternador de este modelo está dimensionado para el valor máximo continuo (como se define en la ISO 8528-3). Valores de potencia continúa Estos valores se deben aplicar para el suministro de energía eléctrica continua (a potencia variable) en lugar de la red. No debe existir limitación en las horas anuales de funcionamiento y este modelo debe poder ofrecer el 10% de la sobrecarga de 1 hora cada 12 horas. Condiciones de referencia estándar Nota: Las condiciones de referencia estándar son una temperatura de entrada del aire de 25° C (77 °F), a 100 metros (328 ft) sobre el nivel del mar y con un 30 % de humedad relativa. Datos de consumo de combustible a plena carga, con combustible diésel y c según la BS2869, clase A2. 2.1.2.- Garantía del producto adquirido El producto deberá tener una garantía de al menos cuatro años con un máximo de 500 horas anuales, contadas desde la firma del Acta de Recepción conforme de la Instalación del grupo electrógeno, al momento de efectuar la entrega técnica del generador eléctrico. La garantía deberá cubrir los daños por manipulación o trabajos relacionados con el desarme, armado, montaje, traslado de cualquier sistema anexo que aloje el suministro. 2.2.- Servicio de instalación Los servicios requeridos a continuación, son de carácter obligatorio, dentro de la etapa de instalación del grupo electrógeno, es por ello, que en el caso que en su oferta el proveedor, no señale su cumplimiento, su oferta será considerada inadmisible dentro del proceso de licitación. Los servicios de instalación y aquellos necesarios para dar cumplimiento, en el uso del producto descrito en el punto 2.1.- Producto a adquirirse, serán de carácter obligatorios para el proveedor adjudicado, siendo los siguientes: 1. Se deberá realizar un estudio de los trabajos a realizarse en el edificio de la SVS, ubicado en Av. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre I, Comuna de Santiago. Con respecto al montaje y el izamiento del grupo generador hasta la azotea del piso 14 de la torre señalada. 2. Diseño y cálculo de estructura metálica para posicionamiento del grupo electrógeno, en la azotea del piso 14. 3. La Superintendencia pondrá a disposición del proveedor adjudicado la información requerida, para la verificación de los cálculos estructurales, para proyectar la plataforma adecuada para el peso del grupo electrógeno. Dicha información, será entregada al proveedor, al momento de la suscripción del contrato. 4. Se deberá considerar la fabricación de estructura metálica en azotea del piso 14 de la Torre I, de la Comunidad Santiago Downtown. Debiendo considerar para ello, los trabajos de cálculo para el diseño y puntos de anclaje requeridos para el correcto montaje del grupo electrógeno. 5. Se deberá considerar el traslado del grupo electrógeno hasta la azotea el piso 14 de la Torre I, de la Comunidad Santiago Downtown, lugar donde deberá encontrarse el funcionamiento operativo de la solución. 6. Se deberá considerar el arriendo de grúa pluma de 220 toneladas, la cual se deberá ubicar en Calle San Martin. Debiendo para ello, considerar la disponibilidad de 3 camiones de contrapesos y una grúa de 40 toneladas, adicionales para apoyar el armado de la grúa principal de 220 toneladas. 7. Se deberán realizar los trámites y pago de permisos municipales y vecinales, para la realización de las maniobras componentes del levantamiento del grupo electrógeno. Lo cual deberá realizarse en horario no hábil, el cual será determinado por Departamento de Transito de la Municipalidad de Santiago. 8. Instalación de placas de acero y tablones en ubicación de estabilizadores de Grúa Pluma, con la finalidad de evitar daños vía pública. 9. Se deberá realizar el izaje del equipo en la ubicación proyectada, sobre estructura metálica a construir. 10. Se deberá realizar el montaje de tablero de transferencia automática en sector sala eléctrica del piso 14, Torre I. Para el cual, deberá considerar la siguiente información: a. Tendido de Alimentador de Fuerza en tramo GE - TTA, en cable del tipo Powerflex RV-K. de 4 x 70 mm. + 1 x 50 mm. ( 1 x fase + 1 x neutro + 1 x tierra de protección) b. Tendido de Alimentador de Fuerza para tramo RED – TTA. desde Tablero General ubicado en piso 12° hasta Tablero de Transferencia Automática. c. Tendido de Alimentador de Fuerza para tramo CARGAS – TTA., desde Tablero de Transferencia Automática hasta Tablero General piso 12. d. Tendido de alimentación de 220 V. para servicios auxiliares de equipo desde TTA hasta panel de control de equipo. e. Tendido de Cableado de Control entre TTA y panel de Equipo en cordón multiconductor de 7 x 1,5 mm. f. Tendido de Cableado de Comunicación entre Panel de Equipo y punto de Red ubicado en piso de Sala de Computación. g. Se deberá considerar en esta instalación la reconfiguración de todo el conexionado y desconexión de la UPS de 20 kVA. existente en piso de Sala de Computación, la cual respalda línea de emergencia hacia Aire Acondicionado de sala. Además de la interacción de esta al nuevo sistema de emergencia, que actuará en paralelo, y en el siguiente orden. Primero ante una ausencia de energía entra la UPS, seguido y con los parámetros estables entra el grupo electrógeno. 3.- Características de la contratación Para el diseño y presentación de la propuesta ya adjudicada se deben considerar los siguientes antecedentes: - Bases Técnicas. - Planos de planta (incluidas elevaciones) y planos técnicos (archivo CAD). 3.1.- Plazo de ejecución y control de acceso a las dependencias El plazo máximo para la ejecución de esta contratación es de un máximo de 45 días corridos, con fecha tope impostergable al 20 de diciembre del año 2017, que podrá variar según disponibilidad de los permisos municipales y que no sean responsabilidad directa del adjudicatario. Lo cual al encontrarse tramitado y validado por parte del adjudicatario, será informado con una semana de anticipación, vía correo electrónico a la Jefatura del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia, el que podrá aprobar según disponibilidad de los recintos. Además, se deberá considerar el Reglamento Interno de la comunidad StgoDowntown. El adjudicatario deberá entregar la nómina de sus trabajadores, directos o, que participaran en la entrega del servicio de instalación. Este listado se remitirá a más tardar hasta las 12:00 horas del tercer día notificado mediante el Portal de Mercado Público. Este listado deberá remitirse a través de correo electrónico dirigido a la Jefatura del Departamento de Servicios Generales. El listado deberá contener el nombre completo, RUN y cargo a desempeñar por sus trabajadores, directos o subcontratados. Si dicho correo no es enviado con la información requerida, no se autorizará el ingreso del proveedor ni de sus trabajadores. Esta nómina deberá ser actualizada cada vez que se desvincule o se incorpore un nuevo trabajador, ya sea directo o subcontratado. La ejecución del servicio respectivo deberá realizarse por personal identificado con el nombre y/o logo del adjudicatario. Además, este personal deberá portar su cédula de identidad, la que será solicitada al ingreso a las instalaciones de la Superintendencia, donde se cotejará con el listado de las personas autorizadas a ingresar. Si se corrobora que no se encuentra en el listado enviado por el proveedor adjudicado, la persona no podrá entrar a estas dependencias. 3.2.- Programa de trabajo o Carta Gantt El proveedor debe incluir en su oferta técnica una Carta Gantt, la cual contenga un programa detallado de los trabajos e hitos, expresado en unidades de tiempo diario, con una descripción mínima de acuerdo al detalle de partidas presentada en la oferta para efecto de los controles de plazos y avances del proceso de entrega e instalación. El programa detallado de los servicios antes mencionado, deberá ser aprobado al momento de la suscripción del contrato, por la Jefatura del Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia. De no ser aprobado en la forma originalmente presentado, podrá ser corregido y presentado nuevamente a más tardar dentro de las 48 horas siguientes, contadas desde el momento que haya sido notificado vía correo electrónico el proveedor por parte de la Superintendencia, de la solicitud de revisión del programa. Finalizado cada uno de los trabajos detallados en el punto 2.2 de las presentes bases técnicas el adjudicatario deberá entregar una orden de trabajo, para la recepción conforme del Departamento de Servicios Generales, en la cual detalle al menos la fecha de inicio, fecha de entrega y trabajos realizados. 3.3.- Seguridad en la ejecución Será obligación del adjudicatario adoptar todas las medidas de seguridad necesarias durante la ejecución de los trabajos que se realicen y hasta la recepción por parte de la Superintendencia, de acuerdo a la normativa legal vigente sobre la materia. Todas las medidas de seguridad adoptadas deberán ser informadas al Departamento de Servicios Generales al inicio de los trabajos de instalación. Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, el adjudicatario deberá proveer y exigir el uso a su personal, propio o subcontratado, de todos los elementos de seguridad y personal necesarios para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. La Superintendencia podrá disponer de sus instalaciones, tales como: baños, comedores y guardarropía para todos ellos, según las indicaciones establecidas por el Decreto 594, de 2000, del Ministerio de Salud, y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Será obligatorio el uso de todo elemento de seguridad y protección personal en la realización de las faenas, los que deberán ajustarse a la normativa legal vigente y serán de uso obligatorio, tanto para los trabajadores como profesionales y visitantes. El incumplimiento de las medidas de seguridad, será causal suficiente para paralizar de inmediato los trabajos, los que se reanudarán una vez que se cumplan las respectivas medidas de seguridad. En este caso, los plazos de entrega de los trabajos no se modificarán. Se deja expresamente establecido que el adjudicatario es el único responsable frente a los accidentes del trabajo que pudiese sufrir su personal, directo o subcontratado. Será obligación del adjudicatario mantener un encargado en terreno. Dicho encargado deberá velar por el correcto desarrollo de los trabajos, a la vez de mantener y verificar el total y permanente cumplimiento por parte del personal del adjudicatario, propio o subcontratado. El proveedor deberá, además, cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley N° 16.744, y sus modificaciones, sobre de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a que estuviere obligado respecto de su personal, propio o subcontratado. En caso de producirse un accidente durante la ejecución de los trabajos, al interior de las dependencias de la Superintendencia, será obligación del adjudicatario, emitir un informe que será proporcionado al Jefe de Departamento de Servicios Generales, al día siguiente de ocurridos los hechos. 3.4.- Documentación a entregar en la etapa de instalación Se deberán entregar en forma escrita los procedimientos que se realizarán en cada etapa que comprenda la instalación del grupo electrógeno, que se refiere el punto 2.2 de estas bases técnicas (alcance del servicio), con sus respectivos protocolos de entrega de cada etapa. La documentación deberá ser entregada por parte del proveedor a la Superintendencia, al momento de la suscripción del contrato. 3.5.- Documentación final Terminada la instalación del grupo electrógeno, el adjudicatario deberá entregar los siguientes documentos: a) Manual: El proveedor deberá diseñar y entregar un manual completo de operación y mantención del sistema instalado, el cual deberá contener una descripción del funcionamiento y operación individual e integral del sistema. b) Capacitación: Dentro de los 5 días transcurridos en la etapa de instalación del grupo electrógeno, el adjudicatario deberá considerar un plazo para la capacitación al personal del sistema instalado; dicha capacitación deberá tener una duración mínima de seis horas, para 6 personas de la Superintendencia.