Artículo 1.- Objeto de la licitación
La Superintendencia llama a
presentar ofertas en la licitación pública, para la adquisición e instalación de un grupo electrógeno, que permita entregar
continuidad de los servicios eléctricos, para las dependencias de la
Institución, de acuerdo a
las características que se han definido en las presentes bases administrativas,
bases técnicas y anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación
El mandante de la licitación
es la Superintendencia de Valores y Seguros, cuyo domicilio es Avenida
Libertador Bernardo O’ Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de
Santiago, representada por su Superintendente.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación
Etapas
|
Una (apertura
de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través
del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
|
Presupuesto
|
El
presupuesto disponible total para la adquisición e instalación es de $ 40.509.265.- (cuarenta millones
quinientos nueve mil doscientos sesenta y cinco pesos) incluidos
todos los impuestos que pudieran corresponder.
|
Participantes
|
Personas naturales, jurídicas, o uniones temporales de proveedores, en
adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N°
250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o
más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el
documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes
respecto de todas las obligaciones que se generen con esta Superintendencia y
el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá
adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para
participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes
referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no
hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales
establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de
los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar
los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada
integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos
presentar esta declaración.
|
Cómputo de
los plazos
|
Todos los
plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se
indique que los plazos son de días hábiles.
|
Idioma
|
Castellano.
|
Comunicación
con la Superintendencia
|
Exclusivamente
a través del Portal www.mercadopublico.cl
|
Soporte de documentos
|
Soporte
digital.
Excepcionalmente
se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por
estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
|
Funcionario
encargado del contrato
|
Jefe Departamento de
Servicios Generales
|
Funcionario
responsable del pago
|
Jefe División de Finanzas
|
3.1.- Gastos
Los gastos en que incurran los
oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin
derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la Superintendencia.
3.2.- Documentación que rige esta licitación
Esta licitación se rige por lo
previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de
2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se
indican, los que en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a
las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
-
Bases administrativas,
técnicas y anexos de la licitación;
-
Modificaciones a las bases
que, eventualmente, podrá hacer la Superintendencia, a través de la resolución
correspondiente;
-
Respuestas a las preguntas de
los oferentes; y
-
Aclaraciones a las ofertas que
hayan sido solicitadas por la Superintendencia.
Los interesados en conocer los
documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado
Público.
3.3.- Modificaciones a las bases
La Superintendencia podrá
modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por
iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los
oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas
modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en
el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar
prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera
de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales
modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación
El siguiente cronograma
presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación
pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las
bases en el Portal www.mercadopublico.cl
N°
|
Etapa
|
Plazos (días corridos)
|
1
|
Fecha de Publicación de las Bases
|
Día uno (1). Una vez que se encuentre
totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.
|
2
|
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
|
Quince (15) días posteriores a la fecha de
publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
|
3
|
Fecha de Recepción Garantía de Seriedad de la Oferta
|
Dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de
publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
|
4
|
Visita técnica obligatoria a las instalaciones
|
Cuatro (4) días después de haberse publicado
las bases, a las 15:00 horas.
Seis (6) días después de haberse publicado las
bases, a las 15:00 horas.
|
5
|
Fecha de Inicio de Preguntas
|
Un (1) día después de haberse publicado las
bases, desde la 09:00 horas.
|
6
|
Fecha Final de Preguntas
|
Cinco (5) días posteriores al inicio de las
preguntas, hasta las 19:00 horas.
|
7
|
Fecha Publicación de Respuestas.
|
Dos (2) días posteriores a la recepción final
de las preguntas, hasta las 19:00 horas.
|
8
|
Fecha de Acto de Apertura Técnica y Económica.
|
El mismo día de la fecha de cierre de
recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
a partir de las 16:05 horas.
|
9
|
Fecha de Evaluación de Ofertas.
|
Dentro de los diez (10) días posteriores a la
fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
|
10
|
Fecha de Adjudicación.
|
Dentro de los diez (10) días posteriores a la
fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 19:00 horas.
|
11
|
Suscripción del contrato y entrega de garantía
de fiel y oportuno cumplimiento.
|
Dentro de los cinco (5) días contados desde la
fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
|
Los plazos de días
establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique
lo contrario.
Si el día fijado como
término de alguno de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado,
domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día
hábil siguiente.
Con todo, el plazo de
cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un
día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.4.1.-
Visitas en terreno (una obligatoria)
La Superintendencia con el objeto
de otorgar todas las facilidades correspondientes para ofertar y participar de
este proceso de licitación, cita a todos los oferentes interesados a dos
visitas en terreno para los días y horas fijados en el cronograma de esta
licitación.
Las visitas serán guiadas por un
funcionario del Departamento de Servicios Generales o quien lo reemplace en su
oportunidad.
Las visitas se iniciarán en
Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre I, piso 9, Santiago. Se
levantará un acta que registrará la fecha y hora de la visita, el nombre del
oferente y su RUT, además del nombre, cédula de identidad y firma de la persona
que asista a la visita en su representación. El acta de la visita a terreno
será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma. Una vez iniciada
la visita, quien no se presente a la hora ya señalada en el cronograma de estas
bases, no podrá incorporarse a ella.
Todas las consultas e inquietudes
que se desprendan de las visitas deberán ser formuladas a través del Portal en
la etapa de preguntas indicada en el cronograma de licitación. Las consultas
serán respondidas a través del mismo Sistema de Información, en la fecha allí
señalada.
Cada oferente podrá optar por asistir a las dos visitas programadas o solo
a una, según estime conveniente, siendo obligatoria su participación en al
menos una. La inasistencia será causal de inadmisibilidad de la oferta.
3.5.-
Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas
Toda consulta o pregunta por
parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán
formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período
comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de
éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas
por la Superintendencia a todos
los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán
como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas
formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una
modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el
respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la Superintendencia
podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases
técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que
serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de
dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado
Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las
mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.
La oferta se compone de los
antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica,
según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3 respectivamente.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo
en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para
esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases
administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de
la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que
manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni
condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes
administrativos
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en
formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas,
los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada firmada por el representante legal, de
acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o
N° 1-B, según si se trata de una
persona jurídica o de una persona natural, respectivamente. En caso que el
oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la
declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda (persona
jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es
necesario que sea firmada ante Notario Público.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada
integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o
jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
4.1.2.- Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N°2
Los
oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una
copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una
copia de escritura, acta de Directorio u otro instrumento público en el que
conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) de la sociedad. Si se
trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública
inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica
el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades
Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para
acreditar la personería del representante, emitidos con una antelación no
superior a seis meses.
Los
oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo
anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para
participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de
los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas
las obligaciones que se generen con la Superintendencia, por lo que todos y
cada uno de los integrantes de la UTP serán individualmente responsables
respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo
contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir
cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los
integrantes de la UTP.
Asimismo,
deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con
poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el
otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes
ante la Superintendencia.
Además, el acuerdo de
constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el
tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida
la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El
acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales
que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento
de la misma, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras
y su Reglamento, así como a las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda
modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la
Superintendencia, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio.
Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe
materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su
constitución.
Los
oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de
Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos
documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho
Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
Asimismo,
al momento de contratar, deberán
presentar un certificado de vigencia de la persona jurídica de no más de
tres meses de antigüedad (otorgado por el Conservador de Bienes Raíces
respectivo o el Ministerio de Economía, en el caso de sociedades constituidas
al amparo de la Ley N° 20.659), el que será exigido en caso de ser
adjudicado. Este certificado no se requerirá en caso de encontrarse disponible
con la antigüedad indicada en www.chileproveedores.cl.
En
caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o
más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los
documentos aludidos en el párrafo que precede correspondiente a cada una de las
personas jurídicas; junto con lo anterior, para contratar deberán acompañar, el
acuerdo en que conste la UTP materializado por escritura pública o privada, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004,
del Ministerio de Hacienda.
4.1.3.- Garantía de seriedad de
la oferta
La
seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $1.000.000.-
(un millón de pesos).
La
caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y
efectiva, de
ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser
pagadero a la vista, (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir,
entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista
o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que
se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca
establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a
las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras,
nominativo a nombre de la Superintendencia de Valores y Seguros, RUT N°
60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 833-___-LE17”
(que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la
adquisición o ID”).
En
caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier
instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad
de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la
“Superintendencia de Valores y Seguros”.
La
vigencia del documento no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde
la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación y se
mantendrá a resguardo en las oficinas del Departamento de Abastecimiento de la
Superintendencia, hasta su devolución de conformidad con lo dispuesto en este
numeral.
Si
dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la Superintendencia
solicitará al proponente adjudicado, antes de la fecha de su expiración, la
renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo
hiciere, la adjudicación podrá no ser considerada y se le devolverá la garantía
de seriedad de la oferta.
Esta
garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:
-
Retira su oferta dentro del plazo
de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación.
-
Si siéndole adjudicada la
licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el
contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la
Superintendencia para hacerlo.
-
No entregare la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo dispuesto en el punto 11
del artículo 3.4 “Cronograma de la licitación”.
-
Presenta antecedentes
inconsistentes o no verosímiles.
-
En los demás casos que las
presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.
Dicho
documento podrá ser entregado en forma física y electrónica. En caso que la
caución sea remitida de forma física, se deberá entregar en el Departamento de
Abastecimiento de la Superintendencia, que se encuentra ubicado en el domicilio
del mandante, dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación. El
Departamento de Abastecimiento otorgará un recibo donde conste la fecha y hora
de entrega de la caución.
El
horario de entrega de la Garantía de Seriedad de Oferta, para los días
anteriores al día de cierre de recepción de ofertas será de 09:00 a 13:30 horas
y de 14:30 a 17:30 horas. El horario de entrega de la caución señalada durante
el día de cierre de la recepción de ofertas, corresponderá al horario
estipulado en el cronograma como cierre de recepción de ofertas.
En
los casos que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos
Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La
garantía en formato electrónico deberá ser ingresada por los oferentes a través
del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción
de las ofertas en el ID asociado a este proceso licitatorio.
La entrega física o electrónica
de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo establecido en el punto
3.4 del numeral 3 de estas Bases Administrativas es obligatoria, por tanto, su
no entrega o entrega fuera del plazo señalado implicará la exclusión del
oferente respectivo.
Una
vez cerrado el período de recepción de ofertas, se revisará que las garantías de
seriedad cumplan con lo requerido en las bases administrativas. En caso que un
oferente entregue dentro de plazo una garantía que contenga un error en la
fecha de vigencia, glosa o en la individualización del beneficiario o tomador,
la Superintendencia solicitará que esta sea enmendada en un plazo no superior a
72 horas corridas contadas desde la formulación del reparo a través del Sistema
de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
Si
la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la
oferta a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero,
segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días
corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, y a los
que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la
escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de
dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente
adjudicado.
En
caso que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía
de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación,
dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal
www.mercadopublico.cl de la resolución que declara
desierta la licitación.
Será
de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la
oferta.
Para
el retiro de las garantías los oferentes deberán dirigirse al Departamento de
Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo
O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, en horario de
09:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:30 horas, acreditando la persona que retira tener
poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el
oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.
4.2.- Oferta Técnica
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en
formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas,
los siguientes documentos:
Anexo
N° 4
|
Formulario Oferta Técnica.
|
Anexo
N° 5
|
Formulario
Plazo de entrega (días corridos) e instalación del grupo electrógeno
|
Anexo
N° 6
|
Formulario
Experiencia del oferente
|
Presentación de propuesta técnica de los
servicios
|
El
oferente deberá presentar una propuesta que incluya la descripción del
producto y servicio ofertado, cumpliendo con las exigencias de los numerales
de las Bases Técnicas de licitación.
|
Carta Gantt
|
Presentación de Carta Gantt, que incluya la descripción de etapas y
los tiempos asociados, para el cumplimiento en la entrega del producto y su
instalación en las dependencias de la SVS.
|
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo
en archivos adicionales.
4.3.- Oferta Económica
Los oferentes ingresarán a través del Portal
Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de
las ofertas, el valor neto total por la
adquisición e instalación de un grupo electrógeno, sin impuesto incluido, en
pesos chilenos, que deberá ser ingresada en los formularios definidos en la
plataforma de licitaciones de Chilecompra.
Además de
ingresar la oferta en el Portal de acuerdo al párrafo anterior, el oferente
deberá proporcionar la información requerida en el Anexo N° 3 (Oferta
Económica) de estas bases, correspondiente a su oferta económica, donde deberá
obligatoriamente llenar el campo por el precio total. La completitud del Anexo
es de carácter obligatoria, en caso de no presentar toda la información
descrita, será causal de inadmisibilidad de la oferta.
En caso de producirse diferencias entre los valores ingresados por el
oferente al formulario del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo
N° 3 de estas bases, se dará preeminencia a los valores que consigne el anexo
citado.
Se considerarán incluidos en la
oferta todos
los gastos, incluidos, los de equipamiento, personal, materiales, servicios, permisos,
derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el
cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él y el fiel cumplimiento de las
obligaciones contractuales.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo
en archivos adicionales.
4.4.- Plazo de
vigencia de las ofertas
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90
días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas
dispuesta en el punto 3.4 del numeral 2 “Cronograma de la licitación”. Si
dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Superintendencia
solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de
sus ofertas y el reemplazo o ampliación de la vigencia de sus garantías de
seriedad de oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será
considerada.
4.5.- Inadmisibilidad de las
ofertas
Las ofertas presentadas por los oferentes serán
declaradas inadmisibles cuando:
-
No presenten cualquiera de los antecedentes
indicados en los puntos 4.2 y 4.3, artículo 4.- “Contenido de la oferta”, de
estas bases. Exceptuando la presentación de la información del Anexo N° 6.
-
No completen en su totalidad el Anexo N° 4 “Formulario
Oferta Técnica”. Exceptuando los
recuadros de “Observaciones del proveedor” y el numeral 4 “Certificaciones del
grupo electrógeno”.
-
No completen el Anexo N°5 “Formulario Plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno”.
-
Sobrepasen el presupuesto disponible para la
adquisición e instalación del grupo electrógeno.
-
No se presenten a lo menos a una de las visitas
a terreno, según lo indicado en el punto 3.4.1 de estas bases de licitación.
-
No presenten la garantía de seriedad de la
oferta, debidamente completada de acuerdo a lo requerido en el numeral 4.1.3 de
estas bases.
-
La Superintendencia solicite de acuerdo a
bases a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u
omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la
oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
-
En general, por no haber dado cumplimiento a
las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes
que no presenten en sus ofertas:
- Información contenida en el
Anexo N° 6.
- Información contenida en el
Anexo N° 7.
- Información contenida en el
Anexo N° 8.
La no presentación de la
información antes señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se
estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del
artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el
cronograma de licitación, en un solo
acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas
siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse
a través del Sistema de Información.
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
Esta Superintendencia podrá
efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera
del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de
Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada
por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente
certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho
Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las
ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días
hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad,
para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o
antecedentes durante la evaluación
La Superintendencia podrá solicitar a través del Portal Mercado Público que
los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de
los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto
de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La Superintendencia podrá también permitir la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta
y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas
y el período de evaluación.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes,
se les otorgará a los oferentes un plazo de 48 horas corridas desde la
notificación de la Superintendencia para salvar los errores u omisiones
formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o
certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre
elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes
administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación
Una Comisión
de Evaluación nombrada para tal efecto “Comisión Evaluadora”, analizará y
evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo
señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Superintendente la
adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje,
atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que
constituye la oferta más conveniente para los intereses de la institución o
bien, la comisión podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los
fundamentos para ello.
La Comisión
Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la
Superintendencia de Valores y Seguros:
-
Carlos Álvarez Quiñinao, Jefe Departamento de
Servicios Generales.
-
Francisco Aliaga Calderón, Coordinador División
Tecnologías de Información y Documentación.
-
Mauricio Letelier Jara, Coordinador de Mantención del
Departamento de Servicios Generales.
-
Isabel Alvarado Avendaño, Jefa Departamento de
Abastecimiento.
-
Iván Garavito Neira, Analista del Departamento de
Abastecimiento.
En caso que
alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por
impedimento debidamente justificado, se designará por resolución fundada a su
reemplazante.
Durante la
etapa de evaluación, la Superintendencia podrá verificar todos aquellos
antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta
evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los
medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Los miembros
de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los
oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
7.1.- Proceso de evaluación
El proceso
de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos,
requisitos formales, y condiciones sustentables, debiendo cada uno de los
componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le
asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los
cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las
operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas
técnicas, económicas, administrativas, y condiciones sustentables, se
utilizarán dos decimales.
En caso de
tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la
Superintendencia el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se
produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además,
en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la
licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus
integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante
la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP,
que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la
oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de
la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de
evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los
siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Nº
|
Criterio
|
Ponderador por
Criterio
|
I.- Requisitos formales de la oferta:
|
|
Completitud de la oferta.
|
5%
|
|
II.- Aspecto Económico
de la oferta:
|
|
|
Valor neto total por
la adquisición e instalación del grupo electrógeno.
|
35%
|
|
III.- Aspecto Técnico
de la oferta:
|
|
A.
|
Certificaciones del grupo electrógeno
|
28%
|
B.
|
Experiencia del oferente en servicios de instalación de grupos
electrógenos con potencia superior a 300 KVA
|
25%
|
C.
|
Plazo de entrega e instalación del grupo
electrógeno
|
5%
|
|
IV.- Condiciones inclusivas:
|
|
Condiciones inclusivas
|
2%
|
I.- Evaluación Requisitos Formales
Completitud de la oferta.
Este criterio
está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en
cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones
requeridas por la Superintendencia.
La asignación de puntaje se
efectuará de acuerdo a lo siguiente:
Tramos
|
Puntaje
|
Presentó en
tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es
necesario solicitar información ni documentos omitidos.
|
100
|
Se solicita
información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.
|
75
|
Si la Superintendencia requiere antecedentes o certificaciones omitidos en
la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará
fuera de bases.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por
la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta
técnica, económica, condiciones inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes
administrativos.
II.- Evaluación Oferta Económica
Para evaluar este criterio, se utilizará el método de la oferta de menor
valor, respecto del valor total bruto por
la adquisición e instalación del grupo electrógeno. (Incluidos todos los impuestos
que pudieran corresponder).
Se asignará
100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará
el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje
oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje
oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i):
Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El
menor precio ofertado por los oferentes.
Las ofertas
que sobrepasen el presupuesto total disponible para la adquisición
e instalación del grupo electrógeno serán declaradas inadmisibles y no
continuarán con el proceso de evaluación.
III.-
Evaluación Oferta Técnica
La oferta
técnica tendrá que cumplir con los requisitos mínimos señalados en el Anexo N° 4, punto 3.1 “Requisitos mínimos exigidos”.
Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos
exigidos, detallados en el punto 3.1 del Anexo N° 4, previamente citado, serán
declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
Las
propuestas que cumplan con lo solicitado, continuarán en el proceso de
licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y
puntajes que a continuación se indican:
A.- Certificaciones del grupo electrógeno
Para evaluar
este criterio, se considerarán para ponderar las ofertas presentadas, algunas
de las siguientes certificaciones de tipo medioambiental:
-
BS5000
-
ISO
8258
-
ISO
3046
-
IEC
60034
-
NEMA
MG-1.22
Siendo los puntajes
por la cantidad de certificaciones válidamente respaldas, los que se indican en
la siguiente tabla:
Tramos
|
Puntaje
|
El grupo electrógeno
ofertado cuenta con 5 certificados.
|
100
|
El grupo electrógeno
ofertado cuenta entre 3 y 4 certificados.
|
30
|
El grupo electrógeno
ofertado cuenta entre 1 y 2 certificados.
|
20
|
El grupo
electrógeno ofertado no cuenta con certificados.
|
0
|
La información deberá ser entregada por cada oferente
en el punto 4 del Anexo N° 4. Para efectos de acreditación y otorgamiento de
puntaje por cada certificación informada, el oferente deberá adjuntar algún
documento o certificado donde conste el cumplimiento de la certificación señalada.
En caso de
no presentar la información requerida en el punto anterior, se le asignará 0
puntos en este criterio a la oferta del proveedor.
B.- Experiencia
del oferente en servicios de instalación de grupos electrógenos con potencia
superior a 300 KVA
Se evaluará
de acuerdo a la información requerida en el punto 3 del Anexo N° 6 de estas
bases, la cantidad de contratos en servicios de instalación de grupos
electrógenos con potencia superior a 300 KVA, correspondiendo presentar la
documentación de verificación o comprobación que acredite lo informado.
La
verificación se efectuará solo con alguno de los siguientes documentos o
antecedentes y deberá estar firmado con no más de 12 años atrás contados desde
la fecha de llamado de licitación por medio sistema:
-Certificados emanados del cliente
a quien se le prestó el respectivo servicio de instalación del grupo
electrógeno que en potencia sean superiores a 300 KVA).
-Copia
simple del contrato firmado por ambas partes (El contrato debe identificar el
tipo de servicio de instalación del grupo electrógeno o mantención de grupos que
en potencia sean superiores a 300 KVA).
-Orden de compra (La orden de
compra debe identificar el tipo de servicio de instalación del grupo electrógeno).
-Factura por
prestación de servicios de instalación de grupo electrógeno (el documento
presentado debe describir el servicio realizado).
Nota:
Para la presentación de Certificados emanados del cliente, el oferente podrá
considerar como formato de referencia a utilizar, el Anexo N° 8 de estas bases.
En el caso, que el proveedor
utilice algún otro formato, este certificado o documento, deberá presentar
obligatoriamente descrito los siguientes datos:
-
Fecha de emisión
-
Nombre, RUT y cargo del suscriptor del
certificado
-
Nombre y RUT de la empresa que representa.
-
Nombre y RUT del oferente
-
Descripción
del servicio de instalación entregado y explicitar que se prestó en forma
satisfactoria el servicio prestado.
-
Fecha de inicio y término de la prestación
del servicio.
-
Firma del suscriptor del certificado
En
el caso, que el proveedor presente Certificados emanados del cliente, que no contengan
o describan la información, señalada en el punto anterior no serán considerados
válidos para los efectos de acreditar y ponderar en este criterio de
evaluación, asignándose 0 puntos.
La experiencia
en el rubro de servicios
de instalación de grupo electrógeno se evaluará conforme a la siguiente tabla:
Tramos
|
Puntaje
|
Más
de 10 servicios prestados
|
100
|
Entre
6 y 10 servicios prestados
|
70
|
Entre 3 y 5 servicios prestados
|
30
|
No
informa o posee menos de 3 servicios prestados
|
0
|
Si el oferente presenta otro tipo
de experiencia que no esté relacionada a lo descrito en el criterio de
evaluación, no se considerará para efectos de evaluación y se le asignará 0
puntos.
Finalmente la no presentación de
documentos o antecedentes que permitan acreditar la veracidad de lo informado, significará la asignación de 0
puntos en el respectivo criterio.
En el caso que
el oferente sea una unión temporal de proveedores, los integrantes de dicha
unión podrán sumar sus experiencias individuales de acuerdo a la materia
exigida para este criterio de evaluación.
C.- Plazo
de entrega e instalación del grupo electrógeno
Los
oferentes deberán presentar su oferta del plazo de instalación del grupo
electrógeno, por medio del Anexo N° 5.
Los rangos serán los siguientes:
Tramos
|
Puntaje
|
El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno
ofertado es menor o igual a 35 días corridos, desde la fecha en la que se
suscriba el contrato.
|
100
|
El plazo de entrega e instalación del grupo
electrógeno es mayor a 35 y menor o igual a 40 días corridos, desde la fecha
en la que se suscriba el contrato.
|
50
|
El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno
es mayor a 40 y menor o igual a 45 días corridos, desde la fecha en la que se
suscriba el contrato.
|
0
|
Cada oferente debe obligatoriamente señalar el plazo
de entrega e instalación del grupo electrógeno en días corridos en el Anexo Nº 5
de estas bases.
El plazo de entrega e instalación del grupo electrógeno
será el que haya estipulado en su oferta el proveedor. En caso que el tiempo de
entrega no fuese informado, o fuese mayor a 45 días corridos, se declarará
inadmisible la oferta del proveedor.
El plazo de entrega e instalación del grupo
electrógeno, se contará desde la fecha de suscripción del contrato por la Superintendencia
y el proveedor adjudicado, y en días corridos.
IV.- Evaluación condiciones inclusivas
El proveedor deberá presentar obligatoriamente
para validar lo informado en el Anexo N° 7, los antecedentes o documentos, que
validen el cumplimiento sobre alguna de las siguientes medidas sustentables
presentadas:
-
Condiciones inclusivas
En este
criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando
trabajadores con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas, o
contar con el certificado empresa mujer (chileproveedores), de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se
indican a continuación:
Tramos
|
Puntaje
|
Cuenta con
tres o más trabajadores con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas,
o cuenta con el Certificado Empresa Mujer (Chileproveedores)
|
100
|
Cuenta con
dos trabajadores
con discapacidad, jóvenes o pertenecientes a pueblos indígenas.
|
80
|
Cuenta con
un trabajador con discapacidad, jóven o perteneciente a pueblos indígenas.
|
50
|
El
oferente no tiene contratado trabajadores discapacidad, jóvenes o
pertenecientes a pueblos indígenas, o no informa
|
0
|
Para efectos de
acreditar la contratación de personal con discapacidad, joven o pertenecientes
a pueblos indígenas, o Certificado Empresa Mujer (ChileProveedores), se
requerirá acompañar los siguientes documentos:
Personal con discapacidad:
-
La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos
directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta,
según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá
haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación
efectuado en el Portal de Compras Públicas.
-
Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro
Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
-
Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para
acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente
señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de
cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a
licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un
certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales)
donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal joven:
-
La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos
directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la
oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato
deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación
efectuado en el Portal de Compras Públicas.
-
Acreditación beneficiario de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de
cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
-
Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para
acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente
señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de
cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a
licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un
certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales)
donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personas perteneciente a pueblos indígenas:
-
La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos
directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la
oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato
deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación
efectuado en el Portal de Compras Públicas.
-
Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por
CONADI.
-
Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para
acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente
señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de
cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a
licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un
certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales)
donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Certificado
Empresa Mujer (ChileProveedores)
-
El proveedor
debe acompañar el Certificado del Registro de Chileproveedores, donde se
comprueba el Certificado Empresa Mujer.
Si el oferente no adjuntare en el
Portal de Compras Públicas la información contenida en el Anexo N° 7, se le
asignará “0” puntos en este criterio.
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora emitirá un informe en
el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar
suscrito por todos los integrantes de la Comisión. Este informe deberá
contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación,
indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo en detalle
los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas
todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado. Adicionalmente, la
Comisión de Evaluación, dará cuenta de la revisión y resultado de toda la
documentación provista por el oferente, con indicación de los sitios web y
portales que pudieron haber sido consultados.
En caso de
producirse empate entre dos o más
oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma
sucesiva las siguientes reglas de desempate:
-
Mayor puntaje en el criterio “Valor neto total por la adquisición e
instalación del grupo electrógeno”.
-
Mayor puntaje en el criterio “Certificaciones del grupo electrógeno”.
-
Mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente en servicios de
instalación de grupos electrógenos con potencia superior a 300 KVA”.
Artículo 9.- De la adjudicación
La Superintendencia adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje
de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases,
mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del
proceso.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo
establecido, la Superintendencia señalará en el Portal Mercado Público las
razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 10 días hábiles
para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de
la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico
dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la
adjudicación, a la dirección abastecimiento@svs.cl. Las consultas efectuadas serán
respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y
junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la
licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación
La presente licitación
contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo
41, inciso final, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Superintendencia podrá
readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de
60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original,
dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado
Público.
Procederá la readjudicación en
caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo
definido en el cronograma de licitación o se verifique alguna otra causal
establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse
constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la
Comisión Evaluadora.
Asimismo procederá la
readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo
4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de
la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una
UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del
artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de
5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato
adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos
fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su
intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente
mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de
sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si
la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la
UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más
características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin
efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor
evaluado.
De estas circunstancias deberá
dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos
efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta
la licitación
La Superintendencia, mediante
resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de
las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones
establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen
certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases.
La Superintendencia, mediante
resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se
presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la
Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
Artículo 12.- Del contrato
De la licitación pública derivará el contrato “SERVICIO DE
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE GRUPO ELECTRÓGENO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SVS". El contrato se regirá por las normas de la
Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las
aclaraciones a las bases
entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta
de los proponentes; y las ofertas del proveedor, en todo
aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el
oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del
artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la
Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que
deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo
1-B).
Las causales de inhabilidad para contratar
afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores
Para la suscripción del
contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el
Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
“ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación
Pública.
En caso que el adjudicatario o
los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán
inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación
de la adjudicación respectiva.
Cuando el oferente adjudicado
no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare
inhábil en Chileproveedores, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la
adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las
presentes bases o bien o podrá declarar desierta la licitación, según
corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se
inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se
encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el
integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la
UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede
conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya
retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características esenciales
para haber adjudicado la oferta.
Asimismo, si durante la ejecución del
contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad
sobreviniente para estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se
encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el
integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del
contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre
que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante
que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más
características objeto de la evaluación de la oferta.
Para efectos de estos dos últimos
párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo
de 10 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato
Domicilio de la SVS
|
Comuna
de Santiago.
|
Subcontratación
|
Se
permite parcialmente.
Si el proveedor adjudicado subcontratare
parcialmente algunas labores del servicio licitado, deberá informarlo al
Departamento de Servicios Generales de la Superintendencia o indicarlo en su
oferta, si correspondiera, con especificación del subcontratista y de la
parte de los servicios que se subcontratarán.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 76 del
Reglamento de la Ley N° 19.886, sin perjuicio de la subcontratación, la
responsabilidad del cumplimiento del contrato permanecerá en el proveedor
adjudicado.
En este caso, el adjudicatario deberá presentar
respecto de su subcontratista las declaraciones juradas en los términos
señalados en el artículo 4 de estas bases administrativas y acreditar el
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de su personal
directo como subcontratado.
|
Cesión de derechos
|
No se
permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.
|
Vigencia del contrato
|
Desde la fecha de la total tramitación de la
resolución que aprueba el contrato, hasta la recepción conforme de la
instalación y uso del grupo electrógeno por parte de la Superintendencia,
siendo como fecha máxima para su instalación el día 20 de diciembre del año
2017.
No obstante lo anterior, por razones de buen
servicio, la Superintendencia podrá solicitar el inicio del proceso de
entrega e instalación del grupo electrógeno, desde la fecha en la que se
suscriba el contrato, antes de la formalización de la resolución que apruebe
el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una
vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
|
Plazo para ejecución del contrato
|
Plazo para la ejecución de esta contratación es
de un máximo de 45 días corridos o el plazo menor ofertado por el oferente,
contados desde la fecha en que se suscriba el contrato. Con tope el 20 de
diciembre del año 2017.
|
Precio, forma de pago y condiciones de
servicio.
|
El
presupuesto disponible total para adquisición e instalación es de $ 40.509.265.- (cuarenta millones quinientos
nueve mil doscientos sesenta y cinco pesos) incluidos todos los impuestos
que pudieran corresponder.
El precio
total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para
que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
El precio ofertado tendrá una
vigencia igual a la vigencia del contrato.
La Superintendencia pagará los
servicios adjudicados en una cuota, en pesos chilenos, dentro de los 30 días
corridos contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento de
cobro; previa certificación de conformidad del servicio prestado emanada del
Jefe del Departamento de Servicios Generales, y previa acreditación del
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor adjudicado
respecto de su personal directo y subcontratado.
En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará
respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra a través
del Portal Mercado Público para poder proceder a la facturación.
Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se
suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto
administrativo que aprueba el contrato respectivo.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros
períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que
exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas
en estas bases para ello.
El proveedor deberá
facturar electrónicamente de conformidad al calendario de incorporación a que
se refiere la Ley N° 20.727, en cuyo caso deberá, además, remitir dicho
documento al correo electrónico abastecimiento@svs.cl.
En los demás casos el proveedor
adjudicado deberá entregar la factura respectiva, con su correspondiente
orden de compra, en la Oficina de Partes dirigida al Departamento de
Abastecimiento, de esta Superintendencia, ubicada en Avenida Libertador
Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, horario de 9:00 a 13:30 horas.
La
Superintendencia podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a
Copia de la Factura.
En el evento que el
adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses.
|
Normativa, antecedentes y documentos
aplicables
|
El
contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado
por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes
antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases
técnicas y sus anexos.
2.
El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras
Públicas www.mercadopublico.cl.
3.
Aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con
motivo de alguna consulta de los oferentes.
4.
La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente
adjudicado –incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los
antecedentes señalados en los números anteriores.
5. La Resolución que resuelva el proceso
licitatorio adjudicando los servicios.
|
Solución de controversias y legislación
aplicables
|
El contrato se regirá por las leyes chilenas y en
el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las
partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de
justicia de la ciudad de Santiago.
|
Suscripción del contrato
|
El
respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que
deberá remitirlos firmados por el oferente o su representante legal o
apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma
de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la
Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449,
torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.
Si por cualquier causa imputable al
adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las
presentes bases, la Superintendencia quedará facultada para dejar sin efecto
la adjudicación respectiva.
En este caso, la
Superintendencia podrá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde
la fecha de adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que
reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.
En
este caso, la Superintendencia procederá a la readjudicación de conformidad
con las normas establecidas en estas bases.
Una
vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria
serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la
formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
|
Garantía
fiel y oportuno cumplimiento del contrato
|
El
adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de
cualquier obligación derivada del contrato, mediante un instrumento
financiero que asegure
el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y
ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán
consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista,
depósitos a la vista o certificados de fianza), por un monto de 5%
del valor total de su oferta y por el que se le adjudique el contrato, con
impuesto incluido, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o
consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la
Superintendencia de Valores y Seguros. El documento debe ser tomado en un Banco o Institución de
Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región
Metropolitana y sujetos a las normas de la Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras.
Esta
garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales
con los trabajadores del oferente adjudicado, respecto de su personal directo
y subcontratado.
El
plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días
hábiles.
Dicha
garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso
de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación
emanada del mismo por parte del adjudicatario.
En los casos
que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos
Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma.
La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente
adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento@svs.cl, dentro del plazo dispuesto en
el cronograma de la licitación.
La
Superintendencia estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción
judicial alguna.
La
garantía será devuelta por la Superintendencia una vez cumplida su vigencia.
La
garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza fiel y oportuno cumplimiento contrato licitación ID 833-____-LE17 (que corresponde al
número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la
adquisición o ID”).
En caso de presentar un vale o
depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a
éstos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el
documento deberá indicar como beneficiario a la “Superintendencia de Valores
y Seguros”. La
entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se debe
verificar dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación.
De proceder el cobro de esta garantía por las
causales establecidas en estas bases de licitación, ésta deberá sustituirse
por el proveedor por otra garantía de las mismas características antes de
producido el cobro en el Banco o Institución correspondiente.
En
caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el
párrafo que precede, la Superintendencia estará facultada para dar por
terminado el contrato.
Si el
adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la
adjudicación, pudiendo la Superintendencia readjudicar la licitación y
suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o
bien, declarar desierta la licitación.
El oferente readjudicado, deberá cumplir con la
entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de la documentación
correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de los cinco (5) días
hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal
Mercado Público www.mercadopublico.cl.
|
Garantía
exigida
|
El
Adjudicatario está obligado a entregar un cheque en garantía por un monto
equivalente a 300 UF. Este cheque tiene como objetivo cubrir reparaciones en
la cabina del ascensor utilizado para el transporte de materiales.
Cuando
se utilice el ascensor para el transporte de materiales, se verificará por un
representante de la Superintendencia, un representante de la comunidad y un
representante del adjudicatario su estado antes de proceder al transporte;
igual diligencia se realizará una vez que se deje de utilizar, con la
finalidad de verificar si se ha producido algún deterioro. Cualquier
observación de la inspección quedara
registrada en el libro de obra correspondiente.
El
cheque en garantía deberá ser extendido nominativo a nombre de la Comunidad
StgoDowntown y entregado antes del inicio de los trabajos de instalación del
grupo eletrógeno, en el Departamento de Abastecimiento de la
Superintendencia, ubicado en el piso 2 torre II, Avenida Libertador Bernardo
O´Higgins N° 1449 comuna y ciudad de Santiago.
|
12.3.- Obligaciones y prohibiciones del contratado.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la
contratación, el contratado deberá cumplir especialmente con las siguientes
obligaciones:
-
Ejecutar el contrato de buena fe
y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
-
Cumplir el contrato con estricta
sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que
rigen esta licitación.
-
Abstenerse de realizar o
pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que
no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado
del contrato.
-
Dar fiel cumplimiento a todas las
normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en
materias laborales y de previsión. La Superintendencia podrá pedir, en
cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá
ser respaldado por certificados de la Inspección del Trabajo. No existirá
relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la
Superintendencia, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las
obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.
-
Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre
Seguridad de la Información de la Superintendencia.
-
El adjudicatario, una vez se
encuentre notificada la resolución que aprueba el contrato a través del Sistema
de Mercado Público, deberá entregar la nómina de sus trabajadores, directos o
subcontratados, que participarán en la ejecución del servicio contratado
conforme a los puntos 2 y 3 de las bases
técnicas, la cual deberá ser actualizada cuando se desvincule o se incorpore un
trabajador, ya sea directo o subcontratado.
12.4.- Responsabilidad
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados
de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de
cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe
cumplir, establecidas en estas bases.
Cualquier falta, descuido u
omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los
documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la
responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la
elaboración y desarrollo del proyecto materia de la licitación, regida por las
presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo
del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran
incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del
análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas
La
Superintendencia aplicará administrativamente multas, salvo que el
incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán
ser debidamente acreditados por el proveedor.
12.5.1.- Causales y monto de la multa
1)
Días corridos de atraso:
Son multas por días corridos de atraso en la entrega e instalación del grupo electrógeno
conforme a 45 días corridos de emitida orden de compra. La fecha de entrega,
será conforme a la oferta, en caso de no indicarse será de 45 días corridos de
la suscripción de contrato. Esta se hará programada y coordinada entre el
Departamento de Servicios Generales y el proveedor, considerando lo descrito en
el punto 3.1 de las bases técnicas, de acuerdo a lo
siguiente:
Tramos
|
Multas
|
a) Entre 1 a 10 días
corridos
|
0,5
% diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.
|
b) Entre 11 a 15 días
corridos
|
1
% diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.
|
c) Más 15 días
corridos
|
2
% diario del valor total bruto de la contratación, IVA incluido.
|
Esta
multa se aplicará por día de retraso, es decir si el adjudicatario demora 11
días corridos, se aplicará una multa del 5% correspondiente al primer tramo (0,5%
por día) más un 1% por el segundo tramo, dando un total de 6% del valor total del proyecto requerido IVA
incluido.
El tope de multas, será de un 10 % del valor total del contrato
(impuesto incluido), sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato en caso que el adjudicatario sobrepase el
tope de multa establecido durante el período estipulado para la ejecución total
de los servicios objeto de esta contratación.
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas
En caso de
producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el Jefe del Departamento de Servicios Generales deberá elaborar un informe de multas, el que deberá
contener a lo menos:
1.-
Identificación del adjudicatario;
2.- Identificación
de la resolución exenta que aprueba el contrato;
3.-
Responsable por parte del adjudicatario;
4.- Fecha
del incumplimiento por parte del adjudicatario;
5.-
Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;
6.- Monto de
la multa; y
7.- Firma
del Jefe del Departamento de Servicios
Generales.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de
Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá a través de carta certificada
al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará
personalmente en ese domicilio, indicando el incumplimiento verificado, los
hechos que lo constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación
de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días
hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que
estime pertinente.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes
deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos
al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a
13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en
tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será
dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los
descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la
Superintendencia dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa
se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio
establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles,
contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito
ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en
la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de
Abastecimiento, de lunes a viernes, en
horario de 9:00 a 13:30 horas.
Lo anterior, de acuerdo con la
Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.-
Pago de las multas
El monto de la multa será
rebajado del pago más próximo que se deba efectuar al adjudicatario o de la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente,
y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se
procederá al cobro directo.
Artículo 13.- Modificación del contrato
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y
cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor
cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones
imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su
normal desarrollo.
Las modificaciones no podrán afectar el precio ofertado por el proveedor.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser
fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de
seguridad
El
adjudicatario y su personal, que se encuentren ligados al contrato en alguna de
sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de
las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia o de
la propia Superintendencia, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución
del contrato.
Esta
obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos, contratistas y subcontratistas del
adjudicatario, que deberá velar por el estricto cumplimiento de esta
obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.
Asimismo,
quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto
cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la
Superintendencia, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del
contrato. Para estos efectos se le entregará al adjudicatario un ejemplar de
dicha política, en lo que sea pertinente, al momento de suscribir el contrato.
Artículo 15.- Imposiciones Legales y
Previsionales
El proveedor
adjudicado deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre
remuneraciones, imposiciones y seguros, en relación con el personal asignado a
la entrega de los servicios contratados.
Asimismo,
estará obligado a entregar a la Superintendencia, todos los antecedentes que
ésta le requiera en cumplimiento del mandato impuesto en el punto anterior.
Este requisito podrá ser exigible a la presentación de cada factura.
El proveedor
adjudicado será el único responsable de su personal, por toda obligación de orden
contractual, laboral y previsional, incluyendo las retenciones establecidas en
la Ley de Impuesto a la Renta, sobre remuneraciones.
Para todos
los efectos legales, incluso seguros de accidentes o de cualquier otra clase,
el proveedor adjudicado deberá declarar ser exclusivo empleador del personal
que destine directa o indirectamente al cumplimiento de las obligaciones que le
impone la ejecución del servicio, sin intervención ni responsabilidad alguna
para la Superintendencia, puesta que ésta no habrá de tener, ni tendrá, vínculo
laboral ni jurídico alguno con tales trabajadores.
En caso de
hacerse efectiva sobre la Superintendencia, por sentencia judicial firme,
cualquier responsabilidad laboral o previsional del proveedor adjudicado para
con sus trabajadores, este deberá reembolsarle a la Superintendencia las sumas
que se hubiesen pagado, sea judicial o extrajudicialmente, quedando facultada
desde ya la Superintendencia, para deducir dicho reembolso de cualquier suma
que deba pagar o restituir el proveedor adjudicado.
El proveedor
adjudicado estará especialmente obligado a cumplir fielmente las disposiciones
de la Inspección del Trabajo, de las Leyes sobre Medicina Preventiva y
Curativa, sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y, en
general, toda Legislación Laboral, Social y Previsional vigente o que se dicte
en el futuro sobre esas materias.
Cualquier
responsabilidad del proveedor adjudicado que tenga como causa la infracción de
los citados cuerpos legales, podrá ser cubierta con la garantía de fiel
cumplimiento.
La Superintendencia no tendrá responsabilidad legal respecto a estas
posibles infracciones por parte del proveedor adjudicado. No obstante lo
anterior, si la Superintendencia se ve obligada a pagar alguna suma en razón de
lo antes expresado, el proveedor adjudicado se obliga a reembolsársela de
inmediato, sin perjuicio de lo cual autoriza desde ya a la Superintendencia
para descontar el valor de lo pagado de cualquier suma de dinero a cuyo pago
tenga derecho el proveedor adjudicado en virtud del contrato.
Artículo 16.- Término del contrato
16.1.- Término normal
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
16.2.- Término anticipado del
contrato
De
acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, el
contrato podrá terminarse anticipadamente, entre otras, por las siguientes
causales:
-
Resciliación o mutuo acuerdo de
los contratantes;
-
Incumplimiento grave de las
obligaciones contraídas por el contratante;
-
Si el proveedor es declarado en
quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de
liquidación, según sea el caso;
-
Término o liquidación anticipada
del contratante por causa distinta a la quiebra;
-
Por causa de interés público;
-
Por exigirlo la seguridad
nacional;
-
La constatación de que los
integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la
libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los
antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;
-
Si uno de los integrantes de la
UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características
objeto de la evaluación de la oferta;
-
Ocultar información relevante
para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;
-
Inhabilidad sobreviniente de
alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar
ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos
adjudicados;
-
Disolución de la UTP; y
-
Registrar saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período
de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así
correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la
Superintendencia podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de
trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del
personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de
imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el
servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado
emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se
ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con
dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por
incumplimiento de los contratos de trabajo.
Se entenderá por incumplimiento
grave de las obligaciones del contratista las siguientes, que serán
certificadas por el Jefe del Departamento
de Servicios Generales.
-
Si a juicio de la
Superintendencia, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a
lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
-
Entrega, por parte del adjudicatario,
de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de
licitación.
-
El incumplimiento de las
obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases.
-
Por exceder el tope de multa
establecido en el punto 12.5.1.- de estas bases.
-
La cesión del contrato en los
casos no autorizados expresamente por una ley.
-
El incumplimiento de la
obligación contenida en el artículo 14 de estas bases, referente a la
confidencialidad y políticas de seguridad.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la Superintendencia a
través de una resolución fundada, previo informe del Jefe del Departamento de Servicios Generales, quien deberá informar los
hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del
contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de
dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización
alguna para el contratado.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán
afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá
el término anticipado en la forma indicada.
En caso de
producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el Jefe del Departamento de Servicios Generales, deberá elaborar un informe, el que deberá contener a
lo menos:
1.-
Identificación del adjudicatario;
2.-
Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;
3.-
Responsable por parte del adjudicatario;
4.- Fecha
del incumplimiento por parte del adjudicatario;
5.-
Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y
6.- Firma
del Jefe del Departamento de Servicios Generales.
Una vez
elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia
lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato
a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio,
indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la
notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de
cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente.
Dichos
descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de
Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de
lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en
tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada
dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los
descargos.
Vencido el
plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de
término de contrato.
La
Resolución que disponga el término de contrato se notificará en el domicilio
indicado por el proveedor en el contrato, personalmente o por carta
certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su
notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la
Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la
Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de
Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Lo
anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.