Licitación ID: 1803-16-LE18
REVISION DOCUMENTAL, DIGITACION EN EL SISTEMA INFORMATICO Y VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS, DE POSTULACIONES A BECAS PROCESO 2019
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA, Junaeb Región de Los Lagos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
REVISIÓN DOCUMENTAL, DIGITACIÓN EN EL SISTEMA INFORMÁTICO Y VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE POSTULACIONES A BECAS PROCESO 2019  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REVISION DOCUMENTAL, DIGITACION EN EL SISTEMA INFORMATICO Y VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS, DE POSTULACIONES A BECAS PROCESO 2019
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Revisión de formularios Beca Indígena, Beca Residencia Indígena, Beca Integración Territorial.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Unidad de compra:
Junaeb Región de Los Lagos
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
Baquedano 281
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-11-2018 9:00:00
Fecha de Publicación: 13-11-2018 9:36:34
Fecha inicio de preguntas: 13-11-2018 10:05:00
Fecha final de preguntas: 15-11-2018 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-11-2018 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-11-2018 9:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-11-2018 9:05:00
Fecha de Adjudicación: 30-11-2018 10:24:32
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes administrativos Al momento de presentar su oferta, el oferente deberá completar la información requerida a través de los “anexos administrativos”, contenidos en Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo Nº 1, denominado “Identificación del oferente”, en el cual deberá declarar el poder suficiente para presentar ofertas, sin perjuicio de la ratificación posterior. • Anexo N° 1-A denominado “Identificación unión temporal de proveedores” (En caso que corresponda). • Anexo Nº 2, denominado “Declaración jurada simple de inhabilidades”. En caso de UTP este anexo debe presentarse por cada uno de sus miembros. • Anexo N° 3, denominado “Pacto de integridad”.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes técnicos A su vez, el oferente deberá ingresar la información técnica requerida a través de la opción “anexos técnicos” del sitio Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo N° 5, denominado “Experiencia del oferente” • Anexo Nº 6, denominado “Equipo de trabajo” • Anexo Nº 7, denominado “Plan de Contingencia”
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos Asimismo, el oferente deberá completar la información económica requerida en el “anexo económico” dispuesto en el sitio Mercado Público, que se indica a continuación: • Anexo Nº 4 denominado “Oferta económica”. El valor indicado en este anexo, será considerado para la evaluación del factor económico. Cabe mencionar que al momento de presentar su oferta económica, el oferente deberá ingresar el precio neto y el precio final , de acuerdo con lo solicitado en el anexo N°4, con el objeto de evaluar el precio total ofertado, que en definitiva será el precio adjudicado que JUNAEB pagará. Los valores netos se solicitan en virtud de las disposiciones vigentes que regulan el funcionamiento del portal Mercado Público
2.- Otros antecedentes Finalmente, JUNAEB pondrá a disposición de los oferentes los siguientes anexos: • Anexo Nº 8, denominado “Autorización para retiro de valores y transferencias” • Anexo Nº 9, denominado “Formato para informar errores detectados”. • Anexo N° 10, denominado “Formato referencial de base de datos de revisión • Anexo Nº 11, denominado “Características, requisitos exigidos de acuerdo a la beca a revisar y modelo de focalización”. • Anexo Nº 12, denominado “Formato acta de cierre”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Acreditación de profesionales, mediante:
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- I18n entry not found: Centros o Consultas Médicas y/o Sociedades Profesionales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluacion Economica (Oferta Referencial / Oferta que se evalúa) X 100 Se evaluará de acuerdo a metodología de evaluación adjunta. 40%
2 Cumplimiento de Requsisitos Formales de presentaci Se evaluará de acuerdo a metodología de evaluación adjunta. 5%
3 Evaluacion Ténica Se evaluará de acuerdo a metodología de evaluación adjunta. 55%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DEPTO. GESTION DE RECURSOS Y PERSONAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO CARDENAS TELLEZ
e-mail de responsable de pago: ccardenas@junaeb.cl
Nombre de responsable de contrato: ALICIA SANCHEZ ZUMELZU
e-mail de responsable de contrato: alicia.sanchez@junaeb.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-584804-4804
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 10-03-2019
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: RESPALDO PARA SERIEDAD DE LA OFERTA.
Glosa: PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA PRESENTADA EN LA PROPUESTA PUBLICA ID 1803-16-LE18.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 2 días hábiles cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, y a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación de la resolución que dé cuenta de dicha revocación, deserción o inadmisibilidad. En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 2 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas (no adjudicadas).
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 09-12-2019
Monto: 5 %
Descripción: PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA FIRMA DEL CONTRATO SE REQUIERE LA PREVIA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO EN GARANTÍA. ESTE DEBE SER ENVIADO A JUNAEB DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT LOS LAGOS, UBICADO EN BENAVENTE N° 952
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PRESTACIONES LABORALES Y SOCIALES CON LOS TRABAJADORES DEL CONTRATANTE Y LAS MULTAS, EN LE MARCO DE LA PROPUESTA PUBLICA ID 1803-16-LE18
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, previa aprobación por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
PARTICIPANTES
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, su reglamento contenido en el decreto N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y las presentes bases administrativas, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente. 4.1. Normas especiales para unión temporal de proveedores (UTP) Asimismo, podrán participar y presentar ofertas en la presente licitación, uniones temporales de proveedores (UTP), entendiéndose por tales, asociación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que se unen para presentar una oferta en conjunto. Todos y cada uno de los miembros de la unión temporal de proveedores, deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, deberá acompañar conjuntamente con su oferta: a. Anexo N° 1A, denominado “Identificación unión temporal de proveedores” suscrito por todos sus integrantes y su correspondiente representante o apoderado. b. Anexo N° 2, denominado “Declaración jurada simple” suscrito por cada integrante de la UTP. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de aquellos servicios de especialidad que lo requieran, a lo menos uno de los integrantes de la unión temporal deberá contar con las certificaciones o autorizaciones vigentes emitidas por el o los organismos pertinentes. En este caso, estará prohibido que la ejecución material del contrato, la realice el miembro que carece de dicha certificación o autorización, situación que en caso de verificarse estará sancionada de conformidad con lo dispuesto por el título “Del contrato”, de estas bases administrativas. Las normas del presente título, serán aplicables a las ofertas presentadas por uniones temporales de proveedores, sin perjuicio del estricto cumplimiento de las demás disposiciones generales contenidas en las presentes bases de licitación. 4.1.1. Acuerdo de Constitución El acuerdo de constitución de la Unión Temporal de Proveedores, deberá constar en un documento que deberá contener a lo menos: a. Identificación de las partes. b. La declaración de responsabilidad solidaria entre las partes del acuerdo, respecto de todas las obligaciones derivadas de la presente licitación y el respectivo contrato. c. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. d. Vigencia de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Para efectos de la designación de representante o apoderado común, se entenderá que son poderes suficientes, aun sin necesidad de mención expresa, los siguientes; - Presentar antecedentes al proceso licitatorio. - Subsanar solicitudes de aclaración. - Presentar a cobro facturas o boletas según sea el caso. - Suscribir informes. - Percibir el pago por los servicios derivados de esta licitación El acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores no podrá contener cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno o algunos de sus integrantes. Asimismo, no podrá contener cláusulas que impliquen la renuncia, total o parcial, individual o colectiva, a la responsabilidad solidaria. Si en razón de una renovación o prórroga, la vigencia del contrato superare a la de la unión, ésta última deberá ser modificada, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la suscripción de dicha prórroga o renovación y, hasta alcanzar el plazo total del contrato renovado o prorrogado. Tratándose de adquisiciones inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales (UTM), el documento en que conste el acuerdo de constitución podrá ser público o privado, y deberá presentarse por el representante de la unión temporal, al momento de presentar la oferta. La no presentación del acuerdo de constitución en dicha oportunidad, determinará inadmisibilidad de la oferta. Por otra parte, tratándose de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión necesariamente deberá materializarse por escritura pública y deberá ser presentado al momento de contratar. No obstante, para los efectos de la presentación de la oferta, la Unión Temporal de Proveedores deberá completar y presentar el anexo N° 1A “Identificación de la Unión temporal de proveedores”. Con todo, las uniones temporales de proveedores no están obligadas a constituir sociedad. 4.1.2. Modificaciones al acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores Toda modificación que experimente la unión temporal de proveedores debe materializarse mediante las mismas formalidades requeridas para su constitución y deberá ser informada a JUNAEB, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de emisión del respectivo documento modificatorio, debiendo entregar a JUNAEB una copia del mismo. El incumplimiento a lo indicado en el párrafo anterior, será sancionado de conformidad con lo dispuesto por el título “Incumplimiento contractual”, de estas bases administrativas, sin perjuicio de las demás sanciones de término anticipado del contrato, según corresponda. Si la modificación al acuerdo de unión temporal significara el retiro de uno de sus miembros durante la etapa de evaluación de la oferta, la unión temporal deberá informar a JUNAEB, en el plazo de 1 día hábil contado desde dicha modificación, si producto de dicho retiro continúa participando en la licitación o se desiste de ella, caso este último en que procederá el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si hubiere sido exigida. Si quien se retira es alguno de los miembros que reúne una o más características o atributos objeto de la evaluación, dichos antecedentes no serán considerados, por lo que la unión temporal de proveedores será evaluada, si procediere, considerando solo a los integrantes que continúan en ella. Si la modificación que signifique el retiro de un miembro de la unión temporal de proveedores, en forma posterior a la adjudicación, afecta a aquel o aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, JUNAEB procederá a re-adjudicar la licitación, de conformidad a lo establecido en el título “De la re-adjudicación”. Por otra parte, tal circunstancia será sancionada con el término anticipado del contrato y el cobro de la respectiva garantía de fiel cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por el título “Del contrato”, si dicha modificación ocurriera una vez suscrito el respectivo contrato y afecta a aquel o aquellos miembros que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta o se tratare, del o los miembros que cuenten con la certificación o autorización de la autoridad competente tratándose de servicios que las requieran. Con todo, en ninguno de los señalados precedentemente podrá reemplazarse al miembro retirado aun cuando reúna características iguales o superiores. 4.1.3. Presentación de las ofertas de unión temporal de proveedores Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal, determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato, que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En caso de resultar adjudicada una unión temporal de proveedores, JUNAEB exigirá que cada uno de sus integrantes se inscriba en el registro de proveedores “Chileproveedores”. Para los efectos de la contratación de una UTP adjudicada, ésta deberá presentar toda la documentación exigida en el título “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” de las presentes bases administrativas, respecto de cada uno de sus integrantes, con el objeto de verificar la idoneidad para contratar de cada uno. 4.1.4. Inhabilidades de los integrantes de la utp Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, establecidas en la legislación vigente afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerados. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal durante el período de evaluación, ésta deberá decidir, en el plazo de 1 día hábil contado desde la notificación por parte de JUNAEB, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso, caso este último en que corresponderá el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si hubiere sido exigida. Si la causal de inhabilidad afecta a alguno de los integrantes de una unión temporal de proveedores adjudicada, dicha asociación deberá informar por escrito, dentro del plazo de 1 día hábil contado desde la notificación por parte de JUNAEB, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior, de manifestar su intención de desistirse o afectar la inhabilidad a uno o más integrantes que reúnan características o atributos evaluados, la licitación será re-adjudicada en los términos establecidos en el título “De la re-adjudicación”. 4.1.5. Disolución de la unión temporal de proveedores Toda vez que el número de integrantes de la unión temporal de proveedores sea inferior a dos, se entenderá inmediatamente disuelta. Si la disolución se produce durante la evaluación de la oferta, dicha asociación no podrá ser adjudicada, entendiéndose desistida de su oferta y debiendo proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si hubiere sido exigida. Por otra parte, si la disolución se produce con posterioridad a la adjudicación o durante la ejecución del contrato, JUNAEB procederá a re-adjudicar la licitación o disponer su término anticipado, según corresponda
Prohibiciones
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley Nº 19.886, para cuyo efecto el oferente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como anexo N° 2 de estas bases, según se trate de persona jurídica o persona natural. Asimismo, los oferentes no podrán encontrarse sujetos a las inhabilidades establecidas en el artículo 8 N° 2 y título N° 10 de la ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas
ADMISIBILIDAD DE OFERTAS
Durante la apertura de ofertas, se verificará la admisibilidad de ofertas, para lo cual deberán dar cumplimiento a la obligación de presentar o adjuntar oportuna e íntegramente los siguientes antecedentes: - Garantía de seriedad de la oferta JUNAEB declarará inadmisible toda oferta que no se ajuste a los requisitos esenciales establecido en las presentes bases. Dicha declaración podrá, en consecuencia, ser efectuada entre las etapas de apertura de ofertas y la adjudicación inclusive. A su vez, en los procesos inferiores a 1000 UTM, serán inadmisible las ofertas presentadas por la unión temporal de proveedores que no acompañen o adjunten el acuerdo de constitución en los términos establecidos en el artículo 67 bis del DS Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el Reglamento de la Ley Nº 19.886.
ERRORES Y OMISIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal Mercado Público. En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del portal Mercado Público, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso. JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título “Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el portal Mercado Público, será mínimo de 25 horas corridas, contado desde el requerimiento de JUNAEB a través del sistema de información. El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de oferta”, de las bases administrativas.
Resolución de empates
En caso que se genere un empate entre dos o más ofertas, vale decir que obtengan el mismo puntaje luego de ser evaluadas, JUNAEB podrá adjudicar al proponente que haya obtenido mayor puntaje en el factor “Perfil equipo de trabajo” del criterio “Evaluación Técnica”, y de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el factor “Experiencia del oferente” del criterio “Evaluación Técnica”. En caso de aún mantenerse el empate una vez aplicados los dos factores de evaluación señalados anteriormente, se adjudicará a aquel oferente que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio de “Plan de contingencia”. Que una vez aplicados todos los mecanismos de desempate antes señalados y aun así persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya sido enviada a través del portal de Mercado Público, fecha y hora que se validará en el comprobante de oferta, del mismo sistema.
DE LA ADJUDICACIÓN
JUNAEB adjudicará la propuesta más ventajosa, entendiendo por tal la que sea más conveniente a los intereses de la Institución, considerando los criterios de evaluación establecidos. La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro del plazo señalado en el título “Etapas y plazos”, a través del portal Mercado Público. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo antes señalado se procederá a notificar el nuevo en el Sistema de Información, el que no podrá exceder en su totalidad de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. JUNAEB no adjudicará la presente licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases de licitación. No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado. Los plazos que JUNAEB haya establecido en las presentes bases de licitación podrán ser ampliados excepcionalmente y de manera fundada cuando el adjudicatario presente un impedimento para cumplirlos. Dicha ampliación deberá ser solicitada por escrito con anterioridad al vencimiento del plazo, exponiendo las razones del incumplimiento. JUNAEB, podrá adjudicar ofertas que emanen de quien no tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, siempre que proceda la ratificación posterior, de acuerdo a lo informado en el anexo N° 1 o 1-A, según corresponda. La ratificación de poder para ofertar de quien, si cuenta con tal poder, conforme al artículo 41 inciso séptimo del Reglamento de la Ley 19.886, se deberá hacer dentro de un plazo de 10 días hábiles, desde la adjudicación en donde la formalidad de tal proceso se indicará oportunamente. Vencido el plazo señalado sin que se haya cumplido con la ratificación, se dará por desistida la oferta, procediendo la Comisión a proponer la adjudicación en el oferente que le siga en puntaje.
DE LA RE-ADJUDICACION
En caso que el adjudicatario se desista de su oferta, renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados o no diere cumplimiento a los requisitos para suscripción de contrato, establecidos en las bases de licitación, , previo a la celebración del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, procediendo JUNAEB a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si la hubiere), dejando sin efecto la adjudicación original y re-adjudicando la licitación al postulante que hubiere ocupado el segundo lugar o siguiente en su caso. En el caso que se presenten respecto del re-adjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, JUNAEB podrá volver a re-adjudicar y así sucesivamente, respecto de todos los oferentes que hayan reunido los requisitos para adjudicar, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original la licitación. El oferente re-adjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato y la documentación legal correspondiente dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las bases.
DEL CONTRARO
19.1. Vigencia Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, los servicios podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto que lo apruebe, una vez suscrito el respectivo contrato. En este caso la fecha de vigencia del contrato será la de su suscripción. Con todo, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio. El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que lo apruebe y se extenderá hasta el 31 de agosto de 2019. Sin perjuicio de las extensiones de plazo a que hubiera lugar de acuerdo a las bases y al contrato. Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, los servicios podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto que lo apruebe, una vez suscrito el respectivo contrato. Asimismo, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio. 19.2. Terminación anticipada El contrato podrá terminarse por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes como, asimismo por decisión unilateral de JUNAEB por concurrir alguna causal de término anticipado, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al proveedor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 del DS 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Sin perjuicio de lo anterior, serán causales unilaterales de término anticipado las siguientes: a) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, con un máximo de 6 meses. b) Ceder o transferir, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba. c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. d) Acumular por concepto de aplicación de multas establecidas en el título “Incumplimiento contractual”, la cantidad equivalente (L1 5%; LE 8%; LP-LQ 10%, LR 15%) del monto total del contrato, con impuestos incluidos. e) Registrar multa en alguno de los conceptos descritos en las bases de licitación en el que se establezca expresamente que dicho incumplimiento puede ser causal de término anticipado del contrato f) Si tratándose de una unión temporal de proveedores, al determinar qué antecedentes presentarían para ser considerados en la evaluación respectiva, los integrantes de la misma hubieren ocultado información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de ellos. g) Incumplir el deber de confidencialidad de datos y propiedad, de conformidad a lo indicado en las presentes bases administrativas. h) No haber renovado la garantía de fiel cumplimiento en aquellos casos en que JUNAEB haya debido ejecutarla en todo o parte. i) Si el adjudicatario se encontrare en notoria insolvencia, o si adquiriese la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación. j) Incumplimiento del pacto e integridad, contenido en el anexo N° 3 k) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no procederá la ejecución de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato. l) Subcontratación de los servicios. Producido el incumplimiento por parte del proveedor, el que será calificado por JUNAEB, ésta podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato cuando sea procedente, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el título sobre “Incumplimiento contractual”, y del ejercicio de las acciones que correspondan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento genere. En todos los casos de término anticipado, el proveedor estará obligado a entregar, a plena satisfacción de JUNAEB, aquellos servicios, que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que JUNAEB opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al proveedor. La obligación del prestador de continuar prestando servicios, sólo se extenderá hasta el momento en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que disponga el término anticipado del contrato. Asimismo, JUNAEB se encontrará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento lo que, en caso alguno, dará derecho a indemnización para el adjudicatario, sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de la notificación de la resolución que pone término al contrato. El monto de la caución será considerado cláusula penal, por lo cual, en el evento de su cobro en virtud del término anticipado del contrato, no procederá devolución al proveedor del saldo que eventualmente obre a su favor. 19.3. Orden de compra La orden de compra será emitida y enviada a través del portal de mercado público una vez que el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado, en el evento que proceda. 19.4. Modificaciones El contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo y el contenido de estas bases, de manera que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado. En el evento, que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, éste no podrá ser superior al 30% del monto total originalmente pactado. A su vez, el adjudicatario deberá consignar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato que resguarde el monto de la modificación realizada, la cual deberá cumplir con los mismos requisitos estipulados en el título “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento”. Con todo, y siempre que existan motivos fundados derivados de la continua y adecuada entrega del servicio/producto, el contrato podrá renovarse por una sola vez. En ningún caso la renovación podrá ser mayor que el tiempo de duración del contrato inicial y se aprobará mediante acto administrativo.
PAGOS
Boleta o factura El adjudicatario deberá remitir a JUNAEB, la respectiva boleta o factura por el servicio efectivamente prestado, previo cumplimiento de la presentación de los informes descritos en el siguiente numeral. JUNAEB procederá a rechazar sin más trámite las boletas o facturas presentadas con anterioridad al cumplimiento del respectivo hito de pago. La boleta o factura electrónica debe enviarse a través del correo electrónico Alicia.sanchez@junaeb.cl con copia a Nataly.noriega@junaeb.cl o presentarse en oficina de partes, ubicada en Benavente N° 952, Región de los Lagos, Puerto Montt. Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas RUT N° 60.908.000-0, indicando con claridad el N° ID con el que se publicó el presente proceso de contratación en el portal www.mercadopublico.cl, y el producto al que se encuentra asociado. 20.2. Forma de pago JUNAEB sólo procederá al pago si existe certificación previa de conformidad, respecto del servicio contratado asociado a los productos descritos en Título 4 denominado ”Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas, por la contraparte técnica regional. Una vez finalizado el proceso de ajuste y aceptación completa de los productos, se procederá a notificar y aceptar el ingreso de la factura correspondiente al hito de pago. El pago del servicio se realizará en 3 (tres) cuotas, de acuerdo al avance del servicio y la correspondiente entrega de productos, en la forma y plazos señalados en el título N° 4 denominado “Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas. La recepción conforme de los productos será realizada por la Unidad de Becas de la Dirección Regional, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases técnicas y el cumplimiento de la revisión de todos los formularios entregados y recepción conforme de los productos solicitados. Los productos serán recibidos por JUNAEB para su revisión, según lo establecido en el título Nº 4 denominado “Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas. En dicho apartado se establecen los plazos máximos de entrega y el contenido de cada producto. Nota: Para efectos del pago se verificará que el 100% de los formularios entregados para revisión correspondiente al producto a pago se encuentran en estado “Cerrado” con ciclo completo en la Dirección Regional y que se cuenta con la respectiva acta de cierre del producto. Las cuotas de pago son las siguientes:  Primera cuota correspondiente al 40% del valor total del contrato: Se encuentra asociada al Producto N° 1 y N° 2, descrito en el título N° 4 denominado “Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas.  Segunda cuota correspondiente al 40% del valor total del contrato: Se encuentra asociada al Producto N° 3 y N° 4, descrito en el título N° 4 denominado “Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas.  Tercera cuota y final correspondiente al 20% del valor del contrato: Se encuentra asociada al Producto N° 5, N° 6, y N° 7, descrito en el título N° 4 denominado “Productos requeridos y plazos de entrega” de las bases técnicas. El adjudicatario deberá considerar que todos los verificadores de pago deberán estar acompañados del certificado “F30” de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Inspección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días contados desde su presentación. Junto con la factura se deberá presentar una planilla elaborada por el prestador, con el listado de personal contratado a honorarios, indicando las retenciones de impuestos efectuadas al personal contratado para la prestación del servicio y que son declarados. Este registro debe ser firmado por el representante legal de la empresa y será requisito para la aprobación del pago. En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. JUNAEB exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación Si el adjudicatario subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en esta cláusula (presentación de declaración jurada o pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años). El pago de la boleta o factura, se realizará dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde su recepción. a) Pago Parcial En caso que el adjudicatario cumpla parcialmente sus obligaciones contractuales, JUNAEB estará facultado para realizar el pago de las obligaciones efectivamente cumplidas y/o el valor proporcional de los productos o servicio entregados a plena conformidad. Para estos efectos, la contraparte técnica de JUNAEB elaborará un informe el que indicará cuáles fueron los servicios efectivamente prestados por el adjudicatario, el porcentaje de cumplimiento y de incumplimiento de las obligaciones asumidas por él y fijará el pago proporcional que le corresponda. b) Condición resolutoria No obstante, en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones que le impone el presente contrato, JUNAEB estará facultada para ejercer las acciones legales pertinentes, orientadas a exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución de este contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios. Se entenderá por incumplimiento, dejar de cumplir lo pactado, cumplirlo imperfectamente, así como el cumplimiento inoportuno o tardío de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. La resolución del contrato deberá constar por acto administrativo correspondiente, la que deberá ser publicada en el portal. c) Adelantos o anticipos No se contemplan adelantos o anticipos 20.3. Reajuste de precios El presente contrato no estará afecto a reajustes.
OBLIGACIONES PREVISIONALES
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la ejecución del servicio contratado por JUNAEB. El adjudicatario tendrá la responsabilidad de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente la prestación de los servicios contratados, de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes bases, sin perjuicio de las facultades de supervisión y control contractual que le competen a JUNAEB. Todo el personal que el adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo, serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB. Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de Junaeb” publicada en la página www.junaeb.cl, en el banner de Gobierno transparente/ Actos con efectos sobre terceros/ Otros.
DE LAS INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.