- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
3.1. Será obligación del adjudicatario cumplir con los plazos informados en su oferta.
3.2. Será obligación del adjudicatario cumplir con todas las condiciones del Servicio señaladas en las Bases Técnicas.
3.3. Será obligación del adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del servicio.
3.4. El adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
3.5. Todas las Obligaciones contempladas en la Ley 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
3.6. Registro de Inducción por cada trabajador. Dicho registro debe indicar que cada trabajador que participará en la prestación de los servicios, está en conocimiento del D.S Nº 40 Art.21, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
3.7. El oferente adjudicado es quien deberá asumir toda la responsabilidad del traslado de su personal al lugar en que se deban presentar los servicios adjudicados y de la alimentación de los mismos.
3.8. El adjudicatario velará porque en ningún caso sus trabajadores utilicen uniformes o identificaciones de La SEREMI. El oferente que se adjudique la presente licitación se obliga a suministrar a su personal uniformes idóneos, para la función a desempeñar, el que deberá mantenerse en excelente estado de presentación, siendo obligación del personal usar el uniforme.
3.9. El adjudicatario responderá por todo daño o entorpecimiento que, con ocasión de los servicios que ejecute, cause a la gestión o al patrimonio de La SEREMI, a su personal o a terceros, sea ello por hechos propios o del personal de su dependencia.
3.10. El oferente adjudicado asumirá la completa responsabilidad de la organización y protección de los servicios que se contraten, como igualmente deberá dar solución a cualquier detalle o problema que presente durante su ejecución.
3.11. El adjudicatario velará porque sus trabajadores cumplan con la jornada ordinaria de trabajo contemplada en el Código del Trabajo, para lo que deberá llevar un registro de control de asistencia de sus trabajadores, mediante un reloj control con tarjetas de registro o libro de asistencia, al cual La SEREMI podrá tener acceso para el sólo efecto de verificar que el adjudicatario cumpla con las obligaciones que ha adquirido con La SEREMI, además la adjudicataria deberá designar a un empleado de su dependencia para los efectos de supervisar e instruir respecto de las labores propias de sus dependientes. Además se requerirá al adjudicatario poner a disposición de La SEREMI y del público en general de un libro de registro de reclamos y observaciones en cada una de las dependencias en que se desempeñen sus trabajadores debidamente caratulado con el nombre de la empresa del adjudicatario.
3.12. Toda propuesta de reemplazo de un trabajador, solicitado por el adjudicatario y que preste servicios al mismo, correspondiente al Contrato con La SEREMI, deberá ser comunicado al Inspector técnico, quien determinará si la persona cumple con los requerimientos mínimos del Contrato, y emitirá por escrito la aprobación o rechazo de la propuesta.
3.13. En ningún caso podrá el adjudicatario excusarse de cumplir las obligaciones objeto del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no podrá limitar el alcance de su oferta.
3.14. Se faculta al Jefe de la Unidad de Higiene y Seguridad y/o integrante de alguno de los Comités Paritarios de esta SEREMI de Salud, a paralizar total o parcialmente cualquiera de los trabajos que se ejecuten, que atenten contra la seguridad y salud de las personas, ya sea que trabajen para el adjudicatario, para la SEREMI o cualquier otra.
3.15. El adjudicado se obliga a presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, documento emitido por la dirección del trabajo, registro en que consta que ha cumplido con todas las exigencias legales y laborales, con el personal que ha prestado servicio en el mes anterior al que está facturando. La SEREMI, por su parte se reserva el derecho de obtener el referido certificado.
3.16. El adjudicatario y su personal que preste servicios a La SEREMI, estará obligado a guardar reserva y discreción en todo lo inherente al trabajo al interior de La SEREMI, de la información a la que tenga acceso y todo asunto que se trate en las dependencias.
3.17. El adjudicatario se obliga a dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas del Ministerio de Salud, en todo aquello en que le sea aplicable en razón del servicio a ejecutar. Una copia de este le será entregado luego de la adjudicación, por parte del ITC.