Resolución de Empates |
En el caso de un empate en la calificación final de las ofertas, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterios Técnicos:
1.1 Metodología de trabajo
1.2 Equipo de trabajo
1.3 Experiencia del oferente
2° Criterio Económico.
3° Criterio Formal.
Se logrará el desempate en uno de los criterios o subcriterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio o subcriterio, no cotejando los siguientes.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada mediante sorteo público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
El Consejo, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación, la que se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, artículo 9º, el Consejo declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses de la institución.
La adjudicación o declaratoria de deserción se efectuará, por resolución fundada, dentro de los 13 días hábiles siguientes a la apertura de las ofertas. En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo indicado el Consejo informará, a través del Sistema de Información, las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, el Consejo podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación (segundo mayor puntaje) o podrá declararla desierta.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Se hace presente, que si la adjudicataria registra saldos pendientes de pago por obligaciones laborales o sociales, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado a la cancelación de dichas obligaciones.
Para estos efectos, el contratista deberá acreditar al Consejo, cada seis meses, mediante certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), planillas, comprobantes y cualquier otro antecedente que se estime necesario, que no registra saldos insolutos. De no acreditarlo, el Consejo podrá dar término anticipado al respectivo contrato ejecutando la garantía de fiel cumplimiento del mismo.
De no cumplir el adjudicatario con los requisitos establecidos en los literales precedentes (1 y 2), se le tendrá como desistido de su oferta, pudiendo el Consejo adjudicar al segundo proveedor con mayor puntaje o declarar desierta la licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión Evaluadora procederá a revisar y evaluar los antecedentes técnicos y económicos exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido[1]. No obstante lo anterior, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información- mediante el foro inverso- que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales en los documentos y antecedentes presentados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Del mismo modo, las certificaciones o antecedentes que el oferente haya omitido presentar al momento de efectuar la oferta podrán presentarse dentro del plazo señalado, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará a los oferentes un plazo de 2 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la solicitud por el Consejo en el foro inverso, para que subsanen el error u omisión de las formalidades requeridas. No obstante, cabe advertir que en el caso de una omisión de antecedentes formales, sin perjuicio que éstos puedan ser requeridos en esta etapa, se sancionará su falta oportuna de entrega en la calificación de la oferta, específicamente en el criterio formal denominado “Oportunidad en la presentación de los antecedentes formales de las Ofertas”, conforme se detalla más adelante.
En caso que un oferente no subsane o aclare errores o pasajes confusos de su oferta, la Comisión Evaluadora interpretará ésta del modo más armónico y acorde con las finalidades de la licitación.
[1] Conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la ley Nº 19.886, las ofertas que no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases de licitación serán declaradas inadmisibles.
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Criterios de Evaluación |
Los criterios objetivos de evaluación y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente: CRITERIOS DE EVALUACIÓN :
Ponderación 1.
Criterios Técnicos (59)%
a. Metodología de trabajo 24%
b. Equipo de Trabajo 24%
c. Experiencia del oferente 11%
2. Criterio económico 39%
3. Oportunidad en la presentación de los antecedentes formales 2%
El puntaje final (PF) de las propuestas se obtendrá combinando sus puntajes técnicos (PT), económico (PE) y formal (Pf):
PF = (PT x 0,59) + (PE x 0,39) + (Pf x 0,02) Donde: -
PF es puntaje final combinado de la propuesta en consideración.
PT es puntaje técnico de la propuesta en consideración.
PE es puntaje económico de la propuesta en consideración.
Pf es puntaje por presentación de antecedentes formales.
Cada factor será calificado en una escala de notas de 0 a 3, conforme a la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.
El Consejo se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes. Se evaluarán primero las ofertas técnicas y sólo aquellas que cumplan con las notas mínimas indicadas más adelante pasarán a la evaluación de las respectivas ofertas económicas.
De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes del Comité de Evaluación. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación o, en su defecto, se propondrá declarar desierto el proceso.
En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos que habrían sido vulnerados.
El Consejo se reserva el derecho de adjudicar fundadamente la licitación a cualquiera de las ofertas presentadas, aún cuando no sea la de más bajo precio, adjudicar total o parcialmente el servicio a uno o más oferentes, o rechazarlas todas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.
. 1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se evaluarán los ítems de la oferta técnica que se detallan a continuación.
La evaluación de la oferta técnica representa el 59% de la evaluación final. Cada criterio tendrá una escala con valores que van entre 0 y 3, por lo que el puntaje para la oferta técnica se obtiene del promedio ponderado de estos criterios.
Para los criterios de evaluación técnica se exigirá que en cada uno de ellos obtenga una nota mínima de dos puntos, de manera que aquella oferta que no cumpla con la nota mínima no pasará a la etapa de evaluación de su oferta económica.
Los puntos por ítem se obtendrán según las siguientes tablas:
1.1 Metodología y plan de trabajo del proyecto
a) 0 (cero) punto: No hay información, es poco clara o vaga.
b) 1 punto: No cumple alguna de las siguientes condiciones:
i. La metodología cubre todos los requerimientos de los entregables y encargos solicitados en las bases.
ii. Su plan de trabajo es factible, considera interacción con el Consejo, MINSEGPRES, OR del Ejecutivo y OR Municipal. El plan es coherente con la metodología y asegura el éxito del proyecto.
iii. Para cada etapa describe claramente todos los entregables y los contenidos de estos.
iv. Incluye actividades de seguimiento, de gestión y de control de proyecto.
v. El oferente ha descrito su metodología y la fundamenta con estudios o experiencias concretas. vi. Su plan de trabajo es claro y detalla claramente los hitos, fechas, secuenciación y responsables.
c) 2 puntos: Cumple con todos los requerimientos y con todas las condiciones del punto b).
d) 3 puntos: Cumple con la condición b y, adicionalmente, agrega valor para el Consejo a su oferta por sobre lo solicitado en las bases.
1.2 Equipo de trabajo
a) 0 (cero) punto: No hay información, es poco clara o vaga.
b) 1 punto: No cumple alguna de las siguientes condiciones:
i. El oferente provee un detalle del equipo de trabajo, su experiencia, competencias y profesiones. ii. El equipo de trabajo cubre todas las especialidades y áreas solicitadas en las bases, además de las necesarias según el plan de trabajo y la metodología ofertada.
iii. El equipo de trabajo ha tenido experiencia realizando consultorías en las áreas que le tocará desempeñarse en el proyecto.
c) 2 puntos: La solución propuesta cumple con todos los requerimientos y con todas las condiciones del punto b).
d) 3 puntos: cumple con la condición b y, adicionalmente, agrega valor para el Consejo a su oferta por sobre lo solicitado en las bases.
1.3 Experiencia del oferente
a) 0 (cero) punto: No hay información, es poco clara o vaga.
b) 1 punto: No cumple alguna de las siguientes condiciones:
i. El oferente posee referencias comprobables en la realización de diseño, modelamiento y generación de referencias técnicas de portales web en el Estado de Chile.
ii. El oferente posee referencias comprobables en la realización de Diseño Centrado en el Usuario de portales web del Estado de Chile.
iii. Si el oferente trabaja en consorcio o lo hace en forma independiente:
a. El oferente y/o los asociados, han dando servicios a organismos del Estado de Chile en las áreas de consultoría que a cada uno le tocará abarcar.
b. La oferta describe la experiencia de los asociados y la suya propia e indica claramente en qué actividades le tocará desempeñarse a cada asociado. c. Existe una única empresa responsable por el contrato y la relación con los asociados.
iv. El oferente tiene más de 5 años de presencia en el mercado nacional realizando consultorías de diseño y modelado de portales y/o procesos.
c) 2 puntos: Cumple con todos los requerimientos y con todas las condiciones del punto b).
d) 3 puntos: Cumple con la condición b y, adicionalmente, agrega valor para el Consejo a su oferta por sobre lo solicitado en las bases.
2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
La evaluación de la oferta económica representa el 39% de la evaluación final. El Consejo evaluará las ofertas utilizando el valor total de los servicios con todos los impuestos indicados por el oferente. El puntaje de la oferta económica se obtendrá de la siguiente forma:
El valor VO será el valor del proyecto, período de acompañamiento inclusive, y se calcula según se indica:
VO = Valor del Proyecto (incluidos todos los impuestos).
La oferta de menor valor VO obtendrá 3 puntos.
El puntaje asignado al resto de las ofertas se calculará en base al valor mínimo de los VO ofrecidos por cada oferente, siendo este valor VMO, restando al puntaje máximo 3 (tres), la cantidad de puntos determinada por el porcentaje que representa la diferencia entre el valor de la oferta a evaluar y el valor mínimo ofertado, respecto del valor mínimo ofertado.
La fórmula a utilizar para cada opción será la siguiente:
Valor mínimo ofertado:
VMO Valor oferta a evaluar:
VO PUNTAJE OFERTA ECONÓMICA
En el caso que el puntaje de la oferta económica sea inferior a cero, se asumirá un puntaje igual a cero.
3. OPORTUNIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES FORMALES:
Se otorgará una puntuación igual a 3 al oferente que presente su oferta completa, sin omisiones formales en los documentos y antecedentes presentados.
Si el oferente incurrió en alguna omisión formal en los documentos y antecedentes presentados, y lo subsana en el plazo otorgado en este capítulo XI (2 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la solicitud de rectificación por el Consejo, a través del foro), recibirá una puntuación igual a 0.
En caso de no subsanar su omisión formal en el plazo estipulado, quedará fuera de Bases y su oferta será declarada inadmisible por inobservancia de los requisitos establecidos en ellas. De la evaluación resultante, la Comisión Evaluadora levantará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de dicha Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto con la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación. Dicha Acta contendrá la evaluación de las ofertas y sus puntajes, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado, e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos vulnerados. La licitación será adjudicada a la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Consejo o, en su caso, se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución.
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