9.1. Presentación de las Ofertas
Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al Serviu Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
9.2. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, mediante una Orden de Servicio.
Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.
SERVIU podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. (No incluye la presentación de certificaciones de antecedentes omitidos por el proveedor en su oferta).
Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:
a) Precio:
Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100
Donde:
- Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.
- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (60%) para obtener el puntaje ponderado.
b) Equipamiento Técnico del Oferente:
El equipamiento técnico de los oferentes se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el Anexo Nº2 y debidamente acreditada mediante el certificado de inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados.
Para efectos de la evaluación de las máquinas ofertadas (Finisher, Rodillo Doble Tambor y Rodillo Neumático), se asignará 100 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2012 a 2010, se asignará 75 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2009 a 2007, se asignará 50 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2006 a 2004, se asignará 25 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2003 a 2000, desde el año de fabricación 1999 o más antigüedad, se asignara con 0 (cero) punto, como así mismo a los oferentes que no presenten el listado solicitado.
Si bien, la evaluación será aplicada a cada máquina, para efectos de la ponderación se calculará el promedio de toda la maquinaria presentada y que correspondan a un mismo tipo. Luego, a los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado.
c) Experiencia del Oferente:
La experiencia de los oferentes se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el Anexo Nº3 y debidamente acreditada mediante los certificados, resoluciones ó contratos de obras ejecutadas en colocación de mezcla asfáltica en caliente, en cuanto al metraje realizado en cada obra. Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Experiencia = (Oferta en evaluación /Oferta mayor experiencia)*100
Donde:
- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
- Oferta mayor experiencia: es la oferta cuyo metraje total (suma de todas las obras indicadas y acreditadas) corresponde al mayor valor de todas las ofertas recibidas.
A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado.
d) Cálculo Puntaje Total Ponderado:
El cálculo del puntaje total ponderado (PTP) de las ofertas, corresponderá a la suma de los puntajes ponderados en cada uno de los criterios señalados en las letras a, b y c precedente.
PTP = (Puntaje Precio * 0,60) + (Puntaje Equipamiento Técnico del Oferente * 0,20) + (Puntaje Experiencia del Oferente * 0,20)
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio equipamiento técnico del oferente. Finalmente en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
9.3. Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y plazos” de la presentes bases.
SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
9.4. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
9.5. Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario dentro de 5 días hábiles, el que se contará desde la fecha en que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.
9.6. Del Contrato
a) Documentos Integrantes del Contrato:
Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.
b) Gastos del Contrato:
Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
c) Cobros Adicionales:
SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento, cargos y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofertado.
d) Responsabilidad del Oferente Adjudicado:
El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.
En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
El proveedor que resulte adjudicado, deberá disponer un profesional en terreno (Constructor Civil, Ingeniero Constructor o profesional afín) a cargo del servicio, el que debe ser individualizado a través de Certificado de Titulo correspondiente.
Antes de la ejecución de los trabajos, el proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar al Supervisor del Contrato correspondiente la siguiente documentación y elementos:
ü Información documentada de los Contratos de todo el Personal que este directamente relacionado con la prestación de este servicio. De no presentar dicha documentación el Supervisor del Contrato no dará autorización para el comienzo del servicio.
ü Permiso municipal para ejecución de trabajos
ü Elementos de Protección a todo el Personal que este directamente relacionado con la prestación de este servicio.
ü Certificado de título del profesional en terreno
ü Diseño de mezcla
ü Perfiles topográficos
ü Análisis de riego de liga o riego de imprimación.
ü Carta Gantt
Al inicio de los trabajos en terreno, el Supervisor del Contrato entregará un informe de entrega de terreno al profesional designado por la empresa, el cual deberá ser firmado por ambos y con copia a este último.
Durante la ejecución de los trabajos el proveedor que resulte adjudicado, deberá:
ü Cada vez que requiera cambiar el profesional de terreno, el equipo de trabajo en terreno y/o la maquinaria, debe solicitar este cambio al Jefe del Departamento Planta Asfáltica por escrito, adjuntando los antecedentes del profesional sugerido, maquinaria y equipo de trabajo, indicando la fecha tentativa de inicio de sus labores y las razones de dicho cambio.
ü A fin de llevar el Control de Avance de prestación de servicio, remitir diariamente, al día hábil siguiente a la prestación, la información respectiva al correo del Supervisor del Contrato asignado, para lo cual el SERVIU Metropolitano acordará un formato de informe con el respectivo Proveedor en un plazo no superior al 2º día hábil de aprobado el contrato.
ü Identificar con logotipo de la empresa (que indique dirección y teléfono), la maquinaria que se utilice en la prestación del servicio,
ü Disponer, a fin de proteger las zonas de trabajo, de dispositivos consistentes en soleras tipo New Jersey y/o conos plásticos de 28” con anillos reflectantes, en cantidad suficiente para prevenir accidentes y congestiones en exceso, pudiendo SERVIU Metropolitano requerir se modifiquen estos elementos en ubicación y cantidad.
ü Usar señalética de acuerdo a lo que indica el Manual de Señalización de tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
ü Entregar un informe de espesores de la reposición de carpeta de rodado a través de Laboratorio acreditado conforme D.S. Nº 10/2002 (V. y U.)
ü Dar íntegro cumplimiento a las disposiciones reglamentarias vigentes, relativas a condiciones básicas en lugares de trabajo, higiene y proveer de alimentación a sus trabajadores, conforme sus jornadas lo requieran.
ü Deberá entregar un CD con fotos que permitan evaluar la condición previa y posterior a la prestación del servicio. La cantidad de fotos deberá ser mayor a 4 para cada una de las partidas, entendiéndose como partida antes, durante y termino de los trabajos. La toma de fotografías deberá ser tomada desde un mismo punto de referencia
Al término del servicio, el proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar al Supervisor del Contrato, un Monograma en soporte papel, que contendrá como mínimo la indicación de: calle, tramo y medidas de las intervenciones efectuadas.
e) Modificaciones del Contrato:
Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Pública y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
f) Término Anticipado del Contrato:
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
ü En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en forma inmediata, administrativa, unilateral, y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
ü Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
ü Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo Nº 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el sistema de información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 (Hacienda) del año 2004, las que deberán, en todo caso, ser fundadas.
g) Multas:
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas.
SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:
ü En caso de atraso en la entrega del servicio se aplicara una multa diaria equivalente al 1% de la Orden Compra respectiva. Se entiende atraso la no entrega del servicio de 1.000 m2 mínimos diarios, de acuerdo a la carta gantt respectiva, salvo justificación por motivos de fuerza mayor, reservándose SERVIU Metropolitano el derecho de rechazar unilateralmente los motivos invocados por el proveedor.
ü Formuladas observaciones al servicio suministrado, el proveedor tendrá un plazo determinado por el supervisor, a fin de subsanarlas. En caso que las observaciones subsistan, luego de una segunda revisión, se aplicará una multa diaria, equivalente al 2% de la Orden de Compra respectiva.
ü Si el proveedor no realiza la entrega de antecedentes administrativos y técnicos solicitados en el contrato (CD con fotos, Monografías, Análisis de riego de liga, Certificado de tasa de aplicación, Densidad espesores, Extracciones centrífugas, Certificado de resistencia y espesor de cámaras) dentro del plazo de a lo más 60 días corridos después de haber nivelado la última cámara existente en cada comuna, incurrirá en multas de 0,5% del valor de la Orden de Compra, por cada día de atraso.
ü En caso de reiteración de multas SERVIU podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
ü Tolerancias: Una vez terminada la colocación de la mezcla, si ésta presentara deficiencias en la densidad de compactación y espesor de las áreas involucradas estarán afectas a las multas que se señalan más adelante. Cuando en un determinado sector de la vía correspondan multas por más de una deficiencia, se aplicará la suma de las multas individuales con un máximo de 100% sobre la cantidad de mezcla asfáltica afectada.
Para establecer el valor de las mezclas asfálticas afectadas, se considerarán los metros cuadrados de mezcla asfáltica con deficiencias y el precio unitario correspondiente de la oferta presentad para el servicio. El área afectada comprenderá la longitud de la irregularidad más 2 mt en cada extremo, multiplicada por el ancho de la pista afectada.
ü Espesores de carpeta de rodado repuesta: En caso de incumplimiento se aplicará la siguiente tabla de multas, teniendo en cuenta que se trabajará los valores con un decimal:
Espesor
|
Multas respecto al valor de carpeta
|
e ≥ 0.99 ec
|
--
|
0.99 ec ≥ e > 0.98 ec
|
5
|
0.98 ec ≥ e > 0.96 ec
|
15
|
0.96 ec ≥ e > 0.94 ec
|
25
|
0.94 ec ≥ e > 0.92 ec
|
35
|
0.92 ec > e
|
100% o se rehará
|
No obstante cualquier situación no considerada en las presentes Especificaciones Técnicas se dirimirá a través de lo estipulado al respecto por el LNV y las NCh.
h) Coordinación y Supervisión del Servicio:
El Subdirector de Pavimentación y Obras Viales del SERVIU Metropolitano designará mediante Orden de Servicio un Supervisor del Contrato, quien ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato. Entre otras sus principales funciones son las siguientes:
ü Solicitar por intermedio del Encargado de Compras de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, a la Sección Adquisiciones de Serviu Metropolitano la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal Mercado Público.
ü Revisar y controlar, el avance de los tramos a intervenir, formulando las observaciones que resulten procedentes y disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.
ü Verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.
ü Solicitar que se cursen los pagos que proceda, verificando previamente la entrega conforme de los sectores intervenidos y el cumplimiento de todos los requisitos que procedan, en los términos y plazos fijados en el respectivo contrato, o bien, formular las observaciones que corresponda;
ü Controlar boletas de garantía del servicio y póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
ü Fijar reuniones de coordinación para el control del servicio contratado.
Concluido el objeto del contrato, el Supervisor del Contrato deberá revisarlo, requerir las correcciones pertinentes y preaprobar el informe final del proveedor, si procede. A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato
i) Póliza:
El Proveedor adjudicado, deberá contratar y presentar una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros (POL 1.91.086), y con coberturas adicionales: Responsabilidad civil de empresas de la construcción (CAD 1.91.092) y , Responsabilidad civil cruzada (CAD 1.91.052), con renuncia a la subrogación de derecho para el fisco, una vez notificado del resultado de la adjudicación, por un monto de $10.000.000 (diez millones de pesos), un deducible del 2% del monto asegurado, con un vigencia de 18 meses a contar de la adjudicación o hasta que se reciban satisfactoriamente conforme Informe Final de Recepción de Servicio.
j) Domicilio:
El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.
9.7. De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, cada vez que lo requiera, emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado, considerando en cada ocasión la cantidad de metros cuadrados de colocación de mezcla asfáltica en caliente e indicando las calles o tramos. Para lo cual la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitir una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio.
9.8. Del Pago
El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las ordenes de compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura ó Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.
El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
ü Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del Trabajo.
ü Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
ü Copia de Orden de Compra.
ü Vº Bº del Supervisor del Contrato, en razón de haberse prestado éste conforme lo señalado en las Especificaciones Técnicas y, en estricto apego a la respectiva Orden de Compra y recepcionado a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
La Factura ó Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico sherrera@minvu.cl. La entrega física de la Factura ó Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos se efectuará en la Secretaría de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano (Sra. Corina Barahona), ubicada en Mirador Azul 1000 comuna La Florida, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura ó Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para este como para el proveedor.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Planta Asfaltica, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura ó Boleta de Honorarios.
9.9. Del Anticipo
Se contempla el otorgamiento de anticipos hasta del 100% del monto del contrato, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 73 del D.S. 250/2004, Reglamento de la Ley Nº 19.886.
El proveedor, deberá garantizar los anticipos otorgados mediante boleta de garantía Bancaria, a nombre de SERVIU Metropolitano con la Glosa: para garantizar anticipo licitación ID correspondiente, por un monto equivalente al 100% de los recursos anticipados, con el mismo plazo de vigencia de la boleta de fiel cumplimiento, y la devolución de la garantía se realizará una vez que los servicios sean recepcionados conforme por el municipio y por el SERVIU Metropolitano, y se autorice el pago por el equivalente al 100% de los recursos anticipados, a fin de proceder a compensar dicho pago con el anticipo otorgado. También procederá devolver la garantía por anticipos en caso de que el proveedor reintegre el 100% de los recursos anticipados. También se podrán reducir estas garantías, en la misma proporción en que se reduzcan los anticipos de acuerdo a los pagos que se vayan autorizando.