Resolución de Empates |
En el evento de que una vez
culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes
que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones
de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor
puntaje en el criterio Descuento.
En caso de mantenerse el
empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio
Distribución del Servicio Internet.
De persistir el empate, se
seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio
Precio.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Soporte Técnico.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Garantía.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Medio de Transmisión.
De persistir el empate, se
seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Cumplimiento
de requisitos formales.
Finalmente, si aún persiste
el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas deben ser realizadas solo por el sistema de información.
Por ende las respuestas solo se realizarán por el sistema de información de Chilecompra www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes serán recepcionados solo hasta la fecha del cierre de recepción de ofertas.
En caso de haber ambigüedades en la información entregada, ser poco claras o no ser enviadas en la oferta, se podrá solicitar las aclaraciones del caso por el portal utilizando el "Foro Inverso", en donde se podrán solicitar archivos anexos con información.
Los antecedentes omitidos podrán ser solicitados de ser necesario, a través de la utilización del "Foro Inverso". En virtud del artículo 6° del reglamento de la ley 19.886, el plazo a considerar debe entregar al menos 24 horas para que sea notificada la solicitud, esto es, luego de transcurridas 24 horas desde la publicación de la solicitud en el Sistema de Información. Por ende para la presente licitación serán 48 horas (24 horas de notificación mas 24 horas para presentar los antecedentes omitidos, en conformidad a la clausula "Solicitud de Aclaraciones y Antecedentes").
Por lo cual, se solicita a los oferentes que durante el proceso de confección y entrega de las ofertas, entreguen la totalidad de antecedentes técnicos, administrativos y económicos, conforme a los requerimientos establecidos en cualquier cláusula en las bases de licitación, así como la información que el oferente estime conveniente agregar.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Visita a Terreno |
Se realizará en nuestra Unidad, ubicada en Ruta A-1, km 13, Fuerte Condell, Punta Gruesa, Iquique.
Para lo cual deberán remitir a más tardar el día viernes 07 de febrero de 2020 hasta las 12:00 hrs., la fotocopia digital de las cédulas de identidad (por ambos lados) al Correo Electrónico adquisicionesccn@vtr.net, de las personas que participen en la Visita a Terreno.
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Documentos integrantes |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
1. Los antecedentes legales señalados en el acto administrativo que aprueban las bases de la licitación pública ID N° 5126-2-LE20.
2. Las presentes bases de la Licitación Pública ID N° 5126-2-LE20 del portal www.mercadopublico.cl y sus anexos.
3. Resolución de modificación de las bases, si corresponde.
4. Acta de Visita a Terreno y sus anotaciones.
5. Preguntas, aclaraciones y respuestas realizadas por el portal www.mercadopublico.cl a la presente Licitación, ya sea por el "foro" o "foro inverso" y otras instancias del portal.
6. La oferta recibida por parte del proveedor adjudicado, conformada también por sus antecedentes administrativos, económicos y técnicos.
7. Acta de proposición de la Comisión Evaluadora y sus anexos.
8. Resolución de adjudicación de la Licitación.
9. Contrato suscrito por las partes
10. Orden de compra generada por la adjudicación.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Suscripción del contrato |
El respectivo contrato deberá suscribirse antes del 01 de marzo del 2020.
Si el plazo de vigencia de la oferta venciera antes de la fecha de suscripción del contrato, se entenderá que el adjudicatario la amplía por el período que falte.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá que hay desistimiento de la oferta.
En este caso se podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado o a quien le siga a éste en puntaje, sucesivamente, si tampoco se logra suscribir el contrato con aquél.
También se entenderá como desistimiento de la oferta, si al momento de suscribir el contrato no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva, si fue exigida en las bases.
Para suscribir el contrato el adjudicatario deberá estar inscrito en Chileproveedores.
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Plazo de Entrega |
Desde el 01 de marzo hasta el 31 de Diciembre del año 2020.
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Modificación del contrato |
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
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Coordinadores del contrato |
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1.Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2.Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3.Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informada por el adjudicatario al responsable de administrar el contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
El órgano comprador definirá una contraparte técnica para coordinar el contrato, la que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienda el presente instrumento.
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Acreditación de obligaciones laborales |
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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Normas Laborales |
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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Pago |
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
La factura será recepcionada, revisada y tramitada por el supervisor de la Sección Informática y computación del Departamento Apoyo Administrativo y Logístico del Comando Conjunto Norte (o quien lo subrogue) para su posterior pago.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica o depósito de cheque, en conformidad a lo dispuesto por el Departamento de Finanzas del Comando en el momento del pago respectivo, para lo cual la Empresa adjudicada deberá informar junto con la entrega de la factura los datos para realizar el pago respectivo (número de cuenta, Banco, tipo de cuenta y correo electrónico.
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Documentos a adjuntar a la oferta, para dar cumplimiento de Requisitos Formales |
Deberán adjuntar a la oferta:
1. Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
2. Remitir archivo con características técnicas de los servicios ofertados, la cual será tomada en cuenta para la calificación técnica.
3. Otros documentos que se dispongan en las presentes bases de licitación.
De faltar alguno de los datos antes indicados, la oferta podrá ser eliminada o no considerada, por falta de antecedentes.
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Presupuesto disponible |
En conformidad a lo informado por el Departamento de Finanzas del CCN, se dispondrá para la presente Licitación (Servicios año 2020) de un presupuesto total de $ 5.060.000.- (cinco millones sesenta pesos), impuestos incluidos, en los ítems y estructuras que se señalan:
22-05-007 “Acceso a Internet" en la estructura 0004-0041-4303-0118 "Acceso a Internet", por el servicio de Internet.
22-05-999 “Otros Servicios" en la estructura 0004-0041-4105-0116 "Otros", por el servicio de Televisión Digital
22-05-006 “Telefonía Celular" en la estructura 0004-0041-4105-0067 "Telefonía Celular", por el servicio de Telefonía Celular
En caso que las ofertas superen este presupuesto, queda al análisis del Jefe del Departamento de Finanzas del CCN el posible aumento de dicho monto, para lo cual emitirá un certificado presupuestario, el que será ingresado en el portal www.mercadopublico.cl.
Si no se aumenta el presupuesto, se podrá elegir al proveedor que sigue en puntaje, y si no cumple con el siguiente, y así sucesivamente, siempre y cuando la oferta cumpla con las condiciones técnicas solicitadas por el Departamento solicitante, o en su efecto se declarará desierta la licitación por que las ofertas superan el presupuesto disponible y/o no cumplen con los requerimientos de las presentes bases de licitación.
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Inscripción en ChileProveedores |
En caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con la inscripción y habilitación en el registro ChileProvedores, tendrá un plazo de 10 días hábiles para realizar la tramitación correspondiente, contados desde 24 hrs. posteriores a la adjudicación, es decir, desde la notificación de la adjudicación en conformidad al Art. N° 6 del DS 250 Reglamento de la Ley N° 19.886.
En caso que el adjudicatario no cumpla con el plazo descrito precedentemente, esta Alta Repartición podrá realizar la readjudicación de la presente licitación al 2do. proveedor mejor evaluado y sucesivamente en caso de que también incumplan lo dispuesto en el párrafo anterior.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
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Nacionalidad |
Por motivos de seguridad, las personas que ingresan a la Unidad, la nacionalidad de los participantes tanto de la Visita a Terreno y trabajadores DEBE SER CHILENA, para lo cual se deberán remitir los antecedentes comprobatorios solicitados en las bases de licitación en forma digital, en las siguientes fechas:
1. Para los participantes de la Visita a terreno: 07 de febrero de 2020, hasta las 12:00 hrs., al correo electrónico adquisicionesccn@vtr.net.
2. Para los Trabajadores: Fecha de cierre Recepción de ofertas.
En caso de no presentar los antecedentes requeridos en el punto 1, no podrá participar en la Visita a terreno programada, debido que no podrá ser corroborada la información, además de verificar que no afecte a la seguridad de esta Alta Repartición.
La no presentación de los antecedentes requeridos en el punto 2, será causal para rechazar y/o desestimar la oferta, debido que no podrá ser corroborada la información. y verificar que no afecte a la seguridad de esta Alta Repartición.
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Trabajos Especiales y/o extraordinarios |
Trabajos Especiales y/o Extraordinarios:
Serán solicitados por el Jefe del Departamento Apoyo Administrativo y Logístico (o quien lo subrogue) y autorizados por el JEM del CCN (o quien lo subrogue), una vez aprobados los fondos por el Jefe del Departamento de Finanzas (o quien lo subrogue), por servicios afectos a la presente licitación que no fueron considerados y/o fueron detectados con posterioridad, sean éstos por imprevistos, trabajos especiales y/o extraordinarios.
Para lo anterior, se elaborará la(s) respectiva(s) orden(es) de compra por los trabajos extraordinarios, previa solicitud de adquisición del Departamento requirente y certificado de disponibilidad presupuestaria del Departamento de Finanzas.
Esta Alta Repartición podrá realizar trabajos especiales y/o extraordinarios con cargo a la Presente Licitación durante la vigencia del contrato y/o su renovación, por un monto correspondiente hasta un máximo del 30% del monto total de la adjudicación de la presente licitación (por periodo).
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción del proceso licitatorio |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta o revocar la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Lo anterior se informará mediante la publicación de una resolución fundada en el portal www.mercadopublico.cl, ésta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo por parte el Comando Conjunto Norte.
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Reincorporación de Ofertas |
En caso que exista un error en el proceso de adjudicación se podrán reincorporar las ofertas, emitiendo un certificado de reincorporación emitido por la sección de Adquisiciones del Comando Conjunto Norte, en el cual se deberá especificar el motivo de la reincorporación de las ofertas.
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Readjudicación |
El Comando Conjunto Norte, podrá readjudicar la licitación a los oferentes que sigan en orden respecto con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1. Si no se acepta la orden de compra en el plazo estipulado, por causas atribuibles al proveedor adjudicado.
2. Si no se cumple con el plazo de inscripción y habilitación en el registro de proveedores de la DCCP.
3. En caso que el adjudicado desista, renuncie, abandone o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación, sin perjuicio de informar dicha situación a la DCCP.
4. Si el proveedor es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los antecedentes que sean requeridos para verificar dicha condición.
5. Si el proveedor no entrega la Boleta de Garantía por fiel cumplimiento de contrato.
6. Otros descritos en las presentes bases de licitación.
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Modificaciones a las bases |
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
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Empresas participantes |
Podrán participar en esta licitación todas las empresas nacionales o extranjeras, de personas Naturales o Jurídicas, que se encuentren legalmente constituidas en Chile y que tengan capacidad legal para contraer obligaciones y que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 21, de 1990, del Ministerio de Hacienda, el oferente no podrá tener entre sus socios a una o más personas que presten servicios al Estado como trabajadores dependientes, cuya participación sea igual o superior al 50% del capital social, ni tener entre sus trabajadores a personas que sean, además, funcionarios dependientes del Estado.
Los antecedentes de carácter legal y económico que se soliciten en la presente Licitación, deben ser presentados en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl, de preferencia en formato PDF o JPG, dentro del plazo estipulado en las presentes bases de licitación.
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Costos del proceso de licitación |
Los oferentes costearán todo lo relacionado con la preparación y presentación de su oferta, y el CCN no será responsable, ni indemnizará en caso alguno por dichos costos, cualquiera que sea el resultado de la licitación.
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Datos adjuntos |
La oferta deberá enviarse en formato digital legible de uso común, prefiriéndose los formatos JPG y PDF, a través del portal www.mercadopublico.cl.
La integridad de los archivos adjuntos a la oferta será de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
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Llamado a licitación |
Toda propuesta que no se ajuste substancialmente a las Bases será desestimada y la licitación será declarada desierta cuando no se presentaren otras ofertas, o ellas no resulten convenientes a los intereses del CCN, en ambos casos se realizará una Resolución fundada.
Para lo anteriormente descrito una propuesta que responde sustancialmente a lo licitado es aquella que cumple con los términos, condiciones y especificaciones de las bases de licitación, sin alejarse ni hacer salvedades materiales, es decir, aquella situación que afecta en forma significativa el alcance, calidad de la presentación o que la limite en alguna forma, incompatible con lo especificado en estas Bases, los derechos del CCN o las obligaciones de los proponentes.
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Adjudicación de la Licitación |
La comisión Evaluadora procederá a estudiar las diferentes propuestas presentadas, y propondrá la alternativa que sea más convenientes al CCN.
Los proponentes cuyas ofertas no fueren seleccionadas, no tendrán derecho a indemnización por este hecho.
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Notificaciones |
El CCN notificará al proponente adjudicado a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, que su oferta ha sido aceptada, y de igual manera a los no seleccionados que su oferta ha sido rechazada o desestimada, según sea el caso.
Se entiende notificado 24 horas posteriores a la publicación de la información en el portal www.mercadopublico.cl.
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Aceptación de la orden de compra |
La Orden de Compra se entiende aceptada transcurridas 24 horas contadas desde el envío de la misma al adjudicatario, por el portal www.mercadopublico.cl.
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Caso fortuito o fuerza mayor |
El CCN y la Empresa Adjudicada no serán responsables en caso de tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerado como caso fortuito o fuerza mayor, definidos como tales por el Artículo 45 del Código Civil Chileno.
La calificación de caso fortuito o la fuerza mayor la efectuará el acreedor de la obligación incumplida, sobre la base a los antecedentes que le proporcione la parte afectada por el caso fortuito o fuerza mayor.
En este caso, la parte afectada comunicará por escrito al acreedor de la obligación, en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles de ocurrido el hecho, y solicitará la prórroga de los plazos que correspondan, prórroga que no podrá ser superior a 10 (diez) días hábiles, acompañando un informe en que consten los hechos constitutivos del caso fortuito o la fuerza mayor invocada, debidamente fundado, de superar éste plazo las partes podrán poner término al presente contrato.
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Responsabilidad civil |
Incumplimiento total, parcial o tardío de los trabajos contratados en la cláusula "Productos y/o Servicios" y su anexo, generará la responsabilidad civil, en conformidad a las normas legales vigentes.
Lo anterior sin perjuicio, de las sanciones contempladas en la presente Licitación Pública.
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Exclusión de relación laboral |
Los trabajadores que la empresa adjudicada asigne a trabajar en las dependencias del CCN, donde se ejecuten los servicios solicitados en la presente licitación, serán de exclusiva responsabilidad legal y previsional de dicha empresa.
La empresa deberá remitir al Comando Conjunto Norte, el listado de trabajadores que participarán en la ejecución de los trabajos (Se adjunta formato).
El Comando Conjunto Norte no adquiere ningún tipo de vínculo laboral y/o contractual alguno, con el personal que la empresa emplee, contrate o subcontrate para la ejecución de los trabajos descritos en el presente instrumento. Del mismo modo, el Comando Conjunto Norte no tendrá ninguna responsabilidad en el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales, judiciales y tributarias, y en general de ninguna obligación que corresponda como empleador, debiendo, ser pagadas exclusivamente por la empresa.
Asimismo, se deja expresamente establecido que el Comando Conjunto Norte no se hará responsable por los accidentes laborales y/o enfermedades que pueda sufrir el personal de la empresa, durante la vigencia del presente contrato, ya sea dentro o fuera de los recintos donde se realicen los servicios.
El Comando exigirá que el contratista pruebe el estado de pago de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y se reserva el derecho de retener los montos necesarios de manera de dar cumplimiento a la ley N° 19.886 y N° 20.123 sobre subcontratación.
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Comisión Evaluadora |
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto.
Dicha Comisión estará compuesta por tres o más funcionarios de la entidad licitante designados por resolución del Jefe de Estado Mayor del CCN.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases.
La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
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Consulta sobre la Adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica adquisicionesccn@vtr.net.
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Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo efectuarse un nuevo proceso de adquisición del servicio, donde la empresa referida no podrá participar.
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Prorroga de los Servicios |
Este contrato de servicio será prorrogable (por única vez) por el periodo de 12 (doce) meses, correspondiente al año 2021, desde el término de vigencia del contrato para el año 2020, siempre que el proveedor mantenga las siguientes condiciones:
1. El Proveedor deberá mantener el mismo monto del contrato, solo se autoriza un aumento de hasta un 2% del monto neto, para lo cual se solicitará una cotización.
2. El calificador económico (Jefe Depto. Finanzas) elaborará el respectivo certificado presupuestario, avalando la prórroga del respectivo servicio.
3. La prórroga del contrato se realizará sí el proveedor adjudicado demuestra su confianza y seguridad, así como la calidad de los servicios prestados.
4. Haber cumplido íntegramente y oportuna las obligaciones de las bases de licitación y el contrato del periodo 2020.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida.
La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado por medio del portal www.mercadopublico.cl, correo electrónico, personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Término Anticipado |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1)Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2)Si se disuelve la empresa adjudicada.
3)Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4)Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5)Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
6)Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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Plazo de validez de ofertas |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
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Multas y/o Sanciones |
Serán causales de incumplimiento de los servicios requeridos con una multa equivalente a 1 UTM, los siguientes incumplimientos:
a) Que la Empresa no cumpla con una continuidad operativa de los enlaces de un 99,5% por el periodo contratado (Internet y TV Digital).
b) Que la Empresa no entregue la velocidad del servicio especificado en la oferta (internet).
c) Que la Empresa no entregue la totalidad de los enlaces propuestos (Internet, TV Digital y telefonía celular)
d) Que la Empresa no instale y configure la totalidad de los equipos descritos en la oferta (TV Digital).
e) Que la señal no se encuentre operativa en las localidades especificada en la oferta (telefonía celular)
f) Que la señal de noticias especificadas en la oferta no se encuentre disponible (TV Digital)
Se considerarán incumplimiento de las obligaciones del proveedor, en cuanto a la instalación y puesta en marcha de los servicios requeridos (plazo máximo para la instalación 28.FEB.2020), las siguientes:
a) Atraso en el plazo de otorgamiento del servicio requerido.
b) Entrega parcial e incompleta del servicio requerido.
c) Si el adjudicatario no entrega lo descrito precedentemente se aplicará una multa de 5% del valor de la orden de compra emitida.
d) Si el atraso excede los 10 días, además de la multa indicada en la letra anterior, la Institución podrá adquirir el producto y/o servicio en el mercado, siendo de cargo del adjudicatario la diferencia de precio que se deba pagar.
e) Si el atraso se debiese a fuerza mayor o caso fortuito, se aplicarán las multas hasta el día en que se notifique por escrito a la Institución el acaecimiento del hecho.
f) La entidad licitante podrá ejercer las acciones legales correspondientes para el debido resguardo del interés fiscal.
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