Licitación ID: 2408-668-LP13
"REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES"
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 42
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Reposición de obras viales  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
"REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES"
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de los Ángeles requiere contratar la Reposición de obras Viales, en los lugares donde se observa colapso o deterioro de la infraestructura existente, ya sea por daño, suciedad o poca capacidad. Se busca optimizar los plazos de respuesta a las necesidades de emergencias o conservación que se presenten, por lo que se plantea mantener un contrato vigente por 12 meses, en base a precios unitarios.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
Caupolicán 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-10-2013 10:00:00
Fecha de Publicación: 13-09-2013 12:23:57
Fecha inicio de preguntas: 13-09-2013 16:00:00
Fecha final de preguntas: 25-09-2013 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-09-2013 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-10-2013 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-10-2013 10:30:00
Fecha de Adjudicación: 10-01-2014 9:23:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, las personas naturales podrán actuar personalmente o representadas por un tercero, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl , sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberan cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La distorción o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir del Contrato. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.
2.- Entregar Antecedentes Administrativos
Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Boleta Bancaria de Seriedad de la Oferta, en tesorería Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº 399, Los Angeles, hasta las 10:00 horas, del día 04 de Octubre de 2013, el oferente que no ingrese dicha Boleta de garantía en la fecha y hora indicadas, será declarado fuera de bases. Las propuestas se presentarán en Forma Electrónica, a través del Portal www.mercadopublico.cl. El incumplimiento a las instrucciones para la presentación de la oferta será causal para declarar fuera de bases a los oferentes que no cumplan con esta exigencia. El oferente debe presentar toda la documentación requerida de acuerdo al siguiente detalle: I.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, LOS QUE DEBERAN SER INGRESADOS EN LA SECCION "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS: 1.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº 1. 2.- Declaración Jurada Notarial, según Anexo Nº 2. 3.- Patente Municipal al día correspondiente al rubro. 4.- En caso que el oferente sea persona jurídica, deberá acompañar además, los siguientes documentos: Certificado de Vigencia de la Inscripción en el Registro de Comercio de la inscripción de la entidad y sus modificaciones, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta. NOTA: Para los oferentes inscritos en Chileproveedores, los documentos señalados en los Nº3 y 4, solicitados anteriormente, que estén ingresados en el link " Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de apertura de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado en el punto Nº 4 debe tener una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta. Toda la documentación requerida, deberá ser remitida sólo mediante alguna de las siguientes extensiones:.jpg.bmp.pdf.doc.tif.xls.mpp ó.zip.,de lo contrario quedarán fuera de bases.
Documentos Técnicos
1.- Para los efectos de la presentación de la Oferta deberá adjuntarse la siguiente documentación Técnica, la que obligatoriamente deberá ser ingresada en la sección "B" ANEXOS TÉCNICOS. 1.-Listado de Proyectos de Pavimentación de HCV ejecutados durante los tres últimos años, de acuerdo a Anexo Nº3
 
Documentos Económicos
1.- Para los efectos de la presentación de la Oferta deberá adjuntarse la siguiente documentación Económica, la que obligatoriamente deberá ser ingresada en la sección "C" ANEXOS ECONÓMICOS. 1.- Oferta Económica, de acuerdo a Anexo Nº4.1 2.- Cantidad de Obras 2013 , de acuerdo a Anexo Nº4.2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará como una proporcionalidad indirecta, en relación al oferente que obtenga el mayor puntaje. De acuerdo al Anexo Nº4.1, y Nº4.2 80%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará como una proporcionalidad directa, en relación al oferente que obtenga el mayor puntaje. De acuerdo a Anexo Nº 3. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 70000000
Justificación del monto estimado En base a presupuesto estimado.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL PRESUPUESTO DISPONIBLE INCLUYE IMPUESTOS. SE DEBERÁ TENER PRESENTE QUE EL PORTAL CONSIDERA VALORES NETOS.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Margarita Jimenez Jimenez
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Viviana Garcés Mellado
e-mail de responsable de contrato: vgarces@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2406462-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
EL CONTRATISTA ES EL UNICO RESPONSABLE DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS CON LA MUNICIPALIDAD.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Fecha de vencimiento: 30-12-2013
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: ESTA BOLETA SERÁ PAGADERA A LA VISTA O CON AVISO DE 30 DIAS, TOMADA POR EL OFERENTE EN FORMA IRREVOCABLE A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES.
Glosa: LA GLOSA DEBERÁ INDICAR "PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PUBLICA:REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES"
Forma y oportunidad de restitución: PODRA SER SOLICITADA SU DEVOLUCION UNA VEZ RESUELTA LA LICITACIÓN, EL OFERENTE ADJUDICADO PODRA SER SOLICITARLA UNA VEZ ENTREGADA LA BOLETA DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Fecha de vencimiento: 31-12-2014
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: ESTA BOLETA DE GARANTÍA SERÁ POR EL MONTO INDICADO, PAGADERA A LA VISTA O CON AVISO DE 30 DIAS, TOMADA POR EL OFERENTE EN FORMA IRREVOCABLE A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, EMITIDA POR UNA ENTIDAD BANCARIA CON OFICINA EN LA CIUDAD DE LOS ANGELES Y ENTREGADA EN LA DIRECCIÓN DE SECPLAN, UBICADA EN CALLE COLO COLO Nº 0455 DE LOS ANGELES.
Glosa: LA GLOSA DEBERA INDICAR:"PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PUBLICA "REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES".
Forma y oportunidad de restitución: ESTA BOLETA DEBERÁ SER SOLICITADA POR ESCRITO AL DIRECTOR DE OBRAS MUNICIPALES, IDENTIFICANDO LA PROPUESTA, NOMBRE DEL OFERENTE, NÚMERO DE BOLETA Y BANCO QUE LA EMITIÓ, HABIÉNDOSE CUMPLIDO LOS COMPROMISOS CONTRACTUALES O EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA MISMA.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ITEM PRESUPUESTARIO

PRESUPUESTO MUNICIPAL VIGENTE
Item: 31.02.004 "Mantención de rejillas de aguas lluvias"
Item: 31.02.004 "Conservación de Calzadas"



APLICACION DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Términos de Referencia, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Planos y Especificaciones Técnicas, así como toda la restante documentación complementaria y la oferta económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta.

Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forma parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.

Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

-         Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.

-         Normativa Vigente.

-         Bases Administrativas y sus Anexos.

-         Oferta Económica.

-         Contrato.

PRELACIÓN TÉCNICA

-         Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
-         Términos  de Referencia

-         Plano
-         Especificaciones Técnicas

-         Normativa vigente

SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, Términos de Referencia, sus Anexos, Plano y Especificaciones Técnicas, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere y toda la Documentación que rige esta Licitación.

LAS OFERTAS

Cada Oferente presentará su Oferta Económica, en base a precios unitarios de obra, la que deberá ser según formato del Anexo N°4.1, en moneda nacional. Además deberá indicar plazo de ejecución de obras de año 2013 , de acuerdo a Anexo Nº4.2.  Los proponentes deberán considerar en la propuesta todas las partidas. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases, por parte del proponente. La propuesta considera los trabajos para las obras de "REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES", de acuerdo a planos y Especificaciones Técnicas.

Las ofertas de los Proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Términos de Referencia,  planos y Especificaciones Técnicas.

COMISION DE APERTURA
Comisión de Apertura, conformada por Administrador Municipal o funcionario de dicha repartición, la Directora de Secplan o funcionario de dicha repartición,  la Directora de Asesoría Jurídica o funcionario de dicha repartición, y como ministro de Fe, el Sr. Secretario Municipal, levantándose acta circunstanciada de lo obrado, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en la Sala de Directores de la Municipalidad de Los Ángeles, ubicada en el tercer piso del Edificio Consistorial, calle Caupolicán N°399, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. En caso que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación).
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas.
En caso de que la licitación fuera declarada desierta o inadmisible, se podrá realizar un trato directo, si la Comisión de Apertura así lo dispone y solicita en forma fundada un Decreto Alcaldicio.
Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl , no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.
EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTA

La Comisión de Evaluación   conformada por el Administrador Municipal o Funcionario de dicha repartición, Directora de Secplan o quien la subrogue, con exclusión de funcionarios que elaboran bases, profesional Secplan, quienes  estudiarán las diferentes ofertas recibidas. La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnico Económico, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ránking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará al Sr. Alcalde, en un plazo máximo de 10 días hábiles,  una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al oferente mejor evaluado. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas cuando no sean convenientes a los intereses municipales y con el debido fundamento, y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del oferente no adjudicado.
Si la contratación supera las 500 UTM, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65, letra l de la Ley 18.695.- dicha contratación deberá contar con la aprobación del Concejo Municipal.
Resuelta la propuesta por parte de la Municipalidad, a través de Decreto Alcaldicio notificará al proveedor adjudicado a través del sistema
www.mercadopublico.cl . Los oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema www.mercadopublico.cl.

VALOR DEL CONTRATO

La propuesta se formulará a serie de  precios unitarios, en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su valor incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. El valor del contrato será por los valores  unitarios por partida, indicados por el proponente que se haya adjudicado la propuesta y dicho valor debe responder por todas las obras permanentes y provisorias para ejecutar las obras de "REPOSICIÓN DE OBRAS VIALES EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES" de acuerdo a estas Bases,  Especificaciones Técnicas y Planos, documento consultas y aclaraciones, si las hubiere y demás documentos del contrato. El valor del contrato corresponderá a obras totalmente terminadas, incluye la construcción de las obras, instalación de las mismas, impuestos, etc., y sin que esta enumeración sea taxativa ni excluyente del valor del contrato que incluye cualquier pago necesario para el cumplimiento del contrato.

LOS PLAZOS

El Contrato tendrá vigencia de 12 meses, de acuerdo a lo indicado en los Términos Técnicos de Referencia.

Para el año 2013 se considera una cantidad de obras  mínimas a ejecutar , las que deben tener como plazo máximo 50 dias corridos, será el propuesto por el Contratista en Anexo Nº 4.2 "Cantidad de Obras 2013" y contado desde la fecha del acta de entrega del terreno.

Durante el periodo que dure el contrato, exceptuando las obras mínimas correspondientes al año 2013, se podrán solicitar obras de emergencia, las que deberán realizarse en los plazos estipulados en los Términos de Refencia letra D

Sólo por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificados por la Municipalidad, ésta podrá modificar el plazo para el desarrollo de las obras por el tiempo que estrictamente dure el inconveniente.

 El Contratista deberá evaluar técnicamente el tiempo real de ejecución de las obras, al momento de evaluar su oferta. El no cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato dará lugar a la aplicación de las multas correspondientes.

El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días corridos, sin deducción de días de lluvia, feriados, ni festivos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del contratista.

2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

3.- Que el hecho sea insuperable.

4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

Si el contratista estimara tener derecho a un aumento del plazo contractual, deberá solicitarlo por escrito fundadamente a la Municipalidad, con una antelación mínima de 15 días del vencimiento del plazo contractual. La ejecución de nuevas obras, ya sean obras extraordinarias o aumento de obras, dará derecho a un aumento del plazo contractual a convenir entre las partes. El aumento de plazo deberá ser concedido a través de un decreto dictado en forma, previo a la fecha del término del plazo contractual. Si el contrato sufriera aumento de plazo se deberá prorrogar la vigencia de todos los documentos de garantía en custodia. Cualquier modificación de contrato generará en "Contrato modificatorio" el cual deberá ser aprobado por decreto Alcaldicio.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado unilateralmente del Contrato, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos :
a.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas y por la Oferta Económica.
b.- Declaración de quiebra del adjudicado.
c.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
d.- Disolución de la persona jurídica.
e.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el artículo Nº77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
En caso de producirse las causales indicadas, la Municipalidad de Los Ángeles podrá hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Boleta de Garantía. 

PAGO
El pago se efectuará, por avance de obra, conforme a estados de pagos mensuales, calculados de acuerdo a las cantidades de obras efectivamente ejecutadas multiplicadas por el valor unitario  unitario entregado por el Contratista.
No se podrán presentar estados de pago por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. El último estado de pago, el que no podrá ser inferior al 5% del contrato, se pagará una vez que se haya realizado la recepción provisoria sin observaciones.
DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- Para el pago, el Contratista deberá presentar los siguientes documentos en original y dos copias ordenados en carpetas individuales:

· Estado de pago de acuerdo a formato entregado por la Municipalidad.

· Presentación de la factura correspondiente a nombre de la MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en Caupolicán Nº 399, Los Ángeles.

· Nómina de trabajadores contratados para la obra.

· Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución de las Obras durante el mes correspondiente a la factura en proceso de cobro. .

· Certificado vigente de la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de la obra a que se refiere ésta Licitación (incluyendo a los trabajadores de los subcontratistas).

INSPECCION TÉCNICA

Se entiende por Inspección Técnica de la Obra (I.T.O.), a la o las personas que, nombradas por Decreto Alcaldicio por parte de la Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento del contrato que emane de esta Licitación. La I.T.O. deberá verificar los avances que efectúe el Contratista, y aprobarlos cuando corresponda. El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que impartan por escrito la I.T.O., conforme los términos y condiciones del contrato. Dichas órdenes deberán ser cumplidas y/o apeladas por el contratista, en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha de notificación hecha en el libro de obra. Toda consulta, apelación, observación o proposición del Contratista, que se relacione con los trabajos, deben formularse por escrito, dirigidas al Director de Obras Municipales y entregadas en la secretaría de la Dirección, ubicada en calle Colo Colo Nº455, ciudad de Los Ángeles, en horario de 8:15 a 13:30 horas. La Comisión de Evaluación, resolverá dicha apelación en 6 (seis) días hábiles y comunicará por escrito al contratista la resolución. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a aplicar las sanciones establecidas en las presentes Bases.

RESPONSABILIDAD, CUIDADO DE LA OBRA Y RIESGO
El Contratista será el único responsable por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción, demolición y retiro, transporte, mantención y seguro contra todos los riesgos, de la totalidad de los elementos, tales como planta de construcción, obras provisorias, materiales y transporte y objetos de cualquier naturaleza y deberá reponerlos, reconstruirlos o reejecutarlos en caso que se pierdan o resulten dañados o inadecuados, todo ello por su propia cuenta. Esta responsabilidad le corresponde al Contratista durante todo el período de vigencia del Contrato, y deberá acatar las indicaciones que al respecto emanen de la Inspección Técnica.
PREVENCION DE RIESGO Y SEGURO DE ACCIDENTE

El Contratista deberá proveer a su personal del Equipo de Seguridad que establezcan las normas de seguridad, cumplir las prevenciones de riesgo de los mismos y las instrucciones que imparte la Mutual de Seguridad o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el Seguro de Accidentes correspondientes, además de las Normas sobre trabajos en la vía pública establecidas por el Artículo 102, de la Ley de Tránsito N° 18.290, así como todas aquellas que se señalan en los Términos Técnicos de Referencia de estas Bases.

SANCIONES Y MULTAS

Si las obras se entregaran con posterioridad al plazo contractual, se aplicará al contratista una multa equivalente al cinco por mil del monto total neto contratado por cada día de atraso. Esta multa que será en pesos deberá cobrarse a partir de la fecha de término del contrato y hasta un plazo máximo de 15 días corridos. Si transcurridos este tiempo el contratista no hiciera entrega de las obras terminadas, la Municipalidad de Los Ángeles podrá hacer efectiva la Boleta Bancaria de Garantía que cauciona el contrato y podrá dar término al contrato administrativamente y sin intervención de los tribunales de justicia. En caso que la entrega de las obras fuera antes de los 15 días, sólo se aplicará la multa correspondiente a los días afectos al retraso. El contratista comunicará por escrito el término de las obras y será el ITO quién verifique lo informado. Las observaciones o instrucciones, emanadas de la ITO, no apeladas o apeladas y resueltas, que no sean cumplidas, darán lugar a la aplicación de una multa diaria del dos por mil del monto total neto del contrato. De persistir el incumplimiento por más de 15 (quince) días hábiles, la Municipalidad podrá sancionar con el término anticipado del Contrato. Dichas multas serán aplicadas por el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases. Las multas se descontarán del monto del Estado de Pago siguiente a la sanción aplicada.

LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Contratista. Los descuentos se harán de los estados de pago del Contratista y/o de las garantías vigentes.

RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del traslado de materiales, o por las obras, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA CON CARGO

Si el contratista no diere cumplimiento a las condiciones pactadas en el contrato o se negare a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la I.T.O., la Municipalidad podrá disponer la resolución administrativa con cargo al contrato. Para los efectos de las presentes Bases Administrativas, resolver administrativas con cargo a un contrato, aplica la facultad que tiene la Municipalidad de poner término anticipado a un contrato de ejecución de obras, sin necesidad de recurrir a la justicia ordinaria para tales efectos, habida consideración de la aceptación del contratista por el solo hecho de suscribir el contrato correspondiente, siendo de cargo de dicho contratista todo mayor gasto, directos o indirectos que su incumplimiento le signifiquen a la Municipalidad. Se entiende por cargo de un contrato resuelto administrativamente, el mayor costo que deba pagar la Municipalidad por la ejecución y terminación de las obras contratadas, incluyéndose la totalidad de los gastos en que deba incurrir, tanto directos como indirectos o a causa de ello. La Municipalidad podrá declarar resuelto administrativamente el contrato con cargo, sin forma de juicio, y hacer efectivas de inmediato todas las garantías que obren en su poder, en los siguientes casos: a) Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 07 días corridos, contados desde la fecha de entrega del terreno. b) Por paralizar las obras por más de 15 días corridos sin causa justificada ante la I.T.O. c) Por el incumplimiento de las órdenes o instrucciones impartidas por la I.T.O. relacionadas con la ejecución de las obras. d) Por modificaciones o alteraciones de las obras contratadas sin la debida autorización. e) Si las obras quedaren con defectos graves que no pudieren ser reparadas y comprometieren la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la Municipalidad adopte las medidas procedentes. f) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del contratista cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias. g) Si el contratista fuere declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado. h) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato. i) Por otras causales indicadas en las presentes Bases Administrativas que establezcan dicha sanción. Resuelto administrativamente con cargo el contrato, la Municipalidad deberá contratar las obras, materia del mismo, de acuerdo a las normas de las presentes Bases Administrativas, procurando mantener, en lo posible el mismo número, calidad, especificaciones de las obras contratadas primitivamente. Para terminar las obras liquidadas administrativas con cargo, la Municipalidad podrá recurrir a los estados de pago pendientes y hacer efectivas las garantías en custodia de cualquier naturaleza. La Municipalidad dispondrá de un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de tramitación de la resolución que disponga de la medida a que se refieren los artículos precedentes, para contratar la terminación de las obras. En caso que al contratarse la terminación de las obras, fuere necesario modificar partidas o especificaciones del contrato resuelto administrativamente con cargo, para los efectos de liquidar el cargo, se deberán considerar para aquellas partidas, los valores y cantidades contemplados en el presupuesto detallado, según sea el caso. Terminadas y recibidas por la Municipalidad las obras contratadas se procederá a terminar contablemente en contrato resuelto administrativamente con cargo, para lo cual se deberá expresar en pesos el monto del contrato que se liquida, a la fecha de término establecido para el mismo. De resultar un saldo a favor del contratista, se le restituirá, dictando previamente un Decreto que sancione la liquidación pertinente. Si de la liquidación se obtiene un saldo en contra del contratista, este tendrá un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la resolución que aprueba la liquidación contable, para entregar en arcas de la Municipalidad el total adeudado. Vencido dicho plazo, la Municipalidad iniciará las acciones judiciales que procedan.

AUMENTOS Y DISMINUCIONES DE OBRA

La Municipalidad podrá otorgar ampliación de obras y/u obras extraordinarias hasta un máximo del 20% del monto contratado, previo informe técnico de la ITO, visado por la Directora de Secplan y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las presentas Bases Administrativas, la Municipalidad podrá, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, ordenar modificación o paralización temporal de las obras, las que deberán ser aprobadas por Decreto Alcaldicio, antes de la fecha del plazo contractual, además los aumentos efectivos de obra y aumentos de plazo, deberán ser debidamente garantizados mediante boletas de garantía bancaria, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término de las obras mas 90 días corridos. Los aumentos o disminuciones de obras se cotizarán a los Precios Unitarios del presupuesto adjudicado. La Oferta del Contratista incluye el costo total de la obra, por lo que no podrá cobrar ningún tipo de obras extraordinarias. No obstante, a exclusivo juicio de la Municipalidad podrá ésta ordenar obras extraordinarias o el empleo de materiales no considerados a precios unitarios convenidos, a fin de llevar a un mejor término la obra, en cuyo caso se incluirán éstas al valor total del contrato como “aumento de obras extraordinarias” y siempre que exista disponibilidad presupuestaria debidamente autorizada. Cualquier aumento, disminución de obras y/o obras extraordinarias, deben ser aprobadas por la Municipalidad antes de la fecha contractual.

CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad por medio de Inspección Técnica, no libera al Contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista.

RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de "Precio".

 

MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la cláusula 2 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación. 

PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES

En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la Municipalidad. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición.

Para la evaluación de su oferta se descontará 01 punto, por cada documento omitido, de su puntaje final.

JURISDICCION, DOMICILIO Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato, será resuelta , en primera instancia por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidda de Los Ángeles, de no ser resuelta se pondrá en conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante el plazo de vigencia de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.
DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl
DEL CONTRATO
Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl al proponente favorecido (en adelante el Contratista), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad.

 El contrato suscrito ante Notario deberá ser devuelto a la Municipalidad de Los Angeles, dentro de los 15 días hábiles contados desde la entrega del mismo para su firma Notarial, en la misma ocasión el Contratista deberá:
- Hacer entrega de la Boleta Bancaria de Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
- Si el Contratista no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Boleta Bancaria de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desestimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aceptar la oferta de otro proponente.
- Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Contratista.
- Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia.
- El Contratista no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.
DEL LIBRO DE OBRAS Y DOCUMENTOS EN OBRA
Para la fiscalización de la obra se llevará en ella un libro que se denominará "Libro de Obras", en el cual se anotarán todas las observaciones de la marcha de los trabajos y las órdenes que la I.T.O. y/o proyectista dé al Contratista. Será responsabilidad y cargo del contratista proveer el Libro de Obras manifold autocopiativo foliado en triplicado, el cual deberá permanecer en la obra.
DE LA RECEPCION PROVISORIA
1.-Para las Obras a Ejecutarse el año 2013 :Una vez terminadas las obras, el contratista solicitará por escrito la recepción de las obras a la I.T.O., solicitud que deberá ingresar en la oficina de partes de la Municipalidad, para ante la I.T.O., la que deberá verificar el Fiel cumplimiento de las especificaciones del contrato y comunicarlo, dentro del plazo de 5 días, por escrito, a la Unidad respectiva, indicando por él la fecha en que el contratista puso término a la obra. La comisión de recepción deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 10 días corridos, contados desde la fecha de terminación de la obra. El día y la hora fijado para la recepción debe ser comunicado al contratista con dos días de anticipación, por lo menos, para que concurra al acto si lo desea, la no concurrencia del contratista, se dejará constancia del hecho en el acta correspondiente. Una vez verificada por la comisión el cabal cumplimiento del contrato, éste dará curso a la recepción y levantará un acta dentro del plazo de 7 días corridos contados del día de la recepción en terreno, y que será firmada por los miembros asistentes, por la I.T.O. y el contratista, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de 5 días. La comisión consignará, la fecha que haya indicado la I.T.O. en el Oficio indicado anteriormente. Si de la recepción de las obras, la Comisión determina que los trabajos adolecen de defectos fácilmente reparables, recepcionarán las obras con reserva, levantando un “Acta de Recepción Provisoria con Observaciones”, detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos, el plazo adicional no podrá exceder del 25% del plazo contractual y no estará afecto a multas. El I.T.O. deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión, dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar una acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las obras. Si el contratista hubiere excedido el plazo otorgado por la comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Si de la Recepción de las obras resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un informe detallado al Jefe de la Unidad Técnica el cual notificará al contratista, quién ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine. Si la comisión establece dentro del plazo que la obra no ha sido terminada, dejará constancia de ello en el informe y al contratista le serán aplicadas las multas por atraso, por el monto equivalente al dos por mil del monto contratado, a contar de la fecha en que ingresó la notificación de términos de obra. Este informe se notificará a través del libro de obra. El contratista una vez que considere haber terminado la obra deberá requerir nuevamente la Recepción Provisoria en la forma señalada precedentemente.

2.- Las Obras de Emergencia : serán recibidas de acuerdo a instrucciones determinadas por la I.T.O. , a medida que se vayan ejecutando.
DE LA COMISION DE RECEPCION
La recepción de las obras se efectuará por una Comisión compuesta por el Director de Obras, el Director de Secplan y un profesional SECPLAN.
DE LA RECEPCION DEFINITIVA
Será responsabilidad del Contratista solicitar por escrito, al Director de Obras, la recepción Definitiva de las obras. La Recepción Definitiva se hará una vez cumplido el plazo del Contrato, la cual se hará en la misma forma y solemnidad de la provisoria. El mandante usará o explotará la obra, después de la recepción provisoria de ella. Sin embargo, el contratista será siempre responsable durante el plazo de garantía por la correcta ejecución de la obra, de todos los defectos que presenta la ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuadas de la obra, y deberá repararlos a su costo antes de la fecha que razonablemente señale la I.T.O. La comisión receptora verificará básicamente durante la recepción definitiva de la obra, lo siguiente: a) La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa). b) La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).
DE LA LIQUIDACION FINAL DEL CONTRATO
Realizada la Recepción Definitiva sin observaciones, y dictado el decreto respectivo, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 30 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Contratista. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Contratista la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato".

DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a.- Será obligación del Contratista ejecutar las obras con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Planos y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente, empleando materiales, maquinaria equipos y mano de obra de acuerdo a las características de la obra y lo establecido en su oferta.

b.- Será obligación del Contratista acatar y dar solución a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica de la Obra.

c.- Será responsabilidad y cargo del Contratista obtener la totalidad de las informaciones y permisos que fueren necesarios para la ejecución de las obras en los servicios respectivos.

d.- El Contratista deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. Nº75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que establecen normas relativas al transporte de materiales.

e.- Será responsabilidad del Contratista los pagos de permisos u otros similares que no signifiquen obras, que haya que pagar a Servicios Públicos o Privados con motivo de la ejecución y entrega al uso público de las obras que comprende la Licitación.

f.- El Contratista deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Contratista tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas la leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el contratista, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidda deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraida por el Contratista, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presentes obras que debe realizar el contratista, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición pertinentes y que le confier la legislación vigente.

g.- Es obligación del contratista realizar todo tipo de ensayos pertinentesa la obra y que hayan sido solicitado por la Inspección Técnica y establecidos en las Especificaciones Técnicas.

h.- El Contratista es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

i.- El Contratista deberá proporcionar y mantener por su propia cuenta los cuidadores, serenos, cercos y las luces de alumbrado, en la cantidad suficiente para asegurar la protección de las obras y la seguridad y conveniencia del público y de sus propios obreros.

j.- Será obligación del Contratista que durante la noche, los puntos de peligro, permanezcan señalizados acorde a las necesidades.

k.- El Contratista está obligado a proveer, colocar y mantener por su cuenta, de día y de noche, durante todo el periodo que duren las faenas, la señalización de peligro y tomar medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de sus trabajos. Esta señalización debe ser retirada según las instrucciones que emanen de la Inspección de la Inspección Técnica.

l.- El Contratista está obligado y se compromete a ejecutar los trabajso con el menor malestar que deban transitar por zonas contiguas a donde se ejecuten los trabajos. La Municipalidad  se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

m.- Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros con motivo de la ejecución de obras de construcción y conservación , así como cualquier otra condición  deficiente de la conservación de la obra será de exclusiva responsabilidad del Contratista.

n.- Una vez terminadas las obras, el Contratista lo comunicará por escrito a la I.T.O., para que se realice la recepción provisoria, acto en el cual se procederá a verificar y confirmar el término de las obras como el fiel cumplimiento del proyecto y especificaciones del Contrato.

PROFESIONAL DE OBRA
Se entiende que el personal profesional señalado más adelante es el mínimo necesario que el Contratista debe tener en obra. El profesional residente, con dedicación exclusiva, deberá permanecer en forma permanente a cargo directo de la ejecución de las obras, por parte del contratista, será un porfesional del área de la construcción con título de Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, con un mínimo de 5 años de experiencia como profesional de obras similares. El Contratista deberá entregar a la D.O.M. el currículum vitae debidamente respaldado con documentos probatorios y el Certificado de Título Profesional, válido en le Pais, en original o certificado Notarialmente.

Este Profesional deberá estar , en forma permanente, mientras dure la ejecución de las obras, vale decir, a lo menos, desde la entrega de terreno, para las obras a ejecutarse el 2013 y cada una de sus ausencias esporádicas deberán ser autorizadas por la I.T.O. , no sin antes dejar un profesional reemplazante, el que también deberá contar con la aprobación de la I.T.O.
Para las Obras de emergencia se deberá contar con el Profesional cada vez que sea requerido por la I.T.O.

El Inspector Fiscal aplicará sin mayor trámite una multa de 5 UTM por cada día de ausencia injustificada en la obra, la cual será aplicada en el estado de pago correspondiente al mes en que se incurrió en la falta.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
PROPUESTA A SERIE DE PRECIOS UNITARIOS
Oferta de precios unitarios fijos aplicados a cubicaciones provisionales de obras establecidas por la Municipalidad y cuyo valor corresponde a la suma de los productos entre dichas cubicaciones. las cubicaciones de obras se ajustarán a las efectivamente realizadas y aprobadas por la Municipalidad, de acuerdo a bases administrativas.
DE LAS GARANTIAS Y SU DEVOLUCIÓN
1.- Boleta de garantía de Seriedad de la Oferta : una vez adjudicada la Licitación, los Oferentes no adjudicados podrán solicitar su devolución enviando un documento dirigido al Director(a) SECPLAN, en donde se identifique el nombre de la propuesta, el nombre del Oferente, el número de boleta y el banco que la emitió. 2.- La devolución de la Boleta de Seriedad de la Oferta, del Oferente adjudicado, podrá ser solicitada por el Contratista al momento de entregar la Boleta de Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, con un documento dirigido al Director de SECPLAN, indicando los antecedentes, al igual que las situaciones posteriores. 3.- Para solicitar la devolución de Boletas de Garantía de fiel cumplimento , deberá ser solicitado por el interesado en documento dirigido al Director de Obras Municipales, en el cual se identifique el Nombre de la propuesta, el nombre del oferente, el número de boleta y el banco que la emitió, habiéndose cumplido los compromisos contractuales.