Licitación ID: 770-12-B217
ANÁLISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS BATIMÉTRICOS
Responsable de esta licitación: Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Esta, Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Esta
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Productos o servicios
1
Estudios batimétricos 1 Unidad
Cod: 81151805
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ANÁLISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS BATIMÉTRICOS Y DE BACKSCATTER EN LA REGIÓN DEL ARCHIPIÉLAGO DE JUAN FERNÁNDEZ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ANÁLISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS BATIMÉTRICOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El servicio a contratar mediante la presente licitación es de análisis y procesamiento de información batimétrica y de backscatter en la región del archipiélago de Juan Fernández. El período de ejecución del contrato será por 9 meses a contar de la firma del contrato, sin esperar la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, por razones de buen servicio.
Tipo de licitación:
Privada-Licitación Privada igual o superior a 1000 UTM e inferior a 2000 UTM (B2).
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Esta
Unidad de compra:
Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Esta
R.U.T.:
60.604.000-8
Dirección:
Teatinos 180 piso 7, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-08-2017 15:00:00
Fecha de Publicación: 10-07-2017 9:59:43
Fecha inicio de preguntas: 10-07-2017 18:00:00
Fecha final de preguntas: 20-07-2017 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-07-2017 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-08-2017 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-08-2017 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 21-08-2017 17:30:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 28-08-2017
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA
Documentos Técnicos
1.- CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA
 
Documentos Económicos
1.- CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA 75%
2 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA 5%
3 OFERTA ECONOMICA CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: CAROLINA TORO
e-mail de responsable de pago: CTORO@MINREL.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: CARLOS DETTLEFF
e-mail de responsable de contrato: CDETTLEFF@MINREL.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-28275946-5946
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
CONFORME RESOLUCIÓN EXENTA N°85 DE 6 DE JULIO DE 2017,ADJUNTA
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: “Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado”
Fecha de vencimiento: 03-09-2018
Monto: 25 %
Descripción: a) Irrevocable b) Pagadera a la vista c) Por un valor equivalente al 25% del valor total del contrato impuestos incluidos. d) Su vigencia deberá comprender el plazo de ejecución total del contrato, más 90 días corridos, y e) Expresarse en pesos chilenos. Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso que el instrumento lo permita, esto es: f) Tomada a la orden de “Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado ” R.U.T. N° 60.604.000-8. También puede ser tomada a la orden de “DIFROL” R.U.T. N° 60.604.000-8; g) Nombre y R.U.T. del tomador, y h) En caso que el instrumento pueda contemplar glosa (como boletas y pólizas), ésta deberá llenarse como sigue: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el servicio de análisis y procesamiento de datos batimétricos y de backscatter en la Región del Archipiélago de Juan Fernández”; No se aceptarán cheques como instrumento de garantía. En caso que la garantía presentada por el oferente no cumpla los requisitos indicados, pero sea cobrable por DIFROL, se procederá a la firma del contrato en el plazo estipulado, debiendo el contratante reemplazar la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de esta circunstancia por parte de DIFROL, bajo sanción de quedar sin efecto el contrato. Se podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, hitos o períodos de cumplimiento que se establezcan en el contrato, permitiendo al contratante la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, respetando en todo caso el porcentaje señalado en la letra c) precedente, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución. En este caso, la última de las garantías que corresponda entregar deberá cumplir con el plazo establecido en la letra d) precedente. La no renovación o sustitución de la garantía en la(s) etapa(s), hito(s) o período(s) establecido(s) en el contrato, dará derecho a DIFROL a poner término anticipado al contrato. La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de DIFROL haya señalado por escrito, su total conformidad con el servicio contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante. Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, en cuyo caso el Licitante queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, sin aviso previo al contratante, de acuerdo al procedimiento que corresponda. El cobro de la garantía se dispondrá mediante resolución fundada de la Directora Nacional de DIFROL, previo informe de la contraparte técnica. En esta resolución se podrá otorgar un plazo al contratista para que entere el valor de la garantía en la cuenta corriente de esta Dirección, a objeto de que se mantenga su vigencia por eventuales futuras multas. En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días, procediendo en caso contrario el término anticipado del contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el servicio de análisis y procesamiento de datos batimétricos y de backscatter en la Región del Archipiélago de Juan Fernández”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de DIFROL haya señalado por escrito, su total conformidad con el servicio contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En estos casos, el Licitante podrá adjudicar y suscribir el contrato con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente o bien, declarar desierta la licitación. Los oferentes ubicados en el lugar segundo, tercero o siguiente, según corresponda, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de la documentación correspondiente, antes de la suscripción del contrato.
Resolución de Empates

En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:

 

1)   Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta técnica.

2)   Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta económica.

3)   Si aplicados los criterios anteriores aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el factor “Características técnicas de la oferta”, contenido en los criterios de evaluación de la oferta técnica.

4)   Si aplicados los criterios anteriores persiste la igualdad, será la Comisión quien dirimirá el empate, debiendo expresar los fundamentos de su decisión.

5)   Si aplicados los criterios anteriores persiste la igualdad en la Comisión, será su Presidente quien dirimirá el empate, debiendo expresar los fundamentos de su decisión.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro de los 3 días siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante correos electrónicos dirigidos al mail: asilvab@minrel.gob.cl.

 

Las respuestas serán remitidas dentro de los 5 días siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. 

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, DIFROL podrá exigir en cualquier momento al contratado que informe el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o de sus subcontratistas, mediante certificado de la Inspección del Trabajo respectiva o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento, por ejemplo, mediante nóminas que contengan la individualización de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios, tales como las planillas que contengan el estado de pago de las mismas. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones de conformidad con el artículo 183-D del Código del Trabajo.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el proceso de evaluación, DIFROL podrá requerir a los oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a aquellos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Asimismo, DIFROL podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones, antecedentes o garantías que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones, antecedentes o garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 3 días para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas y/o acompañe los antecedentes antes referidos.

 

En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.

 

ESTRICTA SUJECIÓN A LAS BASES
SIN PERJUICIO DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN, SIEMPRE PRIMARÁ LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N°85, DE 6 DE JULIO DE 2017, ADJUNTA.