Licitación ID: 48-93-LP13
Conv. colocacion mezcla asfaltica Santiago
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asfalto 1 Metro Cuadrado
Cod: 30121601
Servicio de colocación de mezcla asfáltica en caliente para la comuna de Santiago de la Región Metropolitana, de acuerdo a detalle de calles a intervenir establecido en especificaciones técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Conv. colocacion mezcla asfaltica Santiago
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Convenio para el servicio de colocación de mezcla asfáltica en caliente para la comuna de Santiago”, con el propósito de conservar la red vial de la Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-05-2013 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-04-2013 8:56:06
Fecha inicio de preguntas: 22-04-2013 12:00:00
Fecha final de preguntas: 06-05-2013 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-05-2013 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-05-2013 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-05-2013 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-06-2013 16:42:53
Fecha de entrega en soporte fisico 15-05-2013
Fecha estimada de firma de contrato 28-06-2013
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada simple (ver Anexo Nº 1), que no se encuentran afectos a algunas de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado señaladas en el Art. 4 de la Ley N° 19.886.-
2.- Presentación de Ofertas: Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en Chileproveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
3.- Completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida al Art. 4 de la Ley N° 19.886. La no presentación de este anexo o su presentación incompleta o sin firma, hará que la oferta sea declarada Inadmisible, excepto si esta declaración se encuentra acreditada en Chileproveedores en cuyo caso no será necesario adjuntarla.
Documentos Técnicos
1.- a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, equipamiento técnico del oferente, el cual contempla el listado de maquinaria a utilizar por el oferente para prestar el servicio requerido en la presente licitación.
 
2.- b) El Oferente deberá acreditar cada una de las maquinarias indicadas en el Anexo Nº2, acompañando para tal efecto el certificado de inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados a nombre del oferente o la tenencia de ellas mediante carta compromiso del propietario de las mismas, autorizada ante Notario Público.
 
3.- c) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3, experiencia del oferente respecto a contratos de obras ejecutadas en colocación de mezcla asfáltica en caliente.
 
4.- d) El Oferente deberá acreditar mediante certificados, resoluciones ó contratos de acuerdo a lo informado en Anexo Nº3, de no coincidir dicha información no será considerada en la contabilización del metraje de metros cuadrados de experiencia.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio unitario (por metro cuadrado) neto del servicio requerido, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas.
2.- Antecedentes Físicos: Entregar boleta de garantía de Seriedad de la Oferta de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías”. La no presentación de este documento por parte del oferente, implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver Punto 5 de Resolucion Adjunta N° 1809
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver Punto 5 de Resolucion Adjunta N° 1809
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas”, de las presentes Bases. 20%
2 Precio La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas”, de las presentes Bases. 60%
3 Equipamiento Tecnico La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas”, de las presentes Bases. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.004.30129115-0
Monto Total Estimado: 50000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El contrato se inicia el día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: Contra Entrega Conforme
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Juana Flores Castillo
e-mail de responsable de pago: jfloresc@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvia Herrera Villalon
e-mail de responsable de contrato: sherrera@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-7820521-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, para efecto de la ejecución del presente contrato, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 15-08-2013
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: Boleta Bancaria a nombre de SERVIU Metropolitano pagadera a la vista, irrevocable y tomada por uno o varios integrantes del oferente, en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. Esta garantía deberá ser ingresada físicamente en la Secretaría de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano (Sra. Corina Barahona), ubicada en Mirador Azul 1000 comuna La Florida, indicando el numero de ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y plazos” de la presentes bases. El oferente deberá entregar junto con la boleta el nombre, teléfono y correo electrónico del ejecutivo de cuenta del banco.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: Convenio para el servicio de colocación de mezcla asfáltica en caliente para la comuna de Santiago.
Forma y oportunidad de restitución: Esta boleta será devuelta a los proponentes, mediante el endoso si fuere el caso. Es responsabilidad de los oferentes retirar la Boleta de Seriedad de la Oferta en el Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano. Al adjudicatario se le devolverá esta boleta una vez que haya entregado la boleta de su fiel y oportuno cumplimiento y que se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el contrato suscrito con él. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta boleta una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Publico.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 30-09-2014
Monto: 5 %
Descripción: Boleta Bancaria a nombre de SERVIU Metropolitano pagadera a la vista, irrevocable y tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. Esta boleta deberá ser entregada físicamente dentro de los 5 días hábiles siguiente de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en la Secretaría de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano (Sra. Corina Barahona), ubicada en Mirador Azul 1000 comuna La Florida. El oferente deberá entregar junto con la boleta el nombre, teléfono y correo electrónico del ejecutivo de cuenta del banco.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Convenio para el servicio de colocación de mezcla asfáltica en caliente para la comuna de Santiago.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras Clausulas

9.1.     Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

 

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

 

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al Serviu Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.     Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, mediante una Orden de Servicio.

 

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

 

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

 

SERVIU podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. (No incluye la presentación de certificaciones de antecedentes omitidos por el proveedor en su oferta).

 

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

 

a)   Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

 

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:
- Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (60%) para obtener el puntaje ponderado.

 

b)   Equipamiento Técnico del Oferente:

El equipamiento técnico de los oferentes se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el Anexo Nº2 y debidamente acreditada mediante el certificado de inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados.

 

Para efectos de la evaluación de las máquinas ofertadas (Finisher, Rodillo Doble Tambor y Rodillo Neumático), se asignará 100 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2012 a 2010, se asignará 75 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2009 a 2007, se asignará 50 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2006 a 2004, se asignará 25 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2003 a 2000, desde el año de fabricación 1999 o más antigüedad, se asignara con 0 (cero) punto, como así mismo a los oferentes que no presenten el listado solicitado.

 

Si bien, la evaluación será aplicada a cada máquina, para efectos de la ponderación se calculará el promedio de toda la maquinaria presentada y que correspondan a un mismo tipo. Luego, a los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado.

 

c)   Experiencia del Oferente:

La experiencia de los oferentes se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el Anexo Nº3 y debidamente acreditada mediante los certificados, resoluciones ó contratos de obras ejecutadas en colocación de mezcla asfáltica en caliente, en cuanto al metraje realizado en cada obra. Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

 

Puntaje Experiencia = (Oferta en evaluación /Oferta mayor experiencia)*100

 

Donde:

- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la   operación ejecutada.

- Oferta mayor experiencia: es la oferta cuyo metraje total (suma de todas las obras indicadas y acreditadas) corresponde al mayor valor de todas las ofertas recibidas.

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado.

 

d)   Cálculo Puntaje Total Ponderado:

El cálculo del puntaje total ponderado (PTP) de las ofertas, corresponderá a la suma de los puntajes ponderados en cada uno de los criterios señalados en las letras a, b y c precedente.

 

PTP = (Puntaje Precio * 0,60) + (Puntaje Equipamiento Técnico del Oferente * 0,20) + (Puntaje Experiencia del Oferente * 0,20)

 

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio equipamiento técnico del oferente. Finalmente en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

 

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

9.3.     Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

 

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y plazos” de la presentes bases.

 

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

9.4.     Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.5.     Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario dentro de 5 días hábiles, el que se contará desde la fecha en que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

 

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

9.6.     Del Contrato

a)   Documentos Integrantes del Contrato:

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

 

b)   Gastos del Contrato:

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

 

c)   Cobros Adicionales:

SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento, cargos y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofertado.

 

d)   Responsabilidad del Oferente Adjudicado:

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

 

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

 

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

 

El proveedor que resulte adjudicado, deberá disponer un profesional en terreno (Constructor Civil, Ingeniero Constructor o profesional afín) a cargo del servicio, el que debe ser individualizado a través de Certificado de Titulo correspondiente.

 

Antes de la ejecución de los trabajos, el proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar al Supervisor del Contrato correspondiente la siguiente documentación y elementos:

ü  Información documentada de los Contratos de todo el Personal que este directamente relacionado con la prestación de este servicio. De no presentar dicha documentación el Supervisor del Contrato no dará autorización para el comienzo del servicio.

ü  Permiso municipal para ejecución de trabajos

ü  Elementos de Protección a todo el Personal que este directamente relacionado con la prestación de este servicio.

ü  Certificado de título del profesional en terreno

ü  Diseño de mezcla

ü  Perfiles topográficos

ü  Análisis de riego de liga o riego de imprimación.

ü  Carta Gantt

 

Al inicio de los trabajos en terreno, el Supervisor del Contrato entregará un informe de entrega de terreno al profesional designado por la empresa, el cual deberá ser firmado por ambos y con copia a este último.

 

Durante la ejecución de los trabajos el proveedor que resulte adjudicado, deberá:

ü  Cada vez que requiera cambiar el profesional de terreno, el equipo de trabajo en terreno y/o la maquinaria,  debe solicitar este cambio al Jefe del Departamento Planta Asfáltica por escrito, adjuntando los antecedentes del profesional sugerido, maquinaria y equipo de trabajo, indicando la fecha tentativa de inicio de sus labores y las razones de dicho cambio. 

ü  A fin de llevar el Control de Avance de prestación de servicio, remitir diariamente, al día hábil siguiente a la prestación, la información respectiva al correo del Supervisor del Contrato asignado, para lo cual el SERVIU Metropolitano acordará un formato de informe con el respectivo Proveedor en un plazo no  superior al 2º día hábil de aprobado el contrato.

ü  Identificar con logotipo de la empresa (que indique dirección y teléfono), la maquinaria que se utilice en la prestación del servicio,

ü  Disponer, a fin de proteger las zonas de trabajo,  de dispositivos consistentes en soleras tipo New Jersey y/o conos plásticos de 28” con anillos reflectantes, en cantidad suficiente para prevenir accidentes y congestiones en exceso, pudiendo SERVIU Metropolitano requerir se modifiquen estos elementos en ubicación y cantidad.

ü  Usar señalética de acuerdo a lo que indica el Manual de Señalización de tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

ü  Entregar un informe de espesores de la reposición de carpeta de rodado a través de Laboratorio acreditado conforme D.S. Nº 10/2002 (V. y U.)

ü  Dar íntegro cumplimiento a las disposiciones reglamentarias vigentes, relativas a condiciones básicas en lugares de trabajo, higiene y proveer de alimentación a sus trabajadores, conforme sus jornadas lo requieran.

ü  Deberá entregar un CD con fotos que permitan evaluar la condición previa y posterior a la prestación del servicio. La cantidad de fotos deberá ser mayor a 4 para cada una de las partidas, entendiéndose como partida antes, durante y termino de los trabajos. La toma de fotografías deberá ser tomada desde un mismo punto de referencia

 

Al término del servicio, el proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar al Supervisor del Contrato, un Monograma en soporte papel, que contendrá como mínimo la indicación de: calle, tramo y medidas de las intervenciones efectuadas.

 

e)   Modificaciones del Contrato:

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Pública y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

 

f)   Término Anticipado del Contrato:  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

ü  En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en forma inmediata, administrativa, unilateral, y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

ü  Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

ü  Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo Nº 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

 

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el sistema de información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 (Hacienda) del año 2004, las que deberán, en todo caso, ser fundadas.

 

g)   Multas:

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas.

 

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:

 

ü  En caso de atraso en la entrega del servicio se aplicara una multa diaria equivalente al 1% de la Orden Compra respectiva. Se entiende atraso la no entrega del servicio de 1.000 m2 mínimos diarios, de acuerdo a la carta gantt respectiva, salvo justificación por motivos de fuerza mayor, reservándose SERVIU Metropolitano el derecho de rechazar unilateralmente los motivos invocados por el proveedor.

 

ü  Formuladas observaciones al servicio suministrado, el proveedor tendrá un plazo  determinado por el supervisor, a fin de subsanarlas. En caso que las observaciones subsistan, luego de una segunda revisión, se aplicará una multa diaria, equivalente al 2% de la Orden de Compra respectiva.

 

ü  Si el proveedor no realiza la entrega de antecedentes administrativos y técnicos solicitados en el contrato (CD con fotos, Monografías, Análisis de riego de liga, Certificado de tasa de aplicación, Densidad espesores, Extracciones centrífugas, Certificado de resistencia y espesor de cámaras) dentro del plazo de a lo más 60 días corridos después de haber nivelado la última cámara existente en cada comuna, incurrirá en multas de 0,5% del valor de la Orden de Compra, por cada día de atraso.

 

ü  En caso de reiteración de multas SERVIU podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

 

ü  Tolerancias: Una vez terminada la colocación de la mezcla, si ésta presentara deficiencias en la densidad de compactación y espesor de las áreas involucradas estarán afectas a las multas que se señalan más adelante. Cuando en un determinado sector de la vía correspondan multas por más de una deficiencia, se aplicará la suma de las multas individuales con un máximo de 100% sobre la cantidad de mezcla asfáltica afectada.

 

Para establecer el valor de las mezclas asfálticas afectadas, se considerarán los metros cuadrados de mezcla asfáltica con deficiencias y el precio unitario correspondiente de la oferta presentad para el servicio. El área afectada comprenderá la longitud de la irregularidad más 2 mt en cada extremo, multiplicada por el ancho de la pista afectada.

 

ü  Espesores de carpeta de rodado repuesta: En caso de incumplimiento se aplicará la siguiente tabla de multas, teniendo en cuenta que se trabajará los valores con un decimal:

 

 

Espesor

Multas respecto al valor de carpeta

e ≥ 0.99 ec

--

0.99 ec ≥ e > 0.98 ec

5

0.98 ec ≥ e > 0.96 ec

15

0.96 ec ≥ e > 0.94 ec

25

0.94 ec ≥ e > 0.92 ec

35

0.92 ec > e

100% o se rehará

 

No obstante cualquier situación no considerada en las presentes Especificaciones Técnicas se dirimirá a través de lo estipulado al respecto por el LNV y las NCh.

 

h Coordinación y Supervisión del Servicio:

El Subdirector de Pavimentación y Obras Viales del SERVIU Metropolitano designará mediante Orden de Servicio un Supervisor del Contrato, quien ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato. Entre otras sus principales funciones son las siguientes:

 

ü  Solicitar por intermedio del Encargado de Compras de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, a la Sección Adquisiciones de Serviu Metropolitano la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal Mercado Público.

ü  Revisar y controlar, el avance de los tramos a intervenir, formulando las observaciones que resulten procedentes y disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.

ü  Verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.

ü  Solicitar que se cursen los pagos que proceda, verificando previamente la entrega  conforme de los sectores intervenidos y el cumplimiento de todos los requisitos que procedan, en los términos y plazos fijados en el respectivo contrato, o bien, formular las observaciones que corresponda;

ü  Controlar boletas de garantía del servicio y  póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros

ü  Fijar reuniones de coordinación para el control del servicio contratado.

 

Concluido el objeto del contrato, el Supervisor del Contrato deberá revisarlo, requerir las correcciones pertinentes y preaprobar el informe final del proveedor, si procede. A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato

 

i)   Póliza:

El Proveedor adjudicado, deberá contratar y presentar una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros (POL 1.91.086), y con coberturas adicionales: Responsabilidad civil de empresas de la construcción (CAD 1.91.092) y , Responsabilidad civil cruzada (CAD 1.91.052), con renuncia a la subrogación de derecho para el fisco, una vez notificado del resultado de la adjudicación, por un monto de $10.000.000 (diez millones de pesos), un deducible del 2% del monto asegurado, con un vigencia de 18 meses a contar de la adjudicación o hasta que se reciban satisfactoriamente conforme Informe Final de Recepción de Servicio.

 

j)   Domicilio:

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.

9.7.     De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, cada vez que lo requiera, emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado, considerando en cada ocasión la cantidad de metros cuadrados de colocación de mezcla asfáltica en caliente e indicando las calles o tramos. Para lo cual la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitir una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio.

9.8.     Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las ordenes de compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

 

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura ó Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

 

El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del Trabajo.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra.

ü  Vº Bº del Supervisor del Contrato, en razón de haberse prestado éste conforme lo señalado en las Especificaciones Técnicas y, en estricto apego a la respectiva Orden de Compra y recepcionado a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

 

La Factura ó Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico sherrera@minvu.cl. La entrega física de la Factura ó Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos se efectuará en la Secretaría de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano (Sra. Corina Barahona), ubicada en Mirador Azul 1000 comuna La Florida, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura ó Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

 

Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para este como para el proveedor.

 

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Planta Asfaltica, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura ó Boleta de Honorarios.

 

 

 

9.9.     Del Anticipo

Se contempla el otorgamiento de anticipos hasta del 100% del monto del contrato, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 73 del D.S. 250/2004, Reglamento de la Ley Nº 19.886.

 

El proveedor, deberá garantizar los anticipos otorgados mediante boleta de garantía Bancaria, a nombre de SERVIU Metropolitano con la Glosa: para garantizar anticipo licitación ID correspondiente, por un monto equivalente al 100% de los recursos anticipados, con el mismo plazo de vigencia de la boleta de fiel cumplimiento, y la devolución de la garantía se realizará una vez que los servicios sean recepcionados conforme por el municipio y por el SERVIU Metropolitano, y se autorice el pago por el equivalente al 100% de los recursos anticipados, a fin de proceder a compensar dicho pago con el anticipo otorgado. También procederá devolver la garantía por anticipos en caso de que el proveedor reintegre el 100% de los recursos anticipados. También se podrán reducir estas garantías, en la misma proporción en que se reduzcan los anticipos de acuerdo a los pagos que se vayan autorizando.

Especificaciones Técnicas

1.         Descripción y Alcances

Las calles de la Comuna de Santiago de la Región Metropolitana a ser intervenidas se detallan a continuación, considerando sus prolongaciones y cuellos si fuera necesario, sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de las presentes Especificaciones Técnicas:

 

CALLE

TRAMO

1

PADRE ORELLANA

AVDA. MATTA - FRANKLIN

2

MAIPU

ROMERO - MAPOCHO

3

EJERCITO

ALAMEDA - AVDA. BLANCO ENCALADA

4

COQUIMBO

SAN IGNACIO - V. MACKENNA

5

J.M.CARRERA

SAZIE - AVDA. BLANCO ENCALADA

6

ECHAURREN

ALAMEDA - AVDA. BLANCO ENCALADA

7

DAVILA LARRAIN

M.L.PRADO - PLACER

8

MARTINEZ DE ROZAS

R. CUMMING - BRASIL

9

GRAL. MACKENNA

BRASIL - MANUEL RODRIGUEZ

10

BRASIL

HUERFANOS - AGUSTINAS

11

FABRICA

RONDIZONNI - AVDA. P. MONTT

12

ALAMOS

RONDIZONNI - AVDA. P. MONTT

13

PLAZA ERCILLA

AVDA. TUPPER - AVDA. EL PARQUE

14

ESPERANZA

ROMERO - ALAMEDA

15

R. PHILLIPI

ALAMEDA - SALVADOR SANFUENTES

 

Los tramos quedarán supeditados a la condición en que se encuentre la calle en el momento de la intervención, lo cual podría generar ajuste o ampliaciones de los tramos.

 

Se ejecutaran las calles de la comuna del listado señalado o alguna otra calle efectuando la modificación al convenio suscrito, de común acuerdo con la Municipalidad hasta el monto que definitivamente se establecerá para cada municipio.

2.         Replanteo Geométrico

El proveedor replanteará la solución geométrica de la reposición de carpeta de rodado definiendo la nueva rasante mediante dos puntos referenciales correspondientes a 2 cruces consecutivos de calles. La solución para la pendiente longitudinal y transversal deberá ser planteada respetando el proyecto original. En todos los casos las soluciones planteadas deberán asegurar el libre escurrimiento de las aguas y adecuados empalmes con el pavimento existente que se conserva, para lo cual se deberán hacer los ajustes necesarios a fin de mejorar lo actual, todo en coordinación con el Supervisor del Contrato.

 

Se deberá poner especial atención en los cruces de calles, para lo cual se deberá realizar un completo levantamiento del cruce a fin de estudiar en conjunto con el Supervisor del Contrato la mejor  forma de compatibilizar el cumplimiento de espesores en todos los puntos, con lo expuesto en el párrafo anterior en relación al escurrimiento de las aguas.

 

Para la recepción de esta partida será requisito indispensable la entrega al Supervisor del Contrato de un perfil longitudinal entre los 2 puntos definidos, y de perfiles transversales entre ambos puntos, a una distancia no mayor a 20 m entre si, en donde se muestren claramente las características topográficas tanto de la plataforma de apoyo como las adoptadas para la carpeta de rodado.

 

Se deberá habilitar la superficie a recarpetear efectuando una limpieza profunda de toda el área a intervenir preparando los lugares donde existan baches y sello de grietas si este lo requiere retirando de ellos todo material contaminante hasta lograr una superficie limpia seca y resistente, que permita efectuar el correspondiente bacheo nivelante antes de reponer la carpeta de rodado.

 

En el caso de encontrar irregularidad en la base esta deberá ser mejorada por el suministrador como también el retiro de losas de hormigón en los casos que aplique.

3.         Transporte y Colocación para Reposición de Carpeta de Rodado

3.1.     Mezcla Asfáltica

El 100% de los controles exigidos deberán ser pagados por el Suministrador con inscripción vigente MINVU.

 

Los ensayes de espesor, densidad y % compactación deberán ser tomados por calle aproximando a la unidad siguiente la decima si tuviera.

3.2.     Riego de Liga y/o Imprimación

Antes de la colocación de la mezcla asfáltica se deberá aplicar un Riego de liga o riego de imprimación en toda la superficie a recapar, esta será del tipo CSS1-h, la que será suministrada por el adjudicado, las cuales deberán cumplir con los requisitos estipulados en la NCh 2440, con un porcentaje de xilol no mayor a 25% en el Ensayo de la Mancha con heptano-xilol medido según el método NCh 2343.

 

Para ello el proveedor deberá presentar certificados de dosis de liga cada 3000 m2, este deberá contener el tipo de riego de liga  o riego de imprimación, utilizado en la faena, el laboratorio deberán tener inscripción vigente en el MINVU. El muestreo deberá ajustarse a lo dispuesto en el Método NCh 2332.  

 

El procedimiento de trabajo de aplicación riego de liga o riego de imprimación, deberá ajustarse a lo estipulado en el Manual de Pavimentación y Aguas Lluvia de Serviu Metropolitano. Sección 5 Art 5.4 y 5.5

 

Una vez producido el “quiebre” del riego aplicado, se podrá comenzar con la colocación de la mezcla asfáltica.

3.3.     Colocación

Las mezclas deberán transportarse a los lugares de colocación en camiones tolva convenientemente preparados para ese objetivo, cubiertos con carpa térmica y distribuirse mediante una terminadora autopropulsada y con un espesor de 5 cm. terminado.

 

La mezcla asfáltica debe ser retirada en Mirador Azul Nº 1000, comuna de la Florida.

 

La superficie sobre la cual se colocará la mezcla deberá estar seca. En ningún caso se recarpeteará sobre superficies congeladas o con tiempo brumoso o lluvioso, o cuando la temperatura atmosférica sea inferior a 5ºC, cuando la temperatura ambiente descienda de 10ºC o existan vientos fuertes deberá tomarse precauciones especiales para mantener la temperatura de compactación.

 

La temperatura de la mezcla al inicio del proceso de compactación no podrá ser inferior a la informada como temperatura óptima de compactación por el proveedor del cemento asfáltico.

 

No se aceptará camiones que lleguen a destino con temperatura de la mezcla inferior a 10°C por sobre la informada por el proveedor como temperatura óptima de compactación

 

El equipo mínimo que se deberá disponer para colocar la mezcla asfáltica será el siguiente:

ü  Terminadora autopropulsada, de antigüedad máxima al año 1990, con vibrador y tamper en todo el ancho de la plancha, sensores electrónicos de medición de espesor.

ü  Rodillo vibratorio liso, de antigüedad máxima al año 1990, con frecuencia, ruedas y peso adecuado al espesor de la capa a compactar.

ü  Rodillo neumático, con control automático de la presión de inflado.

ü  Equipos menores, medidor manual de espesor, rastrillos, palas, termómetros y otros.

 

En la colocación del recapado se deberán tener en cuenta el perfil longitudinal de la calzada, para mantener las pendientes para el óptimo escurrimientos de las aguas lluvias debiendo considerar eventuales sobre espesores, si fuese necesario, para cumplir con los requerimientos geométricos planteados, incluyendo también en estos, eventuales irregularidades presentes en el pavimento base, las cuales deben ser absorbidos por la mezcla asfáltica de recapado. Junto con esto se deberá hacer una terminación transversal en forma de chaflán desde la cuneta con un ancho de 40 a 50 cm. hacia el eje de la calzada, esta terminación se deberá hacer mediante terminadora u otro medio autopropulsado sugerido por el suministrador. Para la supervisión técnica el Proveedor Adjudicatario deberá disponer un vehículo con chofer para visita a terreno del supervisor.

 

Una vez esparcidas, enrasadas y alisadas las irregularidades de la superficie, la mezcla deberá compactarse hasta que alcance una densidad no inferior al 97 % ni superior al 102 % de la densidad Marshall de la mezcla visada por el Supervisor del Contrato.

 

La cantidad, peso y tipo de rodillos que se empleen deberá ser el adecuado para alcanzar la densidad requerida dentro del lapso durante el cual la mezcla es trabajable.

 

Salvo que el Supervisor del Contrato ordene otra cosa, la compactación deberá comenzar por los bordes más bajos para proseguir longitudinalmente en dirección paralela con el eje de la vía, traslapando cada pasada en la mitad del ancho del rodillo, avanzando gradualmente hacia la parte más alta del perfil transversal. Cuando se pavimente una pista adyacente a otra colocada previamente, la junta longitudinal deberá compactarse en primer lugar, para enseguida continuar con el proceso de compactación antes descrito. En las curvas con peralte la compactación deberá comenzar por la parte baja y progresar hacia la parte alta con pasadas longitudinales paralelas al eje.

 

Los rodillos deberán desplazarse lenta y uniformemente con la rueda motriz hacia el lado de la terminadora. La compactación deberá continuar hasta eliminar toda marca de rodillo y alcanzar la densidad especificada. Las maniobras de cambios de velocidad o de dirección de los rodillos no deberán realizarse sobre la capa que se está compactando.

 

El concreto asfáltico que quede suelto, esté frío, contaminado con polvo, tierra o que en alguna forma se presente defectuoso, deberá retirarse y sustituirse por mezcla nueva caliente, la que deberá compactarse ajustándola al área circundante. Deberá eliminarse toda mezcla colocada en exceso y agregarse en los lugares donde falte.

 

En las superficies cercanas a aceras, cabezales, muros y otros lugares no accesibles por los rodillos descritos, la compactación se deberá realizar por medio de rodillos de operación manual, y de peso estático mínimo 2 toneladas, asegurando el número de pasadas que corresponda para alcanzar los requisitos de densidad exigidas.

 

La superficie a cubrir deberá estar limpia, seca y libre de materiales extraños.

 

La mezcla deberá alcanzar el nivel de compactación especificado, control que hará el proveedor mediante densímetro nuclear. No se permitirá la extracción de testigos excepto lo de recepción, sin embargo el Supervisor del Contrato podrá autorizar la extracción de no más de cinco testigos por dosificación para la calibración del equipo nuclear.

 

La superficie terminada no deberá presentar segregación de material (nidos), fisuras, grietas, ahuellamientos, deformaciones, exudaciones ni otros defectos.

 

Además la terminadora será autopropulsada de última generación, con helicoides que repartirán el material en todo el ancho del esparcido que se adopte. Contará con sensores de autonivelación electrónicos. La placa compactadora debe tener la posibilidad de ajustar en forma automática su temperatura de trabajo.

 

Los espesores y densidades, serán establecidos a partir de testigos, los cuales se extraerán, según LNV-13 y LNV-14, a razón de uno por cada 500 m2 o fracción de pavimento.

 

Cuando se extraiga un testigo deberá rellenarse inmediatamente con mezcla asfáltica.

 

El 100% de los controles exigidos deberán ser pagados por el Suministrador, asimismo el 70% de éstos los realizará el laboratorio designado por el Suministrador y el 30% restante será realizado por otro laboratorio, que actuará como contramuestra, ambos deberán contar con inscripción vigente en el MINVU y aprobados por el Supervisor del Contrato.

 

El porcentaje de estos controles deberán ser tomados por calle aproximando a la unidad siguiente la decima si tuviera.

3.4.     Cámaras y Sumideros

Las modificaciones que sean necesarias efectuar a los niveles de las cámaras de inspección y rejillas de sumideros existentes y adecuarlas a la nueva rasante que eventualmente se produzcan por la Reposición de la carpeta de rodado, se ejecutarán en los lugares en que se origine alteración de la cota de rasante y donde lo determine el Supervisor del Contrato.

 

Las tapas de cámara que sean reutilizables serán colocadas. En caso de deterioro, durante el proceso de retiro de la tapa y/o modificación de la cota de anillo, esta será repuesta por una nueva o en su defecto en las mismas condiciones de la tapa original conforme a NCh 2080 y a cuenta del Suministrador.

 

 

Especificaciones en las Nivelaciones de Cámaras:

ü  La nivelación se efectuara al nivel de la nueva cota de rasante producida por el recarpeteo asfáltico.

ü  Después de terminado el recarpeteo de la última calle de una comuna, se deben nivelar todas las cámaras de servicio  en el plazo de 10 días hábiles. El suministrador debe informar mediante correo electrónico al supervisor del servicio, el término de nivelación de cámaras por comuna, para que éste proceda a su revisión.

ü  El anillo de las cámaras deberá quedar empotrado en un dado de hormigón de 1.20 m. de espesor minimo 20 cm.

ü  El hormigón deberá garantizar una resistencia de 350 kgf/cm2.

ü  Se deberá instalar señaletica y resguardar con conos o soleras New Yérsey alrededor del lugar a intervenir o a lo que indica el Manual de Señalización de tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

ü  La demolición se efectuara por medios mecánicos y los escombros deberán ser retirados inmediatamente.

ü  Las cámaras deberán quedar descubiertas de asfalto y demarcadas en espera de la nivelación correspondiente.

ü  La base del anillo nivelado, a la nueva cota de rasante, deberá quedar completamente asentado en el hormigón nuevo, por lo tanto, cualquier suple que se utilice deberá ser retirado y el espacio cubierto convenientemente.

ü  En caso de rompimiento del anillo o tapa estas deberán ser reemplazadas, por el oferente.

ü  Para la nivelación del anillo no se pueden usar trozos de ladrillos, ni piedras y deberán tenerse especial cuidado no introducir ningún tipo de material a los ductos.

ü  Colocar satélite.

ü  Colocar doble malla reforzada con fe Ø8 mm. estriada.

ü  Si es H° de Planta se exigirá el 30% de los ensayes del total de cámaras de la comuna.

ü  En el caso que el hormigón no sea de planta se exigirá el 100% de los ensayes para cada una de las cámaras.

ü  La membrana de curado deberá ser aplicada inmediatamente terminada la colocación y pulido del hormigón, en cantidad suficiente para brindarle una adecuada protección contra la retracción de este.

ü  El perímetro exterior del dado de Hº deberá quedar sellado.

ü  El suministrador deberá efectuar un control de espesor y resistencia del hormigón con laboratorio acreditado y entregar al supervisor del servicio los certificados correspondientes, estos pueden ser a los 7 días con proyección a los 28 días, siempre que cumpla con los requisitos descritos anteriormente. El certificado debe señalar la guía de Hormigón utilizado, con el fin de realizar trazabilidad con las guías enviadas posteriormente por el suministrador.

ü  Se podrán utilizar métodos no destructivos para no deteriorar el dado de hormigón siempre con el VºBº del supervisor.

ü  Se deberá proveer de guía que acredite el hormigón utilizado si corresponde

 

 

Especificaciones en las Nivelaciones de Sumideros:

ü  La nivelación se efectuará al nivel de la nueva cota de rasante producida por el recarpeteo asfáltico.

ü  El hormigón deberá ser de las mismas características de la usada en las cámaras.

ü  Se deberá instalar señalética y resguardar con conos o soleras New Yérsey alrededor del lugar a intervenir.

ü  El sumidero debe quedar completamente limpio de escombros y otros inmediatamente luego de haber sido intervenido.