Licitación ID: 759-4-LP17
SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR ZONA J, RM
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Mediación de disputas, conciliación, negociación o acuerdo 1 Unidad
Cod: 92111501
SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR EN LA ZONA J DE LA REGIÓN METROPOLITANA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR ZONA J, RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Velar por la existencia de una adecuada oferta de mediadores en las diversas jurisdicciones de los Tribunales con competencia en asuntos de familia, contratando al efecto los servicios de personas jurídicas o naturales, a fin de que sean ejecutados por quienes se encuentren inscritos en el Registro de Mediadores.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
Unidad de compra:
Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
R.U.T.:
61.001.000-8
Dirección:
Moneda 1155
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-05-2017 15:00:00
Fecha de Publicación: 09-03-2017 20:03:43
Fecha inicio de preguntas: 09-03-2017 20:16:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2017 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-03-2017 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-05-2017 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-05-2017 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-05-2017 19:10:11
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 23-06-2017
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
PLAZO FINAL INSCRIPCIÓN EXAMEN DE CONOCIMIENTO Y EXAMEN PSICOLABORAL (AL CORREO INSCRIPCIONES@MEDIACIONCHILE.CL) 17-03-2017 16:00:00
RENDICIÓN EXAMEN DE CONOCIMIENTOS (EN MONEDA N°1155, SANTIAGO) 24-03-2017 10:00:00
PUBLICACIÓN RESULTADO EXAMEN DE CONOCIMIENTOS 31-03-2017 17:00:00
PUBLICACIÓN LUGAR, DÍA Y HORA DE EVALUACIÓN PSICOLABORAL 31-03-2017 17:00:00
FECHA DE PRESENTACIÓN DE GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA, EN OFICINA DE PARTES (MONEDA N° 1.155, SANTIAGO) 04-05-2017 15:00:00
PUBLICACIÓN RESULTADO EVALUACIÓN PSICOLABORAL 19-04-2017 18:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017
Documentos Técnicos
1.- RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017
 
Documentos Económicos
1.- RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉNICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017 70%
2 OFERTA ECONÓMICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24.01.001
Contrato con Renovación: NO
Observaciones SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA N° 322 DE 08-03-2017
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DOMINIQUE CHADWICK
e-mail de responsable de pago: DCHADWICK@MINJUSTICIA.CL
Nombre de responsable de contrato: MAURICIO SALAZAR
e-mail de responsable de contrato: MASALAZAR@MINJUSTICIA.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-6743541-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El contratado deberá ejecutar los servicios con personal propio queda expresamente prohibido al prestador adjudicado entregar la ejecución de todo o parte del contrato a contratistas o subcontratistas.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: “Subsecretaría del Ministerio de Justicia” o “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
Fecha de vencimiento: 31-12-2017
Monto: 150000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de su proposición, todos los interesados deberán entregar una boleta de garantía bancaria que cumpla con los siguientes requisitos: a) Debe ser tomada en un banco comercial con oficina en Santiago de Chile. b) Debe ser tomada por el oferente. c) Debe indicar el RUT del Tomador. d) Su fecha de vencimiento no podrá ser anterior al 31 de diciembre de 2017. e) Debe ser pagadera a la vista o a 30 (treinta) días plazo desde su presentación a cobro. f) Debe ser irrevocable. g) Debe ser tomada a la orden de “Subsecretaría del Ministerio de Justicia” o “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”. h) Debe ser por la suma total de $150.000 (ciento cincuenta mil pesos). i) Debe expresar su monto en pesos chilenos. j) La glosa debe señalar: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública de Servicios de Mediación Familiar”. Si en el documento de garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá entregarse en soporte papel en la Oficina de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en calle Moneda Nº 1155, Santiago o en la Oficina de Partes de cualquiera de las Secretarías Regionales Ministeriales de Justicia y Derechos Humanos a lo largo del País donde tenga domicilio el oferente, indicándose al reverso, el ID de la licitación y/o la zona y región en la que participa. Todo dentro del plazo y hora señalado para el cierre de presentación de las ofertas, de acuerdo al calendario de la licitación. De la recepción de las boletas de garantías de seriedad de las ofertas, se levantará un Acta por el funcionario de la Oficina de partes respectiva, dejando constancia en ella, del número de la caución entregada, banco emisor, oferente, región y zona a la que postula, fecha y hora de su entrega. De no presentarse la garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el Acta de la Comisión Evaluadora, por incumplimiento de las Bases Administrativas. La oferta declarada inadmisible por esta circunstancia, no será evaluada en sus demás antecedentes administrativos, técnico y económicos. Sin perjuicio de lo señalado, tratándose de errores formales en que la garantía señalada y que puedan ser subsanados por una certificación de cobrabilidad otorgada por el banco emisor, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la corrección, mediante una solicitud de aclaración al oferente, de acuerdo a las reglas contenida en la cláusula vigésima, debiendo dejar expresa constancia de ello también en el Acta respectiva. No se podrá ejercer dicha facultad por parte de la Comisión Evaluadora, respecto de aquellos documentos de garantía que contengan errores, omisiones o inconsistencias en el monto, fecha de vigencia, nombre y RUT del tomador y en el plazo de presentación a cobro. La Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta se mantendrá en resguardo en las oficinas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hasta su devolución, en conformidad a lo dispuesto en estas Bases, a excepción de los casos que se indican a continuación
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública de Servicios de Mediación Familiar”.
Forma y oportunidad de restitución: 12.1.- Cobro de las garantías de seriedad de la oferta. La garantía podrá hacerse efectiva en cualquiera de los siguientes casos: a) Si se comprueba que cualquiera de los antecedentes presentados por el oferente no corresponde a la realidad. b) Si durante el período de vigencia de las ofertas indicado en el numeral décimo sexto “De la Vigencia de las Ofertas”, el proponente se desiste de su oferta, con excepción de los casos en que el proveedor no acceda al ajuste de la oferta propuesto por el Licitante. c) Que el oferente, para el caso de ser adjudicado: • No se encuentre en calidad de hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo que se establezca para la firma del contrato. • No entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo que se establezca para la firma del contrato. • No proporcione los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, señalados en la cláusula trigésimo tercera, dentro del plazo que se establezca para la firma del contrato. • No suscriba el contrato dentro del plazo fijado para su firma, por causas imputables al proveedor. • No prorrogue la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, o no tome una nueva garantía en las mismas condiciones en que se tomó la primitiva, en caso que encontrándose próxima la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de firma del contrato. 12.2.- Devolución de las garantías de seriedad de la oferta. La Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el oferente cuya propuesta haya sido adjudicada, se le devolverá al momento de la suscripción del respectivo contrato. A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, rechazadas o desistidas, se les devolverá en el plazo de 10 días contados desde la fecha de declaración de inadmisibilidad. A aquellas ofertas no seleccionadas, se les devolverá la Garantía de Seriedad de la Oferta dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la fecha en quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el adjudicatario o desde la notificación en el portal de la resolución que declare desierto el proceso, según corresponda. Será obligación de los proponentes el retiro del documento de garantía dentro del plazo establecido. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no se responsabiliza por la tenencia de los documentos con posterioridad a dicho plazo.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: "Subsecretaría del Ministerio de Justicia” o “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
Fecha de vencimiento: 30-06-2019
Monto: 5 %
Descripción: Con el objeto de asegurar la adecuada prestación de los servicios licitados y el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para prestación de servicios de mediación familiar, el adjudicado debe constituir y entregar al Ministerio, con anterioridad o al momento de la suscripción del contrato, alguno de los siguientes documentos de garantía: 1. Una boleta de garantía bancaria, documento que debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Debe ser tomada en un banco comercial con oficina en Santiago de Chile. b. Debe ser tomada por el oferente. c. Debe indicar el R.U.T. del oferente. d. Debe tener una vigencia de, a lo menos, seis meses posteriores a la fecha de término del contrato. e. Por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato. f. Debe ser pagadera a la vista, esto es, inmediatamente de presentada a su cobro por el beneficiario. No se aceptarán boletas de garantía bancarias que obliguen al beneficiario a dar un aviso previo para su cobro o pago. g. Debe ser a la orden de la “Subsecretaría del Ministerio de Justicia” o “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”. h. Debe expresar su monto en pesos chilenos. i. La glosa debe señalar “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestación de servicios de mediación familiar y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”. 2. Una póliza de seguro o garantía, documento que debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Debe ser tomada en una compañía de seguros con oficina en Santiago de Chile. b. Debe ser tomada por el oferente. c. Debe indicar el R.U.T del oferente. d. Debe tener una vigencia de, a lo menos, seis meses posteriores a la fecha de término del contrato. e. Por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, monto que podrá estar expresado el Unidades de Fomento (UF). f. De ejecución inmediata, pagadera al solo requerimiento del Ministerio. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba el Ministerio estar sometido a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase. g. Debe ser a la orden de la “Subsecretaría del Ministerio de Justicia” o “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”. h. La glosa debe señalar “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestación de servicios de mediación familiar y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”. i. El seguro deberá contemplar a lo menos, las condiciones establecidas en la póliza inscrita en el Registro de Pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código POL 1 02 077. El documento de garantía para asegurar la adecuada prestación de los servicios licitados y el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para prestación de servicios de mediación familiar, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos del domicilio del Oferente o aquella a la que pertenece la zona objeto de la licitación o del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en sobre abierto dirigido al encargado de la contratación, con indicación del N° de ID de la licitación, rotulado “Contratación de Servicios de Mediación Familiar”. Los oferentes ubicados en el segundo, tercer o lugares siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo indicado por el Ministerio, contados desde que se le notifique la decisión de readjudicarles la licitación.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestación de servicios de mediación familiar y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta una vez aprobado el informe final del contrato, realizados los descuentos que procedan en su caso, y sólo una vez vencido el plazo de vigencia de la misma, salvo que el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, o con las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, en cuyo caso el Licitante queda desde ya autorizada para proceder a su cobro sin más trámite.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA ADJUNTA.
Resolución de Empates

En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:

 

1)    Se preferirá la proposición que tenga mayor puntaje de evaluación de la Oferta Técnica.

2)    Si persiste la igualdad, se preferirá la proposición que tenga mayor puntaje de evaluación de la Oferta Económica.

3)    Si aplicados los criterios anteriores aún se mantiene la paridad, se preferirá la proposición que oferte mayor número de jornadas-mediador/a en la zona que se licita.

4)    Si persistiere la igualdad, se preferirá la oferta que hubiere sido presentada primero en el Portal.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro de los 3 días siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante el Portal en el ID de la Licitación, las que serán respondidas dentro de los 5 días siguientes desde que se realiza la consulta.

 

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Además del cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborares, deberá constatar que el Contratado mensualmente de cumplimiento a las condiciones de remuneración comprometida en la oferta económica respecto de los mediadores, y de los montos mínimos de remuneración del asistente administrativo establecido en la cláusula precedente.

 

El Ministerio no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que trabajen para el Contratado. En consecuencia, no será responsable de las remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo o daños a terceros; todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del Contratado, liberando totalmente al Ministerio de cualquier responsabilidad a este respecto.

 

Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, el Ministerio podrá exigir en cualquier momento al Contratado, que informe el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o de sus subcontratistas, mediante certificado de la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento, por ejemplo, mediante nóminas que contengan la individualización de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios, tales como las planillas que contengan el estado de pago de las mismas. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten a este Ministerio de ser informada y de retención, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones de conformidad con el artículo 183-D del Código del Trabajo.

 

Sin perjuicio de lo señalado, no obstante las sanciones contractuales que sean procedentes, cualquier incumplimiento de la normativa laboral o previsional que se detecte durante el periodo de vigencia del contrato, serán comunicadas a la Inspección del Trabajo

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante todo el periodo de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes salvar los errores, inconsistencias u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, inconsistencias u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. No obstante lo anterior, la Comisión no podrá ejercer esta facultad respecto de aquellas ofertas que no presenten la Boleta de garantía de seriedad de la Oferta o cualquiera de los Anexos señalados en la cláusula décimo quinta, que hacen procedente la declaración de inadmisibilidad de la propuesta conforme lo indicado en el numeral 21.1.

 

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 3 días para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas y/o acompañe los antecedentes antes referidos. En estos casos, se descontará puntaje en el criterio “Descuento por Incumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.

 

Si la Comisión Evaluadora hace uso de esta facultad, los plazos establecidos para la evaluación de las ofertas, la adjudicación y firma del contrato se entenderán ampliados automáticamente en 3 días. Dicho plazo se extenderá máximo por 6 días, en el evento en que ejerciera dicha facultad en más de una oportunidad durante el periodo de evaluación.

 

En todo caso, la Comisión Evaluadora tendrá facultades para aceptar propuestas que presenten defectos de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los demás oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.

ESTRICTA SUJECIÓN A LAS BASES
SIN PERJUICIO DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN, SIEMPRE PRIMARÁ LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N°322 , DE 8 DE MARZO DE 2017