Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
|
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
|
Fecha de vencimiento:
|
26-07-2018
|
Monto:
|
1500000
Peso Chileno
|
|
Descripción:
|
El oferente deberá entregar, en el plazo establecido en el título 3 denominado “Etapas y plazos”, una garantía de seriedad de la oferta pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar la seriedad de la oferta, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje.
La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF), en cuyo caso deberá considerarse el valor equivalente de la UF al monto indicado precedentemente.
La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-11-LQ18”. Tratándose de vale vistas, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 100 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el título 3° denominado “Etapas y plazos” de las presentes bases.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, debiendo adjuntar dicha garantía como anexo administrativo al momento de presentar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título 3° denominado “Etapas y plazos”, de las presentes bases, en la oficina de partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N° 565 Piso 6, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo a lo requerido en el presente título, su oferta será rechazada en la etapa de apertura electrónica de las ofertas del portal Mercado Público y por tanto, declarada inadmisible.
JUNAEB podrá rechazar aquel instrumento que no cumpla con las condiciones exigidas en este título. Específicamente, rechazará aquel instrumento que, sin importar su denominación, por su naturaleza no cumpla el requisito de ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, o que por cualquier motivo, no asegure debidamente el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. Lo anterior, en virtud de los incisos cuarto y quinto del artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886.
Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, los oferentes que deseen seguir participando de la licitación, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, por un plazo máximo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia de la garantía original. Los oferentes que no acepten efectuar la prórroga o renovación referida, se entenderán desistidos de su oferta, procediéndose a la devolución de la garantía originalmente otorgada.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
- Si el oferente se desiste de su oferta, dentro del período de vigencia de la misma, salvo el caso descrito en el inciso precedente.
- Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo señalado en el título 3° de las presentes bases.
- Cuando el adjudicatario no se encuentra hábil e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado.
- Cuando el adjudicatario no acompaña la documentación necesaria, dentro del plazo señalado en el título 15 denominado, “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” contemplado en estas bases.
- El adjudicatario, no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
- Tratándose de Unión temporal de proveedores, en el evento que uno de sus integrantes se retire o sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta. Asimismo, se hará efectiva la garantía cuando se entienda desistida de su oferta por no contar con a lo menos dos integrantes luego del retiro de uno de ellos.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 3 días hábiles a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación de la resolución que dé cuenta de dicha inadmisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas.
En caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieran recibido se devolverán una vez que se encuentre publicada la respectiva resolución que declare desierto el proceso.
|
|
Glosa:
|
“Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-11-LQ18”.
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 3 días hábiles a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación de la resolución que dé cuenta de dicha inadmisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas.
En caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieran recibido se devolverán una vez que se encuentre publicada la respectiva resolución que declare desierto el proceso.
|
|
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
|
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
|
Fecha de vencimiento:
|
10-04-2019
|
Monto:
|
5
%
|
|
Descripción:
|
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador, éste deberá entregar, en el término de 10 días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, pagadera a la vista, y con carácter de irrevocable, a nombre de JUNAEB, R.U.T. Nº 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma equivalente al 5% del monto total del contrato, (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia no podrá ser inferior a 100 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato.
La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-11-LQ18”.
La garantía de fiel cumplimiento podrá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente título. Tratándose de vale vista, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, y deberá solicitar a la institución aseguradora, que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje, su carácter debe ser irrevocable, de ejecución inmediata sin liquidador.
El adjudicatario que no entregare la garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo indicado, se entenderá desistido de su oferta y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma, adjudicando la licitación a la segunda oferta más ventajosa, conforme a lo establecido en el título 17° de las presentes bases.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título tercero, de las presentes bases, en la oficina de partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N° 565 Piso 6, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
JUNAEB, procederá a hacer efectiva la garantía, especialmente, en los siguientes casos:
a) Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato;
b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía.
c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario
d) Cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato.
|
|
Glosa:
|
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-11-LQ18”.
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
|
|