Resolución de Empates |
V.4 Criterio de desempate
En caso de igualdad de puntaje entre las ofertas, la Dirección Regional se reserva el derecho de optar por la oferta que obtenga el mayor puntaje en el sub factor “Tipo de vehículo objeto del Servicio Regular”, si el empate persiste se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje en el factor de “Evaluación de la Oferta Económica”. Si el empate persiste se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje en el sub factor “Experiencia en el área de Servicio de Transporte”, si se el empate se mantiene a la que obtenga mejor puntaje en el sub factor “Antecedentes de Activos Fijos asignados al Servicio”, de persistir la igualdad el que obtenga mejor calificación en el sub factor “Recurso Humano Asignado al Servicio de traslado”, finalmente se estará al que obtenga un mejor puntaje en el factor “Cumplimiento de formalidades de presentación de la oferta”. De persistir el empate se preferirá a aquel que hubiere ofertado primero a través del Portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas del contratista respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, al Sra. Graciela Rodriguez Galaz, Fono (67) 2673220, correo electrónico grodriguezg@aduana.cl, Eugenio Castro Barrientos, correo electrónico ecastro@aduana.cl., La respuesta será enviada al correo electrónico del interesado dentro de 10 días corridos, contados desde la fecha de término del plazo para realizar las consultas.
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PROCESO DE ACLARACIONES Y CONSULTAS |
III.1. Aclaración de las Bases Administrativas y/o Técnicas por iniciativa del Servicio.
El Servicio podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación; y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Se entenderá que estas aclaraciones pasan a formar parte de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según sea la naturaleza de la materia tratada y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Estas aclaraciones se publicarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.
Recepción de consultas y entrega de respuestas
Dentro del plazo que se estipula en el número 5 letra b) de la Convocatoria, los interesados podrán formular todas las consultas, tanto de carácter técnico como de índole administrativa que estimen necesarias, en el foro de consultas de la adquisición N° 1234-8-LE19 del Sistema Chile Compra.
El conjunto de las respuestas se publicará en el sitio www.mercadopublico.cl, en la ficha de adquisición señalada en el párrafo precedente. En esta publicación, se citará cada consulta efectuada, sin mencionar al participante que la formuló, indicándose a continuación la respuesta respectiva.
Las respuestas que se entreguen a raíz de las consultas efectuadas por los participantes, se entenderá que pasan a formar parte de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según sea la naturaleza de la consulta y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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ACLARACION OFERTAS |
V.5. Aclaración de ofertas
A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las ofertas técnicas y/o económicas, la contraparte técnica de la Dirección Regional Aduana Coyhaique podrá solicitar aclaraciones a las mismas. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán por escrito a través del sistema de Mercado Público.
Dependiendo de su naturaleza, las aclaraciones a solicitar podrán ser comunes a todos los oferentes o particulares y/o específicas para cada uno de ellos o más de ellos.
Las aclaraciones solicitadas como las respuestas obtenidas, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la oferta. No se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en la oferta.
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IMPUESTOS Y MULTAS |
VII. 4. Impuestos y Multas
El precio a pagar por los bienes y servicios contratados, incluye todos los impuestos que correspondan de acuerdo a la ley, si aplica.
La no presentación del vehículo para la prestación del servicio contratado, el incumplimiento de los horarios estipulados en el contrato para el desarrollo de la prestación del servicio, evaluación deficiente en el cumplimiento de la ejecución de los servicios contratados, cambio de chofer y éste no se encuentre informado como suplente en el plazo de 4 días antes de prestar el servicio, sanción al chofer en período de conducción por exceso de velocidad y no respetar las señales del tránsito, habilitará al Servicio para cursar multa de acuerdo a la tabla siguiente, por cada día de atraso o infracción. Para estos efectos, la fracción de día será considerado día completo.
N° CAUSALES MULTA APLICABLE
1 No presentación del vehículo para la prestación del servicio contratado (vehículo original y reemplazo)
05%, del precio mensual del contrato, con tope de 2 reiteraciones, en un período de 2 meses seguidos.
2 Incumplimiento de los horarios estipulados en el contrato para el desarrollo de la prestación del servicio, por causales propias de la Empresa.
3%, del precio mensual del contrato, con tope de 3 reiteraciones, en un período de 3 meses seguidos.
3
La evaluación deficiente en el cumplimiento de la ejecución de los servicios contratados.
No cumplimiento de las Bases Técnicas
3%, del precio mensual del contrato, con tope de 3 reiteraciones, en un período de 3 meses seguidos.
4 Cambio de conductor designado y este no esté informado como suplente. 3%, del precio neto mensual del contrato, con tope de 2 reiteraciones, en un período de 3 meses seguidos.
5
En el período de conducción, si el chofer que realiza la prestación del servicio, es sancionado por exceso de velocidad y no respetar las señales del tránsito.
(se solicitará la hoja de vida de los conductores cada tres meses, el adjudicatario deberá hacerla llegar al administrador del contrato)
2%, del precio neto mensual del contrato, con tope de 3 reiteraciones, en un período de 3 meses seguidos.
Cualquiera sea la multa aplicada, ésta no podrá exceder del 15% del valor total del contrato.
La aplicación de la multa será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio que registre en el contrato y se entenderá notificado de ella al tercer día hábil siguiente del despacho de la carta certificada.
El contratista podrá pedir reposición de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes al de notificación. Si no se deduce reposición o se desecha total o parcialmente la reposición presentada, o bien deducido, recurso jerárquico, una vez resueltos, el Director Regional (a) quedará facultado para cobrar la multa mediante resolución fundada, remitiéndole copia de ella al adjudicatario.
La multa aplicada se deducirá del estado de pago más próximo.
Todo lo anterior es sin perjuicio del derecho del Servicio de resolver el contrato por incumplimiento en cuyo caso podrá hacer efectiva la garantía señalada en el numeral VII.6 de las presente Bases.
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