BASES ADMINISTRATIVAS
Artículo 1.- Objeto de la licitación
La Superintendencia llama a presentar ofertas en la licitación pública, para contratar el servicio de información jurídica on-line, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación
El mandante de la licitación es la Superintendencia de Valores y Seguros, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’ Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, representada por su Superintendente.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación
Etapas
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Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
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Presupuesto
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El presupuesto disponible total de la contratación por el período de 24 meses es de $6.000.000.- (seis millones de pesos) incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder.
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Participantes
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Personas naturales, jurídicas, o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Superintendencia de Valores y Seguros y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
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Cómputo de los plazos
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Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
Todos los plazos de horas se entenderán de horas corridas, salvo que se indique lo contrario.
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Idioma
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Castellano.
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Comunicación con la Superintendencia
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Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl
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Soporte de documentos
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Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
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Funcionario encargado del contrato
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Jefe de Biblioteca
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Funcionario responsable del pago
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Jefe División de Finanzas
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3.1.- Gastos
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la Superintendencia.
3.2.- Documentación que rige esta licitación
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;
b) Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la Superintendencia, a través de la resolución correspondiente;
c) Respuestas a las preguntas de los oferentes; y
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Superintendencia.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
3.3.- Modificaciones a las bases
La Superintendencia podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación
El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
N°
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Etapas
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Plazos (días corridos)
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1
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Fecha de publicación de las bases
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Día uno (1) Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado a licitación.
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2
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Diez (10) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
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3
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Fecha de inicio de preguntas
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Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde las 09:00 horas.
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4
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Publicación de calendario de demostración presencial del servicio
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Dos (2) días posteriores a la fecha del acto de apertura técnica y económica.
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5
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Fecha final de preguntas
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Cinco (5) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 19:00 horas.
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6
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Fecha publicación de respuestas
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Un (1) día posterior a la recepción final de las preguntas, hasta las 19:00 horas.
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7
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a partir de las 16:05 horas.
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8
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Fecha de evaluación de ofertas
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Dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
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9
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Fecha de adjudicación
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Dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 19:00 horas.
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10
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Suscripción del contrato
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Dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
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Si el día fijado como término de alguno de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.4.1.- Demostración presencial del servicio ofertado (obligatoria)
La Superintendencia una vez realizado el acto de apertura, en un plazo de dos días posteriores a dicho acto, publicará el calendario de demostración, el cual contendrá el día y hora fijado para la presentación de cada uno de los oferentes.
Cada oferente en la demostración deberá presentar en forma práctica y explicita el sistema de búsqueda, disponiendo de 30 minutos para exponer el servicio ofertado y las cualidades de éste, que deben ser acorde a las bases técnicas de la licitación.
La demostración tiene por objeto cotejar el cumplimiento de las especificaciones técnicas del servicio ofertado con los requisitos señalados las bases técnicas de la licitación, y evaluar la oferta de acuerdo a lo dispuesto en el punto 7.1 de estas bases. Todo esto será verificado por los integrantes de la Comisión Evaluadora, lo que se traducirá en el informe que se describe en el Artículo 8 de las presentes bases administrativas.
Cabe señalar que para efectos de la demostración de los servicios ofertados, la Comisión Evaluadora utilizará una pauta de evaluación con los conceptos que se buscaran y su definición correspondiente. Para dicha demostración, se deberá considerar como estrictamente referencial el Anexo N° 6, el cual trata exclusivamente de complementar y objetivizar esta etapa, para cada uno de los oferentes.
Esta demostración se efectuará en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins # 1449, Torre II, Piso 2, Comuna de Santiago, en donde se levantará un acta donde quedará registrado el nombre del oferente y su RUT, además del nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asistirá a realizar la exposición. El acta será publicada en el Portal de Mercado Público, con posterioridad de la realización de la demostración.
Esta demostración tiene el carácter de obligatoria. En la realización de la demostración, los oferentes no podrán modificar la oferta técnica presentada e ingresada al Portal de Mercado Público.
Todas las consultas e inquietudes que tengan los oferentes deben ser formuladas a través del Portal en la etapa de consultas indicadas en el cronograma de licitación. Las consultas serán respondidas a través del mismo sistema de información, en la fecha allí señalada.
3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la Superintendencia a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el proceso licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la Superintendencia podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación, según lo indicando en el punto 3.4 de las bases administrativas de la licitación.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3, respectivamente.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes administrativos
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada firmada por el representante legal, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1-A o N° 1-B, según si se trata de una persona jurídica o de una persona natural, respectivamente. En caso que el oferente corresponda a una UTP cada integrante de ésta deberá presentar la declaración contenida en el Anexo N° 1-A o 1-B, según corresponda (persona jurídica o natural). Esta declaración jurada es simple, por lo que no es necesario que sea firmada ante Notario Público.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración.
4.1.2.- Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N°2
Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de Directorio u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) de la sociedad y las facultades que tienen para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberán acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar además de lo anterior, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Superintendencia, por lo que todos y cada uno de los integrantes de la UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la Superintendencia.
Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la misma, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como a las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la Superintendencia, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
Asimismo, al momento de contratar, deberán presentar un certificado de vigencia de la persona jurídica de no más de tres meses de antigüedad (otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo o el Ministerio de Economía, en el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659), el que será exigido en caso de ser adjudicado. Este certificado no se requerirá en caso de encontrarse disponible con la antigüedad indicada en www.chileproveedores.cl.
En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en el párrafo que precede correspondiente a cada una de las personas jurídicas; junto con lo anterior, para contratar deberán acompañar, el acuerdo en que conste la UTP materializado por escritura pública o privada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
4.2.- Oferta Técnica
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en los siguientes documentos:
Anexo N° 3
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Oferta Técnica
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4.3.- Oferta Económica
Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor neto total del servicio de información jurídica on-line, por un plazo de 24 meses, sin impuesto incluido, en pesos chilenos, que deberá ser ingresado en el formulario definido en la plataforma de licitaciones de Chilecompra.
Además de ingresar la oferta en el Portal de acuerdo al párrafo anterior, el oferente deberá proporcionar la información requerida en el Anexo N° 4 (Oferta Económica) de estas bases, correspondiente a su oferta económica, donde deberá obligatoriamente llenar aquel recuadro con el precio neto de la contratación del servicio descrito. La completitud de la información solicitada en el Anexo es de carácter obligatoria, en caso de no presentar toda esta información, será causal de inadmisibilidad de la oferta.
En caso de producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente al formulario del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 4 de estas bases, se dará preeminencia a los valores que consigne el anexo citado.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los gastos, incluidos, los de equipamiento, personal, materiales, servicios, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el numeral 2 del punto 3.4. “Cronograma de la licitación”, de estas Bases Administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Superintendencia solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.
4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas
Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:
- No presenten cualquiera de los antecedentes indicados en los puntos 4.2 y 4.3.
- No completen en su totalidad la información solicitada en el punto 3.1 del Anexo N°3 “Oferta técnica”.
- No completen en su totalidad la información solicitada en el punto 3 del Anexo N°4 “Oferta Económica”.
- Sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación del servicio de información jurídica on-line, por el período de 24 meses.
- No se presenten a la demostración presencial del servicio ofertado, según lo indicado en el punto 3.4.1 de estas bases de licitación.
- La Superintendencia solicite de acuerdo a bases a través del Portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
- En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas de los oferentes que no presenten en sus ofertas:
- Información contenida en el Anexo N° 5.
La no presentación de la información antes señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el numeral I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
Esta Superintendencia podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación
La Superintendencia podrá solicitar a través del Portal Mercado Público que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La Superintendencia podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 48 horas corridas desde la notificación de la Superintendencia para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación
Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto “Comisión Evaluadora”, analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Superintendente la adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la institución o bien, la comisión podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros:
- Eugenio Bustos Ruz, Jefe de Biblioteca;
- José Ignacio Torres Iriarte, Abogado Área Jurídica;
- Natalia Alcaíno Risco, Abogado Área Jurídica;
- Juan Eduardo Reyes Rubio, Coordinador Área Protección al Inversionista y Asegurados, y
- Iván Garavito Neira, Analista de Compras del Departamento de Abastecimiento.
En caso que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución fundada a su reemplazante.
Durante la etapa de evaluación, la Superintendencia podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
7.1.- Proceso de evaluación
El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y condiciones laborales inclusivas, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, administrativas, y condiciones laborales inclusivas, se utilizarán dos decimales.
En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la Superintendencia el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Nº
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Criterio
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Ponderador por Criterio
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I.- Requisitos formales de la oferta:
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Completitud de la oferta.
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3%
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II.- Aspecto Económico de la oferta:
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Valor total del servicio de información jurídica on-line
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15%
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III.- Aspecto Técnico de la oferta:
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A.
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Demostración del servicio
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30%
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B.
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Bases de datos adicionales
|
30%
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C.
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Servicios adicionales complementarios
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20%
|
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IV.- Condiciones laborales :
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Condiciones inclusivas y de género
|
2%
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I.- Evaluación Requisitos Formales
Completitud de la oferta.
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la Superintendencia.
La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
Tramos
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Puntaje
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Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.
|
100
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Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.
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75
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Si la Superintendencia requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera de bases.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la Superintendencia podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, condiciones laborales inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
II.- Evaluación Oferta Económica
Para evaluar este criterio, se utilizará el método de la oferta de menor valor, respecto del valor total del servicio de información jurídica on-line (incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder).
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total disponible de la contratación del servicio de información jurídica on-line serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación.
III.- Evaluación Oferta Técnica
La oferta técnica tendrá que cumplir con lo señalado en el punto 3.1 del Anexo N° 3 “Oferta técnica”.
Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos, detallados en el punto 3.1 del Anexo N° 3, previamente citado, serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
Las propuestas que cumplan con lo solicitado, continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:
A.- Demostración del servicio
Este criterio considera la demostración del servicio ofertado por cada oferente. Para efectos se realizarán cinco pruebas de búsquedas, en consideración a lo descrito en el punto 3.4.1.
Para cada una de las pruebas señaladas, se utilizarán los siguientes subcriterios y sus puntajes respectivos.
A.1 Rapidez de la búsqueda: En este subcriterio se evaluará el tiempo que demora la entrega de resultados que están asociados a una búsqueda determinada. Las búsquedas se indicarán el día asignado en el calendario para la demostración y serán las mismas para todos los oferentes.
La medición se efectuará a través de cronómetro.
TRAMOS
|
PUNTAJE
|
El menor tiempo en el resultado de búsqueda obtenido
|
100
|
El segundo mejor tiempo en el resultado de búsqueda obtenido
|
75
|
El tercer mejor tiempo en el resultado de búsqueda obtenido
|
50
|
Demás resultados de búsqueda obtenidos
|
0
|
A.2 Pertinencia de resultados: En este subcriterio se evaluará la pertinencia de los resultados que han sido asociados a la búsqueda. Se considerarán como pertinentes sólo aquellos resultados que tengan relación con el concepto a la búsqueda.
TRAMOS
|
PUNTAJE
|
Resultado de búsqueda tiene más de 5 aciertos pertinentes al concepto
|
100
|
Resultado de búsqueda tiene entre 3 a 5 aciertos pertinentes al concepto
|
75
|
Resultado de búsqueda tiene menos de 3 aciertos pertinentes al concepto
|
50
|
Resultado de búsqueda no tiene aciertos pertinentes al concepto
|
0
|
Las búsquedas se indicarán el día de la demostración y serán las mismas para todos los oferentes.
El puntaje total de este criterio será el promedio de la suma de los puntajes obtenidos en los subcriterios por cada prueba realizada.
B.- Bases de datos adicionales
Este criterio considera las bases de datos adicionales ofrecidas sin costo para la SVS. Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:
TRAMOS
|
PUNTAJE
|
El oferente cumple con presentar seis o más contenidos adicionales
|
100
|
El oferente cumple con presentar cinco contenidos adicionales
|
80
|
El oferente cumple con presentar cuatro contenidos adicionales
|
60
|
El oferente cumple con presentar tres contenidos adicionales
|
40
|
El oferente cumple con presentar dos contenidos adicionales
|
20
|
El oferente cumple con presentar un contenido adicional
|
10
|
El oferente no presenta contenidos adicionales
|
0
|
El oferente podrá agregar como contenidos adicionales a su oferta, aquellos que tengan relación con el rol fiscalizador de la SVS, tales como:
1) Reportes informativos a través de correo electrónico
2) Publicación periódica impresa de información jurídica
3) Regulación administrativa del Consejo de Transparencia
4) Tribunal Constitucional
5) Tribunal de Defensa para la Libre Competencia
6) Contenidos informativos adicionales de países con sistemas jurídicos afines
7) Aplicación para realizar búsqueda de base de datos en dispositivos móviles
Sobre los contenidos adicionales que se oferten, estos deberán ser informados de acuerdo a lo señalado en el punto 3.2.1 del Anexo N° 3. Además estos no tendrán costos adicionales para la SVS, y deberán proporcionarse de forma permanente durante toda la vigencia del contrato.
En caso de no presentar la información requerida en el punto anterior, se le asignará 0 puntos en este criterio a la oferta del proveedor.
C. Servicios adicionales complementarios
Este criterio considera los servicios adicionales complementarios, al funcionamiento del buscador. Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:
Tramos
|
Puntaje
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Agrega 3 servicios adicionales complementarios.
|
100
|
Agrega 2 servicios adicionales complementarios.
|
75
|
Agrega 1 servicios adicionales complementarios.
|
50
|
El oferente no agrega servicios adicionales complementarios a su oferta
|
0
|
El oferente podrá agregar contenidos adicionales a su oferta que tengan relación con el rol fiscalizador de la SVS, tales como:
1) Capacitación presencial sobre nuevos usuarios de los servicios de alerta
2) Mesa de ayuda ante incidencias en el funcionamiento del buscador
3) Alertas adicionales a las requeridas en bases técnicas.
Sobre los servicios adicionales complementarios que se oferten, estos deberán ser informados en el punto 3.2.2 del Anexo N° 3. Además estos no tendrán costos adicionales para la SVS.
En caso de no presentar la información requerida en el punto anterior, se le asignará 0 puntos en este criterio a la oferta del proveedor.
IV.- Condiciones laborales
El proveedor podrá presentar los antecedentes o documentos, que permitan validar el cumplimiento sobre las siguientes medidas sustentables presentadas:
- Condiciones inclusivas
En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, por medio de la contratación de trabajadores con: discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos, personas pertenecientes a pueblos indígenas y/o con Sello Chile Inclusivo, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación:
Tramos
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Puntaje
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Cuenta con tres trabajadores con discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos, personas pertenecientes a pueblos indígenas y/o con Sello Chile Inclusivo.
|
100
|
Cuenta con dos trabajadores con discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o personas pertenecientes a pueblos indígenas.
|
80
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Cuenta con un trabajador con discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o personas pertenecientes a pueblos indígenas.
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50
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El oferente no tiene contratado trabajadores con discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos, personas pertenecientes a pueblos indígenas y no tiene Sello Chile Inclusivo.
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0
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Para efectos de acreditar la contratación de personal con discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos, personas pertenecientes a pueblos indígenas y/o con Sello Chile Inclusivo, se requerirá acompañar los siguientes documentos para cada uno de los casos como sigue:
Personal con discapacidad:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato debe haber sido suscrito con anterioridad a la fecha de publicación de la licitación.
- Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal joven entre 18 y 25 años cumplidos:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato debe haber sido suscrito con anterioridad a la fecha de publicación de la licitación.
- Acreditación beneficiario de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cedula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personas pertenecientes a pueblos indígenas:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato debe haber sido suscrito con anterioridad a la fecha de publicación de la licitación.
- Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.
- Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Sello Chile Inclusivo:
- Adjuntar documento donde conste la obtención del Sello Chile Inclusivo del Servicio Nacional de la Discapacidad.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información contenida en el Anexo Nº 6, se le asignará “0” puntos en este criterio.
- Equidad de género
En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la equidad de género, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.
Tramos
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Puntaje
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Cuenta con certificado empresa mujer.
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100
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El oferente no cuenta con certificado de empresa mujer o no informa.
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0
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Para efectos de acreditar el certificado empresa mujer, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
El oferente es una persona natural de sexo femenino.
- No inscrita en el Registro de Proveedores: copia de cédula de identidad.
- Inscrita en el Registro de Proveedores: acreditar Sello Empresa Mujer.
El oferente es una empresa liderada por mujer (es).
- No inscrita en el Registro de Proveedores: Instrumento público (escritura de constitución, certificado de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, copia de estatutos vigentes) donde se identifique que más del 50% de la propiedad de la empresa sea de una o más mujeres y su representante legal o gerente general sea mujer.
- Inscrita: acreditar Sello Empresa Mujer
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información contenida en el Anexo Nº 6, se le asignará “0” puntos en este criterio.
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora emitirá un informe en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo en detalle los antecedentes evaluados, y todas las acciones llevadas a cabo, incluidas todas las comunicaciones que pudieren haberse realizado. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación, dará cuenta de la revisión y resultado de toda la documentación provista por el oferente, con indicación de los sitios web y portales que pudieron haber sido consultados.
En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
- Mayor puntaje en el criterio “Demostración del servicio”.
- Mayor puntaje en el criterio “Base de datos adicionales”.
- Mayor puntaje en el criterio “Servicios adicionales complementarios”.
Artículo 9.- De la adjudicación
La Superintendencia adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la Superintendencia señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 10 días hábiles para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@svs.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Superintendencia podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo definido en el cronograma de licitación o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Asimismo procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación
La Superintendencia, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases.
La Superintendencia, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
Artículo 12.- Del contrato
De la licitación pública derivará el contrato “SERVICIO DE INFORMACIÓN JURÍDICA ON-LINE". El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes; y las ofertas del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación (Anexo 1-A o Anexo 1-B).
Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.
Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien o podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características esenciales para haber adjudicado la oferta.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente para estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato
Domicilio de la SVS
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Comuna de Santiago.
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Subcontratación
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No se permite.
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Cesión de derechos
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No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.
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Vigencia del contrato
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A contar del 15 de diciembre de 2017, previa total tramitación de la resolución que apruebe el contrato.
No obstante lo anterior, por razones de buen servicio, la Superintendencia podrá solicitar el inicio de los servicios una vez suscrito el contrato, previo a la formalización de la resolución que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato
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Plazo para ejecución del contrato
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El contrato comenzará a regir a contar del 15 de diciembre del 2017, extendiendo su vigencia hasta el 15 de diciembre del 2019.
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Precio, forma de pago y condiciones de servicio.
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El presupuesto disponible total de la contratación por el período de 24 meses es de $6.000.000.- (seis millones de pesos) incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder.
El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
Los precios ofertados tendrán una vigencia igual a la vigencia del contrato.
El pago de los servicios adjudicados, se efectuará en 24 cuotas mensuales iguales, en pesos chilenos, dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento de cobro; previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada del Jefe de Biblioteca, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor adjudicado. En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra a través del Portal Mercado Público para poder proceder a la facturación.
Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.
El proveedor deberá facturar electrónicamente de conformidad al calendario de incorporación a que se refiere la Ley N° 20.727, en cuyo caso deberá, además, remitir dicho documento al correo electrónico abastecimiento@svs.cl.
En los demás casos el proveedor adjudicado deberá entregar la factura respectiva, con su correspondiente orden de compra, en la Oficina de Partes dirigida al Departamento de Abastecimiento, de esta Superintendencia, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, horario de 9:00 a 13:30 horas.
La Superintendencia tendrá un plazo de 8 días corridos para rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura. En caso de vencer el plazo en día inhábil o festivo, se extenderá hasta el siguiente día hábil (de lunes a viernes).
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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Normativa, antecedentes y documentos aplicables
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El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
3. Aclaraciones a las bases entregadas por la Superintendencia, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes.
4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado –incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.
5. La Resolución que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.
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Solución de controversias y legislación aplicables
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El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago.
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Suscripción del contrato
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El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el adjudicatario, su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, en el plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna y ciudad de Santiago.
Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la Superintendencia quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva.
En este caso, la Superintendencia deberá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.
En este caso, la Superintendencia procederá a la readjudicación de conformidad con las normas establecidas en estas bases.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
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12.3.- Obligaciones y prohibiciones del contratado.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratado deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La Superintendencia podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Inspección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor y la Superintendencia, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados.
e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la Superintendencia.
12.4.- Responsabilidad
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases.
Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del proyecto materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas
La Superintendencia aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente acreditados por el proveedor.
12.5.1.- Causales y monto de la multa
Interrupciones y fallas en la recepción del servicio: Si durante la vigencia del servicio contratado, éste presenta interrupciones y fallas por más de un día hábil, el proveedor será notificado de la situación aplicándose la siguiente multa según corresponda:
Tramos
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Multa
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2 días hábiles
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0,2% del valor total de la contratación (impuesto incluido).
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Entre 3 a 5 días hábiles
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0,3% del valor total de la contratación (impuesto incluido).
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6 o más días hábiles
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0,4% del valor total de la contratación (impuesto incluido).
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El tope de multas a que se refiere este número será de un 10% del valor total del contrato (impuesto incluido).
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el Jefe de Biblioteca deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:
1.- Identificación del adjudicatario;
2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;
3.- Responsable por parte del adjudicatario;
4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;
6.- Monto de la multa; y
7.- Firma del Jefe de Biblioteca.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de la multa.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.- Pago de las multas
El monto de la multa será rebajado del pago más próximo que se deba efectuar al adjudicatario o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.
Artículo 13.- Modificación del contrato
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones no podrán afectar el precio ofertado por el proveedor.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad
El adjudicatario y su personal, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la Superintendencia o de la propia Superintendencia, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, ejecutivos, contratistas y subcontratistas del adjudicatario, que deberá velar por el estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.
Asimismo, quedarán obligados, en virtud del contrato que se suscribirá, dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la SVS, que se encuentre vigente a la fecha de suscripción. Para estos efectos, se hará entrega al proveedor, en el acto de suscripción del contrato, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.
Artículo 15.- Término del contrato
15.1.- Término normal
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
15.2.- Término anticipado del contrato
De acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, entre otras, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes;
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante;
c) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso;
d) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra;
e) Por causa de interés público;
f) Por exigirlo la seguridad nacional;
g) Por razones de buen servicio;
h) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;
i) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
j) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;
k) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
l) Disolución de la UTP; y
m) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la Superintendencia podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal empleado en el servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal empleado en el servicio, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.
Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratista las siguientes, que serán certificadas por el Jefe de Biblioteca.
a) Si a juicio de la Superintendencia, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
b) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.
c) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 de estas bases.
d) Por exceder el tope de multa establecido en el punto 12.5.1.- de estas bases.
e) La cesión del contrato en los casos no autorizados expresamente por una ley.
f) La subcontratación.
g) El incumplimiento de la obligación contenida en el artículo 14 de estas bases, referente a la confidencialidad y políticas de seguridad.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la Superintendencia a través de una resolución fundada, previo informe del Jefe de Biblioteca, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el contratado.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.
En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el Jefe de Biblioteca, deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:
1.- Identificación del adjudicatario;
2.- Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;
3.- Responsable por parte del adjudicatario;
4.- Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
5.- Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y
6.- Firma del Jefe de Biblioteca.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Abastecimiento de la Superintendencia lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigidos al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Superintendencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la resolución de término de contrato.
La Resolución que disponga el término de contrato se notificará en el domicilio indicado por el proveedor en el contrato, personalmente o por carta certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la Superintendencia, dirigido al Departamento de Abastecimiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.