Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
|
JUNTA NACIONAL AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
|
Fecha de vencimiento:
|
02-05-2017
|
Monto:
|
300000
Peso Chileno
|
|
Descripción:
|
El oferente deberá entregar, en el plazo establecido en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, una garantía de seriedad de la oferta pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
La referida garantía, deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma de $300.000 (trescientos mil pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo pueden ser emitidos en unidades de fomento (UF), en cuyo caso deberá considerarse el valor equivalente de la UF correspondiente al día de la emisión del instrumento.
Cuando el oferente realice la presentación de póliza de seguros para garantizar la seriedad de las oferta, deberá ser a la vista y con carácter de irrevocable, sin liquidador y deberá eximir a la Entidad Pública de someterse a arbitraje.
La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta “ID 85-42-LR16”. Tratándose de vale vista en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, señalada en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N°181 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, de las presentes bases, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Avda. Antonio Varas N°153, Comuna de Providencia, Santiago.
Tratándose de unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta, podrá ser constituida por cualquiera de sus miembros o por un tercero a su nombre, debiendo cumplir cabalmente con todas las exigencias establecidas en el presente título.
Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo a lo requerido en el presente título, su oferta será rechazada en la etapa de apertura electrónica de las ofertas del portal www.mercadopulico.cl y por tanto, declarada inadmisible.
JUNAEB podrá rechazar aquel instrumento que no cumpla con las condiciones exigidas en este punto. Específicamente, rechazará aquel instrumento que, sin importar su denominación, por su naturaleza no cumpla con el requisito de ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable, o que por cualquier motivo, no asegure debidamente el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. Lo anterior, en virtud de los incisos cuarto y quinto del artículo 31 del reglamento de la Ley 19.886. Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, los oferentes que deseen seguir participando de la licitación, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, por un plazo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia de la garantía original. Los oferentes que no acepten efectuar la prórroga o renovación referida, se entenderán desistidos de su oferta, procediéndose a la devolución de la garantía originalmente otorgada.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, en los siguientes casos:
a. Si el oferente se desiste de su oferta dentro del período de vigencia de la misma.
b. Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo señalado en el título 3 denominado “Etapas y plazos” de las bases administrativas.
c. Cuando el adjudicatario no se encuentra hábil e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de acuerdo al plazo indicado en el título 15 denominado “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” de las bases administrativas.
d. Cuando no acompaña la documentación necesaria, dentro del plazo señalado en el título 15 denominado “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” contemplado en estas bases.
e. Cuando no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
f. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, en el evento que uno de sus integrantes sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta. Asimismo, se hará efectiva la garantía cuando se entienda desistida de su oferta por no contar con a lo menos dos integrantes luego del retiro de uno de ellos.
|
|
Glosa:
|
“Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta “ID 85-42-LR16”
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
El oferente deberá entregar, en el plazo establecido en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, una garantía de seriedad de la oferta pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
La referida garantía, deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma de $300.000 (trescientos mil pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo pueden ser emitidos en unidades de fomento (UF), en cuyo caso deberá considerarse el valor equivalente de la UF correspondiente al día de la emisión del instrumento.
Cuando el oferente realice la presentación de póliza de seguros para garantizar la seriedad de las oferta, deberá ser a la vista y con carácter de irrevocable, sin liquidador y deberá eximir a la Entidad Pública de someterse a arbitraje.
La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta “ID 85-42-LR16”. Tratándose de vale vista en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, señalada en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N°181 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título 3 denominado “Etapas y Plazos”, de las presentes bases, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Avda. Antonio Varas N°153, Comuna de Providencia, Santiago.
Tratándose de unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta, podrá ser constituida por cualquiera de sus miembros o por un tercero a su nombre, debiendo cumplir cabalmente con todas las exigencias establecidas en el presente título.
Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo a lo requerido en el presente título, su oferta será rechazada en la etapa de apertura electrónica de las ofertas del portal www.mercadopulico.cl y por tanto, declarada inadmisible.
JUNAEB podrá rechazar aquel instrumento que no cumpla con las condiciones exigidas en este punto. Específicamente, rechazará aquel instrumento que, sin importar su denominación, por su naturaleza no cumpla con el requisito de ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable, o que por cualquier motivo, no asegure debidamente el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. Lo anterior, en virtud de los incisos cuarto y quinto del artículo 31 del reglamento de la Ley 19.886. Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, los oferentes que deseen seguir participando de la licitación, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, por un plazo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia de la garantía original. Los oferentes que no acepten efectuar la prórroga o renovación referida, se entenderán desistidos de su oferta, procediéndose a la devolución de la garantía originalmente otorgada.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, en los siguientes casos:
a. Si el oferente se desiste de su oferta dentro del período de vigencia de la misma.
b. Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo señalado en el título 3 denominado “Etapas y plazos” de las bases administrativas.
c. Cuando el adjudicatario no se encuentra hábil e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de acuerdo al plazo indicado en el título 15 denominado “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” de las bases administrativas.
d. Cuando no acompaña la documentación necesaria, dentro del plazo señalado en el título 15 denominado “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” contemplado en estas bases.
e. Cuando no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
f. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, en el evento que uno de sus integrantes sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta. Asimismo, se hará efectiva la garantía cuando se entienda desistida de su oferta por no contar con a lo menos dos integrantes luego del retiro de uno de ellos.
|
|
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
|
JUNTA NACIONAL AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
|
Fecha de vencimiento:
|
31-03-2020
|
Monto:
|
5
%
|
|
Descripción:
|
El oferente que haya resultado adjudicado, deberá presentar dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de adjudicación, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, debiendo asegurar el cobro de manera rápida y efectiva.
Tratándose de unión temporal de proveedores, la garantía de fiel cumplimiento de contrato, podrá ser constituida además por cualquiera de sus miembros, debiendo cumplir cabalmente con todas las exigencias establecidas en las presentes bases de licitación.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La caución o garantía deberá ser entregada en oficina de partes de JUNAEB, ubicada en Antonio Varas 153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, RUT 60.908.000-0, con una vigencia no inferior a 90 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de término del contrato, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, en pesos chilenos o su equivalente en unidades de fomento (UF), debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar a JUNAEB el fiel y oportuno cumplimiento de contrato y el pago de prestaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-42-LR16”. Tratándose de vale vista, por la propia naturaleza del instrumento, no llevará glosa, debiendo ser nominativo y a nombre de JUNAEB, RUT 60.908.000-0.
Cuando el adjudicatario realice la presentación de póliza de seguros para garantizar el contrato, deberá solicitar a la institución aseguradora, que incluya cláusulas que otorguen cobertura a los eventuales incumplimientos de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador y multas aplicadas por JUNAEB, esta póliza deberá ser a la vista y con carácter de irrevocable, sin liquidador y deberá eximir a la Entidad Pública de someterse a arbitraje.
Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, dentro de los 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la adjudicación, se tendrá por desistido de su oferta y adjudicará a la segunda oferta más ventajosa según lo consignado en el informe final de la comisión evaluadora, de conformidad con lo establecido en el título 17 de las presentes bases, denominado “De la readjudicación”.
Asimismo, en el caso que la ejecución del servicio se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto y con una vigencia que exceda en a lo menos 90 días corridos contados desde la nueva fecha de término de vigencia del contrato.
En caso de no pago de las multas ejecutadas en virtud de los incumplimientos contractuales, JUNAEB quedará facultada para hacer efectiva esta garantía, de conformidad a lo estipulado en el título 18 denominado “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”. En el caso que la multa aplicada se realice con cargo a dicha garantía, el adjudicatario deberá renovar esta caución, por el monto y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la aplicación de la multa.
El o los adjudicatarios, transcurrido cada año de ejecución de los servicios adjudicados, tendrán la posibilidad de sustituir la garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el valor del remanente del contrato, debiendo dar estricto cumplimiento a lo indicado en el inciso 2° del artículo 68 del Decreto N° 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886.
|
|
Glosa:
|
“Para garantizar a JUNAEB el fiel y oportuno cumplimiento de contrato y el pago de prestaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-42-LR16”
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta una vez cumplida la vigencia de la misma, debiendo estar cumplidas todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato y no existiendo multas cuyo pago se encuentre pendiente, comprobado así por la contraparte técnica.
|
|