En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
Una condición esencial para cursar el pago, será la presentación por parte del proveedor de la acreditación del pago al día de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores dependientes, la que se efectuará mediante el Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.