Licitación ID: 873299-86-LE19
Arriendo de Camas Clínicas Eléctricas para el HCVB
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN, Unidad de Abastecimientos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 137
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Camas de cuidado del paciente o accesorios de uso general 12 Unidad
Cod: 42191807
Arriendo de Camas Clínicas Eléctricas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Arriendo de Camas Clínicas Eléctricas para el HCVB
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La necesidad del Hospital Carlos Van Buren contratar el Arriendo de Camas Clínicas Eléctricas para pacientes adultos de Cuidados Básicos y Medios.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Unidad de compra:
Unidad de Abastecimientos
R.U.T.:
61.602.054-4
Dirección:
San Ignacio 725, Valparaiso
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-08-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 14-08-2019 10:36:23
Fecha inicio de preguntas: 14-08-2019 17:00:00
Fecha final de preguntas: 21-08-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-08-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-08-2019 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-08-2019 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-09-2019 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- -Formulario N°1.1 y 1.2: Identificación del oferente -Formulario N°2: Declaración Simple
Documentos Técnicos
1.- -Formulario N°3: Oferta Técnica Simple -Formulario N°4: Nómina de Contratos -Formulario N° 5: Especificaciones técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- -Formulario N° 6: Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cobertura Nacional Se considerarán el número de mobiliario instalados en Establecimientos de Salud Públicos y/o Privados durante los años 2016, 2017 y 2018, en donde se hayan adjudicado o vendido mobiliario de igual marca y modelo del que se está ofertando, de acuerdo al Formulario N°4 en Artículo 13.9 de las Bases Administrativas. 15%
2 Representatividad de la Marca Se considerará los años de representación de la marca en Chile por parte del oferente, para el equipo que se oferta, indicados en el Certificado definido en el Artículo 13.7 y Formulario N°5 de las presentes Bases Administrativas. 10%
3 Plazo de Entrega Se calificará de acuerdo a tabla el plazo en que el proveedor se compromete a hacer entrega del equipo ofertado, de acuerdo a la línea de producto del Artículo N° 12 de las Bases Administrativas Generales. Dicha información deberá ser declarada por el oferente en el Formulario Nº 3. 10%
4 Cumplimiento de los Requisitos Formales En este punto será evaluado el cumplimiento del envío oportuno de toda la documentación solicitada en el Artículo Nº 13. Los oferentes que cumplan con la presentación oportuna del 100% de los documentos obtendrán nota siete (7) y los oferentes a los cuales sea necesario solicitar los antecedentes en los términos establecidos en las presentes Bases, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl obtendrán nota uno (1) como se observa en la siguiente tabla. Sin perjuicio de lo antes dicho, las ofertas que no acompañen los antecedentes descritos en el Art. 13 N° 8, 9 y 10 quedaran excluidas del proceso de evaluación de oferta, ya que su cumplimiento constituye una exigencia obligatoria para la admisibilidad de las ofertas. 5%
5 Oferta Económica Se clasificarán los precios ofrecidos por los proveedores de menor a mayor, obteniendo la nota 7 el precio más bajo y porcentualmente, se disminuirá la Nota en la misma proporción que el aumento del precio. Lo anterior, de acuerdo a lo declarado en Formulario N° 6. Pje Oi = (Oe/Oi)* 7 Dónde: Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente i Oe: Oferta más conveniente. Oi: Oferta del oferente i 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Carlos Van Buren
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Por ley nro. 19.937 para establecimientos autogestionados en red.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Javier Olea Torres
e-mail de responsable de pago: javier.oleatorres@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Valeria Iturra Munoz
e-mail de responsable de contrato: admincontratos.hcvb@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2364099-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Carlos Van Buren
Fecha de vencimiento: 30-04-2020
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier Instrumento Financiero, a la vista, irrevocable y de liquidez inmediata. Se constituirá para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, Obligaciones Laborales y de Remuneración.
Glosa: “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, Obligaciones Laborales y de Remuneración del contrato de “Arriendo de Camas Clínicas Eléctricas para el Hospital Carlos Van Buren”, Licitación ID 873299-86-LE19
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el contrato y previa recepción conforme de lo solicitado en la presente Propuesta Pública de Licitación, en la que se levantará un acta de recepción definitiva por la Unidad Técnica y será responsabilidad de la Empresa el retiro de este documento, que deberá ser solicitada por escrito al “Cargo del Referente Técnico”. La devolución del Instrumento Financiero se llevará a efecto en la Sección Caja de la Unidad de Contabilidad, ubicada en el 3º piso del Edificio Otorrino-Oftalmología.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Alianza de Proveedores
Los oferentes que deseen presentar una oferta en común, deberán adjuntar documento formal en los anexos administrativos de la licitación que dé cuenta de dicho acuerdo. Cabe mencionar que la vigencia de esta alianza no podrá ser inferior a la del convenio adjudicado, considerando prórroga del contrato, de acuerdo a lo indicado en el Artículo Nº 67 bis de la Ley Nº 19.886.
Condiciones del Contrato
32.1 El contrato se hará efectivo con la aceptación de la Orden de Compra, actuando por el Hospital el Director y por la Empresa, su Representante Legal. 32.2 La empresa proveedora estará obligada a cumplir la orden de compra y las Bases Administrativas y Técnicas. El incumplimiento facultará al Hospital a aplicar las sanciones establecidas en las presentes bases. 32.3 La empresa proveedora adjudicada se compromete al estricto cumplimiento de las obligaciones, las que están contenidas en las presentes bases administrativas y las que se señalan en las Bases Técnicas y sus anexos. 32.4 La empresa proveedora declara que el precio de la oferta, incluye todo lo establecido en las bases de la licitación en comento. 32.5 La Dirección del Hospital Carlos Van Buren, designa como Inspector Técnico de Contrato al Jefe de Equipos Médicos.
Resciliación
Corresponderá resciliar el contrato cuando, de común acuerdo, el Mandante y el Oferente contratado decidan ponerle término y liquidar anticipadamente el Contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo, deberá formular una presentación por escrito a la otra parte y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo.
Resolución de Conflictos
Aquellas discrepancias que se susciten con motivo de la aplicación, cumplimiento, resolución, validez, vigencia y liquidación de la Orden de Compra, serán sometidas por cualquiera de las partes, al conocimiento y resolución por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna de Valparaíso, ante quienes las partes prorrogan competencia. Cualquier discrepancia o cuestión que surja en la ejecución de lo comprometido mediante la Orden de Compra, no podrá motivar en caso alguno, la paralización de la entrega de los equipos por parte del proveedor, sin perjuicio que las partes procuren un acuerdo o sometan el caso a conocimiento de los tribunales antes señalados.