9.1. Definiciones: |
Sin perjuicio de las definiciones establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para los efectos de una correcta interpretación y aplicación de las presentes Bases, se dará a los términos que a continuación se indican, el significado que para cada uno de ellos se establece, a saber:
a) Mandante: La autoridad regional que encomienda el llamado a licitación para la ejecución de una obra, de un estudio, prestación de un servicio o adquisición de bienes, en cuyo financiamiento hay participación de recursos del Fisco. Para la presente licitación el Mandante es el Gobierno Regional de Valparaíso, que tendrá a su cargo la aprobación de las Bases Administrativas y las Bases Técnicas (EETT), el llamado a propuesta pública, su adjudicación, la celebración del contrato y los pagos correspondientes.
b) Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
c) Propuesta: La oferta técnica y económica presentada por un oferente en la presente licitación, la que debe ajustarse a los requisitos establecidos en las bases. La palabra oferta se entiende como sinónimo de propuesta.
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9.2. Plazo Extraordinario de Presentación de Antecedentes del Oferente: |
Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, el Gobierno Regional de Valparaíso, podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o documentos administrativos, requeridos en el punto N° 4 “Antecedentes para incluir en la Oferta – Documentos Administrativos”, que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, dentro del plazo fatal de 48 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por el Gobierno Regional, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, quedará fuera de bases por falta de presentación de los antecedentes solicitados.
La presentación en el plazo extraordinario de los antecedentes administrativos requeridos, significará una menor puntuación, conforme lo indicado en la pauta de evaluación señalada en el punto N° 6 de las presentes bases de licitación.
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9.3. Resolución de Empates: |
En caso de empate en el puntaje final de la evaluación Técnico-Económico de las ofertas, en primer lugar se optará por la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Costo Prima Asistencia en Viaje”. De haber igualdad de condiciones (puntajes), se considerarán los criterios en el siguiente orden de preferencias: “Cobertura Adicional”, “Monto de Cobertura” y “Oportunidad Presentación Antecedentes Administrativos”.
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9.4. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: |
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación citado precedentemente, dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos a la licitación.
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9.5. Modificaciones a las Bases de Licitación: |
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases deberán realizarse mediante Resolución totalmente tramitada que lo autorice, que será publicada en el portal, y en caso de ser necesario se fijará prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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9.6. Solicitud de Aclaraciones |
El Gobierno Regional podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrá alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
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9.7. Apertura de las Ofertas: |
La apertura electrónica de los antecedentes de la propuesta, se efectuará el día señalado en la ficha de licitación y en el Punto Nº 3 “Etapas y Plazos”, de las presentes bases de licitación, en un sólo acto, a través del Sistema de Información Chilecompra, portal Mercado Público. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de la propuesta (Documentos solicitados en Punto Nº 4). La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Gobierno Regional de Valparaíso estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información www.mercadopublico.cl que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para presentar al Gobierno Regional de Valparaíso un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la institución y el resto de los oferentes de la presente licitación. Sólo en tal evento, y de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 62 N° 2 del D.S. 250/2004, los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado a ChileCompra, al momento de no poder ingresar la información.
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9.8. Descalificación de los Licitantes: |
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá descalificar a los licitantes, en cualquier momento, en caso de que incurran en alguna de las siguientes causales:
a) Si condiciona sus propuestas a la complementación de la oferta mediante la contratación de determinados proveedores o a la subcontratación de ciertas empresas;
b) Si se comprueba que tiene acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación;
c) Cualquier otro acuerdo que tenga por objeto obtener una ventaja ilícita sobre los demás licitantes;
d) Si se comprueba que la oferta contiene antecedentes falsos.
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9.9. Aclaraciones: |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Punto Nº 3 de las presentes bases y en la ficha electrónica. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El Gobierno Regional de Valparaíso pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula mencionada en el párrafo anterior. No se considerarán las preguntas recibidas una vez vencido dicho plazo.
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9.10. Evaluación de las Ofertas: |
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas propuestas que contengan claramente la información requerida en las presentes bases de licitación y que además correspondan al tipo de servicio solicitado en esta licitación.
El Gobierno Regional de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases.
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9.11. Presentación de las Ofertas: |
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de los indicado en el Articulo N° 62 del Reglamento de la Ley 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:
1. Los oferentes deberán presentar la información solicitada en los anexos respectivos, no obstante el formato de los mismos es referencial.
2. Deberán presentar el Anexo 1: “Formulario Presentación del Oferente” (adicionar los antecedentes indicados en el punto N° 4 de las presentes bases), Anexo 2: “Declaración Jurada Simple Aceptación de Condiciones”, Anexo 3: “Declaración Jurada Simple Prácticas Antisindicales e Inhabilidades para contratar con el Estado”, y Anexo 4: “Técnico-Económico”.
3. El Comprobante de Ingreso de Oferta, debe presentarse en valor neto (sin impuestos), en DÓLAR AMERICANO (US$).
4. El monto expresado en el Anexo 4: “Técnico-Económico”, será el considerado como válido para la evaluación de la oferta, la contratación y pago, y se entenderá que comprende el precio de contratación de todos los bienes y servicios considerados, así como todos los impuestos que correspondan. En caso de existir discordancia entre el monto expresado en este documento y aquel señalado en el formulario que se completa en el sistema, se privilegiará el primero.
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9.12. Adjudicación: |
La adjudicación de la oferta se resolverá dentro del plazo estimado que establece el cronograma de esta licitación y previo a la revisión por algún abogado del GORE, de la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora. El GORE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes, ponderaciones, conforme lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl. Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, el GORE podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentas bases; o declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
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9.13. Causales de Modificación y Término Anticipado del Contrato: |
El contrato firmado con el proveedor adjudicado en la presente Licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales que señala el Artículo Nº 77 del Reglamento de la Ley 19.886, estas son:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerarán incumplimientos graves los siguientes:
• No entrega oportuna de los productos o servicios solicitados;
• No respetar precios adjudicados;
• No disponer de personal necesario para entregar un buen servicio;
• No respetar condiciones de garantía y/o servicio de asistencia técnica;
• Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el adjudicatario en la oferta.
• La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos en remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o contrato.
Adicionalmente el contrato podrá terminar cuando las multas alcancen el 10% del monto total del contrato.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Gobierno Regional de Valparaíso se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8° letra b) de la ley N° 19.886 en consonancia con el artículo 10° numeral 2 del Reglamento de la Ley citada o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio.
Cuando la ocasión lo amerite el contrato podrá modificarse de acuerdo a lo establecido en el inciso final del Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886, en el cual se indica que toda modificación no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto original.
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9.14. Multas: |
Causales
Las multas podrán ser aplicadas en caso de incumplimiento de alguna de las características técnicas del bien o servicio y/o de las prestaciones y requisitos mínimos ofertados.
En caso de incumplimiento, el Gobierno Regional podrá aplicar una multa de 1% del valor total adjudicado, por cada ítem incumplido o incidencia, así como también por día de incumplimiento de acuerdo a lo establecido en la oferta.
Tope máximo de multa.
Las multas, en su conjunto, no podrán superar el máximo equivalente al 10% del monto total del contrato.
Normas generales.
No procederá el cobro de multas si el incumplimiento obedece a casos fortuitos o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o fuerza mayor será calificado como tal por el Gobierno Regional en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. Las multas se harán efectivas de acuerdo a los procedimientos legales y serán descontadas de la factura correspondiente, y siempre que dichos retrasos sean por causales imputables exclusivamente al adjudicatario.
En caso de incumplimiento de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, se estará a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento, estableciéndose al efecto, un procedimiento para el cobro de las multas. En primer lugar, se notificará por escrito al proveedor incumplidor, el cual tendrá un plazo de tres días hábiles desde que haya sido notificado, a fin de que formule sus descargos en relación al eventual incumplimiento. La sanción a aplicar o la determinación de no hacerlo, se formalizará a través de una resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Las multas aplicadas serán descontadas del estado de pago correspondiente.
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9.15. Comisión de Evaluación o Evaluador de las Ofertas: |
El análisis y evaluación de las ofertas recibidas, estará a cargo de las personas indicadas en la parte resolutiva de la Resolución que apruebe las presentes bases. Para el proceso de evaluación de las propuestas la comisión puede solicitar la asesoría jurídica y administrativa de un abogado de la institución y/o un funcionario del Departamento Administrativo con conocimiento en compras públicas, quienes no formarán parte de la comisión de evaluación, sino que asesorarán legal y administrativamente este proceso.
Corresponderá especialmente a la comisión evaluadora o evaluador:
a. Verificar la admisibilidad de las propuestas.
b. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, sean de carácter técnico, legal y/o económico.
c. Elaborar el informe de evaluación de las ofertas de forma clara y precisa en el periodo de tiempo indicado en las bases.
d. Durante el proceso de evaluación de las ofertas, se podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estimen necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, se podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, eso es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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9.16. Pacto de Integridad: |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.17. Estipulaciones Generales: |
a) Modalidad y Oportunidad del Pago: El pago de las pólizas se efectuará a los 30 días corridos de recepcionada la factura correspondiente, previa recepción conforme de éstas, por parte del Encargado y/o Responsable del Contrato.
El Gobierno Regional de Valparaíso emitirá las órdenes de compra de forma mensual y estas podrán ser posterior a la emisión de las pólizas correspondientes a cada viaje, previa notificación y coordinación con el proveedor adjudicado, el cual debe remitir la nómina detallada de las pólizas emitidas durante el mes en que se emitieron.
Cada factura debe ser emitida a nombre del Gobierno Regional de Valparaíso, RUT: 72.235.100-2, y entregada en la oficina de partes, ubicada en Melgarejo N° 669, piso 7, Valparaíso.
NOTA: SE CONSIDERARÁ PARA LA CONVERSIÓN A PESOS CHILENOS, EL VALOR DEL DÓLAR INFORMADO POR EL BANCO CENTRAL CORRESPONDIENTE AL DÍA DE EMISIÓN DE LA PÓLIZA RESPECTIVA.
b) Presupuesto máximo disponible: $ 15.000.000.- (quince millones de pesos) con impuestos incluidos, en pesos chilenos.
c) Formalización del Contrato: Atendido que el monto de la contratación será inferior a 1.000 UTM y de conformidad a lo dispuesto en el artículo N° 63 del D.S. Hacienda Nº 250/2004, Reglamento de la ley Nº 19.886, el contrato se formalizará mediante la emisión y aceptación de orden de compra respectiva.
d) Vigencia del Contrato: El contrato es de ejecución en el tiempo y tendrá una vigencia de 6 meses, a contar de la fecha de aceptación de la primera orden de compra, por parte del proveedor adjudicado.
e) Para efectos de esta Licitación se entenderá como día hábil los días lunes a viernes descontados los días sábados, domingos, festivos.
f) Sólo se aceptarán ofertas realizadas a través del Portal MercadoPúblico, de acuerdo a lo señalado en Articulo 30 del Reglamento de Ley 19.886, las excepciones están contempladas en el Artículo 62 del mismo reglamento, en este último caso toda la documentación solicitada deberá ser entregada directamente al encargado del proceso.
g) La adulteración o falsificación física o ideológica de la información solicitada, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámites la oferta presentada. De detectarse falsedad en la información contenida en cualquiera de los anexos solicitados, el Gobierno Regional de Valparaíso podrá poner término anticipado al contrato de inmediato.
h) En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el Punto Nº 3 de las presentes Bases de Licitación, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
i) Cláusula de Re adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, como asimismo, hará efectiva la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.
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