Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
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Fecha de vencimiento:
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02-11-2017
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Monto:
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2000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Los Proponentes deberán entregar físicamente Documento por Seriedad de la Oferta que caucione la presente Licitación, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, de acuerdo al artículo N°31 del Reglamento de la ley N°19.886, extendido a favor de la Municipalidad de Huechuraba, R.U.T.: Nº 69.255.400-0, en un sobre cerrado, por un monto de $2.000.000 (DOS MILLONES DE PESOS).
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Glosa:
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La glosa del documento deberá indicar: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación “SERVICIOS DE SOFTWARE DE GESTIÓN MUNICIPAL, HARDWARE, MANTENCIÓN Y SOPORTE”, I.D.: 2793-97-LR17.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Si el oferente no hace entrega de la Garantía o dicho documento no cumple el vencimiento indicado, éste quedará automáticamente fuera de la presente propuesta pública. Será causal de cobro cualquier acción atribuible al oferente, que no permita concretar satisfactoriamente la suscripción de respectivo contrato.
Esta garantía no será devuelta a los oferentes sino después de adjudicada la propuesta y firmado el Contrato con el proponente adjudicado. Este documento podrá ser cobrado en las siguientes situaciones:
- En caso de que el proponente no entregue la garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores en el plazo establecido o se niegue a firmar el contrato.
- Si el proponente expusiera en su presentación datos falsos.
- Cuando por cualquier causa imputable a la negligencia o falta de veracidad del proponente se retrase la firma del Contrato.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2020
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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El Proponente que resulte seleccionado, deberá entregar Documento como garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, de acuerdo a los artículos N°62 y N°68 del Reglamento de la ley N°19.886, a favor de la Municipalidad de Huechuraba, por un plazo igual a la duración del contrato, aumentado en 90 (noventa) días corridos, la cual será devuelta al término del plazo referido.
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Glosa:
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La glosa del documento deberá indicar:
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública “SERVICIOS DE SOFTWARE DE GESTIÓN MUNICIPAL, HARDWARE, MANTENCIÓN Y SOPORTE”, I.D.: 2793-97-LR17.
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Forma y oportunidad de restitución:
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El monto de ésta Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, ascenderá al 10% del valor total del contrato, IVA incluido si correspondiere y, deberá presentarse al momento de proceder a la firma del contrato.
De acuerdo a lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886, el Prestador del Servicio podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, cada doce meses, debiendo respetarse el porcentaje de 10%, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, siempre que el último documento tenga vigencia doce meses más noventa días corridos.
Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos o servicios extraordinarios, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje y plazo indicado.
Esta garantía, en forma adicional, deberá asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratada, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Nº 11, inciso primero, de la Ley Nº 19.886.
La garantía de fiel cumplimiento garantizará además, el pago de indemnizaciones que pudieren ser requeridas a la Municipalidad, por motivos laborales o previsionales, así, en caso de ser demandada la Municipalidad en juicio, mientras se tramite éste, la empresa Contratista deberá renovar la garantía, hasta el término del juicio, al menos por el valor equivalente al monto demandado. Dicha garantía podrá hacerse efectiva para el pago de indemnizaciones ordenadas en juicios de tribunales laborales o previsionales. Si dicha garantía no cubriese el pago completo de la indemnización que la Municipalidad deba pagar al trabajador, la diferencia deberá ser reembolsada al Municipio por la empresa Contratista y en tanto no se efectúe el reembolso pertinente, no se cursará estados de pagos pendientes.
De otra parte, si la garantía no se renovara en tiempo y forma, la Municipalidad hará efectiva la garantía vigente.
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