GENERALIDADES |
Las presentes Bases Administrativas Generales regularán la licitación pública de la prestación de servicios a contratar, denominada “LIMPIEZA DE CALLES, APOYO EN LA EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS Y SERVICIOS DE APOYO MUNICIPAL”.
La presente licitación se enmarca en la necesidad de proveer servicio de limpieza de calles y otros espacios públicos, así como apoyar, con personal, en la extracción de residuos sólidos domiciliarios, servicios de apoyo en actividades municipales y de emergencia.
Finalmente considera el apoyo a otras actividades municipales que lo requieran, según lo establecido en las presentes bases y las bases técnicas que regulan el proceso.
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REGIMEN JURIDICO APLICABLE |
La propuesta se regirá por las presentes bases (y sus documentos relacionados) y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones emitidas por el municipio sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por éste.
El proceso de licitación se regirá por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades” y Ley N° 19.886 de Compras y Contrataciones y su reglamento.
Las bases estarán a disposición de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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MODALIDAD DE LA PROPUESTA |
“Precio máximo” y “exigencias mínimas” establecidas por el municipio.
“Propuesta Económica” subida al portal por el oferente, con carácter de adjudicación simple por precio total.
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DEFINICIONES Y ABREVIATURAS UTILIZADAS |
MANDANTE : A la I. Municipalidad de Portezuelo.
OFERENTE : Persona natural o jurídica que cumple con los requisitos exigidos y participa en la licitación.
UNIDAD TÉCNICA (U.T.) : Corresponde a la unidad municipal que tiene a su cargo la supervisión técnica y administrativa de la ejecución del servicio y en general, del correcto, oportuno y exacto cumplimiento del contrato.
CONTRATISTA : Persona natural o jurídica que, en virtud del contrato respectivo, se obliga a ejecutar el objeto de la licitación.
PROVISIONES : Se refiere a la reserva de fondos que la Municipalidad retendrá mensualmente, para cubrir posibles gastos futuros o contingencias que puedan surgir con ocasión del contrato.
LABORES EXTRAORDINARIAS Se entenderá como aquellas no contempladas en el contrato y que sean prestadas en forma excepcional, previa autorización del mandante
DÍA HÁBIL : Lunes, martes, miércoles, jueves, viernes.
DÍA INHÁBIL : Sábados, domingos o festivos.
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PARTICIPANTES |
Podrán participar de esta Propuesta Pública, las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos que establecen las presentes bases, estar registrado en www.chilecompra.cl al momento de hacer la oferta, y encontrarse debidamente registrado en www.chileproveedores.cl al momento de suscribir el contrato.
Las ofertas recepcionados quedarán sujetas a evaluación y posterior aceptación o rechazo de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, La Municipalidad podrá requerir a los proponentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias que estime conveniente, previo a resolver la adjudicación.
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ANTECEDENTES DIGITALES QUE SE PROPORCIONAN EN LA LICITACIÓN |
Bases Administrativas
b) Bases Técnicas
c) Aclaraciones
d) Formatos de presentación
- Formato Nº 1 : Identificación del proponente.
- Formato Nº 2 : Declaración Jurada simple de aceptación de los términos de la propuesta.
- Formato Nº 3 : Declaración Jurada Notarial de inexistencia de inhabilidades.
- Formato N° 4 : Disposición de Herramientas.
- Formato N° 5 : Oferta Económica.
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PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
El plazo de ejecución del servicio será de 24 (veinticuatro) meses, a contar de la Emisión de la Orden de Compra y la firma del respectivo Contrato de Trabajo, el que podrá ser renovado por un periodo igual a 12 meses, considerando al momento de la renovación el Comportamiento Contractual del Contratista en el periodo contratado, informe de la Unidad Técnica proponiendo la renovación y que exista presupuesto disponible el cual será certificado desde la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE |
El presupuesto disponible para los servicios a contratar para el periodo de 24 meses, incluidas las provisiones que son retenidas por el municipio correspondientes al pago de finiquitos y al eventual pago de horas extraordinarias, las cuales serían canceladas en casos justificados contra solicitud e informe del o la contratista y según lo establecido en las presentes bases administrativas, es de $ 214.167.477 (doscientos catorce millones ciento sesenta y siete mil cuatrocientos setenta y siete pesos), impuestos incluidos, monto máximo por el cual el oferente podrá postular mediante el portal de mercado público.
El valor para ingresar por el oferente en el portal deberá ser en valor Neto. La cifra adjudicada se cancelará en 24 cuotas mensuales e iguales, por mes vencido de prestado el servicio. A este valor mensual se le podrán agregar los reajustes indicados en los puntos 18.3 y 18.4 de las presentas Bases Administrativas.
La modalidad de contratación corresponderá al sistema de suma alzada y expresado en pesos chilenos.
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DOTACIÓN DE PERSONAL |
Se deberá considerar la contratación mínima de trabajadores, según el siguiente cuadro:
AREA DE SERVICIOS N° TRABAJADORES FUNCIÓN JORNADA TOTAL, LIQUIDO POR TRABAJADOR
Servicio de Aseo de Espacios Públicos
Servicio de Aseo y Barrido de Calles y veredas
Servicios de Extracción de Escombros y Basuras de Vías Públicas, Servicio de Limpieza de Canales, sumideros, sifones y alcantarillas, Apoyo al Municipio en Actividades Masivas (Actividades de Verano, Fiestas Costumbristas, entre otras) y en Situaciones de Imprevistos y Emergencia, tanto internamente en el Municipio como a Nivel Comunal. 5 Operarios Completa $ 657.563
Recolección de Residuos Domiciliarios 2 Operarios Completa $ 657.563
Nota: Los requerimientos señalados respecto a la dotación de personal para las funciones descritas, son referenciales, por lo tanto, podrán ser modificadas en la propuesta económica.
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CALENDARIO DE LA LICITACIÓN |
Será definido en el portal Chile Compra www.mercadopublico.cl
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VISITA A TERRENO OBLIGATORIA |
Se realizará una visita a terreno la que tendrá carácter de obligatoria, la cual tendrá por finalidad exponer los aspectos relevantes del servicio requerido y las bases de la propuesta entre otros; dicha cita se realizará en dependencias de la Municipalidad de Portezuelo en la fecha y hora indicada en el calendario de la licitación y además publicado en el portal de mercado público. Los postulantes deberán presentarse en Oficina de Administración Municipal, ubicada en calle O’Higgins 403, comuna de Portezuelo.
Deberá asistir el oferente o un representante de éste, debidamente autorizado mediante un poder simple. En el caso de persona Jurídica deberá presentar además Certificado de Vigencia de la Sociedad, extendido con una antigüedad no superior a 30 días corridos de la fecha de la visita a terreno y en el caso de persona natural, fotocopia simple de cédula de identidad por ambos lados.
Con posterioridad, el contratista adjudicatario no podrá invocar incompatibilidades técnicas y administrativas, tanto en implementación como de operación del servicio requerido, para reclamar modificaciones al contrato.
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ACLARACIONES |
El proponente podrá solicitar aclaraciones de esta propuesta, a través del portal Web de Compras Públicas del Estado, www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora límite indicada en el calendario de la licitación. Las respuestas estarán a disposición de los proponentes en el referido sistema y en archivo digital, en la fecha indicada en el calendario de la licitación. Dichas aclaraciones pasarán a ser parte integra de la presente licitación, por lo tanto, de haber modificaciones o nuevos antecedentes, estos serán incorporados en el contrato de trabajo.
Todos los proponentes deberán descargar las respuestas que estarán a disposición a través del sistema Web de Compras Públicas del Estado.
No se aceptarán consultas vía correo electrónico, telefónicas u otro medio distinto al indicado anteriormente.
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OFERTA DE SOPORTE DIGITAL A TRAVÉS DEL PORTAL WWW.MERCADOPUBLICO.CL |
ANEXOS ADMINISTRATIVOS DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
1 Identificación del proponente, en FORMATO Nº1 adjunto a las
presentes bases.
En el caso que el proponente sea una persona Jurídica, se debe adjuntar Extracto de la Escritura de constitución de la sociedad.
2 Declaración Jurada Simple de aceptación de los términos de la Propuesta, en FORMATO Nº2 adjunto a estas bases.
3 Declaración Jurada Simple, de inexistencia de incompatibilidades en FORMATO Nº3 adjunto a las presentes Bases.
4 Garantía de Seriedad de la Oferta, pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable por el valor de $500.000. tomado a favor de la Ilustre Municipalidad de Portezuelo; Glosa: “Garantiza Seriedad de la Oferta: Servicio Limpieza De Calles, Apoyo En La Extracción De Residuos Sólidos Domiciliarios Y Servicios De Apoyo Municipal, comuna de Portezuelo “. con vigencia no inferior a 60 días hábiles contados desde la fecha de apertura de la licitación.
Este documento original, deberá ser ingresado físicamente a través de la Oficina de Partes del Municipio, antes de la fecha y hora de cierre de la propuesta, en el caso de documentos impresos. Además, deberá ser escaneada para subir al portal al momento de la propuesta.
Para el caso de documentos digitales, no será necesario ingresar copia por Oficina de Partes, solamente subir al portal al momento de la postulación.
Quien no cumpla con estas exigencias, quedará Fuera de Bases.
5 Experiencia: La experiencia deberá ser respaldada por certificados emitidos por los mandantes y/o contratos, todos ellos por el concepto o materia de este contrato, la que servirá para demostrar experiencia en el rubro, el que puede ser en organismos públicos como privados.
6 Certificado de antecedentes Comerciales: Boletín Comercial emitido por Cámara de Comercio o DICOM., con una antigüedad no superior a 30 días, a contar de la fecha de apertura de la licitación.
7 Certificado de antecedentes Laborales: El proponente deberá entregar un Certificado de la inspección del Trabajo, en original, en el cual acredite que no presenta reclamos sin resolver de parte trabajadores dependientes, ni multas por solucionar, emitido con una anterioridad no superior a 30 días, a contar de la fecha de la apertura de la licitación. (Formulario de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del trabajo; Formulario 30).
8 Acta Visita a Terreno: Se deberá subir a la plataforma de mercado público, copia del Acta de la Visita a Terreno. Dicho antecedente será evaluado en el cumplimiento de requisitos formales.
ANEXOS TÉCNICOS
Elementos que son provistos por el oferente a costa de él, indicando modelos, características y año de fabricación, en una ficha para cada producto (Archivo Exclusivo al portal de nombre “Ficha Técnica”). Listado de Herramientas que contempla utilizar en la ejecución del servicio. Formato N°4.
ANEXOS ECONÓMICOS
Oferta Económica. Se presentará en Formato N°5, adjunto a la licitación.
Nota 1: La oferta electrónica debe realizarse a través del portal y respetando el ingreso de la documentación (Administrativo, Técnico, Económico), quien no lo haga, será castigado con requisitos formales.
Nota 2: En el caso que falte alguno de los antecedentes requeridos anteriormente, la oferta quedará fuera de bases.
La oferta deberá corresponder al valor neto del presupuesto de Servicio y de acuerdo con los requerimientos del portal.
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PROCEDIMIENTOS DE APERTURA DE LA OFERTA |
El mandante podrá modificar las fechas de la licitación, en casos justificados e informados oportunamente mediante aclaración en el portal.
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DESCALIFICACIÓN INMEDIATA DE OFERTAS |
La Comisión de evaluación descalificará inmediatamente las propuestas dejándolas fuera de bases cuando se incurra en alguno de los siguientes incumplimientos:
La no presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, o si ésta estuviera mal extendida o no cumple con las exigencias del Municipio en cualquiera de sus puntos.
Haber sido sancionado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la apertura.
La simple discrepancia de la información presentada en el punto 10.1., respecto a la original.
Ocultar información de comportamiento contractual con sus mandantes.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
En esta etapa se revisarán todos los antecedentes establecidos en el numeral 10.1. de estas bases, constatando y verificando el cumplimiento de estos y la evaluación de los requerimientos técnicos y administrativos de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.
La comisión evaluadora de la licitación, dentro del plazo establecido en el portal, revisará y evaluará las ofertas presentadas, emitiendo un informe al Sr. Alcalde a fin de que proceda a la adjudicación o rechazo de las ofertas presentadas. Dicho informe consistirá en una evaluación tanto de los documentos que conforman la oferta técnica como de la oferta económica.
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COMISION EVALUADORA |
La Comisión de evaluación estará conformada por los siguientes funcionarios municipales o quienes los subroguen:
- El Administrador Municipal
- El Director de la SECPLAN.
- El Director de Obras Municipales
- El Director de Desarrollo Comunitario
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CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieren a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de Información. Estas solicitudes se harán a través del portal y los oferentes tendrán un plazo de 48 horas hábiles para dar respuesta y subir los antecedentes, si fuera necesario.
La entidad licitante podrá permitir la prestación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta entidad licitante fija un plazo fatal para la corrección de estas omisiones, de 48 horas, contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema.
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Resolución de Empates |
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
- El oferente mejor evaluado en el criterio de desarrollo local
- El oferente mejor evaluado en el criterio de experiencia
- El oferente mejor evaluado en el criterio de mejores condiciones de empleo y remuneración
- El oferente mejor evaluado en el criterio precio
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
El Señor alcalde de la Ilustre Municipalidad de Portezuelo, una vez emitido el Informe de evaluación por parte de la Comisión Evaluadora, podrá considerar la evaluación presentada por ésta y procederá a adjudicar o desestimar las ofertas recibidas.
Sin perjuicio de lo anterior y conforme a lo establecido en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto actual modificado por la Ley Nº 20.033, art. 65 letra i) y en el caso de que las propuestas de adjudicación y contrato respectivo igualen o superen las 500 U.T.M., deberán ser sometidas a consideración del Concejo Municipal, el que podrá, con acuerdo de la mayoría absoluta, aprobar o desestimar fundadamente dichas propuestas, sin responsabilidad alguna para el Municipio.
La notificación del Decreto de Adjudicación se hará a través del sistema web de Compras Públicas del Estado, de conformidad en el artículo 6° del Reglamento de la Ley 19.886, esto es, se tendrá por notificado al adjudicatario luego de 24 horas transcurridas desde que se publique el Decreto Alcaldicio que adjudica, en el portal web de chile compra.
Los proponentes cuyas propuestas no fueren aceptadas o adjudicadas, no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie.
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GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
El contratista garantizará el Fiel Cumplimiento del Contrato, mediante una garantía pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable, tomada a nombre de la l. Municipalidad de Portezuelo, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato. El instrumento que garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato deberá mantener una vigencia mínima de 60 días hábiles adicionales al plazo de vigencia del Contrato, contados desde la fecha de firma de éste. El documento de garantía deberá contener la siguiente glosa: "Garantiza Fiel Cumplimiento de Contrato: Limpieza De Calles, Apoyo En La Extracción De Residuos Sólidos Domiciliarios Y Servicios De Apoyo Municipal, comuna de Portezuelo”. Este documento deberá ser pagadero sin requerimientos o aviso previo y deberá expresarse en pesos chilenos.
En el evento que existan modificaciones al contrato, ya sea por aumento de servicios o de plazo, las garantías otorgadas deberán renovarse o reemplazarse manteniendo el mismo porcentaje respecto al valor total contratado y a la fecha de vigencia post término de contrato.
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RENOVACIÓN DE GARANTÍA |
El contratista deberá mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de contrato u otras eventuales garantías generadas por modificaciones al contrato, hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las Bases Administrativas para que se proceda a su devolución.
Si el contratista no cumple oportunamente con esta disposición, se le aplicará una multa equivalente al 3 por mil del monto neto mensual del contrato, incluidas sus modificaciones, por cada día de atraso, la que será descontada en el siguiente estado de pago. Si tal situación persiste por un período superior a 10 días corridos, contados desde le fecha en que contractualmente debían ser renovadas, el Municipio estará facultado para liquidar anticipadamente el contrato de Servicio por causas imputables al contratista sin ningún tipo de indemnización.
DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS DE GARANTÍA:
Toda devolución de Documentos de Garantía deberá solicitarse por escrito. La responsabilidad de devolución de estos documentos corresponde a la Municipalidad, una vez que se hayan cumplido las condiciones para los cuales ellas fueron tomadas.
Para la devolución de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, entre otros documentos que deba presentar el contratista, a lo menos se considera:
Planilla de pago, recibo de pago u otro documento que acredite el pago efectivo del último mes de remuneraciones del personal, debidamente firmada por cada uno de los trabajadores que estuvieron prestando servicios.
Planillas de pago de obligaciones laborales: Imposiciones de Salud, de AFP, INP y otras que correspondan, del último mes de remuneraciones de los trabajadores que estuvieron prestando servicios; con su aceptación de cancelación, debidamente timbradas y fechadas por parte de los organismos receptores.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
El plazo para la firma del contrato será dentro de los 30 (treinta) días corridos contados desde la adjudicación a través del portal. El día y la hora será comunicada por la Municipalidad al mail que el oferente adjudicado señaló en el Formato N°1. El no cumplimiento de este acto por parte del contratista (firma de contrato) facultará a la municipalidad para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y se procederá a adjudicar al oferente que siga en orden de prioridad de acuerdo con el informe evacuado por la comisión. En caso de no existir más de una segunda oferta se declarará desierta la propuesta.
Será requisito previo a la firma del contrato, la presentación de garantía por fiel cumplimiento de éste.
El contrato celebrado entre las partes será firmado ante ministro de fe, con cargo al contratista para que posteriormente sea aprobado por Decreto Alcaldicio y se remitan las respectivas copias a las unidades técnicas competentes.
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PRECIO Y FORMA DE PAGO |
El precio del Contrato se pagará mediante pagos mensuales vencidos, de acuerdo con los valores ofertados y adjudicados, por los servicios ejecutados a conformidad de la Unidad Técnica, incluyendo sus modificaciones por reajuste, ampliaciones, disminuciones o servicios extraordinarios, según corresponda, previo visto bueno de la Unidad Técnica.
El contratista presentará la documentación para el pago a la Unidad Técnica, el día hábil siguiente al mes que prestó el servicio, y ésta última los revisará y procederá a su aprobación o rechazo, dentro de las 24 horas siguientes, de la fecha de presentación del mismo. En caso de atraso o rechazo, el plazo indicado comenzará a regir desde la fecha de presentación del pago reformulado, con las observaciones corregidas a satisfacción de la U.T.
El pago llevará la firma del contratista o su Representante Legal y del director de la Unidad Técnica.
Para dar curso a un Pago, el Contratista deberá adjuntar en original y una fotocopia, los siguientes documentos:
- Solicitud de cancelación del Estado de Pago respectivo, dirigida al director de la Unidad Técnica, debiendo ser ingresada en Oficina de Partes.
- Factura del mes firmada por el contratista, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Portezuelo, Calle O’Higgins 403, RUT: 69.140.2002.
- Planillas de pago de las imposiciones de los organismos de previsión que corresponda, respecto a todo su personal ocupado para la prestación del servicio, durante el mes anterior al que se están cobrando los servicios, exceptuando el primer estado de pago, el que no deberá contener esta información, "NO SE ACEPTARAN DECLARACIONES DE IMPOSICIONES SIN PAGO".
- Certificado del I.N.P. del periodo (si corresponde).
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación Formulario F 30-1).
- Liquidaciones de sueldo, firmadas por los trabajadores, y hoja de cálculo de los reajustes, cuando corresponda.
- Informe en donde se señalen licencias médicas, permisos, feriado legal o cualquier otra variación de personal.
- Listados de servicios prestados del mes facturado.
- Listado y estado de E.P.P. (equipos de protección personal).
- Cualquier otro documento solicitado por la U.T. o mencionados en el Contrato, y que sean necesarios para respaldar el estado de pago, aunque no estén expresamente nombrados en las Bases de la Propuesta.
- La última facturación deberá adjuntar, además, los respectivos finiquitos de los trabajadores contratados para el cumplimiento de los presentes servicios.
No se dará curso a facturaciones que no cuenten con las garantías vigentes exigidas en las presentes Bases.
La documentación solicitada, deberá contener solamente al personal relacionado con el Contrato licitado, independientemente de que la adjudicataria mantenga otros Contratos similares con el Municipio.
En caso de existir deudas o reclamos pendientes de carácter laboral, que se encuentren debidamente cuantificados por la Inspección del Trabajo dentro del territorio jurisdiccional de la misma referida a este u otros contratos municipales, se retendrá el valor respectivo de la facturación correspondiente. Para la recuperación de los valores retenidos, el contratista deberá presentar una solicitud escrita, acompañando la respectiva documentación de respaldo.
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INICIO DEL CONTRATO |
El contratista, una vez iniciado el plazo de ejecución del servicio, deberá cumplirlo conforme a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, a la oferta presentada y demás antecedentes que la conforman.
El contratista será el único responsable de la ejecución del servicio de provisión del personal, tanto ante la U.T. como frente a terceros, asumiendo toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se provoquen a terceros y que se produzcan con motivo de la ejecución del servicio; asimismo, será de su cargo, tomar los seguros de toda especie y adoptar las medidas de seguridad para el personal y operarios que prestan el servicio.
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CONDICIONES EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
El contratista deberá ceñirse a las condiciones de las Bases de la Licitación y demás antecedentes que la conforman, a la oferta presentada por él, ejecutando el servicio en forma correcta y destinando personal especializado para un adecuado cumplimiento.
Si el contratista ejecuta un servicio distinto de lo expresamente encomendado por el mandante y regulado en las Bases de la Licitación, sin contar con la debida autorización de la U.T., se ordenará al contratista asumir el costo de ello.
Toda ejecución del servicio que no se realice conforme a lo dispuesto en las presentes Bases de Licitación y documentos que en él se mencionan, o que adolezca de fallas o vicios técnicos en su ejecución, deberá ser realizada nuevamente, en cuyo caso, el servicio será de cuenta y cargo exclusivo del contratista.
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LABORES NO CONTEMPLADAS EN LAS BASES |
Si con ocasión de la ejecución del contrato, se solicitaren a la adjudicataria funciones no contempladas en las bases o fuera del horario y los turnos contemplado en las bases técnicas, estas en lo referido a los costos adicionales por empleo de la mano de obra, serán pagadas por la Municipalidad, para lo cual la adjudicataria, entregara carta con nómina de trabajadores y días extras trabajados, lo que se pagara en conformidad al valor obtenido de la hora ordinaria de un trabajador contratado por 44 horas, según lo establecido en el artículo 32 del código del trabajo.
X= (SUELDO DEL TRABAJADOR DEL MES X 0.0079545) X HORAS EXTRAS
Es importante señalar que la Municipalidad pagará al o la contratista para el pago a los trabajadores de sus horas extras señaladas en los párrafos anteriores, con un tope máximo de $10.413.049 (monto máximo a pagar por la duración total del contrato). En el caso que los trabajadores superen el monto máximo contemplado, será de responsabilidad del o la contratista solventar las diferencias originadas, asegurando el total cumplimiento de las funciones contratadas por este municipio.
Para el cumplimiento de tal fin, el contratista podrá incorporar trabajadores contemplados en la nómina de la licitación o contratar personal para tales efectos.
Téngase presente que lo establecido en los párrafos precedentes será considerado dentro de las provisiones y su acceso estará condicionado a la solicitud debidamente respaldada por parte de él o la contratista, el o los meses en que efectivamente se realizaran labores fuera de horario.
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UNIDAD TÉCNICA |
La Unidad Técnica será la Administración Municipal de la Ilustre Municipalidad de Portezuelo, o quien por Decreto Alcaldicio sea nombrado por el alcalde.
La U.T. se reserva el derecho de supervisar en forma permanente, continua o intermitente la ejecución del servicio, por lo que el contratista quedará obligado a dar todas las facilidades que la U.T. requiera para el desempeño de su cometido, sin que ello signifique liberar a la empresa contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades que le incumben.
La U.T. entre otras funciones, velará por el fiel cumplimiento de lo establecido en las disposiciones técnicas y administrativas del Contrato, cautelará y salvaguardará los intereses Municipales, asegurando el óptimo estado de las instalaciones públicas, fiscales y/o municipales.
PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LA UNIDAD TÉCNICA:
La U.T. inspeccionará en forma periódica las labores correspondientes a la prestación del servicio, verificando el fiel cumplimiento de las disposiciones y obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, oferta técnica y económica del contratista y demás antecedentes que forman parte de la propuesta debiendo, cuando corresponda, aplicar las multas conforme a lo establecido en las presentes Bases Administrativas.
Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones y/o multas por incumplimiento del servicio señalado en el punto precedente, la U.T., podrá instruir la ejecución de actividades y trabajos de cualquier índole que consulte la prestación del servicio contratado, mediante la anotación de instrucciones escritas en el libro de servicio. El contratista se tendrá por notificado de la instrucción, sin requerir su firma o anuencia para la validez de dicho acto administrativo.
La U.T., otorgará un plazo para el cumplimiento de la ejecución de las instrucciones, el que, de acuerdo con su naturaleza, importancia o urgencia, fluctuará entre su cumplimiento inmediato y no mayor a 03 días corridos.
ÓRDENES DE LA U.T.:
El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones entregadas por la Unidad Técnica, las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del contrato.
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MULTAS |
En caso de que el contratista no ejecutase el servicio en forma oportuna, conforme y satisfactoria, el mandante aplicará las siguientes multas:
N° RUBRO DESCRIPCIÓN DE LA CAUSA CON MOTIVO DE SANCIÓN Y/O MULTA MONTO SANCIÓN/MULTA
1 Recolección de residuos sólidos domiciliarios,
barrido y limpieza de calles y otros espacios públicos y apoyo a municipio en actividades y
situaciones imprevistas y de emergencia. Por no disponer del total de trabajadores para la labor diaria. Exceptuando vacaciones, licencias médicas, permisos remunerados o situación de catástrofe de emergencia justificada. 1 UTM por trabajador
Por detectar personal ejecutando trabajos ajenos al contrato o que no hayan sido ordenados por la Unidad Técnica, dentro de su horario o turno de trabajo. 2 UTM por trabajador
Por detectar personal en manifiesto estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas. 1 UTM por trabajador cada vez que se detecte.
Por acciones de desorden público, en las cuales se vea involucrado personal del servicio, en horario de trabajo. 3 UTM por cada evento que se detecte.
Por no disponer el personal de los implementos de trabajo, seguridad y otros exigidos por Seremi de Salud. 2 UTM por evento
Por no mantener la adecuada vestimenta de trabajo (overol o similar) identificatoria. 1 UTM por trabajador
Por no mantener durante toda la jornada diaria el personal requerido. 3 UTM por evento
Una vez informada una multa en el Libro de Servicio, el contratista está obligado a la corrección, si procede. De no ser así, se podrá aplicar nuevamente la multa correspondiente hasta que la falta sea subsanada.
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PROCEDIMIENTO GENERAL DE APLICACIÓN DE MULTAS Y/O TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
Sin perjuicio de las causales consideradas en las presentes Bases Administrativas y/o Especificaciones Técnicas, para la aplicación de multas y/o término anticipado del contrato, aplicables a este proceso administrativo de contratación. Las reglas procedimentales a cada caso serán las siguientes:
El municipio notificará, personalmente o mediante carta certificada o por medio de correo electrónico, al oferente adjudicado o a quien lo represente, cuando éste incurra en una o más causales contempladas en las presentes bases Administrativas y/o Especificaciones Técnicas, para la aplicación de multas y/o término anticipado. En tal caso se le otorgará un plazo de 3 a 5 días hábiles para que formule sus descargos, acompañando los antecedentes probatorios que estime pertinentes.
Recibido los descargos, el municipio, resolverá si existen hechos relevantes y controvertidos por el oferente adjudicado, en tal caso, podrá otorgar un plazo excepcional para rendir prueba, el que no podrá superar los 5 días hábiles.
Los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho, apreciándose en conciencia.
En caso de que el proveedor adjudicado no presente sus descargos o estos sean realizados fuera de plazo, el municipio, resolverá con los antecedentes que obren en su poder, sobre la aplicación de las multas y/o término anticipado del contrato, según fuere el caso.
El acto administrativo que se pronuncia sobre la aplicación de las multas y/o término anticipado del contrato, deberá ser dictado dentro de los 5 días hábiles siguientes.
El acto que se pronuncia sobre la aplicación de las multas y/o término anticipado del contrato, es recurrible conforme las reglas generales, establecidas en la Ley N°19.880.
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LIBRO DE SERVICIO |
El contratista tendrá la obligación de proveer mensualmente un libro (o los que sean necesarios), empastado y foliado del tipo Manifold, con hojas en original y dos copias autocopiativas. Este será el libro de servicio y cualquier comunicación entre la U.T. y el contratista, a través de este libro se considerará oficial, sin que ello excluya otra correspondencia escrita que se pueda realizar entre la U.T. y el contratista.
Este libro deberá permanecer todo el tiempo en las dependencias que disponga la U.T., para tales efectos, debiendo mantenerse sin alteraciones y en condiciones apropiadas de aseo y orden. No podrá ser retirado por el contratista ni por la U.T.
La U.T. será la única autorizada a retirar del libro de servicio las hojas originales para su propio archivo, debiendo el contratista retirar la primera copia para su conocimiento y archivo.
El contratista dispondrá de este instrumento cada vez que lo requiera y en cualquier oportunidad, dentro del horario de trabajo municipal.
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AUMENTOS, DISMINUCIONES Y PARALIZACION DE CONTRATOS. |
Los aumentos o disminuciones del servicio contratado serán propuestos directamente por la U.T., a fin de que se autoricen por el Señor alcalde mediante la dictación del correspondiente Decreto Alcaldicio. La ejecución de dichos aumentos o disminuciones del servicio contratado, no podrán realizarse sin previo acuerdo con el contratista, lo que se reflejará en el respectivo Decreto Alcaldicio que lo disponga.
Los aumentos y disminuciones del servicio contratado no podrán sobrepasar en su conjunto el 30% del valor total del contrato.
El municipio podrá paralizar el contrato en caso de detectar incumplimientos graves por parte del contratista, entendiéndose como tal:
a) No pago de Remuneraciones de sus trabajadores.
b) No pago de Imposiciones de sus trabajadores.
c) No ejecución de los trabajos contratados, habiendo ya un aviso previo de la falta por parte de la U.T.
d) Faltas graves en el no cumplimiento de las Normas de Seguridad de sus trabajadores.
La paralización podrá generar el término anticipado del contrato, retener los pagos pendientes y cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento, todo ello para cubrir los gastos y compromisos que haya generado el contratista, con sus trabajadores y/o con el Municipio.
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ANTICIPOS |
La presente Licitación no consulta el pago de anticipo.
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SUBCONTRATACIÓN |
La presente licitación no consulta subcontratación.
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REAJUSTES POR EFECTO DE VARIACIÓN DEL SUELDO MÍNIMO LEGAL |
Cada ocasión que ocurra una variación del sueldo mínimo legal, los siguientes ítems serán reajustados en igual porcentaje, previa aprobación por la Dirección de Administración y Finanzas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del municipio:
a) Remuneración
Son considerados como valores afectos a reajuste y aceptados por el municipio para esta contratación, los valores "Imponibles" correspondientes al "Total Haberes", de los trabajadores que serán contratados para este servicio, tales como; sueldo base y gratificación, valores que obviamente serán traspasados a los trabajadores y el contratista incorporará en su facturación mensual por el servicio a la Municipalidad.
b) Provisiones
El Municipio aceptará reajuste por concepto de este contrato, al monto correspondiente a la provisión por indemnización anual, conforme a la variación porcentual que experimente el sueldo mínimo legal cada ocasión que ocurra, valor que el contratista deberá incorporar en su facturación mensual por el servicio a la Municipalidad.
c) Leyes
Se entenderá en este ítem los costos que el empleador tenga con motivo de la contratación de los trabajadores para este contrato, entre ellos: leyes sociales, seguros, entre otros. El Municipio aceptará reajuste por concepto de estas variables y el contratista deberá incorporar en su facturación mensual por el servicio a la Municipalidad.
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REAJUSTES POR VARIACIÓN DEL ÍNDICE DE PRECIO AL CONSUMIDOR (IPC) |
a) Gastos Generales y Utilidades
Se aplicará a estos valores el reajuste por IPC acumulado anualmente, del período anterior, expresada y redondeada al primer decimal, determinado por el I.N.E. o el organismo que legalmente lo reemplace. Por tanto, el valor reajustado comenzará a operar al cabo del mes número 13 de operación del presente contrato. En el caso que exista renovación del presente contrato, por el periodo de 12 meses, aplicará reajuste a contar de la primera mensualidad de este nuevo contrato, de acuerdo con la variación que experimente el IPC de los últimos12 meses.
Se considera como "gastos generales y utilidades", a la diferencia que resulta entre el valor de la Oferta Económica (Valor mensual Neto) descontados los valores del punto 18.3 anterior y los valores "No imponibles" del "Total Haberes", y que el oferente deberá desglosar en su oferta (Formato Nº5). A esta diferencia, se aplicará el incremento de reajuste según IPC descrito en el párrafo anterior.
Nota: Para efectos de esta licitación, el Municipio hará entrega de un "Formato" (Formato Nº5) donde el oferente deberá completar y desagregar el costo del servicio mensual, incluyendo los montos por trabajador con motivo de la presente licitación pública.
b) No Imponibles
Se aplicará a estos valores el reajuste por IPC acumulado anualmente, del período anterior, expresada y redondeada al primer decimal, determinado por el I.N.E. o el organismo que legalmente lo reemplace. Por tanto, el valor reajustado comenzará a operar al cabo del mes número 13 de operación del presente contrato. En el caso que exista renovación del presente contrato, por el periodo de 12 meses, aplicará reajuste a contar de la primera mensualidad de este nuevo contrato, de acuerdo con la variación que experimente el IPC de los últimos12 meses.
Se consideran valores "No imponibles" correspondientes al "Total Haberes" informados por el oferente en su postulación, a los siguientes ítems: Colación, Movilización otros fijos.
c) Aguinaldo
Se aplicará a estos valores el reajuste por IPC acumulado anualmente, del período anterior, expresada y redondeada al primer decimal, determinado por el I.N.E. o el organismo que legalmente lo reemplace. Por tanto, el valor reajustado comenzará a operar al cabo del mes número 13 de operación del presente contrato En el caso que exista renovación del presente contrato, por el periodo de 12 meses, aplicará reajuste a contar de la primera mensualidad de este nuevo contrato, de acuerdo con la variación que experimente el IPC de los últimos12 meses.
El oferente deberá entregar un aguinaldo por trabajador, en los meses de septiembre y diciembre de cada año.
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FACTORING |
El Municipio cumplirá con lo establecido en los Contratos de factoring suscritos por el contratista, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho Contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, en los términos establecidos en el artículo 75 del reglamento de la Ley 19.886. Para tales efectos, la correspondiente solicitud de autorización de cesión de factoring deberá ser presentada con la respectiva facturación a la U.T.
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OBLIGACIONES GENERALES |
El contratista deberá ceñirse a las condiciones establecidas en las siguientes normas e instrumentos que rigen la ejecución del servicio, de acuerdo con el siguiente orden de precedencia:
- El Contrato elaborado por el municipio y suscrito por las partes, el cual deberá mantener una relación armónica y concordante con las normas y disposiciones que la suceden.
- El Set de respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas a las Bases de la Licitación, elaborado por la Unidad de Adquisiciones, entregado a los proponentes y puesto a disposición a través del sistema Web de Compras Públicas del Estado.
- Bases Administrativas y Técnicas del Servicio.
- Oferta económica adjudicada.
- El contratista tendrá la obligación de mantener vigentes todas las Garantías exigidas en las presentes Bases de la Licitación.
Queda prohibido al contratista introducir por iniciativa propia modificaciones o alteraciones en la ejecución del servicio, debiendo deshacer a su costo aquellos cambios que no hayan sido establecidos en las Bases de la Licitación o que no hayan sido autorizados por el Mandante a través de la U.T.
El contratista asume toda la responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros, que se produzcan con motivo de la ejecución del servicio, siendo de su cargo todo gasto que ello signifique. Asimismo, será de cargo del contratista tomar los seguros por riesgo en la ejecución del servicio.
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REQUERIMIENTO DE PERSONAL |
Establézcase como condición obligatoria al contratista, disponer del personal en forma permanente para el cumplimiento de las labores y responsabilidades derivadas del contrato.
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PROHIBICION DE CESIÓN |
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación y en especial los establecidos en el Contrato definitivo.
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VIGENCIA DE LAS GARANTÍAS Y SEGUROS |
El contratista tendrá la obligación de mantener vigentes todas las Garantías exigidas en las presentes Bases de la Licitación, y que hayan sido recepcionados por la Municipalidad, para la cautela del Contrato.
La Municipalidad a través de la Unidad Técnica, procederá a solicitar el cobro de las Garantías, dentro de los 8 días hábiles anteriores al vencimiento de las mismas, si éstas no han sido reemplazadas por el contratista, mientras los Contratos se encuentren vigentes.
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INTERVENCIÓN DEL SERVICIO POR TERCEROS |
En el evento de producirse daños en las instalaciones públicas o fiscales y dentro de las áreas que consulta la prestación del servicio contratado, por intervención de terceros, el contratista deberá informar en el más breve plazo mediante el libro de servicio tal situación, señalando las áreas afectadas, la identidad del tercero responsable de la intervención, si la supiere y un detalle de las anormalidades y daños producidos.
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TERMINO DE CONTRATO |
El término del contrato deberá ser efectuada por la Unidad Técnica del contrato y notificada al contratista. Los reclamos u observaciones al término del contrato deberán formularse dentro de 10 días hábiles, contados desde la fecha de su notificación.
Una vez que el término del contrato se encuentre firmada, se suscribirá el documento correspondiente, declarando el contratista por escrito que acepta el término, que no tiene cargos que formular y que renuncia a toda acción legal futura.
Las indemnizaciones legales y convencionales que se originen con ocasión de la presente licitación serán de cargo del contratista.
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TERMINACIÓN ANTICIPADA Y O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
La presente contratación administrativa podrá ponerse término o modificarse por las siguientes causales:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, cuando se requiera por razones fundadas modificar, tanto los plazos, precio o alguna otra condición, lo que deberá constar con la debida aprobación técnica y presupuestaria.
b) Caso fortuito o fuerza mayor
c) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
d) Si las multas exceden de 8 eventos durante un periodo del contrato o 4 durante 6 meses consecutivos.
e) Por incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato, a juicio de la Municipalidad, previo informe de la Unidad Técnica, como por ejemplo el NO pago de las remuneraciones y las imposiciones de los trabajadores.
f) Estado de notoria insolvencia del contratista o cuando las cauciones sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, a menos que el contratista mejore las cauciones.
g) Por requerirlo el interés público o la seguridad nacional.
h) Declaración de quiebra del adjudicado.
i) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
j) Fallecimiento del contratado, si es persona natural, o disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
Con todo cualquier modificación que se realice no podrá alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado, conforme lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la ley 19.886.
La Municipalidad, por indicación de la U.T., podrá poner término anticipado y administrativo al contrato en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del contratista, fundamentando por escrito su decisión, dando aviso por escrito a éste con a lo menos 30 días de anticipación.
Cuando las causales que dan origen al término anticipado sean imputables a la responsabilidad del contratista, se pondrá término inmediato al Contrato, administrativamente y sin forma de juicio. En este caso, se efectuará una liquidación. Esta liquidación se hará sin perjuicio de que la Ilustre Municipalidad de Portezuelo haga efectivas las garantías y retenciones que existan y sin perjuicio de las acciones judiciales que procedan.
Todos los gastos que origine la terminación anticipada y administrativa del contrato por causal imputable al contratista serán de su cargo.
Las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del Contrato definitivo o su modificación deberán ser fundadas y deberán publicarse en el sistema web de Compras Públicas del Estado, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886.
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DOMICILIO Y COMPETENCIA |
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Portezuelo, quedando sometidos a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la jurisdicción correspondiente.
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