Licitación ID: 2409-253-LP24
ADQUISICIÓN DE PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 51
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Monitores de pantalla táctil 1 Global
Cod: 43211903
PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE LA ADQUISICIÓN DE PANTALLAS INTERACTIVAS CON COMPUTADOR INTEGRADO DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-08-2024 9:30:00
Fecha de Publicación: 01-08-2024 14:14:00
Fecha inicio de preguntas: 01-08-2024 15:31:00
Fecha final de preguntas: 08-08-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-08-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2024 9:45:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2024 9:45:00
Fecha de Adjudicación: 14-11-2024 9:27:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta por cada linea a ofertar, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes de la DAEM, ubicada en calle Lautaro N° 280, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS
3.- Anexo 1 - Identificación del Oferente
4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo Nº2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes técnicos a presentar, los que deberán ser ingresados, en formato de libre elección, preferentemente en la sección "B", Anexos Técnicos:
 
2.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD. -El oferente deberá informar si cuenta con programa de integridad, según formato Anexo N°3 Programa de Integridad. para acreditar deberá adjuntar el programa de integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el programa de integridad y/o documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente. El oferente que no ingrese toda la información solicitada en Anexo Nº3 quedará con 0 puntos en el criterio correspondiente.- El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados a la Ley Nº20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también busca promover e implementar prácticas de gestión ética. De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con sus grupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización.
 
3.- FICHA TÉCNICA: Las pantallas táctiles con protector de seguridad, debe contener ficha técnica, en caso de no adjuntar ficha técnica, la oferta será declarada fuera de bases en el acta de evaluación.
 
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
 
Documentos Económicos
1.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DEL OFERENTE PARTICIPANTE DE ACUERDO A LA LINEA QUE ESTA POSTULANDO, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "C", ANEXOS ECONÓMICOS
2.- ANEXO N°4: OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA.
3.- El Oferente deberá ingresar toda la información solicitada en Anexo N°4 OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA, de lo contrario quedará fuera de bases, en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los
- I18n entry not found: (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA SE EVALUARÁ SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA Nº13, CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DEL PUNTO 9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS; DE LAS PRESENTES BASES. 38%
2 PROGRAMA DE INTEGRIDAD SE EVALUARÁ SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA Nº13, CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DEL PUNTO 9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS; DE LAS PRESENTES BASES. 2%
3 PRECIO SE EVALUARÁ SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA Nº13, CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DEL PUNTO 9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS; DE LAS PRESENTES BASES. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO SEP
Monto Total Estimado: 85000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO TOTAL DISPONIBLE CON IVA INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RUTH JARAMILLO NORAMBUENA
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: TEODOSIO OBANOS ARAIZ
e-mail de responsable de contrato: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2217328-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN, RUT 69.170.101-8
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la Seriedad de la Oferta, el oferente participante deberá presentar documento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta. El oferente que no ingrese dicho documento hasta la hora y fecha indicada, será declarado fuera de bases en la etapa de Apertura de las Ofertas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" o en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública 2409-253-LP24 "ADQUISICIÓN DE PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. La devolución deberá ser solicitada a través de correo electrónico al IT, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN, RUT 69.170.101-8
Fecha de vencimiento: 31-12-2024
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar una caución por el 10% del monto total del contrato. Dicho instrumento deberá ser PAGADERO A LA VISTA y de carácter IRREVOCABLE, asegurando su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 68 del reglamento de la Ley 19.886; tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles - área Educación, Rut 69.170.101-8. En caso que la entidad emisora de la garantía no ingrese la glosa; sus antecedentes deberán ser expresados en documento de formato libre que acompañe el instrumento de garantía. No se aceptarán documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras que modifiquen el carácter "A LA VISTA" de la garantía. La garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato y/o entrega de bienes. Ésta debe ser entregada junto a los documentos para contratar dentro de los 15 días corridos desde informada la adjudicación en el portal Mercado Público, en dependencias de DAEM Los Ángeles (Lautaro 280), junto con los demás documentos requeridos en la clausula "Del contrato y Documentos para Contratar".
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LICITACIÓN ID 2409-253-LP24 "ADQUISICIÓN DE PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61".
Forma y oportunidad de restitución: Ésta garantía será canjeada por la garantía de partes y piezas al momento de la recepción de las pantallas sin observaciones. Para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al IT, indicando los antecedentes del documento solicitado.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN, RUT 69.170.101-8
Fecha de vencimiento: 31-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el buen funcionamiento de las partes y piezas de las pantallas táctiles, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LAVISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Reglamento de la ley 19.886, tomada por el adjudicado a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" ó en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones.
Glosa: Para garantizar el buen funcionamiento de las pantallas táctiles en propuesta pública ID 2409-253-LP24 "ADQUISICIÓN DE PANTALLAS TACTILES CON PROTECTOR DE SEGURIDAD PARA SALAS DE CLASES LICEO COEDUCACIONAL A-61"
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. Deberá ser solicitada por escrito al I.T., identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”.
Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo.

El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición.
La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones.

Mediante la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

2.1. Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

 2.2. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

 A) En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

B) La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

C) Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

D) Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

 2.3. MODIFICACIONES DE LA UTP.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

 2.4. DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
 A) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
 B) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
 C) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
 D) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
 E) Disolución de la UTP.
 F) Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.
 (*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
 (*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3. DEL ÍTEM:
ITEM 29.06.001 
CENTRO COSTO 02.01.03

4. APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO
 La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas, Planimetría, Ley SEP, así como toda la restante Documentación complementaria y Anexo N°5 Itemizado Detallado de Partidas, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

 4.1. PRELACIÓN TÉCNICA
 - Normativa Vigente.
 - Ley SEP.
 - Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
 - Bases Técnicas.

 4.2. PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
 - Normativa Vigente
 - Ley SEP.
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere
 - Bases Administrativas y sus Anexos.
 - Anexo N°4 Anexo Técnico Económico.
 - Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.
 - Orden de Compra.

 5. COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN:
 La comunicación entre la entidad licitante y los oferentes deberá realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a consulta, observaciones y reclamos, mediante dicha plataforma. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación”.

 6. MODIFICACIÓN A LAS BASES:
 La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso licitatorio, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

 7. DE LAS OFERTAS:
 Cada oferente deberá presentar una oferta clara y ordenada, ajustándose a lo requerido en las Bases Técnicas y según formato del Anexo N°4 y en moneda nacional, considerando los siguientes aspectos:
 A) Anexo Nº4 Técnico Económico, no podrá alterar o eliminar las cantidades allí señaladas, ni superar el presupuesto total disponible. En cuyo caso, la oferta será declarada fuera de bases en el proceso de evaluación.
B) En el caso de presentarse diferencias entre el valor indicado en el portal y el valor indicado en Anexo Nº4, prevalecerá el monto señalado en el referido anexo.                                                                       
C) Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria.
 D) En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo Nº4 Técnico Económico, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio total ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta.
(Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales).
E) Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Bases Técnicas.
F) El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados a la adquisición, según lo indicado en las Bases técnicas que forman parte de la presente licitación.
G) En el caso de haber error en el cálculo del IVA, éste se calculará en base al valor neto informado.
H) En caso que el plazo de ejecución ofertado corresponda a un rango de días, al momento de la evaluación, se considerará el mayor plazo indicado en la oferta.

8. VIGENCIA DE LA OFERTA
 Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o de la firma del contrato por parte del oferente adjudicado.
El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica Bases Administrativas y la restante documentación que rige esta Licitación.

 9. SUFICIENCIA DE LA OFERTA
 Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la documentación que rige esta licitación.

10. PREGUNTAS Y RESPUESTAS
 Las preguntas sobre antecedentes técnicos, administrativos u económicos deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl. No se aceptará, ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Toda respuesta y/o aclaraciones serán informadas mediante el referido portal.

 11. COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE OFERTAS
 La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura compuesta por Profesional de la Dirección de Educación DAEM, un miembro de la comisión evaluadora, un funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación DAEM, quien además será el que deberá levantar acta de la apertura electrónica realizada, la que será firmada por los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas.
Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida a través del portal Mercado Público.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12. COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación para esta licitación estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación. A dicha comisión le corresponderá el estudio de las diferentes ofertas recibidas, así como los anexos y documentación requerida en el ítem “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, de acuerdo a los Criterios de Evaluación definidos en las presentes Bases. En cada caso se asignará puntaje y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar a quien haya obtenido el mejor puntaje. Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los proponentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna. Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases, siendo rechazados. En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

13.1. PRECIO (60%)

 Se evaluará de acuerdo a lo señalado por el oferente en Anexo Nº4 Oferta Técnico Económico.
La oferta con menor precio total IVA incluido obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas obtendrán puntaje inversamente proporcional, de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula entre las ofertas recibidas:
PUNTAJE = (PRECIO TOTAL MÍNIMO OFERTADO / PRECIO TOTAL OFERTADO A EVALUAR) * 100

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo Nº4 Oferta Técnico Económico, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio total ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales).

13.2. PLAZO DE ENTREGA (38%)
Se evaluará de acuerdo a lo señalado por el oferente en Anexo N°4 Técnico Económico. Se asignará puntaje de acuerdo a los siguientes parámetros:

Entre 01 a 10 días hábiles

100 PUNTOS

Entre 11 a 20 días hábiles

 75 PUNTOS

Entre 21 a 30 días hábiles

 50 PUNTOS

Superior a 30 días hábiles o no indica plazo

Fuera de Bases

Si la oferta supera el plazo de entrega de 30 días corridos o no indica plazo, la oferta será declarada fuera de bases en el proceso de evaluación.

13.3. PROGRAMA DE INTEGRIDAD (2%)
La asignación de puntaje se realizará según Anexo N°3 Programa de Integridad, la asignación de puntaje será definida en base a lo siguiente:

CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

0 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

0 puntos

Para la acreditar cumplimiento del pacto de integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de integridad conocido por los trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuenta el oferente. A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por todos los trabajadores, por lo que deberá adjuntar documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa.

13.4. PUNTAJE FINAL

Puntaje final = (puntaje precio) *0.60 + (puntaje plazo de entrega) *0.38 + (puntaje programa de integridad) * 0.02.

14. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PRECIO” de continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PLAZO DE ENTREGA". Si aplicando la fórmula anterior aún continua el empate entre oferentes, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "PROGRAMA INTEGRIDAD".

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, en día.
Si el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, por hora.

15. ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal.
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante, en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo.

16. DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato.
El desistimiento deberá ser comunicado al responsable del contrato, Área educación, vía escrita, debiendo solicitar el oferente, la devolución de la correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta.

17. READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

18. PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

19. DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
 Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el contratista deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 15 días corridos los siguientes documentos:

A) Escritura de la Sociedad, certificado de vigencia y certificado de estatuto actualizado de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la escritura deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión y el documentos deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación.

En el caso que el Proveedor se encuentre inscrito en Chileproveedores y el documento solicitado en el punto anterior esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta En el caso de ser una Empresa creada a través de la página web, es necesario presentar el certificado de estatuto actualizado para acreditar la personería de la persona que firmará dicho contrato

B) Si el Proveedor postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

C) Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

D) Certificado de antecedentes laborales y previsionales, art. 6 Ley de presupuestos 2023, N°21.516. Estos son los que corresponden al F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la certificación deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

E) Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para contratar.
 En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

Para contratar, el Proveedor deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.
De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el Proveedor corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores. Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por Asesoría Jurídica de DAEM.

Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda. El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles .
Si el Adjudicado no entregare documento de acreditación y documentos de puntos A al F; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la (s) Garantía (s) de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente.
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.
El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba contrato, hasta la liquidación del contrato.

20. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Dirección de Educación Municipal notificará por escrito al Proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:
A) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
B) Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrajes, en los siguientes casos:
B.1) Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas y toda documentación que rige la presente licitación.
Se entenderá como incumplimiento grave:

- Si el retraso en la entrega, instalación y capacitación se prolonga por más de 5 días hábiles, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y se sancionará con la cancelación de la orden de compra.

- Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado.

- No acatar y no dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

B.2) Estado de Notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
B.3) Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
B.4) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
B.5) Fallecimiento del Proveedor, si se trata de una persona natural.
B.6) Si el Proveedor al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30; F-31 y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses. En caso de producirse las causales indicadas en las letras B.1; B.2; B.3 y B.6; la Dirección de Educación Municipal deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.

21. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el Inspector Técnico solicitará a profesional de encargado de la licitación la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión. La orden de compra deberá ser aceptada en un plazo de 2 días hábiles, contados de lunes a viernes, desde la fecha de su emisión. Con ella comenzará a regir todas las obligaciones que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Bases Técnicas.
Si el Proveedor no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 2 días hábiles desde dicha solicitud.
En el caso que deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el Inspector Técnico del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

22. RESPONSABILIDAD CIVIL
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la adquisición de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Proveedor.

23. SUBCONTRATACIÓN
La subcontratación procede según su naturaleza, solo respecto de aquellas obras o servicios que se ejecutan o prestan de forma habitual o permanente en el municipio o en alguna de sus obras o dependencias.

Dado que la presente contratación corresponde a bienes de simple y objetiva especificación, no se considera la subcontratación. El proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas.

24. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO
a) El proveedor deberá entregar oportunamente los bienes requeridos en la presente licitación, en virtud de la aceptación de la orden de compra. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

b) El proveedor será el único responsable de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo bien requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

c) Corresponderá al proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

25. DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
a) Será obligación del proveedor cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y orden de compra.

b) Será obligación del proveedor la entrega de productos que sean requeridos durante la ejecución del contrato, como también el costo correspondiente al transporte, mano de obra y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

c) La instalación de las Pantallas Táctiles, según lo indicado en las especificaciones técnicas.

d) Capacitar a 2 funcionarios del establecimiento, la cual no debe ser inferior a 2 horas.

e) Acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

f) Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso de la aceptación de la orden de compra.

g) Será obligación exclusiva del Adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

h) El proveedor deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

i) Será obligación del proveedor solicitar la recepción conforme de los bienes al Inspector Técnico; que es propia de la presente licitación, sin perjuicio de las recepciones gestionadas por la Inspección Técnica.

j) El proveedor deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago fue cedida o no al factoring para el pago correspondiente.

k) Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.

26. DEL PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega de los productos será el ofertado por el proveedor en su anexo técnico económico y comenzarán a regir desde la emisión y aceptación de la orden de compra. Se entenderá como plazo de entrega los días ofertados que incluyen la entrega, instalación y capacitación de los productos.

El plazo ofertado no podrá ser superior a los 30 días hábiles (Lunes a Viernes), en cuyo caso la oferta será declarada fuera de bases en el proceso de evaluación.

El plazo fijado entre las partes se entenderá en días hábiles, sin deducción de días de lluvia, y deberá ser cumplido estrictamente.

Los proveedores deberán hacer entrega total de los productos, no se aceptará entrega parcial al momento de la recepción de los mismos.

El no cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato dará lugar a la aplicación de las multas correspondientes.

27. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO
La Inspección Técnica podrá aumentar el plazo que es materia de esta licitación a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.
El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico.
En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo.
Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Bases Técnicas.
El Inspector Técnico junto con informar a su respectivo Director del aumento de plazo, enviará un informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de Plazo. Una vez aprobada la solicitud de aumento de plazo por el Alcalde, la Inspección técnica solicitará la redacción de modificación de contrato, decreto que aprueba modificación de contrato y garantía de ampliación de contrato. La solicitud de aumento de plazo deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término de contrato.

28. INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica o Inspector Técnico (IT) al funcionario de DAEM que se le haya encomendado velar directamente por la correcta entrega de los productos correspondiente a la presente licitación, y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por Decreto Alcaldicio, indicando Inspector Técnico suplente y funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico (IT) será el responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normar aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente.

29. DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO
Serán atribuciones del Inspector Técnico, las siguientes:

a) El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la adquisición de acuerdo a todos los antecedentes del contrato, en cada oportunidad que se requiera.

b) Serán parte de sus atribuciones:

- Inspeccionar el fiel cumplimiento del contrato.

- Certificar la entrega de los productos.

- Verificar el fiel cumplimiento del contrato.

c) El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquello no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Proveedor serán estipuladas siempre por escrito a través de correo electrónico y conforme a los términos y condiciones de la licitación, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.

30. DEL PAGO

 El pago se realizará dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal.  El pago será realizado contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, área educación, Rut 69.170.101-8, ubicada en calle Lautaro 280, Los Ángeles, indicando número de orden de compra correspondiente.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que genere la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor.

31. DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Se efectuará el pago una vez recepcionados todos los productos y certificado así por el IT, con lo que, posteriormente los documentos a presentar para el pago serán los que se indican a continuación:

31.1 EL PROVEEDOR
A) Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8 y domicilio en Lautaro 280, Los Ángeles, indicando el número de orden de compra. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.

B) Nómina debidamente firmada por cada asistente a la capacitación. (nombre, fecha, rut y firma)

31.2. EL INSPECTOR TÉCNICO

A)  Factura, con V°B° del Inspector Técnico, Director del Establecimiento y del Director Comunal de Educación.

B)  Orden de Compra aceptada por el proveedor.

C)  En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona.

D)  Certificado de recepción conforme, emitido por el Inspector Técnico.

E)  En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).

F)  Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.

G) Anexo N°4 Oferta Técnico Económica.    

H) Decreto Alcaldicio de adjudicación.

I)   Decreto Alcaldicio que designa Inspector Técnico titular y suplente.

J)   Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.

K) Los productos entregados deberán ser recepcionados contra guía de despacho, la cual debe ser adjuntada al momento de presentar los documentos para el pago.

32. DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor. Los descuentos se harán del pago correspondiente del proveedor y/o de las garantías vigentes.

33. SANCIONES Y MULTAS
El mandante podrá aplicar multas y sanciones, en virtud del incumplimiento a las obligaciones que impone el contrato, las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, en los siguientes casos:

A)      El retraso en la entrega, instalación y capacitación de las pantallas será sancionado con el cobro de una multa de un 1% del monto neto adjudicado, por día de atraso. Si el retraso se prolonga por más de 5 días hábiles, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y se sancionará con la cancelación de la orden de compra.

B) En caso que las pantallas táctiles presenten fallas o la instalación sea defectuosa, la Inspección Técnica validará si corresponde realizar cambios, y entregará un plazo de 3 días hábiles para realizar dichos cambios. Por cada día de retraso en el cumplimiento del plazo otorgado se aplicará una multa de un 1% del monto neto de los productos susceptibles a cambio; si tal retraso se prolonga por más de 3 días hábiles, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente.

Las multas se descontarán del monto del estado de pago correspondiente al período que se dicte Decreto Alcaldicio que sanciona la multa, o de las garantías vigentes.

El responsable de la aplicación de multas será el Inspector Técnico.

Las multas podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases.

Las multas se notificarán por correo electrónico. El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente al de su envío.

34. APELACIÓN A LAS MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el proveedor podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles, o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el proveedor. La falta de apelación por parte del proveedor a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

35. GARANTÍAS:

35.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Esta garantía deberá ser entregada y permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 60 días hábiles.

En caso de producirse las causales de incumplimiento indicadas en las cláusulas Nº20. Del Término Anticipado del Contrato, o en la Nº35. De las Sanciones y/o Multas, lo que concierne a relación a las causales que darán término anticipado del contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

Si dicha garantía consiste en póliza de seguro entregada de manera electrónica y verificable en línea mediante los códigos establecidos en la misma, ésta debe ajustarse a lo establecido en la Ley 19.799 Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.

El instrumento entregado será devuelto al proveedor, previa solicitud de éste, una vez cumplido el plazo contractual y realizada la recepción conforme de los productos.

35.2 DE LA GARANTIA DE LAS PARTES Y PIEZAS PANTALLAS

Esta garantía deberá ser entregada y permanecer vigente durante 730 días a contar desde la fecha de término de la capacitación en el uso de las pantallas, su entrega es requisito para cursar el pago, y responderá por la estabilidad, partes y piezas y correcto funcionamiento de los mismos.   En cualquier caso, la nueva garantía deberá ser ingresada en la Dirección de Educación Municipal, antes del vencimiento de la originalmente entregada. En caso de incumplimiento por el proveedor de las observaciones que emanen de las mismas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de buen funcionamiento de las pantallas táctiles

36. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación chilena que se presume conocida por las partes.

37. DEL PACTO DE INTEGRIDAD
El proveedor declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
A) El proveedor se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el proveedor se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
B) El proveedor se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
C) El proveedor se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
D) El proveedor se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
E) El proveedor se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
F) El proveedor manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
G) El proveedor se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
 H) El proveedor reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
I) El proveedor se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.