Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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11-03-2019
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Previo al cierre de recepción de ofertas, el oferente o un tercero a su nombre, deberá entregar una garantía de seriedad de la oferta pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, por cada línea de producto. Lo anterior, en virtud de los incisos cuarto y quinto del artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886.
La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF), en cuyo caso deberá considerarse el valor equivalente de la UF a la fecha de emisión de dicho instrumento. La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-46-LQ18”. Tratándose de vale vistas, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa. La vigencia de dicha garantía deberá ser igual o superior a 100 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, la cual se encuentra señalada en el portal de Mercado Público.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar la seriedad de la oferta, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, debiendo adjuntar dicha garantía como anexo administrativo al momento de presentar su oferta en el portal Mercado Público
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título “Etapas y plazos”, de las presentes bases, en la Oficina de partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago.
JUNAEB podrá rechazar aquel instrumento que no cumpla con las condiciones exigidas en este título.
Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, los oferentes que deseen seguir participando de la licitación, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, por un plazo máximo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia de la garantía original. Los oferentes que no acepten efectuar la prórroga o renovación referida, se entenderán desistidos de su oferta, procediéndose a la devolución de la garantía originalmente otorgada.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
a. Si el oferente se desiste de su oferta, dentro del período de vigencia de la misma, salvo el caso descrito en el inciso precedente.
b. Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo señalado en el título “Etapas y plazos”.
c. Cuando el adjudicatario no se encuentra hábil para contratar con el Estado e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado.
d. El adjudicatario, no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
e. Tratándose de Unión temporal de proveedores, en el evento que uno de sus integrantes se retire o sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta. Asimismo, se hará efectiva la garantía cuando se entienda desistida de su oferta por no contar con a lo menos dos integrantes luego del retiro de uno de ellos.
f. Se verificara falta de coincidencia o veracidad en los antecedentes presentados por el oferente.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 2 días hábiles cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, y a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación de la resolución que dé cuenta de dicha revocación, deserción o inadmisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 2 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas (no adjudicadas).
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Glosa:
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“Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-46-LQ18”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 2 días hábiles cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, y a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación de la resolución que dé cuenta de dicha revocación, deserción o inadmisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 2 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas (no adjudicadas).
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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11-05-2020
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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En el término de 7 días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, el adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador, mediante una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, a nombre de JUNAEB, R.U.T. Nº 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma equivalente al 5% del monto total del contrato, (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá ser igual o superior a 100 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato.
La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-46-LQ18”. Tratándose de vale vista, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, y deberá solicitar a la institución aseguradora, que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje, su carácter deberá ser irrevocable, de ejecución inmediata sin liquidador.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá presentarse en soporte papel dentro del plazo y hora señalado en el título “Etapas y plazos”, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago.
El o los adjudicatarios transcurridos cada año de ejecución/hito/etapa o periodo de cumplimiento de los servicios adjudicados, tendrán la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el valor del saldo insoluto del contrato, debiendo dar estricto cumplimiento a lo indicado en el artículo 68 del DS 250/2004 del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
El monto de la caución será considerado cláusula penal, por lo cual, en el evento de su cobro, no procederá devolución al proveedor del saldo que eventualmente obre a su favor.
JUNAEB, procederá a hacer efectiva la garantía, especialmente, en los siguientes casos:
a) Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato;
b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía.
c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario
d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación.
e) Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-46-LQ18”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, previa aprobación por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
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