Bases |
Esta Licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación en que se publicaran en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases por las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento.
Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras.
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Descripción del Servicio |
El “CONVENIO SUMINISTRO SERVICIO DE FUMIGACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANITIZACIÓN CONAF REGIÓN DEL MAULE”, considera a las distintas dependencias con que cuenta la Corporación Nacional Forestal en la Región del Maule, y para ello se ha considerado establecer como mínimo un convenio de suministro o más que permitan contar con los servicios requeridos oportunamente.
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Reserva de derechos. |
La Corporación Nacional Forestal Región de Maule se reserva el derecho de adjudicar a un oferente en la presente licitación pública, pudiendo asimismo declararla desierta por falta de proponentes o en el evento que las ofertas no sean convenientes para los intereses de la Corporación, sea por efecto del valor o por cualquier otra causa que deberá indicarse fundadamente en la Resolución que así lo declare.
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Modificación de las bases |
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
En la eventualidad, que la Corporación requiera ampliar el plazo para adjudicar, lo podrá hacer, justificando la mencionada ampliación en el Portal Mercado Público.
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Consultas y aclaraciones |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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Unión temporal de proveedores |
En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar actividades de la micro y pequeña empresa, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deba encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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Pacto de integridad |
a) El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y otros |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
a. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
b. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
c. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
d. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
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Presentación de Ofertas |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo final de 25 horas contados de la petición de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos y económicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
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Observaciones a la apertura de las ofertas |
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Comisión de Evaluación de las ofertas |
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
Integrantes Titulares y Integrantes Suplentes
1) Jefe Departamento Finanzas y Administración o quien subrogue o designe
2) Jefe Unidad Jurídica como ministro de fe del proceso o quien subrogue o designe
3) Profesional DEFA o quien subrogue o designe
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VALIDEZ DE LA OFERTA. |
Las ofertas tendrán una vigencia de 60 días corridos desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas. Si se lleva a cabo una re adjudicación, este plazo se extenderá.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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Errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40, del Reglamento de la Ley N°19.886 y en las presentes bases.
CONAF podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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ADJUDICACIÓN |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Técnico - Administrativas y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá, además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en estas Bases.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación pública, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación, aceptación y/o rechazo de las propuestas corresponderá finalmente al Director Regional de CONAF VII Región considerando el informe de evaluación de ofertas.
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Resolución de empates |
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Precio"
Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Tiempo de respuesta”.
Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en “Garantía Post Servicio”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que haya ingresado primero la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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Termino Anticipado del Contrato |
No obstante, lo señalado anteriormente, CONAF queda facultado para poner término unilateralmente al Convenio en cualquier momento sin derecho a indemnización alguna a favor del adjudicatario, si las necesidades del servicio lo requieren.
En especial, podrá ejercer dicha facultad en el evento que el prestador del servicio no cumpla con las obligaciones de lo convenido, particularmente, en lo relacionado con los servicios encomendados.
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CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN. |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, al correo electrónico que se indica jorge.espinoza@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio.
CONAF de 48 horas posterior a la adjudicación para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
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RE ADJUDICACIÓN |
CONAF podrá re adjudicar, sin llamar a nueva licitación, cuando el oferente adjudicado incurra en las siguientes faltas:
Rechace la Orden de Compra.
No Aceptar la Orden de Compra en el plazo establecido por la Ley 19.886 y su Reglamento.
No concurra a Firmar el Contrato dentro de plazo fijado para ello (en caso de existir).
No cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases.
Se desista de su oferta o se encuentre Inhábil en el Registro Oficial de Chilecompra “ChileProveedores”.
Cuando la licitación sea revocada por alguna de las causales señaladas en estas bases.
Adjudicar al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En el caso que no haya más oferentes para re adjudicar la licitación, se declarara inadmisible las ofertas por no ajustarse a los requisitos esenciales establecidos en las presentes Bases o por no resultar convenientes a los intereses de CONAF, procediendo a declarar desierto el proceso licitatorio.
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Órdenes de Compra |
La emisión de la orden de compra asociada a “CONVENIO SUMINISTRO SERVICIO DE FUMIGACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANITIZACIÓN CONAF REGIÓN DEL MAULE” se encontrará sujeta a disponibilidad presupuestaria. En lo que respecta a los montos, solo se pagara por los servicios prestados y con recepción conforme.
Al ser un Convenio de Suministro, sólo se emitirán órdenes de compra cuanto CONAF requiera los servicios de dicho convenio.
Forma de pago
El pago lo realizará la Tesorería General de la República, www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
Recepción conforme de los servicios adquiridos, la cual será efectuada por el jefe del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue.
Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
Recepción Conforme de la Orden de Compra Mediante la Plataforma de Mercado Público.
Factura devengada en sistema SIGFE II.
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Facturación |
Las facturas solo deberán ser emitidas cuando CONAF haya dado la recepción conforme al servicio. Esta notificación la realizará CONAF a través del mercado público o enviando un correo electrónico a la dirección que haya indicado el proveedor.
Emisión de la factura: Esta debe ser extendida de la siguiente manera:
RAZÓN SOCIAL
Corporación Nacional Forestal
RUT
61.313.000-4
GIRO
Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales
DOMICILIO
4 Norte Nº 1673, Talca
REGIÓN
Maule
Esta debe indicar el mes del servicio prestado en observaciones y en el campo Folio de la “Referencia” de la factura, el número de orden de compra (debe ser el mismo ID (ejemplo 1421-xx-SE) que asigna el mercado público, sin puntos, espacios, etc.), emitida por la Corporación.
Debe enviar la factura electrónica a windte_dte@custodium.com (máximo 72 horas desde la emisión de la factura).
La factura debe estar aceptada a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII) en pesos chilenos.
Debe estar aceptada válidamente en nuestro Sistema Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos.
Las dudas respecto a la emisión de la factura se deberán consultar con: marcela.barrera@conaf.cl.
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Factoring |
El oferente deberá comunicar formalmente a través de una carta ingresada por Oficina de Partes dirigido a departamento DEFA de la Corporación Nacional Forestal la contratación de Factoring, por cada factura que sea factorizada. En la carta de comunicación deberá identificar el N° de Factura, monto y estado de pago correspondiente.
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Contraparte técnica y administrativa |
Contraparte Técnica
La Contraparte Técnica de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerá el jefe de Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien él designe.
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
* Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
* Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno en forma mensual para el pago de la factura vigente.
* Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representada por jefe DEFA, o quien lo subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
* Administrar el contrato.
*Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
*Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
*Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
*Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se haya cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
*Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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Documentos integrantes |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación y sus anexos.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
v) Orden de compra.
TODOS LOS DOCUMENTOS ANTES MENCIONADOS FORMAN UN TODO INTEGRADO Y SE COMPLEMENTAN RECÍPROCAMENTE, ESPECIALMENTE RESPECTO QUE SE CONSIDERARÁ EL PRINCIPIO DE PREEMINENCIA DE LAS BASES.
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RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
i. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
ii. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
iii. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato (de corresponder) deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente.
iv. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contado desde su notificación.
v. Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.
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EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
MULTAS
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por cada día de atraso, según lo estipulado en su anexo correspondiente.
Las multas se aplicarán de la siguiente manera:
Con el objeto de asegurar que los servicios requeridos se realicen en el plazo establecido, CONAF estará facultado a cobrar una multa de 5% del valor de la orden de compra por cada día de atraso, salvo que fuese causa de fuerza mayor comunicada formalmente.
Monto Máximo por cobro de Multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. En caso de que el oferente sobrepase el 10% del valor del contrato, se podrá proceder al término anticipado del contrato.
Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas, a través de la entrega de un informe técnico e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2.- El Departamento de Finanzas y Administración Región del Maule, calculará las multas aplicadas y, posteriormente, notificará de ello al proveedor por carta certificada de la Directora Regional, informándole sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el proveedor.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, para efectuar sus descargos por escrito ante la Directora Regional, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF (4 Norte N°1673, Talca, en horario entre las 8:30 y 14:00 hrs.)
4.- Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada de la Directora Regional, la cual será notificada mediante carta certificada al proveedor. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el proveedor.
5. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Directora Regional, según corresponda, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles administrativos para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6. Al respecto, la aceptación o el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por la Directora Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, y posteriormente ser notificada al proveedor por carta certificada, la que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el proveedor.
7. Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la Resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida a la Directora Regional,
8. La Directora Regional, resolverá mediante resolución fundada, la reposición dentro del plazo de 30 días hábiles administrativos, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicha Resolución deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el proveedor.
9. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de una Factura Electrónica de parte de CONAF, la que deberá ser pagada dentro los 30 días siguientes a la fecha de emisión de ésta.
10. Además, para el caso de cobro de multas, se deberá informar a la Unidad de Finanzas respectiva, a fin de que se proceda al descuento de los montos cobrados, de las facturas del proveedor pendientes de pago.
11.- Las notificaciones de la Corporación se entenderán practicadas a partir del tercer día de despachada la carta, por la Empresa Correos de Chile.
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Exclusividad |
La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores.
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Servicios Adicionales |
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta.
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Observaciones generales |
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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De la aceptación de las ofertas |
La Corporación se reserva el derecho de rechazar, una o más de las ofertas presentadas, como asimismo a declarar desierta parcial o totalmente la licitación sin indemnización alguna, y sin asumir otra responsabilidad que no sea la de restituir las garantías que se hubiesen entregado con la oferta, en el caso que las ofertas no resultaren convenientes a sus intereses.
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Revocación de la adjudicación |
La adjudicación será revocada:
Si el oferente rechaza expresa o tácitamente la adjudicación. Se entenderá como rechazo tácito, cuando el oferente no concurre a la firma del contrato o aceptación de la orden de compra (lo que corresponda al caso), dentro de los plazos fijados para ello en estas Bases.
Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato, o de la emisión de la orden de compra, según corresponda;
Si el oferente no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato.
En todos estos casos, previa resolución fundada, la Corporación hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta (si es solicitado en las bases) y podrá adjudicar la presente Licitación, al siguiente oferente de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación y así sucesivamente hasta la adjudicación de un nuevo proveedor o bien, declarar desierta la Licitación, según mejor convenga a los intereses de la Corporación.
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