SENAMA podrá admitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los proponentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de
evaluación, lo que será calificado por la Unidad Jurídica del Servicio. De ser
el caso, una vez realizada la evaluación de admisibilidad de las ofertas, los
proponentes tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles, contados desde que SENAMA
realice este requerimiento a través del sistema de información www.mercadopúblico.cl, en el que, además, se
establecerá el medio a través del cual se deberán hacer llegar los antecedentes
requeridos.
Los propuestas que no hayan
cumplido con los requisitos formales de presentación, siempre que dicha omisión
se circunscriba a lo señalado en el párrafo anterior, serán castigadas con un
5% (cinco por ciento) del puntaje máximo previsto en el mecanismo de selección,
equivalentes a 0,5 (cero coma cinco) puntos ponderados, los que serán rebajados
del puntaje total obtenido en el proceso de evaluación.
Si existiera una
discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida al
multiplicar, sumar o restar las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad
total, toda vez que las cantidades ingresadas al portal como propuesta
económica no pueden ser modificables. Si el proponente no acepta la corrección
de estos errores, su propuesta será rechazada.