Durante el proceso de evaluación la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del Consejo, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes.
El Consejo podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, estos oferentes dispondrán de un plazo fatal de 24 hrs. o 1 día hábil, contado desde la apertura de las ofertas, el que se informará a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl, según se señala en el Formulario de Adquisición (Foro Inverso).
El Consejo se reserva el derecho de comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de éstos, el oferente quedará fuera del Proceso de Licitación.
En el evento que el oferente no presentare las certificaciones o antecedentes en el plazo otorgado, se considerará por el Consejo que el oferente no ha cumplido con los requerimientos exigidos en estas Bases.