6.- ADJUDICACIÓN:
Las propuestas sólo podrán adjudicarse a licitantes cuyas ofertas hayan sido recibidas a través del sistema electrónico o digital establecido por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Conforme a lo establecido en el Art. Nº 6 del Decreto Nº 250/04, la adjudicación se entenderá notificada al oferente favorecido y a todos los proponentes, transcurridas 24 horas desde que se publique en el sistema de información, dicho acto administrativo.
La Municipalidad se reserva el derecho de admitir en esta instancia aquellos documentos que presenten defectos de forma, errores y omisiones de menor importancia siempre y cuando no alteren el tratamiento igualitario de los Proponentes ni la adecuada evaluación de las propuestas.
La Comisión de evaluación, estará formada por cinco profesionales, dependientes de la Dirección de Construcciones, Dirección de Control, Dirección de Secpla, Dirección Jurídica y un representante de Alcaldía.
Esta Comisión, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Alcaldicio Nº 333, de fecha 29 de abril del 2002, estudiará las diferentes ofertas recibidas, y para ello tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la apertura de la Propuesta para evacuar el informe con la correspondiente prelación técnica de las ofertas, para los cuales considerará los siguientes factores de ponderación:
- Oferta económica .................................. 95 %
- Plazo............................................... 05 %
El puntaje de evaluación se obtendrá aplicando las siguientes formulas:
PUNTAJE MONTO = Menor Oferta x 95
Monto Oferta (analizado)
PUNTAJE PLAZO = Menor Plazo x 5
Plazo Oferta (analizado)
En caso de igualdad, la decisión de adjudicación se realizará con el debido fundamento técnico, debiendo considerar las calificaciones obtenidas el último año en obras ejecutadas al Municipio, e informará a la Alcaldía para su resolución y adjudicación si correspondiere.
La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de solicitar por El Portal la documentación requerida en el Punto 6 de estas Bases a quienes no la hayan presentado en la apertura de las ofertas, para ello otorgará un plazo fatal, que de incumplirse quedará inhabilitado para su evaluación. En todo caso, el Municipio descontará 5 puntos de la calificación final de la oferta, por cada documento no presentado en dicha instancia de apertura. Todo de conformidad a lo estipulado en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.
En la evaluación de las propuestas, la comisión solamente analizará aquellas Ofertas Económicas que hayan dado cumplimiento a lo establecido en el punto 4.3 letras A, B, C y D de estas Bases, y que sus ofertas no hayan sido rechazadas en el proceso de apertura electrónica.
Podrán participar en la Propuesta Personas Naturales pudiendo actuar personalmente o representados por un tercero, conforme al Art. 41º del Decreto Nº 250 del 2004, o Personas Jurídicas cuya actividad se relacione con el objeto de esta Propuesta.
En caso de que el oferente haya participado en la presente Licitación por medio de mandatario y resultare adjudicado, la Municipalidad se reserva el derecho de hacer aplicable lo dispuesto en le Art. Nº 41 del Decreto 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de Ley de Compras Públicas, en lo que dice relación con la ratificación.
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación en el Portal del Decreto de Adjudicación, el oferente adjudicado deberá suscribir el Contrato respectivo, bajo apercibimiento de tenérsele por desistido. En este caso la Municipalidad deberá hacer efectivo el documento en garantía de seriedad de la oferta, pudiendo adjudicarse la propuesta a otro u otros oferente (s) habilitado(s) o efectuarse un nuevo llamado, a elección del Municipio.