Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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08-04-2019
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Monto:
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75000000
Peso Chileno
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Descripción:
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El oferente deberá entregar en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana, una caución o garantía de seriedad de la oferta tomada a la vista y con carácter de irrevocable, en el plazo establecido en el título denominado “Etapas y plazos”.
Los oferentes que participen en la línea Nº1 deberán presentar una caución por $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos), en tanto que los oferentes que participen en la línea Nº2 deberán presentar una caución por $20.000.000 (veinte millones de pesos) o, en ambos casos, su equivalente en Unidad de Fomento (UF), y extendida en forma nominativa, a la orden de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT 60.908.000-0, con una vigencia no inferior a 150 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el portal Mercado Público.
La garantía debe contener la siguiente glosa: “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-27-LR18, línea x” (individualizando la línea a la cual corresponde la garantía presentada).
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar la seriedad de la oferta, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB, sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje.
JUNAEB podrá verificar en la entidad emisora de la caución o garantía de seriedad de la oferta, la autenticidad de los documentos presentados por los oferentes.
Tratándose de unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser constituida por cualquiera de sus miembros o por un tercero a su nombre, debiendo cumplir cabalmente con todas las exigencias establecidas en el presente título.
La falta de presentación de la garantía de seriedad de la oferta, en la oportunidad indicada en el título 3 denominado “Etapas y plazos” de las presentes bases administrativas, dará lugar al rechazo de la oferta en el proceso de apertura electrónica realizada a través del portal www.mercadopublico.cl y a su vez será declarada inadmisible mediante resolución fundada de JUNAEB.
Esta garantía se hará efectiva, en los siguientes casos:
a. Desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido para la misma.
b. Retiro de la oferta una vez adjudicada y previo a la suscripción del contrato.
c. No presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo establecido en el titulo denominado “Etapas y plazos”, de las bases administrativas.
d. No suscripción del contrato por parte del adjudicatario.
e. Adulteración o falta de verosimilitud de los antecedentes o del contenido de la oferta.
f. No inscripción del adjudicatario en el registro de Chileproveedores o en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para ello en subtítulo denominado 15.2 “Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores o en el portal www.mercadopublico.cl”, de las bases administrativas.
g. No entrega por parte del adjudicatario de la documentación exigida por las presentes bases de licitación para la suscripción del contrato dentro de los plazos establecidos en el título 15 denominado “De los contratos”, de las presentes bases administrativas, cuando corresponda. Esta causal también será aplicable para aquellos casos en que JUNAEB hubiere solicitado al adjudicatario, la corrección de reparos a la documentación presentada y este nos los efectúe dentro del plazo señalado en el título mencionado precedentemente.
h. Si uno o más miembros de la UTP fuere inhábil y ésta desistiera de seguir participando de este proceso licitatorio o de la suscripción del contrato, o si habiendo manifestado su intención de continuar o contratar, quien se retira es alguno de los miembros que reúne una o más características objeto de la evaluación.
i. Si durante el proceso de evaluación o una vez adjudicada la UTP alguno de sus miembros se retira y no es viable la continuidad de la UTP.
j. Si una vez adjudicada la UTP no presentara el acuerdo de constitución, materializado por escritura pública, dentro del plazo de 10 días corridos. Sin perjuicio de las demás exigencias generales contenidas en el subtítulo 7.2, denominado “Normas especiales para la presentación de ofertas como unión temporal de proveedores (UTP)” de las presentes bases administrativas.
k. Disolución de la UTP, durante el proceso licitatorio y antes de la suscripción del contrato si hubiera sido adjudicada.
En caso de configurarse cualquiera de las causales anteriormente señaladas, JUNAEB rechazará la oferta o dejará sin efecto su adjudicación y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a re-adjudicar de conformidad con lo dispuesto por el título 14 denominado “De la re-adjudicación” de las bases administrativas, en caso de que fuere procedente. De dicha situación, se dejará constancia mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
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Glosa:
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“Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-27-LR18, línea x” (individualizando la línea a la cual corresponde la garantía presentada).
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de diez días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, informada a través del portal de Mercado Público.
Para los oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, la devolución de las garantías de seriedad de la oferta se efectuará posterior a la fecha de suscripción de los contratos con las empresas adjudicadas. En la eventualidad que deba aplicarse procedimiento de re-adjudicación, la devolución de garantías se realizará posterior a la suscripción de los nuevos contratos.
Para los oferentes que hayan resultado adjudicados, la devolución se realizará a los 10 días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán extenderse, de conformidad a lo dispuesto en el título denominado, “De la adjudicación” y título “De la re-adjudicación”, de las presentes bases administrativas.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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28-02-2020
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje.
Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas:
AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN*
AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5%
AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5%
AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6%
*El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato.
El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes.
Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas.
Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título.
En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos:
a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato;
b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía.
c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario
d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación.
e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico.
Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato.
10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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28-02-2021
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Monto:
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5,5
%
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Descripción:
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Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje.
Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas:
AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN*
AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5%
AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5%
AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6%
*El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato.
El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes.
Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas.
Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título.
En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos:
a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato;
b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía.
c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario
d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación.
e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico.
Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato.
10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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31-12-2022
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Monto:
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6
%
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Descripción:
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Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje.
Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas:
AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN*
AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5%
AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5%
AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6%
*El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato.
El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes.
Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas.
Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título.
En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos:
a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato;
b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía.
c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario
d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación.
e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico.
Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato.
10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
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