Licitación ID: 1803-17-L116
ATENCIONES DE VICIO DE REFRACCION CLINICA ESPECIALIDAD OFTALMOLOGIA COMUNA PUERTO VARAS
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA, Junaeb Región de Los Lagos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 300 Unidad
Cod: 80111606
Contratación de Servicios de Atenciones de Vicio de Refracción Clínica en la especialidad de Oftalmología a realizarse en la Comuna de Puerto Varas, Provincia de Llanquihue, Región de los Lagos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ATENCIONES DE VICIO DE REFRACCION CLINICA ESPECIALIDAD OFTALMOLOGIA COMUNA PUERTO VARAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATAR TECNOLOGOS MEDICOS ESPECIALISTAS EN OFTALMOLOGIA, PARA REALIZAR ATENCIONES DE VICIO DE REFRACCION CLINICA EN LA REGION DE LOS LAGOS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Unidad de compra:
Junaeb Región de Los Lagos
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
Baquedano 281
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-12-2016 9:00:00
Fecha de Publicación: 06-12-2016 15:15:57
Fecha inicio de preguntas: 06-12-2016 15:31:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2016 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-12-2016 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-12-2016 9:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-12-2016 9:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-12-2016 10:36:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 7.3. Antecedentes Administrativos Al momento de presentar su oferta, el oferente deberá completar la información requerida a través de los Anexos Administrativos, contenidos en el sitio www.mercadopublico.cl, que se indican a continuación: • Anexo Nº 1, denominado “Identificación del Oferente”. • Anexo Nº 2, denominado “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades” • Anexo Nº 3, denominado “Autorización para Retiro de Valores”. • Anexo Nº 4, denominado “Autorización para Efectuar Depósitos o Transferencias”.
Documentos Técnicos
1.- 7.4. Antecedentes Técnicos A su vez, el oferente deberá ingresar la información técnica requerida a través de la opción “Anexos Técnicos” del sitio www.mercadopublico.cl, que se indican a continuación: • Anexo N°6 denominado “Oferta Técnica” Se adjuntaran a la oferta técnica los formatos digitales de las certificaciones de los Médicos Oftalmólogos, chilenos que participarán en la ejecución de atenciones médicas, se deberá presentar: • Certificados, de Tecnólogos Médicos con mención en Oftalmología, para la realización de Controles Oftalmológicos, deberán presentar las siguientes certificaciones: - Título de Tecnólogo Médico con mención en Oftalmología entregado por alguna Universidad o Instituto técnico reconocido por el Ministerio de Educación. - Certificado que acredite curso en “Refracción Clínica” de al menos 60 hrs. - Certificado de experiencia en refracción clínica de al menos 12 meses, otorgado por entidad Pública o Privada, extendido por jefe de Servicio. • Certificación Años de Experiencia en población Infanto juvenil, de cada especialista que se presente en la oferta. En el caso de que él o los profesionales presentados en la oferta tengan actualizadas sus certificaciones de formación académica y especialidad en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud, Junaeb podrá obtener dicha información del Registro indicado precedentemente. En todos los casos, las certificaciones en trámite NO serán aceptadas. • Anexo N° 6 denominado “Oferta Técnica”
 
Documentos Económicos
1.- 7.5. Antecedente Económico Asimismo, el oferente deberá completar la información económica requerida en el “Anexo Económico” dispuestos en el sitio www.mercadopublico.cl, que se indican a continuación: - Anexo Nº 5 denominado “Oferta Económica”. El valor indicado en este Anexo, será considerado para la evaluación del criterio económico. Cabe mencionar que al momento de presentar su oferta económica, el oferente deberá ingresar el precio unitario neto y el precio unitario fina l, de acuerdo con lo solicitado en el Anexo N° 5, con el objeto de evaluar el precio total de los servicios, que en definitiva será el precio que Junaeb pagará por el servicio adjudicado. Los valores netos se solicitan en virtud de las disposiciones vigentes que regulan el funcionamiento del Portal Mercado Publico. Los oferentes deberán considerar en su propuesta económica todos los gastos involucrados, incluidos los de personal, remuneraciones, pagos previsionales, materiales, servicios, equipos, permisos, traslados, derechos, impuestos, distribución y en general todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del servicio, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los costos en que incurra el oferente producto de la presentación de la propuesta serán de su exclusivo cargo y en caso de no resultar adjudicada su oferta, no darán origen a indemnización alguna.
2.- 7.6. Otros Antecedentes Finalmente, Junaeb pondrá a disposición de los oferentes los siguientes anexos sólo con fines informativos de manera de permitir una mejor elaboración de ofertas: - Anexo Nº 7 denominado “Coberturas Anuales Referenciales Años 2016” - Anexo Nº 8 denominado “Proceso de Evaluación de desempeño de los prestadores, Programa de Salud de Junaeb”. - Anexo Nº 9 denominado “Formato de rendición estadística y control de Pagos” - Anexo Nº 10 denominado “Pauta de supervisión a Prestadores” - Anexo Nº 11 denominado “Informe Técnico Anual”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales de presentació Se evaluará de acuerdo a metodologia de evalución adjunta. 5%
2 Evaluación Técnica Se evaluará de acuerdo a metodologia de evalución adjunta. 45%
3 Precio Se otorgará puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula: (Valor referencial / Oferta que se evalúa ) * 100 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: DEPTO. GESTION DE RECURSOS Y PERSONAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO CARDENAS TELLEZ
e-mail de responsable de pago: claudio.cardenas@junaeb.cl
Nombre de responsable de contrato: VIVIANNE SANCHEZ INOSTROZA
e-mail de responsable de contrato: v.sanchezi@junaeb.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-584811-4811
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
4. PARTICIPANTES DE LA LICITACION
Podrán participar en esta Licitación Pública todas aquellas personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, que postulen en la oportunidad y forma establecida en las presentes bases de licitación. No podrán participar en la presente licitación, los oferentes que al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º inciso primero de la Ley Nº 19.886. Los oferentes en conjunto con su oferta, deberán presentar una Declaración Jurada Simple de Inhabilidades, la cual se encuentra contenida en el Anexo Nº 2 de las presentes Bases, denominado “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades”. También podrán participar de la presente licitación; Universidades Chilenas que se encuentren inscritas en el Registro Público de Entidades Certificadoras de la Superintendencia de Salud, cuyos profesionales médicos, considerados en la Oferta Técnica Anexo N°6, se encuentren desarrollando la formación de especialidad en Ortopedia y Traumatología, Oftalmología y Otorrinolaringología.
5.1. Publicación
Los archivos que contiene el texto de las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, se encontrarán disponibles en el Portal Mercado Público, a contar de la fecha estipulada en el Título 3, denominado “Etapas y Plazos” de las Bases Administrativas.
5.2. Legislación Aplicable
La presente licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 19.886 de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, por su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 250/2004, por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos y por sus aclaraciones, preguntas y respuestas, si las hubiere. Igualmente, las obligaciones que contraigan los adjudicatarios de la presente Licitación, se regirán por el ordenamiento jurídico chileno y por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de discrepancias, será el siguiente: a. Bases de Licitación y sus Anexos b. Respuestas y aclaraciones de las Bases Administrativas y/o Técnicas y/o Anexos, en la eventualidad de haberse formulado. c. Resolución de Adjudicación d. Contrato e. Oferta del adjudicatario
6. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES
6.1. Recepción de Consultas Los oferentes podrán realizar consultas de carácter técnico, administrativo y económico, según estimen necesario para una acertada presentación de sus ofertas. Las consultas deberán efectuarse sólo a través del foro del sitio www.mercadopublico.cl en la fecha y horario que se indica en el Título 3, denominado “Etapas y Plazos” de las Bases Administrativas; y las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes el día indicado en el mismo título. Las respuestas, pasarán a formar parte integrante de las Bases de la presente licitación para todos los efectos legales siempre que no implique una modificación de las Bases. Se entiende que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las disposiciones de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, según sea su naturaleza, por lo que deben ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas y tienen efectos vinculantes para todos los oferentes. 6.2. Aclaraciones Junaeb podrá, asimismo efectuar de oficio aclaraciones respecto de la presente licitación, junto con las respuestas a las consultas que efectúen los oferentes. En ningún caso mediante el procedimiento de aclaraciones se podrán modificar las Bases que rigen la presente licitación pública. Las aclaraciones, pasarán a formar parte integrante de las Bases de la presente licitación para todos los efectos legales siempre que no implique una modificación de las Bases. 6.3. Modificaciones Las modificaciones que Junaeb determine efectuar a las Bases de Licitación, podrán realizarse sólo hasta antes de la fecha indicada para el cierre de recepción de oferta y deberán ser aprobadas mediante Acto Administrativo de Junaeb totalmente tramitado, fijando un nuevo plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, de conformidad en lo estipulado en el artículo 19 del Reglamento N° 250/2004, de la Ley N° 19.886.
7. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
7.1. Requisitos El oferente deberá ingresar su propuesta técnica, económica y administrativa en formato electrónico a través del sistema del Portal Mercado Público, debiendo cumplir con todos y cada uno de los requisitos, tanto de forma como fondo. No se recibirán ofertas que no hayan sido ingresadas a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público. La sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, modificaciones, aclaraciones y respuestas a las preguntas de esta licitación, si las hubiere, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones, a las estipulaciones contenidas en estas bases. 7.2. Vigencia de la Oferta Las ofertas realizadas a través del Portal Mercado Público, bajo el ID 1803-17-L116, deberán tener una vigencia igual o superior a 90 días corridos, contados desde el día siguiente del cierre de recepción de ofertas, señalada en el Título 3 de las Bases Administrativas, denominado “Etapas y Plazos”. Por el solo hecho de realizar una oferta al presente proceso, se entenderá que el oferente acepta y otorga la vigencia indicada en el párrafo precedente. Si dentro del plazo antes descrito, por motivos de fuerza mayor, Junaeb se viera impedida de realizar la adjudicación, podrá solicitar una prórroga de la vigencia de la oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, antes de la fecha de término de vigencia de la misma, por un plazo máximo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia original. En tal caso el oferente deberá extender la vigencia de la garantía de seriedad por el plazo solicitado por Junaeb. Si alguno de los oferentes no aceptare efectuar la prórroga solicitada, se entenderá que ha desistido de su oferta, en cuyo caso se procederá a la devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta presentada
8. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Junaeb podrá declarar inadmisible toda propuesta que no se ajuste a lo dispuesto en las Bases de Licitación.
10. EVALUACION DE LA OFERTA
Comisión Evaluadora La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, la cual tendrá delimitación de funciones, según los ámbitos de competencia de cada uno de los funcionarios que se indican a continuación o aquellos que se designaren en su representación: Evaluación Técnica: • Encargado del Departamento de Salud del Estudiante de la Región de Los Lagos. • Profesional del Programa de Servicios Médicos Evaluación Económica y Administrativa: • Encargado del Departamento de Salud del Estudiante de la Región de Los Lagos • Encargado del Departamento Gestión de Compras Presentación de propuesta de Adjudicación al Director Regional de Junaeb: • Encargado del Departamento de Salud del Estudiante de la Región de Los Lagos La Comisión será integrada por los funcionarios indicados precedentemente, y/o por quienes éstos designen en su reemplazo, cuando dichos funcionarios se encuentren impedidos de integrarla. La individualización de la Comisión Evaluadora se formalizará a través de una Resolución Exenta que se publicará en el Portal de Mercado Público. Los miembros de la Comisión, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación. Además, a requerimiento del Director Regional de Junaeb, podrán participar en esta comisión, en calidad de asesores, hasta dos profesionales expertos, de conformidad con lo dispuesto el artículo N° 37 del Reglamento 250/2004, de la Ley N° 19.886. Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes: a. Realizar el examen de admisibilidad de las ofertas presentadas conforme a lo establecido en el Título 8 de las presentes Bases de Licitación. b. Verificar la presentación de los antecedentes administrativos requeridos en las presentes bases, y la habilidad de los oferentes para contratar con el Estado, a través del Registro de Proveedores. c. Evaluar las Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que hayan aprobado el examen de admisibilidad. d. Confeccionar el Informe de la Comisión Evaluadora.
Errores y Omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, Junaeb podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los oferentes. Junaeb informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal www.mercadopublico.cl En caso que Junaeb solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del Portal de Mercado Público denominado “Foro Inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes, Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del Foro Inverso. Junaeb, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el Título N° 3, denominado “Etapas y Plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal que tendrá el oferente para salvar los errores u omisiones o bien presentar certificaciones o antecedentes que hubiere omitido presentar al momento de subir su oferta a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el Portal de Mercado Público, será de 2 días hábiles contados desde la publicación del requerimiento de Junaeb en el sistema de información. El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación administrativa, según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de la oferta” indicado en el título N° 11 de las Bases Administrativas, denominado “Criterios de Evaluación”.
Proceso de Evaluación
La Comisión Evaluadora realizará un análisis de las ofertas técnicas y económicas aceptadas en el portal de Mercado Público. Para efectos del anterior análisis, Junaeb se remitirá a los criterios de evaluación definidos en el título 11 de las presentes bases, denominado “Criterios de Evaluación.” Para realizar la Evaluación Económica, se considerarán los precios totales indicados por los oferentes en el Anexo N° 5, denominado “Oferta Económica”, destacando que para adjudicar se tendrá en consideración el presupuesto referencial indicado en las presentes Bases de Licitación y las disposiciones del artículo 11 del Reglamento 250 de Compras de la Ley 19.886. Durante el periodo de evaluación, Junaeb no podrá tener contactos con los oferentes, salvo para los efectos de requerir antecedentes y efectuar aclaraciones a través del Foro Inverso, según lo señalado en el subtítulo 10.2 del presente Título, denominado “Errores y Omisiones”, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Criterio de Desestimación de Ofertas
Toda vez que alguna de las ofertas evaluadas alcance un puntaje final inferior a 65 puntos, Junaeb podrá desestimar dicha oferta por resolución fundada. Asimismo, podrá desestimar una oferta cuando el oferente proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas en cuyo caso procederá a ejecutar la garantía de seriedad de la oferta.
Criterio de Resolución de Empate
En caso de empate se adjudicará al proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación económica y de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Años Experiencia en Junaeb o en otros servicios públicos y/o privados en atención de población infanto-juvenil”. En caso de aún persistir el empate una vez aplicados los dos criterios de evaluación señalados anteriormente, se seleccionará a aquel oferente que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Disponibilidad y permanencia de meses que requiere para atender la cobertura ofertada”. De persistir el empate, se seleccionará a aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Residencia Comercial Regional de Oferente”. En la eventualidad de persistir el empate, Junaeb está facultada para declarar desierta la Licitación.
12. INFORME DE LA COMISION EVALUADORA
La Comisión de Evaluación Técnica realizará la evaluación de las ofertas, conforme a las propuestas presentadas a través del Portal de Mercado Público, posteriormente elaborará un Informe, en el cual detallará la asignación de puntajes y las justificaciones de cada uno de ellos. Una vez concluido el proceso de evaluación técnica, la Comisión Evaluadora confeccionará un documento denominado “Informe Final de la Comisión Evaluadora”, en el que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o bien cuando estas no resulten convenientes a los intereses de Junaeb; la asignación de puntajes, las fórmulas de cálculo y sus respectivas observaciones; los resultados de la evaluación económica y administrativa; para posteriormente realizar la proposición de adjudicación dirigida al Secretario General de Junaeb. Además en este Informe se individualizará a cada uno de los participantes de la comisión evaluadora técnica y económica-administrativa.
14. FACULTAD DE READJUDICACION
Junaeb podrá, en caso que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, no lo haga en tiempo y forma, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las presentes Bases. En el caso que se presenten respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, Junaeb podrá volver a readjudicar y así sucesivamente, respecto de todos los oferentes que hayan reunido los requisitos para adjudicar. El plazo que tendrá Junaeb para readjudicar el presente proceso de licitación, será desde la fecha de notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público hasta la fecha de suscripción del contrato.
17. PAGO DEL SERVICIO
17.1. Del precio Junaeb pagará el precio unitario final (bruto/exento) que el oferente haya declarado en el Anexo Nº 5 denominado Oferta Económica por cada atención médica efectivamente realizada. 17.2. Forma de Pago Considerando que el número de las atenciones médicas es referencial, el contrato señalará el valor unitario que tienen las prestaciones que se contratan, con la finalidad de realizar los pagos mensuales de conformidad al número efectivo de prestaciones realizadas así certificadas por la contraparte técnica. 17.3. Facturación El prestador deberá remitir a Junaeb la factura respectiva los primeros 5 días hábiles de cada mes, por el monto equivalente a las atenciones médicas realizadas durante el mes anterior, junto con la Rendición Estadística y Control de Pagos (formato en Anexo N° 9) en la Oficina de Partes de la Dirección REGIONAL de Los Lagos JUNAEB, ubicada en Calle Benavente N° 952, Comuna Puerto Montt. La factura debe indicar la región y la comuna a la que corresponde el cobro, la cantidad de atenciones médicas efectuadas, el número de la Licitación y Orden de Compra a la que se asocia el cobro. Las facturas deberán extenderse en original y copia, salvo en caso de factura electrónica, indicando clara y separadamente el valor neto más IVA o Impuesto del 10% según corresponda de cada prestación médica realizada. Cuando se trate de facturas electrónicas, estas deberán presentarse a través del Sitio web del Servicio de Impuestos Internos. Junto con las facturas el adjudicatario debe presentar certificados emitidos por la Inspección del Trabajo competente o el Organismo pertinente, que acrediten que se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales durante la ejecución del servicio contratado. La presentación de dicho certificado será requisito para la aprobación del pago. Junaeb se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. En el evento que de la lectura de los documentos acompañados por el interesado o bien de la revisión de otro medios idóneos, aparezca que el prestador mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, Junaeb procederá de conformidad con lo establecido en el inciso segundo artículo 4 de la Ley 19.886. El pago de la factura se realizará en un plazo de 30 días contados desde su recepción. Para efectuar dicho pago se requerirá la correspondiente Recepción Conforme. Asimismo, para la recepción conforme, el prestador debe presentar los siguientes documentos: • Formularios Originales Junaeb, en sobre de Rendición por cada Boleta o Factura, con todos los antecedentes requeridos en éste. • Rendición Estadística y Control de Pago (Anexo Nº 9), por cada sobre rendido. • Digitación y reporte de la información respecto de las atenciones en el sistema informático del Programa de Salud del Estudiante. Para efectuar el último pago de cada año, el prestador deberá asimismo adjuntar a su factura, un Informe técnico elaborado conforme a lo establecido en el Anexo N° 11 denominado “Informe Técnico Anual”, considerando los siguientes aspectos: • Características y Perfil epidemiológico de los usuarios. • Aspectos facilitadores y obstaculizadores durante la atención. • Sugerencias y proyecciones Técnicas al Programa. • Compromisos para el segundo año de ejecución contractual cuando se trate del informe técnico presentado al final del primer año de contrato.
19. SANCIONES Y MULTAS
Cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones indicadas en las Bases de Licitación y/o el contrato, se procederá a cursar las multas respectivas, las cuales se señalan en el cuadro a continuación: Infracción Sanción Criterio de Aplicación Inasistencia del profesional a una atención programada, sin aviso previo por escrito con una antelación de 48 horas a la Dirección Regional Los Lagos Junaeb 0,2 UF por estudiante no atendido (Nº Total de estudiantes programados no atendidos * 0,2 UF) Por evento comprobado por la contraparte Técnica Junaeb. Suspensión de una atención programada con aviso escrito previo, inferior a 72 horas de anticipación, por causas imputables al prestador 0,12 UF por estudiante no atendido (Nº Total de estudiantes programados no atendidos * 0,12 UF) No presentación, por tercera vez en el periodo de ejecución anual de la prestación, de los documentos de cobro mensual por parte del prestador, en las fechas y condiciones solicitadas por Junaeb 5% del valor total neto que impliquen las tres rendiciones presentadas con atraso (Total neto rendición 1 + Total neto rendición 2+ Total neto rendición 3) * 5% La concurrencia del prestador, por tres veces en el periodo de ejecución anual, a una atención sin contar con el apoyo administrativo o de secretaría necesario. 0,1 UF por evento No comunicación a Junaeb de cambios en el Equipo Profesional señalado en la Propuesta Técnica. 3 UF por cada cambio no autorizado. Inasistencia injustificada del prestador a reuniones citadas por la Dirección Regional según lo dispuesto en el Título 10 de las Bases Técnicas. 1 UF por cada inasistencia Asistencia del profesional a una atención programada, pero no ejecución de las atenciones médicas 0,2 UF por estudiante no atendido (Nº Total de estudiantes programados no atendidos * 0,2 UF) Nota 1: Las multas que se indican en el cuadro superior, tendrán un tope de cobro hasta el 15% del valor anual del contrato. Nota 2: Los días que se indican en el cuadro de multas, se entenderán como días hábiles. Nota 3: El monto de las multas, se calculará con el valor de la UF del último día del mes anterior en que sean notificadas las infracciones al adjudicatario. 19.1. Notificación de multas Las multas que determine la Contraparte Técnica de la Dirección Regional de Junaeb, serán emitidas a través de Resolución Exenta y notificadas por el Director Regional, mediante carta certificada dirigida al adjudicatario y en el caso de personas jurídicas al representante legal o bien al mandatario que éste haya designado para tal efecto, con copia al Departamento de Salud del Estudiante de la Dirección Nacional de Junaeb. No obstante a lo anterior, el Secretario General de Junaeb, podrá notificar incumplimientos que se detecten, en la instancia de los pagos de los servicios y aplicar las multas respectivas. 19.2. Procedimiento de impugnación de las Multas El adjudicatario a quien se le notificare una multa, podrá presentar documentadamente descargos dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde dicha notificación. Recibidos los descargos en la Dirección Regional respectiva, estos serán analizados para decidir si se aceptan o rechazan fundadamente a través de Resolución Exenta emitida por el Director Regional, en un plazo de 15 días hábiles. En el evento que el adjudicatario no haga uso de dicha facultad, el Director Regional de Junaeb, dictará una Resolución Exenta confirmando el o los incumplimientos y valor de la multa cursada. El incumplimiento será registrado en la Evaluación de Desempeño del Prestador. En el evento que los descargos sean rechazados, el adjudicatario podrá reclamar fundada y documentalmente, en contra de la referida Resolución Exenta que rechaza sus descargos, ante el Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la notificación de la misma. El Secretario General de Junaeb, deberá resolver esta Reclamación mediante Resolución Exenta Fundada, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, quedando sin efecto la multa en el caso que se acogiese la reclamación o firme en el evento de rechazarse. Todas las notificaciones que deberá efectuar Junaeb en el marco de los procedimientos de aplicación de multas, se practicaran mediante carta y supletoriamente, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la ley Nº19.880. 19.3. Cobro de Multas. El adjudicatario deberá enterar el pago de las multas, en la cuenta corriente de Junaeb, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la misma o en su caso, desde que se notifique el acto que rechaza la reclamación respectiva. No obstante lo anterior, el monto de las multas que procedan, nunca podrá exceder el 15% del valor total anual del contrato y no procederá la aplicación de la sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por Junaeb mediante resolución fundada.
20. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Junaeb, podrá poner término anticipado al contrato cuando ocurran las siguientes situaciones: a) Si el prestador es declarado en quiebra o si este cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b) Si se disolviere la sociedad con la cual se contrato c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional d) Por incumplimiento grave debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el prestador. Se considerarán situaciones de incumplimiento especialmente las siguientes: • No atención de beneficiarios • Proporcionar antecedentes falsos, incompletos o adulterados en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. e) Toda vez que Junaeb haya ejecutado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en virtud de lo establecido en el Título 20, de las Bases Administrativas denominado “Sanciones y Multas” y el prestador no la haya renovado dentro del plazo que en dicho subtítulo se establece. f) Incumplimiento del deber de confidencialidad establecido en el Título 26 de las presentes Bases de licitación. g) Toda vez que el monto total de las multas aplicadas a un determinado prestador supere el 15% del valor anual del contrato. h) Toda vez que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato y el adjudicatario no reemplace la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro y en las condiciones establecidas en el Título 14 de las Bases Administrativas. En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción de Junaeb, aquellos productos que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que Junaeb opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario. i) Toda vez, concluido el proceso anual de evaluación de desempeño realizado por Junaeb, un determinado prestador ha obtenido una evaluación de desempeño correspondiente a la Categoría “Mal desempeño” o “Muy mal desempeño”, Junaeb podrá poner término anticipado al contrato por resolución. En estos casos Junaeb podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, cobro que no dará al adjudicatario derecho a indemnización alguna, cuyo caso no procederá la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Asimismo, se podrá poner término anticipado al contrato por Resciliación o Mutuo Acuerdo y cuando concurran las demás causales de Término Anticipado señaladas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 del Decreto N° 250 de 2004, que reglamenta dicha Ley.
21. SUBCONTRATACIÓN
La subcontratación parcial por parte del adjudicatario de la presente Licitación no estará prohibida, pudiendo éste concertar con terceros la ejecución parcial de las obligaciones, debiendo cumplir con los mismos requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, y dando previo aviso a Junaeb con una antelación mínima de 3 días hábiles en caso de recurrirse a dicha modalidad. Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de la presente Licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en el Adjudicatario, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato. No obstante lo señalado, no procederá la subcontratación, en los casos que la persona del subcontratista, sus socios, administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo Nº 4 de la Ley Nº 19.886.
22. OBLIGACIONES PREVISIONALES
El adjudicatario deberá presentar conjuntamente con sus facturas, los certificados que acrediten que se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales en la ejecución del servicio contratado por Junaeb. Será requisito para la aprobación del pago, entre otros, la presentación de un certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo competente o el Organismo pertinente. “Junaeb” se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. El adjudicatario tendrá la responsabilidad exclusiva de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente los Servicios de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes Bases. Todo el personal que el adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con “Junaeb”. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
23. AUDITORIAS Y CONTROLES DE CALIDAD
Junaeb podrá realizar en forma directa o a través de terceros autorizados para ello, auditorias técnicas o administrativas, encuestas de percepción usuaria, como también controles de calidad a fin de determinar si los servicios y prestaciones contratadas cumplen efectivamente con las exigencias solicitadas. Todas las supervisiones que efectúen Junaeb o los terceros autorizados por ella, se realizarán mediante la aplicación de lo establecido en el Anexo N° 10 de las presentes bases, denominado “Pauta de Supervisión a Prestadores”.
24. EVALUACIÓN DE PRESTADORES
Junaeb realizará anualmente evaluación del desempeño a los prestadores que participan del Programa de Salud del Estudiante, atendiendo a aspectos relativos al cumplimiento administrativo, percepción usuaria, reclamos recibidos y auditorias técnicas realizadas por profesionales del área en la medida que éstas sea necesarias. Esta evaluación de desempeño se regirá por lo establecido en el Anexo N° 8 de las presentes bases denominado “Proceso de Evaluación Desempeño de los Prestadores Programa de Salud de Junaeb”. En virtud de esta evaluación, Junaeb clasificará a los prestadores en categorías de desempeño que serán consideradas para futuros procesos licitatorios como también para efectos de proceder a un eventual término anticipado de contrato. Si una vez concluido el proceso anual de evaluación de desempeño realizado por Junaeb, un determinado prestador ha obtenido una evaluación de desempeño correspondiente a la Categoría “Mal desempeño” o “Muy mal desempeño”, Junaeb podrá poner término anticipado al contrato por resolución.
25. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Los procesos involucrados y toda la documentación, información y datos en cualquier tipo de soporte generado durante la ejecución del contrato y/o que se recopile para la realización del mismo, tendrá el carácter de confidencial. Por lo anterior todas las personas, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, la letra c) del artículo 2 de la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada establece que para efectos de dicha ley se entenderá por” Comunicación o transmisión de datos, dar a conocer de cualquier forma los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas.”, lo cual es aplicable en la presente licitación. Asimismo, dicho cuerpo normativo, en su Artículo 7 establece que las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales, tanto en organismos públicos como privados, están obligados a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como ocurre en este caso, como también sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en el cargo. En este contexto, el inciso primero del artículo 23 de la referida ley señala que: “La persona natural o jurídica privada o el organismo público responsable del banco de datos personales deberá indemnizar el daño patrimonial y moral que causare por el tratamiento indebido de los datos, sin prejuicio de proceder a eliminar, modificar o bloquear los datos de acuerdo a lo requerido por el titular o, en su caso, lo ordenado por el tribunal”. Por su parte, el artículo 4 de la ley 19.223, dispone que: “El que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio”. Será de propiedad exclusiva de Junaeb toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo serán de propiedad de Junaeb todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de Junaeb.
26. DE LAS INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de Junaeb.