1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
SERVICIO GESTIÓN DE FILAS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las
condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y
adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de
adquisición.
Cabe hacer presente que todo el equipamiento a implementar para la ejecución del servicio debe ser nuevos
y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos
de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado, así como los montos estimados de gasto, se encuentran detallados en las bases Técnicas
de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico
• Sistema de Gestión de Fila: Sistema diseñado para optimizar las filas que se puedan producir. Organizando
de esta manera los turnos de los clientes de manera ágil y sencilla para lograr que el tiempo de espera en
una fila sea el menor posible.
• EPP (Equipos o elementos de Protección del Personal): Todo equipo, aparato o dispositivo especialmente
proyectado y fabricado para preservar el cuerpo humano, en todo o en parte, de riesgos específicos de
accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.
• Tótem emisor de números: Equipo emisor de ticket o número, para posteriormente ser llamado por un
equipo Turnomático.
• Software: Conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas que permiten ejecutar distintas
tareas en una computadora.
• Hardware: Conjunto de componentes físicos y tangibles de un computador, es decir, los componentes que
pueden ser vistos y tocados.
• Mantención de Primer Nivel: Se consideran dentro de las tareas de mantenimiento de primer nivel,a todas
aquellas actividades simples que son realizadas sobre partes o componentes del equipo que son de fácil
acceso para el operador o usuario, de tal manera que no se produzca riesgo alguno por parte de este al
realizar la actividad de mantención. Se consideran dentro de este nivel las regulaciones, controles y/o
inspecciones necesarias para la óptima explotación u operación del equipo, lo que incluye actividades
básicas de mantención preventiva de rutina, como por ejemplo el reemplazo de artículos consumibles,
cambio y ajuste de accesorios, pruebas de funcionalidad, etc. Este tipo de intervenciones deberán ser
efectuadas por el operador o usuario del equipo en cuestión, el cual deberá estar debidamente capacitado
por el adjudicatario y además deberá contar con la ayuda de instructivos de realización en caso de ser
necesario, ya que no precisamente dicho operador tiene la instrucción profesional necesaria para ejecutar
estas actividades. Es necesario destacar, que, si bien estos conjuntos de actividades se conforman por
tareas simples tales como limpieza, regulación, inspección, lubricación, son tan importantes como las
tareas de mantenimiento de niveles más avanzados, ya que el no cumplimiento de las mismas podría
generar la paralización del equipo o peor aún disminuir su vida útil.
• Mantención de Segundo Nivel: Se consideran dentro de las tareas de mantenimiento de segundo nivel, a
todas aquellas actividades o acciones que necesiten de procedimientos y/o de equipo de soporte (recursos
humanos y equipos) para realizar las tareas de mantención respectivas. Se consideran dentro de este nivel
a los controles de performance, regulaciones, reparaciones por intercambio estándar (reemplazo fácil),
etc. Estas acciones de mantención deben ser efectuadas por personal capacitado o habilitado con los
procedimientos detallados y con el equipo de soporte necesario definido en el instructivo de
mantenimiento requerido para el equipo. Este tipo de intervenciones no pueden ser efectuadas por el
operador del equipo, sino que se deben llevar a cabo por personal “de mantenimiento”, es decir, personal
con formación profesional y/o técnica con habilidades en electrónica, mecánica, gases o similar, que
conoce la operación del medio y que tiene las competencias para efectuar este tipo de tareas.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante 20 días corridos, desde la fecha
que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Visita a terreno Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una Visita a
Terreno de carácter obligatorio, en dependencias del Edificio Principal del
Hospital ubicadas en Calle Froilán Roa 6542, comuna de La Florida, Región
Metropolitana, Hall central ubicado en el primer piso.
Esta Visita se deberá realizar en alguna de las siguientes fechas y horarios:
• Al tercer día corrido contado desde la publicación de la licitación a las 10:00
am. Con 5 minutos como periodo de gracia.
• Al quinto día corrido contado desde la publicación de la licitación a las 15:00
pm. Con 5 minutos como periodo de gracia.
El oferente deberá elegir solo una de lasfechas antesseñaladas para realizar
suvisita. Solo se podrá asistir a una de las 2 visitas.
Sera de exclusiva responsabilidad del oferente estar a la hora, el día y en el
lugarestablecido en las presentes bases.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a
Terreno, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del
oferente exigir firmar este documento. El oferente que no firme el Acta de Visita
a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital en el día y hora señalada,
declarándose INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta,
de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del séptimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el doceavo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el doceavo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el vigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.4.1.- Visita a Terreno Obligatoria
Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una Visita a Terreno de carácter obligatorio, en
dependencias del Hospital.
Esta Visita se deberá realizar en algunas de las fechas y horarios señalados en el numeral 5.4 de las presentes
bases.
El objeto de la visita obligatoria es que los oferentes conozcan la ubicación y el recinto donde se realizará el
servicio de gestión de filas.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS
INADMISIBLES. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El lugar de encuentro para comenzar la visita a terreno será en Hall central del Hospital La Florida ubicado en
el primer piso.
Durante la visita a terreno no se responderán consultas de ningún tipo sobre el proceso licitatorio ni sobre las
Bases de licitación que lo sustentan. Tampoco se responderán consultas técnicas ni sobre las instalaciones
visitadas. Cualquier comentario o respuesta emitida en dicha visita no será considerada como parte de este
proceso ni de sus bases, ni podrá ser alegada por los oferentes como antecedente para presentar su oferta.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por los oferentes solo por escrito en el portal
Mercado Publico y dentro de los plazos establecidos para ello.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a Terreno, documento adjunto más
abajo, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del oferente exigir firmar este
documento. El oferente que no firme el Acta de Visita a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital
en el día y hora señalada, declarándose INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
La visita se realizará solo en las fechas y los horarios establecidos y solo con los participantes que se presenten
en tiempo y forma.
Dada la situación actual del país, por contingencia Covid-19, se aceptará solo 1 representante por empresa.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y
según la cantidad solicitada por la línea del servicio. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (Doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“SERVICIO GESTION DE FILAS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”. ID: 812261-XXLQ23.” (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LQ23 (donde se señala XX,
se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas en original junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03
PLAZO DE
ENTREGA, PUESTA
EN MARCHA Y
CAPACITACIÓN
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para la
entrega propuesto por el oferente y el plazo de puesta en marcha y
capacitación del servicio, de acuerdo a las Bases Administrativas y demás
documentos que forman parte de la licitación.
El plazo de entrega
Se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no señala expresamente
el/los plazos(s), en su oferta o señala en su oferta un plazo de días hábiles,
su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega del equipamiento se entiende comenzará,
a partir de la fecha de la firma del contrato.
El plazo de entrega del equipamiento ofertado no podrá sobrepasar los 15
días corridos. cualquier plazo mayor a 15 días corridos, su oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se establece que el límite base, para el tiempo de entrega, es de 1 día (es
decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual
puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose
en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta
señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5
días de entrega).
El plazo de puesta en marcha y capacitación
Se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no señala expresamente
el/los plazos(s), en su oferta o señala en su oferta un plazo de días hábiles,
su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado para la la puesta en marcha y capacitación se entiende
comenzará, a partir de la fecha de la recepción definitiva de los equipos.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°03 Plazo de Entrega, puesta en marcha y
capacitación”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886
04
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o
haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido
en la presente licitación y que certifican que el oferente ha tenido un
comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la
venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y de la misma marca
ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se
hayan celebrado con instituciones de salud pública de Alta complejidad. Si
no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado
dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6
certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los servicio en los
últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°04 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
05
ÓRDENES DE
COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado
Publico aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su
recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°05 “Órdenes de compra”
06
CUMPLIMIENTO DE
SERVICIOS
Consiste en la presentación de un documento que contenga información
sobre la capacidad del proveedor de ejecutar las variables requeridas.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados.
En consecuencia, las variables que no puedan ser acreditadas o
confirmadas se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Este anexo debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo
N°06 Cumplimiento de Servicios”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
08
LISTADO DEL
PERSONAL
Documento donde se señala el Recurso Humano perteneciente al oferente
que prestará los servicios para el Hospital en virtud de esta adquisición.
En dicho documento se especificará la Identificación y labor a desempeñar.
El documento debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo
N°08 Listado Personal que prestará Servicios”
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por línea de servicio ofertado, incluidos todos los gastos en los que
incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida a la línea de servicio a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar
y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación,
por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°03 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe finanzas
3. Jefe CR.
4. Jefe Contratos.
5. Referente/s Técnico/s.
6. Responsable de la licitación.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Jefe CR.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO
de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTOR PONDERACIÓN PUNTAJE
MAXIMO
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 1% 100
TÉCNICO 39%
Certificaciones 20% 100
Comportamiento Contractual Anterior 20% 100
Experiencia servicio técnico 10% 100
Cumplimiento de servicios 20% 100
Experiencia del oferente 10% 100
Plazo de entrega equipamiento 10% 100
Plazo de puesta en marcha y capacitación 10% 100
ECONÓMICO 60% Precio Servicios Gestión de filas 95% 100
Precio Tótem Adicional 5% 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Criterio Técnico (39%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de la sumatoria de la evaluación de los factores:
Certificaciones 20%, Comportamiento Contractual Anterior 20%, Experiencia servicio técnico 10%,
Cumplimiento de servicios 20%, Experiencia del oferente 10%, Plazo de entrega equipamiento 10%, Plazo
de puesta en marcha y capacitación 10%.
8.4.2.1. Certificaciones (20%)
Se evaluará a través del mecanismo Dicotómico y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
Empresa cuenta con certificación ISO 9001 100 Adjuntar Certificado
No cuenta o no logra acreditar 0 N/A
8.4.2.2 Comportamiento Contractual Anterior (20%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°04,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos servicios
requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública de Alta complejidad. Si no
concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.2.3 Experiencia servicio técnico (10%)
Se medirá la experiencia laboral de los trabajadores que prestarán los servicios de servicio técnico para el
oferente en esta contratación, referidos a servicio técnico según el personal identificado en el Anexo N°08
“Listado Personal”.
La experiencia laboral de personas que no se encuentren identificadas en el Anexo 08, no será considerada
en la evaluación. La experiencia Laboral deberá ser comprobada a través de la presentación de copia de
finiquitos, Relación de Servicios o Certificados Laborales, que señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula
de Identidad del trabajador, años de prestación servicios y labor realizada por el trabajador en el área de
SERVICIO GESTION DE FILAS, tanto para el área pública como privada, según correspondan. Si no se presentan
los respaldos y/o antecedentes que acrediten la experiencia laboral del trabajador, ésta no será considerada
para la evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones o empresas que hayan emitido dichos respaldos o certificaciones. En consecuencia, los
antecedentes de experiencia laboral de los trabajadores del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de finiquitos, relación de servicios o certificaciones
laborales, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación. Para la evaluación se
considerarán sólo documentos que por sí solos o en conjunto acrediten la experiencia laboral del trabajador
hasta por un máximo de 10 años. Si la documentación entregada acredita en varios o un solo documento una
experiencia mayor a 10 años, se le asignará el puntaje máximo en la Evaluación.
La cantidad de trabajadores que debe disponer el proveedor, será el que él estime conveniente para cumplir
con el servicio gestión de filas establecido en las presentes bases.
EXPERIENCIA EN SERVICIO TÉCNICO SERVICIO GESTIÓN DE FILAS. Se aplica sobre el
100% del personal a prestar servicios y la experiencia se considera por trabajador.
PUNTAJE
Acredita experiencia en Servicios de gestión de filas de más de 5 años a 10 años en el
100% del personal a prestar servicio 100
Acredita experiencia Servicios de gestión de filas de más de 2 años y hasta 5 años en el
100% del personal a prestar servicio 50
Acredita experiencia en Servicios de gestión de filas desde 1 año y hasta 2 años en el
100% del personal a prestar servicio 30
Acredita experiencia en Servicios de gestión de filas inferior a 1 año en el 100% del
personal a prestar servicio 10
No acredita experiencia en Servicios de gestión de filas en el 100% del personal a
prestar servicio 0
8.4.2.4. Cumplimiento de servicios (20%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
El cumplimiento, será evaluado en conformidad a las propuestas por sobre los mínimos solicitados en el Anexo
N°06, respecto al nivel de servicio y las mantenciones preventivas, de acuerdo a la siguiente tabla:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Variable: Nivel de Servicio
La propuesta del Oferente considera como tiempo máximo de un tótem gestor de fila sin
funcionamiento, 4 horas. 50
La propuesta del Oferente considera como tiempo máximo de un tótem gestor de fila sin
funcionamiento, sobre 4 horas y hasta 6 horas. 25
La propuesta del Oferente considera como tiempo máximo de un tótem gestor de fila sin
funcionamiento, sobre 6 horas. 0
Variable: Mantenciones Preventivas
La propuesta del Oferente contempla la realización de 4 o más mantenciones preventivas
por sobre lo indicado en el punto 22.1 de las bases técnicas “Mantenimiento Preventivo” 50
La propuesta del Oferente contempla la realización de 2 o 3 mantenciones preventivas por
sobre lo indicado en el punto 22.1 de las bases técnicas “Mantenimiento Preventivo”
25
La propuesta del Oferente contempla la realización de 1 mantención preventiva por sobre
lo indicado en el punto 22.1 de las bases técnicas “Mantenimiento Preventivo”
0
De acuerdo con el punto 22.1 de las bases técnicas, las mantenciones preventivas de todo el equipamiento
ofertado deben realizarse al menos 4 veces en un año, donde se deberá realizar una mantención completa la
que debe considerar tanto el mantenimiento de hardware como de software. Este debe ejecutarse en las
dependencias del Hospital.
8.4.2.5. Experiencia del oferente (10%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme ” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos
en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos servicios requeridos en
esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.2.6. Plazo de entrega equipamiento (10%)
El Factor de evaluación Plazo de entrega equipamiento, se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor
Valor, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación (Anexo
N°03)
100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el equipamiento para ejecutar el servicio
adjudicado en su Anexo Nº03. Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir
tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir
se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en
el mayor período de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2
a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega del equipamiento ofertado no podrá sobrepasar los 15 días corridos. cualquier plazo mayor
a 15 días corridos, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la firma del contrato.
8.4.2.7. Plazo de puesta en marcha y capacitación (10%)
El Factor de evaluación Plazo de puesta en marcha y capacitación, se evaluará con el mecanismo Porcentual
del Menor Valor, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación (Anexo
N°03)
100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en iniciar el servicio adjudicado en su Anexo N°03. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de puesta en marcha y capacitación ofertado no podrá sobrepasar los 15 días corridos. cualquier plazo
mayor a 15 días corridos, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo de puesta en marcha y capacitación comenzará a correr una vez finalice el plazo de entrega
equipamiento indicada por el oferente en el Anexo N°03 Plazo de entrega y puesta en marcha y capacitación.
El proveedor deberá entregar junto al Anexo N°03 Plazo de entrega y puesta en marcha y capacitación una
carta Gantt obligatoria, en la cual deberá incluir todas las actividades inherentes a la puesta en marcha,
capacitaciones y programa de mantenciones preventivas.
8.4.3. Evaluación económica (60%)
8.4.3.1. Precio Oferta por Servicio de Gestión de Filas (95%)
La evaluación económica considerará el valor total neto del servicio solicitado, el cual se debe ingresar en
Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta será el que se someterá al cálculo según el
menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la adjudicación.
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
8.4.3.2. Precio oferta por Servicio adicional por Tótem (5%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada tótem solicitado, el cual se debe ingresar
en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta será el que se someterá al cálculo según el
menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la adjudicación.
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio técnico.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Cumplimiento de servicios.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Certificaciones.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Comportamiento Contractual anterior.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
experiencia del oferente.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Plazo
de entrega equipamiento
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Plazo
de puesta en marcha y capacitación
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
experiencia servicio técnico
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
económico.
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
k) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará el ítem a aquel proponente cuya oferta en esa línea de servicio haya sido evaluada como la más
ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las
presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos
administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por
los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra
afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas
jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si
existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el
decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-
XX-LQ23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en
secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 24 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
Lo anterior de acuerdo a la siguiente causal:
Privilegiar la continuidad operativa del servicio, disminuir el gasto operacional en todo el proceso que conlleva
capacitación, implementación de equipamiento y puesta en marcha del mismo.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “SERVICIO GESTIÓN DE FILAS PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA” ID 812261-XX-LQ23. (donde se señala XX reemplazar por el
número de la Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XXLQ23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de
la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán
acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la entrega e instalación del equipamiento
El plazo de entrega de los equipos en arriendo y su instalación, será el ofertado por el proponente en Anexo
N°03 Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación. El plazo de entrega del equipamiento se contabiliza
a partir de la fecha del contrato y el plazo de puesta en marcha y capacitación se contabiliza desde la fecha de
término del plazo de entrega.
El oferente adjudicado deberá entregar los equipos según las indicaciones de horario y lugar físico del Hospital
La Florida que la unidad de soporte e infraestructura TI del Hospital de al proveedor adjudicado.
Se realizará una recepción provisoria para ver el estado de los equipos cuando ingresen al HLF por parte de la
unidad de soporte e infraestructura TI y se firmará un acta de Recepción Provisoria.
Posteriormente se hará la revisión del funcionamiento de los equipos para realizar la recepción definitiva de
los mismos y se firmará un acta de Recepción Definitiva.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo equipo distinto del solicitado, equipo usado o
reacondicionado, cajas o sellos alterados o dañados, falta de piezas, etc., el equipo no será recepcionado,
debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las 24 horas siguientes. Todo, sin perjuicio de
las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la entrega, según el punto
12.3.- Multas letra a)
La emisión de la orden de compra se hará por mes vencido por la unidad de compras.
11.2.- Del inicio del Servicio de Gestión de Filas o puesta en marcha
El plazo de inicio del Servicio de Gestión de filas o puesta en marcha y capacitación será el ofertado por el
proponente en Anexo N°03 Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación, dicho plazo comenzará a
correr desde el término del plazo de entrega del equipamiento. Con todo, la puesta en marcha se deberá
coordinar previamente con la Unidad Técnica Administradora del Contrato.
11.3.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega, puesta en marcha y capacitación podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud
de aumento de plazo que pudiese realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al
proponente a través de correo electrónico señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la
fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega, puesta en marcha y capacitación comprometido por el oferente no es respetado por
una causa imputable a éste, el adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa,
el costo que eventualmente se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término anticipado del contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
d) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del equipamiento,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
e) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
f) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega adquiriendo a tercero el
equipamiento a su costo.
g) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
h) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
i) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
j) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
k) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
l) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
m) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
n) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el Referente Técnico Administrador del Contrato, podrá evaluar el
servicio a fin de dar cuenta de su ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base
Técnicas y sus correspondientes indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá
dar término al contrato según lo estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro,
como herramienta en un próximo proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento
contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Inicio del Servicio: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de atraso en el inicio del servicio,
tomando como base el plazo ofertado en la propuesta ya sea para la entrega del equipamiento como para
la puesta en marcha y capacitación.
b) Atraso en las Mantenciones: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de atraso en el inicio
del servicio de Mantención, según los plazos ofertados en estas Bases.
c) Incumplimiento técnico establecido en la oferta: Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de
las actividades exigidas en bases técnicas y que no se encuentren sancionadas mediante otra causal del
presente numeral 12.3.
d) Interrupción del Servicio y/o falta de Servicio: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada 6 horas corridas
de interrupción o falta de Servicio, contadas desde la hora del correo electrónico enviado a la empresa
reportando la falla o interrupción del servicio.
e) Incumplir con la cantidad de equipos ofertados al momento de la entrega del equipamiento. Se aplicará
una multa de 5 UTM.
f) Incumplir con las especificaciones técnicas del equipamiento ofertado. Se aplicará una multa de 2 UTM
por cada equipo que no cumpla lo solicitado en bases técnicas.
g) Se aplicará una multa de 5 UTM por el incumplimiento de alguno de los puntos señalados en los niveles
de servicios, señalados en el punto 13.- NIVELES DE SERVICIO de las bases Técnicas.
h) Pérdida, destrozo o deterioro de la infraestructura o equipamiento propiedad del Hospital La Florida. Se
aplicará una multa de 10 UTM.
i) Falla o error en el sistema de trazabilidad. Se aplicará una multa de 5 UTM.
j) Negación en la entrega de información solicitada por el hospital. Se aplicará una multa de 3 UTM.
k) Utilización en el Servicio, de equipamiento distintos a los ofertados. Se aplicará una multa de 5 UTM.
l) Utilización de repuestos alternativos o usados en las mantenciones de los Equipos. Se aplicará una multa
de 5 UTM.
m) Manipulación fraudulenta de los datos e información de trazabilidad o cualquier otro, para el cobro del
Servicio. Se aplicará una multa de 5 UTM.
n) No entregar los certificados de capacitación en un plazo de 5 días hábiles.
o) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los servicios, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120
días hábiles.
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 De la recepción del equipamiento
El adjudicatario deberá entregar en la bodega del Hospital el equipamiento entregado en calidad de arriendo,
en los plazos comprometidos en el Anexo N°03 Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requiere el
equipamiento durante bodegaje.
Para la Recepción provisoria de los bienes en Bodega, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella el N° de licitación correspondiente.
La guía de despacho deberá contener el número de la licitación y descripción del equipamiento.
La bodega del Hospital en conjunto con la unidad de Soporte e Infraestructura TI, recibirá junto a la entrega
del equipamiento, la guía de despacho, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción
conforme, emitir la factura correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República, están facultadaos para realizar pagos a través de transferencia
electrónica a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago
con transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa al Sr. Cristopher
Rosel, Jefe de la Unidad de Soporte e Infraestructura, o quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato,
quien, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las
siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO GESTIÓN DE FILAS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” que se van a adquirir mediante la presente
licitación.
El Servicio solicitado deberá gestionar el proceso de espera en diferentes áreas dentro del Hospital, esto
implica la administración de la atención del público desarrollada de manera presencial en el Hospital La Florida
con la finalidad de optimizar el tiempo de los pacientes. El adjudicatario para desarrollar dichos servicios
deberá implementar una herramienta informática y equipamiento requerido para cumplir con el objetivo.
El adjudicatario deberá prestar en forma conjunta el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de
todo el equipamiento en arriendo que se incluye en las presentes bases de licitación e instalado en las
diferentes áreas del hospital
2.- ASPECTOS GENERALES
El servicio ofertado debe ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no cumplir
con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con los
requisitos especificados en las bases.
Detalle de cantidades y montos estimados a adquirir:
ítem
Cod SAP
Interno
HLF
Servicio Cantidad
Monto 24 meses
de gasto estimado
VALOR CON IVA
incluido
1 N/A SERVICIO GESTIÓN DE FILAS 24 meses 3.043 UTM
El tiempo total que se adquirirá el servicio por el hospital corresponde a un consumo estimado de 24 meses.
El servicio de gestión de filas debe incluir el equipamiento indicado en el punto 15.1.- Del equipamiento de
las presentes bases técnicas, el cual podrá aumentar o disminuir de acuerdo a las necesidades del Hospital
La Florida.
3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El SERVICIO requerido en esta adquisición debe cumplir con todos y cada uno de losrequerimientos señalados
en estas Bases Administrativas y Técnicas.
4.- DEL SERVICIO
El Servicio de Gestión de Filas que debe realizarse por el oferente dentro del Hospital son los siguientes:
✓ Servicio de suministro, despacho, instalación y configuración y posterior retiro de todo el equipamiento
(hardware y software) necesario para la operación del servicio, nuevo, sin uso bajo modalidad de arriendo.
✓ Capacitación a personal técnico y usuario del Hospital (6 técnicos TI y 20 usuarios administrativos del
sistema)
✓ Mantenciones preventivas
✓ Mantenciones correctivas, incluyendo la provisión de suministros, piezas y repuestos originales de la
marca y correspondientes al modelo del equipo sin costo para el hospital ante cualquier adversidad.
✓ Provisión de papel de impresión.
✓ Impresora adaptable para distintos tipos de dimensiones de rollos de papel.
✓ Software de Gestión que incluyan herramientas de trazabilidad.
✓ Servicio de asistencia remota.
4.1.- Ejecución del servicio
El gestor de fila o Tótem deberá recoger la información administrada por el Registro Clínico Electrónico del
Hospital o cualquier Sistema que disponga el Hospital, mediante interfaz indexada por el identificador
ingresado por el usuario cuando toma el número de atención.
Este debe ser mediante una forma de identificación como el ingreso directo del RUN, identificación de huella
digital o reconocimiento facial. Una vez que el paciente haya registrado su identificador, el Gestor de Filas
deberá integrarse y obtener el número de atención, fecha, hora y todas las propiedades que las interfaces
dispongan para tal efecto. El llamado al número de atención se realizará por una botonera proporcionada por
el proveedor, la que a su vez enviará la información del usuario a un sistema, con el objeto de cargar los datos
existentes del usuario a atender (atención de usuario).
El Sistema Gestor de Filas deberá también administrar niveles físicos para establecer localización interna del
equipamiento para asociar paramétricamente: Sucursal, Pasillo, Especialidad y Box, es decir mínimo 4 niveles
físicos, identificando el nivel de pasillos con colores que se administren en los dispositivos de visualización
(Pantallas).
El Sistema debe tener la capacidad de integración con otros dispositivos de autoatención de tal forma de
reutilizar el software en otros dispositivos tipo tótem que son administrados por el Hospital y deberá ser
flexible respecto de la administración de módulos y dispositivos que eventualmente el Hospital requiera
implementar.
El servicio de monitoreo, soporte y mantención deberá garantizar la continuidad operativa del sistema una
vez implementado, mediante atenciones desarrolladas en distintos niveles y asociadas a SLA (Services Level
Agreement o Niveles de Servicio) definidos en las presentes bases.
El proveedor dentro de su oferta, deberá indicar las características del servidor a implementar, que cumpla
con los requisitos técnicos necesarios para un óptimo funcionamiento del sistema a implementar.
El software debe estar instalado dentro del servidor en modalidad on premise y sin ningún vínculo de
funcionamiento que se conecte a alguna red que no sea la LAN del hospital.
El proveedor deberá instalar y suministrar un servidor con las siguientes características mínimas en Datacenter
del hospital:
✓ Servidor con redundancia de Fuente de Poder, nuevo y sin uso
✓ Rackeable de 1U
✓ Interfaz de red ILO
✓ Interfaz de red LAN 1Gbps
✓ Sistema Operativo Con licencia vigente por el tiempo del contrato
✓ Antivirus con licencia vigente por el tiempo del contrato
✓ Backup de contingencia en caso de falla de hardware
✓ Uso solamente para la plataforma de gestor de fila.
El servicio debe asegurar la continuidad operativa del servicio a través de la implementación de software y
hardware.
El servicio debe contar con una mesa de ayuda al cual se podrá llamar para recibir soporte a distancia en caso
de fallas que pueden ser solucionadas con asistencia, el proveedor deberá entregar un correo de contacto y
un teléfono de contacto, mediante el cual la mesa de ayuda del hospital, se comunicará.
El servicio debe incluir, sin costo adicional para el Hospital, la instalación del equipamiento, puesta en marcha
y capacitación, así como la desinstalación y retiro de todo el equipamiento incluido. Ante cualquier deterioro
de los equipos incluidos en el contrato, producto de fallas mecánicas y/o eléctricas del equipo, atribuibles a
cualquier adversidad, la empresa debe hacerse responsable.
Todas las herramientas, instrumentos y maquinarias que se requieran utilizar durante la mantención, serán
de exclusivo cargo del adjudicatario, así como también los materiales, cableado, canalización y configuración
necesarios para que el sistema funcione de forma correcta e insumos necesarios para la puesta en marcha de
los equipos y capacitación.
El proveedor al momento de instalar, asegurará que se tienen las condiciones eléctricas necesarias para su
instalación y puesta en marcha.
El proveedor deberá entregar junto a su oferta una carta Gantt obligatoria, en la cual deberá incluir todas las
actividades inherentes a la puesta en marcha, capacitaciones y programa de mantenciones preventivas.
5.- UBICACIÓN
La instalación del sistema de gestión debe implementarse en las siguientes ocho áreas dentro del Hospital, se
indica además el equipamiento correspondiente a cada área:
N° Área de atención Cantidad de
tótem
Cantidad de
TV
Cantidad de
parlantes
1 Admisión y recaudación Central 1 2 1
2 OIRS HLF 1 1 -
3 Admisión y recaudación Ginecológica 1 1 -
4 Farmacia Ambulatoria 1 1 1
5 Farmacia Especialidades 1 1 -
6 Toma de muestras 1 1 -
7 Unidad de Imagenología 1 1 -
8 Visita Paciente 1 1 -
9 Oftalmología 1 2 -
10 Piso 2 Pasillo amarillo 1 2 -
11 Dental 1 1 -
12 OIRS Piso 2 1 1 -
13 Urgencia OIRS 1 1 -
14 admisión Urgencia 1 1 -
15 CRS OIRS 1 1 -
16 CRS 1 1 -
Todos estos trabajos, se deben realizar en sectores debidamente diferenciados por espacios e indicado por el
Referente Técnico Administrador del Contrato.
También se debe tener en cuenta que dentro del contrato puede haber movimientos de los lugares físicos por
lo cual la empresa debe tener en cuesta estos costos.
Todas estas áreas deberán cumplir con las definiciones expuestas en el punto 4.- DEL SERVICIO
6.- DE LOS PROCEDIMIENTOS
Todos los procedimientos de trabajo que se realicen para ejecutar la instalación de equipos, instalación de
software, mantención preventiva y correctiva de estos deben estar documentados y deberán prestarse según
los requisitos y protocolos exigidos por estas bases de licitación.
Los procedimientos mínimos que debe contener el Manual de Procedimientos del adjudicatario son:
• Instalación de equipamiento (hardware y software)
• Ejecución de mantenciones preventivas
• Ejecución de mantenciones correctivas
• Retiro del equipamiento
• Fecha y hora de inicio de actividad
• Fecha y hora de termino de actividad
• Procedimiento de roolback en caso de contingencia con los tiempos asociados al procedimiento.
7.- DE LOS INSUMOS UTILIZADOS
Los insumos utilizados durante toda la vigencia del contrato, ya sea herramientas, EPP, alargadores, papel
para prueba, computadores, repuestos y todos aquellos insumos que la correcta ejecución del servicio gestión
de filas, estarán a cargo y serán de costo del adjudicatario.
El oferente debe considerar que deberá proveer todos los productos que requieran los equipos para su normal
funcionamiento incluyendo los kits de repuestos para las mantenciones preventivas y correctivas.
La calidad de estos productos será exigida y controlada durante toda la vigencia del contrato, en caso de
requerir cambios de productos, este deberá ser validado por el encargado de la empresa y el Referente
Técnico Administrador del Contrato
El Proveedor deberá suministrar los rollos de papel manteniendo siempre la continuidad del servicio.
8.- DE LA INFRAESTRUCTURA PROPORCIONADA POR EL HOSPITAL
El Hospital dispondrá del espacio físico para que el proveedor instale el equipamiento donde operan las
Unidades donde se ejecutará el Servicio de Gestión de filas.
El Hospital provee en el recinto, de un teléfono fijo para comunicación interna y la conexión a internet.
Además, el Hospital proporciona los suministros de consumos básico para su operación como es la electricidad
y agua.
El Hospital La Florida proporcionará la limpieza y aseo del recinto, través de un Programa de Aseo Diario
realizado por la Sociedad Concesionaria de acuerdo con la normativa vigente del establecimiento. Sin perjuicio
de lo anterior, es de responsabilidad del adjudicatario el cuidado y mantenimiento de dichas instalaciones e
implementos provistos por el Hospital.
En cada instalación de tótem el adjudicatario será el responsable de mantener la limpieza del sector de trabajo
una vez finalizada su labor.
9.- DEL SISTEMA DE TRAZABILIDAD Y MONITOREO
El adjudicatario deberá proveer de un software que permita conocer y realizar consultas sobre todos los
registros mínimos solicitados en el punto 10.- DE LOS REGISTROS de las bases técnicas de licitación. A este
sistema de trazabilidad deberá tener visualización todos los perfiles solicitados en las presentes bases.
Toda la información deber ser de conocimiento del Hospital y esta deberá ser entregada cada vez que sea
solicitado por una autoridad o Referente Técnico Administrador del Contrato del establecimiento.
El monitoreo del funcionamiento del Sistema de Gestión de Filas que será provisto por el Oferente adjudicado
debe reportar al menos la siguiente información:
• Estado de la impresora: Poco papel, sin papel, papel atascado y mal funcionamiento.
• Estado del tótem: Activo e inactivo.
• Problemas con los visores electrónicos de números: Falla en la asignación de números o desconexión.
• Debe funcionar en modalidad 24 horas al día, por 7 días a la semana.
• El Oferente adjudicado deberá monitorear diariamente el funcionamiento del sistema e informar de
situaciones anómalas directamente al Hospital mediante correo electrónico.
10.- DE LOS REGISTROS
El sistema debe ser capaz de entregar reportes en línea (dashboard), y de generar reportes diarios, semanales,
mensuales y semestrales los cuales se deben poder visualizar en una interfaz web en línea y con posibilidad
de exportar informes según los criterios de cada área de atención.
Los reportes mínimos solicitados son:
• N° de turnos atendidos
• N° de turnos perdidos
• N° de turnos en cola
• N° total de personas que ingresaron al servicio
• Tiempo máximo de espera en cola
• Tiempo promedio de espera en cola
• Reporte gráfico de número de personas en cola versus hora del día
• Número de usuarios o pacientes atendidos
• Tiempo promedio de la atención
• Tiempo máximo de atención
• Tiempo de inactividad u ocio del asesor/gestor
• N° promedio de ingreso de personas en determinado tiempo y medidores
• Estadística de pacientes programados según cumplimiento de agenda
• Alertas de parámetros críticos estableciendo máximos aceptados
• Tiempo promedio de atención
• Tiempo de espera proyectado
• Tiempo máximo de atención
• N° de tickets en cola
• Frecuencia de atención
• Todos los reportes históricos deberán estar disponibles para descarga en forma Excel (.XLS), PDF y en
línea con gestión de gráficos, además estos reportes se deben adaptar a las necesidades del hospital
por lo que estos reportes deberán ser modificables.
10.1.- Del registro de actividades
Como medio de respaldo de la atención y conformidad de la mantención preventiva o reporte de alguna falla
que requiera aplicar acciones correctivas ya sea de forma remota o presencial, el personal técnico deberá
completar una hoja de registro del equipo donde se presente el detalle de la atención realizada, diagnóstico,
identificación del equipo, forma de atención, desarrollo de la atención y recomendaciones, debiendo quedar
firmada tanto por el técnico como por el Hospital. Cualquiera sea el caso, el personal técnico de la empresa
adjudicada deberá enviar un respaldo del documento al Referente Técnico Administrador del Contrato del
Hospital.
En caso de que se deba retirar un equipo para efectuar el proceso de mantención o reparación fuera de las
instalaciones del Hospital, se deberá dejar un equipo de back up para mantener el funcionamiento de la
solución de igual forma se debe entregar una hoja de registro especificando lo anterior. So pena de multas
indicadas en el punto 12.3.- Multas letra d) Interrupción del Servicio y/o falta de Servicio de las bases
administrativas.
11.- DE LA COMUNICACIÓN
El adjudicatario deberá proveer y mantener a su costo un sistema de comunicación permanente que incluya
al menos mesa de ayuda con central telefónica y correo electrónico que permita la adecuada coordinación
entre el adjudicatario y el Hospital. Dicho sistema de comunicación debe ser acordado por ambas partes. Este
sistema deberá permitir una coordinación rápida, eficaz y efectiva en todo momento.
12.- DEL PERSONAL
El oferente deberá procurar que el personal que realice la instalación de los equipos, capacitaciones,
mantenciones preventivas, mantenciones correctivas y cualquier otra actividad relacionada al servicio de
arriendo que se describe en las presentes bases de licitaciones tenga la experiencia y capacidad técnica para
ejecutar cabalmente todas las funciones.
La cantidad de trabajadores que debe disponer el proveedor, será el que él estime conveniente para cumplir
con el servicio gestión de filas establecido en las presentes bases.
El Hospital La Florida podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del
adjudicatario, ante razones fundadas, por ejemplo, el personal no cumple con perfil de competencia, presenta
mal comportamiento, hurtos, etc.
12.1.- Presentación del personal
Todo el personal del proveedor adjudicado que se presente en el HLF (consultores, relatores, técnicos,
informáticos, etc.) deben portar tarjeta de identificación.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado otorgar a sus trabajadores todos los elementos de protección
personal que requieran para la ejecución de sus labores. También es responsabilidad del proveedor asegurar
el uso de estos.
12.2.- De la prevención de riesgos laborales
El adjudicatario deberá demostrar la afiliación a un organismo Administrador del seguro de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales (ley N° 16.774 que establece normas sobre accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales) a su vez deberá presentar un programa de trabajo en esta materia.
Esta acreditación deberá ser demostrada al momento de presentar su oferta en CARPETA TECNICA.
El adjudicatario deberá mantener al día toda la documentación legal exigida en este material cual será
remitida al administrador del contrato, según lo mencionado en las bases.
13.- NIVELES DE SERVICIO
Corresponde a los criterios o estándares de acuerdo a los cuales se debe prestar el servicio, los cuales pueden
ser afectador por situaciones que alteren dicho nivel, sea para mejorarlo o disminuirlo y, por ende
repercutirán en la evaluación periódica del mismo. Para estos efectos se ha establecido los indicadores de
Niveles de Servicio, considerando un cierto nivel admisible en un período determinado para cada factor, sin
perjuicio de lo indicado en la Tabla de Multas del documento de contrato, en la cual se establecen multas para
aquellos casos de “Incumplimiento” de carácter gravísimo e inadmisible para la gestión clínica del Hospital o
que faculta a la Institución para poner término anticipado al contrato. Si el proveedor adjudicado presenta
problemas en el cumplimiento de los niveles de servicio, estará obligado a corregir en el tiempo y forma
definida por ambas partes.
13.1.- Indicadores de Resultado y Procesos
PONDERACIÓN CONCEPTO INDICADOR VALOR
ESPERADO
FORMULA DE
CUMPLIMIENTO
MEDIO DE VERIFICACIÓN
20% Accesibilidad
Servicio de
Mesa
Recepción de
solicitudes HLF
a Proveedor
100% Ni= (Cantidad de
solicitudes emitidas
*100) / cantidad de
Informe del sistema de gestión de
ticket indicando las solicitudes
realizadas, puede ser comparada con
registro de solicitudes (correos)
solicitudes no
contestadas NC=100-NI
30% Resolución
de Tickets
Resolución de
incidentes
estándar
100% NC= (cantidad de ticket
resueltos en plazo*100)
/Cantidad de ticket
resueltos NC=100-NI
Informe del sistema de gestión de
ticket indicando las solicitudes
realizadas, puede ser comparada con
registro de solicitudes (correos)
30% Calidad de
resoluciones
Resolución de
incidentes
críticos
100% NC= (cantidad de ticket
resueltos en plazo*100)
/Cantidad de ticket
resueltos NC=100-NI
Informe del sistema de gestión de
ticket indicando las solicitudes
realizadas, puede ser comparada con
registro de solicitudes (correos)
Cumple los
SLA/ Tiempos
de resolución
de incidentes
100% NI= (cantidad de ticket
no resueltos en los
tiempos acordados*100)
/Total de ticket emitidos
NC= 100-NI
Informe del sistema de gestión de
ticket indicando las solicitudes
realizadas, puede ser comparada con
registro de solicitudes (correos)
20% Reportería Se encuentra
disponible la
reportería e
información en
línea
90% Cálculo del UP-Time Reportería obtenida del servidor
Por medio de reuniones regulares entre el HLF y el proveedor, se revisará un informe del estado de los
indicadores para el periodo de medición. Los periodos de medición serán trimestrales. Este informe será
generado por el Gestor de Contratos de HLF, y según el valor obtenido para el indicador del Nivel de Servicio
(NS), según lo detallado en la siguiente tabla:
13.2 Nivel de servicios nivel de servicio NS
NIVEL DE SERVICIOS NIVEL DE SERVICIO NS
Malo NS ≤ 92%
Deficiente 92,01% ≤ NS < 94%
Regular 94,01% ≤ NS < 96%
Bueno 96,01% ≤ NS < 98%
Excelente 98,01% ≤ NS
Si el nivel de servicio, al momento del cálculo, se clasifica como “Regular” se aplicarán las multas
correspondientes indicadas en el punto 12.3.- Multas letra g) de las bases administrativas
14.- DEL SERVICIO DE SOPORTE
El servicio de soporte técnico deberá contemplar a lo menos:
✓ Mesa de ayuda telefónica que permita informar las incidencias.
✓ Mesa de ayuda WEB para informar las incidencias.
✓ Actualización de software por desfase de tecnología, obsolescencia o nuevas herramientas del sistema.
✓ Mantención preventiva de al menos 4 veces por año.
✓ Mantención correctiva de software y hardware.
✓ Repuestos y recambio de equipos, si procede.
✓ Al menos un equipo CPU, pantalla e impresora en back up.
Los técnicos que se presenten, tanto para mantenciones programadas como reparaciones solicitadas deberán:
✓ Identificarse como parte de la empresa proveedora a cargo de los servicios de mantención, solicitando
el acceso para proceder con las reparaciones o mantenciones dependiendo del caso. Deberán acercarse
posterior a ingreso a la Unidad Técnica Administradora del Contrato para asistir a terreno a revisión del
equipamiento.
✓ Como medio de respaldo de la atención y conformidad de la mantención y/o reparación, el personal
técnico dejará una guía donde se presente el detalle de la atención realizada, con el diagnóstico y
desarrollo de la atención, debiendo quedar firmada tanto por el técnico como por el Hospital.
✓ En caso de requerir el retiro de cualquier componente, para efectuar el proceso de mantención o
reparación de mayor cuidado o intervención, se deberá reemplazar con un equipo backup mientras se
realiza la gestión, de igual forma se debe dejar una guía de trabajo, solicitando las firmas respectivas.
✓ Mientras se realice este proceso de mantención y/o reparación, la empresa adjudicada deberá, con el
fin de mantener la operatividad del sistema, contar con equipos en back up, insumos, partes, piezas o
dispositivos temporales necesarios para evitar que la ausencia de los sistemas se extienda más allá de
las tolerancias descritas en este punto.
15.- EQUIPOS EN ARRIENDO
La empresa deberá otorgar en modalidad de arriendo los equipos indicados en el punto 5.- UBICACIÓN de las
bases técnicas de licitación. Los equipos deberán ser nuevos y sin uso, no pueden ser armados,
reacondicionados o usados y deberán contar con las autorizaciones sanitarias y las certificaciones
correspondientes.
15.1.- Del equipamiento
a) Tótem emisor de números (16 tótems):
El Gestor de Fila (Tótem) que se solicita, debe estar conformado por:
• Un mueble metálico de acero, ergonométrico y de alta resistencia a golpes.
• Debe contar con anclaje al piso mediante pernos de alta resistencia para evitar que se pierda estabilidad
o se dañen los componentes internos.
• Debe contar con chapa de seguridad.
• El interior del tótem debe estar acondicionado adecuadamente para instalar esta unidad, como así
también impresoras y otros componentes funcionales del Sistema de Gestión de Filas.
b) Pantalla táctil del tótem emisor de números:
Cada tótem emisor de números deberá contar con:
• Pantalla de al menos 32 pulgadas, resistente a golpes. El tamaño de las imágenes debe ser de fácil lectura
para el paciente.
• Tecnología Táctil para la pantalla de 32 pulgadas, esta puede ser integrada o con tecnología externa
conectada a la pantalla.
• La pantalla deberá ser como mínimo LED, en resolución 1920x1080 y conexión USB.
• El sistema en pantalla no debe permitir el acceso a ningún otro sistema que no sea para tomar un número
de atención.
• La gráfica de la pantalla del tótem debe ser customizable, para disponer de la imagen corporativa del
Hospital La Florida y los distintos trámites o tipos de atención proporcionados por éste.
• El tiempo de respuesta del táctil debe ser menor o igual a 10ms
c) Impresora de ticket:
La generación de tickets de atención debe ser a través de una impresora térmica y que soporte rollos térmicos.
Deberá contar con las siguientes características:
• Presenter: imprime, acumula y corta el papel antes de que se entregue al usuario.
• Retract: sistema de seguridad de información, si el cliente no retira el papel, al cabo de ciertos segundos
configurables, el tótem se traga el papel quedando en su interior y protegiendo la información del
usuario.
• Permite la integración de logos y de leyendas con información propia del Hospital, modificable según
requerimiento.
• La impresora térmica que estará contemplada dentro de la oferta técnica del oferente deberá soportar
el papel proporcionado por el Hospital, que cumple con las siguientes características: Papel de cara
térmica externa.
• Alarma, en los siguientes casos:
✓ Atasco de papel.
✓ Poco papel.
✓ Papel en presentador.
✓ Cabezal abierto.
✓ Sin papel.
d) CPU
Los computadores que permitirán el funcionamiento, a nivel de oficina del sistema de filas y que estarán
instalados dentro de cada tótem deberán contar con al menos las siguientes características:
• Windows 10 pro
• Intel core i3 mínimo
• Memoria Ram de 8gb
• Disco duro de 256 GB mínimo
• Incluye antivirus, licenciado.
• Todos los componentes que se consideren para la construcción de los computadores deberán ser
nuevos.
• La CPU deberá tener una adecuada ventilación y condiciones de funcionamiento dentro del tótem, tanto
funcionales como de resguardo.
e) Visor electrónico de número de atención
El oferente deberá considerar:
• 19 televisores, de al menos 55 pulgadas de alta resolución, junto a los respectivos soportes de televisor
y fuerza necesarios para su funcionamiento, a lo cual un televisor será de monitoreo visual de los estados
de los tótems.
• Para la ejecución del servicio se debe considerar, a través de estas pantallas, sólo la presentación de los
números de atención asociados a los tickets emitidos, el módulo de llamado e información solicitada por
el Referente Técnico Administrador del Contrato del Hospital.
• Los televisores deberán ser capaces de integrarse con sistemas de audio suplementarios (parlantes), los
cuales permiten incrementar el volumen del llamado de tickets en sala de espera.
f) Sistema de amplificación
El oferente deberá considerar 2 parlantes de pedestal para mejorar el llamado en las áreas de recaudación
central y farmacia ambulatoria y deberán contar con al menos las siguientes características:
• Potencia RMS: 200W @ 4 ohms
• Potencia programado Musical: 400W @ 4 ohms
• Impedancia: 40ohms
• Respuesta de frecuencia: 70Hz ~ 20KHz
g) Papel térmico
El oferente deberá considerar el suministro de 120 rollos de papel térmico mensual de medidas compatible
con la impresora de tickets.
Todos estos requisitos del equipamiento (Quiosco emisor de números (tótem), Pantalla táctil del quiosco
emisor de números, Impresora de ticket, CPU, Visor electrónico de número de atención y Sistema de
amplificación) deberán ser respaldados con fichas técnicas en CARPETA TECNICA, las que deberán ser parte
de la presentación de la oferta y serán requisito una vez adjudicado el proveedor, para proceder a la
recepción conforme de la entrega e instalación de los equipos.
Si al momento de la recepción del equipamiento, el proveedor adjudicado no cumple con las
especificaciones solicitadas, deberá cambiarlo por equipamiento que cumpla con lo solicitado en un plazo
de 5 días corridos. So pena del cobro de multas indicadas en el punto 12.3.- Multas de las bases
administrativas
16.- DE LA PUESTA EN MARCHA
La puesta en marcha del servicio gestión de filas se realizará en acuerdo a la unidad requirente administradora
del contrato y deberá considerar:
✓ Implementación de la solución tecnológica para la gestión de filas a través de la red de datos institucional,
en concordancia con los protocolos de funcionamiento (operacionales), seguridad y de sistemas
dispuestos por el Departamento TIS del Hospital La Florida. Lo anterior se refiere a la disposición de la
solución en servidores informáticos para efectos de producción durante la vigencia del contrato.
✓ Disponer en cada computador de atención a usuarios, la interfaz operativa informática que el usuario
interno debe utilizar para gestionar las actuaciones relacionadas a los requerimientos de los usuarios.
✓ La solución debe permitir la gestión de atenciones por medio del llamado de tickets generados desde un
tótem emisor, donde se dé una identificación del tipo de usuario con su correspondiente RUT.
✓ El sistema de filas posteriormente debe permitir la clasificación del tipo de trámite requerido por el
usuario.
✓ La solución implementada deberá ser capaz de garantizar operatividad con simultaneidad plena de
operación.
✓ El sistema debe centralizar en un data center la información para ser monitoreada en línea y de forma
exclusiva por el Hospital.
17.- DE LA INSTALACIÓN
La instalación de los equipos incluidos en el servicio de Gestión de Filas en el Hospital La Florida contempla
tanto hardware como software para el desarrollo de la gestión de atenciones. La cual debe contemplar:
✓ Provisión y montaje de tótem dispensador de tickets (en papel), de acuerdo a especificaciones, asociados
al servicio solicitado por el usuario concurrente al Hospital la Florida. El tótem contendrá la pantalla táctil
que permitirá al usuario realizar su registro y seleccionar su trámite.
✓ Conexiones eléctricas y de datos necesarios para garantizar el funcionamiento del Sistema de Gestión de
Filas. Se deberá contemplar aquellas que se desarrollen entre módulos de atención, tótem dispensador
de tickets y televisores presentadores de interfaz a usuarios.
✓ Instalación de 10 televisores que permitirán la presentación de interfaz del tótem dispensador, que
indique los números que estén siendo llamados identificando su módulo de atención: Estos televisores
deberán ser instalados con soportes. Estos soportes pueden ser a muro, techo o piso, dependiendo de
la ubicación de las áreas de atención, proveedor deberá entregar e instalar los soportes.
✓ Acondicionamiento de redes eléctricas y de datos, considerando cambio de piezas y partes funcionales
y complementarias (como es el caso de canalizaciones), en caso de constatar funcionamiento deficiente
al momento de desarrollar las instalaciones principales contempladas.
✓ Para las zonas de espera en las áreas de recaudación central y farmacia ambulatoria. se deberá
considerar la instalación de un sistema de amplificación compatible con los televisores que ayude a
escuchar de mejor forma el número de atención.
✓ El llamado por voz debe estar configurado en idioma español nativo y con volumen controlable vía
control remoto.
✓ Se debe instalar un software de atención para los funcionarios que permita hacer el llamado al público.
✓ Se debe instalar un software de gestión y/o control para monitorear y de gestión de la información.
✓ El sistema debe permitir llevar un control de la atención que permita saltar números, o anular números
dependiendo del área de atención.
✓ El sistema debe tener la protección necesaria para que el usuario no pueda hacer ninguna otra acción
que no sea la emisión de un número de atención.
18.- DE LA INTEGRACIÓN
El sistema que se debe implementar debe, obligatoriamente, permitir las siguientes integraciones:
✓ Integración de software y hardware para la administración de los tiempos y de la atención a público.
✓ Integración con aplicativos y/o webservice de sistemas propios del Hospital y/o de otros proveedores.
✓ Integración con aplicativos y/o webservice con servicios o aplicativos de gobierno (como por ejemplo
FONASA).
✓ El paciente podrá obtener su número de atención por medio de aplicación móvil o directamente en los
quioscos de auto atención donde se dispensarán los números, esto dependerá de lo que el HLF estime
conveniente al momento de requerir el servicio.
✓ En el área de Farmacia, la pantalla de visualización debe indicar el destino de atención, N° actual de
llamado y 3 o 4 últimos N° anteriores.
✓ El sistema requerido deberá permitir acceder a la visualización del estado de la fila desde distintas áreas
de administración y gestión ubicadas dentro o fuera del Hospital.
✓ El sistema debe estar integrado con HIS y FIS de Farmacia.
✓ El sistema debe estar integrado con ERP SAP.
✓ Debe permitir realizar la gestión de filas de acuerdo a los requerimientos de atención de dos áreas de
Farmacia (Farmacia Ambulatoria y Farmacia Especialidades), según flujos de funcionamiento, y con
múltiples filas de atención para cada una de ellas.
✓ Debe contar con 1 dispensador de ticket electrónico, según fila de atención establecida de acuerdo al
flujo de cada Farmacia.
✓ Acceso a visualización de filas y llamado de pacientes en cada punto de atención (para control de flujo
interno).
✓ El software deberá poder gestionar “Urgencias” priorizando las atenciones según criterios de las áreas
de cada gestión de filas.
✓ Para el servicio de toma de muestras, el sistema debe estar en red con ficha electrónica del sistema HIS
y debe permitir manejar dos filas.
✓ El sistema debe ser escalable de forma vertical y horizontal, respecto a la infraestructura ofertada.
✓ El sistema deberá ser adaptable a los distintos flujos de cada área de atención.
✓ La integración HIS/FIS debe permitir la obtención de reporte de flujo de pacientes según rango de horas
y fechas según:
• Medicamento
• Servicio Clínico
• Diagnostico
• Otros
19.- DE LAS ALARMAS
El oferente deberá considerar en su propuesta un sistema de alarmas que permita al Supervisor y a los
Administradores del Sistema, acceder a información al instante relativa a:
✓ Tiempos de espera superior a estándares establecido.
✓ Problemas con el funcionamiento de quioscos (quiosco fuera de servicio, impresora con poco papel,
impresora sin papel, papel atascado e impresora con desperfecto).
✓ Problemas con los visores electrónicos de números (falla en la asignación de números o desconexión).
Cantidad de Papel para impresión, menor a 100 impresiones.
✓ Todas las alarmas deberán enviarse por mensajería como correo electrónico al email que será indicado
por el referente técnico administrador del contrato al proveedor adjudicado.
20.- PERFILES O NIVELES DE ACCESO
El sistema de gestión de filas solicitado debe contar con la posibilidad de generar distintos niveles de
accesibilidad, con diferentes atribuciones o funcionalidades, solicitando en principio 3 (tres) perfiles:
Administrador, Supervisor y Ejecutivo.
El perfil Administrador tendrá todas las funcionalidades y atribuciones del sistema, pudiendo realizar las
siguientes funciones:
-Crear y modificar administradores, supervisores y ejecutivos.
-Crear y modificar rutas de acceso al sistema, como así también trámites disponibles en botoneras o interfaces
de atención de ejecutivos.
-Consultar y extraer desde el sistema, estadísticas de gestión de atenciones, pudiendo diferenciarlas por rango
de fecha y área, tanto de manera individual como agrupada.
Todos los reportes históricos deberán estar disponibles para descarga en forma Excel (.XLS), PDF y en línea
con gestión de gráficos, además estos reportes deben ser adaptables a las necesidades del hospital.
De igual forma podrá visualizar el detalle de gestión de atenciones bajo modalidad online e histórica para cada
una de las oficinas de manera independiente.
El Perfil de Administrador tendrá acceso a todos los privilegios del Sistema.
Tendrá una interfaz de control y monitoreo donde, de manera integrada, se podrá visualizar el estatus de
conexión y operación de todas las áreas con el sistema de gestión de filas, presentando las cifras principales
asociadas a la gestión realizada en tiempo real.
Los datos mínimos para presentar en la interfaz de control son:
✓ Código de área.
✓ Hora (tiempo real asociado a la consulta o apertura de la interface de control)
✓ Funcionarios conectados a la botonera de atención
✓ Tickets emitidos.
✓ Tiempos promedio de espera y atención agrupados (promedios de todos los funcionarios conectados)
✓ Atenciones efectivas (con tiempo de atención)
✓ Fugas (tickets no atendidos tras realizar llamados desde botoneras de atención)
✓ Urgencias (atenciones realizadas sin ticket, a criterio del funcionario, por error u omisión del usuario).
El perfil Supervisor tendrá todas las funcionalidades y atribuciones del sistema, pudiendo realizar las
siguientes funciones:
✓ Crear/modificar ejecutivos.
✓ Visualizar de manera online la actividad de atenciones
✓ Consultar y descargar datos de atención históricos solicitados, por periodo de tiempo, módulo, asistente,
entre otras modalidades.
El perfil Ejecutivo tendrá sólo acceso a la botonera o interface de atención, mediante accesos (usuario – clave
de acceso) y deberá permitir ver en la pantalla del PC, el número del turno que se está atendiendo, el número
de usuarios en espera y los tiempos de espera de los usuarios.
21.- DE LAS CAPACITACIONES
A fin de tener una correcta implementación, es que el proveedor deberá considerar la capacitación de todo
el personal involucrado en los flujos de atención. Deberá también considerar que el personal del Hospital
trabaja en jornada de cuarto turno, por lo cual debe considerar al menos 3 jornadas distintas contemplando
a un total de 6 funcionarios técnicos TI y 20 usuarios administrativos que utilizaran el sistema.
Estas capacitaciones deberán ser respecto al perfil de usuario en el sistema y el proveedor deberá entregar
un manual de usuario a cada funcionario dependiendo del perfil en el sistema.
Se deberá considerar un período de marcha blanca asistida del Sistema de Gestión de Filas, una vez que éste
inicie su actividad en cada área.
Este proceso consistirá en mantener un técnico de la empresa proveedora en el Hospital, para verificar el
adecuado funcionamiento del sistema durante 2 días hábiles consecutivos de atención al público, entre los
horarios 08:00 a 17:00 hrs, es decir, funcionamiento de la interfaz de atención, el despliegue de tickets en
televisor/ monitor del sistema y llamado por voz del ticket desde el módulo de atención respectivo.
El técnico mantendrá comunicación con el Referente Técnico Administrador del Contrato para efectos de
coordinación al momento de realizar la marcha blanca asistida, a fin de solucionar cualquier inconveniente
que se presente.
Al finalizar la jornada de capacitaciones, el proveedor deberá entregar a la Unidad técnica administradora del
contrato, los certificados de capacitación y la nómina de los funcionarios que participaron en dichas
capacitaciones.
Los certificados deberán ser entregados en un plazo no mayor a 5 días hábiles, so pena de las multas indicadas
en el punto 12.3.- Multas letra n) de las bases administrativas.
22.- SERVICIO DE MANTENCION DE EQUIPAMIENTO
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA
En lo que se refiere al mantenimiento de los equipos entregados en arriendo, este recae expresamente a
responsabilidad y costo del adjudicatario, por lo que este deberá llevar un inventario y ficha técnica de cada
equipo.
Será su obligación mantener y disponer de dicho equipamiento en óptimas condiciones de tal forma de
ejecutar el servicio de gestión de filas de forma efectiva y segura.
En el caso que el equipo se encuentre en garantía, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante
de marca, deberá realizar las gestiones de coordinación para realizar los mantenimientos.
Si el equipo debe ser traslado fuera de las instalaciones del hospital, para su mantención, esta situación, debe
ser autorizada por el Referente Técnico Administrador del Contrato del hospital.
El proveedor deberá entregar equipo en back up si acontecen las siguientes circunstancias:
En caso de requerir la mantención preventiva o correctiva, el traslado de algún equipo fuera de las
instalaciones del Hospital, el proveedor deberá contar con un equipo en back up, de iguales o superiores
características, el cual deberá ser entregado e instalado dentro del plazo de 4 horas hábiles
✓ Se deberá entregar equipo en back up, en el caso de que la mantención del equipo realizada en el
Hospital sobrepase el plazo de 4 horas hábiles
✓ El mantenimiento de los equipos entregados en modalidad de arriendo debe llevarse a cabo por niveles,
según las recomendaciones de la marca, si el equipo no incluye instructivo de mantenimiento, debe
realizarse según el siguiente detalle:
• Aseo y limpieza: Actividad que se realiza al equipamiento en cuestión, esta es realizada por el
personal de la Empresa contratista, con el objetivo de mantener condiciones de higiene óptimas. Con
una periodicidad de al menos 4 veces al año.
• Inspección y control: Actividad de revisión hacia el equipamiento, esta es realizada por el personal
de la Empresa contratista, con la finalidad de detectar oportunamente condiciones subestándares
del equipamiento, para con esto ayudar a mantener condiciones óptimas de equipamiento. Con una
periodicidad según recomendación del fabricante.
• Reporte de falla: Actividad en la cual el personal de la empresa adjudicada realiza un reporte de un
equipamiento que presenta fallas o desperfecto, de tal forma que este inmediatamente quede fuera
de servicio y se programe la respectiva mantención correctiva, debiendo disponer de un plan de
contingencia, para subsanar la diferencia de producción. Cada vez que se generen reportes, el
adjudicatario deberá informar sobre situación y equipamiento en cuestión, inmediatamente al
Referente Técnico Administrador del Contrato.
• Mantenimiento Preventivo: Actividad técnica de programada, esta es realizado por el personal
técnico, en el caso que el equipo presente garantía, esta es realizada por la Empresa que extendió
dicha garantía, conforme a parámetros señalados en las respectivas bases de compra de dicho
equipamiento. Cada vez que sea realizada esta actividad, la empresa que realiza dicha mantención
deberá completar una hoja de registro del equipo en cuestión con los parámetros de resultados,
dicha hoja de registro será emitida al Referente Técnico Administrador del Contrato. Esta actividad
deberá realizarse con una periodicidad de al menos 4 veces al año.
• Mantenimiento correctivo: Actividad de carácter puntual, que se realiza con personal técnico de la
empresa adjudicada, cada vez que se detecte una falla. Si el equipo se encuentra en cobertura de
garantía, en conformidad a los parámetros que señalan las bases de licitación, esta actividad será
realizada por la empresa que extiende la presente garantía en dicho equipamiento. La empresa
adjudicataria, deberá disponer de un plan de contingencia, para subsanar la diferencia de
producción. Cada vez realizada esta actividad la Empresa que realiza dicha mantención, deberá
realizar un informe respectivo, con los parámetros de resultados, dicho informe será emitido al
Referente Técnico Administrador del Contrato del Hospital. En el caso que sea un equipo que cuente
con garantía técnica vigente, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante de marca, el
Adjudicatario será quien deba gestionar la coordinación con la empresa involucrada. Serán de cargo
exclusivo del proveedor todos los costos de mano de obra y repuestos asociados, tanto preventivos
como repuestos correctivos, que los equipos en arriendo requieran cambiar durante toda la vigencia
del contrato.
Se solicita que el oferente cumpla con los siguientes SLA:
Servicio Cobertura días Cobertura horas SLA
SERVICIO COBERTURA DIAS COBERTURA HORAS SLA
MANTENCION
CORRECTIVA
LUNES A VIERNES L-J 8:00 - 17:30
V 8:00 -16:30
1 HORA DE RESPUESTA
2 HORAS PRESENCIAL
12 HORAS HABILES, INCLUIDO EL RECAMBIO DE PARTES Y PIEZAS
MENTENCION
PREVENTIVA
LUNES A VIERNES L-J 8:00 - 17:30
V 8:00 -16:30
Según carta Gantt de actividades (al menos 4
veces al año)
MESA DE AYUDA LUNES A VIERNES 24 X7 Dentro de horario establecido
Luego de la inspección técnica, el proveedor deberá emitir un informe que señale a lo menos:
• Tipo de mantenimiento realizado
• Tiempo de ejecución de mantenimiento
• Descripción de las posibles causas de falla del equipo
• Check list de los sistemas internos y externos revisados
• Detalle de los repuestos requeridos
• Recomendaciones.
22.1 Mantenimiento preventivo
Las mantenciones preventivas de todo el equipamiento ofertado deben realizarse al menos 4 veces en un año,
donde se deberá realizar una mantención completa la que debe considerar tanto el mantenimiento de
hardware como de software. Este debe ejecutarse en las dependencias del Hospital.
El proveedor deberá especificar en su propuesta técnica, una carta Gantt donde incluya las fechas estimadas
de mantenciones preventivas.
El proveedor debe coordinar el mantenimiento preventivo como máximo 5 días después de que se realice la
solicitud a través de correo dentro de las fechas propuestas en Carta Gantt.
El proveedor deberá informar y coordinar oportunamente al Referente Técnico Administrador del Contrato
sobre la intención de realizar las mantenciones preventivas, con quien se deberán coordinarlas previamente.
Las piezas y repuestos utilizados en la mantención de los equipos deben ser nuevas y a cargo de la empresa
adjudicada. No se permitirán materiales o componentes reutilizados ni reacondicionados.
EL PROGRAMA DE LAS MANTENCIONES PREVENTIVAS (CARTA GANTT) DEBE PRESENTARSE EN EL ANEXO
N°03 “Plazo de Entrega, puesta en marcha y capacitación”
22.2.- Aviso de Visita Técnica
La empresa a cargo de la mantención, deberá confirmar y coordinar su visita con el Referente Técnico
Administrador del Contrato, con fecha y hora, al menos con una semana de anticipación.
22.3.- Horarios
La implementación del servicio y las actividades de mantención preventiva, a que se compromete la empresa
contratada por la presente licitación, se efectuarán dentro del horario de trabajo normal del hospital.
• Lunes a jueves de 08:00 hrs. a 17:30 hrs.
• Viernes de 08:00 hrs. a 16:30 hrs.
Las actividades de reparación y soporte podrán ser realizadas en horario inhábil, sin embargo, estas deberán
ser coordinadas previamente con la Unidad Técnica Administradora de Contrato.
22.4.- De la mantención correctiva
Cada vez que se reporte una falla, el personal Técnico, deberá concurrir a realizar la Mantención correctiva
según lo siguiente:
El Proveedor para reparar la falla antes aludida, deberá usar elementos y repuestos nuevos, sin uso y deben
contar con una calidad suficiente para resolver la falla, por lo que proveedor no podrá utilizar imitaciones o
partes que sólo corrijan la falla en un corto plazo.
Estas mantenciones corresponderán a aquellos equipos incluidos en el servicio, que presenten fallas fuera del
mantenimiento preventivo y que sean necesarios de reparar sin esperar mantenciones preventivas normales.
El costo de la mantención correctiva por fallas producidas en los equipos será parte integrante de este
contrato, en donde el adjudicado será responsable de hacer el diagnóstico por la falla del instrumento.
Una vez finalizada la mantención, el proveedor deberá realizar un informe técnico que presentará al Referente
Técnico Administrador del Contrato.
El informe por falla del equipamiento (hardware o software) emitido por el proveedor deberá identificar y
detallar:
• Falla ocurrida
• Diagnostico
• Solución correctiva
• Repuestos ocupados
• Entre otros
Este informe debe ser entregado al Referente técnico administrador del contrato una vez finalizada la
mantención.
22.5.- Del tiempo de respuesta
Los llamados por fallas deben atenderse por el proveedor de la siguiente manera:
El proveedor deberá disponer de un número telefónico y un portal de mesa de ayuda para recibir las
solicitudes de algún servicio o consulta por parte del Hospital, el cual deberá estar disponible 24x7.
22.6.- De los repuestos para mantención correctiva
Los oferentes deberán incluir en su oferta económica, la totalidad de los repuestos o piezas que se ocuparán
en las mantenciones y no se permitirá realizar cobros posteriores por este concepto.
Todos los repuestos, piezas o partes incluidas para efectos de mantenciones preventivas o correctivas al
Sistema de Gestión de Filas deberán ser nuevos, equivalentes en calidad y prestaciones a fin de garantizar la
correcta funcionalidad y continuidad operativa de servicios.
22.7.- Actualización de Software
El software del Sistema de Gestión de Filas deberá ser actualizado por el Oferente adjudicado una vez al año,
en materias referidas a reportes on-line de funcionamiento, reportes estadísticos y dashboard de uso diario.
Esto deberá realizarse cuando lo solicite el referente técnico administrador del contrato en cualquier
momento durante la vigencia del contrato.
COBERTURA DIAS COBERTURA HORAS SLA
Tiempo de respuesta primera atencion 30 min
Tiempo de Revision 2 hrs
Tiempo de solucion 4 hrs
Integracion 7 dias
modificacion de funcionalidad 48 hrs
INCIDENCIA 365 DIAS AL AÑO 24 X 7
TIPO DE SOLICITUD
REQUERIMIENTO LUNES A VIERNES HORARIO HABIL DE
8:00 A 18:00
23.- EQUIPOS FUERA DE USO AL TERMINO DEL CONTRATO
El hardware y software operativo del Sistema de Gestión de Filas instalado en el Hospital una vez terminado
el contrato deberá ser desconectado al momento de la nueva puesta en marcha del nuevo sistema, debiendo
la empresa adjudicada retirar anclajes del tótem, retirarlo para que posteriormente el nuevo adjudicatario
pueda instalar y anclar los nuevos tótems en equivalente ubicación.
24.- PROPIEDAD Y TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Será de propiedad del Hospital de La Florida toda la información generada por el Sistema de Gestión de Filas,
la que será almacenada en formatos factibles de leer desde el servidor del Hospital.
Esto significa, que los datos deben radicarse en bases de datos, que permitan su accesibilidad en forma
transparente para el Hospital. A su vez, el proveedor adjudicado deberá considerar en su aplicación, alguna
opción o reporte que permita exportar a un archivo plano todos los datos residentes en la base, sin filtros de
ningún tipo para la contraparte técnica.
Si existe algún tipo de normalización de la base, debe ser considerado el dato desnormalizado en esta opción
o reporte, de manera de poder acceder de forma inmediata a la información relevante. Esto quiere decir, que
en el archivo plano debe venir el código y la descripción del atributo en los casos que corresponda.
Los datos deben considerar un lenguaje encriptado de almacenamiento, el cual debe resguardar la
confidencialidad durante el ingreso, viaje y almacenamiento de estos. Adicionalmente, la comunicación entre
sistemas debe estar cifrada como conexión segura (SSL).
Toda la información y antecedentes que el proveedor adjudicado obtenga con motivos de la ejecución del
contrato tendrá el carácter de reservado y confidencial, razón por la cual queda expresamente prohibido
comentar, ceder o difundir por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia.
El Oferente deberá entregar el modelo de datos y su diccionario correspondiente.
Todos los datos derivados de la gestión de atenciones deberán ser respaldados en servidores informáticos
centrales para, en caso de daño irrecuperable de disco duro local, la data pueda ser cargada en nueva unidad
evitando la discontinuidad de información.
25.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario se citan las siguientes:
A. El adjudicatario se comprometerá a responder ante el Hospital de La Florida de todo daño, perjuicio,
deterioro, pérdida o extravío manejo indebido de la información confidencial proporcionados por el
establecimiento hospitalario entregados para el uso de los agentes, que sean debidamente
comprobados de responsabilidad de su personal, originados por cualquier razón o motivo.
B. En el caso que haya alguna modificación en el equipo humano del oferente (despidos, renuncias u otros)
se deberá informar al administrador de contrato con un máximo de 8 horas hábiles desde comunicada
la noticia. El adjudicatario deberá presentará a cualquier nuevo integrante de su equipo humano,
adjuntando su currículo vitae y certificados atingentes, debiendo cumplir con todos los requisitos
establecidos en las presentes bases, según corresponda. Lo anterior con el fin de evitar fugas de
información y restringir acceso al personal desvinculado de la empresa adjudicada.
C. El adjudicatario deberá hacerse responsable de la correcta identificación de su personal.
D. Debe contar con la Autorización Sanitaria Vigente, esta certificación podrá ser requerida en cualquier
momento durante toda la vigencia del Contrato.
E. Deberá dejar registro de todas las actividades relacionadas a los servicios prestados.
F. El adjudicatario será responsable de entregar el equipamiento de manera oportuna, con relación a la
programación estimada y en coordinación con el Referente Técnico Administrador del Contrato.
G. El adjudicatario deberá entregar las hojas de registro correspondientes a todas las actividades de
mantenimiento realizadas, la que deberá ser enviada al Referente Técnico Administrador del Contrato
del Hospital.
H. El adjudicatario no podrá sacar ningún tipo de equipamiento ni dispositivos médicos o cualquier otro
insumo de las instalaciones del Hospital a menos que cuente con autorización escrita del Referente
Técnico Administrador del Contrato.
I. Serán de exclusivo cargo de la Empresa, los siguientes pagos:
• Equipamiento y Medidas de protección para el personal de la Empresa.
• Gastos de garantía y aquellos derivados del contrato.
• Pago de remuneraciones, viáticos y de traslado del personal de la Empresa.
• Seguros de accidentes, pago de cotizaciones previsionales de sus trabajadores y las referentes a la
Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales sin perjuicio de todos los demás
derechos laborales que les correspondan a dichos trabajadores.
• Todo gasto que pueda producirse a raíz del servicio otorgado tales como daños a terceros, provocado
por servicio otorgado en condiciones de riesgo para las personas y las instalaciones.
J. Cumplir con todas las obligaciones legales sobre higiene, seguridad, accidentes del trabajo,
enfermedades profesionales y, en general, con todas las normas laborales y tributarias o demás
contenidos en la legislación y reglamentación vigentes. En este sentido, la Empresa quedará
especialmente sujeto a las disposiciones contenidas tanto en el Código del Trabajo como a la legislación
complementaria de dicho código en cuanto a las relaciones con sus trabajadores, en especial las
previsionales.
K. En caso de huelga de su personal, arbitrar oportunamente las medidas para que el proceso licitatorio
continúe durante el tiempo que dure la huelga, en la forma que lo permita la legislación vigente. En este
sentido, el adjudicado no se eximirá del cumplimiento de lo requerido en la licitación, por el hecho de
que su personal se declare en huelga y debe contar con un Plan de Contingencia que asegure el normal
proceder de la licitación.
L. Responder por daños y perjuicios que se causaren al equipamiento o dependencias del Hospital, que se
derive durante o con motivo del cumplimiento de las labores propias de la materia de encargo
adjudicada o con ocasión de problemas de ejecución de lo establecido en las Bases Administrativas y
Especificaciones Técnicas, sea que provengan de error, negligencia o imprudencia de parte de la
empresa o de sus dependientes, los cuales serán de cargo y a costa de ésta.
M. Como obligación esencial, dar cumplimiento a todo lo estipulado en las Bases Administrativas, las
Especificaciones Técnicas, los Formularios, Consultas y/o Aclaraciones, si las hubiere, y demás
antecedentes que forman parte de la propuesta. Someterse a la fiscalización e instrucciones que
disponga la Entidad Licitante, a fin de comprobar el correcto desarrollo del proceso licitatorio y su
eficiente ejecución.
26.- DE LAS HORAS DE DESARROLLO
El adjudicatario deberá incluir en su oferta horas de desarrollo de software mensuales para requerimientos e
integraciones con el fin de customizar el software a las necesidades y flujos del hospital las cuales como
mínimo deben ser de 25 horas mensuales que estarán vigentes durante toda la duración del contrato. En los
meses donde el hospital no utilice las horas de desarrollo estas serán acumuladas para solicitudes futuras
durante la duración del contrato. La Unidad de Soporte e Infraestructura TI será la encargada de llevar el
control de las horas de desarrollo.
Se acreditarán las horas de desarrollo a través de un informe que deberá emitir el proveedor adjudicado y
deberá ser enviado al referente técnico administrador del contrato una vez al mes.
27.- DE LA SEGURIDAD DEL EQUIPAMIENTO
El adjudicatario deberá responder por el equipamiento en el caso de robo, hurto, incendio, daños por terceros
y catástrofes de la manera que estime conveniente a fin de no interrumpir el servicio. Si esto ocurre, se
aplicarán las multas correspondientes indicadas en el punto 12.3.- Multas de las bases administrativas. El
proveedor debe tener en cuenta que si decido contratar algún tipo de seguro, será bajo su propio costo.
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