9.1. Plazo Extraordinario de Presentación de Antecedentes del Oferente: |
Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, el Gobierno Regional de Valparaíso, podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o documentos administrativos, requeridos en el punto N° 4 “Antecedentes para incluir en la Oferta – Documentos Administrativos”, que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, dentro del plazo fatal de 48 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por el Gobierno Regional, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, quedará fuera de bases por falta de presentación de los antecedentes solicitados.
La presentación en el plazo extraordinario de los antecedentes administrativos requeridos, significará una menor puntuación, conforme lo indicado en la pauta de evaluación señalada en el punto N° 6 de las presentes bases de licitación.
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9.2. Resolución de Empates: |
En caso de empate en el puntaje final de la evaluación de las ofertas, en primer lugar se optará por la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en “Experiencia del Oferente”. De haber igualdad de condiciones (puntajes), se considerará como segundo criterio el mayor puntaje obtenido en “Experiencia del Jefe de Proyecto” y si persistiese la igualdad, se considerará como tercer criterio el mayor puntaje en la “Metodología Propuesta y Resultados Esperados”.
En caso de persistir el empate, se optará por el Oferente que haya presentado primero su oferta en el Sistema de Información Mercado Público.
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9.3. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: |
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación citado precedentemente, dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos a la licitación.
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9.4. Modificaciones a las Bases de Licitación: |
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases deberán realizarse mediante Resolución totalmente tramitada que lo autorice, que será publicada en el portal, y en caso de ser necesario se fijará prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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9.5. Solicitud de Aclaraciones |
El Gobierno Regional podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
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9.6. Apertura de las Ofertas: |
La apertura electrónica de los antecedentes de la propuesta, se efectuará el día señalado en la ficha de licitación y en el Punto Nº 3 “Etapas y Plazos”, de las presentes bases de licitación, en un sólo acto, a través del Sistema de Información Chilecompra, portal Mercado Público. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de la propuesta (Documentos solicitados en Punto Nº 4). La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Gobierno Regional de Valparaíso estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información www.mercadopublico.cl que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para presentar al Gobierno Regional de Valparaíso un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la institución y el resto de los oferentes de la presente licitación. Sólo en tal evento, y de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 62 N° 2 del D.S. 250/2004, los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado a ChileCompra, al momento de no poder ingresar la información.
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9.7. Descalificación de los Licitantes: |
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá descalificar a los licitantes, en cualquier momento, en caso de que incurran en alguna de las siguientes causales:
a) Si condiciona sus propuestas a la complementación de la oferta mediante la contratación de determinados proveedores o a la subcontratación de ciertas empresas;
b) Si se comprueba que tiene acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación;
c) Cualquier otro acuerdo que tenga por objeto obtener una ventaja ilícita sobre los demás licitantes;
d) Si se comprueba que la oferta contiene antecedentes falsos.
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9.8. Aclaraciones: |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Punto Nº 3 de las presentes bases y en la ficha electrónica. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El Gobierno Regional de Valparaíso pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula mencionada en el párrafo anterior. No se considerarán las preguntas recibidas una vez vencido dicho plazo.
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9.9. Evaluación de las Ofertas: |
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas propuestas que contengan claramente la información requerida en las presentes bases de licitación y que además correspondan al tipo de servicio solicitado en esta licitación.
El Gobierno Regional de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases.
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9.10. Presentación de las Ofertas: |
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de los indicado en el Articulo N° 62 del Reglamento de la Ley 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:
1. Los oferentes deberán presentar la información solicitada en los anexos respectivos, no obstante el formato de los mismos es referencial.
2. Deberán presentar el Anexo 1: “Identificación del Oferente” (adicionar los antecedentes indicados en el punto N° 4 de las presentes bases), Anexo 2: “Declaración Jurada Simple Aceptación de Condiciones”, Anexo 3: “Declaración Jurada Simple Prácticas Antisindicales e Inhabilidades para contratar con el Estado”, Anexo N° 4: “Experiencia del Jefe de Proyecto”, Anexo Nº 5: “Experiencia del Oferente”, Anexo Nº 6: “Experiencia de Profesional Área Formulación de Estudios y Jurídica”, Anexo Nº 7: “Experiencia de Profesional Área Formulación de Políticas, Instrumentos de Gestión”, Anexo Nº 8: “Experiencia de Profesional Área de Procesamiento, Análisis y Modelación de Información Territorial y Geográfica”, Anexo Nº 9: “Experiencia de Profesional Apoyo Área de Procesamiento, Análisis y Modelación de Información Territorial y Geográfica”, Anexo Nº 10: “Experiencia de Profesional Área Diseño Metodológico y Análisis Estadístico”, Anexo N° 11: “Experiencia de Profesional Apoyo Área Diseño Metodológico y Análisis Estadístico” Anexo Nº 12: “Formato Metodología Propuesta y Resultados Esperados”, Anexo N° 13: “Formato Cronograma y Plan de Trabajo”, Anexo N° 14: “Formato carta compromiso equipo propuesto” y Anexo N° 15: “Oferta Económica”.
3. El Comprobante de Ingreso de Oferta, debe presentarse en valor neto (sin impuestos), en PESOS CHILENOS ($).
4. El monto expresado en el Anexo 15: “Oferta Económica”, será el considerado como válido para la evaluación de la oferta, la contratación y pago, y se entenderá que comprende el precio de contratación de todos los bienes y servicios considerados, así como todos los impuestos que correspondan. En caso de existir discordancia entre el monto expresado en este documento y aquel señalado en el formulario que se completa en el sistema, se privilegiará el primero.
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9.11. Adjudicación: |
La adjudicación de la oferta se resolverá dentro del plazo estimado que establece el cronograma de esta licitación y previo a la revisión por algún abogado del GORE, de la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora. El GORE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes, ponderaciones, conforme lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl. Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, el GORE podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentas bases; o declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
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9.12. Causales de Modificación y Término Anticipado del Contrato: |
El contrato firmado con el proveedor adjudicado en la presente Licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales que señala el Artículo Nº 77 del Reglamento de la Ley 19.886, estas son:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerarán incumplimientos graves los siguientes:
• No entrega oportuna de los productos o servicios solicitados;
• No respetar precios adjudicados;
• No disponer de personal necesario para entregar un buen servicio;
• Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el adjudicatario en la oferta.
• La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
• Rechazo de un informe por la contraparte técnica por cuarta vez.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos en remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o contrato.
Adicionalmente el contrato podrá terminar cuando las multas alcancen el 10% del monto total del contrato.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
En caso de termino anticipado del contrato por causa imputable al proveedor, se hará efectiva administrativamente y sin necesidad de resolución judicial alguna, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Cuando la ocasión lo amerite el contrato podrá modificarse de acuerdo a lo establecido en el inciso final del Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886, en el cual se indica que toda modificación no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto original.
Igualmente, el Gobierno Regional de Valparaíso, podrá poner término anticipado al contrato, en caso de falta de disponibilidad presupuestaria, en cuyo caso se cancelará el trabajo efectivamente realizado y aprobado por la contraparte técnica.
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9.13. Multas: |
• Multa por Atraso
Se cobrará una multa ascendente al 1 UTM por cada día de atraso en que incurra el consultor en la entrega del informe respectivo.
• Multa por Rechazo
1. Si un mismo informe es rechazado por segunda vez, se sancionará con una multa equivalente al uno por mil del monto total del contrato, por cada día que transcurra entre la comunicación del rechazo del informe y la entrega de una nueva versión del mismo.
2. Si un mismo informe es rechazado por tercera vez, se sancionará con una multa diaria equivalente al doble del valor establecido en el punto anterior.
3. En el caso de que un mismo informe sea rechazado por cuarta vez, se considerará este hecho como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y podrá dar lugar al término anticipado de éste, haciéndose efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, además de cobrar las multas mencionadas anteriormente.
• Aplicación de Multas
Dichas multas se harán efectivas a través de un procedimiento administrativo, pudiendo descontarse del pago pendiente; sin embargo, previo al descuento, el Gobierno Regional comunicará al Consultor, la aplicación de la multa, sus fundamentos y el descuento respectivo.
La aplicación de las multas referidas se realizará descontando el monto de la(s) multa(s) respectivas del pago más próximo al de su aplicación.
En el evento en que no existieren pagos pendientes, éstas se descontarán de las garantías constituidas por el contratado o, bien, el monto de la multa deberá ser depositado en la cuenta corriente del Gobierno Regional de la Región de Valparaíso según lo determine el correspondiente acto administrativo que aplique dicha multa.
• Acumulación de Multas
En caso que las multas acumuladas durante la ejecución del estudio excedan el 10% del valor total del contrato, el Gobierno Regional podrá poner término anticipado al mismo y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento.
• Normas generales.
No procederá el cobro de multas si el incumplimiento obedece a casos fortuitos o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o fuerza mayor será calificado como tal por el Gobierno Regional en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. Las multas se harán efectivas de acuerdo a los procedimientos legales y serán descontadas de la factura correspondiente, y siempre que dichos retrasos sean por causales imputables exclusivamente al adjudicatario.
En caso de incumplimiento de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, se estará a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento, estableciéndose al efecto, un procedimiento para el cobro de las multas. En primer lugar, se notificará por escrito al proveedor incumplidor, el cual tendrá un plazo de tres días hábiles desde que haya sido notificado, a fin de que formule sus descargos en relación al eventual incumplimiento. La sanción a aplicar o la determinación de no hacerlo, se formalizará a través de una resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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9.14. Comisión de Evaluación o Evaluador de las Ofertas: |
El análisis y evaluación de las ofertas recibidas, estará a cargo de las personas indicadas en la parte resolutiva de la Resolución que apruebe las presentes bases. Para el proceso de evaluación de las propuestas la comisión puede solicitar la asesoría jurídica y administrativa de un abogado de la institución y/o un funcionario del Departamento Administrativo con conocimiento en compras públicas, quienes no formarán parte de la comisión de evaluación, sino que asesorarán legal y administrativamente este proceso.
Corresponderá especialmente a la comisión evaluadora:
a. Verificar la admisibilidad de las propuestas.
b. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, sean de carácter técnico, legal y/o económico.
c. Elaborar el informe de evaluación de las ofertas de forma clara y precisa en el periodo de tiempo indicado en las bases.
d. Durante el proceso de evaluación de las ofertas, se podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estimen necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, se podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, eso es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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9.15. Procedimiento de Presentación y Aprobación de Informes |
a) Procedimiento de presentación de Informes:
Para todos los efectos se considerará como fecha de entrega aquella de recepción de los informes directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Valparaíso, ubicada en Melgarejo Nº 669, piso 7, Edificio Esmeralda, en la ciudad de Valparaíso, en días hábiles y en horarios de 9:00 a 13:00 horas.Todo el material que se entregue durante el desarrollo del servicio, deberá estar en idioma español.
Esta entrega no significará gasto alguno para el Gobierno Regional, por entenderse incluido el gasto de transporte hasta el lugar de entrega, en los valores ofertados. La adjudicataria deberá hacerse cargo del bodegaje de o los bienes hasta la fecha de la entrega en los términos señalados.
El servicio contratado se pagará a través de 8 (ocho) estados de pago, contra la entrega en conformidad de los productos que se señalan a continuación, de acuerdo con lo establecido en las etapas y sus plazos descritos en los puntos 1.5, 1.6 y 1.7 de las Especificaciones Técnicas.
b) Formato de Entrega:
Los informes con cada capítulo deberán ser entregados en dos copias (carpetas) en formato papel y dos copias en formato digital (CD, DVD o disco externo), acompañados de una carta de ingreso que tiene que ser ingresada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Valparaíso.
c) Procedimiento para aprobación de informes y/o servicios:
Los informes deben ser presentados en los plazos señalados en el plan de entrega de informes de acuerdo a lo establecido en el punto precedente y en las especificaciones técnicas de la presente licitación (punto N° 1.6 y 1.7).
Una vez recibido cada informe, la contraparte técnica dispondrá de un máximo de 10 días hábiles para hacer sus observaciones, tiempo que comenzará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente de la fecha de ingreso en la oficina de partes.
El tiempo que transcurra entre la entrega de un informe y la comunicación en la que el responsable del contrato se pronuncie acerca de su revisión, formará parte del plazo de vigencia del contrato pero no del tiempo de ejecución de la consultoría.
Si el informe cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será aprobado por la contraparte técnica, lo que se comunicará al consultor por escrito, junto con aprobar el pago asociado y señalar el plazo de entrega del siguiente informe, cuando corresponda. Si por el contrario el informe no cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será rechazado, situación que igualmente será comunicada formalmente por escrito al Consultor.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, las observaciones de forma que la contraparte técnica formulare con ocasión de la revisión de cada uno de los informes presentados, no constituirán inicialmente motivo de rechazo, sin perjuicio de lo cual, el consultor deberá presentar obligatoriamente una versión corregida que subsane e incluya las observaciones formales por él formuladas, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la carta que comunica tales observaciones, el que no se computará como parte del plazo de ejecución del estudio. Certificada por la contraparte técnica que las observaciones fueron subsanadas, se generará un oficio de aprobación del informe por parte de ésta. Por otro lado el incumplimiento por parte del consultor de dicho requerimiento producirá inmediatamente el rechazo del informe correspondiente y dará lugar a la aplicación de la multa por atraso, contemplada en el punto 9.13 de las presentes bases, contado desde el día o fecha en que el consultor debería haber presentado la versión corregida del informe.
El rechazo de un informe deberá ser fundado y comunicado al adjudicatario, conteniendo las observaciones que deban ser subsanadas para dar lugar a su aprobación. La misma carta señalará el plazo de que dispone el adjudicado para subsanar las observaciones y presentar una nueva versión del informe, para lo cual se considerará un plazo mínimo de 5 días y máximo de 10 días corridos, respecto al primer rechazo, así como tampoco podrá ser inferior a 5 días ni superior a 7 días, si se trata del segundo, tercer o cuarto rechazo.
El tiempo que transcurra entre la notificación de rechazo de un informe y el plazo que disponga para su corrección y entrega informada por la contraparte técnica de la consultoría, formará parte del plazo de ejecución del estudio.
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9.16. Modificación de las Prestaciones |
El Gobierno Regional podrá modificar o requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente, debiendo complementarse o entregarse una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, según corresponda. Asimismo, y de acuerdo a lo señalado en el artículo 77 Nº 6 del Reglamento de Ley Nº 19.886, “no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado”.
Dichas modificaciones deberán ser aprobadas, previamente, por el acto administrativo pertinente.
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9.17. Subcontratación |
La persona natural o jurídica contratada podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial de los servicios contratados, en los términos previstos en la oferta técnica, previa autorización expresa y por escrito al Gobierno Regional. Dicha solicitud deberá formularse en un plazo no superior a 15 (quince) días hábiles anteriores a la fecha en que operará la subcontratación.
En todo caso, será la contratada o su continuadora legal, la única responsable ante el Gobierno Regional del cabal y oportuno cumplimiento de los servicios contratados.
El subcontratista no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones descritas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, ni en las inhabilidades descritas en el artículo 92 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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9.18. Confidencialidad y propiedad de los informes |
Toda información relativa al Gobierno Regional de la Región de Valparaíso o a terceros a la que la empresa tenga acceso con motivo del contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada, respondiendo la empresa de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación. No podrá la empresa realizar ningún uso respecto de la información o los resultados de la asesoría, sin autorización previa y expresa del Gobierno Regional.
Igualmente, el estudio e informes de la presente consultoría, serán de propiedad del Gobierno Regional de Valparaíso.
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9.19. Cesión del Contrato |
El contratado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
La infracción a esta obligación implicará el término inmediato del contrato, haciéndose efectiva las garantías de fiel cumplimiento y/o de anticipo, en su caso.
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9.20. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social: |
En caso de que el adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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9.21. Pacto de Integridad: |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.22. Estipulaciones Generales: |
a) Modalidad y Oportunidad del Pago:
El Gobierno Regional efectuará el pago de los servicios prestados bajo la modalidad de suma alzada, según lo que a continuación se expone:
El valor del contrato será pagado conforme al siguiente calendario de pagos:
- 10% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe N° 1
- 5% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe N° 2
- 10% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 3
- 10% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 4
- 10% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 5
- 15% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 6
- 15% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 7
- 25% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 8
Una vez certificada por la contraparte técnica y el encargado del contrato la conformidad de los servicios prestados, el consultor procederá a emitir la correspondiente factura. El Gobierno Regional procederá a efectuar el pago que corresponda dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde la presentación de la correspondiente factura.
Las facturas deberá(n) ingresarse a través de en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de la Región de Valparaíso ubicada en calle Melgarejo 669, piso 7°, en la ciudad de Valparaíso, en días hábiles y en horario de 9:00 a 13:00 horas, conjuntamente con la presentación del Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales del mes en que se devengue el pago y los pagos se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida la factura en la Oficina de Partes del Gobierno Regional.
Las facturas deben ser extendidas con los siguientes datos:
- Nombre : Gobierno Regional de la Región de Valparaíso
- Rol Único Tributario : 72.235.100-2
- Giro : Administración Pública.
- Dirección : Melgarejo 669, piso 7°, Valparaíso
En caso que el contratado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 (dos) años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 (seis) meses.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratado, dará derecho al Gobierno Regional a dar por terminada la contratación.
b) Presupuesto máximo disponible: $ 57.000.000.- (cincuenta y siete millones de pesos) con impuestos incluidos, en pesos chilenos.
c) Suscripción del Contrato: el contrato respectivo se suscribirá entre el Gobierno Regional de Valparaíso y el adjudicatario dentro de los 10 días corridos desde la notificación de la adjudicación.
d) Plazos del Contrato y Consultoría:
• Plazo de vigencia del contrato: El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá una vigencia igual al plazo de ejecución de la consultoría, más los plazos de revisión y correcciones respectivas.
• Plazo de ejecución de la consultoría: El plazo para la ejecución de la consultoría será de 220 (doscientos veinte) días corridos, contados desde la fecha en que la contraparte técnica comunique al consultor e informe de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. El tiempo destinado a la ejecución de la consultoría (220 días) no considera aquellos días que la contraparte técnica tarda en realizar las revisiones de los informes, esto es aquellos días contados desde la entrega del informe por parte del consultor en la oficina de partes correspondiente, hasta la notificación que realice la contraparte informando a ésta de las resoluciones respecto a la revisión del informe. Tampoco considera congelamientos o suspensiones temporales que puedan suscitarse de manera inesperada y ajena a las partes, a ser resuelta por el Gobierno Regional (paros, manifestaciones, catástrofes naturales, etc.)
e) Orden de Compra: se emitirá una orden de compra por el total del servicio contratado.
f) Para efectos de esta Licitación se entenderá como día hábil los días lunes a viernes descontados los días sábados, domingos, festivos.
g) Sólo se aceptarán ofertas realizadas a través del Portal Mercado Público, de acuerdo a lo señalado en Articulo 30 del Reglamento de Ley 19.886, las excepciones están contempladas en el Artículo 62 del mismo reglamento, en este último caso toda la documentación solicitada deberá ser entregada directamente al encargado del proceso.
h) La adulteración o falsificación física o ideológica de la información solicitada, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámites la oferta presentada. De detectarse falsedad en la información contenida en cualquiera de los anexos solicitados, el Gobierno Regional de Valparaíso podrá poner término anticipado al contrato de inmediato.
i) En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el Punto Nº 3 de las presentes Bases de Licitación, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
j) Cláusula de Re adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, como asimismo, hará efectiva la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.
k) Contraparte Técnica del Contrato: La contraparte técnica para el desarrollo de la presente consultoría recaerá en el equipo profesional designado por la División de Desarrollo Social y Humano del Gobierno Regional, la que será la encargada de certificar, vigilar y controlar la ejecución del contrato, aprobar y/o rechazar los informes respectivos.
l) Cambio de Equipo Profesional: En el caso de que el proveedor adjudicado realice un cambio de algún miembro del equipo ofertado, este deberá ser autorizado por la contraparte técnica mediante oficio y la respectiva resolución de modificación de contrato. El perfil del nuevo profesional deberá cumplir como mínimo, con lo solicitado en las especificaciones técnicas.
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