Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de evaluación, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje considerando dos decimales, el Hospital, considerará los siguientes criterios de evaluación para seleccionar la oferta más conveniente:
Lugar de prioridad para desempate Criterio
Primero Precio
Segundo Condiciones Comerciales
Tercero Cumplimiento requisitos Formales
El mecanismo de resolución de empates se desarrolla en caso de igualdad de puntaje obtenido por los oferentes, seleccionando en este caso al oferente con mayor puntaje en el criterio Precio, de persistir, el desempate será por Condiciones Comerciales, si persiste la igualdad se seleccionará al oferente con mayor puntaje en el criterio Cumplimiento De Requisitos Formales, considerando tres decimales para dicha acción.
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EVALUACION DE OFERTAS |
Las ofertas serán evaluadas por la Comisión designada en esta Resolución por la Directora de “El Hospital”. Esta comisión estudiará todos los antecedentes que hayan sido presentados por los oferentes.
La Comisión se reserva el derecho de solicitar aclaraciones o información adicional, que a juicio de ésta, sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni el principio de igualdad de los oferentes.
La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta, entregada por los oferentes en los documentos anexos u otra que la Comisión requiera, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez realizada la apertura, la comisión evaluadora haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, podrá solicitar por escrito a los oferentes a través del Portal, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no violen o modifiquen las bases de licitación ni el principio de igualdad entre los proponentes. Estas solicitudes y sus respectivas respuestas deberán ser efectuadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de la oferta del proponente.
Lo anterior, no podrá suponer en caso alguno la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas bases o la modificación de la oferta presentada dado que la finalidad de esta es otorgar a la Comisión de Evaluación, la información clara y precisa que le permita efectuar la adecuada evaluación e interpretación de las propuestas, lo cual implica que, en ningún caso se podrá considerar como aclaración la falta de alguno de los documentos requeridos para ofertar, ni modificar el monto de la oferta, solo será susceptible de ser aclarados aspectos de forma y documentos complementarios como la acreditación de experiencia.
En el evento de que la comisión evaluadora observe que no se han salvado, corregido o aclarado los errores u omisiones requeridos por esta dentro del plazo fijado para tal efecto, la oferta será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes, salvo las observaciones efectuadas al acta de apertura.
La presentación de las aclaraciones solicitadas por la Comisión Evaluadora, serán consideradas como “presentación fuera de plazo”, por lo que el oferente obtendrá el puntaje según indica la tabla que se muestra en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales” Art. Nº11 de las Bases de esta Licitación”
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Lo anterior, no podrá suponer en caso alguno la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas bases o la modificación de la oferta presentada dado que la finalidad de esta es otorgar a la Comisión de Evaluación, la información clara y precisa que le permita efectuar la adecuada evaluación e interpretación de las propuestas, lo cual implica que, en ningún caso se podrá considerar como aclaración la falta de alguno de los documentos requeridos para ofertar, ni modificar el monto de la oferta, solo será susceptible de ser aclarados aspectos de forma y documentos complementarios como la acreditación de experiencia. En el evento de que la comisión evaluadora observe que no se han salvado, corregido o aclarado los errores u omisiones requeridos por esta dentro del plazo fijado para tal efecto, la oferta será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes, salvo las observaciones efectuadas al acta de apertura. La presentación de las aclaraciones solicitadas por la Comisión Evaluadora, serán consideradas como “presentación fuera de plazo”, por lo que el oferente obtendrá el puntaje según indica la tabla que se muestra en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales” Art. Nº11 de las Bases de esta Licitación”
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ADJUDICACION |
La Comisión nombrada especialmente para este fin, propondrá adjudicar al oferente, que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, siendo aprobado el acto administrativo mediante Resolución de la Directora de “El Hospital”, adjudicando a un único oferente por ítem solicitado cuya propuesta hubiese sido evaluada con el mayor puntaje asignado, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación (fecha aproximada de adjudicación), el Hospital publicará una nueva fecha en el portal www.mercadpublico.cl, con un tope del plazo de vigencia de las ofertas, indicando allí razones de retraso.
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del Reglamento de la Ley 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
• No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
• Retraso de la firma de la Resolución de Adjudicación, por compromisos de la Directora y sus Subrogantes.
• Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
• Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
• Por reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso de que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar fechas” de la licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
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READJUDICACION |
“El Hospital”, procederá a la Readjudicación en los siguientes casos:
- En caso del oferente inicialmente adjudicado desista formalmente de la contratación, ya sea que, rechace o no acepte la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información o a su vez, manifieste a través de una comunicación escrita y formal las razones de dicho desistimiento. Esto en un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la Adjudicación.
- En caso que el oferente adjudicado no cumpla con las condiciones para contratar, conforme a lo dispuesto en artículo 13º de las presentes bases de licitación, o bien, se detecte que no cumple con la alguna de las condiciones que le permitieron tener la calidad de oferente adjudicado.
- En caso de que la comisión evaluadora hubiese cometido algún error en la evaluación de las propuestas, y éste error a su vez, modifique la decisión inicial a través de Resolución Exenta.
Se hace presente que la readjudicación se realizará al proponente que obtenga la calificación de segunda oferta más conveniente y así sucesivamente, considerando un plazo de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
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VIGENCIA |
Luego de adjudicada la licitación, se contempla un periodo de 24 meses corridos contados desde la fecha de adjudicación informada en el portal www.mercadopublico.cl , como periodo de vigencia de la contratación, o hasta completar el monto total del contrato estimado impuesto incluido como máximo, lo que ocurra primero en el transcurso del tiempo.
Por razones de buen servicio, los insumos podrán ser entregados a contar de la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, pero con la salvedad que el pago se efectuará de forma posterior a la emisión de la respectiva orden de compra y recepción conforme de estos.
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CAUSAS DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El contrato quedará terminado, por disposición de “El Hospital” en los casos señalados en el Artículo 13º de la Ley 19.886 y articulo Nº 77 del Reglamento de dicha Ley, además de los siguientes casos:
a) Si de común acuerdo entre las partes se decide poner término anticipado al contrato.
b) Si el Proveedor supera el límite de 30% conforme a lo estipulado en el artículo Nº26 “Multas por incumplimiento” de las presentes bases de licitación.
c) Sí el Proveedor cambia de Razón Social durante la vigencia del contrato, si falleciere el Proveedor y/o se disolviere la empresa adjudicada, y/o si es declarado en quiebra, o bien, en el caso de haber manifestado que tiene cobertura en la región de Valparaíso perdiera dicha condición.
d) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Si el proveedor es una Sociedad Limitada, y éste o alguno de los socios de la empresa fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún Gerente caiga en esta situación.
f) Si a juicio de la Unidad Técnica no está ejecutando la prestación de acuerdo al Contrato o, en forma reiterada o flagrante, no cumple con las obligaciones estipuladas en bases técnicas.
g) Si conforme a la autorización presupuestaria que, anualmente provienen desde el Ministerio de Salud, no existiera presupuesto disponible para los años respectivos y siguientes, conforme al respectivo ejercicio presupuestario.
h) Si el Proveedor no cumple con las Obligaciones Laborales y Sociales de los trabajadores (Ley Nº 20.238).
i) Si el adjudicado pierde la autorización sanitaria durante la vigencia del convenio, otorgada por la Secretaria Regional Ministerial de salud.
j) Si el adjudicado no cumple con mantener absoluta confidencialidad de toda la información y datos a los cuales tuviese acceso.
Si se verifica cualquiera de las situaciones enunciadas anteriormente, el mandante podrá proceder a poner término anticipado del contrato, dictando resolución correspondiente, previo aviso al proveedor, dado por escrito con 10 días hábiles de antelación a que se produzca el término del contrato.
Todo gasto que pueda producirse a raíz de un accidente que afecte vidas o bienes de tercero y a la propiedad fiscal, serán soportadas exclusivamente por el proveedor, a menos que el Hospital califique el caso, previa comprobación, como de fuerza mayor y ajeno a toda previsión.
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