1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
MEDICAMENTOS HIPOGLICEMIANTES E HIPOLIPEMIANTES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan
entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma
de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto
proceso de adquisición.
Las cantidades de los fármacos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimadas, por lo cual,
pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros
del Hospital la Florida.
No podrá el proveedor ofertar medicamentos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en las especificaciones técnicas. Cualquier extra no requerido, no
será considerado en la evaluación.
Los fármacos solicitados, así como el monto máximo de gasto, se encuentra detallado en las Bases Técnicas
de la Licitación.
La suscripción y administración de los contratos derivados de los procesos de compra tendrán vigencia solo y
cuando no exista una intermediación vigente entre CENABAST y el Hospital La Florida.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El
Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
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Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir sin modificaciones de
formato.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
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• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida, Hospital o
HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº
6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá
prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas
no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las
quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han
de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en
aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales
establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Producto Farmacéutico: Según la Ley Nº 19.497, Art. 97 del Código Sanitario DFL Nº 725/67: “Se entenderá
por producto farmacéutico cualquier substancia, natural o sintética, o mezcla de ellas, que se destine a la
administración al hombre o a los animales con fines de curación, atenuación, tratamiento, prevención o
diagnóstico de las enfermedades o de sus síntomas”.
• Reacción Adversa a Medicamento (RAM): cualquier respuesta a un medicamento que sea nociva y no
intencionada, y que tenga lugar a dosis que se apliquen normalmente en el ser humano para la profilaxis,
el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades, o para la restauración, corrección o modificación de
funciones fisiológicas.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
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Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante 20 (veinte) días
corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el
día de cierre de las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del quinto día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el décimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl, si el décimo
día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día
hábil siguiente.
Cierre de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta las 16:00 hrs. del vigésimo día
corrido contado desde la publicación de bases, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl.
La apertura se realizará desde las 16:01 hrs. de la fecha de cierre de las ofertas y
hasta los 5 días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de 5 (cinco) días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y
según las cantidades solicitadas por línea del producto. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Los oferentes podrán participar en una o más líneas de productos.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa. En cada una de
las líneas los oferentes podrán presentar para esa línea una sola oferta o bien una oferta principal y otra
alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
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5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento ochenta (180) días corridos, contados desde la fecha
desde el cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a
DECLARARLA INADMISIBLE. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, según lo establecido en el artículo 9 e Ley 19.886. Con todo, si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, éste podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta, se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (doscientos mil pesos chilenos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS HIPOGLICEMIANTES E
HIPOLIPEMIANTES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, ID: 812030-XXLP23.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la
glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta
adherida al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada
en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida
Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de
14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de
recepción de ofertas en Mercado Público.
Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat Silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo
siguiente:
• GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812030-XX-LP23 (donde
se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
• IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
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Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último,
sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse,
además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma,
que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s).
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida),
Avenida Froilán Roa 6420, funcionan distintas dependencias del Hospital, por lo que será de exclusiva
responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar
distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
o en más de una línea, este solo deberá presentar una garantía por todas las ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
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Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida deberá otorgar un plazo prudencial a los
oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no,
modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con
las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
fórmula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº 01 y N°02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisibles las ofertas.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y
esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01
Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las
disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe
adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo
N° 02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida
para ofertar, este anexo se considera un ANEXO
OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado
hábil en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en
este registro publicado la declaración para ofertar exigida por
Ley a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
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El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple
con la información técnica respecto del bien y/o servicio
ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe
adjuntar todos los documentos, fotografías y/o certificados
que respalden su información, según los requerimientos de las
presentes bases. El proponente deberá descargar archivo
Excel “Anexo N°03 Especificaciones Técnicas” publicado en el
portal www.mercadopublico.cl. y completar con la
información señalada según cumpla o no las características
solicitadas. Las propuestas que no cumplan o no logren
acreditar alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, o
no logren acreditarlos, serán declaradas inadmisibles y no
serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información
requerida, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: Anexo N°03 Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo
máximo para la entrega, de acuerdo a las Bases
Administrativas y técnicas y demás documentos que forman
parte de la licitación.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es
de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es
decir se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de
presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el
mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si
oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el
proveedor no señala expresamente el/los plazo(s) en su oferta
o señala en su oferta un plazo de días hábiles, su oferta será
declarada inadmisible.
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Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son
días hábiles o corridos, se entenderán que son días corridos,
para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha
de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el
Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor
deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas
desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en
el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr
los plazos de entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en
estas bases, sobre El Pago.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el
documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04
Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con
los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los fármacos requeridos en la presente
licitación y que certifican que el oferente ha tenido un
comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la venta de los mismos medicamentos requeridos
en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se
considerará de la misma envergadura cuando los contratos se
hayan celebrado con instituciones de salud Pública de la Red
Asistencial de Alta Complejidad. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado
en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior,
deberán presentarse firmados por la persona facultada para
ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en
el mismo como tal y con el timbre de la Institución que
adquirió el medicamento. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual
Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del
grupo empresarial al que pertenece la empresa o sociedad
oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto de
la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz,
coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida,
solo serán consideradas a evaluación las emitidas por la
Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los
antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente,
que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la
presentación y revisión de estos certificados, se entenderán
como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta
un máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan
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adquirido los medicamentos en los últimos 24 Meses desde la
publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se
considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con
el nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento
Contractual Anterior”.
06 CERTIFICADO DE NO RETIRO Y/O
RECLAMO ISP
Certificado emitido por Director Técnico en donde el
medicamento no debe presentar alertas de retiro y/o
reclamos de calidad por parte del ISPCH.
El certificado, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: “Anexo Nº 06 Certificado de NO retiro”.
08 POLÍTICA DE CANJE
El oferente deberá presentar documentación sobre su política
de canje de los fármacos ofertados.
Este es un anexo que debe ser utilizado sólo en casos
excepcionales, donde exista un medicamento que no cumpla
con la vigencia mínima solicitada de 12 meses, desde la
llegada al Hospital, este deberá ser informado vía mail al Jefe
de Bodega, con copia al ejecutivo de compras de su
aceptación por parte del Hospital de la Florida, dependiendo
la respuesta de éste es si se procede con el despacho o no.
El anexo, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo Nº 08 Política de Canje”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
09 ÓRDENES DE COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de
compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de
compra de Mercado Público aceptadas por el oferente y
donde conste expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra
y factura correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo
medicamento ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la
presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta
técnica con el nombre Anexo N°09 “Órdenes de compra” con
el nombre: “Anexo N° 09 Órdenes de compra”.
10
DECLARACIÓN JURADA
PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA
PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA
N°31 CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de
integridad de Código de ética para proveedores,
correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra, por el
proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se
entenderá que no aplica programas de integridad y/o políticas
contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su
oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Anexo N°10: Declaración jurada programa de integridad con
aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
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07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y
en pesos chilenos del fármaco ofertado, incluidos todos los
gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por
ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la
carpeta Económica con el nombre: Anexo N° 07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en
los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los
valores ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias
entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto
a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es
de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada
inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por
ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
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Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe CR.
3. Jefe Contratos.
4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura y dará inicio al proceso de
evaluación Administrativa Técnica y Económica de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Jefe CR.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
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La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
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El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN DEFINICIÓN FACTOR PONDERACIÓN PUNTAJE
MAXIMO
Cumplimiento de
Requisitos
Formales
1% Cumplimiento de los
requisitos formales 100
Criterio Técnico 15%
Tipo de Medicamento
Innovador o
Bioequivalente/
Innovador o
Equivalente
Terapeútico
o
Genérico
50%
100
Certificado de NO retiro y/o
reclamo ISP
Evaluación retiro y/o
reclamos de calidad
ISP
50%
Comportamiento
Contractual
Anterior
5%
Evaluación del
Comportamiento intachable
en contratos anteriores
100
Cobro de la
Garantía de
Seriedad de la
Oferta
4%
Evaluación al oferente,
respecto a proceso licitatorio
adjudicado en el HLF
100
Experiencia 5%
Evaluación de experiencia en
ventas anteriores del mismo
fármaco
100
Programas de
integridad con
aplicación de
código de ética
para proveedores
del Estado
1%
Programas de integridad
relacionados a la contratación
pública con aplicación del
código de ética para
proveedores y sus
trabajadores
100
Plazo de Entrega 9%
Evaluación tiempo de entrega
desde la aceptación de Orden
de Compra
100
Precio 60% Evaluación económica de lo
ofertado 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERÍSTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos,
económicos y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos,
económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de
50
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tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y
forma.
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos,
económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de
tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y
forma.
0
8.4.2 Criterio Técnico (15%)
El Criterio de Evaluación Técnico se evaluará a través de dos factores “Tipo de Medicamento” y “Certificado
de NO retiro y/o reclamo ISP” asignándoles a cada uno de estos factores una ponderación de 50% de la
ponderación total del Criterio, respectivamente.
El Anexo N°03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del Producto.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
Requisitos Obligatorias (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta
inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía
y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases
como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o
enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
8.4.2.1 Factor “Tipo de Medicamento”
Este criterio se evaluará a través de mecanismo tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TIPO DE MEDICAMENTO (según corresponda) PUNTAJE
Innovador o Bioequivalente
o
Innovador o Equivalente Terapéutico
100
Genérico 50
El oferente deberá acreditar con la respectiva certificación, para obtener el puntaje estipulado en esta
evaluación.
8.4.2.2 Factor “Certificado de NO retiro y/o reclamo ISP”
Documento que certifica que el medicamento ofertado no ha presentado alerta de retiro y/o reclamos de
calidad del ISP.
El oferente debe respaldar esta información adjuntando ANEXO N°06, certificado emitido por Director
Técnico, la información que no sea acreditada de esta forma, no será considerada en la evaluación. Dicho
certificado deberá tener una antigüedad máxima de 6 meses.
CRITERIO PUNTAJE
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Nunca ha presentado alertas de retiro y/o reclamo en ISP 100 puntos
No Presenta alertas de retiro y/o reclamo en ISP en 60 meses o más 80 puntos
No Presenta alertas de retiro y/o reclamo en ISP en 59 meses a 48 meses 60 puntos
No Presenta alertas de retiro y/o reclamo en ISP en 47 meses a 36 meses 40 puntos
No Presenta alertas de retiro y/o reclamo en ISP en 35 meses a 25 meses 20 puntos
No Presenta alertas de retiro y/o reclamo en ISP en 24 meses o menos 0 puntos
Si el oferente nunca ha presentado retiro y/o reclamo por parte del ISP, recibirá el puntaje más alto.
8.4.3 Plazo de Entrega (9%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo
siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO
Plazo de Entrega (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el fármaco adjudicado en su Anexo Nº 04. Se
establece que el límite base para el tiempo de despacho es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos.
Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de Compra
emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. Si no existen entregas programadas. (En
www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su
publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de
lo señalado en estas bases, sobre El Pago.
8.4.4 Comportamiento Contractual Anterior (5%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura de los medicamentos requeridos en la presente licitación que
declaren la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos
medicamentos requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma
envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública de la Red Asistencial
de Alta Complejidad. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado
en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el medicamento. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán consideradas a evaluación las emitidas
por la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
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El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los medicamentos en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora 0
8.4.5 Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (4%)
Evaluación que acredita si al oferente se le ha hecho efectivo el cobro de la Garantía de la Seriedad de la
Oferta, en procesos licitatorios del Hospital Clínico de La Florida los últimos 12 meses desde la fecha de cierre
de la presente licitación.
Este criterio se evaluará a través de mecanismo dicotómico, asignándose el siguiente puntaje:
COBRO GARANTÍA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA PUNTAJE
NO se ha hecho efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta en procesos
licitatorios del HLF en los últimos 12 meses, de acuerdo a lo indicado en el punto
“Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta” de las bases de licitación
100
Se ha hecho efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta en procesos
licitatorios del HLF en los últimos 12 meses, de acuerdo a lo indicado en el punto
“Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta” de las bases de licitación
0
El Hospital acreditará a evaluación, mediante la respectiva Resolución Exenta que autoriza el cobro de la
Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo a lo señalado en este punto de las bases.
8.4.6 Experiencia del Oferente (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de Órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en Sector Público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme ” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los fármacos requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los fármacos requeridos
en la presente licitación.
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Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos fármacos requeridos en
esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.7 Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionados a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 10), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°10:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0
8.4.8 Evaluación Económica (60%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada fármaco solicitado, el cual se debe
ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
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MEDICAMENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada fármaco será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio técnico.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo
de entrega.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
económico.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
Cobro de Garantía de Seriedad de la Oferta.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Comportamiento Contractual Anterior.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Experiencia.
g) Si subsiste el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Programas
de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por línea o ítem de producto, pudiendo un oferente adjudicarse más de una línea a
la vez.
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Se adjudicará cada ítem a aquel proponente cuya oferta en esa línea haya sido evaluada como la más ventajosa
para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes
Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos
de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde
la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando
sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La
Florida, podrá realizar la revocación de Ésta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin
perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato se llevará a cabo según corresponda:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente debe cumplir íntegramente con lo señalado en el numeral 10.1 y 10.2
de estas bases.
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10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato, a la Unidad de Contratos de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: El proveedor adjudicado debe presentar garantía o
caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo
a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de
data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones
juradas:
a) Anexo N° 02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, y que
tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de
proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura
Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la
solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no
podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio,
incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del
Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá
presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y
cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá
ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de
certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad
de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del
contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho
certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva
licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3.- Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812030-
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XX-LP23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación). El sobre deberá ser entregado en
Unidad de Contratos ubicada en dependencias del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro del
plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los fármacos, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
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en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero, y mientras no exista una intermediación vigente entre CENABAST y el Hospital de La Florida
por el fármaco objeto del contrato, situación que será debidamente informada al adjudicatario.
10.6.- Renovación del Contrato
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, solo por una sola
vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas. Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto
administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto, entre otros, en el dictamen N°34.713, de 2015.
Los motivos fundados serán:
a) Continuidad del servicio
b) Caso fortuito y /o Fuerza mayor
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del
contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “ADQUISICIÓN DE
MEDICAMENTOS HIPOGLICEMIANTES E HIPOLIPEMIANTES PARA EL
HOSPITAL LA FLORIDA” ID 812030-XX-LP23 (donde se señala XX
reemplazar por el número de la Licitación).
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa
en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida
al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
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GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812030-XXLP23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso que el Hospital determine necesario aumentar o renovar el contrato, el adjudicatario deberá renovar
la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos
efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, se aplicará el mismo
procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
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La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será realizada una vez que se haya
cumplido su fecha de vencimiento.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los fármacos contratados. Lo anterior salvo en los casos de transporte
y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la Entrega
El plazo de entrega de los medicamentos será el ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de Entrega,
dicho plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado Publico
según lo establecido en el numeral 10.3. letra d, de estas bases. El oferente adjudicado deberá entregar los
fármacos por cada orden de compra emitida, en la bodega del Hospital en forma total.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se aceptarán
copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de lote y fecha
de vencimiento de los productos.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada fármaco, los
requerimientos de entrega de los bienes y/o servicios podrán ser realizados a través de la emisión de una sola
Orden de compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la
necesidad del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega, podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N° 01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, según se especifica en el punto
sobre Multas de estas Bases, el costo que eventualmente se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar sólo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y en
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N° 19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
c) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, condiciones de su oferta, calidad u otra condición
establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al fármaco adjudicado.
f) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar
el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por esa Unidad para la ejecución
de éste.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas
del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
k) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato, de manera distinta o
contraviniendo lo indicado en bases sobre la materia.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
m) Si el adjudicatario presenta quiebre de stock por más de 30 días corridos.
n) Si se suscribe una intermediación entre CENABAST y el Hospital La Florida por el/los fármaco(s) objeto del
contrato.
o) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado el contrato en forma anticipada, el Hospital quedará facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel
Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se haya
debido a responsabilidad del proveedor.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
1) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva
del medicamento, vencido sea el plazo ofertado por el proveedor. Se entenderá por fecha de entrega
efectiva del bien la fecha anotada en la Guía de Despacho por el funcionario de bodega del Hospital
la Florida.
2) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del medicamento,
estará obligado a entregar los nuevos productos dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse
una multa equivalente a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior,
sin perjuicio de hacerse efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
3) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los
medicamentos solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus
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componentes, accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital
en sus bases para el uso correcto del bien adquirido.
4) Si el medicamento presenta Quiebre de stock superior a 10 días corridos, se deberá cancelar la OC
emitida aplicándose una multa de 3 UTM al proveedor. Asimismo, el Hospital tendrá la facultad de
adquirir los medicamentos a terceros, suspendiendo por este hecho las recepciones de los fármacos
al proveedor hasta que se le emita una nueva orden de compra en virtud de su contratación. Ahora
bien, en caso de que el hospital adquiera el fármaco con un tercero producto del quiebre de stock,
el proveedor adjudicado deberá hacerse cargo de la diferencia de precio entre el monto ofertado en
la presente licitación y el precio pagado al tercero por el medicamento y que esta adquisición pudiese
ocasionar. Dicha diferencia podrá ser cobrada en la forma prevista en el numeral 12.6 de las bases
administrativas.
5) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa
12.4.- Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
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Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTÍA |
El oferente se obliga a mantener garantía técnica de los productos ofertados durante toda la vigencia del
Contrato más 120 días hábiles.
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14.- DE LA RECEPCION |
El adjudicatario deberá entregar en la bodega de adquisiciones los bienes adquiridos, en los plazos
comprometidos en anexo N°04 Plazo de Entrega.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
bienes durante bodegaje.
Para la Recepción de los bienes en Bodega, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La bodega de adquisiciones del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de despacho
y la Orden de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme, emitir la
factura correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente sólo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
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En caso que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
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R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a la Sra. Daniela
Leiva, Jefa de Farmacia de la Subgerencia de Servicios Clínicos de Apoyo o quien sea titular del mismo cargo
al momento de la ejecución del contrato, o quien subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador
del Contrato, quien, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital,
tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad
y entrega oportuna de los fármacos.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar,
para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.1 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo N° 1.
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19.- LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. OBJETO
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
MEDICAMENTOS HIPOGLICEMIANTES E HIPOLIPEMIANTES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan
entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma
de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto
proceso de adquisición.
Las cantidades de los fármacos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimadas, por lo cual,
pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros
del Hospital la Florida.
No podrá el proveedor ofertar medicamentos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en las especificaciones técnicas. Cualquier extra no requerido, no
será considerado en la evaluación.
Los fármacos solicitados, así como el monto máximo de gasto, se encuentra detallado en las Bases Técnicas
de la Licitación.
La suscripción y administración de los contratos derivados de los procesos de compra tendrán vigencia solo y
cuando no exista una intermediación vigente entre CENABAST y el Hospital La Florida.
2. ASPECTOS GENERALES
Los FÁRMACOS requeridos en esta adquisición deben cumplir las especificaciones técnicas propias del
producto, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03, y además con las siguientes características:
a. Vigencia de los Productos: Es obligatorio que los fármacos ofertados en la licitación cumplan con
fecha de vencimiento ajustado a decreto 79 de Minsal desde su llegada a la bodega del Hospital La
Florida. En caso contrario los productos quedarán sujetos a validación, y el oferente estará obligado
a cumplir la respectiva POLITICA DE CANJE OBLIGATORIA, previa confirmación vía correo
electrónico por parte del Hospital que permita la reposición del medicamento por uno de mayor
vigencia si éste no se alcanza a utilizar antes de su vencimiento.
b. Continuidad de servicio: El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los fármacos
contratados a fin de garantizar la continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no
caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho medicamento
en otra Empresa para cumplir. El fármaco adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o
superior calidad, debiendo solicitar autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de
Contratos.
La adquisición a tercero por parte del proveedor, tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en
el valor de los medicamentos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los fármacos dentro del plazo ofertado, ni exime
de la aplicación de multa por atraso en la entrega de los mismos.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre, se aplicará la sanción
establecida en el punto Multas, pudiendo el Hospital además dar por terminado anticipadamente el
contrato.
c. Despacho de los medicamentos calendarizados: El Hospital podrá realizar Órdenes de Compra por
un período de seis meses o más, para posteriormente programar su despacho mediante una
calendarización enviada por personal de Abastecimiento del Hospital. El no cumplimiento de éste, se
considerará como incumplimiento de despacho de la Orden de Compra y se aplicará la multa
estipulada en la cláusula Multas de las bases administrativas.
Los costos necesarios para la entrega de los productos en las Bodegas del Hospital serán de cargo del
proveedor, y en ningún caso implicará costos adicionales para el mandante.
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CLASIFICACION DEL
REQUISITO N° REQUISITOS TÉCNICOS TIPO DE
REQUISITO FORMA DE ACREDITAR REQUISITO (RESPALDO)
REGISTROS 1
El medicamento cumple con
registro del Instituto de
Salud Pública
Obligatorio Incluir resolución del ISP
TIPO DE
MEDICAMENTO
2
Innovador o Bioequivalente
Innovador o Equivalente
Terapéutico
Deseable Incluir resolución del ISP
3 Genérico Deseable Incluir resolución del ISP
CERTIFICADO DE NO
RETIRO Y/O RECLAMO
ISP
4
Evaluación retiro y/o
reclamos de calidad ISP Deseable Incluir certificado emitido por Director Técnico
GMP 5
El proveedor debe contar
con la certificación GMP de
la planta productora del
principio activo y productora
del medicamento
Obligatorio Incluir resolución ISP o certificados
FARMACOVIGILANCIA 6
El proveedor debe contar
con programa de
farmacovigilancia, debe
informar mediante
documento los
procedimientos, nombre de
médico o químico
farmacéutico responsable de
dar respuesta a las consultas
técnicas acerca de alguna
RAM
Obligatorio Incluir programa de Farmacovigilancia
ROTULACIÓN DE
MEDICAMENTOS
7
La rotulación del envase y
del prospecto debe ser en
español
Obligatorio Incluir imagen de envase y prospecto
8
Características o
descripciones del producto
ofertado
Obligatorio
Fotografía que acredite información al cuerpo médico y
pacientes (conservación de T°, código de barra, N° de
serie, lote, fecha de vencimiento)
3. STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los medicamentos contratados a fin de garantizar
la continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho medicamento en otra
empresa para cumplir dentro de los 10 días corridos desde la fecha original de entrega.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en el valor de
los fármacos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los medicamentos dentro del plazo ofertado, ni exime
de la aplicación de multa por atraso en la entrega de productos.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se deberá
cancelar la orden de compra emitida, aplicándose una multa establecida en bases. Asimismo, el Hospital
tendrá la facultad de adquirir los fármacos a terceros, suspendiendo por este hecho las recepciones de los
insumos al proveedor hasta que se le emita una nueva orden de compra en virtud de su contratación. Ahora
bien, en caso de que el hospital adquiera el fármaco con un tercero producto del quiebre de stock, el
proveedor adjudicado deberá hacerse cargo de la diferencia de precio entre el monto ofertado en la presente
licitación y el precio pagado al tercero por el insumo y que esta adquisición pudiese ocasionar. Dicha diferencia
podrá ser cobrada en la forma prevista en el numeral 12.6 de las bases administrativas. Con todo, y sin
perjuicio de lo anterior, el gasto en que incurra el Hospital, en este caso, por la adquisición del insumo a
tercero, deberá ser imputado y rebajado del ítem presupuestario asignado a la adjudicación de esta Licitación.
4. MEDICAMENTOS REFRIGERADOS (sólo si procede)
Todos los oferentes deberán cumplir con las siguientes condiciones de entrega para los Medicamentos
refrigerados:
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1) Cooler o contenedor adecuado al medicamento que se entrega.
2) Pack frío o conservador de temperatura.
3) Respetar condiciones de temperatura conforme a lo que indique el envase del Medicamentos.
El incumplimiento de las condiciones anteriores, las cuales serán verificadas en el momento de recepción en
Bodega del Hospital con los medios disponibles (termómetro infrarrojo u otro instrumento de medición), será
causal para la devolución de los medicamentos y las multas o causales de término de Contrato que
correspondan.
5. VIGENCIA DE MEDICAMENTO
La vigencia del medicamento ofertado, corresponde a un mínimo de vigencia de 12 meses desde su llegada a
la bodega del Hospital de La Florida.
6. POLÍTICA DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los fármacos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los medicamentos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
1. Los medicamentos defectuosos o dañados o que no cumplan con las especificaciones dadas en la
licitación deberán ser canjeados por el proveedor.
2. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los medicamentos en las siguientes condiciones:
• Fecha de vencimiento del Medicamento al momento de su recepción en bodega del Hospital, según
Decreto 79 de Minsal.
• Medicamentos con empaques dañados y defectuosos.
• Medicamentos adulterados o mal rotulados.
• Medicamento de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada.
• Medicamento con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material).
Para llevar a cabo el canje o cambio de medicamento, una vez revisado el vencimiento de los fármacos, la
persona encargada de bodega se comunicará con la persona encargada del contrato por parte del proveedor
para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el correspondiente cambio o canje dentro
de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa establecida en el numeral de multas de
las Bases Administrativas.
7. ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS
Los fármacos ofertados deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no
cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible, por no cumplir con los requisitos
especificados en las bases.
ÍTE
M
MATERIAL DESCRIPCION CANTIDAD ESTIMADA
12 meses
MONTO MÁXIMO
de gasto Asignado 12
meses VALOR CON
IVA Incluido en UTM
1 A10BK0101 DAPAGLIFLOZINA 10 mg comprimido 21600 688
2 FACC10003 LOVASTATINA 20 MG COMPRIMIDO 1368 2
3 A10BJ0601 SEMAGLUTIDA 0,25 mg solución
inyectable lápiz precargado 180 358
Se emitirán las correspondientes órdenes de compra a los oferentes adjudicados de manera parcializada,
según los requerimientos y necesidades del Hospital Clínico Metropolitano La Florida.
Esta estimación no constituye una obligación de compra inmodificable para HLF y puede experimentar
variaciones, incrementándose o disminuyendo.
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