Con todo la Comisión de Apertura sancionada por Decreto para estos efectos, mediante “Foro Inverso” podrá solicitar al oferente, que dentro del plazo de 48 horas hábiles salve los errores u omisiones, cometidos solamente en los documentos administrativos, salvo las excepciones indicadas en el punto 4.2 de estas bases, y siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Vencido el plazo indicado anteriormente sin respuesta por parte de los proponentes, la oferta será rechazada.
La Comisión de Evaluación, posterior al acto de apertura, podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, la que deberá comunicarse a través del portal al (los) interesado(s) y a los demás Proponentes.
Con todo, los antecedentes que se presenten con posterioridad al cierre de las ofertas, deben haberse producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o hacer referencia a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del portal de compras.