Se propondrá al Sr. Director adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la oferta, la que será considerada como la mejor opción para el establecimiento.
Así mismo y conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Hospital podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o no resultasen convenientes a sus intereses o declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
10.1.-Resolución de Adjudicación
El Hospital adjudicará a través de una resolución de su Director o de quien corresponda según normativa interna del Hospital, que publicará en www.mercadopublico.cl una vez que esté totalmente tramitada.
10.2.-Notificación de Adjudicación:
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante el portal www.mercadopublico.cl como asimismo a los demás oferentes que hubieses participado en la presente Propuesta Pública.
10.3.-Publicación en Página Web
El Hospital publicará e informará el nombre de él o los adjudicatarios en el sitio www.mercadopublico.cl,
10.4.-Fecha de Adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital publicará una nueva fecha el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
10.5.-Desistimiento
Si el adjudicatario desiste de su realización o no entrega los antecedentes y/o la garantía exigidos en los plazos que se establecen, o no se inscribe en chileproveedores dentro de los plazos señalados, el Hospital tendrá derecho a encomendar la labor a la oferta que, de acuerdo al resultado de la evaluación, la siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación.
10.6.-La adjudicación será publicada en el portal Mercado Publico entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo Nº 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
10.7.- Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá adeclarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado Publico. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos.
10.8.- El SERVICIO se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.
10.9.- El HOSPITAL se reserva el derecho de declarar desierta la licitación por razones presupuestarias, debidamente revisadas y autorizadas por el Comité de Abastecimiento.
10.10.- Modificación de fecha. La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo Nº 41 inciso 2°del reglamento de la Ley Nº19.886. Como cualquier otra fecha del proceso licitatorio.
10.11.- Consultas a la Adjudicación. Realizada la adjudicación mediante su publicación en el Portal mercadopúblico.cl, los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo.
10.12.-Cláusula de readjudicación. Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta o que los kits e insumos entregados no correspondan a los comprados o no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato si correspondiese o no se inscribe en chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases según sea el caso, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.