Licitación ID: 873299-87-LE19
CONVENIO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES PARENTERALES PARA LA UCI ADULTO DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN, Unidad de Abastecimientos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 137
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Productos o servicios
1
Soluciones de nutrición o de nutrición parenteral total (NPT) 1 Bolsa
Cod: 51191603
1[218P080]Nutrición Parenteral Total Adulto Con lípidos 2 Lt. app BS  

2
Soluciones de nutrición o de nutrición parenteral total (NPT) 1 Bolsa
Cod: 51191603
2.[218P099]Nutrición Parenteral Total Adulto Con lípidos 1 Lt. app BS  

3
Soluciones de nutrición o de nutrición parenteral total (NPT) 1 Bolsa
Cod: 51191603
3.[218P049]Nutrición Parenteral Adulto Sin lípidos 2 Lt. app BS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES PARENTERALES PARA LA UCI ADULTO DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SUMINISTRO DE NUTRICIONES PARENTERALES PARA LA UCI ADULTO DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Unidad de compra:
Unidad de Abastecimientos
R.U.T.:
61.602.054-4
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-08-2019 17:00:00
Fecha de Publicación: 14-08-2019 16:59:29
Fecha inicio de preguntas: 14-08-2019 17:25:00
Fecha final de preguntas: 19-08-2019 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-08-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-08-2019 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-08-2019 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 15-11-2019 14:24:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO Nº1.1 PERSONAS JURÍDICAS FORMULARIO N°1.2 PERSONA NATURAL
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO Nº3 COMPROMISO DE LA OFERTA, FORMULARIO Nº4 OFERTA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO Nº5 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN TÉCNICA A continuación, se detallan los criterios técnicos a evaluar. Se considerará en este factor de evaluación la información declarada por el Oferente en el Formulario N° 4 Oferta Técnica y demás antecedentes presentados conforme a lo estipulado en el Artículo N°12.2.3 de las Bases Administrativas. Se le asignará puntaje a cada uno de los criterios técnicos indicados en la siguiente tabla: 29%
2 Oferta Económica Se considerará en este factor de evaluación la información declarada por el Oferente en el Formulario Nº 5 Oferta Económica presentado conforme a lo estipulado en el Artículo 12.2.4, letra a, de las Bases Administrativas. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 10 Donde: Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 60%
3 Política de canje Se evaluará el contenido de la política de canje dispuesta por el medicamento ofertado. Esta política deberá considerar el canje del producto farmacéutico cuando presenten problemas de: estabilidad, empaque, envases en mal estado, conservación inadecuada, vencimiento, defectos, cantidad en su interior incompleta o dañada. Esta información deberá ser declarada por el Oferente en el Formulario Nº 3 Compromiso de la Oferta y firmada por el representante legal conforme a lo estipulado en el Artículo 12.2.2, letra c, de las Bases Administrativas. En referencia al detalle que informe el oferente sobre la recepción del producto vencido y el tiempo de respuesta del canje, será calificado de acuerdo a lo señalado en las tablas 1 y 2. 3%
4 CUMLIMIENTO PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN En este punto será evaluado el cumplimiento del envío oportuno de toda la documentación solicitada en el Art. Nº 12.2 en las Bases Administrativas. Los oferentes que cumplan con la presentación oportuna del 100% de los documentos y con la organización que se solicita, obtendrán nota 10, se exige la correcta y completa entrega de información solicitada en los Formularios de postulación correspondientes, esto considera además que el oferente postule solo con la documentación solicitada en el Art. 12.2 y con la organización detallada en el Formulario N° 4 Oferta Técnica. A los oferentes a los cuales sea necesario solicitar información a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl , obtendrán nota 0. Sin perjuicio de lo antes dicho, las ofertas que no acompañen los antecedentes descritos en el Art. 12.2.2 letra “c”, Art. 12.2.3 letras “a”, Art. 12.2.4 letra “a”, quedaran excluidas del proceso de evaluación de oferta, ya que su cumplimiento constituye una exigencia oblig 3%
5 PLAZO DE ENTREGA Se considerará en este factor de evaluación la información declarada por el Oferente en el Formulario Nº 3 Compromiso de la Oferta presentado conforme a lo estipulado en el Artículo 12.2.2, letra c, de las Bases Administrativas y según el siguiente cuadro: Tabla 3 Plazo de entrega (Días Hábiles) Puntaje 1 Día Hábil 10 Mayor a 1 Día y menor o igual a 3 Días Hábiles 5 Superior a 3 Días Hábiles 0 Nota: Cabe señalar que, el plazo efectivo de entrega propuesto, deberá ser expresado en Días Hábiles. No se aceptarán plazos que digan “entrega inmediata”. En el caso que el Oferente no exprese el plazo debidamente de acuerdo a lo indicado, obtendrá puntaje 0 en este criterio de evaluación. Importante: Recordar que el no cumplimiento en los plazos comprometidos en el Formulario Nº3 Compromiso de la Oferta, será motivo de cobro de multas según lo indicado en Bases Administrativas Artículo Nº 24. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días ARTÍCULO Nº 22 DEL SISTEMA DE PAGO
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: javier Olea
e-mail de responsable de pago: javier.olea@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: valeria iturra
e-mail de responsable de contrato: valeria.iturra@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2364099-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Carlos Van Buren
Fecha de vencimiento: 25-11-2019
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: una Boleta de Garantía Bancaria de liquidez inmediata, Vale Vista, Certificado de fianza o Póliza de seguro u otro instrumento en particular que asegure el cobro de manera rápida y efectiva
Glosa: Para garantizar la Seriedad de la Oferta por “CONVENIO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES PARENTERALES PARA LA UCI ADULTO DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN” licitación ID 873299-87-LE19.
Forma y oportunidad de restitución: e. La devolución de los Instrumentos Financieros de garantía por seriedad de la oferta se efectuará luego de la publicación del acta de adjudicación para aquellas ofertas que no hayan sido adjudicadas, por otro lado, el Hospital conservará luego de este acto, la boleta de la segunda oferta mejor evaluada y procederá a su devolución una vez suscrito el contrato, previendo que el adjudicado se desista y retire su oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Carlos Van Buren
Fecha de vencimiento: 25-12-2020
Monto: 5 %
Descripción: a. A fin de garantizar la correcta y oportuna ejecución del contrato y el cumplimiento cabal de todas y cada una de las obligaciones causadas por el mismo, el Oferente en cuyo favor se haya adjudicado la propuesta deberá entregar, antes de la suscripción de dicha convención, un Vale Vista bancario, Boleta de Garantía Bancaria, Deposito a la Vista, Certificado de fianza, Póliza de Seguro u otro instrumento en particular que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en las presentes bases. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Deberá ser pagadero a la vista, es decir, al momento en que es presentado en cobro y con carácter de irrevocable, equivalente al 5% del valor total bruto adjudicado, con una vigencia igual a la fecha de término de contrato de la materia de encargo más 60 días hábiles, la cual deberá identificar claramente el nombre del contrato que cauciona y ser extendida a nombre de:
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Convenio, Obligaciones Laborales y de Remuneraciones por “CONVENIO DE SUMINISTRO DE NUTRICIONES PARENTERALES PARA LA UCI ADULTO DEL HOSPITAL CARLOS VAN BUREN”, licitación ID 873299-87-LE19”.
Forma y oportunidad de restitución: b. Este Instrumento Financiero de Garantía será restituida, contra solicitud del Contratista, una vez efectuada la recepción conforme de la última entrega programada respecto de los productos materia de encargo adjudicados solicitados a suministrar vía Orden de Compra respectiva y después de haber procedido a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
La adjudicación de la propuesta será resuelta por el Director del Hospital Carlos Van Buren o quien lo subrogue, según corresponda, quien adjudicará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión de Adjudicación. Durante este proceso de adjudicación, la comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas o los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión podrá rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación. Por otro lado, la Comisión de Adjudicación podrá proponer y el Director o quien lo subrogue resolverá la deserción del proceso licitatorio en los siguientes casos: -Falta de oferentes en el proceso. -Falta de documentos obligatorios en todas las ofertas recibidas. -Incumplimiento de las especificaciones técnicas en todas las ofertas recibidas. -El monto de los bienes a adjudicar supera el presupuesto destinado y disponible para el proceso. Además el Hospital podrá rechazar una oferta que técnicamente cumple con todo lo solicitado pero que su oferta este fuera del presupuesto que se tiene designado para tal adquisición. De esta forma el Hospital podría adjudicar a un oferente que permita mantener los presupuestos establecidos. La licitación se entenderá oficialmente adjudicada, una vez que se realice el control previo de legalidad y que el Hospital Carlos Van Buren así lo dictamine a través de la emisión de una Resolución Exenta, en el cual, entre otras cosas, se deberá consignar el nombre del Proponente favorecido (persona natural y/o jurídica) denominada de ahora en adelante adjudicatario, el monto ofertado (IVA incluido o 10% Impuesto de Retención) y el plazo de ejecución en días corridos. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso, el cuál no podrá exceder de 20 días hábiles.
FACULTAD DE READJUDICACIÓN
El Hospital, podrá en el caso que el proveedor originalmente seleccionado, se rehúse a suscribir el convenio, no entregue el Instrumento Financiero de Garantía del Convenio, se desista de su oferta y/o sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con todas las exigencias establecidas en las presentes Bases.
DEL EMPATE
En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio individual con mayor relevancia, de proseguir la situación se continuará el mismo análisis con el siguiente criterio. En aquellos criterios de evaluación en los cuales se repite la ponderación, se evaluará según el siguiente orden: NUTRICIONES PARENTERALES ADULTO CON LÍPIDOS 2LT APP: calorías totales, cantidad de glucosa, cantidad de proteínas, composición lipídica. NUTRICIONES PARENTERALES ADULTO SIN LÍPIDOS 2 LT APP Y ADULTO CON LÍPIDOS 1LT APP: calorías totales, cantidad de proteínas. En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor relevancia de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio con mayor relevancia, de proseguir la situación se continuará el mismo análisis con el siguiente criterio. La puntuación de los criterios individuales serán números enteros de 0 a 10 más dos decimales. Para la asignación de puntajes finales de los criterios de evaluación como producto de la sumatoria total de éstos, se considerará en la nota final el número entero más un decimal. La centésimas menores a 0,5 se ajustan al decimal menor y las centésimas de 0,5 hacia arriba se ajustan al decimal mayor. Ej.: 1) 4,23 = 4,2 2) 4,25 = 4,3. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
DEL CONVENIO Y GARANTÍAS
Es de exclusiva responsabilidad del CR de Abastecimiento del Hospital Carlos Van Buren, el redactar el Convenio para su suscripción, debiendo esta Unidad junto con el (los) Adjudicatario(s), coordinar el día y hora para llevar a cabo este acto y, por consiguiente, coordinar todas aquellas acciones y/o antecedentes que son necesarios para tal efecto con todas aquellas Direcciones y/o Unidades pertinentes para esta materia de encargo, cumpliendo con los plazos establecidos en las Bases para la suscripción del Convenio. El Hospital Carlos Van Buren no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos de la misma institución, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del Artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Al respecto, el Proponente adjudicado tendrá que hacer entrega del Instrumento Financiero de Garantía de Fiel Cumplimiento del Convenio. Todos los gastos del Cono que se originen por su celebración y/o protocolización, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. La inobservancia de las obligaciones consistentes en suscribir el Convenio y rendir el Instrumento Financiero de Garantía dentro del plazo señalado, sea por desistimiento o simple omisión, habilita al Hospital Carlos Van Buren para dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivo el Instrumento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta. Dichas acciones, una vez aplicadas, tendrán carácter de irreversibles, en cuyo evento y sin llamar a una nueva licitación, el Hospital Carlos Van Buren podrá proponer adjudicar la licitación a los otros Proponentes participantes en el orden en que hubiesen sido evaluados.