Licitación ID: 1803-5-LP17
CONTRATACION DE SERVICIOS DE ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LAS COMUNAS URBANAS Y RURALES DE LA REGION DE LOS LAGOS
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA, Junaeb Región de Los Lagos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 634 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para la Provincia de Osorno para el año 2017.  

2
Personal médico temporal 241 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Puerto Montt (A) para el año 2017.  

3
Personal médico temporal 241 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Puerto Montt (B) para el año 2017.  

4
Personal médico temporal 212 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para las Comunas de Puerto Varas, Llanquihue y Frutillar para el año 2017.  

5
Personal médico temporal 157 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para las Comuna de Calbuco y Maullin para el año 2017.  

6
Personal médico temporal 135 Unidad
Cod: 80111606
Atenciones Médicas de Ofltalmología para las Comuna de Los Muermos y Fresia para el año 2017.  

7
Personal médico temporal 766 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Castro para el año 2017.  

8
Personal médico temporal 855 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Ancud para el año 2017.  

9
Personal médico temporal 346 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Quemchi para el año 2017.  

10
Personal médico temporal 353 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Dalcahue para el año 2017.  

11
Personal médico temporal 124 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Curaco de Velez para el año 2017.  

12
Personal médico temporal 217 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Quinchao para el año 2017.  

13
Personal médico temporal 122 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Puqueldon para el año 2017.  

14
Personal médico temporal 230 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Chonchi para el año 2017.  

15
Personal médico temporal 207 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Queilen para el año 2017.  

16
Personal médico temporal 380 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Quellon para el año 2017.  

17
Personal médico temporal 415 Unidad
Cod: 80111606
tenciones Médicas de Ofltalmología para la Comuna de Cochamo y la Provincia de Palena para el año 2017.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIOS DE ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LAS COMUNAS URBANAS Y RURALES DE LA REGION DE LOS LAGOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATAR MEDICOS OFTALMOLOGOS, PARA REALIZAR ATENCIONES MEDICAS EN LA REGION DE LOS LAGOS PARA EL AÑO 2017.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Unidad de compra:
Junaeb Región de Los Lagos
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
Baquedano 281
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-01-2017 15:05:00
Fecha de Publicación: 11-01-2017 15:57:08
Fecha inicio de preguntas: 11-01-2017 17:05:00
Fecha final de preguntas: 13-01-2017 15:17:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-01-2017 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-01-2017 15:06:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-01-2017 15:06:00
Fecha de Adjudicación: 02-02-2017 17:43:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Todos lo Oferentes deben presentar electrónicamente los anexos solicitados en la presente licitación.
2.- 9.3. Antecedentes administrativos Al momento de presentar su oferta, el oferente deberá completar la información requerida a través de los “anexos administrativos”, contenidos en www.mercadopublico.cl, que se indican a continuación: • Anexo Nº 1, denominado “Identificación del oferente”, en el cual deberá declarar el poder suficiente para presentar ofertas, sin perjuicio de la ratificación posterior. • Anexo N° 1A, denominado “Identificación unión temporal de proveedores” (En caso que corresponda). • Anexo Nº 2, denominado “Declaración jurada simple de inhabilidades” Nota: en caso de UTP este anexo debe presentarse por cada uno de sus miembros. • Anexo N° 3, denominado “Pacto de integridad”. • Anexo N° 4, denominado “autorización para retiro de valores/ efectuar pagos y transferencias”
Documentos Técnicos
1.- La Oferta técnica se debe ajustar a o solicitado en las bases de licitación y debe ser presentada por el Portal del Mercado Público.
 
2.- 9.4. Antecedentes técnicos A su vez, el oferente deberá ingresar la información técnica requerida a través de la opción “anexos técnicos” del sitio www.mercadopublico.cl, que se indican a continuación: • Anexo N° 6 denominado “Oferta Técnica”
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta económica corresponde al valor neto del Producto o servicio (según corresponda)y debe ser ingresado en el Portal del Mercado Público. En el caso que el Oferente deba ingresar algún anexo que desglose la oferta económica, es en este punto en donde lo debe explicar.
2.- 9.5. Antecedentes económicos Asimismo, el oferente deberá completar la información económica requerida en el “anexo económico” dispuesto en el sitio www.mercadopublico.cl, que se indica a continuación: • Anexo Nº 5 denominado “Oferta económica”. El valor indicado en este anexo, será considerado para la evaluación del factor económico. Cabe mencionar que al momento de presentar su oferta económica, el oferente deberá ingresar el precio unitario neto y el precio unitario final , de acuerdo con lo solicitado en el anexo N° 5, con el objeto de evaluar el precio total ofertado, que en definitiva será el precio adjudicado que JUNAEB pagará. Los valores netos se solicitan en virtud de las disposiciones vigentes que regulan el funcionamiento del portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes deberán considerar en su propuesta económica todos los gastos involucrados, incluidos los de personal, remuneraciones, pagos previsionales, materiales, servicios, equipos, permisos, traslados, derechos, impuestos, distribución y en general todo cuanto implique un costo para el cumplimiento del servicio, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los costos en que incurra el oferente producto de la presentación de la propuesta serán de su exclusivo cargo y en caso de no resultar adjudicada su oferta, no darán origen a indemnización alguna. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, se establecerán los siguientes antecedentes como obligatorios para ofertar, los que no siendo presentados, hará que la oferta sea declarada inadmisible en el acto de apertura. Junaeb no se verá obligado por limitación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la ley de Compras Públicas y su reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación, se tendrá como no escrito. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos e identificarlos correlativamente. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
3.- 9.6. Otros antecedentes Finalmente, JUNAEB pondrá a disposición de los oferentes los siguientes anexos sólo con fines informativos o que los oferentes deberán presentar para el retiro de garantías o para recibir su pago, según corresponda: • Anexo N° 4, denominado “Autorización para retiro de valores”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se otorgará puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula: (Valor referencial / Oferta que se evalúa ) * 100 Valor referencial: Se denomina a aquel valor definido por JUNAEB para los screening de Oftalmología. Para esta atención, el valor referencial será de $ 2.000.- 50%
2 Criterio de Evaluación Técnica Se evaluará de acuerdo a Metodología de Evaluación adjunta. 45%
3 Criterio Cumplimiento de requisitos formales Se evaluará de acuerdo a Metodología de Evaluación adjunta. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DEPTO. GESTION DE RECURSOS Y PERSONAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO CARDENAS TELLEZ
e-mail de responsable de pago: claudio.cardenas@junaeb.cl
Nombre de responsable de contrato: VIVIANNE SANCHEZ INOSTROZA
e-mail de responsable de contrato: v.sanchezi@junaeb.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-584811-4811
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 30-03-2017
Monto: 250000 Peso Chileno
Descripción: La boleta bancaria se solicita con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta realizada. En caso de desistimiento de la oferta presentada, JUNAEB queda facultaa para hacer efectiva esta garantía, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que procedan. El oferente cuyo monto a licitar sea mayor o igual a $ 10.000.000.- como parte de su oferta deberá entregar en oficina de partes de la JUNAEB Dirección Regional de los Lagos, con domicilio en Benavente N° 952, de la Comuna de Puerto Montt; en un plazo no superior al cierre de recepción de ofertas, fecha y hora indicada en cronograma de las etapas y plazos de la licitación del portal www.mercadopublico.cl, una Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, o Póliza de Seguro, por $ 250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos); tomado a la vista, con carácter de irrevocable y extendido en forma nominativa a la orde de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT: 60.908.000-0 con una vigencia no inferior a 90 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de Ofertas señalado en el portal www.mercadopublico.cl.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación ID 1803-5-LP17.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el contrato y cumpliendose las causas establecidas se devolvera al mandante del documento, previa evaluación e indicación de la Unidad demandante.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 30-03-2018
Monto: 5 %
Descripción: Para la formalización de la firma del Contrato se requiere la previa presentación del documento en garantía. Este debe ser enviado a JUNAEB Dirección Regional Puerto Montt, ubicado en Benavente N°952, Puerto Montt.
Glosa: Para resguardo del fiel cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el contrato y cumpliendose las causas establecidas, se devolverá al mandante del documento, para previa evaluación e indicación de la Unidad demandante.
   
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 31-12-2016
Monto: 5 %
Descripción: Para la formalización de la firma del Contrato se requiere la previa presentación del documento en garantía. Este debe ser enviado a JUNAEB Dirección Regional Puerto Montt, Los Lagos
Glosa: Para resguardo del fiel cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato se devolverá una vez que se encuentren cumplidas todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato y no existiendo multas pendientes de pago.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
4. PARTICIPANTES
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, su reglamento contenido en el decreto N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y las presentes bases administrativas, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente. 4.1. Normas especiales para unión temporal de proveedores (UTP) Asimismo, podrán participar y presentar ofertas en la presente licitación, uniones temporales de proveedores (UTP), entendiéndose por tales, asociación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que se unen para presentar una oferta en conjunto. Todos y cada uno de los miembros de la unión temporal de proveedores, deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, deberá acompañar conjuntamente con su oferta: a) Anexo N° 1A, denominado “Identificación UTP” suscrito por todos sus integrantes y su correspondiente representante o apoderado. b) Anexo N° 2, denominado “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades” suscrito por cada integrante de la UTP. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de aquellos servicios de especialidad que lo requieran, a lo menos uno de los integrantes de la unión temporal deberá contar con las certificaciones o autorizaciones vigentes emitidas por el o los organismos pertinentes. En este caso, estará prohibido que la ejecución material del contrato, la realice el miembro que carece de dicha certificación o autorización, situación que en caso de verificarse estará sancionada de conformidad con lo dispuesto por el título 21, denominado “Del Término anticipado del contrato”, de estas bases administrativas. Las normas del presente título, serán aplicables a las ofertas presentadas por uniones temporales de proveedores, sin perjuicio del estricto cumplimiento de las demás disposiciones generales contenidas en las presentes bases de licitación. 1.1. Acuerdo de constitución El acuerdo de constitución de la Unión Temporal de Proveedores, deberá constar en un documento que deberá contener a lo menos: a) Identificación de las partes. b) La declaración de responsabilidad solidaria entre las parte del acuerdo, respecto de todas las obligaciones derivadas de la presente licitación y el respectivo contrato. c) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. d) Vigencia de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Para efectos de la designación de representante o apoderado común, se entenderá que son poderes suficientes, aun sin necesidad de mención expresa, los siguientes; - Presentar antecedentes al proceso licitatorio. - Subsanar solicitudes de aclaración. - Presentar a cobro facturas o boletas según sea el caso. - Suscribir informes. El acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores no podrá contener cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno o algunos de sus integrantes. Si en razón de una renovación o prórroga, la vigencia del contrato superare a la de la unión, ésta última deberá ser modificada, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la suscripción de dicha prórroga o renovación y, hasta alcanzar el plazo total del contrato renovado o prorrogado. Tratándose de adquisiciones inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales (UTM), el documento en que conste el acuerdo de constitución podrá ser público o privado, y deberá presentarse por el representante de la unión temporal, al momento de presentar la oferta. Por otra parte, tratándose de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión necesariamente deberá materializarse por escritura pública y deberá ser presentado al momento de contratar. No obstante, para los efectos de la presentación de la oferta, la Unión Temporal de Proveedores deberá completar y presentar el anexo N° 1A “Identificación del Oferente / Unión Temporal de Proveedores.” Con todo, las uniones temporales de proveedores no están obligadas a constituir sociedad. 1.2. Modificaciones al acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores Toda modificación que experimente la unión temporal de proveedores debe materializarse mediante las mismas formalidades requeridas para su constitución y deberá ser informada a JUNAEB, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de emisión del respectivo documento modificatorio, debiendo entregar a JUNAEB una copia del mismo. El incumplimiento a lo indicado en el párrafo anterior, será sancionado de conformidad con lo dispuesto por el título 20, denominado “De las Sanciones y Multas”, de estas bases administrativas, sin perjuicio de las demás sanciones de término anticipado del contrato establecidas en el título 21 de las bases administrativas de la presente licitación, según corresponda. Si la modificación al acuerdo de unión temporal significara el retiro de uno de sus miembros durante la etapa de evaluación de la oferta, la unión temporal deberá informar a JUNAEB, en el plazo de 1 día hábil contado desde dicha modificación, si producto de dicho retiro continúa participando en la licitación o se desiste de ella, caso este último en que procederá el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si ésta procediere. Si quien se retira es alguno de los miembros que reúne una o más características objeto de la evaluación, la oferta será declarada desestimada. Si la modificación que signifique el retiro de un miembro de la unión temporal de proveedores, en forma posterior a la adjudicación, afecta a aquel o aquellos que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, JUNAEB procederá a readjudicar la licitación, de conformidad a lo establecido en el título 15 de las presentes bases de licitación. Por otra parte, tal circunstancia será sancionada con el término anticipado del contrato y el cobro de la respectiva garantía de fiel cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por el título 21 de las bases administrativas, denominado “Del Término anticipado del contrato”, si dicha modificación ocurriera una vez suscrito el respectivo contrato y afecta a aquel o aquellos miembros que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta o se tratare, del o los miembros que cuenten con la certificación o autorización de la autoridad competente tratándose de servicios que las requieran. Con todo, no podrá reemplazarse al miembro retirado aun cuando reúna características iguales o superiores. 1.3. Presentación de las ofertas de unión temporal de proveedores Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal, determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato, que afecte a alguno de los integrantes de la misma. De esta forma, la unión temporal podrá presentar conjuntamente con su oferta la experiencia de todas o de algunas de las empresas o personas naturales que la integren. En caso de resultar adjudicada una unión temporal de proveedores, JUNAEB exigirá que cada uno de sus integrantes se inscriba en el registro de proveedores. 1.4. Inhabilidades Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, establecidas en la legislación vigente afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerados. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal durante el período de evaluación, ésta deberá decidir, en el plazo de 2 días hábiles contados desde la notificación por parte de JUNAEB, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso, caso este último en que corresponderá el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si ésta procediere. Si la causal de inhabilidad afecta a alguno de los integrantes de una unión temporal de proveedores adjudicada, dicha asociación deberá informar por escrito, dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la notificación por parte de JUNAEB, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada, en los términos establecidos en el título 15, denominado “De la readjudicación” de las presentes bases de licitación. 1.5. Disolución de la unión temporal de proveedores Toda vez que el número de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores sea inferior a dos, se entenderá inmediatamente disuelta. Si la disolución se produce durante la evaluación de la oferta, dicha asociación no podrá ser adjudicada, entendiéndose desistida de su oferta y debiendo proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta. Por otra parte, si la disolución se produce con posterioridad a la adjudicación o durante la ejecución del contrato, JUNAEB procederá a readjudicar la licitación o disponer su término anticipado, según corresponda.
5. INHABILIDADES Y PROHIBICIONES
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley Nº 19.886, para cuyo efecto el oferente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como anexo N° 2 de estas bases, según se trate de persona jurídica o persona natural. Asimismo, los oferentes no podrán encontrarse sujetos a las inhabilidades establecidas en el artículo 8 N° 2 y artículo N° 10 de la ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho
6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES, MODIFICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa. JUNAEB podrá efectuar modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la fecha indicada para el cierre de recepción de ofertas y estas deberán ser aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado, fijando un nuevo plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, de conformidad a lo estipulado en el artículo 19 del reglamento de la ley N° 19.886. Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora que se indica en el artículo 3° denominado “Etapas y plazos”, de las presentes bases. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial, en los plazos indicados en el mismo título y mediante un acta de respuesta, la que será suscrita por la Unidad de Salud del Estudiante y la Unidad de Abastecimiento de JUNAEB. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Asimismo, JUNAEB podrá, de oficio, efectuar aclaraciones a las bases, para precisar su alcance o su contenido. Las respuestas y aclaraciones, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas y tendrán efectos vinculantes para éstos y JUNAEB. Con todo, las respuestas y aclaraciones, en caso alguno, podrán modificar lo dispuesto en las presentes bases.
7. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Las ofertas de todos los proveedores interesados sólo podrán presentarse en formato electrónico a través del Portal, hasta la fecha y hora fijada para el cierre de recepción de ofertas en el calendario de licitación de las presentes bases. En procesos inferiores a 1.000 UTM, serán inadmisible las ofertas presentadas por la unión temporal de proveedores que no acompañen o adjunten el acuerdo de constitución en los términos establecidos en el artículo 67 bis del DS Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el Reglamento de la Ley Nº 19.886. Excepcionalmente, en los casos previstos en el artículo 62° del reglamento de la ley N° 19.886, se podrán recibir en soporte papel, en la oficina de partes de la dirección Regional de Los Lagos, ubicada en Benavente N° 952, Esquina Manuel Rodríguez, comuna de Puerto Montt, ciudad de Puerto Montt. A su vez, constituirán admisibilidad de las ofertas, los siguientes antecedentes: - Presentación de la Garantía de Seriedad de la oferta, en los tiempos indicados por estas bases.
11. ERRORES Y OMISIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del Portal de www.mercadopublico.cl, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso. JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el artículo 3°, denominado “Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el portal www.mercadopublico.cl, será de hasta 2 días hábiles, contado desde la publicación del requerimiento de JUNAEB en el sistema de información. El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación administrativa, según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de la oferta” indicado en el artículo 13° de las bases administrativas, denominado “Criterios de evaluación”.
12.6. Resolución de Empate
En caso de empate en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará aquélla que haya sido mejor evaluada en el factor “Oferta Económica””. Si una vez aplicada esta regla el empate subsiste se adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada en el factor “Experiencia equipos profesionales” En caso de subsistir el empate, se adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada en los factores “Disponibilidad mensual de horas para atender la cobertura ofertada” y “Disponibilidad de meses para atender la cobertura ofertada”, prefiriendo en el orden mencionado. Si una vez aplicadas la reglas antes señaladas, subsistiere el empate se adjudicará aquella que haya sido mejor evaluada en el factor “Residencia de los oferentes”.
15. ANTECEDENTES A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
Para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl. En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles contado desde que se notifique la adjudicación de su oferta. Tratándose de una unión temporal de proveedores formalizada en los términos señalados en el párrafo segundo del artículo cuarto, denominado “Participantes”, de estas bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 15.1. En caso que la adjudicataria sea una persona jurídica, previo a la firma del contrato deberá hacer entrega de los antecedentes que a continuación se indican, en la medida que los mismos no se encuentren disponibles o con la vigencia exigida en las presentes Bases de Licitación, en el sistema de información del registro de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl - Declaración jurada simple que dé cuenta de que no ha sido condenado a la pena de prohibición, perpetua o temporal, de celebrar actos con los órganos de la Administración del Estado establecidos en la ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Esta declaración deberá acompañarse de acuerdo al formato establecido en el anexo N° 2 de las presentes bases. - Declaración jurada simple que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. a) Personas jurídicas con fines de lucro: - Copia simple del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere. - Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere. - Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador. b) Personas jurídicas sin fines de lucro: - Copia simple de sus Estatutos o del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere. - Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere. - Copia simple del instrumento donde consten las facultades del representante legal de la entidad, si lo hubiere. - Certificados de vigencia emitido por el Registro Civil (Organización y Directorio vigente). c) Personas jurídicas de Derecho Público: - Individualizar la norma legal que la creó. - Copia simple del instrumento en donde conste la personería del representante. Adicionalmente, según el tipo de adjudicatario, se deberán entregar los siguientes antecedentes, a menos que los mismos se encuentren disponibles y con la vigencia solicitada en estas bases de licitación, en el registro www.chileproveedores.cl 15.2. Tratándose de empresas individuales de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, u otras sociedades comerciales: 15.2.1. Copia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o copia del certificado de vigencia, otorgados por el respectivo Conservador, con fecha no anterior a cuatro meses contados desde la fecha de su presentación. En el caso de las personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, deberá acompañarse en su lugar copia del certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades. 15.2.2. Copia de la escritura pública de constitución o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659. 15.2.3. Copia del documento en que conste la personería del representante, o el poder para representar a la empresa o sociedad. 15.2.4. Copia del certificado de vigencia de poder para representar al oferente, emitido por el Conservador de Comercio correspondiente, con una antigüedad de 60 días corridos. 15.2.5. Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). 15.2.6. Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). 15.2.7. Copia de las escrituras de modificación, en su caso, con sus respectivos extractos debidamente inscritos y publicados (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). 15.2.8. Copia del Rol Único Tributario (RUT). 15.3. Tratándose de otras personas jurídicas: a) Antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan, con fecha no anterior a 4 meses contados desde su presentación. b) Copia del Rol Único Tributario (RUT). 15.4. Tratándose de personas naturales: a) Fotocopia de la cédula de identidad. b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en un giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría de la Ley del Impuesto a la Renta. 15.5. Tratándose de uniones temporales de proveedores: a) Instrumento privado o escritura pública, según corresponda, que formaliza el acuerdo en que consta la unión temporal, a menos que dichos instrumentos, hayan sido presentados al momento de la oferta. b) Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la unión de proveedores, según se indica en los numerales precedentes. El extranjero adjudicado deberá otorgar y constituir al momento de la adjudicación mandato con poder suficiente o la constitución de una sociedad de nacionalidad Chilena o agencia de la extranjera fijar o establecer un domicilio en Chile y designar un representante legal en este país para proceder a la contratación, según corresponda con la cual celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato y acompañar los documentos equivalentes del país de origen, con su correspondiente legalización y traducción. Los participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, y figuren en dicho registro en estado “hábil”, podrán exceptuarse de acompañar los antecedentes individualizados precedentemente, si en dicho portal se encontraren en la sección documentos acreditados con la vigencia requerida. En caso que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido Registro, lo que podrá acreditar mediante la entrega del respectivo certificado de inscripción con antelación a la suscripción del correspondiente contrato. A su vez aquellos oferentes inscritos en el portal, pero que se encuentren en estado de inhábil para contratar, deberán realizar las gestiones necesarias para modificar su estado y encontrarse hábiles para contratar, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
17. DE LA READJUDICACIÓN
En el caso que el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato, o no entregare la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato (si esta se hubiere solicitado) o no concurriere a suscribir el contrato, o no presente los documentos solicitados en el plazo señalado, o no se inscriba en el portal chileproveedores en el plazo indicado, o no se encuentre en estado hábil para contratar, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, procediendo JUNAEB a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si la hubiere), dejando sin efecto la adjudicación original y readjudicar la licitación al postulante que hubiere ocupado el segundo lugar o siguiente en su caso. En el caso que se presenten respecto del readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, JUNAEB podrá volver a readjudicar y así sucesivamente, respecto de todos los oferentes que hayan reunido los requisitos para adjudicar, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original la licitación. El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato y la documentación legal correspondiente dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las bases.
20. VIGENCIA DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA
El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que lo apruebe y se extenderá hasta 31.12.17., sin perjuicio de las extensiones de plazo a que hubiere lugar de acuerdo a lo establecido en estas bases y en el contrato. En ningún caso este plazo podrá exceder el plazo de vigencia del contrato. Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, las prestaciones podrán comenzar a prestarse desde la fecha de suscripción del contrato, anteriormente a la total tramitación del acto que lo aprueba. Con todo, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio. No obstante lo anterior, el contrato podrá terminarse por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo, por decisión unilateral de JUNAEB por concurrir alguna causal de término anticipado, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de 30 días corridos a la fecha señalada de dicho término. El contrato terminará en forma anticipada, en las siguientes situaciones: 1. Si el adjudicatario incurre en incumplimiento grave o reiterado de sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales del adjudicatario, especialmente, las siguientes: i. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. ii. Ceder o transferir, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. iii. Acumular por concepto de aplicación de multas establecidas en el artículo 18° sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, la cantidad equivalente (LP 10%) del monto total del contrato, con impuestos incluidos. iv. Si tratándose de una unión temporal de proveedores, al determinar qué antecedentes presentarían para ser considerados en la evaluación respectiva, los integrantes de la misma hubieren ocultado información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de ellos. v. Incumplir el deber de confidencialidad de datos y propiedad, de conformidad a lo indicado en el título 25 de las bases administrativas. vi. No haber renovado la garantía de fiel cumplimiento en aquellos casos en que JUNAEB haya debido ejecutarla en todo o parte. Producido el incumplimiento del adjudicatario, el que será calificado por JUNAEB, ésta podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, y del ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. 2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no procederá la ejecución de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato. 3. Si el adjudicatario se encontrare en notoria insolvencia, o si adquiriese la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación. 4. Incumplimiento del pacto e integridad, contenido en el anexo N° 3 En todos los casos de término anticipado, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción de JUNAEB, aquellos servicios, que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que JUNAEB opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario. Asimismo, JUNAEB se encontrará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento lo que, en caso alguno, dará derecho a indemnización para el adjudicatario, sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de la notificación de la resolución que pone término al contrato.
21. PAGOS
21.1. Boleta o factura El adjudicatario deberá remitir a JUNAEB, la respectiva boleta o factura por el servicio efectivamente prestado, previo cumplimiento de la presentación de los informes o hitos descritos en el siguiente numeral. JUNAEB procederá a rechazar sin más trámite las boletas o facturas presentadas con anterioridad al cumplimiento del respectivo hito de pago. La boleta o factura electrónica debe enviarse a través del correo electrónico o presentarse en oficina de partes, de las Provincias donde se entregue el servicio contratado. Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas RUT N° 60.908.000-0, indicando con claridad el N° ID con el que se publicó el presente proceso de contratación en el portal www.mercadopublico.cl. El pago de la boleta o factura, se realizará dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde su recepción. 21.2. Forma de pago Considerando que el número de las atenciones médicas es referencial, el contrato señalará el valor unitario que tienen las prestaciones que se contratan, con la finalidad de realizar los pagos mensuales de conformidad al número efectivo de prestaciones realizadas así certificadas por la contraparte técnica. El prestador deberá remitir a Junaeb la factura respectiva los primeros 5 días hábiles de cada mes, por el monto equivalente a las atenciones médicas realizadas durante el mes anterior, junto con la Rendición Estadística y Control de Pagos (formato en Anexo N° 8) en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Los Lagos de Junaeb, ubicada en Calle Benavente N° 952, Esquina Manuel Rodríguez, Comuna Puerto Montt. La factura debe indicar la región y la comuna a la que corresponde el cobro, la cantidad de atenciones médicas efectuadas, el número de la Licitación y Orden de Compra a la que se asocia el cobro. Las facturas deberán extenderse en original y copia, salvo en caso de factura electrónica, indicando clara y separadamente el valor neto más IVA de cada prestación médica realizada. Cuando se trate de facturas electrónicas, estas deberán presentarse a través del Sitio web del Servicio de Impuestos Internos. Junto con las facturas el adjudicatario debe presentar certificados emitidos por la Inspección del Trabajo competente o el Organismo pertinente, que acrediten que se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales durante la ejecución del servicio contratado. La presentación de dicho certificado será requisito para la aprobación del pago. Junaeb se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. En el evento que de la lectura de los documentos acompañados por el interesado o bien de la revisión de otro medios idóneos, aparezca que el prestador mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, Junaeb procederá de conformidad con lo establecido en el inciso segundo artículo 4 de la Ley 19.886. El pago de la factura se realizará en un plazo de 30 días contados desde su recepción. Para efectuar dicho pago se requerirá la correspondiente Recepción Conforme. Asimismo, para la recepción conforme, el prestador debe presentar los siguientes documentos: • Formularios Originales Junaeb, en sobre de Rendición por cada Boleta o Factura, con todos los antecedentes requeridos en éste. • Rendición Estadística y Control de Pago (Anexo Nº 9), por cada sobre rendido. • Digitación y reporte de la información respecto de las atenciones en el sistema informático del Programa de Salud del Estudiante. Para efectuar el último pago de cada año, el prestador deberá asimismo adjuntar a su factura, un Informe técnico elaborado conforme a lo establecido en el Anexo N° 10 denominado “Informe Técnico Anual”, considerando los siguientes aspectos: • Características y Perfil epidemiológico de los usuarios. • Aspectos facilitadores y obstaculizadores durante la atención. • Sugerencias y proyecciones Técnicas al Programa. • Compromisos para el segundo año de ejecución contractual cuando se trate del informe técnico presentado al final del primer año de contrato. Si el adjudicatario subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en esta cláusula (Presentación de declaración jurada o pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años).
22. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo y el contenido de estas bases, de manera que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado. Atendido el carácter referencial de las coberturas indicadas en el Anexo N° 5 de las presentes bases, el aumento o disminución que efectué Junaeb respecto aquellas, no requerirá de modificación contractual. Cabe señalar que dicha variación en ningún caso podrá superar el 30% del valor total del contrato. A su vez, el adjudicatario deberá consignar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato que resguarde el monto de la modificación realizada, la cual deberá cumplir con los mismos requisitos estipulados en el artículo 16° denominado, “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato”, de las presentes bases administrativas. Así mismo procederá la modificación del contrato en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, extendiéndose el plazo del mismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18° denominado, “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.
23. SUBCONTRATACIÓN
La subcontratación parcial por parte del adjudicatario de la presente Licitación no estará prohibida, pudiendo éste concertar con terceros la ejecución parcial de las obligaciones pudiendo concertar con terceros la ejecución de hasta el 50% de las obligaciones contraídas, debiendo cumplir con los mismos requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, y dando previo aviso a Junaeb con una antelación mínima de 3 días hábiles en caso de recurrirse a dicha modalidad. Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de la presente Licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en el Adjudicatario, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato. No obstante lo señalado, no procederá la subcontratación, en los casos que la persona del subcontratista, sus socios, administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo Nº 4 de la Ley Nº 19.886. En ningún caso procederá la subcontratación cuando la persona del subcontratista o sus socios o administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades del artículo 92° del reglamento de Compras Públicas, lo que deberá ser certificado por la contraparte técnica, antes de aprobar la subcontratación. En todo caso las subcontrataciones deberán ser informadas a la Contraparte Técnica de JUNAEB, con una anticipación no inferior a 5 días anteriores a la fecha en la cual debiese iniciarse la ejecución de los servicios subcontratados y deberá contar con la autorización previa y por escrito de dicha Contraparte. Con todo, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de esta licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en él contratado, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato por parte del subcontratado, sin que se genere vínculo jurídico alguno, ni laboral, ni tributario, ni comercial, ni de ningún otro tipo entre las personas jurídicas o naturales subcontratadas y JUNAEB, salvo las excepciones legales, En los casos de subcontratación se aplicará lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, por tanto, JUNAEB cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado por el contratante sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a JUNAEB de ser informado y de retención, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del Código del Trabajo. En el caso que el contratado o el subcontratado no acredite oportunamente a JUNAEB el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, éste podrá retener las obligaciones que tenga a favor del contratado o subcontratado el monto de que es responsable. Si se efectuara dicha retención, JUNAEB estará obligado a pagar con ella al trabajador o institución previsional acreedora.
24. OBLIGACIONES PREVISIONALES
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la ejecución del servicio contratado por JUNAEB. El adjudicatario tendrá la responsabilidad exclusiva de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente la prestación de los servicios contratados, de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes bases. Todo el personal que el adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual o fáctica alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
25. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este artículo. Asimismo, en conformidad al artículo 7º de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB. Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de Junaeb” publicada en la página www.junaeb.cl, en el banner de Gobierno transparente/ Actos con efectos sobre terceros/ Otros.
26. INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.