Bases Administrativas |
BASES ADMINISTRATIVAS
1. DESCRIPCIÓN DEL MANDANTE Y FUNDAMENTO DE LA LICITACIÓN.
La entidad contratante es el Servicio de Salud Magallanes, Rut 61.607.900-k, en adelante “el Servicio”, con domicilio en Lautaro Navarro Nº 829, de la ciudad de Punta Arenas.
La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº 19.886 sobre compras y contratos públicos, junto a su reglamento contenido en el D.S. Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones.
2. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN
El objeto de la licitación es la contratación del servicio de movilización para el traslado de los usuarios del Centro Diurno Quemanta, ubicado en calle las Heras N° 825, de la ciudad de Punta Arenas, en las circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco.
3. PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores, que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, y que no les afecte alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el D.L. N° 211/1973 que fija normas para la defensa de la libre competencia y lo dispuesto en el art. 4 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídica en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
Además, tampoco podrán contratar o ser adjudicadas aquellas personas jurídicas o naturales, a quienes, por sentencia ejecutoriada del Tribunal de la Libre Competencia, se les impusiere la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, en atención a lo dispuesto en la letra d) del Artículo 26 del DFL N° 1 del 2004 del Ministerio de Economía, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973, sobre la defensa de la libre competencia.
En caso que él, o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, cada prestador de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
4. ETAPAS Y PLAZOS MÁXIMOS DEL PROCESO
El proceso de licitación a que se hace referencia, se publicará a través del portal de Mercado Público, identificado como www.mercadopublico.cl. Las etapas y plazos máximos de esta licitación, fechas de publicación, cierre de recepción de ofertas, inicio y final de preguntas, publicación de respuestas, acto de apertura técnica, acto de apertura económica, tiempo de evaluación de ofertas, fecha de adjudicación y fecha de firma de contrato, que se indican a continuación, según Artículo 25 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
De acuerdo a lo señalado en el inciso 8° del Artículo 25 del Reglamento, establecido en el D.S. Nº 250 del año 2004, los plazos de la publicación de la presente licitación se rebajarán a 05 días corridos.
Las etapas y plazos se resumen como sigue, sin perjuicio de las fechas de licitación que imponga el portal de compras públicas, para la correcta ejecución de la licitación, y para efectos de éstas se establece el siguiente cronograma:
ETAPAS PLAZOS
Fecha de Publicación 2 días posterior a la fecha en que se encuentra totalmente tramitada la Resolución fundada que autoriza el llamado a licitación
Fecha Inicio de Preguntas 1 día después de la publicación
Fecha de Publicación de Respuestas 3 días después de la publicación
Fecha de Cierre Recepción de Ofertas 5 días después de la publicación
Fecha de Acto de Apertura Electrónica 1 día hábil después del cierre de la recepción de oferta
Evaluación de Ofertas 10 días hábiles después de la apertura electrónica
Fecha de Adjudicación 10 días hábiles después de evaluación de ofertas
Firma de Contrato 10 días hábiles después de la adjudicación.
5. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Se aceptarán consultas solamente mediante la opción “Foro”, inserta en el portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, las que podrán efectuarse en las fechas que se precisen en la misma licitación y respondidas por el mismo medio, conforme al cronograma de actividades de esta licitación informadas en la ficha de licitación y lo señalado en el punto 4 “Etapas y Plazos Máximos del Proceso”, de las presentes Bases Administrativas. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl, en los plazos indicados en el cronograma precedente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación.
Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la presente licitación. Las respuestas que se entreguen complementan las presentes Bases, entendiéndose que forman parte integrante de ellas, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado.
El Servicio podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante resolución fundada, ya sea de oficio, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable del seguimiento del proceso licitatorio mediante el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
6. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 4 “Etapas y Plazos Máximos del Proceso” de las presentes Bases, el Servicio informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 2º del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, emitirá la correspondiente resolución fundada, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, para el conocimiento y seguimiento del proceso por parte de los oferentes.
7. PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de prestación de servicios que se suscribirá con el oferente que resulte adjudicado (dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles y que se adjunta en Anexo Nº 6), tendrá una vigencia de 24 meses a contar de la total tramitación, de la Resolución que aprueba el Contrato o hasta el término de los recursos.
El contrato formalizado de la manera antes expuesta, se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, Anexos Nº 1, 2A, 2B, 3A, 3B, 4, 5 y 6 consultas y respuestas, las aclaraciones si las hubiera, la oferta presentada, resolución de adjudicación, y cualquier otro documento que se origine con motivo del proceso de licitación.
7.1. Obligaciones del oferente adjudicado
En caso que el oferente adjudicado, renuncie, abandone, no se inscriba en el Registro Electrónico de Proveedores en el plazo estipulado, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación, en particular no aceptar la orden de compra o la suscripción del contrato en el plazo señalado (10 días hábiles), el Servicio podrá dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, autorizando readjudicar el servicio al oferente siguiente mejor evaluado, o en caso de ser necesario, se realizará una nueva licitación.
Además de lo anterior, el Servicio podrá notificar a la Dirección de Compras Públicas o en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, para todos los efectos legales que procedan.
Antes de iniciar el Servicio, en caso que aplique, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo. En caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá presentar la certificación mencionada al tiempo de firmar el contrato. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Servicio, para poner término a la contratación y podrá llamar a una nueva licitación.
7.2. Traspaso del contrato
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total, ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta licitación o contrato, los que podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
7.3. Solución de controversias
Para la solución de conflictos que pudieran originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de acuerdo al domicilio de la entidad licitante y las leyes vigentes.
8. TÉRMINO DE CONTRATO
El Servicio podrá terminar el contrato:
a) Por mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término al contrato, por mutuo acuerdo, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que deje constancia de dicha voluntad.
b) Unilateralmente: El Servicio, mediante resolución fundada, podrá poner término al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones:
• Por Incumplimiento del oferente adjudicado de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases, en la oferta y en el contrato, previo informe fundado emitido por el supervisor de la actividad designado por el Servicio.
• Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
• Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el prestador.
• La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios o realizar cualquiera de las acciones a las que se hubiere comprometido en su oferta.
• Otras causales de modificación y término anticipado, establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 de compras públicas y artículo 77 de su reglamento.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Registrar saldos insolutos de las remuneraciones o las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
• Por liquidación o término de la sociedad, sea por extinción o absorción de la razón social.
• Reiterado incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del oferente adjudicado con sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el prestador no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº 20.123.
• Por causa fortuita o fuerza mayor, lo que debe estar debidamente justificado.
Para hacer efectivo el término anticipado, la Resolución Fundada será notificada por correo electrónico al oferente adjudicado, para que en un plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la notificación presente recurso de reposición. Si vencido este plazo no presenta recurso de reposición, se hará efectivo el término anticipado de contrato de forma inmediata. Si presenta recurso de reposición, de conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, el Servicio tiene un plazo de 10 días hábiles no fatales para resolver.
Lo anterior, sin perjuicio de las multas que pudieren ser, según lo establecido en estas Bases. El Servicio de Salud Magallanes, conservará su derecho interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
9. SANCIONES Y MULTAS
Todo incumplimiento en la entrega del servicio por parte del oferente adjudicado, su ejecución deficiente, la omisión total o parcial de la prestación en condiciones distintas a las contratadas, podrá dar lugar a la aplicación de multas, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden.
Dichas multas no se aplicarán si el atraso o incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor lo que deberá ser informado oportuna y diligentemente por el proveedor al Servicio de Salud Magallanes.
Todo incumplimiento por parte del oferente adjudicado, debidamente informado por el Servicio, faculta para aplicar una o más de las sanciones y/o multas, estableciéndose como unidad de multa la Unidad Tributaria Mensual (U.T.M.), del mes correspondiente a la aplicación de las mismas. Las multas serán descontadas directamente por el Servicio de las facturas de cobro correspondientes o de cualquier otro pago pendiente al oferente adjudicado, sin perjuicio de los otros derechos y acciones civiles y/o penales del Servicio que correspondan.
Se considerará incumplimiento grave el hecho que la multa mensual exceda el tope del 20% (veinte por ciento) del valor del servicio contratado y/o multas acumuladas, cualquiera sea su naturaleza, en las cuales el Servicio podrá poner término anticipado al contrato. Dicho Porcentaje es el tope máximo para el cobro de multas.
Sin perjuicio de lo dispuesto respecto al término al contrato, en caso de que el prestador incurra en las siguientes situaciones previstas en la siguiente tabla, se aplicarán las multas que en cada caso se señalan a continuación:
DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO MULTA APLICAR
Que se entregue un servicio de calidad distinta al requerido y adjudicado en la licitación, lo cual deberá ser debidamente acreditado por la contraparte técnica establecida en el Punto N° 12 de las presentes Bases Administrativas. 1 UTM
Incumplimiento de la oferta adjudicada 1 UTM
Se deja constancia, que en caso de que el Prestador no tenga disponibilidad de realizar el traslado en el horario y fecha que se necesite, o no indique su disponibilidad durante el día de la coordinación del servicio, el Servicio quedará facultado a generar una compra de excepción con proveedor alternativo para trasladar a los usuarios, por lo que el oferente adjudicado deberá asumir la diferencia por el mayor costo de la compra alternativa si así sucediere.
De verificarse alguna de las circunstancias que ameritan la aplicación de multa, que se deriven de incumplimientos en la entrega del servicio por parte del servicio adjudicado, el Servicio de Salud Magallanes se encuentra en el imperativo de cursar dichas medidas, atendiendo el principio de interdicción de la arbitrariedad y el debido resguardo de los intereses fiscales, tal como lo ha informado Tesorería General de la Republica en dictamen N° 5.633 del año 2011.
10. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Y AMONESTACIONES
10.1 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS MEDIDAS:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de correo electrónico, o carta certificada, y solo en aquellas contrataciones formalizadas a través de la emisión de un contrato, mediante el escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, que se describe a continuación:
La notificación de sanción, indicará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, si corresponde, o bien remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución fundada. Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880.
10.2 PROCEDIMIENTO PARA INTERPONER RECURSO:
En contra de la resolución que aplique la medida respectiva, procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, los que deberán ser remitidos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes.
Las resoluciones emitidas en la etapa recursiva serán notificadas por medio de correo electrónico, carta certificada o personalmente, según el caso. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de aplicación de multa tratadas en este artículo, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
Agotado el procedimiento de aplicación de multas y agotados los recursos pertinentes, el pago de las multas podrá efectuarse directamente por el proveedor adjudicado al Servicio de Salud Magallanes o ser rebajado de cualquier pago que el Servicio adeude al oferente adjudicado.
Si el proveedor no procede de la forma descrita, esto es, haciendo una transferencia a nombre del Servicio de Salud Magallanes por el valor de la multa notificada en el acto administrativo que ratifica la sanción, para lo cual tendrá un plazo de 15 (quince) días corridos desde la notificación de dicha Resolución, el descuento deberá ser incorporado como parte de la información de pre facturación que debe hacer llegar al Servicio y que realizará el adjudicatario, la que será sometida a revisión por parte del Servicio de Salud, y una vez aceptada, se informará al adjudicatario entregándole los antecedentes pertinentes para que proceda a facturar
En el caso que el proveedor no dé respuesta a lo comunicado, el Servicio de Salud podrá pagarse directamente de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, si la hubiera y ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
En el evento, que el pago se realice desde la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, el oferente adjudicado deberá presentar un nuevo documento de garantía en el plazo de 5 días hábiles, manteniendo su monto y vigencia original.
En el caso que el proveedor no reponga la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, el Servicio de Salud, podrá poner término anticipado al contrato y ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
El monto de la UTM a considerar, será el equivalente a su valor en pesos del día en que se emita la resolución que dispone la aplicación de la multa o de aquella que rechace el recurso de reposición, según sea el caso.
11. GARANTÍAS
11.1 Garantía por Seriedad de la oferta
Por las características y magnitud de la licitación, no se exigirá garantía por seriedad de la oferta.
11.2 Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato
Se exigirá consignar documento de garantía, la cual podrá ser, a modo de ejemplo, mediante Vale Vista, Póliza de Garantía (acreditando el pago oportuno de la prima), Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento, Boleta de Garantía Bancaria u otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tomada por el oferente. Esta garantía tendrá carácter de irrevocable y pagadera a la vista, y debe ser consignada en un plazo de 10 días de iniciada la relación contractual, y debe ser extendida a nombre del Servicio de Salud Magallanes, R.U.T. 61.607.900-K, expresar que se emite “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Contratación del Servicio de movilización para usuarios del Centro Diurno Quemanta”, ID 1080095-28-LE22, y garantizar las obligaciones laborales, por un monto total equivalente al 5% del monto total adjudicado, en moneda nacional (pesos chilenos), con fecha de vencimiento 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato, y debe ser entregada en la oficina de partes del Servicio, ubicada en Lautaro Navarro N° 829, de la ciudad de Punta Arenas, en el horario de 09:00 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 15:00 hrs.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La garantía será devuelta una vez que el oferente adjudicado haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la boleta, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Servicio emitirá el respectivo informe de cumplimiento, entendiendo para tales efectos, que las obligaciones del oferente adjudicado revisten el carácter de indivisibles.
11.3 Ampliación de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato
En caso de aumento del servicio contratado durante el periodo de vigencia del contrato, según las condiciones señaladas en el numeral 8 “Aumento o disminución del servicio contratado” de las Bases Técnicas, el Contratista adjudicado deberá presentar una garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato por el 5% del monto total de la ampliación del Contrato, para lo que se considerará las mismas condiciones técnicas y administrativas señaladas en el punto 11.2.
La falta de presentación de la garantía señalada, constituirá un incumplimiento grave de contrato, siendo causal para término anticipado de contrato, en las condiciones establecidos en el punto 8, letra b), numeral 1.
12. CONTRAPARTE TÉCNICA
Le corresponderá al Servicio la fiscalización, control y supervigilancia del cumplimiento íntegro y oportuno del servicio a contratar a la Coordinadora del CENTRO DIURNO QUEMANTA del Servicio de Salud Magallanes.
Serán de responsabilidad de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes funciones:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación de los servicios comprometidos en estas Bases de Licitación.
b) Certificar la conformidad de lo estipulado en las Bases Administrativas y Técnicas de esta Licitación, para autorizar el respectivo pago de los servicios, a fin de cumplir con los plazos administrativos estipulados en las presentes Bases.
c) En caso de incumplimiento, por parte del oferente adjudicado, informará y acompañará los antecedentes mediante informe fundado que acredite tal incumplimiento, y de proceder a la aplicación de multas, remitirá los antecedentes a la Unidad de Soporte Administrativo de Salud Mental, quienes a su vez lo enviarán a la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento, describiendo el incumplimiento y la multa a aplicar, de acuerdo a lo estipulado en el punto 9. “Sanciones y Multas”, de las Bases Administrativas de la presente licitación.
d) Remitir mensualmente a la Unidad de Soporte Administrativo del Salud Mental, quienes derivarán al Departamento de Recursos Financieros, el certificado de recepción conforme y la planilla de traslados realizados por parte de Proveedor, constatando el cumplimiento del servicio. Se deja constancia, que sólo se pagará los traslados efectivamente realizados, independiente de las multas que pudieran aplicarse.
e) Las demás que correspondan a las Bases Técnicas y las que se le encomienden al oferente adjudicado.
f) Conocer el contenido de las Bases Administrativas y Técnicas.
g) Toda otra labor que propenda al correcto desarrollo de la presente compra.
Recepción de conformidad
El Supervisor de la Actividad, que con conocimiento de las Bases que regulan la presente licitación, inspeccionará el servicio realizado durante el tiempo de ejecución, quién visará mediante la emisión del Certificado o Informe de Conformidad.
13. ASPECTOS FINANCIEROS A CONSIDERAR:
13.1 PROCESO DE PAGO: Se generará Orden de Compra contraprestación previa prefacturación de lo realmente ejecutado en el mes, mediante el envío por parte de la Unidad de Adquisiciones un Formato de Certificado por el cumplimiento del servicio al Supervisor de la Actividad. Se deja constancia, que sólo se pagará los traslados efectivamente realizados, independiente de las multas que pudieran aplicarse
13.2 FACTURACIÓN: La factura o boleta de cobro deberá emitirse, señalando en el campo de referencia el ID de la Orden de Compra, y el detalle del servicio adjudicado, de acuerdo a los siguientes datos:
Considerar que sólo se podrá emitir el documento de cobro, una vez haya sido aceptada la Orden de Compra en el portal de www.mercadopublico.cl, siendo responsabilidad y obligación del oferente adjudicado, efectuar dicha acción.
• DIRECCIÓN SERVICIO SALUD MAGALLANES
Razón Social: Servicio de Salud Magallanes
• Giro: Administración Pública
• Rut: 61.607.900-K
• Dirección: Lautaro Navarro N° 829, Punta Arenas
• Ciudad: Punta Arenas
• Teléfono: 61- 2291100
Indicando claramente en el detalle de su glosa lo siguiente:
• Nº de la Orden de Compra.
• Detalle del producto/servicio Adjudicado.
El proveedor ingresará su Documento Tributario Electrónico (DTE), en la plataforma www.sii.cl, para su validación. Posterior a ello deberá enviar su factura electrónica en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, dentro de las siguientes 48 horas después de emitido el documento, que debe indicar datos de OC en el campo de referencia y en el detalle de la factura, la descripción del bien o servicio solicitado.
13.3 PLAZO DE PAGO DE FACTURAS: El pago será efectuado por la Tesorería General de la República (TGR), entidad que pagará la Factura Electrónica que se encuentre en estado devengada (contabilizada) y disponible para el pago en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), cuyo pago electrónico será a los 30 días, según la fecha de vencimiento de la factura (Circular N° 9 del 28/04/2020, de la Dirección de Presupuesto (DIPRES).
Sin la conformidad de la unidad pertinente, estampada en la respectiva factura, para quién se haya hecho el servicio o la entrega de los productos, no se podrá proceder al pago.
De acuerdo a instructivo del SII, a partir del mes de marzo 2017, sólo pueden aceptarse facturas o boletas
electrónicas. Sólo en casos especiales y visados por el mismo organismo, se podrán recepcionar dichos
documentos de talonarios debidamente timbrados, los cuales deben ser entregados en la Oficina de Partes de la Dirección de Salud Magallanes, ubicado en calle Lautaro Navarro N° 829, en la ciudad de Punta Arenas, en horario de 08:00 a 13:00 horas.
La Factura debe contener la información del proveedor que oferta y se adjudica la Licitación. En caso de que dichos documentos contengan información de otro proveedor distinto al adjudicado, se devolverá por Oficio al domicilio indicado en la Factura.
13.4 RECHAZO DE FACTURAS: El Servicio procederá al rechazo de la factura electrónica mediante la
plataforma www.sii.cl, cuando se presente alguna de las siguientes causales:
o En caso de que la factura no señale claramente en su glosa el número de ID de la orden de compra a la que corresponde y/o la descripción del servicio solicitado.
o Por facturas mal extendidas en relación a su contenido respecto de lo consignado en la orden de compra respectiva.
o Por no contener la información solicitada en el Punto 13.2 “Facturación”, de las presentes Bases Administrativas.
o Por no acompañar certificado de recepción conforme.
13.5 MODALIDAD DE PAGO: Los pagos se materializarán a través de Tesorería General de la República, mediante Transferencias de Fondos Electrónicos (TFE), o en su defecto, a través de cheque nominativo por depósito bancario, a la cuenta corriente previamente acreditada u otra modalidad de pago señalada por el proveedor. Para concretar lo anterior, se requiere especificar los antecedentes para efectuar los pagos, que deberán ser informados a los correos electrónicos indicados en el punto 13.2 “Facturación” de las presentes Bases Administrativas.
13.6 CESIÓN DE FACTURAS ELECTRÓNICAS POR FACTORING: En el caso de que el proveedor hubiera hecho cesión de una factura aceptada a un tercero, la notificación legal correspondiente será informada al Servicio, en forma oportuna del cambio de sujeto de pago, con a lo menos 15 días de anticipación a la fecha de pago de la factura. El Servicio rechazará la cesión de créditos contenidos en las facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo señalado precedentemente, y siempre que no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a los términos del artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Dto. 250).
13.7 MÓDULO MIS PAGOS EN WWW.MERCADOPUBLICO.CL: Se exigirá al proveedor, que todo Documento Tributario Electrónico (DTE), emitido para el Servicio, sean ingresadas en el módulo “MIS PAGOS” del Sistema e Información www.mercadopublico.cl, con la finalidad de registrar y transparentar la programación de los pagos, según lo establecido en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, con la excepción aplicable a los Servicios de Salud.
14. DE LA OFERTA
14.1. Presentación de ofertas
Los proponentes interesados en presentar ofertas deberán estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo del servicio ofertado. Cualquier error u omisión de parte del oferente, será de su propia responsabilidad.
Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a las respectivas ofertas presentadas, en formatos digitales, en formato PDF u otro no modificable. Todos los formularios anexos deben venir en idioma español, debidamente firmados, según corresponda.
En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico.cl, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último deberá solicitar un Certificado a la Dirección de Compras y Contratación Pública, que acredite tal imposibilidad, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles, contados desde la fecha del envío del Certificado de Indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, con el objeto de regularizar su situación ante el Servicio y el resto de los oferentes de la presente licitación. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.
Si la Propuesta Económica subida al portal (Anexo Nº 1), presenta diferencias con el valor en números indicado en línea de oferta, prevalecerá el valor escrito en números en la respectiva línea de oferta del Anexo Nº 1 requerido y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Sin embargo, el Servicio podrá solicitar aclaraciones de las ofertas realizadas a través del portal.
14.2. Validez de la Oferta
La oferta tendrá una validez de 180 (ciento ochenta) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes la vigencia de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio.
14.3. Rechazo de la Oferta
La omisión o distorsión de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para declarar inadmisible la propuesta presentada, y rechazada en Apertura.
Los oferentes, deben presentar todos los anexos señalados en el punto 15 “Contenidos de las Propuestas”, como requisito de admisibilidad. La no presentación de los anexos, facultará al Servicio a declarar inadmisible la Propuesta sin más trámite. Cabe mencionar que, respecto de los anexos de tipo administrativo, podrán ser solicitados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
Sólo podrá presentarse una oferta por proveedor por la contratación. Si se presentase más de una oferta por proveedor, se preferirá la de menor valor económico, siendo rechazadas las demás, por el sólo mérito de estar establecido en las presentes Bases.
Si se deja alguna celda de la oferta del presupuesto detallado vacía, dicho ítem o partida se entenderá que no cumple con las Bases de licitación, y por tanto será rechazada la oferta, no dando lugar a foro inverso, pudiendo ser impugnada en la apertura de ofertas o declarada inadmisible por el acto administrativo que corresponda.
Si se requiere sean ofertados plazos, se deja constancia que la palabra "indefinido", no es un plazo, así como tampoco el numero O (cero), por tanto, las propuestas que se hagan en dichos términos serán descartadas en la apertura o en la evaluación respectiva.
15. CONTENIDOS DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas deberán efectuarse exclusivamente a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las Bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas, en soporte electrónico, en caso de que los formularios sean modificados o alterados, las ofertas serán rechazadas en apertura.
Las ofertas que no presenten los formularios indicados en estas Bases y que a su vez se encuentran aprobados por Resolución Fundada, serán rechazadas en el Proceso de Apertura, siendo declarado como “Oferta Inadmisible”.
Los oferentes deberán subir sólo los antecedentes solicitados en las Bases, anexos y respaldos requeridos, para hacer más expedita y eficiente la evaluación de las ofertas.
En caso que el oferente modifique el formato, contenido y la presentación de los Anexos, no se continuará evaluando, siendo rechazada, como “oferta inadmisible”.
Los antecedentes que a continuación se indican, se deberán presentar en el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl, y debe contener:
15.1 Anexo N°1 “Oferta Económica”
Debe adjuntarlo firmado y señalar el monto propuesto a cobrar por la prestación de servicio de traslado, de acuerdo al recuadro 1. “Valor total de la prestación de servicios”. Estos precios deberán cotizarse en moneda nacional ($ chileno).
Se considerarán precios finales, incluidos los costos y gastos que demanden la ejecución del servicio contratado y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
De existir diferencia entre Anexo Nº 1 y la oferta en el portal, prevalecerá el valor indicado en el Anexo Nº 1. Se les recuerda a los oferentes que el precio del portal es neto.
15.2 Anexo Nº 2-A “Identificación Oferente Persona Natural” y Anexo Nº 2-B “Identificación Oferente Persona Jurídica”
Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizado estrictamente el formulario incluido en el Anexo Nº 2 A-B, según corresponda. La Unión Temporal de Proveedores, deberán adjuntar el documento público o privado que contenga la formalización de la Unión, y conste el cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 67 bis del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Los oferentes con personalidad jurídica no inscritos en el registro oficial de Proveedores del Estado www.mercadopublico.cl, deberán adjuntar, además, extracto de la Escritura Pública de participación de la sociedad.
15.3 Anexo Nº 3-A “Declaración Jurada persona natural” y Anexo Nº 3-B “Declaración Jurada Persona Jurídica”
Se debe adjuntar la declaración firmada, utilizando para ello el formulario incluido en el Anexo N° 3 A-B, según corresponda, aceptando haber estudiado las Bases Administrativas y Bases Técnicas y anexos complementarios que regulan la presente licitación; estar en conocimiento y comprensión de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, junto a su reglamento; y, no afectarle ninguna de las causales de inhabilidad prevista en la ley para presentación de ofertas y suscripción de contratos con el Estado. En el caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, este Anexo deberá ser suscrito por cada uno de los integrantes. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, lo cual deberá informar a la entidad licitante.
15.4 Documentos Técnicos
La oferta técnica deberá incluir los documentos que se indican, ajustándose a las indicaciones específicas y a los formatos de presentación que para cada caso se señalan:
1.- Anexar documento de Experiencia (Anexo N° 4), en donde el Oferente debe completar el recuadro, detallando servicios de movilización o actividades de similar naturaleza (Por ejemplo, traslados, transporte, etc.), realizados a instituciones públicas y privadas; adjuntando a su oferta el documento de cobro (factura o certificado conforme), que respalde la actividad mencionada. Si el oferente no adjunta estos documentos de respaldo, no será considera esa línea para la evaluación de la experiencia técnica.
2.- Anexar propuesta técnica, (Anexo N° 5) de acuerdo a lo solicitado, en donde se dé un detalle de lo que el oferente esté ofertando.
3.- Anexar certificado de inicio de actividades (otorgado por el SII), con el fin de validar y evaluar la cantidad de tiempo que lleva en el mercado, esto en caso que la información no se encuentre publicada en la ficha del proveedor, en el Registro Clínico Electrónico.
Todos los antecedentes exigidos en formato de los anexos complementarios (Nº 1 al 4), deben presentarse debidamente escaneados y firmados por el oferente si es persona natural; o por el representante legal del mismo, si es persona jurídica; o por el representante o apoderado, si es una Unión Temporal del Proveedores.
16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las propuestas serán evaluadas considerando los siguientes criterios, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:
ITEMS DESCRIPCIÓN PUNTAJE
A) Oferta Económica
Para esta evaluación se considerará el precio indicado por el oferente en el Anexo Nº1, de acuerdo a cada línea, según correspondiese; de acuerdo a la siguiente formula:
X= Precio mínimo ofertado * 60 /Precio Oferta X 60 puntos
B) Experiencia del Oferente
b.1 En Base a Servicios Realizados (15 puntos)
Se basa en la cantidad de servicios de movilización o actividades de similar naturaleza, realizados con instituciones públicas y privadas, de acuerdo a lo indicado en Anexo N° 4.
Observación Puntaje
Más de 11 actividades 15 puntos
Entre 10 y 06 actividades 10 puntos
Entre 5 y 1 actividades 5 puntos
No tiene o no indica 0 puntos
Para efecto de medición, solo se considerarán aquellas actividades que estén indicados en el Anexo 4, y respaldados por su respectivo documento de cobro (factura o certificado de recepción conforme).
b.2 En Base a Tiempo en el Mercado (10 puntos)
Se basa en la cantidad de años de experiencia de la empresa, desde el inicio de actividades en el rubro, de acuerdo a lo registrado en su ficha en el Registro Electrónico de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas, en caso que esta información no se encuentre en este registro, se verificará con el documento solicitado en el Punto N° 15.4 de Documentos Técnicos.
Observación Puntaje
Más de 10 años 10 puntos
Entre 10 años y 5 años 8 puntos
Entre 5 años y 1 año 5 puntos
Menos de 1 año 3 puntos
No tiene o no indica 0 puntos
Para efectos de medición, se considerará el tiempo hasta el día 30 de septiembre de 2022.
25 puntos
C) Comportamiento Base
Se evaluará la existencia de sanciones por incumplimientos ingresados en la ficha del proveedor del Registro de proveedores existente en el portal de Mercado Público, en los 24 meses anteriores a la fecha de cierre de ofertas.
Sin sanciones por incumplimientos 10 puntos.
Uno a tres sanciones por incumplimientos 5 puntos.
Más de tres sanciones por incumplimientos 0 puntos.
10 puntos
D) Cumplimiento de Requisitos
5 puntos
Se basa en el cumplimiento de los formularios solicitados y se evaluará de acuerdo al siguiente parámetro:
Cumple con toda la documentación 5 puntos.
Se pide información por foro inverso, y es respondida 3 puntos.
La oferta está incompleta 0 puntos.
Nota: Los anexos técnicos y económicos, sólo se deben adjuntar mientras esté el proceso licitatorio publicado, una vez cerrado sólo se podrán adjuntar anexos administrativos a solicitud del Servicio.
Una vez realizada la asignación de puntajes a cada factor (por cada oferente), y que se pondere por el porcentaje de cada factor, se obtendrá una conclusión válida para la adjudicación final.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses, desde el punto vista técnicos o económicos, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo N° 9 de la Ley de Compras Públicas N° 19.886.
De igual forma, y en conformidad a lo establecido por la ley Nº 19.886 y 19.880, el Director o quien lo subrogue legalmente, podrá ejercer sus facultades en relación a “Revocar” el proceso mientras éste se encuentre en los procesos previos a la adjudicación, por medio de Resolución Exenta fundada correspondiente.
17. OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR
17.1 Resolución de empates:
En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando la oferta económica más conveniente. Si persiste el empate, se adjudicará a aquel oferente que presente mayor puntaje en la experiencia del oferente, y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que presente mayor puntaje en comportamiento base, y de persistir el empate, al oferente que cumpla con todos los requisitos, hubiese ingresado primero la oferta en el portal.
17.2 Consultas respecto a la adjudicación:
Las consultas o cualquier duda con respecto al proceso de adjudicación deben ser canalizadas a través del correo electrónico margarita,paredes.a@redsalud.gov.cl, en un plazo máximo de 10 días corridos de la adjudicación.
17.3 Presentación antecedentes omitidos por los oferentes:
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de información.
El Servicio podrá también permitir, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero se asignará puntaje cero (0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos“, al igual que en el caso del oferente que se solicitó antecedentes en su oferta y no cumplió dentro del plazo otorgado, se asignará puntaje cero (0).
17.4 Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social:
Al momento de firmar el contrato y cada 6 meses, si corresponde, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la empresa adjudicada para con sus trabajadores, este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El incumplimiento de esta obligación, como asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Servicio, para poner término anticipado al contrato y podrá llamar a una nueva licitación.
18 RESPONSABILIDAD LABORAL Y SOCIAL
El oferente adjudicado, queda especialmente sujeto a las leyes sobre Seguridad Social, Código del Trabajo y sus reglamentos, reglamentación municipal y en general a todas las normas del mismo tipo o similar que sobre la misma materia que en el momento existan o en el futuro se dicten. Las infracciones del oferente adjudicado, que pudieran afectar la responsabilidad del Servicio, serán cubiertas con cualquier cantidad o fondo que tuviere que pagar el Servicio al oferente Adjudicado y a cualquier título, lo cual será realizado administrativamente y sin forma de juicio, bastando para ello, la sola certificación de los hechos imputables al oferente adjudicado.
El oferente adjudicado será empleador único y exclusivo del trabajador que se desempeñe en la prestación de servicio, y por consiguiente, directamente responsables ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las normas laborales, previsionales y de seguridad social respecto del personal que preste servicios para la ejecución del contrato, sin perjuicio de lo prescrito en los artículos 183-B), 183-C), y 183-E) del Código del Trabajo. En materia de prevención de riesgos, el oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a las normas sobre protección de los trabajadores contenidos en el Libro II del Código del Trabajo y en la Ley Nº 16.744 y su reglamento, además de todas las indicaciones e instrucciones entregadas por el Departamento de Prevención del Servicio de Salud Magallanes.
Al respecto, las empresas contratistas que ejecuten trabajos para el Servicio, son responsables de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, por lo que deberán velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia, por lo tanto, se encuentran obligadas a mantener en los lugares de trabajo las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud del trabajador que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes suyos y que realizan actividades para ellas, en consecuencia al oferente adjudicado, le cabe la responsabilidad administrativa, civil y penal en los accidentes que se puedan producir durante la ejecución del servicio. En este sentido se debe dar cumplimiento a la Ley 16.744 y todos sus decretos complementarios, protocolos del Ministerio de Salud, y toda norma legal de protección a los trabajadores.
19 OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL OFERENTE ADJUDICADO
El oferente adjudicado, en caso que corresponda, deberá cumplir estrictamente con las normas laborales y previsionales que regulen su actividad y calidad de empleador, los trabajadores del oferente adjudicado no tendrán ninguna relación o vínculo laboral con el Servicio, sin perjuicio de lo prescrito en los artículos 183-B), 183-C) y 183-E) del Código del Trabajo. En caso de que oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran pagadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
El Servicio tendrá la facultad de pedir informes al oferente adjudicado sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, en cualquier momento y en especial en el caso que éste no acredite el cumplimiento íntegro de dichas obligaciones. El Servicio podrá retener los dineros necesarios para poder pagar lo adeudado a los trabajadores o a la institución previsional acreedora, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo.
Se deja expresa constancia que no habrá vínculo laboral, ni relación de dependencia o subordinación de ninguna especie entre el personal que el oferente adjudicado emplee en la ejecución de los servicios y el Servicio de Salud Magallanes.
En caso que el oferente adjudicado tenga la condición de trabajador independiente, será responsable de mantener sus cotizaciones previsionales y eventuales seguros de accidentes al día, condición que deberá ser acreditada antes del inicio de la prestación y conforme se presenten los respectivos documentos de cobro, dejando expresa constancia que no habrá vínculo laboral, ni relación de dependencia o subordinación de ninguna especie entre el oferente adjudicado y el Servicio de Salud Magallanes.
20 ADJUDICACIÓN
La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, previo informe de la Comisión de Evaluación, procederá a adjudicar la licitación a una única oferta, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en el punto 16 de las presentes Bases Administrativas.
El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. No podrán contratarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades del Estado, por lo que será necesario que el oferente propuesto se encuentre en estado “hábil” para contratar.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses tanto técnicos como económicos, lo cual se expresará mediante la emisión de la Resolución fundada correspondiente.
21 TIPO DE LICITACIÓN
El tipo de licitación es LE por considerar un presupuesto menor a 1.000 UTM, y por la naturaleza de la licitación, es de adjudicación simple, dado que por línea sólo se adjudicará a un proveedor.
22 READJUDICACIÓN
Si el oferente adjudicado desistiere de firmar el contrato en los plazos estipulados, (si corresponde), o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, o no entregase la garantía de fiel cumplimiento del contrato, cuando proceda, en los plazos establecidos, o no se habilite en el registro electrónico de proveedores, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Asimismo, en caso de existir un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas, el cual sea conocido antes de la entrega del producto o servicio, el Servicio estará facultado para readjudicar la licitación al oferente adecuado, conforme a la correcta aplicación de los criterios de evaluación, e invalidar el proceso de adjudicación erróneo mediante Resolución Fundada.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que obtenga el primer lugar en una re evaluación, de acuerdo a los términos estipulados en estas bases administrativas de la licitación.
23 LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Magallanes en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en la prestación de los servicios que se adquieran.
24 COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas por los proponentes, y designada en conformidad con el art. 37 del Decreto N° 250 que establece el reglamento de la Ley N° 19.886, estará constituida por a lo menos tres funcionarios designados por la institución.
La comisión evaluadora, emitirá un acta de evaluación de ofertas, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse al Subdirector (s) Administrativo y Financiero del Servicio de Salud Magallanes.
Esta comisión estará compuesta por:
Coordinadora del Centro Diurno Quemanta, del Departamento de Salud Mental de la DSSM
Jefe/a Unidad de Soporte Administrativo, del Departamento de Salud Mental de la DSSM
Profesional de Soporte Administrativo del Departamento de Salud Mental de la DSSM
En caso de ausencia de alguno de los integrantes de la comisión evaluadora, estos serán reemplazados por quienes los subroguen en sus funciones, o a quien se designe. Durante la etapa de evaluación, la comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas.
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