Formalizacion del Contrato |
Para este proceso de licitación no se redactará contrato, la orden de compra emitida a través del proceso de adjudicación avala dicho proceso y la aceptación del proveedor mediante el portal www.mercadopublico.cl es el claro avenimiento de éstas bases y las condiciones de venta del servicio solicitado, por lo tanto, el rechazo de ésta orden de compra indica la disconformidad con lo establecido, procediendo a realizar orden de compra al proveedor con el segundo mejor puntaje y así sucesivamente.
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Garantias |
Este proceso de licitación no se pide ningún tipo de boleta de garantía monetaria, en atención al monto ofertado.
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Ejecución del Servicio |
El adjudicatario se obliga a cumplir estrictamente con las disposiciones establecidas en las Bases Administrativas Generales (BAG) y técnicas, así como con todas las exigencias que se contienen en la documentación que lo integra, como es el caso de la propuesta técnica para el desarrollo del servicio, presentada por el adjudicatario, comprometiéndose a aportar todos los elementos o recursos requeridos para su adecuado desarrollo, así como las gestiones que resulten necesarias para tal efecto.
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Fiazcalización de los servicios contratados |
El servicio encomendado, serán fiscalizados mensualmente por el Departamento de Salud, bajo su área de Adquisiciones, quien estará cargo de la supervisión de la ejecución del servicio.
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De la Subcontratación |
El Adjudicatario no podrá subcontratar los servicios licitados.
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Responsabilidad del Adjudicatario |
El Adjudicatario será directa y personalmente responsable de las obligaciones que deriven del servicio contratado mediante orden de compra, con motivo de la presente licitación, en consecuencia, su responsabilidad se extiende a todos los perjuicios que deriven con motivo del incumplimiento de las obligaciones que de él emanan, incluso sanciones que pudiere imponer las autoridades respectivas en su revisión y aprobación. En consecuencia, el adjudicatario se obliga a liberar a la Municipalidad de todo gasto o perjuicio que pueda sufrir como consecuencia de sanciones que se apliquen con motivo del presente contrato de ejecución de obra, así como frente a eventuales acciones deducidas por sus trabajadores persiguiendo la responsabilidad subsidiaria de la Municipalidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 64 del Código del trabajo.
Por consiguiente, en el evento que alguno de dichos dependientes del contratista cobrare a la Municipalidad en calidad de mandante del servicio y la Municipalidad se viera obligada a pagarla en virtud de la responsabilidad subsidiaria que le impone el Código del trabajo, el adjudicatario reembolsará a la Municipalidad todas las cantidades debidas.
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Pagos |
Para efectos del pago del servicio prestado e insumos entregados, el adjudicatario emitirá una factura mensual a la Municipalidad de Sierra Gorda a 30 días contados desde la fecha de recepción de la factura en oficinas de partes y de acuerdo a la Orden de Compra emitida, la cual debe estar correctamente emitida con los datos de la municipalidad, montos, número de orden de compra y los valores desglosados. La falta de alguna documentación y/o ERROR en la procedencia de la factura, no procederá al pago respectivo, hasta su reingreso completo de todos los antecedentes ya citados.
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Termino Anticipado del Contrato |
a) El adjudicatario es condenado por delito que merezca pena aflictiva.
b) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) El adjudicatario no cumple con la oferta técnica presentada, a menos que éstas se encuentren debidamente justificadas y aprobadas por la Unidad Técnica.
d) Por traspaso, a cualquier título del contrato del servicio.
e) Si el adjudicatario demostrara incapacidad técnica para ejecutar los trabajos.
f) En general, si el adjudicatario no ha dado cumplimiento a las bases de la licitación y contrato.
g) En caso de incumplimiento total o parcial, o el atraso injustificado de las obligaciones establecidas en las bases de la presente licitación y contrato.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Todo lo anterior, sin perjuicio de las demás acciones legales que la Municipalidad pueda entablar.
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Multas, descuentos y sanción. |
POR INCUMPLIMIENTO DE LO OFERTADO
Por cada observación de incumplimiento en relación a lo ofertado respecto de los insumos y servicio solicitado en las presentes bases administrativas y técnicas se multara con una U.T.M.(Unidad Tributaria Mensual).
DESCUENTOS POR CONCEPTO DE MULTAS
La Municipalidad de Sierra Gorda podrá restar de cualquier estado de pago los valores, por concepto de multas de acuerdo a las presentes bases.
SANCIÓN ADMINISTRATIVA
En caso de término anticipado del contrato por causas imputables al adjudicatario, además de las sanciones contempladas en las presentes bases, el Departamento de Salud deberá informar tal situación al Alcalde y las Instituciones que administren el o los registros a los cuales pertenezca el adjudicatario y solicitar la eliminación del mismo. Lo anterior será informado a través del portal mercado público.
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Resciliación |
Corresponderá resciliar de común acuerdo, cuando la Municipalidad y el adjudicatario decidan ponerle término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte, y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo.
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Domicilio y Jurisdicción |
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Antofagasta y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
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Resolución de Empates |
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación propuesta técnica, de mantenerse el empate se privilegiará al oferente que haya tenido mayor puntaje en la experiencia del oferente. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que en haya obtenido mayor puntuación en la oferta económica.
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