Resolución de Empates |
En caso que se
genere un empate entre dos o más ofertas, vale decir que obtengan el mismo
puntaje luego de ser evaluadas, JUNAEB podrá adjudicar al proponente que haya
obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica y de persistir el empate, se
adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el factor técnico denominado “Propuesta
técnica”. En caso de aún
mantenerse el empate una vez aplicados el criterio y factor de evaluación
señalados anteriormente, se adjudicará a aquel oferente que hubiere obtenido
mayor puntaje en el factor técnico, denominado “Perfil equipo de trabajo” y en
caso de persistir el empate, se adjudicara a aquel oferente que hubiere
obtenido mayor puntaje en el criterio de Evaluación económica y en caso de
mantenerse el empate se adjudicará a aquel oferente que hubiere obtenido mayor
puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales de presentación de
oferta.
Que una vez aplicados todos los mecanismos de desempate antes señalados y
aun así persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya
sido enviada a través del portal de Mercado Público, fecha y hora que se
validará en el comprobante de oferta, del mismo sistema.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales,
previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que
hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la
ejecución del servicio contratado por JUNAEB. El adjudicatario tendrá la
responsabilidad de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar,
coordinar, programar y ejecutar técnicamente la prestación de los servicios
contratados, de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes bases, sin
perjuicio de las facultades de supervisión y control contractual que le
competen a JUNAEB.
Todo el personal que el
adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él,
bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB
exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga
desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por
el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que,
de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de
seguridad vigentes, emanen.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las
ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto
de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal Mercado Público.
En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que
salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del
portal Mercado Público, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar
información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la
apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún
error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso.
JUNAEB, podrá permitir
la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título
“Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento
del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo fatal que
tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar
certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de
efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en
el portal Mercado Público, será de 25 horas corridas,
contado desde el requerimiento de JUNAEB a través del sistema de información.
El
cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación, según
el criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de oferta”, de
las bases administrativas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar
en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación
y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni
conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni
efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan
por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar
toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y
cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que
conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las
consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como
en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las
medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como
efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS |
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título.
Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática.
Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.
Asimismo, serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.
Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de Junaeb” publicada en la página www.junaeb.cl, en el banner de Gobierno transparente/ Actos con efectos sobre terceros/ Otros.
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INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD |
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.
Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares.
Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar.
El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.
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