Licitación ID: 3729-44-LP13
Reposición Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Escuela G-501, Santa Eugenia, Comuna de Chimbarongo
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO, Secpla
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Construccion de planta de tratamiento de aguas servidas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reposición Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Escuela G-501, Santa Eugenia, Comuna de Chimbarongo
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
COSNTRUCCIOND E PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS CON SISTEMA LOMBRIFILTRO EN ESCUELA RURAL DE LA COMUNA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO
Unidad de compra:
Secpla
R.U.T.:
69.090.300-8
Dirección:
JAVIERA CARRERA 511
Comuna:
Chimbarongo
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-10-2013 14:00:00
Fecha de Publicación: 27-08-2013 10:11:32
Fecha inicio de preguntas: 28-08-2013 9:00:00
Fecha final de preguntas: 23-09-2013 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-09-2013 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-10-2013 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-10-2013 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-11-2013 11:28:52
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
visita a terreno obligatoria 13-09-2013 10:30:00
entrega de antecedentes fisicos por oficina de partes 02-10-2013 13:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Ser persona Natural o Jurídica que emita facturas
(Contribuyente de 1º Categoría)
3.1.- Podrán participar en la propuesta los contribuyentes de 1ª Categoría, que estén inscritos en el portal Mercadopublico como prestador de los servicios dentro del área involucrada, que se encuentren con inscripción vigente en cualquiera de los siguientes registros: a) Registro MOP : 6 OC Arquitectura 4° Categoría o superior.- b) Registro Minvu : 4° Categoría o superior A1 y A2.- c) Registro Municipal : Estar inscrito en registro referido a la especialidad de cualquier Municipalidad del país.-
2.- Estar inscrito en algún registro especial
3.1.- Podrán participar en la propuesta los contribuyentes de 1ª Categoría, que estén inscritos en el portal Mercadopublico como prestador de los servicios dentro del área involucrada, que se encuentren con inscripción vigente en cualquiera de los siguientes registros: a) Registro MOP : 6 OC Arquitectura 4° Categoría o superior.- b) Registro Minvu : 4° Categoría o superior A1 y A2.- c) Registro Municipal : Estar inscrito en registro referido a la especialidad de cualquier Municipalidad del país.-
3.- Experiencia de la Empresa
se evaluara de acuerdo a lo expresado en requerimientos tcnicos, ademas en las bases adminstrativas especiales adjuntas
4.- Certificados de antecedentes comerciales, laborales o tributarios
Además deberá presentar Informe Dicom-Plus o Boletín Comercial de la Cámara de Comercio con una antigüedad no mayor de 30 días de la fecha de entrega de sobres
5.- Declaraciones Juradas
de acuerdo a los formatos y bases
6.- Balances, estados financieros y otra documentación
contable
Además de estar inscrito en los registros mencionados en el artículo 3º en su punto n° 3.1 deberán acreditar una CAPACIDAD ECONOMICA mínima, equivalente al 20% del Presupuesto Estimativo subido al portal. La Certificación o Constancia de la CAPACIDAD ECONOMICA deberá ser acreditada por una Institución Bancaria con fecha de emisión no superior a los 60 días y debe indicar fecha de los estados financieros sobre los cuales recae dicha certificación, no pudiendo ser superior a un semestre. Esta debe estar firmada por el Agente o encargado de la Agencia o Jefe de Plataforma. De la capacidad económica emitida por la entidad bancaria, se le descontara el 20 % de la diferencia de avance de los contratos vigentes, considerando este último resultado como capacidad económica del oferente, debiendo un documento anexo contable donde quede reflejada en ecuación la diferencia del 20 % Contratos Vigentes (conforme a lo expresado en el art. 7 punto 7.1.- letra n).
7.- Entregar Antecedentes Económicos
de acuerdo a lo solicitado en las bases
8.- Entregar Antecedentes Físicos
de acuerdo a lo solicitado en las bases
9.- Asistir a Reuniones y/o Visitas a Terreno
de acuerdo a lo solicitado en las presente etaps y plazos optativos
10.- Entregar Antecedentes Administrativos
de acuardo a lo solicitado en las bases
11.- Entregar Antecedentes Técnicos
de acuerdo a lo solicitado en las bases
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- No haber sido condenado por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- No haber sido condenado por  los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de Vigencia del poder del Representante Legal.
- Copia Legalizada de las Modificaciones Sociales
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Para este criterio se deben considerar todas las construcciones de plantas de tratamientos realizadas, en cualquiera materialidad. El presente criterio tendrá como puntaje máximo 100 puntos, y los obtendrá el oferente que entregue y certifique de acuerdo a lo solicitado en el artículo 7 en el 7.1 m) la mayor cantidad de experiencia. La ponderación se considerara a partir de la cantidad de plantas construidas con resolución sanitaria satisfactoria de la empresa que acredite la mayor cantidad (100 puntos), y se reducirá proporcionalmente hasta llegar a los 5 puntos que corresponde a los metros cuadrados de la empresa que acredite menor experiencia. En caso que la empresa no presente certificación, o que la certificación no se entregue de acuerdo a lo solicitado, se le otorgará 1 punto. 40%
2 Precio El presente criterio tiene un máximo de 100 puntos, los cuales se le otorgara al oferente que presente la oferta económica de menor valor, siempre y cuando esté por debajo del presupuesto oficial. La ponderación se considerara a partir del menor precio que cumpla con lo anterior y se reducirá proporcionalmente hasta llegar a los 10 puntos que corresponde exactamente al presupuesto estimativo en la presente licitación. El oferente que presente como oferta económica el presupuesto oficial obtendrá 10 puntos Todos los oferentes que se presenten ofertas por sobre el presupuesto oficial se le otorgará 5 puntos Cabe mencionar que se considera como oferta económica al presupuesto enviado con el I.V.A. incluido. 45%
3 Mayor demanda mano obra local El presente criterio tendrá como puntuación máxima los 100 puntos, los que los obtendrá el oferente que se presente con el mayor porcentaje de contratación de mano de obra local, extraídos de la OMIL, y se reducirá proporcionalmente hasta el oferente que se presente con la menor contratación de mano de obra local, al que se le entregara 1 punto. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PROGRAMA PMU FRIL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Horas
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: juan pavez donoso
e-mail de responsable de pago: daf@municipalidadchimbarongo.com
Nombre de responsable de contrato: maurice dintrans bauer
e-mail de responsable de contrato: secplan@municipalidadchimbarongo.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2781017-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de chimbarongo
Fecha de vencimiento: 20-11-2013
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Los proponentes deberán presentar una Boleta Bancaria que garantice la Seriedad de la propuesta por la suma de $ 300.000, la que deberá ser tomada a nombre de la I. Municipalidad de Chimbarongo con una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de la Propuesta en el “Portal mercadopublico”.
Glosa: SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Forma y oportunidad de restitución: Este documento será devuelto a los oferentes una vez contratada la obra o rechazada la totalidad de las ofertas, en su caso, y previo registro en Tesorería Municipal.-
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de chimbarongo
Fecha de vencimiento: 20-06-2014
Monto: 5 %
Descripción: El proponente que se adjudique la propuesta deberá entregar una Boleta Bancaria para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores por un monto equivalente al 5 % del valor del Contrato, tomada a nombre de la I. Municipalidad de Chimbarongo, expresada en UF, y con una vigencia igual al plazo del contrato aumentado en 60 días corridos. La Boleta de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores será requisito para la suscripción de éste, y deberá ser presentada en Tesorería Municipal, dentro del plazo de siete días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación
Glosa: FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES DE LOS TRABAJADORES.
Forma y oportunidad de restitución: siendo devuelta al contratista una vez recepcionada la totalidad de las obras y ha solicitud escrita de este último, la que será cursada por la Unidad Técnica al Mandante.
    Otras Garantías
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de chimbarongo
Fecha de vencimiento: 20-08-2015
Monto: 5 %
Descripción: Una vez ejecutada la obra y como requisito previo a la cancelación total de ésta, el contratista deberá presentar una Boleta de Garantía por Buena Ejecución de la Obra a nombre del I. Municipalidad de Chimbarongo, por el 5% del valor del contrato expresada en UF, con una vigencia de 14 meses contados desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria
Glosa: BUENA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Forma y oportunidad de restitución: la que será devuelta, una vez efectuada conforme la Recepción Definitiva.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
en caso de empates, prevalecera la oferta que presente la mayor experiencia acreditada
BASES DE LA PROPUESTA

1.1.-     Las presentes Bases Administrativas Especiales, las que conjuntamente con las Especificaciones Técnicas, Planos, Detalles, Aclaraciones y demás antecedentes de la obra a ejecutar serán parte del Contrato de Ejecución de Obra.-

1.2.- La ejecución del proyecto deberá dar cumplimiento a la Normativa Legal y reglamentaria establecida sobre la materia.

-       Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y demás Ordenanzas Municipales, Sanitarias y de Electricidad y Combustible.

-       El Reglamento General sobre Instalaciones Domiciliarias de Alcantarillado y Agua Potable, incluso las disposiciones internas de la Empresa de Servicios Sanitarios  respectiva.

-       La Ley General de Servicios Eléctricos, incluidos los Reglamentos internos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.-

-       Reglamentación y normativa sanitaria respecto a los sistemas de alcantarillado particula (Ministerio de Salud).-

-       Ley 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas en servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.

Respecto de aquellas materias no reguladas por los documentos y cuerpos normativos citados se aplicará supletoriamente la Ley de Compras Públicas, Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Nº 250 de 2004 y sus posteriores modificaciones y ley nº 18.575 de Bases de Administración del Estado.

DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA PROPUESTA:

Magnéticos (vía portal mercadopublico.cl)

5.1.- Bases Administrativas Generales.-

5.2.- Bases Administrativas Especiales.-

5.3.- Formatos del 1 al 8.-                                               

5.4.- Planimetría y Especificaciones Técnicas.-

5.5.- Aclaraciones.-

Carpeta dura (papelería)

5.6.- Acta de visita a terreno.-
7.1.- El Sobre N° 1 DOCUMENTOS ANEXOS

el oferente deberá entregar un sobre cerrado, sellado y caratulado como “Documentos Anexos” indicando identificación del proyecto, nombre completo del proponente o representante Legal (si se trata de persona jurídica), rut, teléfono, correo electrónico, domicilio y su firma. Este sobre debe ser presentado en oficina de partes de esta municipalidad, conteniendo los siguientes documentos:

a)  Formato N° 1, Identificación del Proponente

b)  En el caso de que el proponente sea persona jurídica deberá acompañar copias autorizadas ante notario de su Escritura de Constitución y Escrituras modificatorias si las hubiera, con certificado de ser conformes con su original. Asimismo, deberá acompañar copia autorizada de Extracto de Inscripción de Constitución de Sociedad, y sus modificaciones si las hubiere, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con Certificado de Vigencia, y con no más de 30 de antigüedad desde su emisión.-

En caso de estar inscrito y hábil en el registro de proveedores del estado chileproveedores, y de encontrar los antecedentes solicitados en entre los archivos subidos al sistema, no será requisito la presentación del presente documento.

En caso de adjudicarse la licitación, se requerirá en original para la elaboración y firma del contrato.

c)  Boleta Bancaria de Seriedad de la Oferta por un monto equivalente a lo expresado en el artículo 6 en su punto 6.1, tomada a nombre de la I. Municipalidad de Chimbarongo.-

d)  Programa de Trabajo, deberá entregarse la metodología de trabajo, incluyendo Carta Gantt detallando la secuencia de sus actividades, fecha de inicio y término de cada partida de construcción, expresada en días corridos, indicando claramente los tiempos dedicados a las coordinaciones y visaciones técnicas correspondientes a las faenas de la especialidad de restauración y reparaciones, como asimismo de la intervención del profesional del equipo, condicha especialización acreditada.

e)  Programa de Inversión o Flujo de Caja mensual de acuerdo al programa de trabajo, expresado en moneda nacional (este programa no constituye, para todos los efectos legales y de bases, obligación de cancelación de estados de pagos).

f)   Hoja de Declaración según Formato N° 2 de aceptar y conocer las Bases Administrativas, y demás antecedentes y condiciones que regulan la Propuesta, firmada ante notario.

g)  Certificado o Constancia de Capacidad económica e Informe Dicom-Plus o boletín Comercial de la Cámara de Comercio de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3.2 y 3.3 de las presentes Bases Administrativas Especiales.

     En caso de encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del estado chileproveedores no es necesario la presentación del informe Dicom o del Boletín Comercial.

h)  Certificado de Inscripción vigente MINVU, MOP o Municipalidad de acuerdo a lo estipulado en el articulo 3 en su punto 3.1, con una antigüedad no superior a 60 días, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta.

i)   Aclaraciones firmadas por el oferente, si las hubiere.

j)   Información de Mano de Obra informando el N° y porcentaje de trabajadores extraídos del Registro Municipal de Cesantes que contratará en la obra por el período que duren las faenas, de acuerdo a  Formato N° 3.

k)  Análisis de Precios Unitarios (valores netos) (formato 4)  de los Items cotizados que figuran en el Formato de Propuesta Económica Individual. Cada ítem o partida deberá contener un detalle de materiales y fletes, equipos subcontratados y mano de obra expresados en días corridos contados desde la fecha de cierre de la propuesta en el portal mercadopublico.-

l)   Acta de Visita a Terreno emitido por la SECPLAC en original o fotocopia legalizada.-

m) Cuadro resumen de experiencia, indicando:

     Plantas de tratamientos construidas con aprobación y resoluciones sanitarias respectivas; capacidad de estas, en los últimos 8 años.-

Puede incorporarse la experiencia de los ocios y la de los profesionales que acrediten su participación en la empresa.-

    Tendrá especial valoración la experiencia certificada en obras de restauración, conservación o similares, exigida al profesional del equipo que cuente con dicha especialización.

n)  Formato N° 5, Declaración firmada ante notario, detallando todos los Contratos Vigentes firmados por el proponente, con sus respectivos porcentajes de Avance Físico y Financiero. Estos compromisos financieros serán deducidos en un 20 % del total de las obras por ejecutar, en la determinación de la capacidad económica.

o) Copia de certificado de título y patente municipal vigente a la fecha, autorizados ante notario, del profesional o técnico responsable de las Obras (Ingeniero Civil Civil, Constructor Civil o Ingeniero Constructor).-

p)   Medidas de gestión y control de obras mínimas ofrecidas por el oferente y sin perjuicio de las que adopte la ITO conforme a FORMATO Nº 6.-

q)   Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, que acredite no mantener deuda vigente.-

En caso de encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del estado chileproveedores no es necesario su presentación.-

r)   Certificado de la inspección del Trabajo escaneada, en el que se acredite no tener reclamos ni deudas pendientes, o situaciones irregulares no aclaradas. Documentos que no podrá tener una antigüedad superior a 30 días corridos desde la fecha de apertura de sobres de la presente licitación. De no presentarlo o de venir este con reclamos, deudas o situaciones irregulares, la oferta quedara inmediatamente descalificada de la presente licitación.-

SOBRE PROPUESTA ECONOMICA

El Sobre N° 2 OFERTA ECONOMICA: el oferente deberá entregar un sobre cerrado, sellado y caratulado como ¨Oferta Económica¨ indicando identificación del proyecto, nombre completo del proponente o representante Legal (si se trata de persona jurídica), rut, teléfono, domicilio y firma del proponente, el que debe ser presentado en oficina de partes de esta municipalidad, conteniendo los siguientes documentos:

 

a)                     Formato N° 1, Identificación del Proponente

b)                     Formato de propuesta económica (según formato 7)

c)            Presupuesto itemisado desarrollado (según formato 8)

 

Los formatos 1, formato 7 y formato 8 deben ser subidos al portal en el botón Antecedentes Económicos.

 

Todos los documentos contenidos en estos sobres deberán presentarse en original y copia simple.

Toda la documentación solicitada en los Sobres N°1 y N° 2, deberán estar foliadas correlativamente y archivadas en dos ejemplares por separado,  firmado en cada una de sus páginas.

Los formularios y antecedentes solicitados en el artículo 7, en sus puntos 7.1 y 7.2 podrán presentarse impresos por computación, respetando el orden e Items de los formularios adjuntos y usando separadores.-

La omisión o no presentación de cualquiera de los antecedentes solicitados en el articulo 7, en sus puntos N° 7.1 y 7.2 de estas Bases dará lugar a que la oferta del contratista respectivo quede fuera de la licitación, salvo informe en contrario de la comisión evaluadora de propuestas, el cual deberá ser fundado.

 

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

r)   Certificado de la inspección del Trabajo escaneada, en el que se acredite no tener reclamos ni deudas pendientes, o situaciones irregulares no aclaradas. Documentos que no podrá tener una antigüedad superior a 30 días corridos desde la fecha de apertura de sobres de la presente licitación. De no presentarlo o de venir este con reclamos, deudas o situaciones irregulares, la oferta quedara inmediatamente descalificada de la presente licitación.-

7.3.- DE LA ADJUDICACION ACEPTACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA.-

7.3.1.-   La Unidad Técnica constituirá una Comisión de Apertura y Evaluación, integrada por la D.O.M., SECPLAC, DAF, DAEM y Secretaria Municipal en su calidad de ministro de fe, designados por Decreto Alcaldicio, quienes cumplirán la tarea de verificar y analizar los antecedentes presentados, otorgar puntajes a los criterios de evaluación pre-establecidos, analizar el cálculo y emitir informe proponiendo a quien haya resultado favorecido con el mayor puntaje, para un mejor resolver del Mandante.

La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de proponer al Mandante el rechazo de algunas o todas las ofertas, sólo cuando técnicamente se demuestre su inconveniencia. Asimismo el Mandante se reserva el derecho de adjudicar a cualquiera de los proponentes, que haya cumplido con los requisitos establecidos en las bases del proyecto aunque no sea la oferta más económica, y siempre que sea la más conveniente o adecuada a los intereses o condiciones del Municipio. En el mismo sentido el mandante se reserva el derecho de rechazar las propuestas formuladas por la comisión, siempre que se constate que dichas propuestas no son convenientes a los intereses municipales y previo informe fundado.

de la adjudicacion

7.3.3.- Aprobada la proposición de adjudicación por el Mandante, se procederá a la dictación de Decreto Alcaldicio de adjudicación, el cual se notificará al oferente favorecido mediante las vías existentes en el portal mercadopublico.

Una vez emitida la orden de compra el oferente se compromete a aceptarla, dentro de los 15 días siguiente a la emisión de esta, de no aceptarla, el oferente se expone a el cobro de la boleta de garantía por seriedad de la oferta, y la anulación de esta, re adjudicando al segundo favorecido.

Aceptada la orden de compra y firmado el contrato por el oferente favorecido, se procederá a hacer devolución a todos los proponentes de sus Boletas de Garantía de Seriedad de la Oferta, previo registro en Tesorería Municipal, con excepción del oferente favorecido, la que será devuelta después de presentada la Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores, y previo registro en Tesorería Municipal.

La Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores deberá ser presentada dentro del término expresado en el artículo n° 6 en el punto 6.2 de las presentes bases.

Si el primer calificado desiste de su oferta se hará efectiva la boleta de Seriedad de la Oferta y se adjudicará al calificado en el 2° lugar, de acuerdo al proceso de evaluación.

Si el contrato no se suscribe dentro del plazo establecido, por causas imputables a la Unidad Técnica o al Mandante, queda facultado el oferente a retirar los antecedentes y documentos presentados, sin derecho a deducir reclamo o indemnización alguna por este concepto en contra del mandante.-

8.1 FORMALIZACION DEL CONTRATO

El contrato será redactado por la Unidad Técnica, suscrito por el mandante y adjudicatario, reducido a escritura pública, dejando copia al adjudicatario y a las unidades municipales correspondientes.

         Los gastos de escrituración del contrato serán de cargo del adjudicatario.-

Cualquier observación o reparo formulado por la Contraloría General de la República al contrato o al decreto que lo aprueba en el proceso de Toma de Conocimiento, cuando proceda, será causal de modificación del contrato en los términos indicados por dicho organismo contralor.

El contrato deberá cumplir con las siguientes características:

·         Ser escrito y elaborado por la Unidad Técnica y reducido a escritura pública.

·         Expresar los montos totales de la obra contratada.

·         Establecer la fecha de inicio y término de las obras.

·         Será en modalidad de Suma Alzada, en pesos, no reajustable, I.V.A. incluido-

·         Ser suscrito por el mandante y el oferente adjudicario, debiendo ser este último un profesional contratista o una empresa contratista conforme Art. 3° de las presentes Bases Administrativas.

·         Comprender completamente la obra contratada, hasta la totalidad de su terminación.

·         Debe hacer referencia a lo menos, a la oferta, plazo y programa de trabajo, especificaciones técnicas, planos de arquitectura, cálculo de instalaciones y otros antecedentes que el mandante considere necesario incluir.

8.2.- DISMINUCION Y AUMENTOS DE OBRAS Y PLAZO DE EJECUCION

 Solo el Mandante podrá disminuir o aumentar las cantidades de obras de cada partida del presupuesto, o del total de él, en cuyo caso el contratista tendrá derecho a su pago de acuerdo con los precios unitarios contratados y a un aumento de plazo proporcional al aumento que haya tenido el contrato inicial, salvo que se convenga uno menor.

8.2.1.- Aumento de Obras.

Sin perjuicio de lo anterior, el Mandante podrá aumentar el plazo para la ejecución de la obra contratada a petición escrita y fundada del contratista y aprobada por la ITO, siempre que dicho aumento no conlleve un gasto adicional al monto contratado y que dicho aumento de plazo no sea superior al 33% al plazo original.

Los gastos de escrituración de contratos de aumento de obra o de plazo para la ejecución, serán de cargo del adjudicatario.-

8.2.1.- Suspensión de los efectos del Contrato.

Si dentro del plazo establecido aconteciera un hecho no imputables al contratista, que obligue a paralizar las obras por más de dos días, el contratista podrá solicitar mediante petición dirigida al I.T.O. y escrita en el Libro de Obras, la solicitud de Suspender los efectos del Contrato, la que debe contener las causas y motivos que llevaron a dicha solicitud.

El I.T.O. tendrá tres días Hábiles para dar respuesta, pudiendo aceptar o rechazar la solicitud, debiendo, cualquier sea el caso,  ser visada y sancionada por el Señor Alcalde.

Solo se permitirá Suspender Los Efectos del Contrato por un total de 50 % del plazo de la ejecución de las obras.

8.3.- MULTAS Y SANCIONES

podrá establecer sanciones por el solo hecho del incumplimiento del contrato en la ejecución de las obras en los siguientes casos:

8.3.1     POR ATRASO

Si el contratista no entregare las obras en el plazo fijado para su término, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,5 % del valor del contrato, que se descontará del último Estado de Pago.

La multa total no podrá exceder del 15% del valor total del contrato. Si el valor sobrepasa el porcentaje indicado, se procederá a la liquidación del contrato y a hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores.

8.3.2     POR NO CUMPLIMIENTO CONTRATACION DE MANO DE OBRA LOCAL PROPUESTA.

Si el contratista no cumple con el porcentaje de la contratación de mano de obra de la OMIL ofertada, se aplicará una multa equivalente al producto que se obtenga entre el número de Mano de Obra no contratada y el sueldo mínimo vigente, el cual se descontará en el Estado de Pago siguiente, a menos que el oferente presente certificado extendido por la encargada de la OMIL señalando la imposibilidad de contar con personal para desempeñarse en esta obra.-

8.3.3     SIN PROFESIONAL A CARGO

El profesional a cargo de la obra deberá estar acreditado en la primera hoja del Libro de Obra y tendrá que permanecer en la obra a lo menos 10 horas semanales, jornada que podrá extenderse a requerimiento del ITO. La ausencia del profesional ante el requerimiento del ITO significará una multa al adjudicatario equivalente al 0,02 % del valor de la obra en ejecución, por cada vez que el ITO informe dicha situación, mediante el libro de obras. Si la ausencia del profesional en la obra es constatada por el ITO mas de diez veces, se procederá a la paralizar la obra y se solicitará cambio del profesional a cargo de esta.-

8.3.4     POR NO COLOCACION DE LETREROS DE OBRAS

Se aplicará una multa de una UF diaria por la no instalación de los letreros de obras dentro del plazo de 14 días corridos, contados desde la fecha de la Entrega de Terreno.

8.3.5.-  POR OBTENCIÓN EXTEMPORÁNEA DEL PERMISOS

La no presentación del permiso de edificación dentro de los plazos establecidos en el cronograma de las presentes bases especiales, significará la paralización de la obra a contar del día siguiente del término del plazo, otorgándose como máximo diez días corridos para su obtención, posterior a los cuales, a decisión del mandante, se podrá proceder a la liquidación del contrato, realizándose el cobro de la boleta de garantía por fiel cumplimiento del contrato.-

8.3.6.- NO ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.

El mandante retendrá de los estados de pago que corresponda, el monto de que el adjudicatario fuera responsable y adeudare a la mano de obra que contrató, cuando no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores.

Para cursar los estados de pago el adjudicatario deberá acompañar mes a mes, copia legalizada ante notario de las planillas de pago de cotizaciones previsionales declaradas y pagadas, copia autorizada ante notario o liquidación de sueldos por la totalidad de sus trabajadores involucrados en la ejecución de esta obra. Además, deberá adjuntar un certificado emitido por la Dirección del Trabajo (Inspección Provincial), acreditando no presentar denuncias vigentes relacionadas con la obra y certificado emitido por la Inspección del trabajo que acredite el cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales.

La no presentación de dichos documentos dará derecho al mandante a no dar curso al estado de pago respectivo y a proceder a su decisión, a retener las cantidades adeudadas y al  pago por subrogación de las mismas.-

8.3.7.- EL INCUMPLIMIENTO DE LAS medidas de gestión, control y SEGURIDAD en la obrAS.

Tan pronto se constate por el I.T.O., el incumplimiento de las Medidas de Gestión, Control y Seguridad en la obra, este procederá en una primera instancia, a una paralización inmediata de las mismas, debiendo dejar expresa constancia de esta situación en el libro de obras. Esta paralización solo podrá levantarse, una vez subsanadas todas las irregularidades detectadas y previa solicitud escrita elevada al I.T.O., por el contratista, dando cuenta de la forma en que fue superada dicha situación.

En caso de que aconteciera un segundo incumplimiento de las Medidas de Gestión, Control y Seguridad, se procederá, además de paralizar inmediatamente la faena, a sancionar al contratista con una multa de tres U.F, siendo esta sanción de carácter inapelable. Dicha multa se retendrá del estado de pago que corresponda.

Para todos los efectos de estas bases, la paralización de obras por incumplimiento de las Medidas de Gestión, Control y seguridad, no implica suspensión o congelamiento de los plazos contractuales.

Las medidas de gestión, control y seguridad serán las indicadas en el formato 6; las establecidas por la normativa legal vigente; y las que señalare el I.T.O. mediante el libro de obras.

8.3.8.- retenciones por estado de pago.

El Contratista tendrá derecho a cobrar las cantidades que correspondan a obras físicas  ejecutadas mediante la presentación de estados de pago, de cuyo monto se deducirá por concepto de retención un 10%, hasta completar un 5% del contrato. Dichas retenciones se devolverán una vez aprobada el acta de recepción provisoria sin observaciones.

8.4.- ESTADOS DE PAGO

Las presentes faenas cuentan con avances de obras intermedias y se cancelaran con la presentación de estado de avance y de pago mensuales, con sus respectivas carátulas, ingresados en la oficina de partes de la I. Municipalidad de Chimbarongo, en las cuales se deberán considerar todas retenciones respectivas.

Transcurrido treinta días corridos del último estado de pago se procederá a la devolución de las retenciones de acuerdo a lo establecido en las Bases administrativas generales del proyecto, previa solicitud por escrito del adjudicatario, acompañando carátula de pago.-

En el caso de las retenciones efectuadas al contratista por concepto de “incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” para con sus trabajadores, no se procederá a su devolución sino hasta que se acredite el pago de las mismas. Sin perjuicio de lo anterior el contratista podrá solicitar mediante documento otorgado ante notario, el giro a nombre de cada uno de sus trabajadores, de las cantidades retenidas por concepto de obligaciones laborales y previsionales, por el monto que efectivamente se les adeude a cada uno de ellos, reservándose el mandante el derecho a dar curso o no a dicha solicitud.-

Presentación de Estados de Pago: Los estados de pago deben ser acompañados de los siguientes documentos:

·       Carátula, formato a entregar por el ITO.-

·       Presupuesto de avance físico de la obra.-

·       Nómina de la totalidad de los trabajadores contratados para ejecutar la obra, con su nombre, Rut y domicilio, acompañando certificado de la OMIL, señalando aquellos trabajadores contratados mediante esta oficina.

·       Certificado emitido por la Dirección del Trabajo (Inspección Provincial), acreditando no presentar denuncias vigentes relacionadas con la obra.-                                                        

·       Fotocopia legalizada ante notario de las cotizaciones previsionales declaradas y pagadas de los trabajadores de la obra.-

·       Fotocopia simple de las liquidaciones de sueldos firmadas por los trabajadores.-

·       Certificado emitido por la inspección del trabajo que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales.-

La omisión de estos antecedentes facultará al mandante a no dar curso al estado de pago respectivo, dejándose constancia de ello en el libro de obras por el I.T.O.

La carátula de cada Estado de Pago deberá ser visada por el ITO en conjunto con el Profesional de la Obra, debiendo dejar constancia de este hecho en el libro de obras.

Ante duda sobre la validez en la documentación presentadas el I.T.O. podrá requerir el análisis jurídico de estas al departamento de asesoría jurídica municipal.

 

ARTICULO N° 9 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

9.1.- COORDINACION CON RECINTO municipal.

La empresa adjudicada deberá velar por no entorpecer el tránsito y funcionamiento del recinto municipal ni dañar sus dependencias, con los trabajos que ejecuta, debiendo responsabilizarse de cualquier daño causado por este concepto y no podrá utilizar los atrasos generados por estas causas causa para solicitar mayores plazos.

 9.2.- COLOCACIÓN DE LETRERO

El contratista deberá dentro de los primeros 14 días corridos a partir de la fecha indicada en el acta de entrega de terreno instalar en la obra en un punto visible letreros indicativos, conforme al modelo y dimensiones que se adjuntan entregaran una vez adjudicada la obra, El no cumplimiento de esta exigencia será causal de multa equivalente a una U.F. (unidad de fomento de Chile) diaria por cada día de atraso.

9.3-   MEDIDAS DE SEGURIDAD

Serán las establecidas por la ITO, de acuerdo a la normativa vigente y en concordancia con las medidas de control establecido en el Art.7 en su punto 7.1 letra p, de las presentes Bases Administrativas, de acuerdo a la normativa legal y reglamentaria vigente; y las especiales indicadas por ella; conforme a lo expresado en el Formato N° 6.

9.4.-     LIBRO DE OBRAS

Conforme a lo establecido en el capítulo 2, artículo 1.2.7 y capítulo 3, artículo 1.3.2. número 10 de la OGU y C, (Ordenanza General Urbanismo y Construcción), se deberá llevar un libro foliado con hojas en triplicado, que deberá estar permanentemente en obra bajo custodia y responsabilidad del contratista, en el cual se dejará constancia al menos de:

-       Las órdenes del ITO, la Unidad Técnica que, dentro de los términos del contrato, se impartan al contratista.

-       Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

-       Las observaciones que pudieran estampar los proyectistas con la aprobación de la ITO.

-       Cualquier otra comunicación de orden técnico y laboral que deba realizarse entre el contratista y la Unidad Técnica y/o la ITO.

-       La visación de las carátulas correspondientes a los Estados de Pago.

9.5-   GASTOS EN CONSUMO DE SERVICIOS BÁSICOS.

El contratista deberá cancelar los servicios básicos que se generen por razones de la ejecución de obras, el recibo de cancelación de ambos servicios será requisito para la devolución de las retenciones.-

9.6. OBLIGACIONES LABORALES.

El adjudicatario tendrá la obligación de hacer entrega al I.T.O. del listado completo de la mano de obra que contrate para la ejecución material de la obra, y copia de sus respectivos contratos de trabajo, los cuales deberán ser enviado en forma integra y a más tardar dentro de los siete días corridos siguientes de iniciada la obra, para los fines que el mandante estime conveniente. Será responsabilidad del adjudicatario remitir copia de la celebración de los nuevos contratos al mandante, a más tardar dentro de los tres días corridos siguientes, a la celebración de estos. La entrega de esta documentación deberá quedar registradas en el libro de obras y con el visto bueno del I.T.O..-

El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones laborales y previsionales, para con sus trabajadores dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, administrativamente y sin forma de juicio, quedando autorizado a retener del estado de pago que corresponda, la cantidad de dinero adeudada por dicho concepto y destinarlas a su pago, sin perjuicio de hacer efectiva la Boleta que garantiza el Fiel Cumplimiento del contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores.

ARTICULO N ° 10 TÉRMINO DE LAS OBRAS

Una vez que la Unidad Técnica a través del ITO con el profesional responsable, haya verificado y confirmado el término de la obras y el fiel cumplimiento de los planos, especificaciones técnicas y antecedentes técnicos establecidos en el contrato, lo comunicará al Mandante mediante el envío de la Recepción Provisoria de la obra y la Boleta de Garantía por Buena Ejecución de la obra,  solicitando la devolución de la garantía por Fiel cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores.

Al término de la obra, será obligación del contratista, entregar a la Unidad Técnica, una carpeta de planos actualizados con todas las modificaciones que se hubiesen efectuado en el curso del desarrollo de los trabajos, aprobadas oportunamente por la Dirección de Obras del Municipio.-

ARTICULO N ° 11 RECEPCION DE LAS OBRAS

11.1.- PROVISORIA: La Recepción Provisoria se efectuará conforme al Capítulo N° XVI  de las Bases Administrativas Generales.

Recepcionadas las obras provisionalmente, éstas quedarán en garantía por un periodo de 14 meses a contar de la fecha consignada en el acta de recepción provisoria.

11.2.- MUNICIPAL: Conforme a lo establecido en el artículo 5.2.5. de la OGU y C, el contratista deberá gestionar y obtener de la Dirección de Obras Municipales, el Certificado de Recepción Definitiva de las obras de acuerdo a lo indicado en el Permiso de Edificación correspondiente. Esta recepción se efectuará una vez que las obras estén terminadas en conformidad a los permisos, recepciones y certificados de instalaciones, que dieron inicio a las obras, requisito necesario para completar la entrega de aporte.

11.3.- DEFINITIVA: Se efectuará en la misma forma que la provisoria una vez que se haya cumplido el plazo de 12 meses y previa solicitud por escrito del contratista.

Aceptada la Recepción Definitiva sin observaciones, y la Recepción Municipal, se procederá a la devolución de la Boleta de Garantía, correspondiente por la Correcta Ejecución de la Obra.

ARTICULO N° 12   LIQUIDACIÓN DE CONTRATO

ARTICULO N° 12 LIQUIDACIÓN DE CONTRATO

El contrato será liquidado por resolución del Mandante una vez tramitada totalmente la Recepción Definitiva de la Obra, de acuerdo al artículo N ° 72 y N ° 73 de las Bases Administrativas Generales.

ARTICULO N ° 13 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El contrato de ejecución de obras terminará anticipadamente, por resolución del mandante administrativamente, y sin forma de juicio, los casos contemplados en el articulo 59 de las bases generales de la propuesta procediéndose a APLICAR LAS MULTAS QUE CORRESPONDAN Y hacer efectiva la garantías pertinentes.

Asimismo, y sin perjuicio de las multas por atraso en la ejecución de las obras, se estipulará en el contrato, cláusula penal con mérito ejecutivo a favor del mandante, por una suma equivalente al 30% del valor total del contrato, la cual se hará efectiva en caso de incurrirse por el adjudicatario o contratista en cualquiera de las siguientes causales de incumplimiento:

a)             La no ejecución material de las obras.

b)            Retardo en la ejecución de las obras por causal imputable al adjudicatario o contratista, superior a treinta días, contados desde el día siguiente a la fecha de entrega de terreno.

c)             Construcción deficiente de la obra, entendiéndose por tal, que esta presente daños o detrimentos imputables a la mala calidad en su construcción, hecho el cual será calificado por la Inspección Técnica de Obras.